Comité para la E liminación de la Discriminación contra la Mujer
50 º período de sesiones
3 a 21 de octubre de 2011
Lista de cuestiones y preguntas en relación con elexamen de los informes periódicos
Kuwait
El grupo de trabajo anterior al período de sesiones examinó los informes periódicos tercero y cuarto combinados de Kuwait (CEDAW/C/KWT/3-4).
Generalidades
1.Sírvanse proporcionar información sobre el proceso de preparación de los informes periódicos tercero y cuarto combinados. En particular, sírvanse indicar si se consultó a las organizaciones no gubernamentales (ONG), según lo recomendado por el Comité (CEDAW/C/KWT/CO/2, párr. 80), y si el Gobierno presentó su informe a la Asamblea Nacional.
Estatuto jurídico de la Convención y marco legislativo e institucional
2.En sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/KWT/CO/2, párr. 81), el Comité recomendó al Estado parte que ratificase el Protocolo Facultativo de la Convención. En este sentido, sírvanse explicar por qué el Estado parte no ha aceptado las recomendaciones similares que se le habían formulado en el examen periódico universal de Kuwait.
3.Con respecto al artículo 4 de la Constitución, sírvanse explicar el fundamento jurídico o de otro tipo para excluir a las mujeres de la sucesión hereditaria del Emir.
4.En consonancia con las recomendaciones anteriores del Comité (CEDAW/C/KWT/CO/2, párr. 63), sírvanse proporcionar información detallada sobre la formación impartida a jueces, abogados, fiscales, policía y otros agentes del orden sobre el carácter jurídicamente vinculante y la aplicabilidad directa de la Convención, así como sobre las medidas para mejorar el conocimiento de la Convención entre la ciudadanía.
5.Sírvanse proporcionar información sobre el número de denuncias por vulneraciones de derechos humanos interpuestas por mujeres ante el Comité Superior de Derechos Humanos (párrafo 29 del informe) y los tribunales (párrs. 52 y 58), los tipos de presuntas violaciones y sus resultados.
6.Sírvanse indicar también si el Estado parte ha adoptado medidas concretas para establecer una institución nacional independiente de derechos humanos de conformidad con los Principios de París (resolución 48/134 de la Asamblea General de 20 de diciembre de 1993, anexo), en consonancia con el compromiso que voluntariamente contrajo en el examen periódico universal.
7.Sírvanse indicar si el Estado parte está adoptando medidas para incorporar en su legislación nacional la definición de discriminación contra la mujer que figura en el artículo 1 de la Convención, según lo recomendado por el Comité (CEDAW/C/KWT/CO/2, párr. 65). ¿Se están tomando medidas para aprobar un plan nacional de acción y una legislación general exhaustiva en materia de igualdad de género, en consonancia con los compromisos que voluntariamente contrajo el Estado parte en el examen periódico universal?
Estereotipos
8. ¿Qué medidas se han adoptado para aplicar la recomendación del Comité (CEDAW/C/KWT/CO/2, párr. 71) de que se redoblasen los esfuerzos de sensibilización para mejorar la comprensión de la igualdad de género en todos los estamentos sociales a fin de eliminar los estereotipos tradicionales sobre el papel y las responsabilidades de la mujer y el hombre en el seno de la familia y la sociedad, excesivamente centrada en el papel de madre de la mujer? En particular, sírvanse especificar qué medidas se están tomando para alentar a los hombres a asumir más activamente las responsabilidades familiares y domésticas y para promover una imagen económica y socialmente activa de la mujer. Al respecto descríbase el papel del departamento de promoción de la familia del Ministerio de Habices (fundaciones religiosas) y Asuntos Islámicos (párrafo 92 del informe).
Violencia contra la mujer
9.Sírvanse indicar las medidas adoptadas por el Estado parte para tipificar como delito la violación conyugal, aprobar disposiciones penales específicas sobre la violencia doméstica y alentar a las mujeres víctimas a denunciar los incidentes de violencia doméstica y sexual ante la policía y para ofrecer, entre otras cosas, asistencia jurídica, médica y psicológica y acogida temporal adecuada en refugios a las víctimas. Sírvanse proporcionar datos estadísticos sobre el número de casos de violencia doméstica y sexual denunciados, el número de investigaciones y procesamientos penales, las condenas impuestas a los autores y las indemnizaciones concedidas a las víctimas, en su caso, desde 2005, desglosados por sexo, edad, nacionalidad y relación entre la víctima y el autor. Sírvanse indicar también las medidas adoptadas con miras a capacitar a jueces, fiscales y agentes de policía para actuar correctamente ante este tipo de situaciones y sensibilizar a la opinión pública sobre el carácter delictivo de esos actos (CEDAW/C/KWT/CO/2, párr. 79).
10.¿Qué medidas está adoptando el Estado parte para aliviar las disposiciones relativas a la carga de la prueba de las mujeres víctimas de violencia doméstica que presentan una demanda de divorcio por lesiones resultantes de maltratos, que en la actualidad requiere la declaración de dos testigos varones o de un varón y dos mujeres para dar fe de las lesiones? ¿Cuál es la definición jurídica de lesiones en este contexto? ¿Pueden acogerse a la asistencia jurídica gratuita las mujeres no nacionales que pidan el divorcio de un hombre de Kuwait por motivos de violencia doméstica?
11.Sírvanse indicar si el Estado parte considera la posibilidad de aumentar las penas previstas para los delitos de honor, que en la actualidad están tipificados como faltas.
Trata de mujeres y explotación de la prostitución femenina
12.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aprobar legislación que tipifique específicamente como delito la trata de seres humanos, en particular de mujeres y niñas, permita enjuiciar a los autores de delitos relacionados con la trata de personas, revise la indulgente política de penas, despenalice a las víctimas y les proporcione una residencia o un refugio temporal y asistencia social (párrafos 65 a 68 del informe). ¿Qué medidas se están tomando para proteger a las mujeres y las niñas víctimas de la trata de los empleadores que abusan de ellas, reteniendo sus pasaportes o vulnerando de algún otro modo sus derechos o restringiendo su libertad de circulación?
13.Sírvanse indicar si el Estado parte considera la posibilidad de revisar el rígido criterio de prueba aplicado por los tribunales y la Brigada de Investigación Criminal para determinar si las mujeres se ven obligadas a ejercer la prostitución contra su voluntad, es decir, pruebas de medidas coercitivas, como puertas cerradas a llave y ventanas enrejadas. ¿Se concede el permiso de residencia y se ofrece rehabilitación social a las mujeres víctimas de la prostitución forzada que no son nacionales del país?
Participación en la vida política y pública y la toma de decisiones
14.¿Qué medidas, en particular medidas especiales de carácter temporal, de conformidad con el artículo 4, párrafo 1, de la Convención, está adoptando o tiene previsto adoptar el Estado parte para aumentar el número de mujeres en cargos públicos de elección popular y de designación, como diputadas de la Asamblea Nacional, ministras, juezas y embajadoras (párrafos 69, 72 y 75 del informe; CEDAW/C/KWT/CO/2, párr. 75)? ¿Qué medidas se están adoptando para hacer cumplir la ley que prohíbe las primarias tribales para las elecciones a la Asamblea Nacional en los casos en que la mujer quede excluida de esas primarias?
15.Sírvanse proporcionar información sobre el número de ONG, autorizadas y no autorizadas, de mujeres que promueven la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres, e indicar si alguna de esas ONG ha sido autorizada desde el año 2004 (párrafos 71 y 74 del informe). ¿Qué medidas se están adoptando para asegurar la financiación adecuada y el reconocimiento jurídico de las ONG que no están autorizadas?
16.Sírvanse proporcionar información sobre las oportunidades que tiene la mujer para participar en reuniones públicas ("diwaniyas") a fin de debatir acerca de los derechos y el adelanto de la mujer.
Igualdad de derechos en materia de nacionalidad
17.Sírvanse indicar si el Estado parte está considerando la posibilidad de retirar su reserva al artículo 9, párrafo 2, de la Convención, a fin de garantizar que las mujeres kuwaitíes casadas con hombres que no sean nacionales puedan transmitir automáticamente su nacionalidad a sus hijos y no sólo en determinadas circunstancias (párrafo 76 del informe). ¿Qué medidas se están adoptando para modificar o derogar otras disposiciones discriminatorias de la Ley sobre la nacionalidad Nº 15/1959 relativas a la adquisición, el cambio y la conservación de la nacionalidad, con arreglo a la recomendación del Comité (CEDAW/C/KWT/CO/2, párr. 67)? ¿Qué medidas se están instrumentando para garantizar la igualdad de condiciones para adquirir la nacionalidad entre las mujeres y los hombres que no son nacionales casados con kuwaitíes?
Educación
18.Sírvanse indicar si la educación sobre salud sexual y reproductiva y los correspondientes derechos figuran en los planes de estudios oficiales.
19.Sírvanse proporcionar información sobre el número de mujeres matriculadas en las universidades, así como sobre el número de profesoras (párrafo 42 del informe), desglosada por niveles de enseñanza y materias impartidas, así como de catedráticas universitarias.
20.Sírvanse aclarar si las mujeres pueden o no acceder a la formación profesional en todas las esferas laborales, incluidas las no tradicionales (párrafo 81 del informe), así como proporcionar datos desglosados sobre el número de mujeres y niñas que cursan estudios de formación profesional.
Empleo
21.Sírvanse proporcionar información sobre medidas, entre otras, medidas especiales de carácter temporal, tomadas por el Estado parte para promover el acceso de las mujeres al empleo, en particular a los puestos que conlleven la adopción de decisiones, incluido el sector privado (párrafo 83 del informe), y para poner fin a la segregación vertical y horizontal en el mercado de trabajo. Sírvanse indicar si existen o no diferencias salariales entre hombres y mujeres en el sector público o privado, así como explicar cualquier medida adoptada para reducir esas diferencias (CEDAW/C/KWT/CO/2, párr. 73).
22.Sírvanse proporcionar información sobre medidas adoptadas para luchar contra las condiciones de explotación laboral de las mujeres y las niñas que no son nacionales empleadas como trabajadoras domésticas, en particular, sobre medidas para protegerlas de la violencia y los abusos de sus empleadores y garantizar sus derechos a un salario mínimo adecuado, al tiempo libre y el descanso, a condiciones de trabajo seguras, a la libertad de sindicación y de negociación colectiva y a la libertad de cambiar de empleador sin tener que solicitar el permiso de sus patrocinadores originales (párrafo 64 del informe; CEDAW/C/KWT/CO/2, párr. 77).
23.¿Considera el Estado parte la posibilidad de adoptar disposiciones legislativas específicas en materia de acoso sexual en el lugar de trabajo?
Salud
24.Sírvanse indicar si el Estado Parte ha tomado medidas para modificar su legislación sobre el aborto, con miras a ampliar los supuestos en los que se pueda practicar legalmente, además del riesgo para la vida de la madre, la violación o la recomendación médica o social. ¿Qué medidas concretas se han adoptado para instrumentar programas de salud sexual y reproductiva, incluido un programa público de planificación de la familia?
Grupos desfavorecidos de mujeres
25.Sírvanse indicar si el Estado parte está adoptando todas las medidas, entre otras, medidas especiales de carácter temporal, para garantizar a las mujeres y las niñas apátridas (bidoon) la gratuidad de la educación, la atención de la salud y los certificados de nacimiento (párrafos 7, 8 y 24 del informe).
26.¿Qué medidas concretas, incluidas medidas especiales de carácter temporal, está tomando el Estado parte para promover el acceso de las mujeres y las niñas con discapacidad a la educación general (párrafo 8 del informe), el empleo y las actividades culturales?
27.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas o previstas para regularizar la situación de los refugiados registrados bajo el mandato del ACNUR, a fin de facilitarles el ejercicio de derechos básicos, incluida la educación y la atención de la salud a las mujeres y niñas refugiadas. Al respecto, sírvanse indicar si el Estado parte considera la posibilidad de adherirse a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967.
Igualdad ante la ley
28.¿Qué medidas está adoptando el Estado parte para garantizar que la declaración de la mujer tenga el mismo peso que la del hombre en los procedimientos instruidos ante los tribunales de familia, donde la declaración de un hombre equivale a la de dos mujeres?
Matrimonio y la familia
29.¿Qué medidas está adoptando el Estado parte para que las disposiciones discriminatorias de la Ley que regula los derechos de la persona se ajusten a la Convención, entre otras cosas en lo que se refiere a la prohibición de que las mujeres musulmanas contraigan matrimonio con hombres no musulmanes, las restricciones del derecho de la mujer al divorcio (véase el párrafo 112 del informe), así como el derecho de sucesión de las suníes, que deben compartir los bienes de su marido, al fallecimiento de éste, con sus familiares varones, y la posibilidad de que el marido pueda solicitar que se prohíba viajar a sus esposas (CEDAW/C/KWT/CO/2 , párrs. 66 y 67)?
30.Sírvanse indicar si el Estado parte considera la posibilidad de retirar su reserva al párrafo 1 f) del artículo 16 de la Convención, con arreglo a lo recomendado por el Comité (CEDAW/C/KWT/CO/2, párr. 61).
31Sírvanse indicar si el Estado parte está adoptando medidas para elevar la edad mínima para contraer matrimonio de la mujer y el varón de los 15 y 17 años, respectivamente (párrafo 110 del informe), a los 18 años, según lo recomendado por el Comité. ¿Qué medidas se están tomando para impedir los matrimonios a edades incluso más tempranas en los grupos tribales?
Enmienda al artículo 20, párrafo 1, de la Convención
32.Sírvanse explicar los progresos realizados para aceptar la enmienda al artículo 20, párrafo 1, de la Convención relativo al período de reuniones del Comité.