Comité

Número total de informes pendientes

Número de informes pendientes por más de cinco años

Comité de Derechos Humanos

190

85

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

154

93

Comité contra la Tortura

187

61

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

241

104

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

478

244

Comité de los Derechos del Niño

128

54

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

43

0

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

46

0

Comité sobre los Trabajadores Migratorios

25

0

32.Pueden encontrarse más detalles en un informe sobre la situación en materia de presentación de informes (HRI/GEN/4/Rev.5) preparado recientemente por la Secretaría, que incluye información sobre el incumplimiento por los Estados Partes de la obligación de presentar informes, así como sobre los informes pendientes. El ACNUDH tiene previsto poner en marcha en 2005 una nueva base de datos para facilitar información sobre la presentación de informes por los Estados Partes.

F. Información estadística acerca de la puesta en práctica de los derechos humanos

Recomendación: La tercera Reunión de los Comités pidió a la Secretaría que prestara asistencia a los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos para analizar la información estadística referente a los derechos humanos presentada en los informes de los Estados Partes, en respuestas a las listas de cuestiones y los documentos básicos.

33.El ACNUDH ha iniciado los trabajos para analizar y determinar la adecuación de los indicadores utilizados habitualmente para evaluar el cumplimiento por los Estados Partes en los tratados internacionales de derechos humanos y ha puesto en marcha un estudio de las iniciativas en que se han utilizado indicadores para la evaluación de la situación en materia de derechos humanos. Los resultados de ese estudio se presentaron en la Reunión de Expertos en indicadores sobre los derechos humanos que se celebró en Turku (Finlandia) del 10 al 13 de marzo de 2005. En la reunión, en la que participaron expertos en derechos humanos entre los que se encontraban miembros de órganos de los tratados y expertos en estadísticas, se acordó que los órganos de los tratados podían utilizar indicadores de una manera significativa al evaluar el cumplimiento por los Estados Partes de sus obligaciones dimanantes de los tratados. En la reunión se reconoció la necesidad de que todos los órganos de los tratados participaran en el proceso de evaluación del diseño y la utilización de indicadores para la evaluación de la situación en materia de derechos humanos y se recomendó que los resultados de la reunión se señalaran a la atención de la cuarta Reunión de los Comités.

G. Cooperación con los encargados de procedimientos especiales

Recomendación: La tercera Reunión de los Comités recomendó que se allegasen fondos para respaldar la interacción de los encargados de procedimientos especiales con los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, entre otras cosas mediante su asistencia a los períodos de sesiones de estos órganos.

34.Desde la última reunión de los comités, varios de ellos se habían reunido con encargados de procedimientos especiales. En su 37º período de sesiones, celebrado en septiembre de 2004, el Comité de los Derechos del Niño se reunió con el experto independiente que dirige el estudio del Secretario General sobre la violencia contra los niños y con el Relator Especial sobre el derecho a la educación. El Comité se reunió también con el Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en su 38º período de sesiones, celebrado en enero de 2005. En el 33º período de sesiones del Comité contra la Tortura, celebrado en noviembre de 2004, se dirigió al Comité el Relator Especial sobre la tortura. En el 83º período de sesiones del Comité de Derechos Humanos, celebrado en marzo de 2005, el Comité designó un centro de coordinación encargado de mantenerse en contacto con el Asesor Especial del Secretario General sobre la prevención del genocidio.

35.Durante su 65º período de sesiones, celebrado en agosto de 2004, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial se reunió con el Relator Especial sobre una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado. El Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental asistió al 66º período de sesiones del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, que se celebró en febrero y marzo de 2005.

H. Comunicados de prensa

Recomendación: La tercera Reunión de los Comités recomendó que los Comités estableciesen un punto de enlace con el Departamento de Información Pública para velar por la exactitud de los comunicados de prensa. La reunión recomendó también que los comunicados de prensa de cada Comité llevasen una nota de exoneración que dijese lo siguiente: "Este comunicado de prensa no es un comunicado oficial y únicamente se facilita a fines informativos".

36.La Secretaría comprueba sistemáticamente los comunicados de prensa del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, el Comité contra la Tortura, el Comité de los Derechos del Niño y el Comité de Derechos Humanos. Los comunicados de prensa de las reuniones del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales se comprueban cuando se han examinado cuestiones especialmente delicadas. Se alienta a los relatores del Comité de los Derechos del Niño en los países a que se mantengan en contacto con el Departamento de Información Pública (DIP).

37.Con la excepción de los comunicados de prensa del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, todos los comunicados de prensa contienen notas de descargo de responsabilidad en sus versiones impresa y electrónica, aunque con algunas diferencias de redacción. El DIP ha acordado incluir sistemáticamente en el futuro la nota de descargo de responsabilidad que recomendó la tercera Reunión de los Comités.

III. SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE LA 16ª REUNIÓN DE PRESIDENTES DE LOS ÓRGANOS CREADOS EN VIRTUD DE TRATADOS DE DERECHOS HUMANOS

A. Cooperación técnica

Recomendación: Los presidentes pidieron que se crearan más oportunidades de interacción con la Junta de Síndicos del Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para la Cooperación Técnica en Materia de Derechos Humanos.

Recomendación: Los presidentes pidieron a la Secretaría que examinara los efectos de las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados en sus observaciones o comentarios finales en que pedían a los Estados que consideraran la posibilidad de solicitar asistencia técnica en ciertos ámbitos, en particular en lo relativo a la preparación de los informes exigidos por los tratados de derechos humanos.

38.Desde la tercera Reunión de los Comités, en las observaciones o comentarios finales del Comité de Derechos Humanos, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, el Comité contra la Tortura y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial no se han incluido recomendaciones acerca de la posibilidad de solicitar asistencia técnica. En sus observaciones finales sobre Azerbaiyán aprobadas el 26 de noviembre de 2004 (E/C.12/1/Add.104), el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales recomendó a ese Estado Parte que "...siga solicitando asistencia técnica e internacional, conforme al artículo 23 del Pacto" (párr. 53).

39.En 14 de las 17 observaciones finales adoptadas por el Comité de los Derechos del Niño en sus períodos de sesiones 37º y 38º se mencionaba la posibilidad de que los Estados Partes solicitaran asistencia técnica al ACNUDH, el UNICEF, la OIT y demás órganos de las Naciones Unidas en esferas como la preparación de un plan de acción nacional para la aplicación de la Convención; la coordinación; la recogida de datos; la educación; la prevención del VIH/SIDA; el maltrato y el abandono; la explotación sexual y la trata; el sistema de justicia de menores; y la capacitación de la policía. También se hacen recomendaciones sobre la asistencia técnica en relación con el abuso de sustancias; los niños de la calle; los castigos corporales; los servicios de salud; y la explotación económica. El Comité ha sugerido también a los Estados Partes que consideren la posibilidad de recabar asistencia técnica del ACNUDH y del UNICEF en relación con la preparación de sus siguientes informes periódicos (véanse las observaciones finales sobre el Togo adoptadas el 28 de enero de 2005, CRC/C/15/Add.255, párr. 80).

Recomendación: Los presidentes recomendaron que los asociados de las Naciones Unidas colaboraran con los Estados Partes mediante los programas de cooperación técnica para mejorar los sistemas de presentación de informes en los países.

Recomendación: La tercera Reunión de los Comités convino en general en que los Estados Partes que desearan preparar informes sirviéndose del proyecto de directrices deberían tener derecho a hacerlo y los alentó a solicitar asistencia técnica del ACNUDH y de la División para el Adelanto de la Mujer, a las que se pidió que prestaran asistencia técnica a los Estados que actuaran del modo dicho.

40.En el contexto del programa conjunto HURIST (Fortalecimiento de los Derechos Humanos) del ACNUDH y el PNUD, y bajo el encabezamiento "Normas y procesos relacionados con los tratados de derechos humanos en el plano del desarrollo a nivel nacional", se ha puesto en marcha en Timor-Leste una iniciativa nacional encaminada a prestar apoyo a la preparación de los informes exigidos por los tratados y al fortalecimiento de la capacidad de la oficina del PNUD en el país para aplicar un enfoque del desarrollo basado en los derechos humanos. Con arreglo a ese programa, en septiembre de 2004, y bajo los auspicios del Ministerio de Relaciones Exteriores de Timor-Leste, se organizó un curso práctico sobre la preparación de los informes exigidos por los tratados destinado a fomentar la sensibilidad de todos los sectores de la sociedad de Timor acerca de las consecuencias de la ratificación de los tratados de derechos humanos y de la posibilidad de presentar informes utilizando el proyecto de directrices presentado en la tercera Reunión de los Comités y en la 16ª reunión de los presidentes. También se han adoptado medidas para facilitar la organización de reuniones consultivas a nivel de distrito en todo el país para que los funcionarios gubernamentales, las ONG y los grupos comunitarios se familiaricen con el proceso de presentación de informes. También se contrataron consultores nacionales para facilitar la redacción de los informes exigidos por los tratados.

41.Con el apoyo del ACNUR, el Gobierno de Angola ha organizado un curso práctico sobre la preparación de los informes exigidos por los tratados que se celebrará en Rwanda del 24 al 27 de mayo de 2005. En el curso práctico se analizará la coordinación en la redacción de informes y la preparación de un documento básico ampliado con arreglo al proyecto de directrices presentado en la tercera Reunión de los Comités.

42.El Comité Interministerial de Tanzania, en cooperación con el Instituto Raoul Wallenberg, y con el apoyo financiero del PNUD, organizó del 29 de noviembre al 3 de diciembre de 2004 un seminario sobre las obligaciones de los Estados Partes en materia de presentación de informes centrado en el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en el que participó un representante de la Secretaría. También participó un representante de la Secretaría en un curso práctico para ONG sobre la preparación de informes y los procedimientos de queja organizado en Pretoria del 29 de noviembre al 1º de diciembre de 2004 por el Fondo para los Derechos Humanos en África Meridional.

B. Jurisprudencia de los órganos creados en virtud de tratados

Recomendación: Los presidentes pidieron a la Secretaría que considerara los medios de presentar el corpus de jurisprudencia de los órganos creados en virtud de tratados en forma accesible, junto con los comentarios correspondientes, para que todos los órganos creados en virtud de tratados y otros órganos pudieran utilizarla más eficazmente.

43.El ACNUDH ha seguido dando difusión a los resultados alcanzados por los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y ha diseñado de nuevo sus páginas web sobre esos órganos para que esa información aparezca de una manera coherente y sea fácil de encontrar por los usuarios. También ha seguido compilando la Selección de Decisiones del Comité de Derechos Humanos y está estudiando la posibilidad de elaborar una compilación de las decisiones del Comité contra la Tortura y del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial. En cooperación con sus asociados, la oficina regional del ACNUDH en Santiago de Chile ha compilado las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Comité de los Derechos del Niño dirigidas a los países de América Latina y el Caribe. Además, en octubre de 2004 se publicó el volumen 4 de la Selección de Decisiones del Comité de Derechos Humanos adoptadas con arreglo al Protocolo Facultativo y en julio de 2005 se publicará el volumen 5.

44.El ACNUDH está actualizando también su principal base de datos de comunicaciones, que incluye información sobre el procedimiento establecido con arreglo a las resoluciones 1503 (XLVIII) y 2000/3 del Consejo Económico y Social y los procedimientos especiales. También se facilitará la utilización del sistema de búsqueda incorporando la posibilidad de realizar búsquedas temáticas. Las opiniones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en el marco del Protocolo Facultativo se difunden también a través del sitio web de la División para el Adelanto de la Mujer.

C. Cooperación con la Comisión de Derechos Humanos

Recomendación: Tomando nota del punto de convergencia acordado en la reunión de los comités, los presidentes recomendaron que prosiguieran las conversaciones con la Mesa ampliada de la Comisión de Derechos Humanos sobre los medios de establecer un diálogo constructivo e interactivo con los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, durante el 61º período de sesiones de la Comisión. Encomendaron a su Presidente que tratara el asunto con la Mesa ampliada de la Comisión durante el año.

45.La cuestión de los medios de establecer un diálogo constructivo e interactivo entre los presidentes y la Comisión se señaló a la atención de la Mesa ampliada, que invitó a todos los presidentes a que se dirigiesen a la Comisión en su 61º período de sesiones en relación con el tema 18 a) del programa (Funcionamiento eficaz de los mecanismos de derechos humanos: órganos creados en virtud de tratados), para que pudiese prestarse a ese tema la atención que merecía. El Presidente del Comité sobre los Trabajadores Migratorios se dirigió a la Comisión el 13 de abril de 2005 en su calidad de presidente del Comité y de la tercera Reunión de los Comités y de la 16ª reunión de presidentes.

D. Cooperación con las entidades presentes sobre el terreno

Recomendación: Los presidentes recomendaron que se considerara la posibilidad de establecer un foro para que los representantes del ACNUDH sobre el terreno se reunieran con los órganos creados en virtud de tratados.

46.Durante la reunión de los jefes de las misiones de derechos humanos sobre el terreno del ACNUDH celebrada del 22 al 26 de noviembre de 2004, se celebró una sesión sobre el tema "Aplicación de un programa único de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos con tres componentes interconectados: órganos de los tratados, procedimientos especiales y cooperación técnica". Asistieron a la reunión la Presidenta del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Presidente del Fondo de Contribuciones Voluntarias para Cooperación Técnica y el Relator Especial sobre la Tortura.

E. Ratificación de la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares

Recomendación: Los presidentes recomendaron que todos los órganos creados en virtud de tratados promovieran activamente la ratificación por los Estados Partes de la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.

47.El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial incluye sistemáticamente en sus listas de cuestiones y sus observaciones finales la promoción de la ratificación de la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. En las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer se incluye actualmente un párrafo estándar sobre los siete instrumentos básicos de derechos humanos en el que se alienta a los Estados Partes a que ratifiquen aquellas convenciones que el respectivo Estado Parte aún no hayan ratificado.

48.El Comité de los Derechos del Niño alienta a los Estados Partes a que ratifiquen la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familiares cuando el Comité lo considere apropiado. El Comité de Derechos Humanos, el Comité contra la Tortura y el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales no tienen una práctica sistemática a este respecto, pero en sus observaciones finales, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales alienta a los Estados en los que los trabajadores migrantes se enfrentan con problemas en cuanto al disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, a que ratifiquen la Convención, como ocurre, por ejemplo, en las observaciones finales sobre Italia (E/C.12/1/Add.103, párr. 36).

F. Participación en la Reunión de los Comités

Recomendación: Los presidentes recomendaron que los órganos creados en virtud de tratados designaran a los participantes en la Reunión de los Comités, teniendo debidamente en cuenta la necesidad de mantener la continuidad de su participación.

49.Todos los comités han designado participantes para la cuarta Reunión de los Comités. Diez de ellos ya han participado en anteriores reuniones de los comités.

IV. OTRAS NOVEDADES

Cooperación técnica

50.Del 11 al 13 de noviembre de 2004, el ACNUDH, con el apoyo del UNICEF, organizó un taller subregional sobre el seguimiento de las observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño, albergado por el Gobierno de Tailandia. El taller tuvo lugar en Bangkok y contó con la presencia de participantes de Camboya, Indonesia, la República Democrática Popular Lao, Viet Nam y Tailandia. En 2005 se celebrarán talleres análogos en Doha, Qatar y Buenos Aires.

51.Del 9 al 13 de mayo de 2005 tuvo lugar en Ginebra el tercer taller de capacitación de un proyecto titulado "Fortalecimiento de la aplicación de las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados mediante el mejoramiento de los mecanismos nacionales de protección", al que asistieron participantes de Bosnia y Herzegovina, Mauricio, Tailandia, Uganda y Zambia. El objeto del proyecto es aumentar el disfrute de los derechos humanos en los países que han ratificado instrumentos internacionales de derechos humanos mejorando la aplicación de las conclusiones y recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos en el plano nacional mediante el fortalecimiento de la capacidad de las instituciones nacionales de derechos humanos, las ONG y los medios de comunicación. Los objetivos inmediatos son incrementar la participación de estos y otros actores nacionales en el proceso de aplicación de los tratados e información al respecto, y aumentar la participación de la sociedad civil en la labor de los órganos creados en virtud de tratados, particularmente por lo que respecta al seguimiento de las recomendaciones de esos órganos.

52.Como parte de su programa de cooperación técnica, la DAM ha llevado a cabo un proyecto de asistencia técnica de dos fases con el Gobierno de Sierra Leona a fin de reforzar la capacidad de los funcionarios públicos para aplicar la Convención. En el marco de la primera fase, un equipo de expertos internacionalmente reconocidos, inclusive del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, celebró consultas del 25 al 27 de octubre de 2004 con los jefes de ministerios y departamentos de ministerios clave. Se preparó un informe, con recomendaciones para la acción prioritaria del Gobierno en materia de reforma legislativa, medidas de política y programas, y cooperación con la sociedad civil y la comunidad internacional.

53.La segunda fase del proyecto, que constaba de dos talleres de capacitación para funcionarios públicos de nivel intermedio sobre la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, se desarrolló en Freetown del 4 al 8 de abril de 2005. El objetivo del primer taller era prestar apoyo al mecanismo nacional para el adelanto de la mujer, el Ministerio de Bienestar Social, Género y Asuntos del Niño, para que actuara como promotor de la igualdad de género en relación con otros ministerios y grupos de la comunidad, y proporcionara asesoramiento y orientación sobre la elaboración de la política relacionada con el género. El segundo taller, centrado en el papel de los principales ministerios en la aplicación de la Convención, tenía por objeto familiarizar a sus funcionarios con las disposiciones pertinentes del tratado y su aplicabilidad en diversos sectores, en particular la educación, la planificación del desarrollo económico, la salud y la justicia. La DAM organizará una misión de consulta de alto nivel sobre la Convención en Kabul en 2005.

54.En mayo de 2005, el ACNUDH y el PNUD organizaron en Santiago de Chile un taller sobre la manera de mejorar la incorporación de las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados a los programas nacionales de los organismos especializados. Participaron en el evento representantes del PNUD y otros organismos especializados de la Argentina, Bolivia, el Brasil, Chile, Colombia, el Ecuador, el Paraguay, el Perú, el Uruguay y Venezuela. En octubre de 2005 se organizará un taller análogo en Panamá destinado a los países de América Central y México.

55.En colaboración con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, la DAM organizará del 25 de mayo al 1º de junio de 2005 un coloquio judicial sobre la aplicación del derecho internacional de derechos humanos y un curso de capacitación de funcionarios públicos sobre la aplicación de la Convención y la presentación de informes así como sobre el seguimiento de las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. Se ha invitado a asistir a los dos eventos, que tendrán lugar en Santiago de Chile, a funcionarios judiciales y otros funcionarios públicos de 12 países de la región de América Latina. La DAM facilitó asimismo la participación de un experto del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en un curso práctico sobre presentación de informes celebrado en Timor-Leste en marzo de 2005. También en 2005 se realizará en El Cairo un taller conjunto sobre el seguimiento de las observaciones o comentarios finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial y del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.

Otras novedades

56.En su 66º período de sesiones, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial celebró un debate general sobre el multiculturalismo en el que participó el Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia. Este Relator también participó en el debate temático sobre la prevención del genocidio celebrado en ese mismo período de sesiones. Otros participantes fueron los Estados Partes, el Asesor Especial del Secretario General sobre la prevención del genocidio, otras organizaciones conexas del sistema de las Naciones Unidas, y ONG internacionales. Tras el debate, el Comité aprobó una declaración sobre la prevención del genocidio.

57.En su 37º período de sesiones, celebrado en septiembre de 2004, el Comité de los Derechos del Niño dedicó un día de debate general al tema de la realización de los derechos del niño en la primera infancia.

58.En su 36º período de sesiones, celebrado en abril y mayo de 2005, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales aprobó la Observación general Nº 16 (2005) sobre el artículo 3 del Pacto (igualdad de derechos del hombre y la mujer). El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer siguió trabajando en una recomendación general sobre el artículo 2.

59.Dos miembros del Comité Africano de Expertos en materia de derechos y bienestar del niño asistieron al 38º período de sesiones del Comité de los Derechos del Niño en calidad de observadores con objeto de profundizar la cooperación entre el marco de las Naciones Unidas y el marco regional de derechos humanos, así como de mejorar el intercambio de prácticas óptimas de cumplimiento por los Estados Partes de las obligaciones contraídas en virtud de los diferentes mecanismos de derechos humanos.

60.En su resolución 59/261, la Asamblea General expresó su satisfacción por las medidas tomadas por el Comité para reformar sus métodos de trabajo a fin de examinar oportunamente los informes de los Estados Partes, en particular su propuesta de realizar su labor en dos salas, como medida excepcional y temporal y por un plazo de dos años, para poder examinar todos los informes acumulados, teniendo debidamente en cuenta el principio de la distribución geográfica equitativa. El Comité se reunirá en dos salas de nueve miembros cada una a partir de su 41º período de sesiones en enero de 2006. Conforme a lo solicitado por la Asamblea General, el Comité evaluará los progresos realizados al cabo de dos años, teniendo en cuenta el contexto más general de la reforma de los órganos creados en virtud de tratados.

61.En su 32º período de sesiones, celebrado en enero de 2005, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer expresó su decepción por la falta de decisión de la Asamblea General en su quincuagésimo noveno período de sesiones sobre el pedido del Comité de que se adoptaran medidas de corto plazo y una solución a largo plazo que permitieran al Comité cumplir sus funciones dimanantes de la Convención y el Protocolo Facultativo de forma oportuna y eficaz. El Comité volverá a examinar la cuestión de su tiempo de reunión en su 33º período de sesiones con miras a presentar una propuesta de acción a la Asamblea General en su 60º período de sesiones.

Anexo

PROPUESTAS PARA ARMONIZAR LA TERMINOLOGÍA UTILIZADA POR LOS ÓRGANOS CREADOS EN VIRTUD DE TRATADOS

La tercera Reunión de los Comités recomendó que el ACNUDH, en colaboración con la DAM, presentara una propuesta a la cuarta Reunión de los Comités acerca de la normalización de la terminología utilizada por los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos a propósito de los elementos técnicos de su labor.

En el cuadro siguiente figuran los términos que se utilizan actualmente, o que han sido utilizados, para denominar elementos de los procedimientos de presentación de informes de los distintos órganos creados en virtud de tratados.

Terminología utilizada por los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Comité de Derechos Humanos

Comìté para la Eliminación de la Discriminación Racial

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la mujer

Comité contra la Tortura

Comité de los Derechos del Niño

General comment

I

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No

No

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General recommendation

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Observation générale

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Recommandation générale

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Observación general

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Recomendación general

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Concluding observation

I

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Conclusions and recommendations

I

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Concluding comments

I

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Observations finales

F

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ü *

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Conclusions et recommandations

F

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Observations

F

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Conclusions

F

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ü *

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Observaciones finales

E

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Conclusiones y recomendaciones

E

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ü

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Observaciones

E

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ü *

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Observancia

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* El término se ha utilizado ocasionalmente, pero no representa la práctica habitual del Comité.

"Puede haber lugar a confusión cuando: i) la traducción de un término a otro idioma no sigue lo más de cerca posible la misma raíz latina; ii) no se utiliza el mismo término en todos los órganos para denominar la misma cosa; y iii) los mismos vocablos (o vocablos derivados de la misma palabra latina) se usan indiscriminadamente: obsérvese, por ejemplo, la utilización de los vocablos "observación" (observation/observation) y "recomendación" (recommendation/recommandation) en los tres idiomas en relación con "observaciones finales" y "comentarios generales". La coherencia entre los idiomas es importante para facilitar una interpretación coherente en los períodos de sesiones de los órganos creados en virtud de tratados y también para quienes trabajan en más de un idioma.

Terminología utilizada para referirse a la adopción de decisiones en los órganos creados en virtud de tratados

Ha faltado coherencia en el uso de diferentes términos hecho por los órganos creados en virtud de tratados para referirse a las diversas formas de adopción de decisiones. Los términos ingleses siguientes se utilizan más o menos indistintamente y han sido objeto de traducciones poco coherentes: "decision", "recommendation", "statement", "declaration", "resolution". Por ejemplo, el Comité de los Derechos del Niño ha utilizado el término inglés "recommendation" para referirse a dos clases muy distintas de decisiones: primero, en relación con los métodos de trabajo internos del Comité, y segundo, al expresar la opinión o posición colectiva del Comité con respecto a cuestiones sustantivas de los derechos del niño.

Los tratados como fuente de terminología

En los tratados se utilizan términos específicos que guardan relación con algunos de los términos usados por los órganos, pero no se han empleado con coherencia o precisión para denominar elementos determinados del trabajo de esos órganos. Los términos estándar empleados por algunos comités también parecen contradecir la precisa redacción de los tratados. Así pues, por ejemplo, en los tratados se emplean los términos "comentarios generales" (Pacto de Derechos Civiles y Políticos y Convención contra la Tortura), "sugerencias y recomendaciones de carácter general/generales" (Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y Convención sobre los Derechos del Niño) u "observaciones" (Convención sobre los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares) en relación con lo que comúnmente se denomina observaciones finales; sin embargo, los órganos creados en virtud de tratados han utilizado más estos términos en relación con el asesoramiento general sobre la interpretación de los tratados que prestan a todos los Estados Partes que con referencia a su asesoramiento concreto sobre un informe de un Estado Parte.

Propuestas

La secretaría estima que el principio de uniformidad y coherencia en el seno de cada órgano como entre los propios órganos creados en virtud de tratados, y en la medida de lo posible entre los idiomas, debe servir de base para llegar a una decisión en cuanto a la terminología.

Se someten a la consideración de la cuarta Reunión de los Comités las propuestas siguientes:

Términos en inglés, francés y español

Definición

Conclusions

Conclusions

Conclusiones

O bien:

Concluding Observations

Observations finales

Observaciones finales

Observaciones finales que formula un órgano creado en virtud de un tratado tras haber examinado un informe de un Estado Parte.

General comment

Commentaire général

Comentario general

Comentario o interpretación de carácter general que hace un órgano creado en virtud de un tratado acerca de tales o cuales aspectos del tratado, dirigido a todos los Estados Partes.

Recommendation

Recommandation

Recomendación

Decisión de un órgano creado en virtud de un tratado por la que se insta a la adopción de medidas a una tercera parte.

Decision

Décision

Decisión

Decisión de un órgano creado en virtud de un tratado por la que se determinan medidas que ha de adoptar el propio órgano o su secretaría, o que guarda relación con los procedimientos y métodos de trabajo.

Statement

Declaration

Declaración

Declaración formulada por un órgano creado en virtud de un tratado en la que expresa una opinión o su preocupación acerca de un asunto concreto.

La diferencia entre el inglés y los otros idiomas en este caso está justificada, ya que en inglés el término "declaration" siempre tiene más peso que "statement".