Abreviaturas
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AID |
Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional |
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DELP |
Documento de estrategia de lucha contra la pobreza |
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DIRAF |
Développement Information Recherche Action Femme et Famille |
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FAO |
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación |
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GTZ |
Sociedad Alemana para la Cooperación Técnica |
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MICS |
Encuesta agrupada de indicadores múltiples |
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ONG |
Organización no gubernamental; organizaciones no gubernamentales |
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PNLS |
Programa Nacional de Lucha contra el VIH/SIDA |
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PNPFC |
Programa Nacional para la Promoción de la Mujer Congoleña |
Prefacio
Al formular el informe de evaluación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, nos alienta la fe expresada por el Secretario General de las Naciones Unidas sobre la potencialidad de la mujer africana, así como el alegato que pronunció en favor de su promoción.
En efecto: el 3 de enero de 2003, con ocasión de la celebración del Año Nuevo, el Sr. Kofi Annan dirigió un mensaje titulado “Para salvar África, salvemos a la m u jer africana”, en el cual declaró lo siguiente:
“ La mujer, espina dorsal y víctima primera del continente olvidado, ma n tiene en pie las sociedades africanas. Su trabajo constituye el fundamento económico de las sociedades rurales. Sabemos desde hace decenios que el mejor camino para el desarrollo de África consiste en hacer que las muj e res dispongan allí de libertad, poder y conocimientos para adoptar las d e cisiones que afectan a su vida, la de su familia y la de sus comunidades respectivas.
Sucesivos estudios han demostrado que no existe ninguna estrategia eficaz de desarrollo en que la mujer no desempeñe una función central. Cuando la m u jer participa cabalmente, los beneficios son perceptibles de inmediato”. (1)
Lo que nos preocupa es la medida en que esta profesión de fe del Secretario General de las Naciones Unidas se traduce en los textos oficiales que organizan la vida de la nación, en los hechos y los gestos de los protagonistas y dirigentes en diversas esferas, así como en el comportamiento del ciudadano medio.
En síntesis, nos interesa determinar si la actitud de la sociedad congoleña respecto de la mujer ha tenido una evolución significativa que dé lugar a un comportamiento positivo respecto de ella.
Por otra parte, somos conscientes de que la mujer, primera beneficiaria de la Convención, debe asimilar este mensaje del Sr. Kofi Annan. Hemos examinado, pues, la doble función del mecanismo referente a la mujer: la de promoción ante entidades nacionales e internacionales, pero también, y ante todo, la de hacer que la mujer comprenda que debe librar un duro combate para sacudir los estereotipos sexistas, los prejuicios que desde hace lustros la discriminan siempre y la mantienen en situación de inferioridad.
La mujer, que constituye la mayoría de la comunidad nacional, no debe seguir quedando al margen de las decisiones.
Cabe señalar que la redacción de este informe fue precedida por una encuesta de alcance nacional que permitió compilar datos relacionados con la Convención en ciertas divisiones provinciales de la administración pública y organizaciones de la sociedad civil.
A continuación se creó un equipo de trabajo multidisciplinario formado por un estadístico, un sociólogo, un pedagogo y una secretaria, para el estudio de los formularios, el análisis de los datos y la investigación de la documentación.
Deseamos, pues, expresarles nuestra profunda gratitud por su contribución.
También agradecemos a los funcionarios del Proyecto de Apoyo del Programa Nacional para la Promoción de la Mujer.
Deseamos expresar también nuestra gratitud al PNUD, cuyo apoyo financiero ha permitido la realización de este informe. Vaya nuestro reconocimiento a todos y cada uno de ellos.
(Firmado) Faïda MwangilwaMinistra de la Condición de la Mujer y la Familia
Introducción
La República Democrática del Congo vive actualmente un período de transición que sigue a dos grandes guerras, desencadenadas sucesivamente en 1996 y 1998, que habían llevado al país a un dilatado período caracterizado por conflictos armados en que la mujer y el niño pagaron un pesado tributo.
Esos conflictos, además, acentuaron el deterioro de la estructura económica y social fomentado ya por las crisis sociales y políticas anteriores.
Esos conflictos habían llevado también al país a sufrir los males causados por varias administraciones, del Gobierno legal y de varias rebeliones.
Para salir de la crisis política, gracias al respaldo y el apoyo de la comunidad internacional, los hijos del país se reunieron en Sudáfrica, en un foro denominado “Diálogo Intercongoleño”, para llevar a cabo negociaciones políticas sobre el proceso de paz, la reunificación del territorio nacional y la gestión del período de transición.
Durante ese foro los participantes celebraron un acuerdo, calificado como “global y comprensivo”, que estableció los principios básicos que debían regir el período de transición, principios que constituyeron el entramado de la Constitución de Transición firmada el 4 de abril de 2003.
El mismo Acuerdo estableció la organización de un nuevo orden institucional; en particular, un gobierno de transición, un parlamento bicameral y las cinco instituciones ciudadanas siguientes destinadas a apoyar la democracia:
•La Comisión Electoral Independiente;
•La Alta Autoridad de los Medios de Difusión;
•La “Comisión de Verdad y Reconciliación”;
•El “Observatorio de Derechos Humanos”;
•La Comisión de Ética y Lucha contra la Corrupción.
En virtud del mismo acuerdo, el Gobierno quedó encargado de:
•Organizar mecanismos susceptibles de acelerar la reunificación del país para lograr por fin una paz duradera;
•Sanear el marco macroeconómico para que la República Democrática del Congo, clasificada entre los países más pobres del mundo (en el 167° lugar entre 175 países) (2) pueda sacar rápidamente de la pobreza a sus 60 millones de habitantes, que en casi un 80% sobreviven con menos de 80 centavos de dólar de los EE.UU. por día;
•Buscar solución a los problemas derivados de la guerra, en especial los siguientes:
–Los desplazamientos de poblaciones en masa;
–La destrucción de viviendas;
–La destrucción de infraestructuras sociales, sanitarias y económicas;
–La devastación de la fauna y la flora;
–Las violaciones y actos de violencia contra la mujer.
En lo que respecta a la mujer, en términos generales los textos que organizan el período de transición han tenido en cuenta las cuestiones referentes a la igualdad de género.
En efecto: el artículo 51 de la Constitución estipula lo siguiente: “ El Estado tiene el deber de velar por la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y asegurar el respeto y la promoción de sus derechos.
El Estado tendrá la obligación de adoptar, en todas las esferas y especialmente en materia económica, social y cultural, todas las medidas apropiadas para as e gurar la plena participación de la mujer en el desarrollo de la nación.
El Estado adoptará medidas para luchar contra todas las formas de violencia contra la mujer en la vida pública y en la vida privada.
La mujer tendrá derecho a una representación significativa en las instituciones n a cionales, provinciales y locales”.
Hay, sin embargo, una lucha que es preciso continuar: la de eliminar de los textos legislativos las disposiciones anteriores que todavía son discriminatorias, denunciadas ya en los informes anteriores.
El principal problema a este respecto consiste en el cambio de mentalidades que aún es preciso lograr en grado importante, tanto en los protagonistas de la política y la sociedad como en la mujer misma.
El presente informe contiene cuatro partes principales:
I. Políticas tendientes a poner fin a la discriminación entre el hombre y la mujer y fomentar la promoción de la mujer;
II. Examen de los textos jurídicos referentes a la Convención;
III. Examen de las medidas adoptadas en aplicación de la Convención, así como de los obstáculos que impiden su aplicación;
IV. Recomendaciones.
Título IPolíticas tendientes a poner fin a la discriminación entre el hombre y la mujer y fomentar la promoción de la mujer
1.El Acuerdo Global y Comprensivo
Desde que la República Democrática del Congo ratificó la Convención, por Decreto-Ley No. 85-040, de 6 de octubre de 1985, ha manifestado siempre su voluntad de ponerla en práctica a través de diversos textos constitucionales y legislativos adoptados.
Esa voluntad acaba de expresarse una vez más en los diferentes textos que se adoptaron como resultado del Diálogo Intercongoleño. Se trata, en particular, del Acuerdo Global y Comprensivo, la Constitución de Transición, así como el Decreto sobre la competencia de los ministerios, como pondrá de manifiesto el examen detallado de los textos legales referentes a la Convención.
En efecto: los participantes en el Diálogo Intercongoleño celebraron en Pretoria, capital de Sudáfrica, el 17 de diciembre de 2002, el Acuerdo Global y Comprensivo, que no sólo ha permitido poner fin a la guerra, sino que también ha establecido los principios básicos que deben regir el período de transición, principios que constituyen el entramado de la Constitución de Transición firmada el 4 de abril de 2003, que rige actualmente el país.
Corresponde señalar aquí que el primero de los principios del Acuerdo mencionado tiene en cuenta el problema de género al disponer que: “Para garantizar una transición pacífica, las instituciones organizadas durante la transición deberán asegurar una r e presentación adecuada de la mujer en todos los niveles de responsabil i dad”.
2.Constitución de Transición
La Constitución de Transición, firmada el 4 de abril de 2003, como las anteriores, procura la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
Ya en su preámbulo expresa la determinación de “garantizar las libertades y derechos fundamentales del ciudadano congoleño y defender los derechos y libertades fundamentales de la mujer y el niño”.
Esa determinación se expresa con elocuencia en el artículo 17, que estipula que todos los congoleños son iguales ante la ley y gozan de igual protección de las leyes.
Ningún congoleño puede ser objeto de medidas discriminatorias en materia de educación y acceso a las funciones públicas ni en ninguna materia, ya resulten de la ley o de actos del poder ejecutivo, en razón de su religión, sexo, origen familiar, condición social, residencia, opiniones o convicciones políticas, pertenencia a una raza, etnia o tribu o a una minoría cultural o lingüística.
Pero es el artículo 51 el que, indudablemente, señala una evolución significativa en el compromiso del Gobierno, pues declara en términos expresos la voluntad del país de respetar la Convención.
Ese artículo, en efecto, dispone lo siguiente:
“ El Estado tiene el deber de velar por la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y asegurar el respeto y la promoción de sus d e rechos.
El Estado tendrá la obligación de adoptar, en todas las esferas y especia l mente en materia económica, social y cultural, todas las medidas apropi a das para asegurar la plena participación de la mujer en el desarrollo de la n a ción.
El Estado adoptará medidas para luchar contra todas las formas de vi o lencia contra la mujer en la vida pública y en la vida privada.
La mujer tendrá derecho a una representación significativa en las instit u ciones n a cionales, provinciales y locales”.
Al tener en cuenta en forma tan explícita la cuestión de género, la Constitución de Transición, que constituye la expresión de las aspiraciones nacionales, confirma el compromiso del país en cuanto a seguir una política de igualdad y equidad de género, ya iniciada en la República Democrática del Congo.
Habría sido conveniente, sin embargo, que este principio de representación se aplicara ya en la composición de la delegación política reunida para el diálogo, y que se reservase un mínimo de 30% a la mujer.
Lamentablemente, entre los 318 participantes en esas reuniones, sólo 49 eran mujeres, es decir, un 15%. Las numerosas reivindicaciones presentadas por ellas no determinaron cambio alguno de la situación.
3.Decreto N° 03/027, de 16 de septiembre de 2003, sobre la competencia de los ministerios
El compromiso del país de ajustarse al espíritu de la Convención se ha concretado igualmente en la reestructuración del organismo encargado de la promoción de la mujer, que dejó de ser una secretaría general para convertirse en un ministerio autónomo dotado de competencias específicas y colocado en quinto lugar en el orden de precedencia del Gobierno.
En efecto: conforme al punto B. 5 del artículo 1 se estableció el Ministerio de la Condición de la Mujer, con las siguientes funciones:
• La protección y promoción de la condición de la mujer y la familia;
• El estudio y aplicación de todas las medidas tendientes a poner fin a la discriminación contra la mujer y lograr su igualdad de derechos con el hombre;
• La reestructuración del marco jurídico e institucional para asegurar la participación de la mujer en el desarrollo de la nación y su representación significat i va en las instituciones nacionales, provinciales y locales;
• La colaboración con los Ministerios de Derechos Humanos, de Enseñanza, de la Familia y de la Mujer y el Niño;
• La efectiva integración de la mujer en las diversas políticas y programas de la R e pública Democrática del Congo.
Corresponde señalar que en la etapa actual las estructuras del Ministerio no se encuentran instaladas en toda la extensión del país, sino que se limitan al nivel de los distritos. Por ello, las actividades del Ministerio sobre el terreno se llevan a cabo principalmente por las ONG de la sociedad civil y los servicios de otros ministerios.
A este respecto, el Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia ha establecido una estrecha colaboración con las asociaciones femeninas y las ONG que actúan en favor de la promoción de la mujer y se encuentran organizadas en 10 redes temáticas que persiguen los objetivos precisos que figuran en el Programa Nacional para la Promoción de la Mujer Congoleña. Esos objetivos son los siguientes:
1.Educación
•La alfabetización del 30% de las mujeres hasta el año 2005;
•La escolarización del 15% de las niñas en cada año;
•Lograr que cada año 137.500 mujeres congoleñas adquieran calificación suficiente en diversos oficios, tecnologías adecuadas y técnicas de gestión.
2.Condición jurídica de la mujer
•Lograr la revisión de las normas legales discriminatorias;
•Informar anualmente a un 30% de las mujeres acerca de los textos jurídicos en vigor;
•Lograr y apoyar la aplicación efectiva de las disposiciones legales en favor de la mujer que figuran en el Código Penal, el Código de la Familia y el Código del Trabajo.
3.Función dirigente de la mujer
•Lograr que la mujer acceda a un 30% de los puestos de decisión en todos los niveles;
•Facilitar a un 30% de las mujeres el acceso a los recursos nacionales;
•Mejorar los conocimientos de 25.000 mujeres en todas las esferas hasta el año 2005.
4.Acceso a los recursos económicos
•Reducir a un 30% el número de mujeres afectadas por la pobreza en un plazo de cinco años.
5.La mujer y la salud
•Reducir la tasa de mortalidad derivada de la maternidad de 1.289 a 500 mujeres por cada 100.000 nacidos con vida, en cinco años;
•Reducir en un 30% el índice de infección de mujeres por enfermedades de transmisión sexual y VIH/SIDA.
6.La mujer, la cultura y los medios de difusión
•Instar a los medios de difusión a que participen en la reducción de las disparidades entre el hombre y la mujer en la sociedad congoleña;
•Mejorar y valorizar la imagen de la mujer;
•Luchar contra las prácticas y costumbres degradantes respecto de la mujer;
•Promover los valores culturales.
7.La mujer y el medio ambiente
•Lograr el abastecimiento de agua potable para el 50% de la población rural y el 10% de la población urbana en cinco años;
•Lograr el saneamiento del entorno y un medio ambiente más saludable.
8.La mujer, la agricultura y la seguridad alimentaria
•Acrecentar en un 50% la producción agroalimentaria de las mujeres en cinco años;
•Lograr progresivamente la seguridad alimentaria.
9.La mujer y la paz
•Promover una cultura de paz facilitando la participación de la mujer en el proceso de solución de los conflictos y mantenimiento de la paz;
•Asegurar en todas las esferas la protección de la mujer víctima de los conflictos armados;
•Facilitar la participación de la mujer en el proceso de solución de los conflictos y mantenimiento de la paz.
10.Niñas y mujeres adolescentes
•Lograr la protección de sus derechos en todas las esferas en un 60% de los casos.
Debe señalarse que las 10 redes citadas corresponden, en realidad, a los subprogramas del Programa Nacional de Promoción de la Mujer Congoleña (PNPFC) organizado por el Gobierno en 1999 respondiendo a recomendaciones de la Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995).
Este Programa se elaboró por iniciativa del Ministerio de la Condición de la Mujer, con apoyo técnico y financiero del PNUD.
Su formulación se realizó sobre la base de los resultados de una amplia concertación nacional, mediante encuestas en las 11 provincias del país, así como las recomendaciones del Foro Nacional sobre los Derechos y la Función Dirigente de la Mujer, que tuvo lugar en Kinshasa en septiembre de 1996 con la participación de 200 representantes de todas las provincias del país.
El PNPFC tiene por objetivo, por lo tanto, promover la situación de la mujer mediante la eliminación de las discriminaciones jurídicas a su respecto y el adelanto hacia la paridad en el acceso a los recursos económicos y al poder.
En octubre de 2002 comenzaron las actividades de un proyecto de apoyo al PNPFC, con respaldo técnico y financiero del PNUD. Se lleva a cabo en las tres esferas siguientes:
•Fortalecimiento del mecanismo institucional (Ministerio de la Condición de la Mujer) con vistas a la aplicación del PNPFC;
•Ampliación de los conocimientos con que se cuenta sobre la situación de la mujer;
•Mejoramiento de la participación de la mujer en la aplicación de estrategias locales de lucha contra la pobreza.
En este marco, el proyecto ha logrado realizar:
Fortalecimiento del mecanismo institucional
•Reorganización del Consejo Nacional de la Mujer;
•Formación de cuadros para la Secretaría General del Ministerio de la Condición de la Mujer en materia de género y técnicas de promoción;
•Dotación de material informático;
•Sensibilización sobre el PNPFC a través de los medios de difusión;
•Apoyo técnico para la definición de la red de núcleos;
•Puesta en funcionamiento del Comité de Dirección del PNPFC;
•Organización de núcleos en todos los ministerios, las ONG de la sociedad civil y las empresas públicas y paraestatales.
Ampliación de los conocimientos con que se cuenta sobre la situación de la m u jer
•Creación de una base de datos sobre la situación de la mujer;
•Capacitación del personal de la Dirección de Estudios y Planificación en materia de informática y cálculo de indicadores, y programas informáticos adaptados.
Además, en diciembre de 2003 se puso en marcha otro proyecto con apoyo del FNUAP. Se refiere a la capacitación en materia de género, el perfeccionamiento tecnológico, la gestión del microcrédito y la organización de consultorios jurídicos.
Mejoramiento de la participación de la mujer en la aplicación de estrategias locales de lucha contra la pobreza
•Identificación de las ONG y asociaciones que actúan en materia de microcrédito;
•Sensibilización de las organizaciones campesinas respecto de los objetivos del PNPFC;
•Participación de las ONG en la conferencia sobre microcrédito organizada por la OIM;
•Se encuentra en desarrollo la capacitación en materia de gestión del microcrédito y técnicas de elaboración y ejecución.
El Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia ya ha organizado sus estructuras en los planos nacional y provincial.
•En el plano nacional:
–El Comité de Dirección, órgano encargado de establecer orientaciones y realizar el seguimiento de la ejecución técnica y financiera del PNPFC.
–El Consejo Nacional de la Mujer, órgano consultivo encargado de la promoción, la sensibilización y la movilización respecto de las cuestiones de género.
Debe señalarse que el Foro Nacional organizado del 1° al 6 de diciembre de 2003 permitió organizar redes temáticas de las organizaciones femeninas.
•En el plano provincial:
–Los Consejos Provinciales de la Mujer, encargados de la ejecución material del programa en las provincias. Las estructuras provinciales no están todavía en funcionamiento por falta de recursos financieros. Sin embargo, las redes temáticas provinciales de las organizaciones femeninas ya se encuentran instaladas.
En el desempeño de sus atribuciones, el Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia tropieza con el problema de la insuficiencia de los créditos que le están asignados en el presupuesto del Estado, que en general no exceden del 1% del presupuesto nacional.
Debe señalarse, sin embargo, que gracias a los esfuerzos del Ministerio la cantidad asignada en el presupuesto de 2004 pasó del 1% al 6%. Sigue siendo, desde luego, insuficiente en relación con el programa que debe realizarse.
En estas condiciones resulta difícil para el Ministerio cumplir los cometidos que le están confiados sin el apoyo de los organismos de las Naciones Unidas y la cooperación bilateral.
Así, los diversos instrumentos jurídicos nacionales e internacionales referentes a la situación de la mujer no están suficientemente divulgados. En particular: la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, el Código de la Familia, el Código del Trabajo y la Constitución, que en principio debían traducirse a los cuatro idiomas nacionales para facilitar su comprensión por la mayoría de las mujeres.
¿Qué corresponde señalar sobre la conformidad de las leyes con la Conve n ción?
• Debe señalarse un adelanto considerable en la incorporación de las cue s tiones de género en el texto de las nuevas leyes. El mensaje, por lo tanto, comienza a asim i larse.
• Debe proseguir la lucha para obtener la modificación de las antiguas leyes que no se ajustan al espíritu y la letra de la Convención.
• Además, el PNPFC es un instrumento invalorable para el Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia, ya que le permite realizar sus objet i vos: actuar para la promoción de la mujer y organizar la participación de los distintos protagonistas en las cuestiones de género.
• La organización de los 10 grupos temáticos en el plano nacional y provi n cial ofrece a la mujer la oportunidad de coordinar sus estrategias de lucha para su pr o moción.
Título IIExámenes de los textos jurídicos congoleños en relación con la Convención
1.El Código del Trabajo
La Ley N° 015/2002, de 16 de octubre de 2002, sobre el Código del Trabajo, responde a numerosas reclamaciones formuladas con vistas a fortalecer las medidas contra la discriminación de la mujer trabajadora, mediante la eliminación de desigualdades denunciadas en innumerables oportunidades.
En efecto: además de las normas favorables que figuran en el viejo Código, la nueva ley introduce innovaciones destinadas a asegurar la igualdad de oportunidades y de trato a los trabajadores sin distinción de sexo y favoreciendo de ese modo la promoción de los derechos de la mujer trabajadora.
Se trata de las siguientes normas:
•El artículo 1, que estipula que el Código se aplica a los trabajadores y empleadores sin distinción de sexo ni de estado civil.
•La supresión de la oposición expresa del marido a la contratación de una mujer casada.
En efecto: conforme al punto C del artículo 3 del antiguo Código del Trabajo, la mujer casada podía contratar un empleo salvo oposición expresa de su marido.
•El acoso sexual o moral (artículos 73 y 74) y la intimidación pasan a considerarse faltas graves del empleador o del trabajador y pueden dar lugar a la rescisión del contrato.
•El derecho a la vivienda: en el antiguo Código del Trabajo, la mujer trabajadora no tenía derecho a la vivienda. El artículo 138 del nuevo Código estipula que la trabajadora tiene derecho a la vivienda o la prestación económica correspondiente.
El estado civil ha dejado de constituir un obstáculo al goce de este derecho relacionado con el contrato.
•El artículo 62 del nuevo Código elimina expresamente de los motivos válidos de despido: el sexo, el estado matrimonial, las responsabilidades de familia, el embarazo y sus consecuencias, y las ausencias durante el período de licencia de maternidad.
2.El Código de la Familia
El Código de la Familia, promulgado el 1° de agosto de 1987, señala una evolución positiva de la situación de la mujer en relación con el antiguo Código Civil. Introduce mejoras en lo referente al consentimiento para el matrimonio, la sucesión y los derechos y deberes recíprocos en el matrimonio.
Sin embargo, también contiene disposiciones que están en contradicción con el espíritu de la Convención, como las que se señalan a continuación.
Libro II: De las personas
El párrafo 1 del artículo 59, referente a la asignación del nombre a los hijos, otorga precedencia al padre en caso de desacuerdo. Este artículo está en contradicción con las disposiciones de los apartados c) y d) del párrafo 1 del artículo 16 de la Convención6, que asigna los mismos derechos y responsabilidades a los progenitores en materias relacionadas con sus hijos.
El párrafo 1 del artículo 148, que se refiere a la entrega de la libreta de familia únicamente al marido al celebrarse o registrarse el matrimonio, está en contradicción con el apartado c) del párrafo 1 del artículo 167 de la Convención, que asigna a ambos cónyuges los mismos derechos y responsabilidades durante el matrimonio y con ocasión de su disolución.
El artículo 150 reconoce sólo al esposo la facultad de pedir la restitución de la libreta de familia en caso de su extravío. Este artículo está en contradicción con el apartado c) del párrafo 1 del artículo 168 de la Convención, que asigna los mismos derechos y responsabilidades a ambos cónyuges durante el matrimonio.
El artículo 165, que dispone que la mujer casada tiene su domicilio en la casa de su marido, está en contradicción con el párrafo 4 del artículo 159 y el apartado h) del párrafo 1 del artículo 1610 de la Convención.
El artículo 190, en su cuarto párrafo, que sólo menciona a la mujer y no al cónyuge supérstite en lo referente al mantenimiento provisorio de uno de los dos regímenes de comunidad de bienes en los casos de sentencia de declaración de ausencia, está en contradicción con el párrafo 2 del artículo 15 de la Convención11.
Los artículos 198 y 200, relativos a la ausencia del padre durante determinado tiempo y que no reconocen la patria potestad a la madre por sí sola, añadiéndole a uno de los miembros de la familia del padre, están en contradicción con lo dispuesto en el apartado d) del párrafo 1 del artículo 16 de la Convención12, que asigna los mismos derechos y responsabilidades a ambos cónyuges como progenitores de sus hijos.
El artículo 215, que limita la capacidad de la mujer casada, está en contradicción con el artículo 15 de la Convención.
El artículo 223, conforme al cual el tutor debe ser una persona capaz, excluye a la mujer casada, que está considerada una persona incapaz. Este artículo está en contradicción con el artículo 5 de la Convención17.
El artículo 264, que se refiere a la composición del consejo de tutela estipulando que debe incluir por lo menos a un miembro de sexo femenino entre los seis, está en contradicción con el espíritu del artículo 16 de la Convención.
El artículo 275, que habla del “padre jurídico”, puede contribuir a las presunciones y actitudes discriminatorias contra la mujer y plantea el peligro de contradicción con el apartado d) del párrafo 1 del artículo 16 de la Convención.
Los artículos 288, 289 y 292, relativos a la emancipación de la hija menor de 15 años en virtud del matrimonio, están en contradicción con el párrafo 2 del artículo 16 de la Convención.
El párrafo 2 del artículo 317 asigna prioridad al padre en caso de discrepancia entre el padre y la madre en lo referente a su autoridad conjunta sobre sus hijos.
Este artículo está en contradicción con el apartado d) del párrafo 1 del artículo 1621 de la Convención, que asigna los mismos derechos y responsabilidades como progenitores al padre y a la madre en materia relacionada con sus hijos.
El artículo 322, que se remite al artículo 198, en virtud del cual se adscribe a la mujer cuyo marido se encuentra ausente a un miembro de la familia de su marido para lo referente a la autoridad sobre sus hijos menores, está en contradicción con el apartado d) del párrafo 1 del artículo 16 de la Convención.
Libro III: De la familia
El artículo 352, referente a la capacidad para contraer matrimonio (15 años de edad para la mujer y 18 años para el varón), con una discriminación contra la mujer respecto del varón, está en contradicción con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 1623 de la Convención, que otorga el mismo derecho para contraer matrimonio al hombre y la mujer.
El artículo 355 se refiere al nuevo matrimonio después de vencido un plazo de 300 días contados desde la disolución o anulación del matrimonio anterior. Este plazo está fijado únicamente para la mujer.
Su justificación es el eventual embarazo. El artículo está en contradicción con las disposiciones del apartado a) del párrafo 1 del artículo 16 de la Convención24, que asigna el mismo derecho para contraer matrimonio al hombre y la mujer.
El artículo 407 del Código de la Familia, que trata de la celebración o registro del matrimonio de un hombre menor de 18 años o una mujer menor de 15 años, está en contradicción con el párrafo 2 del artículo 16 de la Convención28, conforme al cual no tienen efecto jurídico los esponsales ni el matrimonio de niños.
El artículo 412, que prohíbe la práctica consuetudinaria de la poliandria sin hacer referencia a la poligamia, está en contradicción con el apartado c) del artículo 2 de la Convención29.
Los artículos 420 a 422 del Código de la Familia, que se refieren a la edad núbil de la mujer a los 14 años, sobreentienden un matrimonio precoz de menos de 18 años.
Los artículos 444 y 445, que instituyen al marido como jefe del matrimonio, están en contradicción con el apartado c) del párrafo 1 del artículo 1631 de la Convención, que asigna los mismos derechos y responsabilidades a ambos cónyuges durante el matrimonio y con ocasión de su disolución.
El artículo 448, que somete a la mujer casada a una autorización marital para todos los actos jurídicos en que se obligue, está en contradicción con el párrafo 2 del artículo 15 de la Convención32.
El artículo 450, que somete a la mujer casada a una autorización marital para actuar en justicia en materia civil, adquirir o enajenar bienes u obligarse en cualquier forma, está en contradicción con el apartado h) del párrafo 1 del artículo 16 de la Convención33, que otorga a cada uno de los cónyuges los mismos derechos en materia de propiedad, compras, gestión, administración, goce y disposición de los bienes, tanto a título gratuito como oneroso.
Los artículos 454 y 455, que obligan a la esposa a seguir a su marido a cualquier lugar en que él estime conveniente residir o actuar en justicia, están en contradicción con el apartado d) del párrafo 1 del artículo 16 de la Convención34.
Los artículos 467 y 468, que se refieren al adulterio estableciendo una diferencia entre el adulterio de la mujer y el del hombre, están en contradicción con el apartado g) del artículo 235 y el párrafo 1 del artículo 15 de la Convención36, que obligan a los Estados a reconocer a la mujer la igualdad con el hombre ante la ley.
El párrafo 2 del artículo 490, que dispone que, cualquiera que sea el régimen matrimonial que rija a los cónyuges, la gestión del patrimonio ganancial y del propio se presume confiada al marido, está en contracción con lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 15 de la Convención37, en virtud del cual se considera nulo todo contrato o cualquier otro instrumento privado con efecto jurídico que tienda a limitar la capacidad jurídica de la mujer.
El párrafo 2 del artículo 497 y los artículos 515, 524 y 531 del Código de la Familia, que confían al marido la gestión y la administración de los bienes adquiridos por la mujer en el ejercicio de una profesión, están en contradicción con lo dispuesto en el apartado f) del párrafo 1 del artículo 16 de la Convención38, que asigna los mismos derechos y responsabilidades durante el matrimonio y con ocasión de su disolución a ambos cónyuges. Además, actualmente son las mujeres las que administran cada vez más el patrimonio familiar y lo hacen mejor que los hombres.
3.El Código Penal
El Código Penal no contiene, en principio, disposiciones discriminatorias, y las penas están fijadas de modo impersonal.
Por otra parte, establece y castiga infracciones que tienden a vulnerar la dignidad de la mujer, como en los siguientes casos:
•La incitación a la vida licenciosa (artículos 172, 173 y 174 del Libro II del Código Penal);
•La violación (artículos 170 y 171 del Libro II del Código Penal);
•El proxenetismo (artículos 174 bis del Libro II del Código Penal);
•El atentado contra el pudor (artículos 167 y 168 del Código Penal);
•El aborto (artículo 165 del Código Penal).
La lenidad que se observa en la aplicación de las penas por los tribunales no se refiere únicamente a las infracciones tendientes a la protección de la mujer; se trata de un mal que actualmente corroe todo el aparato judicial congoleño, y que estaría vinculado con las malas condiciones de trabajo.
Sin embargo, el caso del adulterio sigue siendo una distorsión que debe eliminarse. En efecto, el artículo 3 de las disposiciones complementarias del Código Penal establece lo siguiente: “La mujer convicta de adulterio será condenada a prisión por un período de un mes a un año y una multa de 100.000 nuevos zaires o a una de ambas penas solamente.
Será condenado a las mismas penas el marido convicto de adulterio, siempre que las circunstancias que hubieren concurrido en dicho adulterio le confieran el carácter de delito grave”.
Esta disposición del Código Penal viola tanto la Constitución, que protege de igual modo a los ciudadanos ante la ley, como el Código de la Familia, que obliga a los cónyuges a la fidelidad mutua, así como el artículo 15 de la Convención.
4.Estatuto del personal de carrera de los servicios públicos del Estado
La Ley N° 81-003 de 17 de julio de 1981, sobre el Estatuto del personal de carrera de los servicios públicos del Estado, establece sin discriminaciones basadas en el sexo las condiciones de contratación, remuneración, ascenso y demás beneficios sociales.
La única infracción se refiere al artículo 25 del Estatuto, que no reconoce la función social de la maternidad privando a la mujer de su derecho a licencia anual cuando ya ha gozado de licencia por maternidad durante el mismo año.
5.Ley sobre la Nacionalidad
La nacionalidad congoleña se rige actualmente por el Decreto-Ley N° 197 de 29 de enero de 1999, que modifica y complementa la Ley No. 81-002 de 29 de junio de 1981, que a su vez constituye el Libro I del Código de la Familia.
Corresponde señalar que se mantienen las innovaciones establecidas por el Libro I del Código de la Familia:
•La nueva ley confirma el principio de exclusividad y carácter único de la nacionalidad congoleña.
•En lo que respecta a la mujer, el artículo 5 de la nueva ley le reconoce, de igual modo que al hombre, la capacidad de transmitir la nacionalidad congoleña por filiación, por lo que está en conformidad con lo que prescriben los artículos 2 y 3 de la Convención.
•La excepción que corresponde señalar se refiere al artículo 30, que sólo dispone la pérdida de la nacionalidad congoleña por matrimonio con un extranjero en el caso de la mujer.
• Violación del artículo 9 de la Convención, que otorga al hombre y la mujer los mi s mos derechos para adquirir, cambiar o conservar su nacionalidad.
6.Ley Inmobiliaria
La Ley No. 73-021 de 20 de julio de 1973, sobre el régimen general de los bienes, los inmuebles y las garantías, con sus modificaciones y complementos establecidos hasta ahora, no contiene disposiciones discriminatorias.
El principio básico es que corresponde al Estado la propiedad exclusiva del suelo y el subsuelo.
Las personas, sin distinción de sexo, pueden gozar, dentro de los límites fijados por la ley, del derecho de concesión.
En la práctica, sin embargo, son pocas las mujeres que acceden a este derecho, ante todo por desconocimiento de los procedimientos necesarios y, además, por la insuficiencia de sus ingresos.
También debe señalarse la restricción legal que consagra la incapacidad jurídica de la mujer casada. En el caso que se examina, cuando una mujer casada pretende adquirir un derecho de concesión sobre una parcela de tierra, debe obtener previamente la autorización marital.
7.Ley de Partidos Políticos
La Ley N° 001/2001 de 17 de mayo de 2001, sobre la organización y funcionamiento de los partidos, está en conformidad con la Constitución y la Convención,
En efecto: conforme a esta Ley los partidos políticos, en su creación, organización y funcionamiento, deben velar por que no se establezcan discriminaciones basadas en la etnia, la religión, el sexo ni el idioma.
Más bien corresponde hacer hincapié en el grado de participación de la mujer en las luchas políticas. Lo que se observa en general es que, a pesar del advenimiento del multipartidismo, la mujer sigue manifestando resistencias a la adhesión o la fundación de partidos políticos.
En la actualidad, por ejemplo, sólo ocho mujeres son fundadoras de partidos políticos frente a 392 hombres, es decir, un 2%. Al parecer, la mujer congoleña tiende más a la fundación de organizaciones no gubernamentales y otras asociaciones que a los partidos políticos.
La gran tarea consiste en instar a la mujer a que adquiera conciencia de que para acceder a las funciones políticas le es preciso proponer un proyecto de sociedad y disponer de un espacio para ofrecer ese proyecto. El partido político resulta el espacio por excelencia con ese fin. Es verdad que, en el antiguo régimen, caracterizado por el unipartidismo, la nominación para funciones políticas era por lo general un acto de la autoridad; pero con la instauración del multipartidismo es preciso luchar por mantenerse en la arena política.
El clima resulta propicio para ello, ya que la mentalidad de la población ha tenido una evolución positiva. La mujer que desea dedicarse a la política ha dejado de sufrir una exclusión sistemática.
Resulta indispensable un esfuerzo encaminado a difundir conciencia. A ese respecto cabe celebrar las iniciativas de algunas mujeres dedicadas a la política, que han librado un encomiable combate para despertar la conciencia a través de redes y plataformas de gran actividad. Su experiencia merece extenderse a todo el país.
Con el objetivo de coordinar su actividad sobre el terreno mediante el trabajo concertado, se han reagrupado 28 redes de mujeres en el grupo temático “La mujer y la función directiva”, organizado por el Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia e instalado el 14 de mayo de 2004.
De conformidad con el programa de PNPFC, este grupo temático tiene los siguientes objetivos:
•Lograr que las mujeres accedan a un 30% de los puestos de decisión en todos los niveles;
•Facilitar el acceso a los recursos nacionales a un 30% de las mujeres;
•Mejorar los conocimientos de 25.000 mujeres en todas las esferas, hasta el año 2005.
El funcionamiento efectivo de este grupo temático ofrecerá a las mujeres una estructura en que podrán intercambiar, discutir, reflexionar y compartir experiencias y crear estrategias de lucha comunes. Contará para ello con la experiencia y el apoyo de la Red de Ministras y Parlamentarias Africanas, instalada el 26 de enero de 2004.
¿Qué corresponde señalar de este capítulo?
En el plano jurídico, el Estado realiza esfuerzos para armonizar sus leyes con la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Todavía existen, sin embargo, distorsiones legales en algunos textos. Las organizaciones femeninas, organizadas por el Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia, luchan por su eliminación. Del mismo modo, la Comisión de Reforma del Derecho ha detectado las distorsiones mencionadas; se ha pr e sentado al Ministerio de la Condición de la Mujer un proyecto de Código de la Familia revisado y éste será objeto de una consulta nacional antes de su rem i sión al Parlamento.
Lo que cabe temer es que estas distorsiones subsistan todavía durante largo tiempo, ya que el actual calendario de actividades del Parlamento está centrado en cuestiones relacionadas con la organización y gestión de la transición, así como en la preparación de las elecciones, y menos en las disposiciones legales y civiles.
En la práctica, la voluntad expresada en los textos no se traduce en hechos.
Título IIIActividades, medidas y obstáculos respecto de la aplicación de la Convención
En esta tercera parte se examinarán las diversas medidas adoptadas para mejorar la situación de la mujer en materia de trabajo, vida en el hogar, salud, educación, así como acceso a las funciones públicas e internacionales. Se trata igualmente de denunciar los factores que frenan todavía su desenvolvimiento, como los hábitos y las mentalidades retrógradas, así como los actos de violencia.
1.Empleo
Como ya se ha señalado, el nuevo Código del Trabajo ha introducido innovaciones que eliminan las disparidades basadas en el sexo. Con ello, el legislador resolvió la mayoría de las preocupaciones y reivindicaciones de la mujer.
Esto último se refiere, en lo esencial, a lo siguiente:
Derecho al trabajo
El artículo 1 confirma que el nuevo Código se aplica a los trabajadores y empleadores de cualquier sexo y estado civil.
El artículo 2 reconoce a todas las personas, sin discriminaciones, el derecho al trabajo; y el artículo 7 ha mejorado la definición de “trabajador”: puede tratarse de cualquier persona física en edad de contratar, cualquiera que sea su sexo y estado civil.
Derecho de ingreso al trabajo
El artículo 6 establece en 16 años la edad mínima para el trabajo, para ambos sexos.
Además, se ha eliminado la oposición expresa del marido a la contratación de una mujer casada.
El artículo 128 prohíbe que se exija a una mujer que aspira a un empleo que se someta a un examen de gravidez o presente un certificado de que está embarazada, o de que no lo está, salvo para los trabajos que están total o parcialmente prohibidos a las mujeres embarazadas o lactantes o que suponen un riesgo reconocido o importante para la salud de la mujer o del niño.
Duración del trabajo
En el anterior Código del Trabajo, la duración efectiva del trabajo de la mujer no podía exceder de ocho horas por día ni de 48 horas por semana; el artículo 119 del nuevo Código del Trabajo dispone que la duración legal del trabajo de los empleados u obreros de uno u otro sexo no puede excede de 45 horas por semana ni de nueve horas por día.
Además, el artículo 120 indica que, por resolución ministerial, pueden admitirse excepciones temporales o permanentes para determinadas categorías de trabajadores o de trabajos, y las condiciones de aplicación de tales excepciones.
Trabajo de la mujer embarazada
El artículo 129 estipula que la mujer embarazada puede rescindir su contrato de trabajo sin preaviso y sin que tenga que pagar una indemnización por incumplimiento de contrato. Igual facultad se le otorga durante un período de ocho semanas siguientes al parto.
Conforme al artículo 130, la mujer tiene el derecho de interrumpir el trabajo durante 14 semanas consecutivas, de las que ocho semanas, como máximo, deben ser posteriores al parto y seis deben ser previas a él.
Durante ese período, con independencia de que el niño viva o no, la mujer asalariada tiene derecho a dos terceras partes de su remuneración, así como al mantenimiento de los beneficios contractuales en especie.
Durante el mismo período el empleador no puede rescindir el contrato.
Trabajo de mujeres lactantes
Si la mujer amamanta a su hijo, tiene derecho en todos los casos a dos descansos de media hora por día para la lactancia. Esos descansos se remuneran como tiempo de trabajo (artículo 132).
Trabajos insalubres para la mujer
El Inspector del Trabajo puede exigir el examen de las mujeres por un médico para verificar si las tareas que les están encomendadas no exceden de su capacidad física.
En caso afirmativo, deben ser destinadas a un empleo conveniente; de lo contrario, el contrato debe rescindirse por iniciativa del empleador, con pago de la indemnización de preaviso.
Trabajo nocturno
El artículo 124 confirma la prohibición del trabajo nocturno de la mujer en los establecimientos industriales públicos y privados.
Igualdad en la remuneración
El artículo 86 del nuevo Código confirma la igualdad en la determinación del salario, que ya reconocía el artículo 72 del Código derogado. En efecto, el nuevo Código estipula que en condiciones iguales de trabajo, de calificación profesional y de rendimiento, el salario debe ser igual para los trabajadores cualquiera que sea su origen, sexo y edad.
Derecho a la vivienda
Mientras que en el anterior Código la mujer trabajadora no tenía derecho a la vivienda, el artículo 138 del nuevo Código le otorga ese derecho cualquiera que sea su estado civil. Con ello se corrige una gran injusticia.
Protección de la función social de la maternidad
El párrafo 2 del artículo 128 estipula que la maternidad no puede ser fuente de discriminación en materia de empleo.
Conforme al artículo 129, la mujer embarazada cuyo estado de gravidez ha sido comprobado por un médico puede rescindir su contrato de trabajo sin preaviso y sin que tenga que pagar una indemnización por incumplimiento de contrato.
Por último, el parto no puede dar lugar a la rescisión del contrato.
Acoso sexual
El nuevo Código ha establecido que constituye falta grave el acoso sexual o moral, así como la intimidación, hechos que en lo sucesivo constituyen motivo de despido de su autor.
Guarderías
Apenas existen guarderías en la República Democrática del Congo. Se trata de una laguna importante que es preciso colmar con rapidez para facilitar el trabajo de la mujer.
2.La mujer y la cultura
El estudio llevado a cabo en noviembre de 2003 por el Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia con el apoyo del PNUD como parte de la evaluación del grado de aplicación de la Convención indica que las costumbres y tradiciones aún hoy regulan intensamente la sociedad, sobre todo la llamada sociedad rural.
Existen buenas costumbres que valorizan a la mujer, como la del respeto que se le dispensa: el niño que se dirige a una mujer de edad la llama “mamá” aunque no sea su madre biológica.
Por ello, cualquiera que sea su edad, la mujer está considerada un símbolo de la sabiduría que debe transmitir de generación en generación.
Son múltiples y diversas las buenas costumbres, y merecen divulgarse.
Otras, por el contrario, denigran a la mujer y obstan a su desenvolvimiento, por lo que es preciso denunciarlas y combatirlas con energía.
Son numerosas y varían entre una y otra provincia, y hasta entre una y otra tribu. Es difícil, por lo tanto, si no imposible, enumerarlas exhaustivamente.
No obstante, en términos generales todas esas prácticas que inferiorizan a la mujer se apoyan en prejuicios difundidos en el seno de la sociedad y que son de diversos órdenes, en particular los siguientes:
• Prejuicios de orden metafísico o religioso:
–La mujer proviene de la costilla del hombre; por lo tanto, debe estarle sometida;
–La naturaleza ha hecho a la mujer inferior al hombre.
• Prejuicios de orden sociocultural
–La mujer no construye la aldea; es decir, no es capaz de administrar una comunidad;
–Es el hombre quien paga la dote, y no la mujer: el hombre toma a la mujer en matrimonio.
• Prejuicios de orden psicológico
–La mujer es menos inteligente que el hombre;
–La mujer es un ser sentimental.
• Prejuicios de orden biológico
–La mujer es el sexo débil;
–La mujer es receptáculo de la simiente que engendra al niño.
• Prejuicios de orden económico
–La mujer está a cargo del marido.
Con carácter meramente indicativo es posible enumerar algunas de las prácticas consuetudinarias que se denuncian.
La residencia fijada por el varón
Conforme a esta práctica, las costumbres determinan que las parejas residan en la aldea del hombre. Esta práctica se basa en el patriarcado, que establece el poder el hombre sobre la mujer y toda su descendencia. La opinión de la mujer no cuenta en la elección del lugar de residencia.
Permanencia obligatoria de la novia con la familia del novio
Conforme a esta práctica, durante el noviazgo la novia puede residir con la familia de su novio, donde queda sometida a diversas actividades que tienen por objeto poner a prueba su capacidad como esposa y madre. El matrimonio sólo puede producirse al término de esa estancia y a condición de que resulte concluyente.
Matrimonio de prueba
Esta práctica se relaciona con la que impone a la novia una estancia obligatoria con la familia de su novio. En este caso, los esposos ya conviven como marido y mujer. Si la prueba no resulta concluyente, generalmente por esterilidad o incompatibilidad de caracteres, la unión se disuelve.
La joven se encuentra entonces en una situación delicada para encontrar otro pretendiente.
Dote excesiva
Según el Código de la Familia, la dote consiste en la entrega de uno o más obsequios a la familia de la novia, como prueba del matrimonio. Constituye, además, una condición sustancial del matrimonio.
La institución de la dote no es negativa en sí misma; lo que debe denunciarse es el nivel exorbitante que a veces estipula la familia de la novia, obligando así al novio a considerar que ha comprado a la novia.
Para evitar estas desviaciones, el Gobierno debe ajustarse al artículo 363 del Código de la Familia, conforme al cual el Presidente de la República debe fijar por decreto el valor máximo. De este modo, la dote conserva su valor simbólico.
Manipulación de los órganos genitales femeninos
•La excisión es una práctica poco corriente en la República Democrática del Congo; ha sido observada en una tribu de la provincia del Ecuador, sobre todo entre las ancianas del medio rural.
Esta práctica debe eliminarse, no sólo por que es dolorosa y peligrosa, sino porque hace frígida a la mujer y puede constituir una fuente de problemas de orden sanitario.
• Estiramiento de los labios mayores
Se practica sobre todo en las provincias de Katanga y las dos de Kasai. La mujer se aplica en los labios mayores una sustancia extraída de raíces, que provoca su tumefacción, después de la cual los labios se estiran. Al parecer, el estiramiento de los labios acrecienta el placer sexual del hombre.
Esta práctica debe combatirse pues la manipulación es dolorosa para la mujer que, en realidad, se mortifica para dar placer a su pareja.
El matrimonio obligatorio de la viuda con el hermano de su marido y del viudo con la hermana de su mujer
•Estas prácticas persisten todavía en algunas costumbres. Tienden, sin embargo, a atenuarse en los medios urbanos, sobre todo gracias a la instrucción de la mujer y las actividades de sensibilización de las iglesias cristianas.
•Las iglesias actúan cada vez más para proteger a sus fieles contra los ritos mortuorios, haciéndoles comprender que la inobservancia de tales ritos no provocará ningún efecto maléfico.
•Del mismo modo, las campañas de lucha contra el SIDA denuncian estas prácticas como comportamientos peligrosos por la propagación del VIH.
Matrimonio por predestinación o matrimonio forzado (Ketuil)
Se trata de una práctica corriente entre los Yansi de Bandundu. Su justificación social consiste en que este matrimonio permite la mejor organización del matrimonio de sus hijas, tanto en el interior del clan como en sus alianzas con otros.
También permite evitar el celibato femenino asegurando un cónyuge a todas las muchachas del clan.
En realidad, sin embargo, es una forma disimulada de matrimonio forzado que prescinde del consentimiento de la mujer, ya que ésta pertenece a su abuelo, que puede cederla a alguno de sus sobrinos, ya casado o no.
Según un estudio realizado por el profesor Gambembo en 1999, “con la mezcla de poblaciones la práctica se ha atenuado. No se trata ya de imponer la mujer a un hombre, ni a la inversa. Se permite a cada cual escoger libremente, pero con la condición de indemnizar al joven que, según la costumbre, debía casarse con la muchacha.
La práctica consiste en pagar simbólicamente una suma de dinero o entregar bienes de valor por encima de la dote que debe entregarse”. (5)
Prácticas religiosas
La religión parece tener una función ambigua. Algunas de sus enseñanzas fomentan la dignidad de la persona humana creada a imagen de Dios. Se oponen a las prácticas retrógradas impuestas sobre todo a las viudas con ocasión de su duelo.
Sin embargo, estas iglesias difunden igualmente enseñanzas que tienden a perpetuar la inferiorización de la mujer. Basándose en versículos bíblicos demuestran el papel y el lugar de la mujer en la sociedad. El hombre es el jefe de familia y la mujer le debe obediencia; esto no se discute y la mujer obedece con resignación.
Es, probablemente, debido a esta filosofía que en la mayor parte de las iglesias la mujer no accede nunca a funciones dirigentes.
Acción de los medios de difusión
Es preciso desarrollar un firme combate en el plano de los medios de difusión que siguen transmitiendo ideas que denigran a la mujer a través de imágenes y canciones perversas y medios de publicidad y películas de contenido licencioso.
La mujer debe movilizarse para que la Comisión Nacional de Censura de las Canciones y Espectáculos desempeñe su función.
Uno de los medios para dar peso a la oposición de la mujer consiste en la presencia de una masa crítica de mujeres en los medios de difusión.
Cabe celebrar aquí la iniciativa de agrupamiento en el seno del grupo temático “La mujer y los medios de difusión”, como también la elección de una mujer en el puesto de Vicepresidenta de la Unión Nacional de la Prensa Congoleña.
La Alta Autoridad de los Medios de Difusión, una de las cinco instituciones de apoyo a la democracia, encargada de promover la producción de programas y documentales educativos que respeten los valores humanos, en particular la dignidad de la mujer y la juventud, también debe desempeñar cabalmente su función.
Debe señalarse que las autoridades de esa institución han convocado a los responsables de las empresas productoras y distribuidoras de productos utilizados para aclarar la piel, particularmente por las mujeres, algunos de los cuales perjudican la integridad física porque provocan la descamación de la piel.
También han convocado los servicios de comercialización y publicidad de las sociedades cerveceras y tabacaleras que inundan las distintas cadenas de radio y televisión tratando de vender a cualquier precio, para fomentar así la conciencia de los padres y los educadores sobre los efectos perniciosos de tales campañas en la juventud, sobre todo la femenina.
Las diferentes encuestas llevadas a cabo en materia de prácticas degradantes han demostrado que, con la mezcla de culturas, la instrucción de la mujer y las actividades de sensibilización, ese impacto negativo en la situación de la mujer ya se está atenuando.
No obstante, uno de medios para poner freno a estos valores negativos consiste también en que los progenitores sean los primeros responsables de la enseñanza sobre las cuestiones de género.
Las parejas deben vivir el género y servir de modelo a sus hijos.
La aplicación de ese mensaje en el plano familiar será el inicio de transformaciones profundas de las mentalidades.
La madre comprenderá entonces que, en la distribución de las tareas del hogar, puede asignarlas indistintamente a sus hijos y sus hijas, en lugar de sobrecargar únicamente a las hijas.
El padre comprenderá que es su deber asegurar igual educación a todos sus hijos sin distinciones y que, en caso de dificultades económicas, el varón no debe ser necesariamente objeto de privilegios pues también sus hijas pueden sostener válidamente la familia.
Todo ello es prenda de una sociedad armoniosa que respeta a la mujer y al hombre. En esto consiste la Asamblea sobre la Familia, promovida el 19 de mayo de 2004 por la Ministra de la Condición de la Mujer y la Familia.
3.La mujer, la trata de personas y la prostitución
En la República Democrática del Congo la trata de mujeres no constituye un fenómeno corriente.
En cambio, la prostitución es una práctica conocida. Cabe distinguir dos categorías de prostitutas.
La primera está formada en gran medida por jóvenes, a menudo poco instruidas, que durante la noche se instalan junto a las grandes vías de tránsito, concurren a establecimientos de bebidas o lugares de tolerancia en busca de posibles clientes.
La segunda categoría es la disimulada, practicada por mujeres en apariencia respetables que a veces desempeñan actividades remuneradas, pero que ejercen el comercio de su cuerpo por motivos económicos.
En ambos casos la prostitución tiene por causa principal la pobreza, la búsqueda de la supervivencia o el afán de una vida de lujo.
Estas trabajadoras sexuales actúan solas; no existe oficialmente ninguna red de proxenetismo. Existen, desde luego, intermediarios que actúan clandestinamente por cuenta de clientes, generalmente en situación holgada.
Corresponde señalar que la prostitución sigue siendo un fenómeno nebuloso en la República Democrática del Congo, tal vez debido a que no constituye infracción. Las prostitutas escapan a todo control, incluso en el plano sanitario. Los poderes públicos deberían organizar mecanismos que se ocupasen de su prevención, en favor de las prostitutas y de la sociedad, en particular en relación con el VIH/SIDA y las enfermedades venéreas.
4.La mujer y la vida política
Como ya se ha señalado, en el plano jurídico no existen obstáculos al ejercicio de la carrera política por la mujer.
La Constitución de Transición y la Ley de Partidos Políticos son favorables a la mujer y están en conformidad con el artículo 7 de la Convención.
Actualmente, la mujer es electora y elegible.
En el plano social, la mentalidad corriente está cada vez más libre de prejuicios contrarios a la actividad política de la mujer.
Los obstáculos a la promoción de la mujer deben buscarse, por lo tanto, en otros factores; y cabe citar los siguientes:
1.La dicotomía entre la ley y la práctica
La voluntad manifestada por el Gobierno, de favorecer la promoción de la mujer, no se traduce en hechos; se limita a excelentes textos legislativos, discursos políticos y estrategias en el plano de los medios de difusión. Por conformismo, la perspectiva de género está incorporada en algunos programas. Pero esa voluntad no se refleja en la vida cotidiana.
Los hombres dedicados a la política no parecen haber asimilado la cuestión de género. El cuadro que sigue lo demuestra cabalmente. En efecto: el examen de la configuración de las instituciones organizadas inmediatamente después del Diálogo no pone de manifiesto la determinación que se expresa en los textos. Por el contrario, se desprende un desequilibrio flagrante en la distribución de los puestos de responsabilidad, en perjuicio de la mujer.
El cuadro que sigue muestra que los protagonistas políticos, sin duda preocupados por asegurar su propia situación, casi no han vuelto a hacer referencia al artículo 51 al designar a los protagonistas de la Transición.
Representación de la mujer en los puestos de decisión de las institucionesde la Transición organizadas a continuación del Diálogo Intercongoleño
|
Instituciones |
Total de personas |
Mujeres |
Hombres |
||
|
Effect. |
Porcentaje |
Effect. |
Porcentaje |
||
|
Presidencia |
5 |
0 |
0 |
5 |
100 |
|
Ministros |
35 |
5 |
14 |
30 |
86 |
|
Viceministros |
23 |
1 |
4 |
22 |
96 |
|
Gobernadores |
11 |
0 |
0 |
11 |
100 |
|
Vicegobernadores |
22 |
11 |
50 |
11 |
50 |
|
Asamblea |
500 |
70 |
14 |
430 |
86 |
|
Mesa de la Asamblea Nacional |
– |
– |
– |
– |
– |
|
Senado |
120 |
3 |
2,5 |
117 |
97,5 |
|
Mesa del Senado |
8 |
0 |
0 |
8 |
100 |
|
Instituciones de apoyo a la democracia |
5 |
0 |
0 |
5 |
100 |
|
Magistratura |
1 199 |
160 |
13,35 |
1 039 |
86,65 |
|
Secretarías Generales de la administración pública |
49 |
7 |
14 |
42 |
86 |
Esta situación acaba de ser modificada, por otra parte, por la nueva organización territorial. En efecto: el Decreto No. 04/41 de 16 de mayo de 2004 designa 12 gobernadores y 20 vicegobernadores, que incluyen a tres mujeres. Se trata de un retroceso respecto de la situación anterior, en que había 11 vicegobernadoras entre 22.
2.La inercia respecto de la mujer
Las mujeres no se atreven a asumir riesgos lanzándose a la arena política, porque hacerlo supone aceptar el peligro de perder. La necesidad del compromiso de la mujer en la lucha política ya se ha expuesto antes.
Sin embargo, es preciso señalar el despertar de la conciencia suscitado por la actividad de algunas mujeres dirigentes. Como ya se ha explicado, en esta materia ciertas iniciativas de agrupación de mujeres dedicadas a la política han desembocado en la creación de plataformas y redes para impulsar la promoción de la mujer.
Se trata de esfuerzos encomiables, pero todavía insuficientes ante la importancia del peso que tiene la población femenina.
3.Falta de solidaridad entre las mujeres
Un estudio realizado en septiembre de 2003 por el Sr. Kanika con el apoyo financiero del PNUD, como parte de la determinación de los obstáculos que se oponen a la promoción de la mujer, demostró la dificultad de que las mujeres se acepten recíprocamente y lleguen a colaborar de modo franco y sincero. Manifiestan tendencia a excluirse entre ellas. (5)
Existe realmente el problema de la inferiorización de la mujer: las mujeres prefieren, por ejemplo, adherirse a partidos políticos fundados por hombres, antes que a los creados por otras mujeres.
4.El conflicto de dirección
El mismo estudio mencionado establece también que las mujeres que han logrado reconocimiento como dirigentes crean obstáculos a la promoción de otras mujeres. Las primeras dirigentes, que han tenido la oportunidad de ser las primeras en tomar contacto con otras, consideran que las demás mujeres deben seguirlas, situarse detrás de ellas, y no superarlas.
• En conclusión: la situación de la representación femenina en la función pública no ha tenido una evolución profunda.
• Además, el Gobierno dicta leyes valientes pero no las aplica.
• Las mujeres habían celebrado la designación voluntarista de mujeres en puestos de Vicegobernadoras de provincias, pues significaba ya un adela n to importante, aunque el ideal habría sido que se designase también a m u jeres gobernadoras.
Lamentablemente, las expectativas acaban de ser defraudadas por la última r e organización efectuada el 16 de mayo de 2004 con el Decreto N° 04/41, que sólo ha d e jado tres puestos ocupados por mujeres en la organización territorial.
En lo que respecta a la mujer misma, debe mantener el rumbo para que se h a gan realidad las esperanzas inspiradas por la organización del grupo temático “La mujer y la función dirigente”. Las mujeres ya empeñadas deben fomentar el despertar de la conciencia de las que aún no han comprendido el sentido de la lucha por la co n quista del poder.
5.La mujer y la vida internacional
La baja representación de la mujer en el plano internacional que ya se ha denunciado persiste todavía.
La presencia de la mujer en los distintos niveles administrativos y de otra índole sigue siendo claramente inferior a la del hombre.
En 1986 sólo había una mujer representante de la República Democrática del Congo ante los gobiernos extranjeros y las organizaciones internacionales; actualmente, entre 64 embajadores y jefes de misiones diplomáticas, ocho son mujeres, y entre ellas cuatro son embajadoras y cuatro son encargadas de negocios, lo que representa un 12,5%.
Existe, sin duda, una pequeña mejora, pero que se mantiene por debajo del mínimo necesario del 30%.
En cuanto a la participación de las mujeres en las reuniones internacionales, se destaca principalmente en los ámbitos consagrados a cuestiones típicamente femeninas.
6.La mujer y la educación
a)Marco legislativo
•El párrafo 2 del artículo 17 de la Constitución de Transición estipula que, en materia de educación, ningún congoleño puede ser objeto de medidas discriminatorias, ya resulten de la ley o de un acto del poder ejecutivo, por motivos de religión, sexo, etc.;
•Los artículos 44 a 48 de la Constitución obligan a los poderes públicos a proteger el derecho a la educación y eliminar el analfabetismo;
•El artículo 5 de la Ley Orgánica No. 86-005 de 22 de septiembre de 1986, sobre la enseñanza nacional, actualmente en vigor, confirma la igualdad de las niñas y los varones en lo que respecta al acceso a la educación.
•Las disposiciones legales que rigen la educación están, pues, en conformidad con el artículo 10 de la Convención.
b)Contexto general
El diagnóstico realizado por el Ministerio de Planificación en 2002 señala que, desde que el país obtuvo la independencia, las diferentes reformas llevadas a cabo para racionalizar el funcionamiento del sistema de enseñanza no tuvieron los resultados esperados. Persiste la inadecuación entre la demanda de educación, cada vez mayor, y los recursos del Estado, que son cada vez más insignificantes. (7)
Deben añadirse a este diagnostico las sucesivas guerras durante las cuales las infraestructuras escolares sufrieron graves daños; y tanto el personal docente como los alumnos, huyendo de las angustias de la guerra, se vieron obligados a abandonar sus lugares de origen para encontrarse en campamentos de personas desplazadas.
Debe señalarse igualmente la insuficiencia de los créditos asignados al sistema de enseñanza, que en los últimos años ha obligado a que los padres de los alumnos tomaran a su cargo el salario del personal docente y los gastos de funcionamiento de los establecimientos. Pero la mayoría de esos progenitores viven, ellos mismos, en condiciones precarias que no les permiten pagar los gastos escolares de sus hijos.
Por último debe señalarse la falta de interés por el estudio, sobre todo en las provincias mineras como las dos provincias de Kasai, Bandundu y actualmente Lubumbashi, donde la explotación artesanal de las minas atrae a los niños apartándoles de la escuela.
En la provincia del Ecuador es la pesca la actividad que atrae a los alumnos, pues al parecer obtiene más empleos que los diplomas. (8)
De este modo, el sector público de la enseñanza ha sufrido un gran deterioro, con las siguientes características:
•La saturación de los establecimientos;
•La ruina de las infraestructuras;
•La falta de material pedagógico;
•La inadecuación de la formación recibida en relación con las necesidades de la sociedad;
•El deterioro de los resultados en todos los planos.
c)Consecuencias
•Disminución del índice de escolarización
El índice neto de escolarización de los niños de entre 6 y 11 años está en disminución. Ha pasado del 56% en 1995 al 52% en 2001. la disminución afecta tanto a las niñas como a los varones, en igual proporción. Sin embargo, el cuadro comparativo que sigue muestra que la disminución afecta más gravemente a las niñas.
Índices netos de escolarización en la enseñanza primaria (6 a 14 años)
|
Período |
Medio urbano |
Medio rural |
||
|
Varones |
Niñas |
Varones |
Niñas |
|
|
1995 |
77,1 |
76,5 |
57,0 |
45,7 |
|
2002 |
73,2 |
71,6 |
47,1 |
43,3 |
Por otra parte, la encuesta agrupada de indicadores múltiples (MICS2) indica que durante el año escolar 2000-2001 un 45% de los niños de entre 6 y 14 años no concurrió a la escuela.
Las niñas eran más numerosas que los varones: 49% frente a 41.
Las causas habituales de esta situación son de dos órdenes:
•Ante todo, existe la situación de pobreza generalizada. En efecto, el nivel de las familias influye en la escolarización de los niños. Los de familias pudientes están más escolarizados (81%) que los que provienen de familias pobres (39%);
•En el plano social y cultural, la disminución de la escolarización corresponde al hecho de que la escuela, que se consideraba una etapa indispensable para acceder a determinado nivel social, va perdiendo importancia. El valor del diploma goza de un prestigio cada vez menor.
Muchos progenitores, sobre todo en el medio rural, ya no consideran tan importante enviar a sus hijos a la escuela. Consideran que ésta es un lugar de pérdida del tiempo.
La deserción escolar
La deserción escolar es muy importante en la República Democrática del Congo. De cada 100 niños que ingresan en el primer año, sólo 25 alcanzan el quinto año de enseñanza primaria.
Las causas más frecuentemente citadas para explicar esta situación son las siguientes:
•Los gastos escolares;
•La distancia de las escuelas;
•El exceso de trabajo.
A estas causas que se refieren a todos los alumnos debe añadirse, en el caso de las mujeres, el problema de los embarazos precoces y el peso de los prejuicios socioculturales que inferiorizan a la mujer. Así, cuando los progenitores tienen que optar ante el problema de los gastos escolares, generalmente asignan prioridad a los estudios de los varones.
Los esfuerzos de recuperación de las niñas víctimas de la deserción escolar son casi inexistentes de parte de las autoridades públicas.
El Centro Femenino “Mama Marie Antoinette”, que organiza cursos de corte y confección, secretariado práctico, ventas y alfabetización, constituye uno de los casos aislados.
El sector privado y las ONG procuran paliar esta insuficiencia sin disponer de grandes medios. Así, se han desarrollado varias iniciativas con muchachas jóvenes carentes de estudios escolares normales. Cabe mencionar el caso de organizaciones no gubernamentales como la Unión Nacional de Mujeres (UNAF) y “Action Information Femmes et Famille” (AIFFA), que procuran el empleo de madres solteras y la alfabetización de mujeres adultas.
En septiembre de 2003, con el apoyo de la UNESCO, la ONG Centro de Educación y Actividad Social “Mama Soki” organizó, con el doble patrocinio del Ministerio de Asuntos Sociales y el Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia, un seminario de sensibilización sobre la escolarización de las niñas en situación difícil. El seminario reunió a varias ONG que actúan en materia de ocupación de las muchachas de familias de bajos recursos.
Analfabetismo de los adultos
Según los estudios llevados a cabo mediante la encuesta agrupada de indicadores múltiples (10), el índice de analfabetismo es muy alto en la República Democrática del Congo y no ha variado entre 1995 y 2001.
Ha pasado del 33% en 1995 a 32 (8) en 2001 respecto del conjunto del país; del 18% al 19% en los hombres y del 46 al 44% en las mujeres. (9)
En conjunto, es analfabeto un adulto de cada tres, una mujer adulta de cada dos, y un hombre de cada cinco.
Para impulsar la escolarización de las niñas, el Gobierno inició en 2003, con el apoyo del UNICEF, una campaña en favor de la escolarización femenina.
Se difunden mensajes audiovisuales para instar a los progenitores a enviar a sus hijas a la escuela. Del mismo modo, en Kinshasa se han expuesto carteles y pinturas murales en las grandes vías de tránsito.
• Se manifiesta claramente que la pobreza generalizada que actualmente caracteriza la población congoleña constituye un obstáculo a la educ a ción;
• Igualmente se manifiesta que una gran parte de la población considera que la escol a rización de los varones es más importante que la de las niñas.
Es preciso, por lo tanto, que el Estado asuma sus responsabilidades para su b vencionar la enseñanza, pagar al personal docente y crear condiciones de rec u peración económica.
Igualmente hacen falta medidas de sensibilización para revalorizar la enseña n za, tanto de las niñas como de los varones.
7.La mujer y la salud
a)Marco jurídico
El artículo 50 de la Constitución estipula que el Estado tiene la obligación de garantizar el bienestar sanitario y la seguridad alimentaria.
b)Contexto general
Los problemas de la atención sanitaria de la mujer no se plantean en términos de discriminación, sino que se trata más bien de que el propio sistema de salud congoleño se encuentra enfermo y padece de una grave disfunción.
El contexto de crisis generalizada que afecta al país ha provocado una interrupción de los gastos destinados a los sectores de la salud, con las siguientes consecuencias:
•El deterioro de las infraestructuras;
•La vetustez de los equipos;
•La insuficiencia del personal médico:
•La deficiente calidad de los servicios;
•La falta de medicamentos esenciales;
•El alto costo de las consultas y de la atención sanitaria;
•El comportamiento desagradable del personal sanitario, debido sobre todo a la insuficiencia y la irregularidad de su remuneración.
Del mismo modo, la mayoría de las zonas sanitarias, a pesar de que fueron creadas con el fin de que la atención resultase más accesible por su costo y por su distancia, han desaparecido en la actualidad. Sólo un 30% de ellas está todavía en funcionamiento. Esta situación crea nuevamente el problema del alejamiento de las estructuras sanitarias.
En el medio rural, por ejemplo, una mujer de cada tres recorre más de 15 km para llegar al centro sanitario más próximo.
Actualmente, las estimaciones sobre la población alcanzada por los servicios de salud indican que por lo menos un 37% de la población no tiene acceso a todos los tipos de atención sanitaria.
El alejamiento del Estado ha incitado el interés del sector privado, que también ha abierto centros sanitarios. Cuando funcionan debidamente, sus precios son prohibitivos para las economías modestas; y cuando están al alcance de todos, ofrecen servicios de dudosa calidad.
Es éste, por lo tanto, el entorno en que corresponde examinar la aplicación del artículo 12 de la Convención, en virtud del cual los Estados deben adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica y prestar servicios apropiados a la mujer en relación con el embarazo, el parto y el período posterior al parto.
En términos generales, el estado sanitario de la población se ha deteriorado gravemente durante los últimos 10 años. Se observa la reaparición de múltiples epidemias, el recrudecimiento de enfermedades nuevas o que reaparecen, esencialmente las de origen infeccioso y parasitario. Esto ha provocado una alta morbilidad y mortalidad y una caída de la esperanza de vida, de 52 a 39 años (55,5 para las mujeres y 48,9 para los hombres). (6)
La mortalidad infantil y juvenil ha pasado de 190% a 213%. El promedio africano es de 174%.
Las principales causas de mortalidad y morbilidad de la mujer son las siguientes: la malnutrición; las enfermedades de transmisión sexual y el SIDA; el cáncer genital (de seno y de útero); los embarazos múltiples y con intervalos breves; la diabetes, la hipertensión arterial y las cardiopatías.
La situación de la mujer también sigue siendo precaria como consecuencia de su horario de trabajo excesivo, el desconocimiento de medidas de higiene elementales y la falta de instrucción.
1.Atención prenatal
Según la encuesta agrupada de indicadores múltiples de 2001, resultan las siguientes conclusiones:
•El 68% de las mujeres embarazadas recibe atención prenatal prestada por personal calificado;
•El 27% no efectúa consulta prenatal;
•Un 4% consulta a personal no calificado (parteras tradicionales).
El nivel de las consultas es muy alto, y paradójicamente la mortalidad causada por la maternidad también es muy elevada. Este resultado sugiere una relación tenue entre el acceso a la atención prenatal y la mortalidad.
El grupo temático “La mujer y la salud”, organizado por el Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia, procura precisamente reducir la tasa de mortalidad derivada de la maternidad, de 1.221 mujeres a 500 por cada 1.000 nacimientos, en cinco años.
2.Asistencia en el parto
En el conjunto del país, un 61% de las mujeres recibe asistencia de personal calificado en el momento del parto; en el 3% de los casos por un médico, en el 20% por un enfermero, y en el 37% por una partera.
En el medio urbano, el 83% de las mujeres recibe asistencia frente a un 51% en el medio rural.
3.Nutrición de las madres
Un informe del Programa Alimentario Mundial publicado en 2002 indica que la malnutrición afecta al 33% de la población de la República Democrática del Congo.
El porcentaje es de 41% para los niños que residen en las zonas de conflictos.
Según la encuesta agrupada de indicadores múltiples, la situación nutricional de las madres sigue siendo motivo de preocupación: un 17% de ellas están malnutridas y un 2% de ellas padecen obesidad.
Lamentablemente, se observa una asociación entre la malnutrición infantil y la de las madres. Así, los hijos de madres malnutridas sufren el mismo mal, y padecen insuficiencias de peso y emaciación.
4.La mujer y el VIH/SIDA
En 1996, un 40% de las personas infectadas en el mundo eran mujeres. (8)
Un informe de las Naciones Unidas publicado en diciembre de 2002 indica que las mujeres representan hoy, en todo el mundo, un 50% de las personas infectadas por el VIH; en África este porcentaje ya alcanza el 58%. Es lo que ha hecho decir al Secretario General de las Naciones Unidas que actualmente el SIDA tiene rostro de mujer.
La República Democrática del Congo no escapa, lamentablemente, a esta triste realidad, pues el índice de prevalencia actual se sitúa alrededor del 5,1%.
El Programa Nacional de Lucha contra el VIH/SIDA (PNLS) debe intensificar sus actividades de sensibilización, divulgación de métodos de prevención en favor de la población, y organización de la prestación de servicios a las personas afectadas.
Muchas ONG participan en actividades de sensibilización, y actualmente las mujeres que viven con VIH aceptan dar testimonio abiertamente.
La encuesta agrupada de indicaciones múltiples indica que sólo hay un 10% de mujeres con buen conocimiento de los modos de transmisión del SIDA.
Por otra parte, muchas mujeres incurren todavía en comportamientos que conllevan riesgos:
•Un 11% de las mujeres en edad de procrear tuvieron relaciones sexuales ocasionales en 2000-2001;
•Un 13% de ellas mantuvieron relaciones empleando medios de protección;
•Un 24% de las mujeres encuestadas tuvieron sus primeras relaciones sexuales antes de cumplir los 15 años.
Además, las mujeres son las más expuestas al VIH como consecuencia de las violaciones, sobre todo en las zonas en que se han producidos conflictos armados. Un informe del PNLS da cuenta de una prevalencia de 16,3% en Goma entre los donantes de sangre en 2002.
5.La planificación de la familia
La planificación de la familia forma parte del Programa Nacional de Salud Reproductiva del Ministerio de Salud, que se creó con los siguientes fines:
•Mejorar la calidad de vida de las personas, las parejas, las familias y las comunidades en todo lo relativo a la salud reproductiva;
•Promover la salud en materia de reproducción y sexualidad sobre la base de la equidad y la justicia entre los sexos;
•Luchar contra todos los efectos mórbidos que debilitan el cuerpo humano en materia de sexualidad y reproducción.
Este servicio no parece haberse utilizado convenientemente por la población, pues el empleo de anticonceptivos ha pasado del 8% en 1991 al 4,4% en 2002. Esto provoca una alta fecundidad, a veces no controlada, que agrava los fenómenos de los niños de la calle y los niños que padecen malnutrición.
Además, los métodos anticonceptivos modernos se utilizan por un 27% de las mujeres frente a un 4,4 de los hombres.
Esta situación se debe principalmente a limitaciones de tres órdenes que se enumeran a continuación:
Limitaciones culturales y religiosas
El niño es un don de Dios, cuya venida al mundo no puede obstaculizarse de ningún modo y constituye una riqueza. Además, para la mujer resulta difícil aplicar métodos anticonceptivos sin la conformidad de su marido.
Limitaciones de acceso geográfico
Aunque en Kinshasa existen varios establecimientos de maternidad en que las mujeres pueden obtener información y servicios de planificación de la familia, los servicios prestados en el interior del país son insuficientes. No alcanzan a la totalidad de la población.
Limitaciones económicas
El Programa depende excesivamente de las organizaciones internacionales que apoyan sus actividades.
8.La mujer y la economía
Como ya se ha destacado, la vida en la República Democrática del Congo se caracteriza por una crisis generalizada desde hace dos decenios. Esa situación se agravó por dos saqueos ocurridos en 1991 y 1993, así como por las guerras desencadenadas sucesivamente en el Este del país en 1996 y 1998, ya que los medios de producción quedaron destruidos dejando a miles de personas desocupadas.
La disminución de las oportunidades de empleo debido a la crisis económica impuso una gran carga de responsabilidades a la mujer, obligada a contribuir más a los ingresos de la familia.
Actualmente muchas familias sólo logran sobrevivir gracias al ingenio de la mujer, que por otra parte desarrolla a menudo actividades que generan ingresos insuficientes. Y como la mujer trabaja principalmente en el sector informal (la agricultura, la ganadería en pequeña escala, el comercio, etc.), el acceso al crédito le está prácticamente cerrado.
En la agricultura
La mujer cumple jornadas abrumadoras de hasta 14 ó 16 horas de trabajo. Y, como ya se ha destacado, sigue empleando instrumentos rudimentarios para la producción, la transformación y la conservación de los productos agroalimentarios.
La mujer no tiene acceso a las semillas mejoradas ni a los fertilizantes. Se encuentra en toda la cadena de producción y se ocupa ella misma de la comercialización.
También el traslado de los productos hasta su lugar de consumo se realiza en condiciones penosas por el estado deficiente de los caminos. A menudo las mujeres se ven obligadas a viajar hacinadas en camiones con exceso de carga, expuestas a grave peligro.
En el comercio
La mujer no dispone de conocimientos de contabilidad y teneduría de libros.
No cuenta con medios para acceder al crédito financiero. Generalmente, para iniciar una actividad comercial, recurre al sistema de las cooperativas de crédito informales.
Son cada vez más las ONG que invierten en la esfera del microcrédito. Las mujeres prefieren recurrir a esas estructuras que parecen estar a su alcance.
En el plano del Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia, el PNPFC ha identificado 50 ONG y asociaciones que actúan en la esfera del microcrédito. En junio de 2003, 77 mujeres que representaban a esas ONG pudieron participar en la Conferencia sobre el microcrédito organizada por la OIM.
Una de las de las ONG que actúan sobre el terreno es “Développement Information Recherche Action Femme et Famille” (DIRAF).
Este proyecto se inició en 1998.
Gracias a un pequeño fondo inicial, del orden de los 19.209.869 francos belgas, DIRAF y algunos grupos que procuraban organizarse como microempresas establecieron un sistema basado en las cooperativas de ahorro y crédito mutuos.
El informe de actividades de 2001 indica que la estructura sigue en funcionamiento, ya que DIRAF pudo organizar sesiones de formación en materia de financiación en muy pequeña escala y actividades empresariales femeninas, organización y funcionamiento de las cooperativas de ahorro y crédito, gestión de las microempresas y elaboración de proyectos de empresas.
Actualmente, el grupo temático “Acceso a los recursos” permite que las mujeres comerciantes se agrupen para la defensa de sus intereses y para procurar juntas la obtención de créditos.
Caso de Kinshasa
Cuadro 1Instituciones bancarias y ONG que otorgan crédito a las mujeres
|
Año |
1999 |
2000 |
2001 |
2002 |
2003 |
|
Institución |
|||||
|
BCD |
0 |
2 |
2 |
8 |
1 |
|
UBC |
0 |
4 |
10 |
2 |
2 |
|
FPI |
– |
– |
– |
0 |
1 |
|
BCDC |
– |
– |
1 |
0 |
– |
Fuente: Instituciones mencionadas en la primera columna.
Cuadro 2Condiciones de acceso al crédito para las mujeres en Kinshasa
|
Crédito otorgado |
Porcentaje de interés mensual |
Plazo (en meses) |
Cantidad de beneficiarios* |
Porcentaje reembolsado |
|
|
1 |
50 dólares |
5% |
3 |
166 mujeres |
100% |
|
2 |
50 dólares |
3% |
3 |
40 mujeres |
100% |
|
3 |
Semilla de arroz e insumos agrícolas |
50% |
6 |
323 mujeres |
20 de ahorro mensual |
|
4 |
100 dólares |
2,5% |
4 a 6 |
10 mujeres |
crédito acordado + 10% |
|
5 |
50 a 100 dólares |
15% |
1 |
633 personas (544 mujeres) |
60 a 90% |
|
6 |
100 dólares |
5% |
3 a 12 |
201 (127 hombres y 74 mujeres) |
83% |
|
7 |
10 a 200 dólares |
5 a 25% |
3 a 6 |
133 mujeres y 27 hombres |
20% |
|
8 |
30 a 120 dólares |
10% |
1 a 6 |
42 mujeres |
85% |
|
9 |
30 a 50 dólares |
5% |
3 a 12 |
76 mujeres y 4 hombres |
98% |
|
10 |
50 a 100 dólares |
5% |
6 |
19 mujeres |
67% |
Cuadro 3Estado de ejecución de los proyectos de microfinanciación en Kivu Septentrional
|
ONG |
Tipo de crédito |
Cantidad de beneficiarios |
Destinatarios |
Tipo de interés |
Situación |
Estado del proyecto |
|
|
1 |
APPRONA |
En especie |
1.000 |
Familias campesinas |
100%* |
Buena |
Terminado |
|
2 |
SIFRENA |
Financiero |
200 |
Personas indigentes |
100%* |
Buena |
En curso |
|
3 |
AFEVESA |
Financiero |
150 |
Vendedores de pescado |
100%* |
Buena |
En curso |
|
4 |
ALCIM |
Financiero |
489 |
Viudas y madres adolescentes desplazadas |
65%* |
Regular |
En curso |
|
5 |
COOFCO |
Financiero |
220 |
Víctimas de desastres |
95,7%* |
Buena |
En curso |
|
6 |
ADCIC |
Financiero |
80 |
Diabéticos |
100%* |
Buena |
En curso |
|
7 |
AEED |
Financiero |
114 |
Personas desplazadas |
84%* |
Buena |
En curso |
Índices registrados al término de la primera rotación, a los dos meses (*) y a los siete meses (**).
Mujeres empresarias
El documento de estrategias de incorporación de la perspectiva de género en las políticas y programas de desarrollo elaborado por el PNPFC en noviembre de 2003 señala que sólo un 8% de las mujeres son empresarias, generalmente en el sector informal (talleres de confección, salones de peluquería, jabonerías, saladeros de pescado, restaurantes).
En la actualidad sólo un 5% de las empresas formales está dirigido por mujeres, frente a un 95% dirigido por hombres.
La Asociación de Mujeres Empresarias de la República Democrática del Congo (ASSOFE) sobrevive a las perturbaciones y persevera en el perfeccionamiento técnico de sus asociadas mediante programas de capacitación técnica e información en materia de dirección de empresas.
Debe señalarse que también en este caso las mujeres empresarias se ven enfrentadas con problemas de falta de financiación de sus actividades.
Sin embargo, la “Red de Género de las Mujeres de Empresas Públicas y Paraestatales” (REFEC) desarrolla ciertas actividades en las empresas públicas y privadas.
9.La mujer rural
El Secretario General de las Naciones Unidas define a la mujer como la espina dorsal que mantiene en pie a la sociedad y cuyo trabajo constituye el fundamento económico de las comunidades rurales.
En otras palabras, la importancia del trabajo de la mujer rural está fuera de discusión. En la República Democrática del Congo la mujer obtiene un 75% de la producción alimentaria en el medio rural.
El problema que hoy se plantea se refiere a lo que la comunidad ha creado como mecanismos tendientes a aliviar las tareas de la mujer rural para permitirle desarrollarse sobre la base de la igualdad.
Todos los estudios realizados sobre la situación de la mujer rural muestran que trabajan más y en condiciones penosas.
El Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia inició en 1988 proyectos con apoyo económico de organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, tendientes a mejorar las condiciones de trabajo de la mujer. Se trataba de proyectos referentes a tecnologías adecuadas y la instalación de molinos.
Los saqueos ocurridos en 1991 interrumpieron la cooperación estructural y los proyectos fueron abandonados por falta de financiación.
El FNUAP acaba de reiniciar los aspectos de ese proyecto referentes a la formación, mediante la capacitación de mujeres en tecnologías convenientes.
Acceso a los servicios de salud
Las clínicas y centros de salud del medio rural se encuentran en total abandono. Carecen de todo: equipo médico, productos farmacéuticos y, algunas veces, personal calificado.
Las Zonas de Salud creadas por el Ministerio de Salud para facilitar el acceso de los enfermos a la atención médica se encuentran hoy, en general, en estado de abandono. Un estudio realizado por el PNPFC en 2002 indica que “en la mayor parte de los casos, en el medio rural, una mujer de cada tres recorre 15km para llegar al centro de salud más próximo”.
Actualmente, las mujeres más favorecidas reciben la atención que se presta en los centros a cargo de las Iglesias o las organizaciones no gubernamentales. De lo contrario, recurren a la medicina tradicional.
Acceso a tierras cultivables
Las mejores tierras son cultivadas por los hombres. Debido a su falta de instrucción, para las mujeres resulta difícil acceder a los fertilizantes para mejorar el rendimiento de su producción.
Corresponde mencionar aquí las actividades de la FAO, que ha suministrado una suma de 4.247.320 dólares de los EE.UU. para el proyecto DRC/2000/001/A/01/12, de apoyo a los productores agrícolas.
Este paquete ha permitido prestar apoyo a 300 grupos y asociaciones del interior de Kinshasa, las dos provincias de Kasai y Katanga en el cultivo del arroz, la piscicultura, la horticultura, la apicultura y la cría de ganado menor.
Aunque esta actividad no les estaba dirigida especialmente, las mujeres han podido beneficiarse porque son más numerosas en la actividad agrícola.
En 2000, el Ministerio de Agricultura y Ganadería inició un programa de apoyo a las agricultoras del interior de Kinshasa, que recibieron semillas y material genético mejorado y fertilizantes. Otras obtuvieron gallinas ponedoras y pollos para asar a fin de iniciar la cría. La operación debió interrumpirse por falta de organización y seguimiento.
Mejoramiento de los medios de producción
Otro combate es el que tiende a ofrecer a la mujer la posibilidad de acceder a la mecanización agrícola para mejorar el rendimiento.
Lamentablemente, hasta ahora sigue empleando los pequeños instrumentos agrícolas.
Por lo demás, también la actividad de los asociados en esta materia consiste a menudo en azadas, machetes, etc.
Acceso al agua potable
Para aliviar la servidumbre que el agua impone a la mujer, el Ministerio de Desarrollo Rural había logrado obtener financiación de la USAID, el Organismo Japonés de Cooperación Internacional, el UNICEF y la Unión Europea.
Esos recursos permitieron organizar 1.954 fuentes de agua potable y perforar 736 pozos, en beneficio de una población estimada en 1.534.700 personas en todo el país.
Este programa perdió ritmo después de la interrupción de la cooperación estructural que tuvo lugar en 1991 como consecuencia de los saqueos.
Desde 1999, las ONG internacionales vuelven a interesarse por los proyectos sobre aprovisionamiento de agua potable en el medio rural. Se trata, en especial, de OXFAM, Visión Mundial, Memisa (Bélgica) y la Cruz Roja de Bélgica.
En el plano local también se han desarrollado iniciativas con la Fundación Miba, Acción para el Desarrollo de Infraestructuras Rurales y el Centro de Desarrollo Rural Integrado.
De este modo, entre 1999 y 2003 las diversas actividades han permitido organizar 3.130 fuentes y perforar y rehabilitar 466 pozos, en beneficio de una población estimada en 129.600 habitantes.
Establecimiento de radios rurales
El Ministerio de Desarrollo Rural ha iniciado un programa de establecimiento de radios rurales con el fin de mejorar las condiciones de vida en el medio rural y fomentar la difusión:
•De métodos y técnicas de cultivo;
•De medidas de higiene y saneamiento.
En el marco de este programa se han instalado dos emisoras en Kananga y Mbankana (en el interior de Kinshasa). Se están instalando también otras estaciones.
Debe observarse que con la apertura de los medios de difusión se produce un florecimiento de estaciones privadas que también difunden programas de interés para la mujer rural. Desde luego, es preciso aliviar la jornada de trabajo de la mujer para que le sea posible seguir esos programas.
10.La mujer en el hogar
La familia, célula básica de la sociedad, debe ser un oasis de paz para el bienestar de todas las personas que la componen.
Para que esa paz sea efectiva, las relaciones deben basarse en el respeto, la igualdad y la equidad.
El pleno desarrollo de la mujer en el hogar se ve frenado por varios factores.
El Código de la Familia organiza la vida conyugal sobre una base discriminatoria: el marido es jefe de la familia, y la mujer le debe obediencia. En caso de ausencia del marido, declarada judicialmente, o de su fallecimiento, la mujer coadministra la familia junto con un miembro de la familia de su marido.
La situación de la mujer en el matrimonio sigue afectada, pues, por este lastre jurídico que, por otra parte, apoya las mentalidades retrógradas que inferiorizan a la mujer.
La cuestión de género no ha sido asimilada todavía por las parejas, ni siquiera por las que disponen de cierto nivel de instrucción.
Las duras tareas del hogar siguen pesando sobre los hombros de la mujer a pesar de que, al igual que el hombre, ejerza una actividad fuera del hogar. De este modo, cuando tanto el hombre como la mujer regresan fatigados de su trabajo, la mujer todavía debe asumir las labores de cocina mientras el marido descansa y espera que se le invite a pasar a la mesa.
Además de esta concepción que inferioriza a la mujer, debe señalarse también el peso de otros factores, como la interferencia de la familia ampliada en la vida de la pareja. La mujer sufre a menudo vejámenes de la familia de su marido, sobre todo cuando la pareja no tiene hijos.
También debe denunciarse la superpoblación que se manifiesta en los hogares. Si bien las relaciones de familia africanas están basadas en la solidaridad, algunas veces pueden resultar perjudiciales para el pleno desarrollo de la mujer.
La crisis generalizada y el éxodo rural obligan a las parejas a acoger a miembros de su familia más allá de su capacidad. Es frecuente que una casa de una sola habitación albergue a seis personas. En tales condiciones la pareja deja de tener vida íntima. Esta superpoblación da origen a menudo a conflictos entre la mujer y los huéspedes.
Según la encuesta agrupada de indicadores múltiples, un 14% de las familias residen con una persona por dormitorio, mientras que en el 43% de las familias son cuatro personas o más las que duermen en cada dormitorio. El 43% de las casas no tienen más que dos dormitorios.
Otro hecho que debe denunciarse es que la mujer, por ignorancia, se instale en una unión de hecho contentándose con el pago de la dote o el matrimonio religioso. Muchas parejas omiten el registro de su matrimonio en las oficinas de estado civil.
El Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia, con apoyo del UNICEF, inició a partir de 2001 una vasta campaña de sensibilización para el registro de los matrimonios y los nacimientos en las oficinas de estado civil.
Todas estas preocupaciones son objeto actualmente de la atención de la Asamblea de la Familia, organizada por dicho Ministerio.
11.La violencia contra la mujer
No es posible realizar una evaluación de la Convención sin condenar los actos de violencia que la mujer sufre de manera cotidiana y que obstan a su desenvolvimiento.
La violencia contra la mujer representa un problema recurrente que, en la República Democrática del Congo, ha sido exacerbado por los conflictos armados; pues entonces las formas de violencia ya conocidas han adquirido un alcance inimaginable (como en el caso de la violación); igualmente se ha producido el surgimiento de nuevas formas de violencia, como la amputación de miembros, la mutilación de órganos genitales o el entierro de mujeres vivas.
Los actos de violencia contra la mujer pueden clasificarse en múltiples formas. Una encuesta llevada a cabo en 2002 clasificó las formas de violencia más difundidas en las tres categorías que siguen; también puede agregarse una cuarta categoría referente a las violencias debidas al estado de guerra.
1.Violencias en la relación personal derivadas de relaciones codificadas o permanentes
•Injurias verbales;
•Lesiones personales;
•Acoso sexual:
•Violación;
•Infidelidad del cónyuge.
2.Formas de violencia institucionales derivadas de la aplicación de las leyes y reglamentos necesarios para la organización y el funcionamiento de la sociedad privada o pública
•Prácticas consuetudinarias desfavorables para la mujer;
•Venia marital;
•Matrimonio preferencial o forzado;
•Negación de ventajas sociales;
•Problemas de herencia;
•Molestias causadas por la policía;
•Incumplimiento del pago de la liquidación final o pensión de viudez.
Los factores que facilitan los actos de violencia son, en particular, los siguientes:
•Las costumbres que difunden la idea de inferiorización de la mujer;
•El bajo nivel de ingresos de la mujer, que la pone en situación de dependencia económica y financiera respecto del hombre;
•El nivel de instrucción: la encuesta ha demostrado que una mujer instruida se defiende mejor contra los actos de violencia. Entre las víctimas encuestadas un 47% no había completado sus estudios y un 4% eran mujeres universitarias;
•La vivienda: la promiscuidad favorece la violación, el incesto, las lesiones y las injurias verbales;
•La profesión: el acoso sexual es habitual en los medios profesionales, las escuelas y los centros universitarios;
•El matrimonio: las mujeres casadas están más expuestas que las demás (expoliación, lesiones, venia marital, injurias);
•La repudiación irrestricta de la mujer, que la expulsa del hogar conyugal.
3.Formas de violencias instrumentales derivadas de la necesidad de funcionamiento de las instituciones, que se utilizan como medios para obtener ventajas
•Incumplimiento del pago de la dote;
•Aborto forzado;
•Prostitución forzada;
•Actos de brujería homicidas;
•La repudiación irrestricta de la mujer, que la expulsa del hogar conyugal.
Los factores que facilitan los actos de violencia son, en particular, los siguientes:
•Las costumbres que difunden la idea de inferiorización de la mujer;
•El bajo nivel de ingresos de la mujer, que la pone en situación de dependencia económica y financiera respecto del hombre;
•El nivel de instrucción: la encuesta ha demostrado que una mujer instruida se defiende mejor contra los actos de violencia. Entre las víctimas encuestadas un 47% no había completado sus estudios y un 4% eran mujeres universitarias;
•La vivienda: la promiscuidad favorece la violación, el incesto, las lesiones y las injurias verbales;
•La profesión: el acoso sexual es habitual en los medios profesionales, las escuelas y los centros universitarios;
•El matrimonio: las mujeres casadas están más expuestas que las demás (expoliación, lesiones, venia marital, injurias);
•La repudiación irrestricta de la mujer, que la expulsa del hogar conyugal.
4.Actos de violencia vinculados con el estado de guerra
a.Violencias sexuales
Entre todas las formas de violencia corresponde hacer hincapié en los actos de violencia sexual, cuya amplitud y persistencia resultan favorecidas por el estado de guerra, sobre todo al Este del país.
En un informe publicado en 2002, Human Rights Watch señaló que la violencia sexual ha sido utilizada como arma de guerra. En efecto: la mayoría de las fuerzas participantes en los conflictos han violado a mujeres y niños para ejercer un control efectivo de la población civil. Los agresores procuraban traumatizar, humillar y aterrorizar para desestabilizar y castigar a las comunidades acusadas de sostener el campo rival.
Estos actos de barbarie han sido perpetrados contra víctimas de todas las edades.
En un informe de 2004, Médicos Sin Fronteras da cuenta de haber prestado asistencia en Baraka, pequeña localidad de Kivu Meridional situada sobre el Lago Tanganica, a víctimas entre las cuales la más joven tenía 4 años y la mayor tenía 70 años.
La ONG Aide Medicale ha denunciado violaciones cometidas en la provincia del Ecuador contra ancianas de 80 años. No se libraron de ello las mujeres embarazadas.
Muchas ONG dan cuenta de casos de violación ante testigos.
Localización de los actos de violencia sexual
Las zonas más afectadas por los actos de violencia sexual son las siguientes:
•La provincia de Kivu Meridional: el Gobernador de esta provincia ha estimado entre 2.500 y 3.000 las mujeres violadas entre el final de 1999 y mediados de 2001;
•Las provincias Oriental, de Kivu Septentrional, de Maniema, del Ecuador y de Katanga en su parte septentrional;
•El Centro Olame ha acogido, en los alrededores de Uvira (Kivu Meridional), en enero de 2003, a 117 mujeres y muchachas violadas por diversos grupos armados:
•Como parte de su proyecto de lucha contra la pobreza, la Sociedad Alemana para la Cooperación Técnica (GTZ) ha registrado 2.500 víctimas de violación.
Consecuencias
Los actos de violencia sexual tienen diversas consecuencias, en particular las siguientes:
Consecuencias médicas
•Embarazos no deseados;
•Contaminación de enfermedades venéreas y del VIH/SIDA; los riesgos se agravan porque las relaciones sexuales forzadas van acompañadas por heridas y hemorragias;
•Heridas graves con hemorragia;
•Prolapso de los órganos genitales y fístulas;
•Lesiones físicas: Médicos Sin Fronteras informa de haber prestado asistencia a mujeres golpeadas.
Otras mujeres denuncian dolores articulares en la cadera y la espalda por habérseles forzado a separar las piernas con violencia y en forma prolongada.
Muchas mujeres atendidas por Médicos Sin Fronteras en Baraka presentan trastornos de la salud reproductiva derivados de las violaciones, en particular abortos espontáneos y muertes de recién nacidos.
Consecuencias sociales
•La estigmatización y el rechazo por la familia y la comunidad. Algunos maridos se sienten humillados por la violación sufrida por sus esposas y simplemente las repudian. A partir de ello, esas mujeres viven en la vergüenza y no les es posible llevar una vida normal.
Otros maridos, por el contrario, ante el temor de verse deshonrados, prefieren mantener en secreto la violación sufrida por su mujer; pero esto crea a menudo un clima malsano de hostilidad silenciosa.
Consecuencias económicas
•Las víctimas de violación, traumatizadas, viven en el temor y no se atreven a salir al campo ni desarrollar una actividad comercial, y su situación es precaria.
Consecuencias jurídicas
•Estos actos de barbarie quedan muchas veces impunes. Las víctimas siguen viviendo a veces con sus agresores, y tienen miedo de denunciarles. No se atreven a promover acciones judiciales ni cuentan con recursos para hacerlo.
b.Amputación de miembros
Con motivo de la conmemoración de la jornada del 8 de marzo de 2004, que tenía por tema “No a la violencia contra la mujer”, una mujer que tenía sus dos miembros superiores amputados fue presentada al público en Kinshasa.
Resulta difícil imaginar el calvario cotidiano que vive esa mujer, que depende totalmente de la asistencia y ha dejado de tener vida íntima. La vida se ha detenido para ella.
Este caso de amputación no es una situación aislada.
c.Entierro de mujeres vivas
En Mwenga, pequeña localidad situada en Kivu Meridional, los militares llevaron hasta el extremo su crueldad enterrando vivas a 11 mujeres inocentes.
Atención de las víctimas
Atención por el Gobierno
No existen todavía estructuras funcionales para la atención de este problema. Sin embargo, pueden citarse algunas iniciativas:
•Los Ministerios de Justicia, de Derechos Humanos y de la Condición de la Mujer y la Familia, junto con el sistema de las Naciones Unidas, han participado en la elaboración del programa “Iniciativa conjunta de lucha contra la violencia sexual contra la mujer”.
•El Gobierno ha promovido, en colaboración con Réseau Action Femme y organizaciones de la sociedad civil, la campaña de lucha contra la violencia sexual contra la mujer y ha participado en la organización del programa de lucha contra la violencia contra la mujer en 2003.
•El Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia, a través del PNPFC, ha promovido actividades de sensibilización mediante la publicación de una guía ilustrada acerca de la Convención.
•El Ministerio de Salud ha organizado un Comité de Lucha contra la Violencia contra la Mujer y el Niño.
La eficacia de estas medidas todavía no se ha puesto de manifiesto.
En un informe de 2004, Médicos Sin Fronteras da cuenta de haber prestado asistencia en Baraka, pequeña localidad de Kivu Meridional situada sobre el Lago Tanganica, a víctimas entre las cuales la más joven tenía 4 años y la mayor tenía 70 años.
La ONG Aide Medicale ha denunciado violaciones cometidas en la provincia del Ecuador contra ancianas de 80 años. No se libraron de ello las mujeres embarazadas.
Actos de violencia debidos al estado de guerra
1.Violencias en la relación personal derivadas de relaciones codificadas o permanentes
•Injurias verbales;
•Lesiones personales;
•Acoso sexual;
•Violación;
•Infidelidad del cónyuge.
2.Formas de violencia institucionales derivadas de la aplicación de las leyes y reglamentos necesarios para la organización y el funcionamiento de la sociedad privada o pública
•Prácticas consuetudinarias desfavorables para la mujer;
•Venia marital;
•Matrimonio preferencial o forzado;
•Negación de ventajas sociales;
•Problemas de herencia;
•Molestias causadas por la policía;
•Incumplimiento del pago de la liquidación final o pensión de viudez.
3.Formas de violencias instrumentales derivadas de la necesidad de funcionamiento de las instituciones, que se utilizan como medios para obtener ventajas
•Incumplimiento del pago de la dote;
•Aborto forzado.
Iniciativa conjunta de lucha contra los actos de violencia
•Los Ministerios de Justicia, de Derechos Humanos y de la Condición de la Mujer y la Familia, junto con el sistema de las Naciones Unidas, han participado en la elaboración del programa “Iniciativa conjunta de lucha contra la violencia sexual contra la mujer”.
El funcionamiento de la Comisión de Verdad y Reconciliación, una de las cinco instituciones de apoyo a la democracia, habrá de dar sin duda soluciones pues entre sus funciones tiene, en particular, las siguientes:
•Recibir confesiones y declaraciones de testigos en relación con los crímenes y las violaciones de derechos humanos en gran escala, en especial las relacionadas con la violación de mujeres y niñas en tiempo de guerra;
•Identificar a las víctimas y determinar el alcance de los perjuicios sufridos;
•Procurar mecanismos de protección adecuados que soliciten las personas que presten declaración y teman sufrir por ello consecuencias perjudiciales para su seguridad.
Las ONG y las confesiones religiosas
En las zonas afectadas por los conflictos, la sociedad civil ha adquirido conciencia de la necesidad de denunciar las violencias sexuales y prestar asistencia a las víctimas.
La mayor movilización es la que se ha observado en Kivu Meridional.
En Bukavu, varias ONG participan en la lucha contra los actos de violencia sexual mediante campañas de sensibilización, y también mediante la asistencia a las víctimas. Entre las principales organizaciones cabe mencionar a las siguientes:
•Marco de Concertación de Mujeres en las Bases (CCFOB), plataforma que agrupa a 11 ONG;
•Centro Olame, estructura de la Arquidiócesis de Bukavu que se ocupa especialmente de prestar asistencia a las víctimas de actos de violencia sexual;
•En noviembre de 2002 este Centro acogió y recibió la declaración de 117 mujeres y muchachas violadas por diferentes grupos armados;
• Comité Rayon d’Action Femme (CRAF), que agrupa a siete ONG y actúa con el apoyo de la organización GTZ. Ha creado 33 estructuras de base denominadas “Centros de Escucha y Alerta” (CADEAL). Al encontrarse cerca de las poblaciones, los CADEAL son las primeras estructuras que están al corriente de los casos de violencia sexual. Registran a las víctimas y aseguran su asistencia médica y psicosocial. Estas instituciones han registrado así a 2.500 víctimas y han asegurado la asistencia médica y sanitaria de 943 de ellas;
•Red de Mujer para la Defensa de los Derechos y la Paz (RFDP);
•“Actuemos Unidas”;
•Federación de Mujeres Protestantes (FFP).
La mayoría de las víctimas eran remitidas a los centros de salud de la Iglesia Protestante, en especial de la Comunidad de Iglesias Pentecostales Libres de África.
•La Iglesia Católica, por intermedio de la Comisión de Paz y Justicia y la Oficina de Obras Médicas, se ocupa de la asistencia médica y psicosocial de las víctimas de la violencia sexual. En Katanga, en la ciudad de Kalemie, la Comisión de Paz y Justicia de la Diócesis actúa muy intensamente.
En otras provincias afectadas por los conflictos, las ONG trabajan sin coordinación. Los esfuerzos tendientes a la sinergia se encuentran todavía en estado embrionario.
Organismos del sistema de las Naciones Unidas y ONG nacionales e internacionales
En lo que respecta a la lucha contra los actos de violencia sexual, el UNICEF apoya a las ONG locales e internacionales para la asistencia médica y psicológica de las mujeres y niños que son víctimas de traumatismos y violencias relacionados con los conflictos armados. Actualmente prestan apoyo al hospital de Panzi, en Bukavu, y Cooperación Internacional en Ituri para la asistencia a unas 2.500 víctimas.
El PNUD ha incorporado la dimensión de género en todas sus actividades y presta apoyo al PNPFC.
Médicos Sin Fronteras se ha hecho cargo de la asistencia médica y psicosocial a las víctimas de Baraka, en Kivu Meridional.
Cabe señalar que resulta difícil evaluar el alcance del desastre causado por la guerra. Del mismo modo, no es posible evaluar con certidumbre el número de víctimas, pues la mayoría de ellas prefiere callar los horrores que han sufrido. Las cifras me n cionadas en diversos informes sólo tienen valor indicativo.
Las actividades llevadas a cabo para la asistencia a las víctimas siguen siendo insuficiente. El Gobierno debe participar más actuando directamente, y ta m bién coord i nando las iniciativas de las organizaciones que actúan en la base.
La comunidad nacional desea que la Comisión de Verdad y Reconciliación, in s titución de apoyo a la democracia que tiene por cometido restablecer la verdad y promover la justicia, el perdón y la reconciliación, saque a la luz la verdad sobre las violaciones cometidas durante la guerra, en que la mujer pagó un p e sado tributo, a fin de que las numerosas víctimas puedan obtener reparación.
Recomendaciones
I.Al Gobierno
•Sanear el ámbito jurídico respecto de todas las distorsiones legales que todavía subsisten y siguen perturbando la plena aplicación de la Convención.
•Asignar créditos de importancia al Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia, a fin de que pueda llevar a cabo sus funciones.
•Asegurar la representatividad de la mujer, por lo menos en el 30% de los puestos de decisión, durante el período de transición democrática.
•Intensificar las campañas de divulgación de los textos legales referentes a la mujer, y en particular de la Convención, en los idiomas locales y facilitar la comprensión a través de los medios de difusión apropiados.
•Acentuar la capacidad de las instituciones y los responsables encargados de la obtención de datos desagregados acerca de la mujer y realizar a su respecto evaluaciones periódicas.
•Continuar la pacificación y unificación del país para obtener la recuperación de la economía nacional y hacer frente así al empobrecimiento de la población, cuya primera víctima es la mujer.
•Organizar con la mayor urgencia un programa nacional de lucha contra los actos de violencia sexual cometidos contra la mujer y la niña.
•Dar un apoyo manifiesto a la Comisión Nacional de Censura contra las imágenes denigrantes de la mujer en los medios de difusión y el habla popular.
•Divulgar y poner en práctica el documento sobre las estrategias nacionales de incorporación de las cuestiones de género en las políticas y programas de desarrollo nacional.
II.A las ONG y las asociaciones que actúan en materia de adelanto de la mujer
•Trabajar en coordinación y concertación, en grupos temáticos y redes, para lograr mayor eficacia.
•Intensificar las medidas de sensibilización y promoción.
•Actuar con mayor intensidad para lograr un cambio de mentalidad contra los estereotipos sexistas, las ideas convencionales y las costumbres y tradiciones sobre la inferioridad de la mujer.
III.A las mujeres mismas
•Asumir todas sus responsabilidades individuales y colectivas como asociadas del varón en condiciones de igualdad.
•Dedicarse a la educación de sus hijos en las cuestiones de género.
•Modificar las mentalidades.
IV.A las organizaciones de cooperación bilaterales y multilaterales
•Ampliar considerablemente el apoyo prestado al Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia en el marco de la aplicación del Programa Nacional para la Promoción de la Mujer Congoleña.
•Actuar concertadamente en el marco del apoyo al Programa Nacional de Promoción de la Mujer Congoleña a fin de acentuar su eficacia.
Conclusión
Deseamos concluir este trabajo con el relato de un hecho vivido el 8 de marzo de 2004.
Un grupo de mujeres vestidas en uniformes confeccionados con ocasión del Día Internacional de la Mujer se agrupa en una parada de autobuses, esperando un medio de transporte para concurrir al Palacio del Pueblo, donde está previsto un programa de actividades.
Un hombre, atraído sin duda por el uniforme, se acerca y les pregunta:
¿Adónde van tan bien vestidas, madres?
Las mujeres, muy contentas, responden:
Vamos al Palacio del Pueblo; hoy es el Día de la Mujer, es nuestra fiesta.
Y el señor les contesta:
¿Una fiesta en honor de qué? Después de todo, siempre seguirán siendo mujeres.
Sobreentendido: inferiores al hombre.
Relatamos este hecho para mostrar la amplitud de la tarea que falta realizar para lograr que la sociedad comprenda que el hombre y la mujer son asociados naturales, llamados a marchar juntos en el respeto mutuo, la justicia y la igualdad.
Documentos consultados
I.Textos legales
1.Ley N° 87-010, sobre el Código de la Familia
2.Ley Orgánica de Educación Nacional, N° 86-005, de 22 de septiembre de 1986
3.Ley N° 015/2002, de 16 de octubre de 2002, sobre el Código del Trabajo
4.Ley N° 104/003, de 31 de marzo de 2004, sobre el presupuesto del Estado para el ejercicio 2004
5.Decreto-Ley N° 197, que modifica y complementa la Ley N° 81/002, de 29 de junio, sobre la nacionalidad congoleña
6.Constitución de Transición
7.Acuerdo Global y Comprensivo
II.Informes
1.Informe Mundial sobre el Desarrollo Humano
2.Informe de inventario sobre la situación de la mujer en la República Democrática del Congo, Sangana Biduaya, abril de 2003
3.Informe de la misión de consulta sobre la promoción
4.Sección 1: Obstáculos a la promoción de la mujer
5.Informe del seminario de sensibilización sobre la escolarización de la niña en situación difícil, celebrado en Kinshasa en septiembre de 2003
6.Informe anual del PNPFC correspondiente a 2003
7.Informe anual de DIRAF correspondiente a 2001
8.Informe nacional de la República Democrática del Congo sobre el examen y evaluación del Plan de Acción Beijing + 10
9.Comunicado de prensa de Médicos Sin Fronteras de abril de 2004 (situación en Baraka)
III.Documentos diversos
1.Situación del derecho consuetudinario y los derechos de la mujer en la República Democrática del Congo
2.Evaluación acerca de la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en el Zaire, Bolie Nonkwa, 1996
3.Estrategias de integración de las cuestiones de género en las políticas y programas de desarrollo de la República Democrática del Congo, noviembre de 2003
4.Encuesta nacional sobre la situación de la mujer y el niño en 1995, MICS1
5.Encuesta nacional sobre la situación de la mujer y el niño en 2001, MICS2
6.Documento de estrategia de lucha contra la pobreza (DELP) (versión provisional), Ministerio de Planificación
7.Programa multisectorial de urgencia y rehabilitación: diagnósticos y opciones fundamentales (mayo de 2003)
8.Memorándum sobre la situación jurídica y social de la mujer
Referencias bibliográficas
1.“Para salvar África, salvemos a las mujeres africanas”, mensaje del Secretario General de las Naciones Unidas, Sr. Kofi Annan, con ocasión de las fiestas de Año Nuevo de 2003
2.Informe sobre el Desarrollo Humano
3.Informe
4.Situación del derecho consuetudinario y los derechos de la mujer en la República Democrática del Congo, Gambembo Gawiya, abril de 1999
5.Ídem
6.Informe de la misión de consulta sobre la promoción
7.DELP
8.MICS2, página 77
9.MICS2, página 82
10.Programa Multisectorial de Urgencia y Rehabilitación, página 36
11.Estrategias de integración de las cuestiones de género en las políticas y programas de desarrollo, página 27
12.Actos de violencia cometidos contra la mujer y la niña en la República Democrática del Congo, páginas 9 y siguientes
El presente informe fue elaborado por la Señora ... , Consultora, con la colab o ración de:
1.El equipo del Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia
2.El equipo del proyecto de “Apoyo al Programa Nacional de Promoción de la Mujer Congoleña”
3.El Sr. Sabana Bruno, Director del Instituto Nacional de Estadística
Prestaron apoyo técnico:
4. La Sra. Mishiku Chantal
5.La Sra. Ungyera Marie Louise, Secretaria
Recomendaciones
1.Al Gobierno
El artículo 51 de la transición constituye un significativo adelanto en la legislación en favor de la mujer, pues afirma inequívocamente el compromiso del Estado de aplicar la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, voluntad que se manifiesta igualmente en la transformación en Ministerio del organismo encargado de la situación de la mujer.
Para que su acción resulte constante, el Estado deberá eliminar de su ámbito jurídico todas las distorsiones jurídicas que subsisten y perturban todavía la plena aplicación de la Convención.
Igualmente deberá perseverar en los esfuerzos para alcanzar una representación de 30% en favor de la mujer en los ámbitos de decisión.
El Gobierno, para conservar su credibilidad, no deberá limitarse a declaraciones de propósitos y de política general; debe traducir sus convicciones en la asignación de créditos considerables al Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia a fin de permitirle cumplir sus funciones de promoción de la mujer, por los siguientes medios:
•La organización o intensificación de campañas de divulgación de los diversos textos legislativos referentes a la mujer, en particular la Convención, y los Códigos de la Familia y del Trabajo;
•La traducción de la Convención en los cuatro idiomas nacionales para facilitar su comprensión por el mayor número posible de mujeres;
•El mejoramiento de la capacidad institucional y de los responsables, tanto nacionales como locales, para mejorar los mecanismos de seguimiento y evaluación de la Convención;
•La normalización de los sistemas de compilación de datos a fin de obtener resultados confiables en todo el territorio nacional, y la organización periódica de encuestas de alcance nacional.
El Estado deberá consolidar igualmente la pacificación del país para poner en marcha verdaderamente el programa de recuperación económica y contener así el empobrecimiento de la población, ya que no puede existir desarrollo sin paz.
El Estado deberá asumir sus responsabilidades asegurando la financiación del sector social, en especial en materia de educación y salud.
El Gobierno debe adoptar todas las disposiciones necesarias para sanear los medios de difusión y lograr que la Comisión de Censura desempeñe su función respecto de las imágenes obscenas que denigran a la mujer, y la publicidad y las canciones de contenido licencioso.
2.A las ONG y asociaciones
Las ONG y las asociaciones que actúan en materia de promoción de la mujer y las organizadas en el grupo temático “La mujer y las funciones de dirección” deberán consolidar el trabajo coordinado y actuar más intensamente en su labor de promoción, intensificando sus actividades de sensibilización a fin de que la mujer comprenda el sentido de la lucha por la incorporación de las cuestiones de género en los programas nacionales.
También deberán sensibilizar más a la mujer sobre sus posibilidades y eliminar de su mentalidad toda idea de inferioridad, a fin de que no la transmita a sus hijos a través de su función de primera educadora.
3.A la mujer
La mujer beneficiaria de la Convención, debe comprender que tiene que librar una lucha ardua para sacudir los estereotipos sexistas, las ideas convencionales que desde hace lustros la discriminan y la mantienen en situación de inferioridad.
Puesto que educar a una mujer es educar a una nación; puesto que la mujer es guardiana de las tradiciones y comunicadora de los valores morales de la sociedad, es preciso hacer especial hincapié en que también ella debe cambiar de mentalidad. ¿Comprende la mujer, en grado suficiente, el sentido de la lucha que debe entablarse?
En efecto: el éxito del programa de promoción de la mujer también dependerá en gran medida del mensaje que ella transmita a sus hijos de corta edad.
La mujer debe hacer que la sociedad comprenda que ella es protagonista y asociada ineludible del desarrollo, y que concebir y elaborar programas de desarrollo sin tener en cuenta a la mujer es, al mismo tiempo, poner en peligro su éxito y sacrificar a una importante categoría de la sociedad.
Para que esta labor de promoción pueda resultar fructífera, es importante que las mujeres que cumplen los requisitos, que son cada vez más numerosas, se comprometan más decididamente en todos los ámbitos de decisión y hagan oír su voz también en ese plano.
4.A los organismos internacionales
Los organismos internacionales deberán mantener todavía el apoyo que prestan a la mujer por conducto del Ministerio de la Condición de la Mujer y la Familia en el marco de los acuerdos.