Distr.GENERAL

CAT/C/35/L/FRA30 de junio de 2005

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ CONTRA LA TORTURA34º período de sesionesGinebra, 2 a 20 de mayo de 2005

LISTA DE CUESTIONES QUE DEBEN ABORDARSE AL EXAMINAR EL TERCER INFORME PERIÓDICO DE FRANCIA (CAT/C/34/Add.19)

Artículo 2

1.Sírvanse especificar si la legislación francesa en vigor autoriza la prisión incomunicada, las circunstancias en que puede autorizarse y su duración máxima.

2.Sírvanse comunicar al Comité si la legislación que prohíbe la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes contiene disposiciones específicas relativas a violaciones de la Convención de carácter sexista, incluida la violencia sexual. Sírvanse también describir las medidas efectivas que se hayan adoptado para vigilar la incidencia de tales actos y para impedir que se produzcan, y proporcionar datos, desglosados por sexo, edad y origen étnico de la víctimas, e información sobre la investigación, enjuiciamiento y castigo de sus autores.

Artículo 3

3.Sírvanse proporcionar explicaciones sobre las medidas adoptadas en aplicación de la recomendación hecha por el Comité en sus últimas observaciones finales (A/53/44, párr. 145), según la cual el Estado Parte debe estar más atento a las disposiciones del artículo 3 de la Convención que se aplica indistintamente a la expulsión, la devolución y la extradición.

GE.05-42646 (S) 130705 140705

4.Sírvanse aclarar las disposiciones de la Ley de 30 de junio de 2000, relativa al procedimiento sobre medidas cautelares ante la jurisdicción contencioso‑administrativa, según la cual una denegación de entrada en el territorio que entrañe una medida de devolución puede ser objeto de un recurso de suspensión cautelar cuando haya "urgencia" y exista "un medio serio cuya naturaleza justifique la anulación de la decisión recurrida", o de un auto preventivo dictado por el juez en caso de "atentado grave y manifiestamente ilegal contra una libertad fundamental". Sírvanse proporcionar ejemplos.

5.Sírvanse explicar si en el caso de la ejecución de oficio de las órdenes de expulsión se procede a una investigación preliminar para evaluar los riesgos de que la persona expulsada pueda ser sometida a tortura en el país de destino, tanto más que es acompañada por los servicios de policía hasta la frontera de dicho país. Sírvanse indicar el número de ejecuciones de oficio desde enero de 2002.

6.Con respecto a las recomendaciones del Comité Europeo para la prevención de la tortura, formuladas a raíz de su visita del 17 al 21 de junio de 2002 al aeropuerto Roissy‑Charles de Gaulle, el Gobierno de Francia respondió que se elaboraría un nuevo código de conducta para el personal encargado de la ejecución de las medidas de expulsión del territorio, en el que se prohibirían, entre otras técnicas, las que pudieran obstruir las vías respiratorias, como las que provocan la asfixia postural y las consistentes en inmovilizar las extremidades con cinta adhesiva. Sírvanse indicar qué curso se ha dado a esta iniciativa.

7.Sírvanse proporcionar estadísticas sobre el número de denuncias recibidas concernientes a actos de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes, incluidos los que tuvieron como resultado un homicidio involuntario, cometidos durante las expulsiones del territorio desde enero de 2002. ¿Qué tipos de lesiones han sufrido los denunciantes? ¿Qué consecuencias han tenido esas denuncias en cuanto a enjuiciamientos, sanciones e indemnización a las víctimas? Sírvanse proporcionar ejemplos concretos.

8.Sírvanse proporcionar datos, desglosados por edad, sexo y nacionalidad, correspondientes a los años 2002, 2003 y 2004 sobre:

a)El número de solicitudes de asilo recibidas;

b)El número de solicitudes de asilo resueltas favorablemente;

c)El número de solicitantes cuya petición de asilo fue resuelta favorablemente por haber sido víctimas de actos de tortura y por correr peligro de ser sometidas a tortura en caso de ser devueltas al país de origen;

d)El número de deportaciones o expulsiones forzosas (sírvanse indicar cuántas de ellas conciernen a solicitantes de asilo cuya petición fue denegada); y

e)Los países a los que se expulsa a esas personas.

Artículo 4

9.Sírvanse describir las disposiciones que se han adoptado para incorporar a la legislación penal una definición de la tortura que se ajuste al artículo 1 de la Convención, como recomendó el Comité en sus anteriores observaciones finales (A/53/44, párr. 144).

10.Sírvanse especificar el número y la naturaleza de los casos en los que se han aplicado desde enero de 2002 las disposiciones de la legislación penal relativas a delitos como la tentativa de tortura. Sírvanse describir asimismo el resultado del examen de esos casos, las penas impuestas o las razones de un fallo absolutorio.

Artículo 10

11.En el párrafo 89 del informe se menciona una guía práctica de deontología publicada en 1999 que complementa el Código de Deontología destinado a las fuerzas del orden. Sírvanse indicar si en esta guía se hace referencia a la Convención y a la prohibición de la tortura.

12.Sírvanse explicar qué formación se imparte al personal encargado de la aplicación de la ley, a los médicos forenses y al personal médico encargado del reconocimiento de las personas detenidas o en prisión preventiva, de los solicitantes de asilo o de los refugiados para detectar las huellas físicas y psicológicas de la tortura.

Artículo 11

13.Sírvanse describir de manera detallada las condiciones de detención en celda de aislamiento de los establecimientos penitenciarios. ¿Cuál es la duración máxima durante la cual una persona puede permanecer en situación de aislamiento, en qué circunstancias, quién decide imponer esta sanción y qué recursos se pueden interponer para impugnarla?

14.En el párrafo 172 del informe se hace referencia a un proyecto de ley sobre el control de la inmigración y la estancia de los extranjeros en Francia en el que se prevé un aumento de la duración de la detención administrativa. ¿Se ha aprobado este proyecto de ley y, en caso afirmativo, cuál es la duración máxima autorizada de la detención?

Artículos 12 y 13

15.¿Cuántas denuncias de tortura han sido examinadas por la Comisión Nacional de Deontología de la Seguridad desde su creación el 6 de junio de 2000 y qué medidas se han adoptado al respecto?

16.Sírvanse exponer qué medidas se han adoptado para aplicar la recomendación formulada por el Comité durante el examen del segundo informe periódico de Francia según la cual, para respetar las disposiciones del artículo 12, el Estado Parte debería considerar la posibilidad de derogar el sistema vigente de aplicación del principio de la oportunidad en el ejercicio de la acción penal, a fin de que no quepa ninguna duda acerca de la obligación que incumbe a las autoridades competentes de iniciar de oficio y sistemáticamente investigaciones imparciales en todos los casos en que existan motivos razonables para creer que se ha cometido un acto de tortura en cualquier lugar del territorio sujeto a su jurisdicción.

17.Sírvanse indicar si se ha realizado una investigación para aclarar las circunstancias de la muerte de Ricardo Barrientos y de Mariame Geto Hagos, ambos muertos durante una operación de devolución forzada el año 2002. Sírvanse proporcionar información sobre las conclusiones de la investigación y las medidas adoptadas al respecto.

Artículo 14

18.Sírvanse aclarar si el derecho de indemnización está sujeto a la existencia de una sentencia por la que se otorgue la indemnización a la víctima del acto de tortura. ¿Es posible la indemnización si el torturador ha sido objeto de una sanción disciplinaria pero no de una sanción penal? Sírvanse indicar el número de casos en 2002, 2003 y 2004 en que el Estado indemnizó a víctimas de tortura por los actos cometidos por sus funcionarios, y proporcionen información detallada sobre el tipo de indemnización otorgado.

Otros asuntos

19.Sírvanse indicar si Francia tiene previsto ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y, en caso afirmativo, si ha establecido o designado un mecanismo nacional para realizar visitar periódicas a los lugares de detención con objeto de evitar la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

20.Sírvanse indicar si la legislación francesa comprende disposiciones sobre la prevención y la prohibición de la producción, el comercio, la exportación y la utilización de equipo destinado específicamente a infligir torturas u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes y, en caso afirmativo, proporcionar información sobre el contenido y aplicación de tales disposiciones. De lo contrario, sírvanse indicar si se está estudiando la posibilidad de adoptar disposiciones legislativas de esta índole.

21.Sírvanse comunicar al Comité el texto de la legislación antiterrorista en vigor, así como los decretos administrativos pertinentes. Sírvanse describir la formación que se imparte en esta esfera al personal encargado de la aplicación de la ley y los recursos de que disponen las personas que son objeto de medidas antiterroristas. Sírvanse asimismo facilitar información sobre el número de denuncias de inobservancia de las normas internacionales que hayan prosperado.

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