Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares
Informe inicial que Gambia debía presentaren 2020 en virtud del artículo 73 dela Convención * ** ***
[Fecha de recepción: 19 de marzo de 2026]
I.Introducción al informe
1.La República de Gambia ratificó la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares el 28 de septiembre de 2018. De conformidad con el artículo 73 de la Convención y con el procedimiento simplificado de presentación de informes aprobado por el Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares, el Gobierno de Gambia presenta su informe inicial en respuesta a la lista de cuestiones previa a la presentación del informe.
2.En este informe se describen las medidas legislativas, judiciales, administrativas y de política adoptadas por el Estado para aplicar las disposiciones de la Convención. Se ofrece información sobre la protección de los trabajadores migratorios y sus familiares dentro del territorio y la jurisdicción de Gambia, así como sobre las medidas adoptadas para proteger a los ciudadanos gambianos que trabajan en el extranjero.
3.En el informe también se señalan los desafíos institucionales, financieros y técnicos que afectan a la aplicación de las medidas y se describen los esfuerzos que se están desplegando para fortalecer la gobernanza de la migración, la gestión de la migración laboral y la protección de los derechos humanos de los migrantes.
II.Preparación del informe
4.La elaboración de este informe fue coordinada por el Ministerio de Justicia a través del Equipo de Tareas Interministerial sobre la Presentación de Informes a los Órganos de Tratados. En el proceso de elaboración se celebraron consultas con los siguientes ministerios, departamentos y organismos gubernamentales, competentes en gobernanza de la migración, regulación laboral y protección de los derechos humanos:
a)El Ministerio de Relaciones Exteriores, Cooperación Internacional y Gambianos en el Extranjero;
b)El Ministerio de Comercio, Industria, Integración Regional y Empleo;
c)El Ministerio del Interior;
d)El Departamento de Inmigración de Gambia;
e)El Departamento de Trabajo;
f)El Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas;
g)El Ministerio de Género, Infancia y Bienestar Social;
h)La Comisión Nacional de Derechos Humanos;
i)El Organismo Nacional de Asistencia Jurídica;
j)La Defensoría del Pueblo; y
k)La Oficina de Estadística de Gambia.
5.Durante el proceso de redacción también se consultó a organizaciones de la sociedad civil y entidades de desarrollo dedicadas a la gobernanza de la migración, la protección de los migrantes y la promoción de los derechos humanos.
6.Con el fin de fomentar la transparencia y la participación inclusiva, el 17 de abril de 2025 se celebró una reunión nacional de validación en la que las partes interesadas examinaron el borrador del informe y formularon observaciones antes de su presentación.
III.Perfil del país, estructura gubernamental y contextode la migración
7.La República de Gambia, el país más pequeño del África Continental, se extiende a lo largo del río Gambia y está prácticamente rodeada por Senegal, salvo por una estrecha costa en el océano Atlántico. Según los resultados preliminares del Censo de Población y Vivienda de 2024, la población de Gambia asciende a aproximadamente 2,4 millones de personas. El país ha experimentado un crecimiento demográfico constante y mantiene una estructura demográfica relativamente joven.
A.Estructura del Gobierno y poder judicial
8.La República de Gambia es una república constitucional basada en la separación de los tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial. El poder ejecutivo recae en el Presidente y se ejerce con el apoyo del Vicepresidente, el Consejo de Ministros y la Administración pública. El actual Presidente de la República de Gambia es el Excmo. Sr. Adama Barrow.
9.La potestad legislativa recae en la Asamblea Nacional, que se encarga de promulgar leyes y de ejercer la función de control sobre el poder ejecutivo. La Asamblea Nacional de Gambia es un órgano legislativo unicameral compuesto por 58 miembros. De ellos, 53 son elegidos directamente por sufragio universal de los ciudadanos mayores de edad en las circunscripciones del país y 5 son nombrados por el Presidente de conformidad con la Constitución. Para facilitar sus funciones legislativas y de control, la Asamblea Nacional funciona mediante un sistema de comisiones permanentes. Estas comisiones examinan los proyectos de ley, revisan las políticas y los programas gubernamentales y ejercen la supervisión de las instituciones públicas. Cabe destacar las siguientes:
a)La Comisión de Cuentas Públicas y Empresas Públicas;
b)La Comisión de Finanzas y Cuentas Públicas;
c)La Comisión de Asuntos Exteriores;
d)La Comisión de Salud;
e)La Comisión de Educación;
f)La Comisión de Agricultura;
g)La Comisión de Género e Infancia;
h)La Comisión de Comercio y Turismo;
i)La Comisión de Defensa y Seguridad, y otras comisiones especializadas creadas por la Asamblea.
10.El poder judicial recae en los tribunales y está encabezado por el Presidente del Tribunal Supremo. El sistema judicial está compuesto por el Tribunal Supremo, que es la máxima instancia de apelación, seguido del Tribunal de Apelación, el Tribunal Superior y los tribunales inferiores, entre los que se incluyen los tribunales de primera instancia, los tribunales de menores y los tribunales especializados establecidos en virtud de la legislación nacional.
B.Regiones administrativas
11.A efectos administrativos, Gambia se divide en cinco regiones y dos consejos municipales. Las regiones son West Coast, North Bank, Lower River, Central River y Upper River, y cada una está dirigida por un Gobernador que representa al Gobierno central. Además, el Consejo de la Ciudad de Banjul y el Consejo Municipal de Kanifing son las principales autoridades municipales encargadas de la gobernanza local y la prestación de servicios en las principales zonas urbanas del país. Están presididos por alcaldes elegidos de conformidad con la legislación sobre el gobierno local.
C.Contexto de la migración
12.La migración constituye desde hace mucho tiempo un elemento fundamental de la sociedad y la vida económica de Gambia. Muchos ciudadanos gambianos emigran al extranjero en busca de oportunidades laborales y educativas y mejores condiciones de vida. Al mismo tiempo, Gambia acoge a trabajadores migratorios de los países vecinos de África Occidental, en particular en el marco de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental (CEDEAO), que promueve la movilidad regional y la migración laboral. Los trabajadores migratorios en Gambia están empleados principalmente en sectores como el comercio, el turismo, la agricultura, la pesca y la construcción.
13.La migración también desempeña un papel importante en la economía nacional. Las remesas de los gambianos que viven en el extranjero siguen constituyendo una importante fuente de divisas. Las rutas de migración irregular desde África Occidental hacia el Norte de África y Europa también han tenido repercusiones en Gambia. Ante esta situación, el Gobierno ha adoptado medidas para promover vías de migración segura, ordenada y regular y para mitigar los riesgos que plantean la migración irregular, el tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas.
IV.Marco de gobernanza de la migración en Gambia
14.Durante el último decenio, Gambia ha adoptado medidas para fortalecer la gobernanza de la migración mediante reformas legislativas, la elaboración de políticas y la mejora de la coordinación institucional.
A.Marco jurídico
15.La gobernanza de la migración en Gambia se fundamenta en la Constitución de la República de Gambia, de 1997, y en la legislación nacional que regula la inmigración y las relaciones laborales. La Constitución garantiza los derechos y libertades fundamentales a todas las personas que se encuentran en el territorio del Estado, incluidos los trabajadores migratorios y sus familiares. Entre las disposiciones de interés cabe destacar las siguientes:
El artículo 17, que garantiza los derechos y libertades fundamentales.
El artículo 19, que protege el derecho a la libertad personal.
El artículo 22, que garantiza la libertad de circulación, sujeta a las restricciones establecidas por la ley.
El artículo 33, que prohíbe la discriminación.
16.La gestión de la migración se regula además mediante la Ley de Inmigración, de 1965, por la que se rigen la entrada, la residencia y la expulsión de los ciudadanos extranjeros y se establecen las competencias del Departamento de Inmigración de Gambia.
17.La Ley del Trabajo, de 2023, también prevé medidas de protección relativas a las condiciones de empleo, los salarios, la seguridad en el trabajo y la resolución de conflictos laborales, que son aplicables a todos los trabajadores independientemente de su nacionalidad.
B.Marcos de políticas
18.Además de las disposiciones legislativas, el Gobierno ha aprobado varias políticas destinadas a reforzar la gobernanza de la migración y la protección de los migrantes. Se trata de las siguientes:
a)La Política Nacional de Migración Laboral 2020-2030;
b)La Estrategia y el Plan de Acción de Migración Laboral 2022-2026;
c)La Estrategia de Comunicación sobre Migración 2021-2025; y
d)La Estrategia Nacional de Retorno y Reintegración.
19.Estas políticas tienen por objeto fortalecer la gobernanza de la migración laboral, promover vías de migración segura, mejorar los mecanismos de protección de los migrantes y apoyar la reintegración sostenible de los migrantes retornados.
C.Coordinación institucional
20.La coordinación institucional sobre cuestiones de migración se articula a través del Mecanismo Nacional de Coordinación sobre Migración, creado en 2018 y dirigido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Cooperación Internacional y Gambianos en el Extranjero.
21.El Mecanismo reúne a las instituciones gubernamentales que intervienen en la gestión de la migración, a saber, el Ministerio del Interior, el Departamento de Inmigración de Gambia, el Ministerio de Comercio, Industria, Integración Regional y Empleo, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Género, Infancia y Bienestar Social, la Oficina de Estadística de Gambia y el Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas.
22.El Mecanismo también incluye a organizaciones de la sociedad civil y a asociados internacionales, entre ellos la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), con el propósito de promover un enfoque coordinado de la gobernanza de la migración.
23.A nivel regional, Gambia participa en iniciativas de gestión de la migración en el marco del Protocolo de la CEDEAO sobre la Libre Circulación de las Personas y el Derecho de Residencia y Establecimiento, que facilita la movilidad y la migración laboral dentro de la región de África Occidental.
V.Respuestas a la lista de cuestiones previa a lapresentación del informe (CMW/C/GMB/QPR/1)
24.Las respuestas a la lista de cuestiones previa a la presentación del informe se han organizado por temas con el fin de ofrecer una visión general clara de las medidas legislativas, institucionales y de política adoptadas por Gambia para aplicar la Convención. En cada sección se tratan las cuestiones planteadas por el Comité y se incluyen los asuntos conexos.
Respuestas a los párrafos 1 y 2
Marco legislativo y de política para la protección de los trabajadores migratorios
25.En la actualidad, Gambia no cuenta con un marco legislativo específico la protección de los trabajadores migratorios y sus familiares. Sin embargo, un conjunto de garantías constitucionales y leyes sectoriales establecen salvaguardias que reflejan los principios fundamentales recogidos en la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares. Estas disposiciones garantizan la protección contra la discriminación, aseguran el acceso a la justicia, regulan las condiciones laborales y establecen garantías para los grupos vulnerables, incluidos los niños migrantes.
a)Garantías constitucionales
26.La Constitución de la República de Gambia, de 1997, dispone el marco jurídico general para la protección de los derechos y libertades fundamentales de que gozan todas las personas que se encuentran bajo la jurisdicción del Estado. El capítulo IV de la Constitución garantiza varios derechos que guardan relación directa con la protección de los trabajadores migratorios. Se trata de los siguientes:
El artículo 17, que garantiza los derechos y libertades fundamentales.
El artículo 19, que protege el derecho a la libertad personal y establece garantías contra la detención o la reclusión arbitrarias.
El artículo 24, que garantiza el derecho a ser oído públicamente por un tribunal independiente e imparcial para la determinación de los derechos y obligaciones civiles o de las acusaciones penales.
El artículo 25, que garantiza la protección de la ley y el acceso a recursos judiciales.
El artículo 33, que prohíbe la discriminación y establece que todas las personas deben recibir un trato igual ante la ley, independientemente de su raza, lugar de origen, opinión política, color, origen étnico o género.
27.Estas garantías constitucionales se aplican a todas las personas que se encuentran bajo la jurisdicción de Gambia y, por tanto, extienden la protección a los trabajadores migratorios y a sus familiares.
b)Legislación en materia de inmigración
28.La gestión de la migración en Gambia se rige principalmente por la Ley de Inmigración, de 1965. La Ley regula la entrada, la residencia y la expulsión de los ciudadanos extranjeros y establece las competencias del Departamento de Inmigración de Gambia.
29.La legislación establece los procedimientos que rigen el control de la inmigración, los permisos de residencia y las decisiones de expulsión, y constituye la base jurídica para la gestión de los asuntos de inmigración en el país.
30.El Gobierno ha emprendido varias iniciativas para revisar y modernizar la legislación en materia de inmigración con el fin de reforzar la gobernanza de la migración y mejorar las garantías para los migrantes, en consonancia con la evolución de las dinámicas migratorias.
c)Legislación en materia de protección laboral
31.La Ley del Trabajo, de 2023, establece el marco jurídico que rige las relaciones laborales en Gambia. La Ley obliga a los empleadores a proporcionar contratos de trabajo por escrito y regula los salarios, las condiciones de trabajo y las normas de seguridad en el trabajo.
32.Además, la Ley refuerza el principio de no discriminación en el empleo y establece mecanismos de inspección del trabajo encargados de vigilar el cumplimiento de las normas laborales. Todos los trabajadores, independientemente de su nacionalidad, gozan de estas protecciones.
33.La legislación establece asimismo mecanismos para la resolución de conflictos laborales a través de la mediación del Departamento de Trabajo y mediante la resolución judicial del Tribunal Laboral. Estos mecanismos ofrecen vías a través de las cuales los trabajadores, incluidos los trabajadores migratorios, pueden solicitar reparación en casos de conflictos relacionados con el empleo.
d)Protección contra la trata y la explotación
34.La Ley contra la Trata de Personas, de 2007, tipifica como delito la trata de personas y establece mecanismos jurídicos e institucionales para la prevención, la investigación y el enjuiciamiento de los delitos de trata, así como para la protección de las víctimas y la prestación de asistencia.
35.En virtud de la ley se creó el Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas, que coordina las medidas nacionales de lucha contra la trata. El Organismo colabora con las fuerzas del orden, los servicios de asistencia social y las organizaciones de la sociedad civil para detectar los casos de trata, prestar servicios de protección y apoyo a las víctimas y organizar campañas de sensibilización destinadas a prevenir la trata de personas.
e)Protección de los grupos vulnerables, incluidas las mujeres, los niños ylas personas con discapacidad
36.Gambia ha adoptado diversas medidas legislativas destinadas a proteger a los grupos vulnerables, entre ellos las mujeres, los niños y las personas con discapacidad. Estas protecciones se extienden a los trabajadores migratorios y a sus familiares que se encuentren bajo la jurisdicción del Estado.
37.La Ley de la Infancia, de 2005, establece un marco integral para la protección y el bienestar de los niños e incluye el principio del interés superior del niño en su artículo 5. Además, la Ley establece medidas de protección contra la explotación económica y el trabajo infantil peligroso, en su artículo 20, y protege a los niños contra la trata y otras formas de explotación.
38.La Ley de la Mujer, de 2010, establece un marco jurídico para la promoción y la protección de los derechos de la mujer en Gambia. Mediante la Ley se incorporaron al ordenamiento interno la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los Derechos de la Mujer en África (Protocolo de Maputo). La Ley incluye disposiciones relativas a la igualdad de género, la protección contra la violencia de género y la promoción de los derechos económicos y sociales de las mujeres.
39.Por ejemplo, el artículo 29 de la Ley de la Mujer reconoce el derecho de las mujeres a la igualdad de oportunidades en el empleo y las actividades económicas y promueve la protección contra la discriminación en el empleo y las condiciones de trabajo. Estas medidas de protección revisten especial importancia para las trabajadoras migratorias y contribuyen a salvaguardar sus derechos en ámbitos como el empleo, la protección contra la explotación y la igualdad de trato en el lugar de trabajo.
40.La Ley de las Personas con Discapacidad, de 2021, prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad y promueve la igualdad de acceso al empleo, la educación, los servicios de salud y las instalaciones públicas para las personas con discapacidad. En conjunto, estos marcos legislativos contribuyen a salvaguardar los derechos de los grupos vulnerables, entre ellos las mujeres migrantes, los niños migrantes y las personas migrantes con discapacidad, y refuerzan los principios de igualdad, no discriminación y protección enunciados en la Convención.
f)Mecanismos de vigilancia y supervisión
41.La Comisión Nacional de Derechos Humanos, creada en virtud de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, de 2017, desempeña un importante papel en la vigilancia del respeto de los derechos humanos en Gambia.
42.En el artículo 5 de la Ley se dispone la creación de la Comisión como una institución nacional independiente encargada de promover y proteger los derechos humanos de conformidad con la Constitución y las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. La Comisión se estableció en consonancia con los Principios de París, que fijan las normas relativas a la independencia, la eficacia y los amplios mandatos de las instituciones nacionales de derechos humanos.
43.En virtud del artículo 12 de la Ley, la Comisión está facultada para recibir e investigar denuncias relativas a presuntas violaciones de los derechos humanos y para vigilar el cumplimiento de las normas nacionales e internacionales de derechos humanos. El artículo 13 autoriza además a la Comisión a realizar investigaciones por iniciativa propia cuando considere que puede haberse producido una violación de los derechos humanos.
44.La Comisión también lleva a cabo actividades de educación pública, investigación y sensibilización destinadas a promover el respeto de los derechos humanos y a reforzar la protección de los grupos vulnerables.
45.Cabe destacar que la Comisión está facultada para recibir denuncias de ciudadanos y de no ciudadanos y, por tanto, constituye un cauce fundamental mediante el que los trabajadores migratorios y sus familiares pueden solicitar reparación en casos de presuntas violaciones de los derechos humanos.
46.La Comisión Nacional de Derechos Humanos ha obtenido la acreditación de categoría A de la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, lo que confirma su conformidad con los Principios de París y su reconocimiento como institución independiente con el mandato de supervisar y promover los derechos humanos de conformidad con las normas internacionales.
g)Políticas que respaldan la aplicación de la Convención
47.Además de las medidas legislativas, el Gobierno ha aprobado políticas que refuerzan la gobernanza de la migración y la protección de los migrantes. Se trata de las siguientes:
a)La Política Nacional de Migración Laboral 2020-2030;
b)La Estrategia y el Plan de Acción de Migración Laboral 2022-2026;
c)La Estrategia de Comunicación sobre Migración 2021-2025; y
d)La Estrategia Nacional de Retorno y Reintegración.
48.La aplicación de estas políticas se coordina a través del Mecanismo Nacional de Coordinación sobre Migración, establecido en 2018. El Mecanismo reúne a los ministerios, departamentos y organismos pertinentes, así como a organizaciones de la sociedad civil y asociados internacionales, entre ellos la OIM. En conjunto, estos marcos legislativos y de políticas contribuyen a salvaguardar muchos de los derechos enunciados en la Convención, entre ellos la protección contra la discriminación, el acceso a la justicia, la protección contra la explotación y la protección de los grupos vulnerables.
Respuestas a los párrafos 7 y 8
1.Situación jurídica de la Convención
49.La Constitución no prevé la incorporación automática de los tratados internacionales al ordenamiento jurídico interno. Gambia se rige por un sistema jurídico dualista, en virtud del cual los tratados internacionales ratificados por el Estado no tienen efecto directo en el ordenamiento jurídico interno a menos que se incorporen mediante leyes nacionales promulgadas por la Asamblea Nacional. Por consiguiente, aunque el Estado ha ratificado la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares, sus disposiciones solo pasan a ser directamente exigibles ante los tribunales nacionales cuando se reflejan en la legislación interna o se incorporan a ella.
50.No obstante, los tribunales de Gambia pueden acudir a los instrumentos internacionales de derechos humanos como orientación para interpretar la legislación nacional. En la causa State v. Yankuba Touray (SC No. CR/001/2020), el Tribunal Supremo concluyó que los tratados no incorporados al ordenamiento interno, en particular los relativos a los derechos humanos, podían invocarse como instrumentos interpretativos para aclarar ambigüedades del derecho interno y colmar lagunas de la legislación nacional.
2.Tribunales y mecanismos de denuncia
51.Los trabajadores migratorios y sus familiares, independientemente de su situación migratoria, tienen acceso a los tribunales ordinarios de Gambia, incluidos los tribunales de primera instancia, el Tribunal Superior y los tribunales de apelación, tanto en asuntos civiles como penales. Además de los tribunales ordinarios, las denuncias concernientes a los derechos de trabajadores migratorios pueden resolverse a través de mecanismos administrativos y de solución alternativa de controversias, a saber:
a)El Departamento de Trabajo, que actúa como mediador en las controversias laborales y puede facilitar acuerdos de indemnización;
b)La Defensoría del Pueblo, que investiga las denuncias sobre mala administración en las instituciones públicas;
c)La Comisión Nacional de Derechos Humanos, que recibe e investiga denuncias relativas a violaciones de los derechos humanos;
d)La Secretaría de Medios Alternativos de Solución de Controversias, que facilita la mediación y la solución de controversias; y
e)El Organismo Nacional de Asistencia Jurídica, que ofrece asesoramiento jurídico y representación en los casos que reúnen las condiciones de admisibilidad.
52.Estos mecanismos proporcionan vías accesibles que permiten a los trabajadores migratorios y a sus familiares solicitar reparación por las vulneraciones de sus derechos.
3.Asistencia jurídica y acceso a la justicia
53.La asistencia jurídica se presta a través del Organismo Nacional de Asistencia Jurídica, que ofrece representación en algunos asuntos penales y asesoramiento jurídico en asuntos civiles. Los trabajadores migratorios también pueden obtener asistencia a través de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Departamento de Trabajo y las organizaciones de la sociedad civil que trabajan en cuestiones de migración y derechos humanos.
54.Las víctimas de trata reciben asistencia a través del Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas, que les ofrece alojamiento, apoyo psicosocial, asesoramiento jurídico y ayuda para localizar a sus familiares y lograr la reunificación familiar. Los casos considerados como trata de personas se remiten al Ministerio de Justicia para que se imparta orientación jurídica y se inicien las acciones judiciales pertinentes.
55.En 2023 se dictó una sentencia condenatoria en la causa The State v. Jerome Jatta (HC/012/20/CR/006/AO), en la que el acusado fue declarado culpable de actuar como intermediario para facilitar la trata de personas. Recientemente se han incoado acciones judiciales que han culminado en condenas adicionales por delitos relacionados con la trata de personas, lo que pone de manifiesto los esfuerzos constantes del Estado por fortalecer la rendición de cuentas en este ámbito.
56.Se puede obtener información sobre los recursos disponibles a través de diversas instituciones, entre ellas la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Departamento de Trabajo, la Defensoría del Pueblo y el Organismo Nacional de Asistencia Jurídica, que ofrecen orientación, asesoramiento jurídico y servicios de derivación a las personas que buscan reparación por la vulneración de sus derechos.
4.Reunión de datos y seguimiento de las denuncias
57.En la actualidad, los tribunales de Gambia no disponen de registros de causas desglosados en función de la situación migratoria de los denunciantes. Las estadísticas judiciales no se clasifican sistemáticamente en función de si el denunciante es un trabajador migratorio o un ciudadano nacional ni se desglosan por sexo, edad, nacionalidad, sector de actividad o situación migratoria.
58.El Gobierno reconoce la importancia de reforzar la reunión y el seguimiento de los datos relativos a las denuncias presentadas por los trabajadores migratorios y sus familiares. En los últimos años, el Poder Judicial de Gambia ha adoptado medidas para mejorar la gestión de las causas y el registro judicial mediante la implantación gradual de sistemas digitales de gestión y el fortalecimiento de la administración de los tribunales. Estas reformas tienen por objeto mejorar el seguimiento y la presentación de información sobre las causas tramitadas por los tribunales.
59.Aunque aún no se mantienen estadísticas completas sobre las denuncias presentadas específicamente por trabajadores migratorios en un sistema centralizado, se prevé que los esfuerzos en curso para fortalecer la gestión de datos judiciales mejoren la disponibilidad de esa información.
5.Reparación e indemnización
60.Los tribunales de Gambia pueden ordenar el pago de una indemnización por vulneraciones de derechos individuales. Además, las controversias laborales que se tramitan a través del Departamento de Trabajo suelen resolverse con acuerdos logrados en procesos de mediación, que prevén una indemnización económica para los trabajadores afectados.
61.También se han concedido reparaciones a través del proceso de justicia transicional establecido conforme a las recomendaciones de la Comisión de la Verdad, la Reconciliación y la Reparación. En sus conclusiones sobre el caso de los migrantes de África Occidental ejecutados en julio de 2005, la Comisión concluyó que más de 67 migrantes habían sido ejecutados ilegalmente por miembros del aparato de seguridad del antiguo régimen. El Gobierno aceptó el fondo de estas conclusiones en su Libro Blanco y reconoció a las víctimas a efectos de reparaciones.
62.La Comisión determinó que 54 migrantes de África Occidental reunían los requisitos para recibir reparaciones finales, y se asignó un monto total de 32,4 millones de dalasis para su pago a través de los respectivos Gobiernos de las víctimas en el marco del programa nacional de reparaciones. Esto constituye un ejemplo importante de reparación extrajudicial para las víctimas migrantes y sus familias, aunque siguen pendientes los procesos judiciales relacionados con este asunto en el marco del proceso más amplio de rendición de cuentas del Gobierno.
Respuestas a los párrafos 9 y 10
Medidas para garantizar la no discriminación y la protección contra el racismo,la xenofobia y la violencia que afectan a los trabajadores migratorios
63.La Constitución de la República de Gambia garantiza los derechos y libertades fundamentales a todas las personas que se encuentren en el territorio del Estado y prohíbe la discriminación en virtud de su artículo 33. Estas garantías constitucionales se aplican a los trabajadores migratorios y a sus familiares que se encuentren bajo la jurisdicción del Estado, independientemente de su situación migratoria. La Política y el Plan de Acción Nacionales de Derechos Humanos 2021-2025 reafirman el principio de que la protección contra la discriminación se aplica a todas las personas en Gambia.
64.El Gobierno ha adoptado medidas para reforzar el marco jurídico y de política destinado a la protección de los trabajadores migratorios y sus familiares. La Ley del Trabajo, de 2023, contiene disposiciones relativas a la no discriminación, la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor, la protección de la maternidad, la seguridad y la salud ocupacionales y los mecanismos de inspección laboral destinados a garantizar un trato justo en el lugar de trabajo. Estas disposiciones contribuyen a promover la igualdad y a proteger a los trabajadores migratorios frente a las prácticas laborales discriminatorias.
65.Además, la Política Nacional de Migración 2020-2030 promueve la protección de los derechos de los migrantes y obliga al Estado a garantizar la no discriminación en las instituciones públicas, mejorar el acceso de los migrantes a los servicios básicos y reforzar la capacidad institucional para atender las necesidades de protección de los migrantes vulnerables. La política también promueve la sensibilización y la capacitación de los funcionarios de inmigración, los agentes de las fuerzas del orden y otras autoridades pertinentes, a fin de garantizar que la gobernanza de la migración se conduzca con un enfoque de derechos humanos y sin discriminación.
66.El Plan Nacional de Desarrollo Centrado en la Recuperación 2023-2027 también ofrece un importante marco estratégico para el desarrollo inclusivo. En el contexto del Pilar VI, “Empoderamiento, inclusión social y no dejar a nadie atrás”, el Gobierno reconoce que la exclusión social, la discriminación y la estigmatización constituyen obstáculos para el desarrollo inclusivo y se compromete a atajarlas mediante políticas y programas nacionales que promuevan la igualdad y la cohesión social.
67.Los mecanismos institucionales también contribuyen a proteger a los trabajadores migratorios contra la discriminación, el maltrato y la explotación. La Comisión Nacional de Derechos Humanos tiene el mandato de recibir e investigar denuncias relacionadas con presuntas violaciones de los derechos humanos, incluidas las de discriminación y malos tratos contra los migrantes. El Departamento de Trabajo efectúa inspecciones en los lugares de trabajo y puede intervenir en controversias laborales relacionadas con el trato injusto o la explotación de los trabajadores. Además, el Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas ofrece protección y asistencia a las víctimas de trata, incluidas las víctimas migrantes, mediante la provisión de alojamiento, apoyo psicosocial, asesoramiento jurídico y servicios de derivación.
68.El Gobierno también ha puesto en marcha iniciativas de fomento de la capacidad y sensibilización dirigidas a los funcionarios de inmigración, los agentes del orden y otros empleados públicos, con el fin de reforzar la concienciación sobre los derechos de los migrantes y promover un trato respetuoso y no discriminatorio en la aplicación de las leyes y políticas de migración.
69.Si bien la información disponible indica que no son frecuentes los incidentes de racismo o violencia xenófoba a gran escala contra los trabajadores migratorios, el Gobierno reconoce la importancia de mantener la vigilancia y reforzar las medidas preventivas. Se siguen realizando esfuerzos para sensibilizar a la población, fortalecer las respuestas institucionales y garantizar que los trabajadores migratorios y sus familiares puedan disfrutar de sus derechos sin discriminación y acceder a mecanismos de protección adecuados.
70.Estas medidas institucionales y jurídicas se ven complementadas por las tradiciones de solidaridad social y hospitalidad arraigadas en las comunidades gambianas, donde, desde hace mucho tiempo, los migrantes procedentes de países vecinos han convivido y trabajado junto a la población nacional. Las redes comunitarias y las estructuras de apoyo locales suelen desempeñar un importante papel al facilitar la integración de los migrantes en la vida social y económica y contribuyen a crear un entorno que fomenta la tolerancia y el respeto mutuo.
Respuestas a los párrafos 11 y 12
Protección de los trabajadores migratorios en situación irregular yprevención de la explotación laboral
71.Los trabajadores migratorios y sus familiares que se encuentran en situación irregular siguen teniendo derecho a las protecciones de derechos humanos fundamentales establecidas en la Constitución y en la legislación nacional pertinente. En la práctica, los migrantes que se encuentran en el territorio de Gambia y son considerados vulnerables pueden ser remitidos a los servicios de protección que corresponda mediante los mecanismos institucionales establecidos.
72.Instituciones como el Departamento de Bienestar Social, el Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas y las fuerzas del orden competentes colaboran para detectar los casos de migrantes que puedan ser víctimas de trata, explotación u otras formas de maltrato. Las personas consideradas vulnerables pueden recibir asistencia en forma de alojamiento, apoyo psicosocial, orientación y derivación a los servicios pertinentes.
73.El Gobierno también ha reforzado los programas destinados a apoyar a los migrantes que regresan a Gambia tras haber emprendido rutas migratorias irregulares. Existen iniciativas de reintegración en el marco de las cuales se ofrece asistencia en forma de ayuda para la subsistencia, formación profesional y servicios psicosociales, con el fin de facilitar la reintegración sostenible en las comunidades y reducir las vulnerabilidades que puedan conducir de nuevo a la migración irregular.
74.En lo que respecta a la prevención y la erradicación de la explotación laboral, el Gobierno ha adoptado medidas legislativas e institucionales destinadas a prevenir la explotación laboral, incluidos el trabajo forzoso y la trata de personas.
75.La Ley del Trabajo, de 2023, refuerza las normas laborales y obliga al Departamento de Trabajo a realizar inspecciones en los lugares de trabajo, tanto del sector público como del privado. Los inspectores de trabajo están facultados para investigar las infracciones de la normativa laboral, incluidas las situaciones de explotación o las condiciones de trabajo abusivas.
76.La Ley contra la Trata de Personas tipifica como delito la trata con fines de explotación laboral o sexual y establece mecanismos para la detección, la protección y la rehabilitación de las víctimas. El Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas coordina las iniciativas nacionales dirigidas a prevenir la trata y colabora con las fuerzas del orden para investigar y enjuiciar los delitos de trata.
77.La labor de detección de prácticas laborales ilegales que afectan a los trabajadores migratorios también se ve respaldada por la cooperación entre el Departamento de Trabajo, el Departamento de Inmigración de Gambia y la Policía de Gambia, que vigila el empleo de trabajadores extranjeros y el cumplimiento de la normativa pertinente.
78.Además, se han puesto en marcha iniciativas de sensibilización sobre los derechos laborales, la trata de personas y la migración segura, en colaboración con organizaciones de la sociedad civil y asociados internacionales, con el fin de reforzar las medidas de prevención, mejorar la detección de las víctimas de explotación laboral y promover vías de migración seguras.
Respuesta al párrafo 13
Medidas adoptadas con miras a la adhesión a la Convención sobrela Esclavitud y la Convención Suplementaria
79.El Gobierno de Gambia mantiene su firme determinación de erradicar la esclavitud y las prácticas análogas a la esclavitud y sigue adaptando su marco jurídico nacional a las normas internacionales destinadas a prevenir y eliminar esas prácticas.
80.La Convención sobre la Esclavitud de 1926, modificada por el Protocolo de 1953, se extendió inicialmente a Gambia durante el período colonial por medio del Reino Unido. Después de la independencia, Gambia reafirmó su determinación de aplicar la Convención al depositar su instrumento de adhesión el 9 de abril de 2008, lo que confirmó su aceptación de las obligaciones relativas a la supresión de la esclavitud y de la trata de esclavos.
81.La Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud, de 1956, también se hizo extensiva a Gambia antes de su independencia. Si bien la Convención sigue siendo aplicable en virtud de esa extensión, Gambia aún no ha depositado un instrumento de adhesión o de ratificación propio desde la independencia. No obstante, los principios enunciados en la Convención Suplementaria se reflejan en el marco jurídico interno relativo a la trata de personas, el trabajo forzoso y otras formas de explotación conexas.
82.En el plano constitucional, la Constitución de la República de Gambia garantiza la protección de la dignidad y la libertad de todas las personas y prohíbe la esclavitud, la servidumbre y el trabajo forzoso. Estas garantías constitucionales se aplican a todas las personas que se encuentren bajo la jurisdicción del Estado y constituyen la base del marco jurídico nacional destinado a prevenir la explotación y el maltrato.
83.La legislación nacional refuerza aún más estas protecciones. La Ley contra la Trata de Personas tipifica como delito la trata con fines de explotación laboral o sexual y establece mecanismos para la detección, la protección y la rehabilitación de las víctimas. La ley establece asimismo mecanismos de coordinación institucional a través del Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas, que se encarga de coordinar los esfuerzos nacionales en materia de prevención, protección de las víctimas y enjuiciamiento de los autores.
84.La Ley del Trabajo, de 2023, también refuerza las salvaguardias frente a las prácticas laborales abusivas. La Ley regula las relaciones de empleo, establece normas laborales relativas a los salarios, las condiciones de trabajo y la seguridad ocupacional y faculta a los inspectores del Departamento de Trabajo para supervisar los lugares de trabajo, investigar las infracciones de las normas laborales y detectar prácticas que puedan constituir trabajo forzoso o explotación.
85.Además, la Ley de la Infancia, revisada en 2024, establece salvaguardias exhaustivas destinadas a proteger a los niños frente a la explotación y las prácticas nocivas. La Ley prohíbe la trata de niños, el trabajo infantil con fines de explotación y otras formas de maltrato que afectan a los niños y asigna a las autoridades de protección de la infancia la responsabilidad de detectar los casos de maltrato, descuido o explotación y brindar apoyo a los niños afectados. Estas medidas contribuyen a prevenir prácticas similares a la esclavitud que afectan a los niños.
86.Gambia también es parte de varios instrumentos internacionales que refuerzan la prohibición de la esclavitud y el trabajo forzoso, entre ellos el Convenio sobre el Trabajo Forzoso, 1930 (núm. 29), y el Convenio sobre la Abolición del Trabajo Forzoso, 1957 (núm. 105), de la Organización Internacional del Trabajo. Estos compromisos fortalecen el marco jurídico e institucional nacional destinado a combatir las prácticas relacionadas con la esclavitud, el trabajo forzoso y la trata de personas.
87.A través de estos compromisos internacionales, medidas legislativas y mecanismos institucionales, Gambia sigue intensificando sus esfuerzos para prevenir y eliminar la esclavitud, la trata de personas y otras prácticas similares a la esclavitud, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.
Respuestas a los párrafos 14 y 15
Medidas para proteger los derechos de los niños migrantes, incluidoslos no acompañados y los que se encuentran en situación irregular,y medidas para combatir el trabajo infantil
a)Marco jurídico para la protección de los niños migrantes
88.El Gobierno de Gambia ha establecido un marco jurídico y de política para proteger los derechos de todos los niños que se encuentran bajo su jurisdicción, incluidos los niños migrantes, los menores no acompañados y los niños en situación irregular.
89.La Ley de la Infancia, de 2005, constituye el principal fundamento jurídico de la protección de la infancia. En el artículo 3 se establece el principio de que el interés superior del niño ha de ser una consideración primordial en todas las medidas concernientes a los niños. El artículo 5 garantiza la protección contra la discriminación, incluida la discriminación por motivos de nacionalidad u origen social. El artículo 7 reconoce el derecho de todo niño a la supervivencia y al desarrollo, así como a la protección contra el descuido, el maltrato y la explotación. Además, el artículo 41 prohíbe la explotación del trabajo infantil y protege a los niños frente a trabajos que resulten peligrosos para su salud, su seguridad o su desarrollo moral.
90.Se ha promulgado legislación adicional que refuerza la protección frente a las prácticas nocivas que afectan a los niños. La Ley de la Mujer, en su versión modificada de 2015, tipifica como delito la mutilación genital femenina y prevé sanciones para los autores. La Ley de la Infancia, en su versión modificada de 2016, también prohíbe el matrimonio infantil y prevé sanciones penales, incluidas penas de prisión, para las personas que faciliten un matrimonio en el que participe un menor o que contraigan matrimonio con un menor.
b)Mecanismos institucionales para la protección de los niños migrantesy no acompañados
91.El marco institucional para la protección de la infancia se coordina a través de la Dirección de Asuntos de la Infancia del Ministerio de Género, Infancia y Bienestar Social, creada en 2020. La Dirección se encarga de coordinar las políticas y los programas de protección infantil destinados a prevenir el maltrato, la explotación y el descuido.
92.Los servicios de protección se prestan mediante la colaboración entre varias instituciones nacionales, entre ellas el Departamento de Bienestar Social, la Unidad de Género y Bienestar Infantil de la Policía de Gambia y otras autoridades competentes. Estas instituciones colaboran para detectar los casos de niños en situación de vulnerabilidad y brindar a esos niños los servicios de protección y asistencia social pertinentes.
93.En la práctica, los niños migrantes no acompañados localizados por las autoridades pueden ser derivados al centro de acogida temporal coordinado por el Departamento de Bienestar Social, donde reciben alojamiento temporal, apoyo psicosocial y atención para la gestión de su caso. Las autoridades también pueden iniciar procesos de búsqueda familiar y reunificación, cuando proceda, en cooperación con las autoridades nacionales competentes y con asociados internacionales.
c)Medidas de protección para los niños en las fronteras
94.También se han adoptado medidas para proteger a los niños en los movimientos transfronterizos. Las autoridades de inmigración exigen que los niños que cruzan la frontera presenten la documentación de identificación y de viaje pertinente, como pasaportes, certificados de nacimiento u otros documentos acreditativos, según corresponda. Estos procedimientos tienen por objeto prevenir la trata, el secuestro y otras formas de explotación que afectan a los niños en contextos migratorios.
95.Cuando se detectan casos de niños que cruzan las fronteras sin la documentación adecuada o sin que se hayan establecido medidas de tutela, las autoridades de inmigración pueden remitir esos casos al Departamento de Bienestar Social y a los servicios de protección de la infancia pertinentes, a fin de que se evalúe la situación del niño y de garantice la protección de su interés superior.
d)Medidas para prevenir el trabajo y la explotación infantiles
96.El Gobierno también ha adoptado medidas legislativas y de política destinadas a prevenir el trabajo y la explotación infantiles. La Ley del Trabajo, de 2023, refuerza las normas laborales y los mecanismos de control relacionados con las prácticas laborales y faculta al Departamento de Trabajo para efectuar inspecciones en los lugares de trabajo, tanto en el sector público como en el privado, con el fin de detectar infracciones de las normas laborales, incluidas situaciones de trabajo infantil.
97.La Unidad de Trabajo Infantil del Departamento de Trabajo organiza actividades de promoción y programas de sensibilización y efectúa inspecciones laborales con el fin de prevenir el trabajo infantil y fomentar el cumplimiento de las normas laborales. La Unidad colabora estrechamente con la Dirección de Asuntos de la Infancia y el Departamento de Bienestar Social para garantizar que los niños rescatados de situaciones de explotación laboral accedan a los servicios sociales apropiados.
98.Se ha elaborado y validado una política nacional sobre el trabajo infantil, que está pendiente de aprobación por el Consejo de Ministros. La política tiene por objeto fortalecer la coordinación entre las instituciones pertinentes, mejorar la vigilancia del trabajo infantil y la reunión de datos al respecto y reforzar los mecanismos de protección de los niños vulnerables.
e)Mecanismos de coordinación e iniciativas de protección
99.El Gobierno ha creado plataformas interinstitucionales específicas para reforzar la coordinación en materia de protección infantil. El Comité de Justicia Juvenil, integrado por representantes del Ministerio de Género, Infancia y Bienestar Social, el Ministerio de Justicia, el poder judicial, los organismos de seguridad y los asociados para el desarrollo, entre ellos el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), se reúne periódicamente para tratar cuestiones relacionadas con la protección de la infancia y la justicia para los niños.
100.El Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas desempeña un papel fundamental en la protección de los niños que puedan ser víctimas de trata o explotación. El Organismo lleva a cabo campañas de sensibilización pública, investiga casos de trata de personas y presta asistencia a las víctimas, que abarca alojamiento temporal, apoyo psicosocial, asesoramiento jurídico y ayuda para la reunificación familiar o la reintegración.
101.Las víctimas de violencia sexual y de género, incluidos los niños, también pueden recibir asistencia a través de los centros de atención integral habilitados en los principales hospitales, que ofrecen servicios integrados de tratamiento médico, orientación psicosocial, examen forense y derivación a las fuerzas del orden y a los servicios de asistencia social. Además, la Unidad de Violencia Sexual y de Género del Ministerio de Justicia considera prioritario el enjuiciamiento de los casos de violencia y explotación sexuales, incluidos los delitos en que las víctimas son menores.
102.Las estructuras comunitarias de protección infantil también contribuyen a detectar los casos de niños en situación de vulnerabilidad y a brindar apoyo a esos niños. Los comités comunitarios de protección infantil actúan a nivel local para atender las cuestiones relacionadas con la protección infantil, sensibilizar sobre temas como el trabajo infantil, la trata de personas y las prácticas nocivas y remitir los casos de niños vulnerables a las autoridades competentes, incluidos los servicios de asistencia social y las fuerzas del orden.
103.En los casos en que se encuentra a niños en situación de vulnerabilidad, incluidos niños que se dedican a la mendicidad en la calle o que están sometidos a otras formas de explotación, el Ministerio de Género, Infancia y Bienestar Social, en colaboración con la Policía de Gambia y otros asociados, facilita la retirada de los niños de los entornos perjudiciales y les proporciona alojamiento, apoyo psicosocial y derivación a los servicios adecuados.
104.A través de estos marcos legislativos, mecanismos institucionales e iniciativas comunitarias, Gambia seguirá reforzando las medidas destinadas a proteger a los niños migrantes y a prevenir el trabajo y la explotación infantiles, de conformidad con la legislación nacional y las normas internacionales de protección de la infancia.
Respuesta al párrafo 16
Medidas para investigar las denuncias de acoso, corrupción yabuso de autoridad cometidos por agentes del orden
105.El Gobierno de Gambia reconoce la importancia de garantizar que los trabajadores migratorios y sus familiares estén protegidos contra el acoso, la corrupción y el abuso de autoridad cometidos por los agentes del orden. Las garantías constitucionales, la legislación nacional y los mecanismos institucionales de supervisión ofrecen salvaguardias destinadas a prevenir los malos tratos, las detenciones arbitrarias y las vulneraciones del debido proceso.
106.Existen mecanismos de supervisión y rendición de cuentas para atender las denuncias de conducta indebida por parte de empleados públicos, incluidos los agentes de policía y de inmigración. Cabe destacar los siguientes:
a)La Comisión Nacional de Derechos Humanos tiene el mandato de recibir e investigar denuncias relativas a presuntas violaciones de los derechos humanos cometidas por empleados públicos, incluidos los agentes del orden. La Comisión está facultada para llevar a cabo investigaciones y formular recomendaciones a las autoridades pertinentes. El alcance del mandato de la Comisión abarca todas las personas que se encuentren en el territorio, incluidos los trabajadores migratorios y sus familiares, que pueden presentar denuncias por vulneraciones de sus derechos;
b)La Defensoría del Pueblo también investiga denuncias relacionadas con la mala administración en las instituciones públicas y puede atender quejas motivadas por la conducta de los empleados públicos;
c)Además, las denuncias de conducta indebida pueden investigarse mediante procedimientos disciplinarios internos de los organismos de seguridad pertinentes, entre ellos la Policía de Gambia y el Departamento de Inmigración de Gambia. Cuando se demuestre la existencia de una conducta delictiva, los casos podrán remitirse a los tribunales competentes para su enjuiciamiento;
d)Las víctimas de violencia o maltrato también pueden recurrir a los tribunales ordinarios para obtener reparación. En el Ministerio de Justicia, la Unidad de Violencia Sexual y de Género considera prioritarios la investigación y el enjuiciamiento de los casos de violencia y explotación sexuales, incluidos los delitos que afectan a personas vulnerables;
e)Las víctimas de violencia sexual y de género, incluidos los trabajadores migratorios, también pueden acceder a servicios integrados a través de los centros de atención integral habilitados en los principales hospitales, que ofrecen tratamiento médico, orientación psicosocial, exámenes forenses y derivación a las fuerzas del orden y a las autoridades de asistencia social.
107.En la actualidad, no se reúnen de forma centralizada datos estadísticos exhaustivos y desglosados sobre las denuncias de casos que afectan específicamente a trabajadores migratorios y a sus familiares. No obstante, las denuncias de conducta indebida por parte de los agentes del orden se tramitan a través de los mecanismos descritos anteriormente. Se está trabajando para fortalecer los sistemas de reunión de datos y seguimiento en relación con las denuncias y las investigaciones relativas a empleados públicos.
Respuesta al párrafo 17
El debido proceso y las garantías procesales en la aplicaciónde las leyes de inmigración
a)Carácter delictivo de las infracciones de la legislación de inmigracióny garantías que aseguran el debido proceso
108.La Ley de Inmigración regula la entrada, la residencia y la expulsión de los ciudadanos extranjeros. En el artículo 6 de la Ley se establecen las categorías de “inmigrantes no admisibles”, entre las que se incluyen las personas que entran en el país sin autorización legal, las personas que han sido expulsadas de Gambia anteriormente, las personas sospechosas de actividades delictivas o de constituir una amenaza para el orden público y las personas que han accedido al país mediante documentación fraudulenta. En el artículo 32 se fijan las penas imponibles por las infracciones tipificadas en la Ley, que pueden consistir en una pena de prisión de hasta un año, una multa de hasta 2.000 dalasis o ambas.
109.Las garantías procesales aplicables a las personas sospechosas de infringir la legislación de inmigración están protegidas por la Constitución. El artículo 19 garantiza el derecho a la libertad personal y establece que nadie podrá ser privado de libertad, salvo en los supuestos previstos por la ley. En el artículo 19, párrafo 3, se dispone además que toda persona detenida o recluida deberá ser llevada ante un tribunal en un plazo de 72 horas, si no ha sido puesta en libertad antes. Asimismo, el artículo 21 prohíbe las penas o tratos inhumanos o degradantes y el artículo 24 garantiza el derecho a ser oído ante un tribunal independiente e imparcial.
110.Las garantías procesales relativas a la detención y el encarcelamiento se refuerzan además en la Ley de Procedimiento Penal, de 2025. En el artículo 9 se establece que toda persona detenida debe ser informada sin demora del motivo de la detención y de sus derechos y en el artículo 10 se dispone que la persona detenida podrá informar de la detención a un familiar o a otra persona. Estas garantías se aplican a todas las personas, incluidos los trabajadores migratorios.
111.Los migrantes que se encuentran en situaciones de entrada o residencia irregulares pueden ser recluidos temporalmente mientras se verifica su situación. Estos trámites suelen ser gestionados por el Departamento de Inmigración de Gambia, entre otros lugares en el Centro de Tránsito Migratorio de Tanji, donde se puede entrevistar a los migrantes con el fin de determinar su nacionalidad, evaluar sus necesidades de protección y estudiar las opciones disponibles para su regularización, retorno voluntario o integración.
b)Medidas que garantizan el acceso a la asistencia consular
112.De conformidad con el artículo 16, párrafo 7, de la Convención, los trabajadores migratorios recluidos tienen la posibilidad de comunicarse con las autoridades consulares o diplomáticas de sus países de origen. El Servicio de Prisiones de Gambia garantiza esa comunicación, especialmente en situaciones de internamiento prolongado, emergencia o fallecimiento bajo custodia. En estos casos, se informa a las misiones diplomáticas pertinentes con el fin de facilitar los trámites necesarios.
c)Garantías procesales para los niños no acompañados en los procedimientosrelacionados con la migración
113.Los niños que son objeto de procedimientos relacionados con la migración cuentan con salvaguardias especiales. Cuando se detectan casos de niños no acompañados, las autoridades competentes pueden derivar al niño al Ministerio de Género, Infancia y Bienestar Social, que ofrece alojamiento temporal y servicios de apoyo psicosocial a través del Departamento de Bienestar Social. Las autoridades también inician procesos de búsqueda familiar y reunificación, cuando procede, en cooperación con las autoridades nacionales competentes y con asociados internacionales. Estas medidas se basan en la Ley de la Infancia, en la que se establece el principio de que el interés superior del niño ha de ser una consideración primordial en todas las medidas concernientes a los niños.
Respuesta al párrafo 18
Medidas de control de fronteras, procedimientos de asilo y garantíascontra la devolución y la expulsión colectiva
114.La Ley de Refugiados, de 2008, constituye el fundamento jurídico para la protección de los refugiados y dispone la creación de la Comisión de Refugiados de Gambia como autoridad nacional responsable de la determinación de la condición de refugiado, de la protección de los refugiados y de la prestación de asistencia. En la Ley se establecen los procedimientos para el registro y la evaluación de las solicitudes de asilo y se prevé un mecanismo de recurso, en virtud del artículo 40, para los casos en que se deniegue la condición de refugiado.
115.El marco nacional de protección de los refugiados se ajusta a las obligaciones internacionales que incumben a Gambia en virtud de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, así como de la Convención de la Organización de la Unidad Africana por la que se Regulan los Aspectos Específicos de los Problemas de los Refugiados en África, de 1969. Estos instrumentos guían la aplicación de la protección de los refugiados dentro del marco jurídico nacional, incluido el principio de no devolución, que prohíbe la devolución de personas a territorios en los que su vida o su libertad puedan verse amenazadas.
116.En la práctica, las personas que solicitan asilo al llegar a las fronteras de Gambia o en sus proximidades son remitidas a la Comisión de Refugiados de Gambia para el registro, la evaluación y la tramitación de sus solicitudes. La Comisión colabora con el Departamento de Inmigración de Gambia, el Ministerio del Interior y distintos asociados internacionales, entre ellos la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), para llevar a cabo los procedimientos de determinación de la condición de refugiado y brindar protección y asistencia a los solicitantes de asilo y a los refugiados.
117.En los últimos años, el país ha acogido a entre 5.000 y 6.000 refugiados y solicitantes de asilo, la mayoría procedentes del Senegal, en particular de la región de Casamansa, en un contexto de desplazamiento prolongado asociado al conflicto de esa región. En menor cantidad, proceden de otros países de África Occidental, como Sierra Leona, Liberia, Guinea y Côte d’Ivoire. También hay un número más reducido de personas de fuera de la región.
118.La gestión de las fronteras y los procedimientos de acogida se plantean desde un enfoque interinstitucional, con la participación de varias instituciones. El Departamento de Inmigración de Gambia se encarga del control de fronteras y de la evaluación inicial de las personas que entran en el territorio, mientras que los solicitantes de asilo son remitidos a la Comisión de Refugiados de Gambia para que se tramiten sus solicitudes. Varios asociados humanitarios también prestan apoyo durante el proceso de acogida. En concreto, la Sociedad de la Cruz Roja de Gambia ayuda a los migrantes y a los solicitantes de asilo en situación de vulnerabilidad brindándoles apoyo para el transporte, el alojamiento, el restablecimiento de los vínculos familiares y el acceso a otros servicios humanitarios, entre ellos los que se prestan en establecimientos de acogida como el Centro de Acogida de Tanji.
119.Los procedimientos operacionales que rigen la tramitación de las solicitudes de asilo contribuyen a garantizar la protección contra la devolución y la expulsión colectiva. Las personas que manifiestan su intención de solicitar asilo son remitidas al marco de protección de los refugiados establecido en virtud de la Ley de Refugiados, y sus solicitudes se evalúan mediante los procedimientos establecidos, por lo que no son devueltas de forma sumaria. La existencia del mecanismo de recurso previsto en el artículo 40 de la Ley de Refugiados refuerza aún más la protección frente a la denegación o la expulsión arbitrarias.
120.Con estas medidas, Gambia aspira a garantizar que se detecten los casos de personas que necesitan protección internacional y se derive a esas personas a los mecanismos nacionales pertinentes, de conformidad con la legislación nacional y las normas internacionales de protección de los refugiados.
Respuesta al párrafo 19
Medidas para garantizar que el internamiento de inmigrantes se utiliceúnicamente como último recurso y durante el menor tiempo posible,incluidas alternativas al internamiento
121.El Gobierno vela por que el internamiento de inmigrantes se aplique únicamente cuando sea necesario y durante el menor tiempo posible. Las garantías constitucionales relativas a la libertad personal se aplican a todas las personas que se encuentren en el territorio del Estado, incluidos los trabajadores migratorios y sus familiares. Con arreglo al artículo 19, párrafo 3, de la Constitución, toda persona detenida o recluida deberá ser llevada ante un tribunal en un plazo de 72 horas, si no ha sido puesta en libertad antes.
122.Los migrantes que se encuentren en situación de entrada o residencia irregular pueden ser alojados temporalmente en el Centro de Tránsito Migratorio de Tanji, que funciona principalmente como centro de acogida y evaluación inicial bajo la autoridad del Departamento de Inmigración de Gambia. Este centro se utiliza para comprobar la identidad y la nacionalidad, evaluar las necesidades de protección y definir las medidas de seguimiento adecuadas.
123.Tras la evaluación inicial, se comunica a los migrantes cuáles son sus derechos y se les facilita la información necesaria para que puedan tomar decisiones fundamentadas sobre su situación. Cuando procede, los migrantes pueden optar por el retorno voluntario; en ese caso, se les remite a la OIM o a otras entidades pertinentes para que les presten asistencia en la tramitación del retorno. Se recomienda a los migrantes que deseen permanecer en el país, en particular a los ciudadanos de la CEDEAO, que regularicen su situación migratoria de conformidad con los procedimientos nacionales de inmigración.
124.El Gobierno también ha adoptado medidas para reforzar los marcos operacionales que promueven alternativas al internamiento y respuestas coordinadas ante situaciones vinculadas a la migración. A través del proyecto Comunidad de Práctica Gambia, una iniciativa respaldada por la Unión Europea y ejecutada por el Departamento de Inmigración de Gambia en colaboración con la Policía Nacional de España, el Gobierno elaboró y comenzó a aplicar los primeros procedimientos operativos estándar del país para la gestión de los casos de tráfico ilícito de migrantes. Estos procedimientos proporcionan un marco estructurado que orienta a las autoridades en las etapas fundamentales de la gestión de casos, incluidas la reunión de información, la interceptación, la acogida, la investigación, el enjuiciamiento, la protección y el retorno o la reintegración. Los procedimientos operativos estándar incluyen medidas destinadas a garantizar la protección y la asistencia a los migrantes vulnerables.
125.Además, el Gobierno ha emprendido iniciativas diplomáticas y operacionales destinadas a reducir el internamiento de migrantes gambianos en el extranjero. Por ejemplo, en enero de 2021, el Ministerio de Relaciones Exteriores organizó una misión técnica al Níger para estudiar la posibilidad de cooperar con las autoridades nigerinas en la detección de ciudadanos gambianos, la tramitación de sus documentos y la prevención de su internamiento prolongado. En abril de 2018 se llevó a cabo una misión similar en Libia con el fin de evaluar las condiciones en que se encontraban los migrantes gambianos recluidos en los centros de internamiento y estudiar opciones para reforzar la asistencia consular y las alternativas al internamiento.
126.También se han puesto en marcha iniciativas de fomento de la capacidad para que a nivel nacional se conozcan mejor las alternativas al internamiento de inmigrantes. En abril de 2022, la OIM, en colaboración con el Ministerio del Interior, organizó una sesión de capacitación sobre las alternativas al internamiento de inmigrantes. En la sesión se reunió a los actores de los grupos de trabajo sobre retorno y reintegración y sobre gestión de fronteras del Mecanismo Nacional de Coordinación sobre Migración, con el objetivo de fortalecer la capacidad de las instituciones pertinentes para aplicar las normas internacionales y las buenas prácticas relativas a las alternativas al internamiento.
Respuesta al párrafo 20
Medidas para prevenir el internamiento de niños y familias por motivosrelacionados con la inmigración y garantizar alternativas basadasen los derechos
127.Como se indica en la sección anterior en relación con la protección de los niños migrantes, Gambia ha adoptado varias medidas destinadas a proteger a los niños que entran en contacto con las autoridades de inmigración. Entre estas medidas se incluyen la creación de unidades de protección de la infancia en los organismos de seguridad, incluido el Departamento de Inmigración de Gambia, y la aplicación de procedimientos adaptados a los niños tras su detención o interceptación. Además, el sistema nacional de protección de la infancia cuenta con mecanismos reforzados de gestión de casos de asistencia social, tribunales de menores funcionales y marcos de política que dan prioridad a la atención en el ámbito familiar y a la protección de los niños vulnerables.
128.El Gobierno también ha adoptado medidas más amplias de protección de la infancia que contribuyen a reducir la vulnerabilidad de los niños migrantes. Entre ellas se incluyen medidas para mejorar los sistemas de registro de los nacimientos e iniciativas destinadas a prevenir la apatridia, que puede afectar a los niños en situaciones transfronterizas. Las políticas nacionales de protección de la infancia y las normas mínimas subrayan aún más la importancia de los arreglos de atención en el ámbito familiar y comunitario como alternativas a la institucionalización.
129.La legislación en materia de inmigración aún no prohíbe expresamente el internamiento de niños por motivos relacionados con la inmigración. Las disposiciones legales vigentes sobre el control de la inmigración permiten el internamiento de las personas que entran o permanecen en el país de forma irregular. Sin embargo, en la práctica, las autoridades recurren cada vez más a los mecanismos de protección infantil y asistencia social cuando se detecta la presencia de menores de edad durante los procedimientos relacionados con la migración.
130.Entre los enfoques alternativos que se están debatiendo y que se están consolidando progresivamente se incluyen la gestión de casos basada en la comunidad, la entrega a familiares o tutores y las evaluaciones del interés superior realizadas en coordinación con los servicios de asistencia social. Estos enfoques tienen por objeto garantizar que los niños que se encuentran en situaciones relacionadas con la migración sean tratados principalmente en el marco de la protección de la infancia, en lugar de a través de los mecanismos de control de la inmigración.
Respuesta al párrafo 21
Datos desglosados sobre la reclusión de trabajadores migratorios, incluidoslos motivos del internamiento, su duración, las condiciones, los centrosde reclusión y las medidas de protección
131.Entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2024, el Servicio de Prisiones de Gambia registró las cifras de ciudadanos extranjeros recluidos bajo su jurisdicción que se indican en la tabla siguiente. Estas personas procedían de diversas regiones, entre ellas las de África, Asia y Europa. En el anexo del presente informe se ofrecen más datos estadísticos.
Cuadro 1
Ciudadanos extranjeros recluidos en establecimientos del Servicio de Prisiones de Gambia (2022-2024)
|
Categoría |
Número total de personas recluidas |
|
Extranjeros condenados |
82 |
|
Extranjeros en prisión preventiva |
363 |
|
Menores extranjeros condenados |
1 |
|
Menores extranjeros en prisión preventiva |
6 |
132.Cabe señalar que las estadísticas penitenciarias actuales se desglosan principalmente por nacionalidad y situación de reclusión y que aún no se desglosan de forma sistemática según si la privación de libertad se debe específicamente a infracciones de la legislación en materia de inmigración, ni según la situación migratoria, la ocupación o el sector de empleo. Por tanto, aún no se dispone, de forma centralizada, de datos exhaustivos sobre los trabajadores migratorios recluidos exclusivamente por infracciones relacionadas con la inmigración.
133.Con respecto a las condiciones de reclusión y las medidas de protección cabe destacar lo siguiente:
a)Los migrantes retenidos para la realización de controles de inmigración en el Centro de Tránsito Migratorio de Tanji están alojados por separado de las personas recluidas por delitos comunes;
b)En los entornos de privación de libertad, las mujeres están separadas de los hombres, de conformidad con el reglamento penitenciario;
c)Se han adoptado medidas para garantizar una supervisión adecuada de las mujeres recluidas, incluida la asignación de funcionarias de prisiones cuando proceda; y
d)Cuando se observan indicios de trata de personas, los casos pueden remitirse al Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas con fines de detección, protección y prestación de asistencia adecuada.
134.El Gobierno reconoce la importancia de fortalecer los sistemas nacionales de datos para que las estadísticas sobre la privación de libertad se desglosen de forma más sistemática por motivos y duración de la reclusión, nacionalidad, sexo, edad y situación migratoria. Se están realizando esfuerzos para mejorar la coordinación entre el Departamento de Inmigración de Gambia, el Servicio de Prisiones de Gambia y otras instituciones pertinentes, con el fin de mejorar la reunión de datos y la presentación de información en este ámbito.
135.En caso de que el Comité necesite más aclaraciones o información estadística adicional, el Estado Parte mantiene su disposición a facilitarle datos complementarios tan pronto como estén disponibles.
Respuesta al párrafo 22
Garantías para asegurar el debido proceso, los recursos judiciales y laprotección de la vida familiar en los procedimientos de inmigracióny expulsión relativos a trabajadores migratorios y sus familiares
a)Garantías procesales en los procedimientos de inmigración
136.Los procedimientos relacionados con la inmigración en Gambia se llevan a cabo de conformidad con la legislación nacional y las garantías constitucionales que protegen los derechos de todas las personas que se encuentran bajo la jurisdicción del Estado. La Ley de Inmigración regula la entrada, la residencia y la expulsión de ciudadanos extranjeros, y las garantías procesales relativas a la libertad y a un juicio imparcial están protegidas por la Constitución de la República de Gambia, de 1997. Además, la Ley de Procedimiento Penal, de 2025, refuerza las garantías aplicables a las personas que son objeto de procedimientos penales o de procedimientos relacionados con la inmigración. La Ley exige que se informe a las personas detenidas o recluidas de los motivos de su detención y de sus derechos y establece garantías procesales destinadas a asegurar la imparcialidad durante las investigaciones y las actuaciones judiciales.
137.Cuando las autoridades de inmigración determinan que un migrante puede ser objeto de devolución o expulsión, el Departamento de Inmigración de Gambia inicia los trámites administrativos necesarios para evaluar las circunstancias de cada caso concreto. Estos procedimientos garantizan que las decisiones relativas a la expulsión se adopten de forma individualizada y de conformidad con las normas legales aplicables.
b)Acceso a asistencia letrada y a servicios de interpretación
138.Las personas que se encuentren inmersas en procedimientos relacionados con la inmigración pueden solicitar asistencia letrada a través de los mecanismos de representación disponibles. El Organismo Nacional de Asistencia Jurídica ofrece asesoramiento jurídico y representación a las personas que cumplen los requisitos establecidos y carecen de recursos para sufragar servicios jurídicos en determinados asuntos penales y civiles.
139.Cuando es necesario, las autoridades pueden facilitar servicios de interpretación en las actuaciones en que participen ciudadanos extranjeros, con el fin de garantizar que las personas comprendan la naturaleza del proceso, las decisiones que les afectan y las vías de recurso disponibles.
c)Derecho a recurrir las decisiones de expulsión
140.Las decisiones relativas a la devolución o la expulsión están sujetas a las garantías administrativas y judiciales previstas en la legislación nacional. Las personas que son objeto de tales decisiones pueden recurrir ante los tribunales competentes, de conformidad con la garantía constitucional del derecho a un juicio imparcial, prevista en el artículo 24 de la Constitución. Estos mecanismos garantizan que las decisiones que afectan a la situación migratoria de una persona estén sujetas a supervisión y puedan ser impugnadas mediante los procedimientos legales pertinentes.
d)Respeto de la unidad familiar
141.Al aplicar las medidas de control de la inmigración, las autoridades tienen en cuenta consideraciones humanitarias, entre ellas la presencia de familiares y la protección de la unidad familiar. Cuando los procedimientos de devolución afectan a familias o a niños, se puede consultar a las instituciones pertinentes, como el Ministerio de Género, Infancia y Bienestar Social, para garantizar que se adopten las medidas de protección adecuadas. Cuando hay niños implicados, las decisiones que afectan a su situación se adoptan conforme al principio del interés superior del niño, reflejado en la legislación nacional de protección de la infancia.
e)Datos sobre los procedimientos de expulsión
142.Todavía no se recopilan de forma sistemática en una base de datos centralizada estadísticas exhaustivas desglosadas específicamente por situación migratoria en relación con los procedimientos de devolución o expulsión. No obstante, el Gobierno reconoce la importancia de fortalecer los sistemas de datos sobre migración y sigue mejorando la coordinación entre las instituciones pertinentes para optimizar la reunión y la presentación de información relativa a los procedimientos de control de la inmigración.
f)Mejoras en curso
143.El Gobierno sigue fortaleciendo la gobernanza de la migración y las garantías procesales mediante la coordinación institucional, la reforma legislativa y las iniciativas de fomento de la capacidad. Estas medidas tienen por objeto garantizar que los procedimientos relacionados con la inmigración se lleven a cabo de conformidad con la legislación nacional, las garantías del debido proceso y las obligaciones internacionales de derechos humanos, incluido el respeto de la unidad familiar y el acceso a recursos.
Respuesta al párrafo 23
Medidas para reforzar los servicios consulares destinados a brindar protección y asistencia a los trabajadores migratorios gambianos y sus familiares en el extranjero, incluidos aquellos que se encuentran en situación irregular o privados de libertad o son objeto de una orden de expulsión
a)Marco de protección consular
144.De conformidad con el artículo 23 de la Convención, el Gobierno de Gambia brinda protección y asistencia consular a los ciudadanos gambianos en el extranjero a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, Cooperación Internacional y Gambianos en el Extranjero. El Ministerio es responsable de velar por que se proteja el bienestar de los nacionales gambianos en el extranjero, incluidos los trabajadores migratorios y sus familiares, durante todo el ciclo migratorio, cualquiera que sea su situación migratoria.
b)Asistencia consular
145.Se puede prestar asistencia consular en los siguientes casos:
a)Internamiento o encarcelamiento;
b)Controversias laborales o acoso en el lugar de trabajo;
c)Pérdida de documentos de identidad o de viaje;
d)Procedimientos de expulsión o repatriación; y
e)Situaciones de emergencia que afectan a ciudadanos gambianos en el extranjero.
146.Estos servicios tienen por objeto garantizar que los trabajadores migratorios gambianos, incluidos los que se encuentran en situaciones irregulares o de vulnerabilidad, puedan acceder a protección y apoyo a través de canales diplomáticos y consulares.
c)Medidas para reforzar la respuesta consular
147.A fin de mejorar la capacidad de respuesta de los servicios consulares, el Gobierno ha designado a puntos focales para asuntos de la diáspora y la migración en algunas misiones diplomáticas de Gambia en el extranjero. Estos puntos focales actúan como agentes de enlace encargados de atender las cuestiones relacionadas con la diáspora y la migración y de prestar asistencia a los nacionales gambianos en sus respectivas circunscripciones consulares.
148.El Ministerio de Relaciones Exteriores también colabora con otras instituciones nacionales, entre ellas el Departamento de Inmigración de Gambia y los organismos de protección social pertinentes, para facilitar la asistencia en cuestiones relacionadas con la documentación, el retorno, las necesidades de protección o la reintegración.
149.Además, el Gobierno ha llevado a cabo misiones de acercamiento consular y de investigación en países que acogen a un número importante de migrantes gambianos, especialmente en las rutas de migración irregular. Desde 2018, se han llevado a cabo misiones en países como Libia, el Níger, Túnez y Mauritania con el fin de evaluar las condiciones de los migrantes gambianos, prestar asistencia inmediata cuando es posible y fortalecer la cooperación con las autoridades de los países de acogida.
d)Asistencia a los migrantes privados de libertad o sujetos a una medida de expulsión
150.En el caso de los ciudadanos gambianos que se encuentren privados de libertad en el extranjero o sean objeto de un procedimiento de devolución o expulsión, las misiones diplomáticas y consulares pueden prestar asistencia de las siguientes formas:
a)Facilitando la comunicación con los migrantes privados de libertad;
b)Actuando como enlace con las autoridades del país de acogida;
c)Brindando apoyo en los trámites de documentación y verificación de la nacionalidad;
d)Proporcionando información sobre los procedimientos y recursos legales disponibles; y
e)Coordinando las actuaciones con los familiares y las estructuras de apoyo pertinentes.
151.Además, el Gobierno ha adoptado medidas para mejorar la comunicación con las comunidades de migrantes gambianos en los países donde estos se enfrentan a situaciones de especial vulnerabilidad. Por ejemplo, en 2023 se nombró a un agente de enlace de la comunidad gambiana en Libia para facilitar la comunicación entre los migrantes gambianos y las autoridades nacionales, así como para prestar apoyo en cuestiones relacionadas con el bienestar social.
e)Accesibilidad de los servicios consulares
152.También se han realizado esfuerzos para mejorar la accesibilidad de los servicios consulares para los ciudadanos gambianos en el extranjero. En este sentido, cabe destacar las siguientes medidas:
a)El nombramiento de puntos focales para asuntos de la diáspora y la migración en las misiones diplomáticas;
b)La colaboración con las asociaciones de la comunidad gambiana en el extranjero;
c)La realización de visitas de contacto y misiones consulares en los países que acogen a migrantes gambianos; y
d)El fomento de la comunicación y la coordinación con las organizaciones de la comunidad migrante.
153.Estas iniciativas tienen por objeto garantizar que los trabajadores migratorios gambianos, incluidos los que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad, conozcan la asistencia consular disponible y puedan acceder a ella cuando la necesiten.
f)Capacidad humana e institucional
154.El Gobierno reconoce que la capacidad consular puede verse afectada por limitaciones financieras, logísticas y de personal, especialmente en aquellos países en los que Gambia no cuenta con una misión diplomática permanente. Por tanto, se está trabajando para fortalecer la capacidad institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores y mejorar la coordinación entre las instituciones encargadas de la gobernanza de la migración.
g)Cooperación con los países de acogida y con asociados internacionales
155.El Gobierno sigue colaborando estrechamente con los países de acogida, las organizaciones internacionales y los asociados para el desarrollo, incluida la OIM, a fin de fortalecer los mecanismos de protección de los migrantes gambianos en el extranjero, facilitar la documentación y los procedimientos de retorno cuando sea necesario y mejorar el acceso de los migrantes a la asistencia en situaciones de vulnerabilidad.
Respuesta al párrafo 24
Protección de los documentos de identidad de los trabajadores migratorios y salvaguardias contra su confiscación o destrucción
156.El Gobierno de Gambia reconoce la importancia de garantizar que los trabajadores migratorios y sus familiares mantengan el control sobre sus documentos de identidad y sus documentos relacionados con la migración, incluidos los pasaportes, los documentos de viaje y los permisos de residencia. El marco jurídico y administrativo nacional que regula la migración y el empleo contempla garantías contra la incautación, destrucción o retención ilegal de dichos documentos.
157.Los ciudadanos extranjeros que residen o trabajan en Gambia deben obtener una autorización de residencia expedida por el Departamento de Inmigración de Gambia, comúnmente denominada “tarjeta de extranjero”. Este documento sirve como prueba de residencia legal y de identificación para los extranjeros que residen en el país. La autorización debe renovarse periódicamente, por lo general cada año, y las tasas administrativas correspondientes varían en función de la nacionalidad del solicitante y del régimen de residencia. Los trabajadores migratorios son responsables de preservar sus pasaportes y documentos de identidad.
158.Las autoridades competentes, incluidos los funcionarios de inmigración y los agentes del orden, pueden solicitar la presentación de documentos de identidad con fines de verificación durante los procedimientos administrativos o de inmigración legales. Los documentos se devuelven al titular una vez finalizados los trámites de verificación.
159.En el contexto del empleo, las salvaguardias contra las prácticas de explotación se refuerzan mediante los mecanismos de administración laboral. El Departamento de Trabajo realiza inspecciones en los lugares de trabajo y actúa como mediador en las controversias laborales a fin de garantizar el cumplimiento de la normativa laboral nacional. Cuando se presentan denuncias relativas a prácticas abusivas, incluidos los intentos de empleadores o intermediarios de retener los documentos personales de los trabajadores, esos casos pueden tratarse mediante los mecanismos de solución de controversias laborales o remitirse a las autoridades competentes.
160.Los procedimientos administrativos aplicados por las autoridades de inmigración y laborales también tienen por objeto facilitar la regularización de la situación de los trabajadores migratorios, de modo que los ciudadanos extranjeros puedan disponer de una documentación de residencia válida y acceder a los cauces adecuados para presentar quejas.
Respuesta al párrafo 25
Acceso a la atención médica de urgencia para los trabajadoresmigratorios y sus familiares
161.El Gobierno mantiene su determinación de garantizar el acceso a los servicios de atención de la salud a todas las personas que se encuentren en su territorio, incluidos los trabajadores migratorios y sus familiares, cualquiera que sea su situación migratoria. Los servicios de salud se prestan a través del sistema nacional de salud pública, gestionado por el Ministerio de Salud.
162.El sistema de salud de Gambia se basa en un enfoque de atención primaria, y los servicios se proporcionan a través de una red nacional de hospitales públicos, centros de salud principales, centros de salud secundarios y establecimientos de salud comunitarios. Estos establecimientos proporcionan servicios esenciales y de urgencia a las personas que requieren atención médica, incluidos los trabajadores migratorios y sus familiares.
163.Los niños menores de 5 años tienen acceso a servicios de vacunación gratuitos. Asimismo, todas las mujeres tienen acceso a atención prenatal y posnatal a través de los programas de salud materna que se ofrecen en los centros de salud públicos. Los programas de salud comunitaria, incluidos los servicios de proximidad prestados por los trabajadores sanitarios de las aldeas y el personal de enfermería comunitario, también contribuyen a ampliar el acceso a los servicios básicos de salud tanto en las zonas urbanas como en las rurales.
164.El compromiso en favor del acceso equitativo a los servicios de salud se fundamenta en la Ley de Salud Pública y en la Política Nacional de Salud 2021-2030. Además, se han emprendido iniciativas destinadas a fortalecer el marco nacional de salud, entre las que cabe destacar la elaboración del proyecto de ley de salud pública, el proyecto de ley de salud mental de Gambia y el proyecto de política nacional de salud mental, todos de 2025.
165.Con arreglo a estos marcos, los servicios médicos de urgencia se prestan sin discriminación, y los establecimientos de salud tienen la obligación de dar prioridad a las intervenciones que salvan vidas, independientemente de la nacionalidad o la situación migratoria de la persona, incluso cuando se trate de personas en situación migratoria irregular.
166.A través del Programa Nacional de Salud Mental, coordinado por el Ministerio de Sanidad en colaboración con el Ministerio de Género, Infancia y Bienestar Social, se ofrecen servicios de salud mental y de apoyo psicosocial, dirigidos especialmente a personas vulnerables, como las víctimas de violencia y explotación.
167.Por su parte, los centros de atención integral habilitados en los principales hospitales ofrecen servicios integrados a las víctimas de violencia de género, que incluyen atención médica, orientación psicosocial y derivación a las autoridades competentes. También se presta apoyo complementario a través del refugio Orange, que ofrece alojamiento temporal y asistencia psicosocial a las víctimas de violencia de género, incluidas las mujeres migrantes.
168.Mediante estas medidas, Gambia trata de garantizar que los trabajadores migratorios y sus familiares puedan acceder a los servicios de salud esenciales y de urgencia sin discriminación, de conformidad con las políticas de salud nacionales y los principios enunciados en el artículo 28 de la Convención.
Respuesta al párrafo 25 c)
Acceso a la educación para los hijos de los trabajadores migratorios
169.El Gobierno de Gambia reconoce la importancia de garantizar que todos los niños que se encuentren bajo su jurisdicción tengan acceso a la educación, incluidos los hijos de los trabajadores migratorios y los niños que se encuentran en situación de migración irregular. El derecho a la educación está garantizado por la legislación nacional y se aplica a través del marco normativo educativo del país.
170.La Constitución de la República de Gambia garantiza el derecho a la educación y establece que el Estado se esforzará por garantizar que todos los niños tengan acceso a la educación básica. Este compromiso se refleja también en las políticas educativas nacionales, cuyo objetivo es ampliar el acceso a la educación básica y mejorar los resultados educativos en todo el país.
171.El Gobierno de Gambia promueve el acceso universal a la educación mediante su política de enseñanza básica primaria pública y gratuita, que permite a los niños que se encuentran bajo la jurisdicción del Estado, incluidos los hijos de los trabajadores migratorios, matricularse en escuelas primarias públicas de conformidad con las políticas educativas nacionales. El acceso a la educación básica pública no está restringido por motivos de nacionalidad, de modo que los niños migrantes pueden asistir a escuelas públicas de primaria y secundaria junto con los niños gambianos.
172.La Ley de la Infancia, de 2005, refuerza aún más la protección de los derechos de los niños, incluidos el derecho a la educación y la obligación del Estado de garantizar que no se prive a los niños de la oportunidad de recibir una educación. Estas protecciones se aplican a todos los niños sujetos a la jurisdicción de Gambia, incluidos los niños migrantes y los niños que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad.
173.El Ministerio de Educación Básica y Secundaria coordina programas destinados a ampliar el acceso a la educación y a promover una escolarización inclusiva para todos los niños. Entre estas iniciativas se incluyen medidas para mejorar las infraestructuras escolares, aumentar la matriculación en la educación básica y promover la igualdad de género en la educación.
174.En la práctica, los niños migrantes que residen en Gambia, especialmente los procedentes de países vecinos de la CEDEAO, asisten a escuelas públicas en diversas zonas del país, incluidas áreas urbanas como Banjul, el municipio de Kanifing y la región de West Coast.
175.El Gobierno sigue trabajando para reforzar el acceso a la educación y mejorar los mecanismos de reunión de datos, con el fin de obtener información más precisa sobre la participación de los niños migrantes en el sistema educativo.
Respuestas a los párrafos 26 y 27
1.Información previa a la salida y regulación de las prácticas de contratación
176.El Gobierno de Gambia ha adoptado medidas para garantizar que los ciudadanos gambianos que tengan la intención de emigrar al extranjero en busca de empleo reciban la información y la protección adecuadas antes de su partida. Estas medidas tienen por objeto promover una migración segura, ordenada y regular y, a la vez, reducir la vulnerabilidad de los trabajadores migratorios ante la explotación, la trata de personas y las prácticas de contratación abusivas.
177.Se organizan programas de sensibilización previos a la partida dirigidos a los ciudadanos gambianos que buscan empleo en el extranjero, en particular los que viajan a destinos como el Reino de la Arabia Saudita y el Reino de España. En el marco de estos programas se proporciona a los futuros trabajadores migratorios información sobre las condiciones de admisión y de empleo en los países de destino, incluida información sobre la legislación laboral, las obligaciones contractuales y los derechos y responsabilidades de los trabajadores migratorios. Asimismo, se informa a los participantes sobre los mecanismos de asistencia consular disponibles, los procedimientos de denuncia y los servicios de apoyo a los que pueden acceder a través de las misiones diplomáticas de Gambia en el extranjero.
178.Además, el Gobierno ha elaborado un manual de preparación previa a la partida para trabajadores migratorios, en el que se ofrece orientación a los migrantes que ya están en condiciones de viajar sobre el proceso migratorio, los derechos de los trabajadores y los mecanismos de apoyo disponibles antes de la partida. En 2022 se elaboró el manual de preparación previa a la partida para trabajadores migratorios utilizado en Gambia. También se adoptaron otras herramientas de gobernanza de la migración para aplicar la Estrategia y el Plan de Acción de Migración Laboral 2022-2026. Estos documentos se elaboraron con el apoyo técnico de la OIM. Esta iniciativa se enmarca en los esfuerzos más amplios desplegados para fortalecer la gobernanza de la migración laboral y proteger a los trabajadores migratorios durante todo el ciclo migratorio. Estas medidas se adoptan en el marco de la Política Nacional de Migración 2020-2030, cuyo objetivo es regular la migración laboral y promover el trabajo decente para los trabajadores migratorios que se desplazan dentro de Gambia, desde el país y hacia él.
179.A fin de prevenir las prácticas de contratación abusivas, la Ley del Trabajo, de 2023, establece un marco regulatorio para la concesión de licencias y la supervisión de las agencias de empleo privadas. La Ley exige que las agencias de contratación obtengan una licencia de la autoridad competente antes de llevar a cabo actividades de contratación. Las licencias se expiden por un período de un año y están sujetas a renovación.
180.El Departamento de Trabajo y el Departamento de Empleo, dependientes del Ministerio responsable de trabajo y empleo, supervisan el proceso de concesión de licencias y realizan actividades de control y supervisión para garantizar el cumplimiento de las normas nacionales que regulan la contratación de mano de obra.
181.Además, el Gobierno ha elaborado unas directrices éticas en materia de contratación destinadas a promover prácticas de contratación justas y a prevenir la explotación de los trabajadores migratorios. Las agencias de contratación están obligadas a cumplir estas directrices con arreglo al marco normativo general que regula el empleo en el extranjero.
182.En la Ley del Trabajo se establece además que el Ministro podrá revocar la licencia de una agencia de contratación que incumpla los requisitos que regulan las prácticas de contratación. En los casos en que se produzcan infracciones, las autoridades podrán trasladar el asunto a las fuerzas del orden para que procedan a su investigación y enjuiciamiento, de conformidad con la legislación aplicable.
183.El Gobierno también promueve la concertación de acuerdos bilaterales sobre migración laboral con los países de destino como parte de su estrategia para ampliar las vías de migración segura y regular y reducir la migración irregular. Estos acuerdos tienen por objeto regular las prácticas de contratación, fortalecer la protección de los trabajadores y mejorar la cooperación entre las autoridades laborales de los países participantes.
184.Mediante estas medidas, Gambia trata de garantizar que los trabajadores migratorios reciban la información necesaria antes de su partida, estén protegidos frente a prácticas de contratación abusivas y puedan emigrar a través de canales seguros y regulados.
2.Medidas relativas a la participación política de los trabajadores migratorios gambianos y sus familiares que se encuentran en el extranjero
185.El Gobierno de Gambia reconoce la importancia de garantizar que los ciudadanos gambianos residentes en el extranjero puedan participar en los asuntos públicos, lo que incluye el ejercicio de su derecho al voto. La Constitución garantiza el derecho de los ciudadanos a votar en elecciones públicas, de conformidad con el artículo 39, con sujeción a las condiciones y procedimientos establecidos por ley.
186.En los últimos años han tenido lugar debates nacionales sobre la participación de los ciudadanos gambianos residentes en el extranjero en las elecciones nacionales. En 2021, el Tribunal Supremo de Gambia confirmó que los ciudadanos gambianos que residían fuera del país conservaban el derecho constitucional al voto y que era necesario adoptar las medidas legislativas y administrativas pertinentes para facilitar el ejercicio de ese derecho.
187.En 2021 se trató de abordar esta cuestión mediante el proyecto de ley electoral, en cuyo artículo 14 se proponía que la Comisión Electoral Independiente registrara como votantes a los ciudadanos gambianos residentes en el extranjero. Sin embargo, en marzo de 2025, la Asamblea Nacional votó a favor de eliminar el artículo 14 del proyecto de ley. Los miembros de la Asamblea señalaron que la ausencia de circunscripciones para la diáspora en el marco constitucional vigente constituía una limitación jurídica y observaron que podría ser necesario modificar la Constitución para que el sistema de voto desde el extranjero fuese plenamente operativo.
188.Por tanto, los ciudadanos gambianos que residen en el extranjero solo pueden ejercer su derecho al voto regresando a Gambia durante los períodos de inscripción electoral y de celebración de las elecciones. Continúan los debates sobre el establecimiento de un marco jurídico y administrativo para el voto de la diáspora en los ámbitos legislativo y de formulación de políticas.
189.Pese a estas dificultades, los debates sobre el voto de la diáspora siguen en curso. Las organizaciones de la sociedad civil, entre ellas los grupos de observación electoral y las organizaciones de defensa de la diáspora, han seguido colaborando con los legisladores y las autoridades competentes para estudiar posibles mecanismos jurídicos e institucionales que permitan a los ciudadanos gambianos residentes en el extranjero participar en las elecciones.
Respuesta al párrafo 28
Medidas para proteger la unidad familiar y el permiso de residenciade los familiares en casos de expulsión, fallecimiento odisolución del matrimonio
190.Las medidas de expulsión en Gambia se aplican de conformidad con la Ley de Inmigración y, por lo general, son tramitadas caso por caso por el Departamento de Inmigración de Gambia. Se pueden dictar órdenes de expulsión contra quienes incumplan la legislación en materia de inmigración o quienes se inscriban en las categorías de inmigrantes no admisibles mencionadas anteriormente.
191.Como se mencionó anteriormente, la Ley de Inmigración regula la entrada y la residencia de los nacionales extranjeros en el Estado, así como su expulsión. En este contexto, a los migrantes que residen legalmente en Gambia se les expiden permisos de residencia, conocidos comúnmente como tarjetas de extranjero, que sirven como prueba de residencia legal y como documento de identidad para los extranjeros que viven en el país. Estos permisos deben renovarse periódicamente y permiten a los trabajadores migratorios y a sus familiares mantener su situación de residencia legal.
192.Cuando se producen infracciones de las normas de inmigración, las autoridades competentes evalúan la gravedad de la infracción y las circunstancias particulares del migrante en cuestión antes de determinar las medidas administrativas o judiciales adecuadas. En la práctica, pueden tenerse en cuenta consideraciones humanitarias, incluida la presencia de familiares que residan en el país.
193.La Constitución contempla vías para que determinados familiares de ciudadanos gambianos puedan adquirir la ciudadanía, al margen de las disposiciones de inmigración relativas a la residencia. De conformidad con el artículo 11, párrafo 1 b), de la Constitución, toda persona que haya estado casada con un ciudadano de Gambia y haya residido habitualmente en Gambia durante al menos siete años tras la extinción del matrimonio —ya sea por anulación, divorcio o fallecimiento— puede solicitar su inscripción como ciudadano de Gambia. Además, en el artículo 11, párrafo 2, se establece que la anulación de un matrimonio no afecta a la condición de ciudadano de una persona que ya haya sido inscrita como tal en virtud de la disposición relativa al vínculo matrimonial.
194.Estas disposiciones ofrecen una vía para que determinados familiares de ciudadanos gambianos regularicen su situación legal y contribuyen a la protección de la unidad familiar en los casos de fallecimiento de un cónyuge o de disolución del matrimonio.
195.Si bien estas disposiciones constitucionales y las normas sobre inmigración establecen mecanismos que permiten a determinados familiares mantener una situación legal en Gambia, el Gobierno reconoce que las disposiciones legislativas específicas relativas a los procedimientos de reagrupación familiar para los trabajadores migratorios y sus familiares a cargo siguen siendo limitadas. En el desarrollo continuo de los marcos de gobernanza de la migración se tratará de responder a estas cuestiones en el marco de reformas políticas más amplias.
Respuesta al párrafo 29
Medidas legales y de política que afectan a los derechos económicosy las prestaciones de los trabajadores migratorios y sus familiares
196.El Gobierno de Gambia ha establecido un marco jurídico y de política destinado a proteger los derechos económicos de los trabajadores migratorios y de sus familiares en el territorio del Estado.
197.La Ley del Trabajo, de 2023, establece el marco jurídico que rige las relaciones laborales en Gambia. La Ley establece normas relativas a los contratos de trabajo, la remuneración, la jornada laboral, la seguridad y la salud ocupacionales y los mecanismos de solución de controversias. Con arreglo a la Ley, las horas normales de trabajo no podrán superar las 48 semanales, salvo que el contrato de trabajo o los convenios colectivos establezcan otra cosa de conformidad con el artículo 64. Los trabajadores tienen derecho a disfrutar de al menos un día completo de descanso cada siete días, que suele ser el domingo, salvo que se acuerde otra cosa de conformidad con el artículo 66.
198.Cuando los empleados superen el horario laboral habitual, tendrán derecho a una remuneración por horas extras, que deberá abonarse a una tarifa superior al salario por hora habitual, según lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley. La Ley prevé asimismo salvaguardias sobre las pausas dentro de la jornada laboral y sobre los límites de las horas de trabajo excesivas, especialmente en los sectores que requieren trabajo por turnos. Estas protecciones se aplican a todos los trabajadores contratados legalmente en el territorio de Gambia, incluidos los trabajadores migratorios que posean un permiso de trabajo válido.
199.Los inspectores de trabajo están facultados para investigar las denuncias y garantizar que los empleadores cumplan las normas laborales, incluidas las relativas a la remuneración y las condiciones de trabajo.
200.Los trabajadores migratorios empleados en el sector formal también deben obtener un número de identificación fiscal expedido por la Autoridad Tributaria de Gambia. Ese número permite a los trabajadores participar en el sistema tributario nacional y facilita la gestión de las obligaciones tributarias relacionadas con el empleo en el marco del sistema de retención en origen. Este requisito contribuye a la formalización de las relaciones laborales y favorece la protección de los derechos económicos de los trabajadores.
201.Los ciudadanos extranjeros que residen en Gambia también pueden participar en actividades económicas, como la creación de empresas y la adquisición de bienes, de conformidad con las leyes nacionales que rigen la tierra y la inversión. Los trabajadores migratorios y otros no nacionales pueden adquirir derechos de arrendamiento sobre terrenos o bienes, siempre que se ajusten a los procedimientos de registro correspondientes, a cargo de las autoridades catastrales. Estas disposiciones permiten a los trabajadores migratorios que hayan obtenido la residencia legal participar en iniciativas de inversión económica y en opciones de vivienda.
202.Además, los marcos nacionales de gobernanza de la migración respaldan la protección económica de los trabajadores migratorios durante todo el ciclo migratorio. La Política Nacional de Migración y la Estrategia y el Plan de Acción de Migración Laboral tienen por objeto reforzar la gobernanza de la migración laboral, promover prácticas de contratación éticas y mejorar los mecanismos de protección de los trabajadores migratorios gambianos en el extranjero.
203.El Gobierno reconoce que es necesario seguir trabajando para reforzar los mecanismos relacionados con la gobernanza de la migración laboral y, a tal efecto, mejorar la vigilancia de las prácticas de contratación y estudiar marcos que faciliten la transferibilidad de las prestaciones de protección social a los trabajadores migratorios empleados en el extranjero.
Respuesta al párrafo 30
Medidas para evitar la situación irregular tras la finalización de larelación laboral y garantizar el acceso a oportunidades alternativas
204.El Gobierno de Gambia reconoce la importancia de garantizar que los trabajadores migratorios que estén empleados legalmente en el país puedan mantener una situación migratoria regular durante toda su estancia, incluso en los casos en que finalicen las relaciones laborales.
205.Como se indicó anteriormente, a los ciudadanos extranjeros que trabajan en Gambia se les expide un permiso de residencia que sirve como prueba de residencia legal para los no nacionales que viven y trabajan en el país. Estos permisos se expiden de conformidad con el marco nacional de inmigración y están sujetos a renovación periódica.
206.Cuando la relación laboral de un trabajador migratorio finaliza antes de que venza el permiso de residencia, las autoridades de inmigración competentes pueden evaluar sus circunstancias particulares. Los trabajadores migratorios pueden ser autorizados a regularizar su situación mediante procedimientos administrativos, como la renovación del permiso de residencia o la obtención de un nuevo empleo, de conformidad con las disposiciones nacionales de inmigración y trabajo.
207.El Gobierno también ha emprendido reformas legislativas destinadas a fortalecer la gobernanza de la migración. En este sentido, el proyecto de ley de inmigración de 2024 tiene por objeto modernizar el marco nacional de inmigración e incluye disposiciones previstas para garantizar que los trabajadores migratorios no pasen automáticamente a una situación irregular cuando las relaciones laborales se rescindan antes de que venza su permiso de trabajo.
Respuesta al párrafo 31
Igualdad de trato y vigilancia de las condiciones de los trabajadoresfronterizos, de temporada e itinerantes
208.En Gambia, la legislación laboral se aplica en general a todos los trabajadores empleados legalmente dentro de la jurisdicción del Estado, con independencia de su nacionalidad o de la categoría de empleo. En consecuencia, los trabajadores migratorios empleados en trabajo fronterizo, de temporada o itinerante están sujetos a las mismas normas jurídicas que rigen las relaciones laborales.
209.Estas categorías de trabajadores se concentran principalmente en sectores caracterizados por actividades económicas de temporada o transfronterizas, como los de la agricultura, la pesca, el comercio a pequeña escala y los servicios relacionados con el turismo. Los trabajadores que realizan esas actividades tienen acceso a las protecciones contractuales y a los mecanismos de administración laboral previstos en la legislación laboral nacional.
210.El Departamento de Trabajo se encarga de supervisar las condiciones de empleo en todos los sectores y de atender las quejas relativas a las prácticas laborales. Las actividades de vigilancia realizadas por el Departamento contribuyen a garantizar que los empleadores cumplan las normas laborales aplicables al contratar a trabajadores en trabajo de temporada o transfronterizo.
Respuesta al párrafo 32
Medidas para promover unas condiciones satisfactorias, equitativas y dignas en relación con la migración mediante la cooperación bilateral y multilateral e integración de esas medidas en las políticas nacionales de migración
211.El Gobierno de Gambia reconoce la importancia de la cooperación internacional para promover una migración segura, ordenada y regular, así como para garantizar condiciones dignas a los trabajadores migratorios y a sus familiares. En los últimos años, Gambia ha reforzado la cooperación bilateral con los países de destino con el fin de regular la migración laboral y mejorar los mecanismos de protección de los trabajadores migratorios gambianos en el extranjero. Gambia concluyó en 2021 un acuerdo bilateral en materia laboral con el Reino de la Arabia Saudita relativo a la captación y el empleo de trabajadores domésticos gambianos. En el acuerdo se establecen los procedimientos de contratación, las condiciones de empleo y los mecanismos para resolver las controversias laborales que afecten a los trabajadores gambianos en la Arabia Saudita.
212.El Gobierno ha impulsado asimismo la cooperación en materia de migración circular con el Reino de España a través de mecanismos de movilidad y migración laboral que permiten el empleo de temporada de trabajadores gambianos en el sector agrícola español. Esta iniciativa forma parte de un conjunto más amplio de alianzas en materia de movilidad laboral establecidas con asociados europeos para promover vías de migración regular.
213.Además, en 2023 Gambia firmó un memorando de entendimiento sobre cooperación laboral con el Estado de Qatar, con el objetivo de fortalecer la cooperación en la gestión de la migración laboral y mejorar las oportunidades de empleo para los trabajadores gambianos.
214.En el plano de las políticas, estas iniciativas cuentan con el respaldo de la Política Nacional de Migración 2020-2030, aprobada en 2020, que reconoce la cooperación internacional como un pilar fundamental de la gobernanza de la migración. La política promueve la negociación de acuerdos bilaterales sobre migración laboral, prácticas de contratación éticas y mecanismos de protección más sólidos para los migrantes gambianos en todo el ciclo migratorio.
215.Gambia también participa en iniciativas de gobernanza de la migración en el marco del Protocolo de la CEDEAO sobre la Libre Circulación de las Personas y el Derecho de Residencia y Establecimiento, que facilita la movilidad y la migración laboral dentro de la región de África Occidental.
Respuesta al párrafo 33
Medidas para hacer frente a la migración irregular y promover víasde migración segura, ordenada y regular
216.El Gobierno de Gambia ha adoptado diversas medidas legislativas y de política destinadas a hacer frente a la migración irregular y, a la vez, promover vías de migración segura, ordenada y regular para los ciudadanos gambianos.
217.Para atajar algunos de los factores socioeconómicos que impulsan la migración irregular, el Gobierno ha emprendido varias iniciativas destinadas a fomentar la creación de empleo, el emprendimiento y el desarrollo de aptitudes, especialmente entre los jóvenes. Una de estas iniciativas es el programa Taki Fii (“prosperar en Gambia”), puesto en marcha en 2017, que promueve las oportunidades de subsistencia, el emprendimiento y la sensibilización de la comunidad sobre cuestiones relacionadas con la migración. El programa trabaja con las comunidades locales y los grupos de jóvenes para fomentar la participación económica y reducir los factores que impulsan la migración irregular.
218.Además, mediante el Proyecto de Empoderamiento Juvenil, puesto en marcha en 2017 con el apoyo de la Unión Europea y ejecutado en colaboración con instituciones nacionales, se ha proporcionado formación, oportunidades de empleo y apoyo para el emprendimiento a miles de jóvenes gambianos. En total, se ha llegado a más de 100.000 beneficiarios y se ha apoyado a empresas dirigidas por jóvenes en diversos sectores de la economía. El Proyecto de Empoderamiento Juvenil ha contribuido a la creación de empleo, la formación profesional y el desarrollo empresarial en diversos sectores de la economía gambiana. Gracias a estas iniciativas, miles de jóvenes gambianos han podido acceder a oportunidades de formación profesional, servicios de desarrollo empresarial y ayudas económicas destinadas a promover medios de vida sostenibles.
219.También se promueven iniciativas complementarias de empleo mediante programas nacionales de juventud y empleo concebidos para ampliar las oportunidades de trabajo decente y fortalecer la participación en el mercado laboral, especialmente entre los jóvenes que corren el riesgo de recurrir a la migración irregular.
220.A la vez, el Gobierno ha facilitado las oportunidades de migración laboral regulada mediante la cooperación con los países de destino. Los programas organizados de contratación han permitido a los ciudadanos gambianos acceder a oportunidades de empleo en el extranjero a través de canales de migración legales. En este sentido, cabe destacar los acuerdos de movilidad laboral concertados con países como el Reino de España y el Reino de la Arabia Saudita.
221.El Gobierno también está reforzando el marco jurídico e institucional que regula la gestión de la migración. A este respecto, se ha elaborado un proyecto de ley destinado a tipificar como delito el tráfico ilícito de migrantes, que actualmente está en proceso legislativo, con el fin de fortalecer la capacidad de las fuerzas del orden para combatir las redes de tráfico ilícito de migrantes. Además, se están impulsando reformas migratorias de mayor alcance mediante proyectos de ley destinados a modernizar el marco nacional de inmigración y a mejorar los sistemas de gestión de la migración.
222.Al mismo tiempo, las instituciones gubernamentales organizan campañas de sensibilización en todo el país para concienciar sobre los riesgos asociados a la migración irregular e informar a las comunidades sobre las oportunidades de subsistencia disponibles y las vías legales de migración. Estas campañas se llevan a cabo en colaboración con organizaciones de la sociedad civil y asociados internacionales y están dirigidas a comunidades con altas tasas de migración, especialmente a los jóvenes.
223.Pese a estos esfuerzos, el Gobierno reconoce que la migración irregular sigue planteando importantes desafíos. Los factores socioeconómicos, entre los que se incluyen las escasas oportunidades de empleo y la percepción de que las perspectivas económicas son mejores en el extranjero, siguen influyendo en las decisiones migratorias de algunos ciudadanos gambianos, especialmente entre la población joven. Las rutas de migración irregular hacia el norte de África y Europa exponen a los migrantes a riesgos graves, entre ellos la explotación por redes de tráfico ilícito de migrantes, la trata de personas, la violencia y travesías marítimas peligrosas en las que, en algunos casos, se han perdido vidas. El Gobierno sigue profundamente preocupado por las repercusiones humanitarias derivadas de estas rutas migratorias y continúa reforzando las medidas de prevención, las campañas de sensibilización pública y la cooperación con asociados regionales e internacionales, con el fin de atajar las causas fundamentales de la migración irregular y promover vías migratorias más seguras.
Respuesta al párrafo 34
Marco jurídico e institucional que regula a las agencias privadas decontratación para el empleo de trabajadores migratorios en el extranjero
224.El Gobierno de Gambia ha establecido medidas administrativas y reguladoras para supervisar las actividades de las agencias privadas de contratación que facilitan oportunidades de empleo a los trabajadores gambianos en el extranjero.
225.La supervisión de las agencias de contratación corre a cargo del Departamento de Trabajo y del Departamento de Empleo, dependientes del Ministerio de Comercio, Industria, Integración Regional y Empleo. Estas instituciones supervisan las actividades de las agencias de contratación y comprueban que cumplan las normas nacionales que rigen el empleo en el extranjero.
226.Con el fin de promover prácticas de contratación responsables, el Gobierno ha elaborado las Directrices para la Contratación Ética 2022-2026 y los Procedimientos Operativos Estándar para el Código de Conducta de las Agencias Privadas de Empleo y Contratación. Estos instrumentos establecen normas operativas destinadas a garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y la protección de los trabajadores migratorios durante el proceso de contratación.
227.Por ejemplo, las Directrices para la Contratación Ética exigen a las agencias de contratación que proporcionen, antes de la partida, información exacta y completa sobre las condiciones de empleo, incluidos los salarios, el horario de trabajo y las obligaciones contractuales. También prohíben a las agencias de contratación retener los pasaportes o los documentos de identidad de los trabajadores migratorios y les exigen conservar una documentación adecuada de los procesos de contratación.
228.Asimismo, los Procedimientos Operativos Estándar para el Código de Conducta de las Agencias Privadas de Empleo y Contratación exigen que estas agencias verifiquen los contratos de trabajo y se aseguren de que los trabajadores migratorios estén debidamente informados de las condiciones de empleo antes de su partida. Además, en los Procedimientos Operativos Estándar se establecen los procedimientos de coordinación con las autoridades gubernamentales pertinentes y se exige a las agencias de contratación que cumplan las obligaciones de supervisión y presentación de información fijadas por las autoridades competentes.
Respuesta al párrafo 35
Medidas para prevenir y combatir la trata de personas y eltráfico ilícito de migrantes
229.El Gobierno de Gambia reconoce el aumento de los riesgos vinculados al tráfico ilícito de migrantes, especialmente en la ruta migratoria atlántica que une África Occidental con Europa. Aunque la legislación nacional tipifica como delito la trata de personas, el país aún no cuenta con una ley específica que tipifique el tráfico ilícito de migrantes como delito independiente.
230.Consciente de esta laguna jurídica, el Gobierno ha emprendido reformas legislativas para fortalecer el marco nacional de lucha contra el tráfico ilícito de migrantes. Se ha elaborado un proyecto de ley sobre el tráfico ilícito de migrantes, que se encuentra en fase de revisión, en el marco de una iniciativa más amplia destinada a modernizar la legislación en materia de migración y a reforzar la capacidad de las autoridades policiales para investigar y enjuiciar a las redes organizadas de tráfico ilícito.
231.A la espera de que se promulgue la ley, las autoridades nacionales siguen haciendo frente a la migración irregular y a las actividades relacionadas con el tráfico ilícito de migrantes mediante los marcos jurídicos vigentes, incluidas las disposiciones relativas a las infracciones de inmigración y a la trata de personas, cuando procede. El Departamento de Inmigración de Gambia, en colaboración con otros organismos de seguridad, lleva a cabo operaciones de interceptación e investigaciones dirigidas contra las redes de tráfico ilegal que operan en el país y a lo largo de las rutas costeras.
232.Estos esfuerzos se han traducido, en los últimos años, en varias interceptaciones y detenciones, lo que evidencia una intensificación de la actividad operacional dirigida a desarticular las redes de tráfico ilícito de migrantes y a proteger a las personas frente a los peligros asociados a la migración irregular.
233.A las medidas adoptadas para garantizar el cumplimiento de la ley hay que sumar la colaboración continua del Gobierno con asociados internacionales y actores regionales para reforzar la gobernanza de la migración, fomentar vías de migración segura y regular y evitar la explotación vinculada al tráfico ilícito de migrantes.
Respuesta al párrafo 36
Disposiciones jurídicas y mecanismos de protección y aplicación delderecho laboral en favor de los migrantes, en particular las mujeres,en consonancia con el Enfoque Común de la CEDEAO sobreMigración y Desarrollo
234.El Gobierno de Gambia vela por que los trabajadores migratorios que se encuentran legalmente en su territorio gocen de las protecciones laborales previstas en el marco jurídico nacional. El artículo 177 de la Ley del Trabajo, de 2023, exige al Ministro, a los funcionarios de trabajo y al tribunal que promuevan la igualdad de oportunidades en el empleo y que garanticen la igualdad de oportunidades y de trato a los trabajadores migratorios y a sus familiares que se encuentren legalmente en Gambia. Ese mismo artículo prohíbe la discriminación directa o indirecta en la contratación, la formación, la promoción, las condiciones de empleo, la terminación de la relación de trabajo y otras cuestiones conexas, y exige igual remuneración por trabajo de igual valor.
235.Estas protecciones se garantizan mediante la actuación del Departamento de Trabajo, los funcionarios de trabajo y el Tribunal Laboral en el marco de la Ley del Trabajo. En la práctica, esto significa que los migrantes, incluidas las mujeres, pueden acudir a los mismos mecanismos de administración laboral y solución de controversias de que disponen los ciudadanos nacionales en lo relativo a los salarios, las condiciones de trabajo y las denuncias por discriminación.
236.A nivel regional, Gambia aplica el Protocolo de la CEDEAO sobre la Libre Circulación de las Personas y el Derecho de Residencia y Establecimiento, junto con el Enfoque Común de la CEDEAO sobre Migración y Desarrollo, de 2008, que promueve la libre circulación dentro de la zona de la CEDEAO, la gestión de la migración regular, el control de la migración irregular y la trata de personas y la protección de los derechos de los migrantes, los solicitantes de asilo y los refugiados. El marco de la CEDEAO también reconoce la igualdad en el empleo y la igualdad de trato en el ámbito de la legislación laboral y social para los ciudadanos de la Comunidad.
237.El Tribunal de la CEDEAO también ha proporcionado vías de acceso a la justicia en casos en los que había víctimas migrantes. En relación con el caso de los migrantes de África Occidental ejecutados en julio de 2005 en Gambia, Tribunal de Justicia de la CEDEAO dictaminó en 2020 que el Estado era responsable de violaciones de los derechos de las víctimas y ordenó que se indemnizara a las familias. Las conclusiones del Tribunal se tuvieron en cuenta posteriormente en la labor de la Comisión de la Verdad, la Reconciliación y la Reparación, y el Gobierno reconoció a las víctimas en el marco del programa nacional de reparaciones.
Respuestas a los párrafos 37 y 38
Cooperación bilateral y regional en materia de migración segura,retorno, reintegración y datos sobre migración
238.Durante los cinco últimos años, el Gobierno de Gambia ha seguido reforzando la cooperación bilateral y multilateral con los países de destino y de tránsito y con los asociados regionales para promover la migración segura y regular, mejorar los procesos de retorno y reintegración y fortalecer la gobernanza de la migración.
239.En relación con los países de destino, el Gobierno ha promovido la cooperación en materia de movilidad laboral con España y el Reino de la Arabia Saudita. La cooperación más amplia con los asociados europeos también se ha extendido a los ámbitos del retorno, la readmisión y la protección de los migrantes. En concreto, el acuerdo no vinculante sobre buenas prácticas en materia de identificación y retorno concertado entre la Unión Europea y Gambia entró en vigor el 16 de noviembre de 2018. Se completó con las conclusiones operativas acordadas en mayo de 2019 sobre las modalidades de las operaciones de retorno. Tras un período de suspensión, el acuerdo volvió a entrar en vigor de 2022; el primer Grupo de Trabajo Conjunto creado en el marco del acuerdo se reunió el 12 de octubre de 2022 y el segundo se reunió el 20 de marzo de 2023.
240.El Gobierno también colabora en un plano operacional con España en relación con la gestión de la migración. Durante la visita del Presidente del Gobierno español a Gambia en agosto de 2024, ambos países firmaron una declaración conjunta para fortalecer la cooperación bilateral en materia de migración.
Respuesta al párrafo 39
Medidas para prevenir y combatir la trata de personas y eltráfico ilícito de migrantes
241.El Gobierno de Gambia ha adoptado un conjunto de medidas legales, institucionales y de política destinadas a prevenir y combatir la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, prestando especial atención a las mujeres y los niños que pueden estar expuestos a un mayor riesgo de explotación.
a)Marco jurídico y de política
242.El principal instrumento jurídico relativo a la trata de personas es la Ley contra la Trata de Personas, de 2007, que tipifica como delito todas las formas de trata de personas, incluida la trata con fines de explotación sexual y trabajo forzoso. En la Ley se establecen severas sanciones penales que van desde penas de prisión de hasta 50 años hasta la cadena perpetua, además de multas de entre 50.000 y 500.000 dalasis, en función de las circunstancias del delito. Estas sanciones se consideran suficientemente estrictas y comparables a las impuestas por otros delitos graves en virtud del derecho penal nacional.
243.Los tribunales de Gambia han aplicado estas disposiciones en los procesos judiciales por trata de personas. Por ejemplo, el 27 de febrero de 2023, el Tribunal Superior de Kanifing declaró a Jerome (Jarome) Jatta culpable de trata de personas y lo condenó a 15 años de prisión y a una multa de 100.000 dalasis, cuyo impago acarrearía 40 meses adicionales de prisión.
244.Más recientemente, los tribunales gambianos han seguido enjuiciando delitos de trata de personas, incluidos casos de trata con fines de explotación sexual en los que los autores condenados recibieron penas de prisión de aproximadamente 15 años.
245.Además de las penas de prisión y las multas, la Ley contra la Trata de Personas también permite a los tribunales ordenar el pago de indemnizaciones o reparaciones a las víctimas de trata, como parte de las medidas destinadas a apoyar su recuperación y reintegración.
246.La aplicación de este marco jurídico está coordinada por el Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas, que se encarga de coordinar las actividades nacionales de lucha contra la trata, prestar apoyo a las víctimas y promover la sensibilización de la población.
247.El Organismo está aplicando el Plan de Acción Nacional de Lucha contra la Trata de Personas 2021-2025, que incluye campañas de prevención, programas de divulgación a la comunidad, iniciativas de capacitación y mecanismos de coordinación institucional destinados a combatir la trata de personas.
b)Prevención y sensibilización pública
248.El Gobierno ha puesto en marcha numerosas actividades de sensibilización para prevenir la trata de personas y la migración irregular. El Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas organiza campañas de sensibilización en comunidades, colegios, centros de enseñanza superior y espacios públicos. En este contexto, cabe destacar las siguientes iniciativas:
a)Programas de radio semanales;
b)Sesiones de sensibilización de la comunidad;
c)Material de comunicación impreso, como folletos, catálogos y pegatinas;
d)Vallas publicitarias y pantallas de información pública; y
e)Campañas de sensibilización en el Aeropuerto Internacional de Banjul y en las zonas de desarrollo turístico.
249.Estas actividades tienen por objeto informar a la ciudadanía sobre los riesgos asociados a la trata de personas y la migración irregular, así como combatir la información engañosa relacionada con la migración.
c)Investigación, enjuiciamiento y apoyo a las víctimas
250.El Organismo colabora estrechamente con la Policía de Gambia, el Departamento de Inmigración de Gambia y el Ministerio de Justicia en la investigación de casos de trata de personas y en el enjuiciamiento de los autores.
251.Cuando las investigaciones revelan indicios de trata de personas, los casos se remiten al Ministerio de Justicia para su enjuiciamiento. Hasta la fecha de presentación de este informe, se han dictado tres sentencias condenatorias por trata de personas en virtud de la Ley contra la Trata de Personas. Los autores han sido condenados a penas de 15 años de prisión y al pago de multas. Además, dos víctimas han recibido reparación por medio de actuaciones judiciales.
252.Las víctimas de trata reciben asistencia a través de un mecanismo nacional de derivación coordinado por el Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas en colaboración con varias instituciones gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil. El mecanismo proporciona acceso coordinado a alojamiento, servicios médicos, apoyo psicosocial, asistencia letrada y servicios de reintegración.
253.El centro de acogida de Bakoteh, gestionado por el Departamento de Bienestar Social, ofrece alojamiento y atención a las víctimas de trata y a los migrantes en situación de vulnerabilidad.
d)Fomento de la capacidad y capacitación
254.El Gobierno ha puesto en marcha programas de fomento de la capacidad dirigidos a una amplia gama de interesados, a saber:
a)Los agentes del orden;
b)Los funcionarios de inmigración;
c)Los fiscales y los jueces;
d)Los inspectores de trabajo;
e)Las organizaciones de la sociedad civil; y
f)Los profesionales de los medios de comunicación.
255.El Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas y el Departamento de Inmigración de Gambia han impartido programas de capacitación, entre los que cabe destacar las actividades del proyecto Comunidad de Práctica Gambia, mediante las que se ha apoyado la capacitación de los funcionarios de fronteras y de las instituciones pertinentes, como el Ministerio de Salud.
e)Recursos asignados a la lucha contra la trata de personas
256.En 2024, el Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas destinó 3.132.053 dalasis a la ejecución de actividades de lucha contra la trata de personas en el marco del Plan de Acción Nacional. Esta asignación no incluye los recursos adicionales destinados por otras instituciones, entre ellas el Departamento de Bienestar Social, a los servicios de protección de las víctimas.
f)Reunión de datos y seguimiento
257.El Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas mantiene una base de datos nacional sobre la trata de personas, creada con el apoyo de la OIM, en la que se reúnen datos desglosados sobre los casos de trata, incluida información sobre el sexo, la edad, la nacionalidad y el país de origen de la víctima y el tipo de explotación. En el anexo adicional que se presentará al Comité se incluirán datos estadísticos detallados.
g)Medidas para combatir el tráfico ilícito de migrantes
258.Aunque Gambia carece actualmente de un instrumento jurídico específico que tipifique como delito el tráfico de migrantes, el Gobierno ha adoptado medidas para subsanar esta carencia. Se está elaborando un proyecto de ley sobre el tráfico ilícito de migrantes en el marco de un conjunto de reformas más amplias de la legislación en materia de migración, destinadas a fortalecer el marco jurídico para combatir las redes organizadas de tráfico ilícito. A la espera de que se apruebe esa legislación, el Departamento de Inmigración de Gambia sigue investigando las presuntas actividades de tráfico ilícito de migrantes, especialmente en las zonas costeras, y puede enjuiciar a los autores en virtud de las infracciones de inmigración, como la entrada irregular sin documentación válida.
h)Cooperación internacional y regional
259.El Gobierno ha reforzado la cooperación internacional para combatir la trata de personas. El Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas firmó en 2022 un memorando de entendimiento con el Organismo Nacional de Nigeria para la Prohibición de la Trata de Personas, mediante el cual se creó un grupo de trabajo técnico conjunto destinado a fortalecer la cooperación en la prevención de la trata, la protección de las víctimas y las investigaciones. También se están manteniendo conversaciones para establecer un acuerdo de cooperación similar con Sierra Leona. Mediante estas medidas jurídicas, institucionales y de cooperación, Gambia sigue fortaleciendo su capacidad para prevenir la trata de personas, desmantelar las redes de tráfico ilícito de migrantes y proporcionar protección y asistencia a las víctimas.
Respuesta al párrafo 40
Medidas para facilitar la regularización de los trabajadores migratoriosen situación irregular y reforzar la protección de los ciudadanosnacionales en el extranjero
260.El Gobierno de Gambia reconoce la importancia de ofrecer a los trabajadores migratorios y a sus familiares que se encuentren en situación irregular la posibilidad de regularizar su situación, de conformidad con la legislación nacional en materia de inmigración y los marcos regionales sobre migración.
261.Como se indicó anteriormente, los extranjeros que residen en Gambia deben obtener un permiso de residencia expedido por el Departamento de Inmigración de Gambia, que sirve como prueba de residencia legal para los no nacionales que viven y trabajan en el país. Los migrantes que cumplan los requisitos de admisibilidad pueden solicitar una autorización de residencia mediante los procedimientos administrativos establecidos y, así, regularizar su situación migratoria.
262.Los nacionales de los Estados miembros de la CEDEAO están amparados por el marco regional de movilidad establecido en virtud del Protocolo de la CEDEAO sobre la Libre Circulación de las Personas y el Derecho de Residencia y Establecimiento, de 1979. Con arreglo a este marco, los ciudadanos de los Estados miembros de la CEDEAO pueden entrar en Gambia sin necesidad de visado y, posteriormente, solicitar un permiso de residencia y de trabajo de conformidad con los procedimientos administrativos nacionales. Este sistema regional constituye un importante mecanismo que permite a los migrantes de la región de la CEDEAO regularizar su situación.
263.El Gobierno también ha adoptado medidas para fortalecer la protección y la asistencia que se presta a los ciudadanos gambianos en el extranjero. Las misiones diplomáticas y las oficinas consulares prestan asistencia a los ciudadanos gambianos que afrontan dificultades en los países de destino, incluidos los que se encuentran en situación irregular. Los servicios consulares pueden incluir la expedición de documentos de viaje, la coordinación con las autoridades del país de acogida y la facilitación de los trámites de retorno voluntario cuando sea necesario.
264.Además, el Gobierno colabora con asociados internacionales para apoyar el retorno voluntario y la reintegración sostenible de los migrantes gambianos. Mediante los programas de reintegración puestos en marcha en colaboración con la OIM y los asociados para el desarrollo se ofrece a los migrantes que regresan apoyo psicosocial, formación profesional y ayuda para la subsistencia, con el fin de facilitar su reintegración en la vida económica y social de Gambia.
265.Estas medidas se complementan con marcos nacionales de gobernanza de la migración, entre los que figuran la Política Nacional de Migración 2020-2030 y la Estrategia y el Plan de Acción de Migración Laboral 2022-2026, cuyo objetivo es promover vías de migración segura y regular y reforzar los mecanismos de protección para los ciudadanos gambianos en el extranjero.
266.El Gobierno de Gambia continúa observando las tendencias emergentes en materia de migración y emprendiendo reformas destinadas a fortalecer la gobernanza de la migración y la protección de los trabajadores migratorios y de sus familiares. Los esfuerzos más recientes se han centrado en mejorar los sistemas de datos sobre migración, reforzar la gobernanza de la migración laboral, ampliar las vías de migración regular mediante la cooperación bilateral y mejorar el apoyo para el retorno y la reintegración de los migrantes que regresan. El Gobierno también ha iniciado reformas destinadas a modernizar el marco jurídico e institucional que rige la migración. Entre ellas figuran los esfuerzos en curso para revisar y actualizar la legislación en materia de inmigración y fortalecer la coordinación entre las instituciones competentes. Estos esfuerzos ponen de manifiesto la determinación del Gobierno de garantizar que los marcos de gobernanza de la migración continúen respondiendo a la evolución de las dinámicas migratorias y se ajusten a las normas internacionales de derechos humanos.
Respuesta al párrafo 41
Marco jurídico, institucional y de política para la protección delos trabajadores migratorios y sus familiares
a)Proyectos de ley o leyes y reglamentos
267.La protección jurídica de los trabajadores migratorios y de sus familiares en Gambia se sustenta en la Constitución de 1997, que garantiza los derechos y libertades fundamentales a todas las personas que se encuentran en el territorio del Estado, incluida la protección contra la discriminación, el trabajo forzoso y los tratos inhumanos.
268.Entre los principales actos legislativos relativos a la protección de los migrantes cabe destacar los siguientes:
a)La Ley del Trabajo, de 2023: establece las normas laborales, la igualdad en el empleo, las inspecciones de trabajo y los mecanismos de solución de controversias que rigen para todos los trabajadores, incluidos los trabajadores migratorios que se encuentren legalmente en el país;
b)La Ley de Inmigración (cap. 16:02 de las Leyes de Gambia, 2009): regula la entrada, la residencia y la expulsión de los extranjeros;
c)La Ley contra la Trata de Personas (cap. 13:04 de las Leyes de Gambia): tipifica como delito la trata de personas y establece mecanismos para la protección y la rehabilitación de las víctimas; y
d)La Ley de la Infancia (cap. 45:01 de las Leyes de Gambia): ofrece protección a los niños, incluidos los niños migrantes y víctimas de la trata.
269.Entre las reformas legislativas adicionales que se están elaborando figuran un proyecto de ley de inmigración y un proyecto de ley sobre el tráfico ilícito de migrantes, destinados a reforzar el marco jurídico que regula la gestión de la migración y a combatir el tráfico ilícito de migrantes.
b)Instituciones y mandatos institucionales
270.La gobernanza de la migración en Gambia se articula a través de un conjunto de instituciones gubernamentales.
271.Cabe destacar las siguientes instituciones clave:
a)El Ministerio de Relaciones Exteriores, Cooperación Internacional y Gambianos en el Extranjero: se encarga de las relaciones con la diáspora, los servicios consulares y la protección de los ciudadanos gambianos en el extranjero;
b)El Ministerio del Interior: se encarga de la gestión de la migración y de la gobernanza de fronteras;
c)El Departamento de Inmigración de Gambia: se encarga del control de la inmigración, la gestión de fronteras y la expedición de permisos de residencia;
d)El Ministerio de Comercio, Industria, Integración Regional y Empleo: se encarga de la gobernanza de la migración laboral, la política de empleo y la regulación de las prácticas de contratación;
e)El Departamento de Trabajo: se encarga de las inspecciones laborales y del cumplimiento de la normativa laboral;
f)el Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas: coordina las iniciativas nacionales para prevenir la trata de personas y prestar apoyo a las víctimas;
g)La Comisión Nacional de Derechos Humanos: vigila e investiga las violaciones de los derechos humanos, incluidas las que afectan a los trabajadores migratorios; y
h)El Organismo Nacional de Asistencia Jurídica: presta asistencia letrada a personas vulnerables, incluidos los migrantes.
272.La coordinación de la gobernanza de la migración se articula a través del Mecanismo Nacional de Coordinación sobre Migración.
c)Políticas, programas y planes de acción
273.La gobernanza de la migración se guía por varios marcos normativos nacionales, a saber:
a)La Política Nacional de Migración 2020-2030, que establece el marco general para la gobernanza de la migración;
b)La Estrategia y el Plan de Acción de Migración Laboral 2022-2026, que promueven una migración laboral segura y regulada;
c)El Plan de Acción Nacional de Lucha contra la Trata de Personas 2021-2025, que prevé medidas de prevención, protección y enjuiciamiento en relación con la trata de personas; y
d)La Política Nacional de Empleo y el Plan de Acción 2022-2026, que promueven la creación de empleo y las oportunidades económicas.
274.Existen varios programas de apoyo para los migrantes y los retornados que se ejecutan junto con asociados internacionales, como la Iniciativa Conjunta UE‑OIM para la Protección y la Reintegración de los Migrantes, mediante la que se presta apoyo para la reintegración a los retornados.
d)Ratificaciones recientes
275.Al ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares el 28 de septiembre de 2018, Gambia ratificó también, ese mismo día, varios instrumentos internacionales de derechos humanos relacionados, entre ellos la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, y la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. Además, Gambia ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados el 27 de septiembre de 2019. A nivel regional, Gambia firmó el Protocolo del Tratado por el que se Establece la Comunidad Económica Africana relativo a la Libre Circulación de las Personas, el Derecho de Residencia y el Derecho de Establecimiento el 21 de marzo de 2018.
276.Gambia sigue participando activamente en los marcos internacionales y regionales de derechos humanos relacionados con la protección de los migrantes. El Estado es parte en la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares, así como en marcos regionales como el Protocolo de la CEDEAO sobre la Libre Circulación de las Personas y el Derecho de Residencia y Establecimiento.
Respuesta al párrafo 42
Información estadística y cualitativa desglosada sobre lastendencias migratorias (2019-2024)
a)Movimientos migratorios
277.Gambia sigue siendo un país de origen, tránsito y destino para los migrantes de la región de África Occidental. Los movimientos migratorios están condicionados en gran medida por la movilidad regional que permite el régimen de libre circulación de la CEDEAO.
b)Trabajadores migratorios privados de libertad
278.Según los datos facilitados por el Servicio de Prisiones de Gambia, entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2024 se contabilizaron 82 migrantes condenados y 363 migrantes en prisión preventiva. Estas personas procedían de diversas regiones, entre ellas las de África, Asia y Europa. En el anexo se incluyen datos detallados desglosados por nacionalidad, edad y sexo.
279.La información sobre los ciudadanos gambianos recluidos en el extranjero sigue siendo escasa, ya que muchos migrantes viajan de forma irregular y las detenciones no siempre se comunican a las misiones diplomáticas de Gambia. El Gobierno sigue colaborando con los países de acogida y las organizaciones internacionales para mejorar los mecanismos de intercambio de información y de notificación consular.
c)Trabajadores migratorios expulsados
280.No se reúnen de forma centralizada estadísticas exhaustivas sobre las expulsiones de trabajadores migratorios. Las decisiones de expulsión se ejecutan de conformidad con la Ley de Inmigración y las garantías procesales aplicables. Se está trabajando para reforzar los sistemas de gestión de datos sobre migración.
d)Niños migrantes no acompañados
281.Los datos sobre los casos de niños migrantes no acompañados detectados en los procedimientos migratorios se reúnen a través del Departamento de Bienestar Social y de los mecanismos de protección de la infancia. Los niños que se encuentran en situaciones migratorias vulnerables son remitidos a los servicios sociales para que se les brinden protección y asistencia.
e)Remesas
282.Las remesas constituyen una de las principales fuentes de divisas para Gambia y contribuyen de forma sustancial a los ingresos de los hogares, la reducción de la pobreza y la estabilidad económica del país. Según datos del Banco Central de Gambia, las entradas de remesas alcanzaron 775,6 millones de dólares de los Estados Unidos en 2024 y aumentaron hasta aproximadamente 872 millones de dólares en 2025, lo que representa más del 30 % del producto interno bruto nacional.
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Año |
Entradas de remesas ( en dólares de los EE. UU. ) |
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2020 |
589 millones |
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2021 |
773 millones |
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2022 |
775 millones |
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2023 |
737 millones |
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2024 |
775,6 millones |
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2025 |
872 millones |
f)Casos de trata de personas
283.Entre 2020 y 2024, el Organismo Nacional de Lucha contra la Trata de Personas contabilizó 137 casos de trata de personas, en los que las víctimas procedían de los siguientes países:
a)Benin;
b)Gambia;
c)Guinea;
d)India;
e)Liberia;
f)República Federal de Nigeria; y
g)Sierra Leona.
284.En el anexo se incluyen datos estadísticos desglosados y detallados.
Respuesta al párrafo 43
1.Novedades adicionales y medidas prioritarias en la aplicación de la Convención
285.Desde que ratificó la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares en 2018, el Gobierno de Gambia ha emprendido diversas reformas destinadas a reforzar las garantías nacionales de derechos humanos y a mejorar los marcos de gobernanza relacionados con los migrantes y otros grupos vulnerables. Entre los avances más destacados figuran los relativos a la aplicación de la justicia transicional, el fortalecimiento institucional, la reforma legislativa, la gobernanza de la migración y las respuestas a los nuevos desafíos socioeconómicos.
a)Justicia transicional y rendición de cuentas
286.Un importante avance en el plano nacional ha sido la aplicación, aún en curso, de las recomendaciones de la Comisión de la Verdad, la Reconciliación y la Reparación, que concluyó sus audiencias públicas en 2021. El Gobierno publicó un Libro Blanco en mayo de 2022 en el que aceptaba casi todas las recomendaciones de la Comisión y, posteriormente, aprobó el Plan de Ejecución 2023-2027 como guía para la aplicación de las recomendaciones. Para facilitar los procesos de justicia y rendición de cuentas, se han promulgado dos leyes: la Ley de la Fiscalía Especial y la Ley del Mecanismo Especial de Rendición de Cuentas, ambas de 2024. Asimismo, se ha establecido una sala penal especial en el Tribunal Superior para juzgar las graves violaciones de los derechos humanos detectadas por la Comisión. Además, mediante la Ley de Reparación a las Víctimas, de 2023, se estableció un marco jurídico para la concesión de una indemnización y la prestación de apoyo a las víctimas de violaciones de los derechos humanos cometidas en el pasado, y se dispuso la creación, en 2025, de la Comisión de Reparación a las Víctimas, encargada de supervisar la administración de las reparaciones y los programas de apoyo conexos. Estos esfuerzos son especialmente relevantes para tratar las violaciones históricas que afectaron a migrantes, incluido el caso de los migrantes de África Occidental ejecutados 2005.
287.Como iniciativa conexa orientada a fortalecer la gobernanza y la rendición de cuentas, en 2023 se promulgó la Ley de la Comisión de Lucha contra la Corrupción, en la que se disponía el establecimiento, en 2025, de la Comisión como institución independiente con el mandato de prevenir, investigar y combatir la corrupción en los sectores público y privado. El establecimiento de la Comisión forma parte de un conjunto de reformas institucionales más amplias destinadas a fortalecer la transparencia, la rendición de cuentas y el estado de derecho.
b)Fortalecimiento de las instituciones de derechos humanos
288.También se ha reforzado la vigilancia institucional para la protección de los derechos humanos. La Comisión Nacional de Derechos Humanos, creada en 2017 y en funcionamiento desde 2019, sigue desempeñando una función esencial al asumir la vigilancia del respeto de los derechos humanos, la investigación de denuncias y la promoción de la sensibilización sobre las normas de derechos humanos. La Comisión ha sido acreditada con la categoría A de la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, lo que confirma su cumplimiento de los Principios de París. Desde 2022, la Comisión también goza de autonomía financiera en virtud de la Ley de Presupuestos del Estado. La Comisión, cuya sede se encuentra en el Consejo Municipal de Kanifing, ha ampliado sus operaciones mediante oficinas regionales en North Bank y Upper River, lo que ha mejorado el acceso a los mecanismos de protección de los derechos humanos en todo el país.
c)Reformas legislativas que refuerzan la protección de los derechos humanos
289.En los últimos años, se han emprendido varias reformas legislativas que han reforzado el marco jurídico nacional para la protección de los derechos humanos. Cabe destacar las siguientes:
a)La Ley de Acceso a la Información, de 2021, que promueve la transparencia y el acceso público a la información;
b)La Ley de las Personas con Discapacidad, de 2021, que refuerza la protección de las personas con discapacidad;
c)La Ley de Prevención y Prohibición de la Tortura, de 2023, que tipifica como delito la tortura y refuerza las garantías contra los malos tratos;
d)La Ley del Trabajo, de 2023, que moderniza las protecciones laborales y las normas de empleo;
e)La Ley de Asistencia Judicial Recíproca en Materia Penal, de 2023, que fortalece la cooperación internacional en materia de justicia penal; y
f)La Ley Nacional de Protección Social, de 2024, que establece un marco jurídico integral para los programas de protección social.
290.Estas novedades legislativas contribuyen a reforzar las medidas de protección de los trabajadores migratorios y sus familiares dentro del marco general de los derechos humanos.
d)Empleo de los jóvenes y factores impulsores de la migración
291.El Gobierno reconoce que persisten desafíos socioeconómicos estructurales que siguen influyendo en la dinámica migratoria del país. En un país con una población predominantemente joven, el desempleo juvenil y las oportunidades económicas limitadas siguen siendo retos fundamentales que impulsan la migración irregular. En respuesta, el Gobierno ha ampliado las iniciativas de empleo juvenil y desarrollo de aptitudes, en particular los programas de formación profesional, los planes de apoyo para el emprendimiento y los programas de empleo juvenil destinados a mejorar las oportunidades económicas para los jóvenes.
e)Gobernanza digital y protección de datos
292.En el marco de unas reformas más amplias en materia de gobernanza, el Gobierno también ha adoptado medidas para hacer frente a los nuevos retos que plantean los derechos digitales. Se están tramitando iniciativas legislativas como el proyecto de ley de delitos cibernéticos, de 2023, y el proyecto de ley de protección de datos y privacidad, de 2024, con el fin de establecer un marco nacional de ciberseguridad, protección de datos personales y gobernanza digital responsable en un entorno cada vez más digital.
f)Cambio climático y desafíos ambientales
293.Los desafíos ambientales y climáticos también se plantean ya como cuestiones que pueden influir en los patrones migratorios. Gambia sigue siendo vulnerable a los efectos del cambio climático, en particular la erosión costera, las inundaciones y los patrones irregulares de precipitaciones que afectan a los medios de subsistencia y a la productividad agrícola en varias regiones del país. En este contexto, cabe destacar estrategias nacionales como la Estrategia de Desarrollo a Largo Plazo Inocuo para el Clima, de 2022, y la revisión en curso de la Política Nacional sobre el Cambio Climático, que tienen por objeto reforzar la resiliencia ambiental y el desarrollo sostenible.
294.Aunque se han logrado avances importantes en el fortalecimiento de los marcos jurídicos, las instituciones y las políticas relacionadas con la protección de los derechos humanos, el Gobierno de Gambia reconoce que es necesario seguir trabajando para implementar plenamente las reformas, hacer frente a los nuevos desafíos y reforzar las capacidades institucionales.
2.Desafíos generales para la aplicación de la Convención
295.Aunque se han logrado importantes avances en el fortalecimiento de la gobernanza de la migración y la protección de los trabajadores migratorios y sus familiares, el Gobierno de Gambia reconoce que siguen existiendo varios desafíos que dificultan la plena aplicación de la Convención.
296.En primer lugar, la escasez de recursos financieros, técnicos y humanos continúa siendo un obstáculo para varias instituciones encargadas de la gobernanza de la migración. Las instituciones y organismos encargados de la inspección laboral, la gestión de fronteras, la protección de las víctimas y la prestación de asistencia a los migrantes siguen afrontando limitaciones de capacidad que les impiden aplicar plenamente las políticas y los programas en todo el país.
297.En segundo lugar, la reunión de datos exhaustivos y desglosados sobre la migración sigue planteando dificultades. Aunque se han logrado mejoras gracias al uso de sistemas de datos sobre migración y a la colaboración entre instituciones nacionales, siguen siendo necesarios esfuerzos adicionales para fortalecer la reunión y el análisis de datos que respalden la formulación de políticas con base empírica.
298.En tercer lugar, la migración irregular continúa planteando complejos retos socioeconómicos y humanitarios. Factores como las escasas oportunidades laborales, especialmente para los jóvenes, siguen influyendo en las decisiones migratorias. Las rutas de migración irregular exponen a los migrantes a riesgos graves, entre ellos la explotación por redes de tráfico ilícito de migrantes, la trata de personas, la violencia y travesías peligrosas en las que pueden sufrir lesiones o perder la vida.
299.En cuarto lugar, el carácter transfronterizo de la migración exige una cooperación regional e internacional constante. Aunque Gambia participa activamente en marcos regionales como la CEDEAO y mantiene relaciones de cooperación bilateral con los países de destino, se requiere una colaboración continua para atender cuestiones como la movilidad laboral, la protección de los trabajadores migratorios en el extranjero y la prevención del tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas.
300.Pese a estos desafíos, el Gobierno sigue decidido a fortalecer la gestión de la migración, mejorar los mecanismos de protección y promover una migración segura, ordenada y regular, de conformidad con las obligaciones que le incumben en virtud de la Convención.
VI.Conclusión
301.El Gobierno de Gambia mantiene su determinación de cumplir las obligaciones que le incumben en virtud de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares. Mediante reformas legislativas, iniciativas de política y una coordinación institucional fortalecida, el Gobierno continúa adoptando medidas para reforzar la protección de los trabajadores migratorios y de sus familiares tanto en su territorio como en el extranjero.
302.En el marco del proceso de reforma nacional más amplio, la protección de los trabajadores migratorios y el fomento de una migración segura, ordenada y regular siguen siendo prioridades fundamentales. El Gobierno seguirá colaborando con las instituciones nacionales, las organizaciones de la sociedad civil y los asociados internacionales para reforzar la gobernanza de la migración, responder a los desafíos señalados en este informe y garantizar la aplicación efectiva de la Convención.