* Aprobada por el grupo de trabajo anterior al período de sesiones el 25 de febrero de 2025.

Lista de cuestiones y preguntas relativas al noveno informe periódico de Kenya*

Marco legislativo y definición de discriminación

Con referencia al párrafo 11 de las observaciones finales anteriores de la Comisión (CEDAW/C/KEN/CO/8) y a los párrafos 9 a 12 del noveno informe periódico de Kenya (CEDAW/C/KEN/9), y de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Convención, sírvanse indicar qué medidas, incluidas las financieras, administrativas, judiciales y de otro tipo, se han adoptado para aplicar y evaluar eficazmente la legislación y las políticas nacionales orientadas a eliminar la discriminación directa e indirecta y promover la igualdad de género, y para evaluar los efectos de ese marco jurídico; y las medidas adoptadas para subsanar las disparidades de género existentes en todas las esferas sociales, económicas, culturales, civiles y políticas. Sírvanse indicar también las medidas adoptadas para fortalecer la capacidad del Departamento de Estado de Género y Acción Afirmativa, incluido el nombramiento de un Secretario de Gabinete para supervisar la aplicación efectiva de los marcos jurídicos y de políticas y programas mencionados y coordinar las políticas multisectoriales. Sírvanse facilitar información sobre los esfuerzos realizados con regularidad para crear capacidad y aumentar la concienciación entre los funcionarios judiciales, fiscales, personal encargado de hacer cumplir la ley, profesionales del derecho, líderes tradicionales y religiosos y organizaciones de la sociedad civil del Estado parte con respecto a la aplicación de la Convención, los instrumentos regionales sobre los derechos de las mujeres y las niñas ratificados por el Estado parte y la legislación nacional pertinente. Sírvanse además facilitar información sobre los esfuerzos realizados para dar visibilidad a la Convención, incluidas las campañas de sensibilización entre el público en general, en particular las mujeres y las niñas, sobre la prohibición de la discriminación contra las mujeres, y sobre el número de casos en que se invocaron las disposiciones de la Convención ante los tribunales nacionales o en que estos las aplicaron.

Acceso a la justicia

Sírvanse facilitar información sobre las medidas concretas adoptadas para aplicar el artículo 48 de la Constitución, la recomendación general núm. 33 (2015) del Comité sobre el acceso de las mujeres a la justicia y otros marcos jurídicos y de políticas nacionales sobre el acceso a la justicia, incluida la asistencia letrada y las reparaciones para las mujeres y las niñas, en particular las mujeres y las niñas con discapacidad, las víctimas y supervivientes de violencia sexual relacionada con los conflictos y de violencia en el contexto de protestas, las mujeres de edad, las mujeres y las niñas que viven en la pobreza, refugiadas, migrantes, desplazadas internas y solicitantes de asilo. Sírvanse facilitar información actualizada sobre las medidas adoptadas para codificar el derecho de familia musulmán de manera compatible con el artículo 27 de la Constitución y los artículos 1, 2 y 16 de la Convención, en particular procurando la participación a los líderes tradicionales y religiosos en el proceso. Sírvanse describir las medidas adoptadas para educar a las mujeres y las niñas, especialmente las mujeres y niñas de las zonas rurales, y a las mujeres que se enfrentan a formas interseccionales de discriminación, como las mujeres y niñas refugiadas, migrantes, desplazadas internas y solicitantes de asilo, sobre sus derechos humanos y la forma de reivindicarlos. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para abolir la pena de muerte, en particular desde que Kenya votó, durante la sesión plenaria de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 17 de diciembre de 2024, a favor de una moratoria sobre el uso de la pena de muerte.

Las mujeres y la paz y la seguridad

En relación con el párrafo 83 del informe, sírvanse facilitar información actualizada sobre la aplicación y evaluación del segundo plan de acción nacional para la promoción de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad, relativa a las mujeres y la paz y la seguridad, que abarcó el período 2020-2024. Sírvanse también facilitar información sobre las medidas adoptadas para aprobar el tercer plan de acción nacional sobre las mujeres y la paz y la seguridad en consonancia con la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad y otras resoluciones posteriores y la recomendación general núm. 40 (2024) del Comité, relativa a la representación igualitaria e inclusiva de las mujeres en los sistemas de toma de decisiones, y para garantizar que el plan esté dotado de recursos suficientes, tenga un enfoque paritario e incluya metas de paridad para la representación igualitaria e inclusiva de las mujeres y las niñas en la aplicación de las medidas de paz y seguridad.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

En relación con los párrafos 18 y 24 del informe, sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para mejorar la aplicación de la política nacional de género y desarrollo (2019) y el plan de acción nacional para aplicar las observaciones finales del Comité (2020-2022), e indicar los resultados concretos de la estrategia para alcanzar el Objetivo de Desarrollo Sostenible 5 sobre la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas (2020-2025). En relación con el párrafo 25, sírvanse facilitar información detallada sobre las medidas adoptadas para reforzar los sistemas de presupuestación y supervisión con perspectiva de género, en particular sobre la eficacia del Sistema de Control de la Información sobre la Gestión Presupuestaria en el seguimiento y la asignación de fondos públicos para la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer. Sírvanse describir las medidas adoptadas para hacer frente a la escasa asignación presupuestaria para programas relacionados con el género y al efecto de las medidas de austeridad en la asignación presupuestaria para la labor de igualdad de género. Además, sírvanse indicar los mecanismos existentes para asegurar que se sistematice la asignación de recursos humanos, técnicos y financieros adecuados para promover la labor relativa a los derechos de las mujeres y las niñas y para asegurar la incorporación efectiva de la perspectiva de género en todos los ministerios clave, y sírvanse describir los esfuerzos realizados para crear capacidad en todos los departamentos gubernamentales en materia de planificación y presupuestación con perspectiva de género.

Institución nacional de derechos humanos

En relación con el párrafo 28 del informe, sírvanse facilitar información sobre el proceso de selección y nombramiento de los miembros de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Kenya. Sírvanse describir las medidas adoptadas para incluir en la ley que regula el funcionamiento de la Comisión un mandato explícito de promover la ratificación de los instrumentos internacionales de derechos humanos o la adhesión a ellos y la aplicación efectiva de los tratados en los que Kenya es parte. Sírvanse también facilitar información sobre las medidas adoptadas para fortalecer la Comisión a fin de que pueda desempeñar su mandato de manera eficaz e independiente en pleno cumplimiento de los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París).

La sociedad civil y las defensoras de los derechos humanos

En relación con el párrafo 86 del informe, sírvanse facilitar información sobre las medidas, incluidas las medidas legislativas, adoptadas para proteger a las defensoras de los derechos humanos, en particular las mujeres indígenas y las activistas del clima, de las represalias, violencia, intimidación, amenazas, hostigamiento, agresiones y detenciones arbitrarias o ilegales. Sírvanse también facilitar información al respecto del número de investigaciones sobre los autores y de los recursos jurídicos proporcionados a las víctimas. Sírvanse facilitar información actualizada sobre la situación del fondo fiduciario de protección de las víctimas y el proyecto de carta de los derechos de las víctimas.

Medidas especiales de carácter temporal

En relación con el párrafo 17 de las anteriores observaciones finales del Comité, sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para aplicar la norma constitucional de los dos tercios en materia de género, que exige que al menos el 33 % de los puestos en los órganos electivos o por designación estén ocupados por mujeres; según se establece en la Constitución; y sobre las modificaciones legislativas propuestas, como el proyecto de ley (modificación) sobre las elecciones (2024), el proyecto de ley (modificación) sobre los partidos políticos (2024), el proyecto de ley (modificación) sobre la Constitución de Kenya (2023) y el proyecto de ley (modificación) sobre la representación de los grupos de interés especial (2019). Sírvanse también facilitar información sobre las campañas de sensibilización dirigidas a los funcionarios gubernamentales, los encargados de formular políticas, los empleadores y los medios de comunicación sobre el valor, la importancia y el carácter no discriminatorio de las medidas especiales de carácter temporal para acelerar la realización de la igualdad sustantiva de las mujeres y los hombres en todos los ámbitos que abarca la Convención.

Estereotipos y prácticas nocivas

Sírvanse facilitar información detallada sobre las medidas adoptadas para eliminar los estereotipos de género y las prácticas nocivas contra las mujeres y las niñas, en particular teniendo en cuenta que, a pesar de que la edad mínima legal para contraer matrimonio es de 18 años, el matrimonio infantil sigue existiendo en el Estado parte. Sírvanse indicar los desafíos encontrados en la aplicación de las disposiciones pertinentes de la Ley de Infancia (2022), la Ley de Prohibición de la Mutilación Genital Femenina (2011) y la Ley del Matrimonio (2014). Sírvanse indicar las medidas concretas adoptadas para implicar a los líderes tradicionales, religiosos y políticos masculinos en la puesta en marcha del plan de acción nacional para poner fin a la mutilación genital femenina (2022). Además, sírvanse facilitar información sobre la práctica de la violación de niñas (conocida como “beading”), los abortos forzados en condiciones de riesgo y otras prácticas nocivas como el precio de las novias y los ritos de viudedad. Sírvanse facilitar información detallada sobre las medidas adoptadas para hacer frente a los estereotipos de género, incluidas todas las formas de cosificación de la mujer en los medios de comunicación tradicionales y en los medios sociales, en el espacio digital y en los anuncios publicitarios, en particular campañas de sensibilización, promoción y educación puestas en marcha en colaboración con organizaciones de la sociedad civil, dirigentes religiosos y tradicionales, educadores y otros agentes, sobre los efectos de esas medidas, sobre los recursos que se les han asignado y sobre cualquier seguimiento de los resultados. Por último, sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para incorporar la igualdad de género en los planes de estudios, en particular las medidas dirigidas a capacitar a los maestros y evaluar los efectos de las actividades de creación de capacidad sobre los derechos de la mujer y la igualdad de género.

Violencia de género contra las mujeres y las niñas

Sírvanse facilitar datos desglosados por edad, sexo y condición de discapacidad sobre el número de mujeres y niñas muertas en casos de feminicidio en el Estado parte. Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente al aumento de los casos de feminicidio, en particular en condados de alta incidencia como Nairobi, Kiambu y Nakuru. Sírvanse también facilitar información sobre las medidas adoptadas para aplicar el proyecto de ley (modificación) sobre el servicio de médicos forenses (2023), en particular en lo que respecta a la investigación y documentación de los feminicidios; y facilitar datos sobre las tasas de enjuiciamiento y condena, así como sobre las sentencias dictadas en casos de feminicidio, e información sobre el número de órdenes de protección dictadas en los últimos cuatro años, las sanciones impuestas en caso de incumplimiento de esas órdenes y los mecanismos de vigilancia existentes. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para reforzar la aplicación de la Ley de Protección contra la Violencia Doméstica y facilitar información sobre los progresos realizados en la aprobación del proyecto de ley (modificación) sobre los delitos sexuales (2023).

Sírvanse facilitar información sobre el acceso a los servicios de apoyo y los recursos presupuestarios asignados a ellos, en particular refugios seguros y accesibles, acompañamiento psicosocial y asistencia letrada para las mujeres y niñas las víctimas de la violencia de género, incluidas las mujeres rurales e indígenas, las mujeres de edad, las mujeres que viven en la pobreza y las mujeres refugiadas, migrantes y solicitantes de asilo, así como para sus hijos. Sírvanse describir las medidas adoptadas para hacer frente a las nuevas formas de violencia de género contra las mujeres y las niñas, en particular la violencia facilitada por la tecnología, como el hostigamiento en línea, el ciberacecho y el intercambio no consentido de imágenes íntimas. Además, sírvanse facilitar información sobre el grupo de trabajo técnico sobre violencia de género y las medidas adoptadas para desarrollar un marco jurídico sobre el feminicidio. Sírvanse facilitar información sobre los esfuerzos realizados para establecer mecanismos especializados, como tribunales de violencia de género y ventanillas en las comisarías policiales, para reforzar las vías de remisión de casos de violencia de género y asegurar el enjuiciamiento, la condena y el castigo de los autores de actos de violencia de género; y para aumentar la recopilación de datos sobre la prevalencia de las diferentes formas de la violencia de género desglosados por sexo, edad, el tipo de violencia y la relación entre la víctima y el agresor.

Trata y explotación de la prostitución

Recordando la recomendación general núm. 38 (2020) del Comité, relativa a la trata de mujeres y niñas en el contexto de la migración mundial, sírvanse indicar los datos más recientes sobre medidas concretas adoptadas para investigar, enjuiciar y castigar adecuadamente a los autores de trata de mujeres y niñas: e indicar también los recursos asignados a los servicios de apoyo a las víctimas a través del fondo de bienestar de los migrantes y el fondo de asistencia a las víctimas, así como las medidas adoptadas para garantizar el acceso a la asistencia letrada y el acceso gratuito e inmediato a permisos de residencia temporal, atención médica, acompañamiento psicosocial y postraumático y a servicios de rehabilitación y reintegración, independientemente de la capacidad o la voluntad de las víctimas de cooperar con las autoridades judiciales. Sírvanse facilitar información sobre los recursos asignados a la aplicación de los marcos jurídicos y de políticas sobre la trata de personas; la situación del proyecto de ley (enmienda) del Código Penal (2023), destinado a despenalizar la prostitución mediante la supresión de los artículos 153, 154 y 155 del Código; los esfuerzos realizados para desarrollar la capacidad de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, el poder judicial, los trabajadores sociales y los profesionales del derecho sobre las dimensiones de género de la trata de personas; y las medidas adoptadas para reforzar la coordinación entre los ministerios pertinentes, la asignación de recursos y las medidas anticorrupción orientadas a garantizar el enjuiciamiento eficaz de los responsables. Además, sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para reforzar la recopilación de datos sobre las mujeres y los niños, incluidos las mujeres y niñas refugiadas, migrantes, las desplazadas internas y solicitantes de asilo, víctimas de la trata, en particular con respecto a la prostitución y el trabajo forzoso; y reforzar eficazmente las medidas de detección y protección de las víctimas, incluidas las medidas adoptadas para establecer un mecanismo formal de derivación.

Participación en la vida política y pública

De conformidad con la recomendación general núm. 40 (2024) del Comité, relativa a la representación igualitaria e inclusiva de las mujeres en los sistemas de toma de decisiones, sírvanse facilitar más información sobre las medidas adoptadas para promover el liderazgo de las mujeres y las niñas, proporcionar financiación para las campañas y hacer frente a los obstáculos prácticos y estructurales que dificultan la participación de las mujeres y las niñas en la vida política y pública, en particular mediante el fondo para la inclusión y la participación política de las mujeres y la asignación de mayores recursos presupuestarios a los programas de igualdad entre los géneros. Sírvanse indicar cualesquiera medidas especiales específicas de carácter temporal, como cuotas de paridad o nombramientos preferentes de mujeres, así como las sanciones en caso de incumplimiento, para acelerar la representación equitativa de las mujeres en el Parlamento y el Gabinete, el poder judicial, los puestos internacionales y diplomáticos, los puestos directivos de las empresas y otros sectores; y las medidas adoptadas para alcanzar la meta de 24 mujeres gobernadoras para 2027. Además, sírvanse indicar cualesquiera medidas especiales de carácter temporal destinadas a aumentar la representación de las mujeres y niñas con discapacidad y de las mujeres rurales en puestos electivos y por designación.

Nacionalidad

En relación con el párrafo 33 del informe, sírvanse facilitar información sobre la situación de las modificaciones introducidas en el proyecto de ley de refugiados (2019) y en la Ley de Ciudadanía e Inmigración (2012) para mejorar la protección internacional de las mujeres refugiadas, solicitantes de asilo y apátridas, en particular las que corren el riesgo de sufrir violencia de género. Además, sírvanse indicar las medidas adoptadas para adherirse a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas y a la Convención para Reducir los Casos de Apatridia. Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para mejorar el acceso de las mujeres y niñas de las zonas rurales y de las personas con discapacidad a los documentos del registro civil, incluidos los certificados de nacimiento y los documentos de identidad, y sobre cualesquiera programas de sensibilización y mecanismos de apoyo para facilitarles el acceso a esa documentación.

Educación

En relación con el párrafo 35 de las anteriores observaciones finales del Comité, sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para asegurar que las mujeres y las niñas tengan un acceso equitativo, inclusivo y asequible a todos los niveles y campos de la educación, en particular para alcanzar la paridad de género en los ámbitos de la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas; garantizar un entorno educativo seguro, libre de discriminación y violencia, incluidas la violencia sexual, la intimidación, la violencia en línea, y garantizar el transporte seguro hacia y desde las escuelas; y aumentar la educación sexual integral apropiada para la edad y el acceso a la anticoncepción. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para asegurar la financiación adecuada de préstamos y becas, con vistas a mantener el aumento de la matriculación de niñas y mujeres en la enseñanza superior, especialmente de las niñas que viven en la pobreza. Sírvanse facilitar información actualizada sobre la cobertura de las escuelas móviles para proporcionar educación a las niñas que viven en zonas áridas y semiáridas; y sobre las inversiones realizadas para mejorar las infraestructuras escolares, incluidas las instalaciones sanitarias adecuadas, crear un entorno de aprendizaje propicio para las niñas y mejorar el acceso a la educación inclusiva de las niñas con discapacidad. Sírvanse describir los efectos del programa de comidas escolares y del programa de toallas higiénicas en las tasas de matriculación, asistencia y permanencia en la escuela, especialmente en el caso de las niñas de las zonas rurales y de las que viven en comunidades subatendidas, teniendo en cuenta que, según el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, aproximadamente el 65 % de las mujeres y niñas de Kenya no pueden permitirse comprar productos higiénicos.

Empleo

Sírvanse facilitar información detallada sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la discriminación laboral persistente, teniendo en cuenta que las mujeres siguen estando considerablemente infrarrepresentadas en la economía formal y están concentradas en los empleos informales peor remunerados. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para hacer cumplir el principio de igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor, teniendo presente la persistente brecha salarial entre hombres y mujeres en todos los sectores. Sírvanse también facilitar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente al acoso sexual en el lugar de trabajo, así como a los prejuicios de género que afectan a las prácticas de contratación, los ascensos y la dinámica del lugar de trabajo, incluidas las campañas de sensibilización o los programas de creación de capacidad relevantes. Además, sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas al respecto de la conciliación de las responsabilidades laborales y familiares, incluida la provisión de servicios de guardería de alta calidad y asequibles y de modalidades de trabajo flexibles. Sírvanse facilitar información sobre la naturaleza de género de las industrias extractivas, las medidas específicas adoptadas para asegurar el pleno acceso de las mujeres con discapacidad al mercado laboral formal, la situación de las mujeres y las niñas que trabajan en el sector informal, y cualquier intervención dirigida a alcanzar la paridad de género en los puestos de liderazgo del sector privado, así como a alcanzar la paridad de género en los sectores innovadores, dentro de la fuerza de trabajo y en los puestos de liderazgo, en particular en los puestos relacionados con la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas.

Salud

En relación con el párrafo 39 de las anteriores observaciones finales del Comité, sírvanse facilitar información detallada sobre las medidas adoptadas para mejorar el acceso de las mujeres y las niñas a los servicios de salud sexual y reproductiva. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para aumentar la financiación del sector de la salud a fin de alcanzar la meta del 12 % recomendada en el Plan Estratégico del Sector de la Salud de Kenya (2023-2027) y el objetivo del 15 % de la Declaración de Abuya sobre el VIH/Sida, la Tuberculosis y Otras Enfermedades Infecciosas Conexas, teniendo en cuenta especialmente la escasez prevista de 114.000 trabajadores sanitarios para 2030; y describir los mecanismos establecidos para realizar auditorías exhaustivas de la asignación de fondos en función del género a fin de subsanar las deficiencias nacionales en materia de presupuestación con perspectiva de género. Sírvanse facilitar información sobre los efectos de la Ley de Salud Digital (2023) en la mejora del acceso de las mujeres a la atención sanitaria y de la Ley del Seguro Social de Salud (2023), en particular en lo que respecta a la transición del Fondo Nacional del Seguro de Salud al Fondo del Seguro Social de Salud. Además, sírvanse describir las medidas específicas adoptadas para asegurar que el Fondo del Seguro Social de Salud sea asequible y accesible para las mujeres y niñas de hogares con bajos ingresos y con alfabetización limitada.

Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a las elevadas tasas de mortalidad materna y neonatal, estimadas en 355 muertes por cada 100.000 nacidos vivos y 21 muertes por cada 1.000 nacidos vivos, respectivamente. Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para combatir las enfermedades no transmisibles y las infecciones de transmisión sexual entre las mujeres y las niñas y la violencia obstétrica, incluidas las medidas para prevenir los malos tratos verbales y físicos, los procedimientos médicos no consentidos y las violaciones de la confidencialidad durante el embarazo, el parto y la atención postnatal. Además, sírvanse describir los esfuerzos realizados por el Estado parte para revisar y armonizar la Política Nacional de Salud Reproductiva (2022-2032) con la Constitución, en particular en lo que respecta a las restricciones de la edad de consentimiento y el acceso a la información y a los servicios de salud reproductiva para todas las mujeres y adolescentes, especialmente las que no están casadas. En vista de los informes que señalan que el aborto inseguro es también una de las causas de las altas tasas de mortalidad materna, sírvanse facilitar información sobre las medidas legislativas, administrativas, presupuestarias, programáticas y de otra índole que se estén aplicando para garantizar el acceso a servicios de aborto legal y seguro y de atención posterior al aborto en todo el país y para despenalizar el aborto, como mínimo, en los casos de violación, incesto, amenazas a la vida o la salud de la mujer embarazada y malformación fetal grave. Sírvanse asimismo indicar las medidas que se están adoptando para prohibir por completo y tipificar como delito la esterilización sin consentimiento previo, pleno, libre e informado, en particular en relación con las mujeres y niñas con discapacidad.

Empoderamiento económico de las mujeres

Sírvanse facilitar información detallada sobre las medidas adoptadas para promover el empoderamiento económico de las mujeres, en particular en el marco de la Política Nacional de Cuidados y la Política Nacional de Empoderamiento Económico de las Mujeres. Sírvanse describir las iniciativas para mejorar el acceso de las mujeres emprendedoras a los mercados, los préstamos a bajo interés y sin aval, los servicios financieros, la tecnología y las oportunidades de desarrollo empresarial, incluido el Fondo de Mujeres Empresarias y el programa de Acceso a las Oportunidades de Adquisición del Gobierno, en igualdad de condiciones con los hombres. Sírvanse facilitar información sobre la contratación pública con perspectiva de género y los efectos de los flujos financieros ilícitos y las medidas de austeridad sobre la igualdad de género y el empoderamiento económico de las mujeres y las niñas; e indicar medidas adoptadas para garantizar el acceso de las mujeres a los mercados de la cadena de valor, la iniciativa empresarial, el apoyo técnico para facilitar las actividades económicas alternativas, las tecnologías y los sectores económicos nuevos e innovadores.

Mujeres rurales, cambio climático y reducción del riesgo de desastres

Sírvanse indicar los progresos realizados y los recursos asignados para asegurar el acceso a servicios esenciales como una vivienda adecuada, instalaciones de agua, higiene y saneamiento, educación, atención sanitaria e infraestructuras. Sírvanse también especificar las medidas adoptadas para hacer frente a los elevados índices de pobreza entre las mujeres y las niñas de las zonas rurales y las mujeres de edad avanzada. Además, sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para poner en marcha una estrategia de desarrollo rural centrada en el empoderamiento de las mujeres rurales y el desarrollo de las comunidades rurales. En relación con el párrafo 43 de las anteriores observaciones finales del Comité, sírvanse describir las medidas adoptadas para asegurar la participación activa y la representación equitativa de las mujeres y las niñas, especialmente las mujeres y las niñas rurales e indígenas y las mujeres de las zonas áridas y semiáridas, en los sistemas y procesos de adopción de decisiones relacionados con el cambio climático y la reducción del riesgo de desastres ambientales, el desarrollo rural, la economía azul, el sector agrícola y forestal, la gestión de los recursos naturales y de la tierra y la gestión del agua, el saneamiento y la higiene. Sírvanse facilitar información actualizada sobre cómo se está aplicando la Estrategia de Agricultura Climáticamente Inteligente de Kenya (2017-2026) para aumentar la resiliencia de las mujeres en los sistemas agrícolas al tiempo que se minimizan las emisiones, y las prestaciones específicas disponibles para las agricultoras.

Sírvanse indicar si el reglamento de tierras comunitarias (modificación) de 2023 aborda las necesidades y desafíos específicos a los que se enfrentan las mujeres indígenas y rurales. Sírvanse describir las iniciativas, incluidas las campañas de sensibilización, para garantizar que las mujeres y las niñas indígenas y rurales tengan igualdad de acceso a la tierra e igualdad de oportunidades para utilizar, controlar y beneficiarse de los recursos y habilidades productivas y para estar representadas en las comisiones de administración de tierras comunitarias. Sírvanse describir las medidas adoptadas para mejorar el acceso de las mujeres y las niñas de las zonas rurales a los servicios de salud sexual y reproductiva; a la educación integral sobre la salud sexual y reproductiva; a las competencias, herramientas y recursos de capacitación económica, como las prácticas agrícolas sostenibles; y a los servicios financieros.

Mujeres y niñas que sufren formas interseccionales de discriminación

Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la discriminación que sufren las mujeres y las niñas con discapacidad, en particular en relación con la educación, el empleo, la tecnología y la salud. Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para garantizar el cumplimiento del requisito mínimo obligatorio del 5 % de empleo de personas con discapacidad y las sanciones impuestas en caso de incumplimiento. Además, sírvanse describir los programas o iniciativas destinados a facilitar la integración laboral de las mujeres con discapacidad. Asimismo, sírvanse facilitar información sobre todas las medidas adoptadas para eliminar la discriminación contra las mujeres y niñas lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales.

Matrimonio y relaciones familiares

Sírvanse informar a la Comisión sobre las medidas adoptadas para garantizar que las mujeres y las niñas conozcan sus derechos tras la tipificación como delito del matrimonio infantil y forzado. Sírvanse describir cómo se han aplicado en los tribunales y en la práctica las modificaciones introducidas en 2022 en la Ley de régimen económico matrimonial y la Ley de sucesiones, que reconocen las contribuciones no monetarias y garantizan la igualdad de derechos de propiedad y de derechos de sucesión. Sírvanse también facilitar información sobre las iniciativas de sensibilización y creación de capacidad para jueces y otros agentes judiciales con respecto a la aplicación de las leyes relativas al matrimonio y las relaciones familiares que tengan en cuenta las cuestiones de género. Sírvanse facilitar información actualizada sobre los avances en materia de igualdad de género y eliminación de la discriminación en relación con el matrimonio y las relaciones familiares, incluidos el matrimonio consuetudinario, el divorcio, la custodia de los hijos y la herencia.

Recopilación y análisis de datos

En relación con el párrafo 35 del informe y el párrafo 15 c) de las observaciones finales anteriores del Comité, sírvanse describir las medidas concretas adoptadas para subsanar la falta de datos exhaustivos y actualizados desglosados por sexo, edad y condición de discapacidad en todos los sectores, especialmente en lo que respecta al trabajo de cuidados no remunerado y la violencia de género, incluido el feminicidio. Sírvanse indicar los esfuerzos realizados para mejorar la recopilación de datos interseccionales sobre género y discapacidad, edad y otros factores. Además, sírvanse facilitar información sobre las asociaciones establecidas o aprovechadas con los asociados para el desarrollo, como la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU‑Mujeres), para acceder a marcos globales y conocimientos técnicos en la recopilación y el análisis de datos de género. Sírvanse también facilitar información sobre la colaboración con donantes para obtener financiación para la recopilación de datos y describir las alianzas con instituciones académicas para la investigación centrada en el género.