26° período de sesiones
Acta resumida de la 534ª sesión
Celebrada en la Sede, Nueva York, el viernes 18 de enero de 2002, a las 10.00 horas
Presidenta:Sra. Abaka
Sumario
Examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)
Informes periódicos cuarto y quinto de Portugal
Se declara abierta la sesión a las 10.20 horas.
Examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)
Informes periódicos cuarto y quinto de Portugal (CEDAW/C/PRT/4 y 5; CEDAW/PSWG/2002/I/ CPR.1/Add.2 y CEDAW/PSWG/2002/I/ CPR.2/ Add.1)
Por invitación de la Presidenta, la Sr. do Céu da Cunha Rêgo, la Sra. Leitão, la Sra. Pinheiro, la Sra. Braga da Cruz, la Sra. Rosmaninho y la Sra. Leite (Portugal) toman asiento a la Mesa del Comité.
La Sra. do Céu Cunha Rêgo (Portugal) presenta los informes periódicos cuarto y quinto de Portugal (CEDAW/C/PRT/4 y 5) y dice que el Gobierno de su país concede gran importancia a la promoción de la igualdad de hecho entre los hombres y mujeres. En 2001 se creó el puesto de Secretario de Estado para la Igualdad de Género que ocupa la oradora en la actualidad, a fin de promover la igualdad de hecho entre hombres y mujeres y de permitir que tanto unos como otros lleven una vida independiente y tengan el mismo acceso al empleo, los conocimientos, el tiempo libre y el poder, tanto en el ámbito público como en el privado. A tales efectos, el Gobierno de Portugal acaba de presentar dos proyectos de ley al Parlamento: una ley sobre la igualdad, cuyo fin es promover la participación de la mujer en la vida pública y aumentar el número de mujeres en los órganos constituidos mediante elecciones públicas, y un proyecto de ley que garantiza a los hombres el derecho a la licencia de paternidad con lo cual se espera promover su participación en la vida privada. No obstante, debido a la reciente renuncia del Primer Ministro y a la próxima celebración de elecciones generales, ninguno de los dos proyectos se convertirán en ley en el actual período de sesiones del Parlamento.
El Gobierno también asigna importancia a la tarea de sensibilizar al público sobre temas relacionados con la igualdad de género y ha organizado seminarios para diversos grupos, a saber, empleadores, abogados, inspectores laborales y el público en general. Además, en mayo de 2001, el Parlamento aprobó una ley tendiente a incrementar la capacidad de los órganos pertinentes de combatir la discriminación por motivos de género en el empleo y la formación profesional, así como una ley que prevé la presentación de un informe anual al Parlamento sobre las actividades realizadas en ese sentido. La preparación del segundo plan nacional de fomento de la igualdad entre mujeres y hombres está en sus últimas etapas. El plan conducirá a la reestructuración de los órganos encargados del tema de la igualdad y a la ampliación del papel de las organizaciones no gubernamentales. Establece asimismo directrices para la participación en un pie de igualdad de hombres y mujeres en la adopción de decisiones, la vida laboral y familiar, la mejora del sistema jurídico a fin de garantizar la igualdad, y políticas más eficaces que promuevan la igualdad tanto en el sector público como en el privado. En el presupuesto nacional de 2002 comenzará a aplicarse una perspectiva de género.
El Parlamento de Portugal aprobó para su ratificación el Protocolo Facultativo de la Convención y el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, y el instrumento de aceptación de Portugal de la enmienda del párrafo 1 del artículo 20 de la Convención fue depositado en fecha reciente en poder del Secretario General. En la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, se propusieron varias iniciativas, a saber, la aplicación de disposiciones más detalladas sobre la igualdad en la Dirección de Supervisión de la igualdad en las negociaciones colectivas, como parte del Plan Mundial para la Igualdad de Oportunidades, de 1997. Mientras Portugal ocupó la presidencia de la Unión Europea en el año 2000 se aprobaron asimismo diversas iniciativas en relación con la igualdad de oportunidades, la conciliación de la vida laboral y familiar y la prevención de la violencia contra las mujeres.
Muchas organizaciones no gubernamentales de Portugal se dedican a elaborar y aplicar normas para promover la igualdad y ejercen presión para obtener el apoyo de los políticos, tanto a escala nacional como internacional. Asimismo, organizan directamente actividades de capacitación y de prevención de la violencia y cuentan con todo el apoyo del Gobierno. El Gobierno está comprometido a incorporar una perspectiva de género en todas las normas públicas. Pese a sus esfuerzos, siguen existiendo desigualdades entre hombres y mujeres. Con todo, cabe esperar que si se siguen aplicando medidas destinadas a combatir tanto las causas como los efectos de la desigualdad, la situación seguirá mejorando.
La Presidenta agradece a la representante de Portugal la presentación del tema y expresa su satisfacción porque ese país ha aceptado la enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención. Expresa la esperanza del Comité de que Portugal ratifique en un futuro próximo el Protocolo Facultativo.
La Sra. Goonesekere dice que le complace saber que cada vez son más las mujeres que trabajan en áreas tradicionalmente reservadas a las hombres. No obstante, falta mucho por hacer para alcanzar la plena igualdad entre hombres y mujeres. Desea saber de qué manera se integra la Convención en el sistema jurídico nacional y si pueden invocarse derechos constitucionales para impugnar actos de discriminación ante los tribunales y, de ser así, en qué forma. Con respecto a la violencia contra las mujeres, le preocupa el uso de definiciones generales o abstractas de delitos en el sistema penal portugués. Desea saber cómo pueden aplicarse esas definiciones generales a efectos de enjuiciar y castigar a los responsables, especialmente dado que los criterios relativos al tipo y carácter de las pruebas exigidas en casos de delitos graves, como la violación y el incesto, suelen ser demasiado rigurosos; parecería necesario contar con definiciones específicas en que basar los procedimientos penales. Además, si bien el informe indica que tanto la Constitución como la legislación portuguesas establecen la igualdad entre la mujer y el hombre, no parece haber mecanismos eficaces que protejan a las mujeres contra la violencia en la familia. Por consiguiente, la oradora pide más información acerca de la manera en que se hacen cumplir las leyes y la Constitución con respecto a ese objetivo.
La Sra. Livingstone Raday manifiesta inquietud por cuanto la mayor parte de los archivos policiales relativos a actos violentos de hombres contra mujeres revelan que ha habido sólo 205 enjuiciamientos de hombres por actos de violencia en el hogar, y en 2000, sólo 69 sentencias de prisión. Aun cuando en muchos casos las mujeres no presentan denuncias de violencia doméstica por razones culturales, desde 1998 el Ministerio Público tiene la autoridad de entablar procedimientos penales por su propia iniciativa (pág. 3). Le preocupa que no se asigne la debida importancia al procesamiento y castigo de quienes comenten actos de violencia doméstica.
La oradora estima asimismo que hay ciertas discrepancias en las cifras relativas a las diferencias salariales entre hombres y mujeres. La diferencia de ingresos por hora parece haber aumentado entre 1994 y 1998 (pág. 11), pero esa tendencia no parece reflejarse en las cifras proporcionadas sobre los sueldos de hombres y mujeres (págs. 11 y 12), sobre todo dado que, por regla general, las mujeres tienden a trabajar en total menos horas que los hombres. Se pregunta asimismo por qué no se proporcionaron cifras respecto del período transcurrido desde 1998.
Refiriéndose a la Comisión para la Igualdad en el Trabajo y el Empleo (CITE) (pág. 13) y a su función de examinar denuncias de discriminación por motivos de género, la oradora pide más información sobre los tipos de denuncias realizadas y el procedimiento de presentación de denuncias, así como sobre los resultados de las deliberaciones de la Comisión. Pregunta también por qué las denuncias presentadas a la Comisión parecen referirse casi exclusivamente a cuestiones vinculadas con la maternidad, y recalca que a la Comisión también le interesa la discriminación en lo que respecta al acceso al empleo, los ascensos, los salarios, etc.
La Sra. Manalo pregunta por qué ha sido difícil aplicar una perspectiva de género, como indica la delegación en sus respuestas (párr. 5); ¿se deben los obstáculos a la falta de capacitación o de voluntad política, a la resistencia burocrática o a una falta de comprensión? Subraya asimismo la necesidad de seguir reformando el Código Penal de modo que se incluyan en él disposiciones que penalicen expresamente los actos de violencia contra la mujer, como la violación, el incesto, la violación por el marido, el acoso sexual y la trata de mujeres y niños. Las formulaciones generales o abstractas pueden producir resultados que perjudican a las propias víctimas —sobre todo cuando se trata concretamente de crímenes perpetrados contra mujeres— ya que dan pie para que los fiscales, los jueces y los acusados hagan caso omiso de los atentados a la dignidad y la integridad de la mujer. En el caso de la violación por el marido, por ejemplo, si la legislación poco precisa o demasiado abstracta y permite que el sistema tolere el retiro de la denuncia por la víctima, con lo cual se pone fina a las actuaciones judiciales, el sistema no habrá cumplido su obligación de proteger a la víctima.
La Sra. Gabr dice que aunque se han hecho progresos en la lucha contra los estereotipos sobre las mujeres, no se han aplicado en la práctica los encomiables principios enunciados en la Constitución y los textos jurídicos. Elogia al Gobierno por sus esfuerzos por promover la educación sobre temas relativos a los derechos de la mujer y fomentar la participación de organizaciones no gubernamentales, pero insiste en la necesidad de seguir trabajando para mejorar la imagen de la mujer en los medios de comunicación y combatir la tolerancia de la violencia contra las mujeres, así como de estipular sanciones para crímenes específicos de violencia contra la mujer, por ejemplo, el incesto. Se debe también seguir trabajando a fin de mejorar las condiciones de las mujeres del medio rural, las mujeres que viven por debajo del umbral de la pobreza y la mujeres de edad.
La Sra. do Céu de Cunha Rêgo (Portugal) dice que la estrategia que sigue el Gobierno de su país para sensibilizar más al público acerca de temas relacionados con la mujer apunta fundamentalmente a la capacitación y la educación de grupos estratégicos, como dirigentes sindicales, jueces y docentes, pero señala que es difícil avanzar rápidamente cuando persisten actitudes tradicionales muy arraigadas. Desde la elaboración del Plan de Acción Nacional sobre el Empleo en 1998, en el que se da prioridad a la igualdad de oportunidades, se ha procurado educar a la población y cambiar actitudes. Además de promover el derecho de la mujer a la igualdad, el Gobierno trata de hacer hincapié en las ventajas y la satisfacción que derivarían los hombres si, por ejemplo, compartieran las obligaciones familiares con las mujeres, ya que las mujeres se ven perjudicadas en el mercado de trabajo debido a sus obligaciones vinculadas a la maternidad y la familia. La oradora reconoce que en algunos casos los medios de difusión de masas perpetúan los estereotipos, pero señala que se han elaborado programas concretos de sensibilización específicamente destinados a ellos y que hay muchas mujeres periodistas. No obstante, admite que se requieren esfuerzos mucho mayores para lograr una visión equilibrada de las funciones que desempeñan los hombres y las mujeres en la sociedad.
Si bien la Comisión para la Igualdad en el Trabajo y el Empleo (CITE) se ocupa de las denuncias de discriminación, no existe información sobre denuncias de discriminación por motivos de género, si las hay, que se hayan presentado a los tribunales. El Centro de Estudios Judiciales del Ministerio de Justicia procura determinar las razones por las que las mujeres no utilizan ese recurso. Las denuncias deben presentarse en persona o a través de un sindicato, pero hasta la fecha no se ha informado de que haya habido alguna. Esta situación preocupa al Gobierno de Portugal, que ha organizado una audiencia pública sobre el problema. Incluso ha preparado folletos y documentación para que las mujeres conozcan sus derechos y para alentarlas a presentar denuncias ante los tribunales. Si bien la Comisión debe recibir denuncias de discriminación de todo tipo, en realidad casi la totalidad de las denuncias presentadas se refieren a algún aspecto de la maternidad, como la pérdida de ingresos durante las ausencias o la falta de disponibilidad; por esta razón, el Gobierno tiende a dar prioridad al aumento del papel del hombre, promoviendo la licencia por paternidad y beneficios equivalentes a los que se reconocen a la mujer en relación con la maternidad, de modo que ambos sexos estén en igualdad de condiciones y que no pueda usarse la maternidad como pretexto para discriminar contra las mujeres.
La Sra. Leitão (Portugal) explica que la mayoría de los casos presentados a la Comisión para la Igualdad se refieren a la maternidad porque los empleadores tienen la obligación de solicitar a la Comisión su aprobación antes de despedir a una empleada por motivos relacionados con la maternidad. La Comisión también puede ocuparse de asuntos como el acceso al empleo, las condiciones de trabajo, etc. Si la Comisión le niega a un empleador el derecho de despedir a una empleada, sólo un tribunal puede revocar esa decisión. La Comisión emite asimismo opiniones sobre discriminación en los anuncios de empleos, y responde a una gran cantidad de solicitudes de información por teléfono, correo y fax. La Comisión coopera con la Dirección de Supervisión de la igualdad en las negociaciones colectivas a fin de que los temas relacionados con la mujer se incluyan en los acuerdos laborales. Las estadísticas facilitadas por la delegación se refieren únicamente al sector privado; la situación de las mujeres en el sector público es mucho mejor.
La Sra. Pinheiro (Portugal) dice que las estadísticas relativas a los salarios dependen de las fuentes y los métodos utilizados para recoger datos. Según una fuente, en 1998 los salarios de las mujeres equivalían en promedio al 60% de los de los hombres. Sin embargo, en el sector privado, esa cifra es mucho más elevada. Según otra fuente, los salarios de las mujeres en los sectores privado y público combinados son un 5% más bajos que los de los hombres. Las mujeres ocupan puestos importantes en la administración pública y algunas tienen sueldos superiores a los de los hombres. La tasa de empleo de las mujeres en Portugal es la más elevada de la Unión Europea. En los últimos tiempos, ha aumentado más rápidamente que la tasa de empleo de los hombres; por consiguiente, se prevé que Portugal pronto logrará la paridad.
La Sra. do Céu da Cunha Rêgo (Portugal) dice que el derecho interno de Portugal reconoce todos los derechos protegidos por la Convención y que, en virtud de la Constitución, todo derecho amparado por la legislación interna puede ser evaluado por los tribunales. Por consiguiente, todos tienen el derecho constitucional de ser protegidos contra cualquier forma de discriminación, aunque este derecho nunca se ha invocado ante los tribunales. En vista de que no existe jurisprudencia sobre el tema, el Gobierno sólo puede recurrir a las opiniones de empleadores y empleados. Así pues, Portugal está llevando a cabo estudios y seminarios para alentar a la gente a defender sus derechos.
En el marco de su labor, la Comisión para la Igualdad y los Derechos de la Mujer ha elaborado un plan para la elaboración de presupuestos con una perspectiva de género, que la oradora espera que entre en vigor el próximo año. La aplicación de una perspectiva de género en el presupuesto es un asunto complejo que debe introducirse de forma gradual.
En Portugal, siete secretarías de Estado han participado en el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, junto con organizaciones no gubernamentales y otros organismos. Se asumieron compromisos solemnes para combatir esa violencia y se concertó una cuerdo para establecer otros 10 centros de emergencia para socorrer a las víctimas.
La Sra. Braga de Cruz (Portugal) dice que se consideraran violaciones de los derechos humanos todas las formas de violencia sexual y en la familia, incluida la trata de mujeres y la mutilación genital femenina. En colaboración con organizaciones no gubernamentales y con la Unión Europea, el Gobierno de Portugal está elaborando proyectos para prestar apoyo a las víctimas, establecer lugares de acogida y organizar campañas de sensibilización. Entre los progresos legislativos más importantes figuran la promulgación de leyes de protección de las víctimas de la violencia, la elaboración de un plan nacional para combatir la violencia contra las mujeres, el establecimiento de una red de centros de emergencia para víctimas de la violencia y la indemnización de las víctimas. El Código Penal se ha enmendado: el maltrato en la familia se considera ahora un delito público y se prohíbe a quienes cometen un acto de violencia contra una mujer abordarla o ella acercarse a ésta.
Se están llevando a cabo estudios sobre los costos sociales de la violencia en el hogar. La Comisión para la Igualdad y los Derechos de la Mujer ha establecido líneas telefónicas directas las 24 horas del día para las víctimas. Dos oficinas nacionales les ofrecen asistencia jurídica, psicológica y social; se está procurando que se creen oficinas similares en distintas ciudades. A fines de 2002 se habrán añadido más de 100 plazas en los centros existentes, que cuentan con 155 camas para mujeres que han sido víctimas de actos de violencia. Además, en muchos albergues no especializados de todo el país se puede alojar a otras 800 personas. La Comisión para la Igualdad y los Derechos de la Mujer ofrece formación a su personal en asuntos relacionados con la violencia contra la mujer.
En el año 2000 se enjuició a 150 hombres, muchos de ellos acusados de violencia doméstica contra mujeres. Algunos casos se están investigando y en otros está pendiente la sentencia. Por lo tanto, no hay ninguna discrepancia en las cifras.
Según el Código Penal portugués, el incesto es un crimen cometido contra un niño y, cuando quien lo comete es un miembro de la familia, se lo considera crimen con agravante. Cualquier ciudadano puede presentar una denuncia de abuso sexual y la policía está obligada a recibirla.
La Comisión para la Igualdad y los Derechos de la Mujer no escatima esfuerzos en la lucha contra los problemas de la prostitución forzada y la trata de mujeres; está llevando a cabo proyectos para capacitar al personal que trabaja con las víctimas y realizar estudios sobre las prostitutas que trabajan en la calle, así como en domicilios privados y restaurantes. Además, se está examinando un acuerdo sobre la trata transfronteriza entre España y Portugal, y un grupo de trabajo está formulando propuesta sobre iniciativas europeas tendientes a poner fin a esa actividad.
Portugal ha firmado los principales acuerdos internacionales sobre la trata de mujeres, así como la Convención sobre los Derechos del Niño. Tanto en Lisboa como en el norte del país se están ejecutando proyectos y se está impartiendo información al personal. Lamentablemente no hay estadísticas disponibles sobre la trata de mujeres; en fecha reciente, tras una redada, se enjuició a varias bandas de traficantes.
La Sra. Romaninho dice que según una nueva ley aprobada en los últimos cuatro años, la violencia en el hogar es un delito público. Esto es un gran adelanto porque, como se señala en la recomendación general No. 12 del Comité, las estadísticas sobre la violencia en el hogar son esenciales. Se han introducido nuevas directrices que incluyen el requisito de especificar la clase de arma empleada.
La violencia en la familia es un delito grave y representa el 23% de todos los crímenes contra la integridad física cometidos en Portugal. De hecho, un 11% de los asesinatos cometidos en el año 2000 fueron casos de esa índole. Las cifras más recientes indican que el 69% eran casos de violencia en las parejas, y el 31%, actos de violencia contra personas de edad. Aunque se han mejorado las estadísticas —que pueden consultarse en un sitio oficial en la Web— aún queda mucho por hacer.
En el marco de un proyecto experimental se han establecido dos unidades policiales especializadas para ocuparse de las víctimas de la violencia en el hogar. En las comisarías se han instalado salas pequeñas y cómodas para las mujeres víctimas. Además, se ha capacitado a más de 3.500 agentes de policía recién reclutados, que patrullan las calles, para que socorran y presten apoyo a las víctimas de violencia en el hogar. Se ha publicado un folleto con listas de números telefónicos de todos los servicios pertinentes.
Hace apenas cinco años se modificaron los reglamentos del cuerpo de policía para permitir el ingreso de mujeres en la fuerza policial. Ya hay unas 1.400 mujeres policías, incluidas más de 200 oficiales, capacitadas para ocuparse de mujeres que son víctimas de violencia.
La Sra. do Céu da Cunhan Rêgo (Portugal) dice que la Ley del ingreso mínimo garantizado, por la que se conceden prestaciones a los hogares con necesidades económicas y a los padres de menores de 18 años de edad, ha proporcionado al Gobierno un nuevo instrumento para combatir la feminización de la pobreza. De los 691.000 beneficiarios de que reciben esas prestaciones un 68% son mujeres.
La Sra. Leite (Portugal) dice que el 50% de los trabajadores agrícolas son mujeres, y que su contribución es vital para el desarrollo rural. El Ministerio de Agricultura trabaja con 48 asociaciones de fomento locales a fin de elaborar planes locales de desarrollo rural que tengan un componente obligatorio para promover la igualdad de género y que den prioridad a proyectos que beneficien a las mujeres. Los grupos locales tienen a su disposición una base de datos informatizada y también reciben asistencia técnica.
La Sra. Gaspard desearía recibir más información sobre la situación de la Convención en el derecho interno, a saber, el grado de conocimiento general que tienen de sus disposiciones, las instituciones públicas y la sociedad civil y la importancia que se le da en la enseñanza jurídica. Pregunta asimismo si los medios de difusión se han ocupado del informe del comité y si la delegación celebrará una conferencia de prensa sobre las opiniones del Comité. Si bien en el informe se hace hincapié en la igualdad jurídica y constitucional de hombres y mujeres, sería conveniente que en el próximo se incluyera más información sobre las repercusiones de las leyes y los programas, especialmente en temas como la violencia en el hogar, la prostitución y la trata de mujeres.
En el informe se hace una distinción entre la prostitución forzada y la voluntaria; sin embargo, podría argumentarse que todo tipo de prostitución es forzada debido a factores sociales, especialmente la pobreza. La alta incidencia de embarazos no deseados indica también que se requiere educación sobre salud reproductiva y métodos anticonceptivos.
La Sra. Acar dice que en Portugal existe el marco formal para garantizar la igualdad entre hombres y mujeres, que la Convención es aplicable directamente en el derecho interno y que hay una estrecha cooperación entre el Gobierno y las organizaciones no gubernamentales. Con todo, como demuestra la insuficiencia de las asignaciones presupuestarias para cuestiones de género, sigue habiendo ciertas contradicciones en los mecanismos nacionales para lograr la igualdad. La oradora desea saber qué opina la delegación de Portugal sobre la posición de los hombres que adoptan decisiones sobre los derechos de las mujeres, y si el entorno político permite abordar con seriedad las cuestiones de género. También desea saber si en las plataformas políticas de los partidos se incluye la igualdad de género, si el programa político prevé la adopción de medidas temporales especiales y si se han aplicado plenamente las nuevas leyes aprobadas en mayo de 2001. Sería también interesante conocer la distribución por género de las personas nombradas para ocupar puestos políticos de alto nivel, lo cual sería una indicación del compromiso de las autoridades de promover la igualdad de género.
La libertad de expresión no es un pretexto para que se violen derechos; es esencial que los medios de difusión mantengan la vigilancia para eliminar los estereotipos basados en el género. Le sorprende que la tasa de analfabetismo de las mujeres sea dos veces más alta que la de los hombres, y quiere saber qué se está haciendo para corregir la situación. Desea también conocer los pormenores de la estrategia para eliminar las diferencias de educación entre hombres y mujeres, que pone de manifiesto el cuadro proporcionado en las respuestas a la lista de preguntas.
La Sra. González pregunta si el hecho de que se haya quintuplicado el número de casos de violencia en la familia notificados en 2000 puede atribuirse a que se alienta a las víctimas a presentar denuncias, o si se debe a otras causas. El informe no contiene información sobre la trata de niñas; pregunta la oradora si ello también puede atribuirse a la falta de informes oficiales sobre esos delitos. Es muy importante abordar el tema de la prevención de la pedofilia y la pornografía infantil. También se requiere más información sobre el crimen de incesto. En el próximo informe se deberían incluir estadísticas sobre el abuso de drogas y alcohol entre las mujeres y los jóvenes, así como información sobre programas especiales relativos a la salud de la mujer del medio rural.
Se levanta la sesión a las 13.00 horas.