COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
44º período de sesiones
ACTA RESUMIDA DE LA 1200ª SESIÓN
celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,el lunes 15 de enero de 2007, a las 10.00 horas
Presidente: Sr. DOEK
SUMARIO
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La presente acta podrá ser objeto de correcciones.
Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento, a la Sección de Edición, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.
Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un único documento que se publicará poco después del período de sesiones.
GE.O7-40104 (EXT)
Apertura del período de sesiones
Declaración del Representante del Secretario General
Aprobación del programa
Cuestiones de organización
Presentación de informes por los Estados Partes
Examen de los informes presentados por los Estados Partes
Informe inicial de Costa Rica sobre la aplicación del Protocolo facultativo de la Convención relativo a la participación de niños en conflictos armados
Informe inicial de Costa Rica sobre la aplicación del Protocolo facultativo de la Convención relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía
Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas
APERTURA DEL PERÍODO DE SESIONES
1.El PRESIDENTE declara abierto el 44ª período de sesiones del Comité de los Derechos del Niño.
DECLARACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL SECRETARIO GENERAL
2.El Sr. BACRE (Representante del Secretario General) subraya con satisfacción que el sistema de protección de los derechos humanos de las Naciones Unidas se ha fortalecido mediante la institución de dos nuevos órganos creados en virtud de tratados, encargados de velar por la aplicación, respectivamente, de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y de la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, y también mediante la creación del Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
3.La armonización de los métodos de trabajo de los órganos creados en virtud de tratados va por buen camino. La propuesta del Comité de crear una oficina permanente para mejorar la coordinación y la armonización ha sido bien acogida por el Grupo de Trabajo sobre la reforma de los órganos creados en virtud de tratados.
4.El Grupo de Trabajo sobre las reservas ha modificado algunas de sus recomendaciones para adaptarlas a las propuestas del Relator Especial de la Comisión de Derecho Internacional y ha decidido que la cuestión de las reservas debería figurar en la lista de temas a tratar.
5.El estudio del Secretario General sobre la violencia contra los niños, presentado a la Asamblea General en octubre de 2006, ha dado origen a la publicación de un informe mundial en noviembre. El Comité de los Derechos del Niño tiene una función importante en el seguimiento y la difusión de este estudio y también en el nombramiento de un representante especial sobre la violencia contra los niños.
6.Es interesante señalar que el Consejo de Derechos Humanos, en su tercer período de sesiones celebrado en 2006, se reunió con un grupo de organizaciones no gubernamentales (ONG) especializadas en la defensa de los derechos del niño, que le pidieron que introdujera esta cuestión en su programa de trabajo y que le dedicara dos días al año. Las ONG propusieron además que los derechos del niño se tengan en cuenta en el marco del mecanismo de examen periódico universal que instituirá el Consejo.
APROBACIÓN DEL PROGRAMA (tema 1 del programa provisional) (CRC/C/44/1)
7.Queda aprobado el programa.
CUESTIONES DE ORGANIZACIÓN (tema 2 del programa)
8.El PRESIDENTE señala que ha debido aplazarse el examen de los informes segundo y tercero de las Maldivas.
9.El Comité celebró en 2006 tres períodos sesiones en dos salas, lo que permitió recuperar el retraso existente en el examen de los informes; en el presente período de sesiones se reanuda el método de trabajo habitual, pero sin excluir que se vuelva al sistema de las dos salas si se presenta la necesidad.
10.Todos los informes presentados al 31 de diciembre de 2006 se examinarán en 2007, con lo que habrá un plazo máximo de 12 meses entre la presentación y el examen. En el período de sesiones actual el Comité examinará siete informes sobre la Convención y cuatro sobre los Protocolos facultativos. El Comité estudiará los proyectos de observaciones generales sobre la justicia juvenil* y sobre los derechos de los niños de las poblaciones autóctonas, definirá las líneas maestras de la jornada de debate general que se ocupará del artículo 4 en el período de sesiones de septiembre y examinará el seguimiento del estudio del Secretario General sobre la violencia contra los niños, así como las directrices sobre la protección y la acogida sustitutiva de niños sin protección parental. Por último, el Comité examinará los medios para fortalecer la cooperación con los demás órganos que se ocupan de la promoción y protección de los derechos del niño.
PRESENTACIÓN DE INFORMES POR LOS ESTADOS PARTES (tema 3 del programa)
11.La Sra. ANDRIJASEVIC-BOCO (Secretaria del Comité) dice que desde el período de sesiones precedente el Comité ha recibido cuatro informes en virtud de la Convención, siete sobre la aplicación del Protocolo relativo a la participación de niños en conflictos armados y tres sobre la aplicación del Protocolorelativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. También ha recibido las respuestas por escrito correspondientes a todos los informes que examinará en el actual período de sesiones, excepto las de las Islas Marshall.
Se suspende la sesión a las 10.35 horas y se reanuda a las 11.10 horas
EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (tema 4 del programa)
Informe inicial de Costa Rica sobre la aplicación del Protocolo facultativo relativo a la participación de niños en conflictos armados (CRC/C/OPAC/CR/1; lista de cuestiones (CRC/C/OPAC/CRI/Q/1); respuestas por escrito del Estado Parte a la lista de cuestiones (CRC/C/OPAC/CRI/Q/1/Add.1))
12. Por invitación del Presidente, la delegación de Costa Rica toma asiento a la mesa del Comité.
13.La Sra. SEGURA (Costa Rica) reafirma la voluntad del Gobierno de Costa Rica de mantener con el Comité un diálogo franco y abierto y de apoyar el proceso de reforma del sistema de protección de los derechos humanos de las Naciones Unidas.
14.El Sr. VÍQUEZ JIMÉNEZ (Costa Rica) subraya que su país no posee armas ni ejército y que no ha experimentado nunca un conflicto armado. La abolición del ejército se remonta a 1948 y esta decisión no se ha puesto nunca en duda. Para defender la paz y la independencia los dirigentes del país han establecido una política de neutralidad.
15.Costa Rica no ha dejado de luchar en las instancias multilaterales contra la carrera de armamentos, ha adoptado los instrumentos del derecho internacional que hacen efectivo el principio de la defensa colectiva y participó activamente en la iniciativa regional del Grupo de Contadora para la solución negociada de los conflictos de América Central en el decenio de 1980. Además, en 1987 el Presidente Óscar Arias Sánchez recibió el premio Nóbel de la paz por sus iniciativas en este sentido.
16.Óscar Arias Sánchez elegido de nuevo Presidente del país al cabo de 20 años, propuso en 2006 ante la Asamblea General de las Naciones Unidas llevar a cabo tres grandes acciones en el marco de la propuesta titulada “Acuerdo de Costa Rica”. La primera tiene por objeto denunciar el aumento de los gastos militares, la carrera de armamentos y el comercio de armas. El Presidente ha propuesto también dotar este acuerdo de mecanismos de alivio de la deuda y asignación de recursos a los países en desarrollo que invierten más para sus pueblos que para sus ejércitos.
17.Costa Rica, que apuesta por una sociedad sin armas, lleva a cabo actividades desde la infancia con su programa titulado “Cultura de la paz”. Se prevé incluso reglamentar los juguetes de carácter bélico, que pueden influir de modo negativo en el desarrollo del niño. Además, se ha presentado ante la Asamblea Legislativa un proyecto de ley que prohibirá la importación y comercialización de juguetes y de juegos de vídeo de carácter bélico y violento.
18.Costa Rica tiene necesidad con más razón de un sistema internacional legítimo, fuerte y dotado de resoluciones que vinculen a las partes que no tienen ejército. Desde hace unos decenios el país asigna recursos a la educación con el objeto de generalizar la enseñanza hasta la edad de 17 años. Además, una reforma constitucional podría obligar al Gobierno a consagrar a la educación no sólo el 6% sino el 8% del PIB .
19.En el país, todos los menores disfrutan de los mismos derechos y del mismo sistema de protección. Muchos de los temas especificados en el Protocolo reflejan una realidad que no es la de los costarricenses. Los menores no puede integrarse en ninguna fuerza de seguridad ni llevar armas. En la escuela, los niños aprenden que los conflictos armados van en contra de una cultura de paz. Costa Rica ha elegido el camino de la vida, la escuela, el diálogo y la tolerancia.
20.El PRESIDENTE señala con satisfacción que Costa Rica, que no dispone de ejército y disfruta de una situación política estable, ha ratificado el Protocolo facultativo sobre la participación de niños en conflictos armados y por lo tanto forma parte de un grupo de países que consideran importante impedir la implicación de los niños en los conflictos armados y que adoptan medida serias en este sentido. El Comité preconiza la tipificación como delito de todas las actividades de reclutamiento de niños en las fuerzas armadas, con el fin de procesar a los autores de estos delitos dentro y fuera de los países. Hay algunas disposiciones que prohíben reclutar a niños de menos de 18 años, pero no hay ninguna disposición relativa a los procesos judiciales correspondientes.
21.El Presidente pregunta si constituye en Costa Rica un delito la violación de la disposición del Protocolo facultativo por la cual no puede reclutarse en las fuerzas armadas a niños menores de 18 años ni se permite a los menores de 16 años alistarse voluntariamente, y pregunta cómo se aplican los artículos 7 y 8 del Código Penal sobre la extraterritorialidad y la jurisdicción universal. Convendría también saber si las autoridades competentes pueden detener a los autores de estos hechos cometidos en un país donde no constituyen una infracción y si en tal caso pueden emitir una orden de extradición o una orden de detención internacional.
22.En relación con las armas ligeras y de pequeño calibre, el orador pregunta a la delegación si Costa Rica, que no fabrica ni importa armas, tiene previsto participar en una iniciativa internacional encaminada a impedir la importación y exportación de estas armas, especialmente en las regiones con conflictos armados.
23.El Sr. LIWSKI pide detalles sobre la aplicación de los artículo 5 y 7 del Protocolo, el primero relativo al derecho internacional humanitario y el segundo a la cooperación internacional. Pregunta si existe una política de seguimiento y asistencia a favor de los niños procedentes de países vecinos donde impera una situación de conflicto armado.
24.La Sra. ORTIZ pregunta en qué medida se ha difundido el Protocolo y cómo se elaboró el informe presentado por Costa Rica, y qué instancias tienen competencia, si se plantea el caso, para ocuparse en los aspectos físico y psicológico de los niños refugiados víctimas de un conflicto armado en un país vecino.
25.El Sr. FILALI pregunta qué medidas adopta el Estado Parte para impedir que los menores costarricenses sean reclutados en grupos armados activos en otros países de la región.
26.La Sra. KHATTAB señala que para ingresar en la Guardia Civil los candidatos deben haber alcanzado el nivel de sexto de primaria, lo que parece contradecirse con la ley general sobre la policía, según la cual la edad de admisión en el cuerpo de policía se fija en18 años. Se ruega por consiguiente a la delegación que aporte precisiones sobre este tema.
27. El Sr. KRAPPMANN pregunta si la educación para la paz ocupa un lugar importante en los programas escolares.
28. El Sr. SIDDIQUI desea saber si existen programas de rehabilitación física y psicológica para los niños de la región que han huido a Costa Rica a consecuencia de un conflicto armado que causa estragos en su país.
29. Puesto que el Estado Parte no tiene ejército, sería interesante saber si en el caso hipotético de que Costa Rica fuera objeto de un ataque extranjero la policía asumiría la función de ejército y defendería el país.
Se suspende la sesión a las 11.50 horas y se reanuda a las 12 horas
30.El Sr. VÍQUEZ JIMÉNEZ (Costa Rica) dice que, en virtud de la Constitución, los instrumentos internacionales en los que es parte Costa Rica priman sobre el derecho interno. El alistamiento de menores no se define como un delito distinto en derecho interno, pero es contemplado por el artículo 7 del Código Penal, sea cual fuere el país donde se haya cometido. Por consiguiente, los tribunales nacionales son competentes para entender sobre violaciones del Protocolo facultativo cometidas fuera del territorio nacional y ello con independencia de la nacionalidad de la víctima. Si el supuesto autor se encuentra en el extranjero, Costa Rica puede obtener su extradición solicitándola directamente del Estado correspondiente o, en su caso, en virtud de un tratado bilateral de extradición, pero todavía no existe jurisprudencia al respecto.
31.El acceso de los particulares a las armas ligeras está estrictamente reglamentado por la ley. Quien desee obtener un permiso de armas debe ser mayor de edad y haber superado una prueba psicológica profunda.
32.En el decenio de 1980 Costa Rica adoptó una política de neutralidad “activa”, manifestándose sin cesar a favor de la paz en los países de la región, que en aquel entonces vivían desgarrados por un conflicto. Además, Costa Rica alienta a los países de América Central a renunciar a sus ejércitos o por lo menos a reducir su presupuesto militar y aumentar los de educación y salud.
33.En el decenio de 1980 niños expulsados de América Central por conflictos armados se refugiaron en Costa Rica donde disfrutaron de apoyo psicológico. No es posible decir cuántos de estos niños, que ahora ya son adultos, consiguieron superar los traumatismos de la guerra porque no se realizó ningún seguimiento ni se dispone de estadísticas.
34.No hay ninguna materia específica relativa al Protocolo facultativo inscrita en el programa escolar, pero el tema de la paz se trata periódicamente en la escuela mediante ejemplos sacados de la vida cotidiana, como los conflictos familiares o los juegos de vídeo que ponen en escena situaciones bélicas y que son más comprensibles para los niños que el texto de un instrumento internacional.
35.No existen estadísticas sobre el número de niños que han participado en un conflicto armado
36.La Sra. ORTIZ pregunta si los guardas fronterizos destacados en la frontera con Panamá conocen el Protocolo facultativo y son conscientes de que los niños procedentes de Colombia pueden estar implicados en un conflicto armado y deben recibir un trato especial.
37.El Sr. VÍQUEZ JIMÉNEZ (Costa Rica) dice que las autoridades de Costa Rica no han detectado la presencia de antiguos niños soldados entre los migrantes colombianos que llegan desde hace algunos años al país. El Patronato Nacional de la Infancia dispone de una cuarentena de oficinas repartidas por el territorio, algunas de ellas en zonas fronterizas. En los días en que los flujos de migrantes son más intensos, estas oficinas están abiertas las 24 horas y están preparadas para hacerse cargo con carácter de urgencia de los menores en dificultades que las autoridades fronterizas les confían. Los migrantes colombianos llegan en general al país por avión y no por la frontera terrestre con Panamá.
38.Para ingresar en la Escuela Nacional de Policía hay que haber cumplido los 18 años y haber cursado la escuela secundaria. Por lo tanto es imposible que la policía reclute a un menor.
39.En caso de un ataque extranjero, puede suponerse que Costa Rica invocaría el derecho internacional y enviaría un llamamiento pidiendo ayuda a la comunidad internacional.
Informe inicial de Costa Rica sobre la aplicación del Protocolo facultativo de la Convención relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (CRC/C/OPSC/CRI/1; lista de cuestiones (CRC/C/OPSC/CRI/Q/1); respuestas por escrito del Estado Parte a la lista de cuestiones (CRC/C/OPSC/CRI/Q/1/Add.1))
40. El Sr. VÍQUEZ JIMÉNEZ (Costa Rica) señala que en el Estado Parte la expresión utilizada es “explotación sexual comercial de personas menores de edad” y no “prostitución infantil”. Sea cual fuere el término utilizado designa una realidad de la cual Costa Rica sólo ha sido consciente desde hace una decena de años, pero que debe yugularse con más razón porque el turismo –en especial el turismo verde y el turismo de aventura— se ha desarrollado mucho, hasta el punto de que actualmente es la primera fuente de ingresos del país. El Patronato Nacional de la Infancia denunció en 1996 el riesgo de que se desarrollara el turismo sexual, lo que impulsó la fundación de la Comisión Nacional contra la Explotación Sexual Comercial (CONACOES), en la que participan organismos públicos y también organizaciones no gubernamentales y organismos internacionales. Desde 1996 las actividades en esta esfera figuran en un Plan Nacional contra la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes, que se articula en tres grandes segmentos: prevención, reformas legislativas y represión, acogida de las víctimas.
41. Las tres campañas nacionales de prevención realizadas de 2003 a 2006 se basaron en la difusión por los medios de comunicación y mediante carteles, especialmente en aeropuertos y hoteles, de información sobre las penas incurridas por los autores de infracciones sexuales. Además, se llevaron a cabo unas 400 patrullas de detección de víctimas por año, aparte de actividades de información y sensibilización para 10.376 personas realizadas coincidiendo en varios talleres.
42. Se ha redactado un Código de Conducta contra la explotación sexual comercial en el turismo. El objetivo es que las empresas del sector turístico lo firmen, se comprometan a respetar una cierta ética en materia de protección de niños y adolescentes contra la explotación sexual comercial y lo comuniquen a sus clientes y proveedores. Esta iniciativa ha asociado diez operadores de turismo, tres empresas de alquiler de vehículos, las dos principales compañías de taxis del país y ocho hoteles. El hecho de utilizar el vehículo para cometer o facilitar infracciones sexuales es ahora un motivo para cancelar la licencia de conductor de taxi. Se ha preparado material de formación para proporcionar al personal de los consulados los medios para aconsejar y orientar a las víctimas de tales infracciones.
43. A mediados de 2003 se inició el proyecto titulado “Seguridad infantil en Internet: navegación segura”. Se ha reglamentado por decreto el funcionamiento de los cibercafés, a fin de prevenir los peligros incurridos por los menores que utilizan sus servicios.
44. La medida más significativa en materia de represión es sin duda la reforma del Código Penal de 1999 en la que se ha modificado todo el capítulo relativo a las infracciones sexuales y se ha aprobado un nuevo texto, la Ley contra la explotación sexual comercial. Se ha presentado, pero todavía no se ha aprobado, un proyecto de ley que penaliza la posesión de materiales pornográficos.
45. De 1999 a septiembre de 2006 se acusó a 65 personas de tener “relaciones sexuales remuneradas” y se condenó a 35 de ellas. Conviene señalar igualmente que el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) realizó entre 2003 y 2006 conjuntamente con el Ministerio de Seguridad Pública 280 operaciones nocturnas (inspecciones de discotecas, etc.) y que se han creado en el Ministerio de Seguridad Pública y la Procuraduría unidades especializadas de lucha contra la explotación sexual comercial.
46. Desde 2003 el Patronato Nacional de la Infancia se hace cargo cada año de unas 350 víctimas de la explotación sexual comercial. La cooperación entre la Universidad de Costa Rica y el Patronato Nacional ha desembocado en modalidades de acogida innovadoras: se trata del “Modelo Cíclico de Respuestas Articuladas”, que consigue una tasa de logros excepcional del 70% y se mantiene mediante un esfuerzo constante de formación de funcionarios para que puedan aplicarlo. Conviene citar igualmente el programa de acogida integral de niños y adolescentes en situación de peligro inminente y de gran vulnerabilidad, iniciado en septiembre de 2006, que tiene la característica de dirigirse a todos los menores víctimas de explotación sexual comercial, muchachos y muchachas. Se han asignado a este programa 78 funcionarios que se turnan 22 horas al día y siete días a la semana, especialmente para asegurar un servicio telefónico de urgencia, y una inversión sin precedentes del orden de 2 millones de dólares. Además, gracias al apoyo de una asociación y de uno de los dos principales bancos del país, en este marco se paga a las víctimas subvenciones financiadas por un fondo especial de asignación a fin de que puedan iniciar una nueva vida.
47. Desde 2003 el sistema judicial ha entendido en 10 casos de trata de personas. Se fundó en diciembre de 2005 y se reunió por primera vez en octubre de 2006 la Coalición Nacional contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas, compuesta por representantes de distintos ministerios y de organizaciones no gubernamentales. Esta coalición ha establecido directivas regionales para la repatriación de víctimas de la trata y otras personas vulnerables relativas a todos los países de América Central y los Estados Unidos de América, un protocolo de coordinación interinstitucional para la repatriación de niños y adolescentes víctimas de trata y un protocolo interno del Patronato para la acogida de menores víctimas de la trata.
48. Desde 2000 el sistema judicial se ha ocupado de 65 casos de difusión de material pornográfico y de 21 casos de fabricación o producción de tales materiales.
49. Se trabaja actualmente en el segundo Plan Nacional contra la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes. Se desarrollarán más las actividades realizadas en el marco del primer Plan Nacional: se incluirá la forma masculina y las formas nuevas, más complejas, de esta explotación sexual comercial, y las iniciativas superarán los límites de la capital para extenderse a las zonas costeras de vocación turística.
50. El Sr. FILALI pregunta si no sería mejor para el Estado Parte sustituir la expresión “explotación sexual comercial” por el término “prostitución”. Además, para conseguir una mejor gestión y una coordinación simplificada, sería sin duda deseable definir mejor los mandatos y prerrogativas de las distintas instituciones que trabajan en la esfera de la protección de la infancia.
51. Sería conveniente que la delegación precisara los indicadores estadísticos utilizados en Costa Rica y que proporcionara al Comité cifras sobre la venta y la prostitución de niños, y sobre las transferencias de órganos. La delegación ha indicado que las organizaciones de la sociedad civil participan en foros sobre cuestiones relacionadas con la infancia, pero queda por saber en qué medida las personas encargas de decidir tienen en cuenta sus consejos.
52. Se pide a la delegación que tenga a bien indicar si los elementos “prevención” y “acogida de las víctimas” del Plan Nacional contra la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes disponen de fondos suficientes y qué repercusión han tenido. Se plantea la misma cuestión en relación con las reformas legislativas: la violación está ahora bien definida en la legislación, pero queda por precisar en qué medida se aplican las nuevas disposiciones y cuáles son sus efectos sobre el terreno.
53. El orador se ha enterado de que al parecer se ha interrumpido la campaña “Seguridad de los niños en Internet: navegación segura”, y convendría recibir aclaraciones al respecto. Con arreglo a las cifras comunicadas por el Estado Parte, se ha procesado a proxenetas por explotación sexual comercial de niños y adolescentes, pero no se ha procesado a ningún cliente, lo cual resulta sorprendente. Por lo tanto convendría saber si esta situación se debe a que los niños desconocen sus derechos o a que los asistentes sociales temen acusar a personas.
54. La delegación podría indicar también si las autoridades han tomado conciencia de la necesidad de impedir la “revictimización” de las víctimas.
Se levanta la sesión a las 13.00 horas
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