Naciones Unidas

CRC/C/SR.1595

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

13 de marzo de 2012

Español

Original: francés

Comité de los D erechos del N iño

56º período de sesiones

Acta resumida de la 1 595 ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el lunes 24 de enero de 2011, a las 15.00 horas

Presidenta:Sra. Lee

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes (continuación)

Cuarto informe periódico de Dinamarca sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes ( continuación )

Cuarto informe periódico de Dinamarca sobre la aplicación de la Convenciónsobre los Derechos del Niño (CRC/C/DNK/4; CRC/C/DNK/Q/A; CRC/C/DNK/Q/4/Add.1) (continuación)

1. A invitación de la Presidenta, la delegación de Dinamarca vuelve tomar asiento a la mesa del Comité.

2.La Sra. Arnsted (Dinamarca) señala que Dinamarca no tiene previsto nombrar a un defensor del niño, habida cuenta de que el Defensor ante la Administración Pública está facultado para recibir y tramitar las reclamaciones presentadas por menores de edad.

3.El Sr. Møller Christiansen (Dinamarca) dice que el Consejo Nacional de la Infancia, órgano encargado de coordinar la aplicación de la Convención, actualmente recibe financiación permanente.

4.El Sr. Filali (Relator para Dinamarca) pregunta si la decisión de no establecer un defensor del niño está basada en una evaluación de las necesidades.

5.La Sra. Arnsted (Dinamarca) responde que no se ha realizado ninguna evaluación especial, pero el mecanismo de reclamación de que se ocupa el Defensor ante la Administración Pública, vinculado al Ministerio de Asuntos Sociales, ofrece todas las garantías necesarias en lo que respecta a la toma en consideración de los problemas que afectan a los niños.

6.El Sr. Weyhe (Dinamarca-Groenlandia) dice que, a causa de las disparidades económicas y sociales entre Groenlandia y Dinamarca, es necesario que Groenlandia formule sus propias políticas. Así, en 2009, el Gobierno de Groenlandia empezó a elaborar una estrategia en favor de la infancia que servirá de guía a los municipios y en que se recogen los principales principios de la Convención. En particular, la estrategia da prioridad en la protección de las mujeres embarazadas y los niños pequeños, la educación y las actividades extraescolares, la lucha contra la violencia y los derechos de los niños con discapacidad. Varios grupos de trabajo temáticos integrados por miembros de organizaciones no gubernamentales (ONG), especialistas y políticos locales están ocupándose actualmente de los grandes ejes de la estrategia, que servirá de hilo conductor de la política de la infancia para los 10 a 15 próximos años.

7.Además, en colaboración con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) está previsto modificar la Ley de ayudas a la infancia y la juventud de 2003 para privilegiar tres aspectos prioritarios, a saber, la intervención precoz en caso de violación de los derechos del niño, la supervisión y el control de las políticas de los municipios y el seguimiento eficaz de los niños que abandonen una institución o una familia de acogida.

8.En un informe publicado en 2010, una comisión encargada de examinar la disparidad de ingresos y el reparto de las ayudas sociales llegó a la conclusión de que, para llegar a ser un territorio autónomo desde el punto de vista económico y paliar las desigualdades sociales, Groenlandia debía llevar a cabo reformas socioeconómicas.

9.La Sra. Ortiz desearía saber lo que hace Groenlandia para que se respeten los derechos civiles de los niños conforme a lo previsto en la Convención.

10.El Sr. Weyhe (Dinamarca-Groenlandia) responde que los trabajos de reforma siguen su curso; Groenlandia se propone hacer efectivos todos los derechos contemplados en la Convención y, para ello, tendrá en cuenta las recomendaciones del UNICEF.

11.La Sra. West (Dinamarca-Islas Feroe) subraya que en las Islas Feroe las familias necesitadas reciben importantes ayudas sociales.

12.Se está elaborando un plan para combatir la violencia contra la mujer y el Gobierno ya ha establecido un centro de crisis para las víctimas.

13.La Ley de protección de la infancia obliga a todas las personas a denunciar los casos de abuso sexual contra niños, bajo pena de actuaciones penales. Existen dispositivos de prevención, protección y readaptación.

14.La Presidenta pregunta por qué la aplicación del Protocolo facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía todavía no se ha hecho extensiva a las Islas Feroe y Groenlandia.

15.La Sra. Ortiz pregunta si los castigos corporales están prohibidos en los establecimientos de cuidado alternativo.

16.La Sra. West (Dinamarca-Islas Feroe) responde que, en las Islas Feroe, los castigos corporales están prohibidos en todos los ámbitos. Las autoridades de las Islas Feroe prevén adoptar las medidas necesarias para la aplicación del Protocolo facultativo en el territorio.

17.El Sr. Weyhe (Dinamarca-Groenlandia) indica que el Protocolo facultativo será aplicable en breve en Groenlandia, tan pronto como la legislación relativa a la aprobación haya sido revisada para satisfacer las exigencias de la Convención de La Haya.

18.La Sra. McPhail (Dinamarca) dice que incumbe a los ayuntamientos adoptar las medidas de protección necesarias para prestar ayuda a los niños víctimas de la violencia, y que los profesionales de la atención a la infancia están obligados a comunicar a las autoridades toda sospecha de malos tratos a niños. Las autoridades de Dinamarca proponen a los futuros padres estadías de ayuda a la paternidad y maternidad; se va a difundir ampliamente en el país una campaña de prevención de la violencia contra los niños.

19.La Sra. Ravn (Dinamarca) dice que el interés superior del niño es una consideración preeminente en la decisión de otorgar un permiso de residencia a niños solicitantes de asilo no acompañados. Si se ha establecido que el niño podría quedar satisfactoriamente a cargo de los servicios sociales de su país de origen y que existen vínculos familiares y culturales, no se otorga el derecho de residencia.

20.Además, en los casos en que el otorgamiento de un permiso de residencia temporal esté justificado únicamente por la edad del menor, ese derecho no podrá mantenerse cuando el menor cumpla los 18 años de edad. Podrá hacerse una excepción a esta regla cuando el menor haya llegado muy joven a Dinamarca y se haya integrado plenamente.

21.La Presidenta pide algunas precisiones sobre la aplicación de la nueva Ley de extranjería, que prohíbe iniciar investigaciones sobre la familia de un niño no acompañado sin el consentimiento del niño, lo que le parece estar en contradicción con los instrumentos internacionales.

22.La Sra. Ravn (Dinamarca) explica que esta ley no obliga ya a las autoridades danesas a iniciar investigaciones sobre la familia de un niño si este no da su consentimiento, lo cual no significa que se excluya toda posibilidad de investigación. En el marco de un acuerdo concertado con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), la Cruz Roja de Dinamarca realiza investigaciones sobre la familia de los menores no acompañados, a solicitud de los interesados.

23.Si su edad lo permite, esos menores son entrevistados por los servicios de inmigración en el marco del procedimiento de solicitud de asilo.

24.El Sr. Wamsler (Dinamarca) dice que los servicios del Consejo de Condiciones de Trabajo de Dinamarca efectúan controles e inspecciones en el lugar de trabajo de los menores de edad empleados durante el verano para asegurarse de que se respetan las disposiciones relativas a la salud y la seguridad en el trabajo. Por otro lado, está previsto crear un portal de Internet que reúna una serie de recursos sobre el trabajo de los jóvenes, destinado a docentes, empleadores y padres a fines de información y prevención de los accidentes de trabajo.

25.La Sra. Vinkel Sorensen (Dinamarca) dice que, para garantizar la seguridad de los menores en Internet, la policía de Dinamarca, tras consultar con Save the Children de Dinamarca, ha preparado un filtro destinado a bloquear el contenido pornográfico. La policía ha concertado acuerdos de cooperación con los principales proveedores de Internet del país, que bloquean el acceso a determinados sitios sospechosos por orden policial.

26.El Sr. Lamhauge Rasmussen (Dinamarca) señala que en las escuelas se difunde material de apoyo pedagógico para educar a los jóvenes sobre los peligros de los medios electrónicos.

27.La Sra. Ortiz pregunta si los órganos de prensa, en particular la televisión y los periódicos, están obligados a respetar un código de buena conducta respecto de la imagen que transmiten de los jóvenes, y si se tiene en cuenta la opinión de los jóvenes en los medios de difusión.

28.El Sr. Møller Christiansen (Dinamarca) dice que, en el marco de su estrategia de lucha contra la pobreza, el Gobierno ofrece protección social a los pobres, otorga ayudas para la creación de empresas y hace lo posible por combatir de raíz los factores de exclusión, especialmente mediante medidas tales como la iniciativa "Igualdad de oportunidades", dirigida a los niños y jóvenes vulnerables, que se puso en marcha en 2008.

29.La Sra. Ravn (Dinamarca) dice que, en virtud de las directrices relativas a la naturalización, los niños apátridas nacidos en Dinamarca y residentes en el país pueden presentar una solicitud de naturalización. Es cierto que, a raíz de una serie de modificaciones de esas directrices que tuvo lugar en 2005, hubo cierto número de solicitudes que fueron rechazadas equivocadamente, pero en virtud de las nuevas disposiciones aprobadas en enero de 2011 se revisaron las solicitudes correspondientes y se concedió la naturalización a los solicitantes que reunían los criterios exigidos.

30.El Sr. Møller Christiansen (Dinamarca) puntualiza que Dinamarca ha elaborado indicadores de pobreza para crear una base de datos que permita fijar mejor los objetivos de las estrategias y políticas destinadas a luchar contra la exclusión social y la pobreza.

31.La tasa de acogimiento en familia, que sin duda es especialmente elevada respecto a la de otros países escandinavos, se explica por el hecho de que el número de adopciones en Dinamarca es muy inferior al que se registra en los países vecinos. A pesar de ello, el porcentaje de acogimientos está disminuyendo, lo que significa que los municipios dan preferencia en la medida de lo posible a soluciones sustitutorias.

32.El Sr. Theolander Holmgren (Dinamarca) dice que el Gobierno danés es perfectamente consciente de que el acogimiento prolongado en instituciones plantea problemas y de que solo habría que recurrir a este tipo de acogimiento en caso de necesidad absoluta. La Junta de Apelaciones Sociales debe evaluar en 2012 los planes de acción de los municipios en relación con este tipo de acogimiento.

33.El Gobierno de Dinamarca prevé además hacer mayor hincapié en la formación de los trabajadores sociales y la detección precoz de las situaciones que precisen una intervención social. Desde el inicio del curso escolar de 2010, los trabajadores sociales pueden cursar una formación especializada en el cuidado de los niños en situación de riesgo.

34.La Sra. Ortiz desearía saber si se consulta a los niños en el marco de la evaluación de su acogimiento, y si el Estado parte toma como referencia las directrices de las Naciones Unidas sobre la utilización apropiada y las condiciones del cuidado de los niños privados del medio familiar al elaborar leyes relativas a la infancia.

35.El Sr. Theolander Holmgren (Dinamarca) dice que es la Junta de Apelaciones Sociales quien se encarga de realizar esa evaluación y que para ello toma como base la opinión del niño. Del mismo modo, se hace balance de las intervenciones sociales en favor de la infancia y las prestaciones que ofrecen los asistentes sociales.

36.En Dinamarca, el legislador tiene plenamente en cuenta las directrices de las Naciones Unidas sobre la utilización apropiada y las condiciones del cuidado de los niños privados del medio familiar al redactar la legislación sobre la infancia.

37.Para evitar perturbar a los niños más pequeños, especialmente sensibles a los cambios, el acogimiento de niños menores de 1 año no puede revisarse durante los tres primeros años, a menos que la situación de los padres haya cambiado radicalmente.

38.La Sra. Schjønning (Dinamarca) dice que 120.000 niños daneses viven en una familia en que al menos uno de sus miembros es alcohólico. Por ese motivo, las autoridades sanitarias y sociales han dispuesto la creación en cada una de las cinco regiones del país de ambulatorios familiares que se ocupan de las mujeres embarazadas y/o su pareja que consuman alcohol o drogas, así como de los niños que no hayan alcanzado la edad de la escuela obligatoria y cuyo padre o madre sea dependiente de una de esas sustancias.

39.La decisión de recetar medicamentos a un niño que padezca hiperactividad no se toma a la ligera: se procura sistemáticamente que el diagnóstico sea formulado por un psiquiatra. En caso de que un médico en particular diagnosticara con demasiada frecuencia este trastorno, la Junta Nacional de Salud y la Agencia de Medicamentos de Dinamarca intervendrían para normalizar la situación. Del mismo modo, los médicos que ejercen como consultores para la industria farmacéutica deben obtener una autorización previa de la Agencia de Medicamentos de Dinamarca, lo que demuestra que en efecto se han establecido mecanismos de control.

40.El Sr. Lamhauge Rasmussen (Dinamarca) dice que el Gobierno otorga la más alta prioridad a la cuestión de las necesidades educativas especiales, como lo atestigua el hecho de que el 30% de los créditos asignados a la enseñanza primaria y el primer ciclo de la enseñanza secundaria para 2009 se destinara a ese sector. Actualmente existe consenso en que la integración de los jóvenes con necesidades educativas especiales en los establecimientos de enseñanza tradicional tiene efectos beneficiosos para la calidad de la enseñanza en general, en especial teniendo en cuenta que gracias a ello esos establecimientos reciben un aumento progresivo de recursos humanos y financieros.

41.Además, los programas de formación de los docentes comprenden cursos sobre la conducta a adoptar respecto de los niños que tengan necesidades educativas especiales: más de un tercio de los estudiantes de magisterio ha elegido una especialización en ese campo. Asimismo se han agregado módulos relativos a esta cuestión a los programas de formación continua de los docentes.

42.El Sr. Rahbøl Jacobsen (Dinamarca) dice que el país no tiene previsto pasar a ser parte del Protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.

43.La Sra. McPhail (Dinamarca) puntualiza que la institución para niños y adultos con discapacidad que se menciona en el párrafo 911 del informe examinado se divide en dos unidades separadas, de modo que los adultos y los niños no residen en las mismas instalaciones.

44.La Sra. Vinkel Sørensen (Dinamarca) dice que el Gobierno danés otorga la máxima prioridad a la formulación de una nueva estrategia para combatir el abuso sexual contra los niños y que para ello ha organizado dos reuniones de alto nivel con participación de todas las instancias gubernamentales competentes y las ONG que trabajan en ese ámbito. Además, ha creado un grupo de trabajo interministerial encargado de la cuestión y tiene intención de poner en marcha la estrategia a principios de 2011.

45.La Sra. Aidoo pregunta si se hará participar a los niños en la elaboración de esa nueva estrategia, y en particular si se los consultará directamente sobre la cuestión en lugar de delegar su representación en las ONG.

46.La Sra. Maurás Pérez (Relatora para Dinamarca) pregunta si el Estado parte tiene intención de tipificar como infracción los actos de abuso sexual cometidos contra niños en el extranjero y si el Código Penal contiene disposiciones sobre la readaptación y la indemnización de los niños víctimas de la prostitución.

47.La Sra. Arnsted (Dinamarca) dice que, en virtud de una modificación del Código Penal aprobada en 2006, los ciudadanos daneses y las personas que tengan permiso de residencia en Dinamarca se exponen a ser procesados si incurren en actos de abuso sexual contra menores en un país en que la ley no castigue esos actos.

48.Los niños víctimas de ese tipo de abuso pueden solicitar indemnizaciones y, en caso de que el autor de los actos no sea solvente, el Estado se hará cargo de indemnizarlos.

49.El Sr. Koompraphant pregunta si el Estado parte dispone de un mecanismo eficaz para detectar los casos de niños víctimas de abuso sexual y si ha establecido un dispositivo para ofrecer protección a las víctimas y a los eventuales testigos. Por último, pregunta sobre la protección de las víctimas cuando el autor de los abusos sea un miembro de la familia.

50.El Sr. Filali (Relator para Dinamarca), señalando que, en virtud del principio de la competencia extraterritorial, Dinamarca puede enjuiciar a los ciudadanos daneses que hayan cometido delitos sexuales en el extranjero, desea saber si también puede enjuiciar a los no ciudadanos que hayan cometido esos delitos y que se encuentren en su territorio.

51.La Sra. Arnsted (Dinamarca) dice que Dinamarca puede enjuiciar a toda persona que viva en el territorio, tanto si es danesa como si no.

52.La Sra. Vinkel Sørensen (Dinamarca) dice que las medidas de detección constituyen un elemento importante del plan de lucha contra el abuso sexual. Los servicios de policía deben informar al Fiscal General de todos los casos de abuso sexual contra menores de 15 años cometidos por personas que trabajen en contacto con niños.

53.La Sra. Schjønning (Dinamarca) indica que a partir de marzo de 2011 estará prohibido vender a los menores de 18 años bebidas cuyo contenido de alcohol supere los 16,5º. El hecho de que Dinamarca no cuente con una política diferenciada en materia de salud de los adolescentes no significa que no se dé importancia a esa cuestión, puesto que se tiene en cuenta a los adolescentes en el plan de promoción de la salud que puso en marcha el Gobierno en octubre de 2009. La actuación del Gobierno a ese respecto se centra especialmente en el tabaquismo, cuya incidencia en los jóvenes de 15 a 20 años ha pasado del 21% al 11% entre 2000 y 2008. El consumo de alcohol en los adolescentes también está disminuyendo, pese a que los últimos datos indican que ha aumentado en las chicas, lo que constituye un dato preocupante. El Gobierno destina además medios importantes a la lucha contra la toxicomanía.

54.La Sra. Niclasen (Dinamarca-Groenlandia) explica que la legislación de Groenlandia impone a todos los municipios la obligación de formular una política relativa a la infancia y la adolescencia. Cada municipio dispone de un consejo local de prevención que trabaja en colaboración con los servicios de policía, la administración local, las escuelas y los representantes del sistema de salud, elabora sus propias normas sobre salud y prevención y rinde cuentas de sus actividades al Consejo Nacional de Prevención.

55.Pese a los esfuerzos de las autoridades, el índice de tabaquismo en los adolescentes de 15 a 17 años no ha disminuido desde 2006 y el índice de consumo de alcohol sigue siendo elevado. La Sra. Niclasen señala a ese respecto que está prohibido vender alcohol a los menores de edad.

56.La Sra. West (Dinamarca-Islas Feroe) explica que las autoridades de las Islas Feroe han elaborado políticas generales relativas a la salud de los adolescentes y llevan a cabo actividades de prevención del tabaquismo, el alcoholismo y la toxicomanía. Esta prohibida la venta de tabaco y alcohol a los menores de 18 años.

57.La Sra. Aidoo pregunta si se ha actualizado el Plan de lucha contra el abuso sexual de niños de 2003.

58.La Sra. Vinkel Sørensen (Dinamarca) indica que la nueva estrategia relativa al abuso sexual de niños, que se puso en marcha a principios de 2011, supone una actualización del mencionado plan de acción.

59.La Sra. Maurás Pérez (Relatora para Dinamarca) pregunta por qué no se aplica en Dinamarca el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna.

60.También desearía saber si los municipios llevan a cabo actividades de sensibilización y prevención en lo que respecta al acoso escolar.

61.El Comité de Derechos Humanos y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial subrayaron la importancia de reconocer la identidad específica y los derechos culturales de los inuit. ¿Cuál es la situación respecto de los derechos de los niños de esa etnia?

62.El Sr. Filali (Relator para Dinamarca) pregunta si los niños acogidos en instituciones a cargo de los servicios sociales tienen derecho a recibir visitas, comunicarse con el exterior, practicar deportes y salir. Debería precisarse en qué se distinguen esas instituciones de los correccionales ordinarios y cuál es el destino reservado a los menores infractores a los que esas instituciones, amparándose en su derecho, se nieguen a acoger. ¿Son internados en establecimientos penitenciarios ordinarios? ¿Pueden ser objeto de otras medidas encaminadas a evitar su encarcelamiento?

63.Dado que la disminución de la edad de responsabilidad penal hasta los 14 años puede suponer el aumento del número de niños reclusos, es pertinente indicar qué medidas se han adoptado para paliar la insuficiencia de estructuras de acogimiento.

64.El Comité desearía informaciones más precisas sobre la duración y las condiciones de la custodia policial de los niños de entre 12 y 14 años.

65.La Ley de junio de 2012 por la que se modifica el Código Penal prevé que los niños menores de 18 años culpables de una infracción grave puedan ser condenados a penas de cárcel de hasta 20 años. Se invita a la delegación a que explique los motivos por los que el Estado parte ha optado por endurecer su legislación en lugar de prever medidas de carácter educativo.

66.La Sra. El Ashmawy señala la falta de un dispositivo destinado específicamente a prestar ayuda a los niños víctimas de la trata y hacer comparecer ante la justicia a los autores de los hechos, y pide más explicaciones sobre los esfuerzos del Estado parte para enjuiciar y condenar a los autores de esos actos. Desearía conocer las medidas que se hayan adoptado para proteger a los niños víctimas de la trata y los niños testigos, prestarles servicios de asistencia especializados y asegurarse de que no sean tratados como delincuentes. También pide información sobre las medidas adoptadas para proteger a los numerosos menores no acompañados que llegan todos los años al país, así como a los niños obligados a realizar actividades relacionadas con la delincuencia organizada. Por último, pide explicaciones sobre la formación relativa a la identificación de posibles víctimas que se imparte a los agentes del orden.

67.El Comité desearía información suplementaria sobre el seguimiento que se realiza de las quejas formuladas por conducto del servicio de asistencia telefónica a los niños. ¿Existen datos desglosados sobre esas reclamaciones? ¿Se asignan a ese servicio recursos financieros y humanos suficientes y se garantiza el funcionamiento del servicio las 24 horas del día?

68.El Sr. Pollar pregunta si el país cuenta con un mecanismo de identificación de niños que hayan podido estar implicados en un conflicto armado. También desearía saber cómo lucha el Gobierno contra las prácticas tradicionales nocivas de ciertas comunidades, como la mutilación genital femenina, que persisten pese a estar prohibidas.

69.El Sr. Krappmann ha recibido con interés la información de que a los niños solicitantes de asilo se les atribuye un "representante personal" y pide más detalles a ese respecto. Según las informaciones de que dispone el Comité, numerosos niños solicitantes de asilo han desaparecido a lo largo de los últimos años. El Sr. Krappmann tiene entendido que estaba previsto realizar un estudio sobre esta cuestión, y desearía conocer los eventuales resultados.

70.El Reglamento Dublín II de la Unión Europea prevé que toda solicitud de asilo sea examinada en el primer país de entrada en la Unión Europea, el cual, en muchos casos, es Grecia. Sin embargo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos decidió recientemente que no era conveniente devolver a los solicitantes de asilo hacia ese país hasta que las condiciones de acogimiento no hubieran mejorado. El Comité desearía saber si Dinamarca sigue devolviendo a niños a Grecia y, en caso afirmativo, si tiene previsto poner fin a esas devoluciones.

71.La Presidenta señala que la Ley de extranjería de Dinamarca dispone que el hecho de que un niño solicitante de asilo se niegue a someterse a un examen para determinar su edad entraña consecuencias, lo cual es contrario a las normas europeas e internacionales pertinentes. Sería conveniente que se ofrecieran explicaciones a este respecto y detalles sobre los métodos de determinación de la edad que se utilizan.

72.El Sr. Thørgersen (Dinamarca) señala que, todos los años, de 20 a 25 niños daneses son secuestrados en Dinamarca para ser trasladados a otro Estado parte en la Convención de La Haya sobre los aspectos civiles del secuestro internacional de niños, y unos 20 más son llevados a un Estado no parte en la Convención, mientras que de 15 a 20 niños son secuestrados de un Estado parte en la Convención para ser llevados a Dinamarca.

73.Los niños sobre cuyos padres se considere que nunca estarán en condiciones deocuparse de ellos pueden ser adoptados sin el consentimiento de sus padres. El Sr. Thørgersen puntualiza que hasta la fecha este procedimiento se ha utilizado una sola vez y que los trabajadores sociales ejercen la máxima prudencia respecto de esta cuestión. No obstante, el Gobierno está convencido de que, en un número limitado de casos, este tipo de adopción puede favorecer los intereses del niño afectado.

74.La Sra. Arnsted (Dinamarca) dice que las personas que cumplen una pena de cárcel tienen la posibilidad de conservar con ellas a sus hijos menores de 3 años si los servicios sociales consideran que esta medida está conforme con el interés superior del niño. En realidad, actualmente hay un solo niño que vive en una cárcel de Dinamarca con sus padres, habida cuenta de que las autoridades prefieren evitar este tipo de situación. Existe una institución especial, llamada "hogar familiar", donde los padres pueden cumplir su condena viviendo con sus hijos menores de 15 años. En esa institución, los padres reciben asesoramiento sobre el modo de educar a sus hijos.

75.La Sra. Schjønning (Dinamarca) dice que en Dinamarca se recomienda la lactancia materna. En 2009 se creó a título experimental una base de datos sobre la infancia. A partir de 2011, los ayuntamientos tendrán la obligación de introducir en la base de datos la altura y el peso de los niños, así como informaciones sobre el tabaquismo pasivo y la duración de la lactancia materna exclusiva o parcial, entre otras cosas. La Sra. Schjønning indica que no está en condiciones de responder a la pregunta sobre la aplicación del Código Internacional de Comercialización de los Sucedáneos de la Leche Materna.

76.El Sr. Lamhauge Rasmussen (Dinamarca) dice que, según un estudio publicado recientemente, la proporción de niños víctimas de acoso escolar pasó del 25% al 6% entre 1994 y 2010. Se han llevado a cabo en el país varias campañas de lucha contra el acoso escolar. El Centro del Entorno Educativo de Dinamarca publicó una guía en que se proponen 42 métodos concretos para luchar contra el acoso escolar. En un texto legislativo aprobado recientemente se estipula la obligación de las escuelas de poner en práctica una estrategia de lucha contra el acoso escolar, aunque según las últimas estimaciones alrededor del 85% de las escuelas danesas ya disponen de un plan de acción concreto en la materia. Las autoridades seguirán colaborando con la sociedad civil para reforzar la lucha contra este fenómeno.

77.La Sra. Niclasen (Dinamarca-Groenlandia) dice que los inuit representan el 90% de la población de Groenlandia. El idioma oficial de Groenlandia es el groenlandés. Desde 2010 se aplica una nueva ley de política lingüística. El 80% de la población de Groenlandia habla actualmente el groenlandés, que se enseña como lengua materna. En Groenlandia la enseñanza es gratuita y la duración de la escolarización obligatoria es de diez años.

78.El Sr. Theolander Holmgren (Dinamarca) dice que los menores infractores que hayan alcanzado la edad de responsabilidad penal y sean condenados a penas de privación de libertad son internados en establecimientos donde tienen la posibilidad de practicar actividades deportivas y de otro tipo. Pueden comunicarse con el exterior salvo, por ejemplo, durante las horas de clase, cuando se les priva de teléfono celular. Los menores en detención provisional pueden estar privados de la posibilidad de comunicarse con el exterior si hay riesgo de que intenten obstaculizar la investigación.

79.La Sra. Arnsted (Dinamarca) dice que la policía puede retener en la comisaría a niños de entre 12 y 14 años que estén bajo los efectos del alcohol o de otras sustancias tóxicas o sedantes. Esta retención no puede superar las cuatro horas, salvo que sea imposible de devolver al niño a una persona responsable. Cuando se ha internado en una celda de detención provisional a un menor de entre 15 y 17 años, la policía debe informar a la familia. Los infractores menores de 18 años en espera de juicio en principio son internados en un establecimiento dependiente del Ministerio de Asuntos Sociales. Sin embargo, en caso de infracción especialmente grave o peligrosa o si el establecimiento social no puede controlar al joven por causa de su comportamiento violento, este podrá ser internado en un establecimiento penitenciario, en una unidad especial separada del ala de adultos.

80.En los últimos años, tras la disminución de la edad de responsabilidad penal de los 15 a los 14 años, los establecimientos sociales carecían de plazas suficientes para acoger a todos los menores infractores en espera de juicio. A pesar de ello, al haberse creado nuevas estructuras, actualmente esos establecimientos disponen de más plazas de las necesarias.

81.La Sra. Vinkel Sørensen (Dinamarca) dice que el Gobierno puso en marcha en 2007 un plan de lucha contra la trata de seres humanos para el período 2007-2010. En 2006, el Director General de la Policía estableció una estrategia destinada a reforzar la actuación policial respecto de la identificación y el enjuiciamiento de los proxenetas y la lucha contra la trata de mujeres y la prostitución de menores.

82.Todos los agentes de policía deben cursar una formación general obligatoria de tres años que comprende cursos sobre la trata de personas. Posteriormente tienen la posibilidad de completar su formación siguiendo diversos cursos especializados en la academia de policía. El plan de lucha contra la trata fue evaluado por una entidad danesa independiente y actualmente el Gobierno elabora un nuevo plan de acción para el período 2011-2014 en que se tienen en cuenta las recomendaciones formuladas.

83.La Sra . Ravn (Dinamarca) dice que a las víctimas extranjeras de la trata que se encuentren en territorio danés se les puede otorgar un permiso de residencia. En caso de que se les deniegue ese permiso, esas personas disponen de un plazo que se conoce como "período de reflexión", de un mínimo de 30 días y un máximo de 100, antes de estar obligadas a abandonar Dinamarca. Cuando son devueltas a su país de origen, el Gobierno de Dinamarca, en cooperación con la OIM, les presta, caso por caso, asistencia para el regreso, concretamente una ayuda a la reinserción y, de ser necesario, alojamiento temporal en su país.

84.El Sr. Møller Christensen (Dinamarca) dice que el Gobierno ha presupuestado hasta 2013 la financiación de los servicios de asesoramiento telefónico destinados a los niños. También aporta apoyo financiero a las organizaciones que ofrecen servicios de ayuda psicológica para los niños vulnerables. Para alertar de problemas que afecten a los niños no únicamente se dispone de ese servicio telefónico sino que los profesionales que trabajan en las escuelas e instituciones infantiles también pueden ponerse en contacto directamente con los servicios sociales.

85.La Sra. Ravn (Dinamarca) dice que, al examinar las solicitudes de asilo, las autoridades hacen lo posible por identificar a los niños que llegan de países afectados por conflictos armados, los niños víctimas de esos conflictos armados y las niñas víctimas de mutilación genital femenina. Estas circunstancias son importantes en el examen de la solicitud de asilo, aunque no entrañan automáticamente la concesión de un permiso de residencia.

86.Se asigna a cada menor no acompañado un "representante personal". Este representante presta al niño la asistencia necesaria para todos los procedimientos que lo afectan, aparte de la asistencia judicial. Los menores a los que se otorga un permiso de residencia son confiados a la tutela de un tutor temporal hasta que cumplan los 18 años.

87.Si bien en un informe elaborado en agosto de 2008 se consignaban varios casos de desaparición de menores alojados en centros de acogimiento para menores no acompañados, parece que desde esa fecha la situación ha mejorado. Sin embargo, no se ha realizado ningún nuevo estudio sobre la cuestión. La mayor parte de los centros de acogida para menores no acompañados son gestionados por la Cruz Roja. Tres veces por semana, el personal comprueba si los menores están presentes en el centro. En esos centros, los menores reciben informaciones sobre las disposiciones del Reglamento Dublín II.

88.Las autoridades danesas proceden obligatoriamente a la búsqueda de los parientes próximos del menor o de los miembros de su familia que asuman en la práctica funciones parentales. Las pesquisas de la Cruz Roja son más amplias, por lo que pueden hacerse extensivas a parientes más lejanos del menor.

89.Dinamarca no ha devuelto menores a Grecia desde hace muchos años. La mayor parte de los migrantes que pasan por Grecia antes de continuar su viaje hacia Dinamarca son registrados en Grecia como migrantes clandestinos y no como solicitantes de asilo. Sin embargo, conforme al Reglamento Dublín II, solo se puede exigir a un país que vuelva a acoger a un menor no acompañado si el menor ha depositado en ese país una solicitud de asilo. Además, en 2008 se decidió que ningún menor no acompañado debía ser devuelto a Grecia a menos que ello redundara en el interés superior del niño, en especial si había miembros de su familia próxima que se encontraran en ese país.

90.El Ministerio de Integración de Dinamarca todavía no ha tenido tiempo de examinar con detalle la sentencia dictada el 21 de enero de 2011 por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en relación con el asunto M. S. S. c. Bélgica y Grecia.

91.El procedimiento relativo a la determinación de la edad no ha cambiado, de modo que sigue siendo necesario el consentimiento del menor para que se pueda proceder a evaluar su edad.

92.Por último, Dinamarca cumple con las Directrices del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados para la determinación del interés superior del niño cuando se trata de devolver a un menor a su país de origen.

93.La Sra. Maurás Pérez (Relatora para Dinamarca) da las gracias la delegación por las informaciones detalladas que ha presentado y la franqueza con que ha respondido a las preguntas del Comité. Celebra la voluntad del Estado parte de proteger y promover los derechos del niño en Dinamarca y en el extranjero.

94.Sin embargo, el Comité sigue preocupado por la disminución de la edad de responsabilidad penal y espera con impaciencia una evaluación de los resultados de esta medida, así como de la titulada "Contratos para los jóvenes". Considera deseable que el Estado parte formule una política global en favor de la infancia, complementada con planes de acción, y que difu nda la Convención con mayor amplitud.

95.El Sr. Rahbøl Jacobsen (Dinamarca) agradece al Comité todas las observaciones y las preguntas pertinentes que ha formulado en el transcurso del diálogo, que ayudarán al Gobierno danés a profundizar en su reflexión sobre la situación de los derechos del niño en Dinamarca. Las autoridades danesas estudiarán minuciosamente las observaciones finales del Comité, las difundirán ampliamente, las transmitirán al Parlamento y las publicarán en Internet.

96.La Presidenta dice que el Gobierno de Dinamarca puede contar con el Comité para que lo ayude a seguir poniendo en práctica las disposiciones de la Convención.

Se levanta la sesión a las 18.00 horas.