Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
Informe inicial que Eswatini debía presentar en 2014 en virtud del artículo 35 de la Convención *
[Fecha de recepción: 24 de agosto de 2022]
I.Primera sección
Introducción
1.El Reino de Eswatini firmó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (en adelante, “la Convención”) en septiembre de 2007 y la ratificó el 24 de septiembre de 2012. Al ratificar la Convención, el Gobierno de Eswatini se comprometió explícitamente a velar por el respeto, la promoción y la protección de los derechos de las personas con discapacidad.
2.El presente informe es el informe inicial que recoge los avances realizados por el Reino de Eswatini para hacer efectivos los derechos consagrados en la Convención.
Antecedentes
3.Antes de la ratificación de la Convención, el Gobierno ya había establecido en 1989 un programa de rehabilitación basada en la comunidad, auspiciado por el Ministerio de Salud, que armonizaba las cuestiones relacionadas con la discapacidad con otros programas de atención primaria de la salud del país. En 2009, el programa evolucionó hasta convertirse en la Dependencia de Discapacidad, adscrita a la Oficina del Vice Primer Ministro y dependiente del Departamento de Bienestar Social, con el fin de asegurar el apoyo político a la integración de las cuestiones relacionadas con la discapacidad. La Dependencia tiene la tarea de crear un entorno propicio para velar por la promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad en toda la Administración pública, mediante la elaboración de políticas, reglamentos y estrategias para tratar las cuestiones relacionadas con la discapacidad y el bienestar de las personas con discapacidad.
4.Eswatini está abordando y corrigiendo progresivamente las cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad y ha logrado crear un entorno propicio mediante diversos marcos legislativos, entre los que se incluyen la Ley Constitucional de Eswatini núm. 001/2005 (“la Constitución”) y las leyes sobre la integración de las cuestiones relacionadas con la discapacidad en el país.
5.En 2005, Eswatini promulgó la Constitución, que es la ley suprema y establece en su capítulo 3 (Carta de Derechos) el respeto, la promoción, la protección y el cumplimiento de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales. En la Constitución se incluye una disposición expresa sobre la discapacidad y se establece que la “discapacidad” no puede ser motivo de discriminación. En virtud del artículo 30, las personas con discapacidad tienen derecho al respeto y a la dignidad humana, y el Gobierno y la sociedad deben adoptar las medidas adecuadas para que puedan desarrollar plenamente su potencial físico y mental. Asimismo, la Constitución obliga al Parlamento a promulgar leyes que velen por que las personas con discapacidad puedan desarrollar plenamente su potencial físico y mental.
6.En 2018, Eswatini promulgó la Ley de Personas con Discapacidad núm. 16 de 2018 con el fin de proteger los derechos y el bienestar de las personas con discapacidad y regular cuestiones conexas. Existen otros instrumentos normativos que promueven y salvaguardan los derechos y las libertades fundamentales de todas las personas en los que se contempla en igualdad de condiciones con las demás a las personas con discapacidad. Entre esos instrumentos figuran la Ley de Delitos Sexuales y Violencia Doméstica núm. 15 de 2018, la Ley de Protección y Bienestar de la Infancia núm. 06 de 2012, la Ley de Empleo núm. 05 de 1980 (en su versión modificada) y la Ley de Relaciones Laborales núm. 01 de 2000 (en su versión modificada).
7.A raíz de la ratificación de la Convención, se elaboró en 2013 la Política Nacional de Discapacidad con el objetivo de integrar las cuestiones relacionadas con la discapacidad en todos los programas de desarrollo del Gobierno. La Política de Discapacidad tenía por objeto aplicar las disposiciones de la Constitución y promover, proteger y asegurar el disfrute pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales por parte de todas las personas con discapacidad en Eswatini. Además, su objetivo es materializar el compromiso del Gobierno de mejorar los medios de subsistencia de las personas con discapacidad mediante la adopción de medidas que garanticen la igualdad de oportunidades en las esferas social, económica y política. Esa política fue el preludio de la promulgación de la Ley de Personas con Discapacidad y del Plan de Acción Nacional de Discapacidad de Eswatini (2018-2022), con presupuesto asignado.
8.El Plan de Acción Nacional de Discapacidad proporciona un marco sistemático y estructurado para abordar de manera eficaz las necesidades y los derechos de las personas con discapacidad. Consta de siete temas principales, cada uno de los cuales persigue un resultado específico mediante la ejecución de una serie de actividades que, en conjunto, repercuten en todos los ministerios competentes y las autoridades administrativas locales, a saber:
Mecanismo Nacional de Coordinación e Integración de la Discapacidad: velar por la promoción, el empoderamiento, la coordinación y la evaluación eficaces de las aportaciones posteriores al programa y la integración de la aplicación de las esferas temáticas estratégicas del Plan de Acción Nacional de Discapacidad, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y las políticas y los programas nacionales en favor de las personas con discapacidad.
Promoción y concienciación: concienciar a todos los niveles de la sociedad, también en el ámbito familiar, sobre los derechos de las personas con discapacidad y combatir la estigmatización, los estereotipos, los prejuicios y las prácticas nocivas relacionadas con las personas con discapacidad, en particular los basados en la edad y el género, en todos los ámbitos de la vida.
Protección social: velar por que las personas con discapacidad y las familias que cuidan a niños o adultos con discapacidad tengan acceso a asistencia financiera y material y a diversos servicios sociales y programas de apoyo de calidad mediante los que puedan acceder a las oportunidades y opciones que tiene a su disposición el resto de la sociedad y gozar de un nivel de vida adecuado, según se establece en el artículo 28 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Educación y formación: velar por que todas las personas con discapacidad, independientemente de su género o de la naturaleza o la gravedad de su discapacidad, tengan acceso en igualdad de condiciones a una educación y una formación sustantivas y adecuadas a su edad en la primera infancia y en los niveles de enseñanza primaria, secundaria y superior.
Salud: velar por que las personas con discapacidad tengan acceso universal a todas las intervenciones de salud pública y a toda la gama de servicios de atención de la salud en igualdad de condiciones con los demás miembros de la sociedad.
Desarrollo de aptitudes y mercado laboral: mejorar la situación socioeconómica de las personas con discapacidad y velar por que participen en condiciones de igualdad en el desarrollo económico de Eswatini mediante el desarrollo de aptitudes y el acceso al mercado laboral como empleados o emprendedores.
Infraestructura y medio ambiente: eliminar todas las barreras infraestructurales, ambientales, físicas, sociales y culturales que limitan la capacidad de las personas con discapacidad para participar plenamente en la vida de la comunidad.
9.El Plan de Acción Nacional de Discapacidad tiene por objeto velar por que las políticas y los programas de desarrollo nacionales incorporen la perspectiva de la discapacidad en todas las etapas de la planificación, la ejecución y la supervisión. Este plan tiene además por objeto promover y proteger los derechos fundamentales de las personas con discapacidad, así como asegurar que estén empoderadas para ejercer esos derechos y disfrutar de una participación en condiciones de igualdad en la vida de la comunidad en la que viven, sin discriminación de ningún tipo. El Plan de Acción Nacional de Discapacidad cuenta con un marco de supervisión y evaluación con indicadores claros para medir los logros.
10.Además, Eswatini ha avanzado en la formulación de otras políticas sectoriales que orientan la promoción, la protección y el disfrute de los derechos humanos, así como la mejora de los medios de subsistencia de todos los ciudadanos esuatiníes, entre ellos las personas con discapacidad. Entre esas políticas cabe mencionar, por ejemplo, la Política Nacional en Materia de Género de 2010, la Política del Sector de la Educación y la Formación de 2018 y la Política de Salud y Derechos Reproductivos. También se han puesto en marcha una serie de estrategias, como la Hoja de Ruta Estratégica (2019-2023), el Plan Nacional de Desarrollo (2019-2022), la Estrategia y el Plan de Acción Nacionales para Poner Fin a la Violencia (2017-2022) y la Estrategia Nacional de Inclusión Financiera de Eswatini (2017‑2022).
11.Si bien el país ha avanzado mucho en la creación de un entorno propicio para el empoderamiento de las personas con discapacidad, las limitaciones de recursos restringen la ejecución plena del Plan de Acción Nacional de Discapacidad. Además, la capacidad de los titulares de cargos, los estereotipos sociales tradicionales y las actitudes hacia las personas con discapacidad son otros factores destacados que impiden la ejecución de medidas fundamentales para mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad.
12.El Gobierno reconoce la labor de otros actores en la promoción y protección de los derechos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad, así como en la mejora de sus medios de subsistencia. Entre ellos figuran las organizaciones de personas con discapacidad, los asociados para el desarrollo, el sector privado, las organizaciones de la sociedad civil y la Comisión de Derechos Humanos y Administración Pública.
Censo de población
13.Según el censo de población y vivienda de 2017, hay 146.554 personas con discapacidad en el Reino de Eswatini, lo que representa el 13 % de la población. Se entiende por personas con discapacidad aquellas que tienen dificultades o limitaciones para ver, oír, hablar, caminar o subir escaleras, recordar o concentrarse o cuidar de sí mismas. El 3 % de estas personas no puede realizar las funciones básicas, es decir, tiene una discapacidad total.
14.El censo indica además que el 16 % de las mujeres tiene dificultades, frente al 11 % de los hombres. La población rural presenta un porcentaje elevado (15,1 %) de personas con discapacidad, frente al 8 % de la población urbana.
15.El perfilado por edades indica que el porcentaje más alto de dificultades se observa entre los adultos mayores de 80 años (9,1 % de la población). Le siguen el grupo etario de 45 a 79 años —con un promedio del 7 %—, el grupo de 20 a 49 años (5 %) y el grupo de 5 a 19 años (6 %).
16.La prevalencia de la discapacidad visual es la más alta (32,6 %), seguida de la discapacidad para caminar (26,5 %), la discapacidad auditiva (15 %), la discapacidad cognitiva (12 %), la discapacidad para el autocuidado (9,1 %) y, por último, la discapacidad comunicativa (4,7 %). La discapacidad se debe a causas prenatales (15 %), lesiones (51 %), enfermedades (9,6 %) y violencia doméstica (1,3 %).
17.El Gobierno y otras partes interesadas han tomado conciencia de la importancia de recopilar datos sobre las personas con albinismo para la elaboración de presupuestos, planes y programas, por lo que se incluyeron por primera vez en el censo de población y vivienda de 2017. Hay 7.332 personas con albinismo, lo que representa el 0,7 % de la población total. Las mujeres constituyen el 51 % y los hombres el 49 %.
18.El Gobierno sigue decidido a cumplir plenamente las obligaciones que le incumben en virtud de la Convención y continuará prestando apoyo y elaborando y aplicando políticas pertinentes para velar por que se promuevan, se respeten y se defiendan cabalmente los derechos de las personas con discapacidad.
Metodología
19.Este informe se ha elaborado de conformidad con el artículo 35 de la Convención para su presentación al Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad como parte del seguimiento de la aplicación de la Convención por los Estados Partes.
20.La redacción del presente informe comenzó con la celebración de una serie de talleres por parte de la Oficina del Vice Primer Ministro, en los que se capacitó a altos funcionarios de todos los ministerios para que informaran sobre las intervenciones específicas de su sector en la promoción, el empoderamiento y la incorporación de la perspectiva de la discapacidad en las políticas, los programas y los servicios ofrecidos por las entidades públicas. Además, se pusieron de relieve las dificultades que se planteaban en la aplicación de las intervenciones de conformidad con la Convención.
21.En 2017, la Oficina del Vice Primer Ministro y el Ministerio de Justicia y Asuntos Constitucionales, en colaboración con el Programa de Creación de Capacidad sobre los Órganos Creados en virtud de Tratados de la Oficina Regional del ACNUDH para África Meridional, organizaron un ejercicio de creación de capacidad sobre la redacción de informes nacionales en virtud de la Convención. Asistieron a ese taller representantes de todos los ministerios del Gobierno, municipios, organizaciones de la sociedad civil, organizaciones de personas con discapacidad y la Comisión de Derechos Humanos y Administración Pública.
22.Para la preparación del presente informe, en 2018 se envió un comunicado a varios ministerios del Gobierno y titulares de obligaciones en el que se solicitaba información sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Se informó además a los ministerios de que Eswatini estaba preparando el informe sobre la Convención. Sin embargo, se produjeron retrasos en la redacción del informe debido a que el país carecía de un mecanismo para coordinar la presentación de informes a los órganos creados en virtud de tratados. En 2019, el Gobierno estableció el Mecanismo Nacional para la Presentación de Informes y el Seguimiento, que comenzó a trabajar en la preparación de informes, entre ellos el relativo a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
23.Entre el 7 y el 10 de septiembre de 2021, la Secretaría del Mecanismo Nacional para la Presentación de Informes y el Seguimiento elaboró un primer borrador del informe del Estado a partir de la información facilitada por los titulares de obligaciones. El 27 de enero de 2022, la Secretaría del Mecanismo celebró una reunión consultiva a la que asistieron representantes del Comité del Mecanismo Nacional para la Presentación de Informes y el Seguimiento. Posteriormente, los días 8 y 9 de marzo de 2022, se celebró una sesión de consulta y validación con las partes interesadas, a la que asistieron ministerios y departamentos del Gobierno, la Comisión de Derechos Humanos y Administración Pública, organizaciones de personas con discapacidad y organizaciones de la sociedad civil. El informe nacional se presentó entonces al Consejo de Ministros y, posteriormente, al ACNUDH.
II.Forma en que el Estado cumple las disposiciones generales de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad enunciadas en los artículos 1 a 4
Definición de discapacidad
24.En el contexto de Eswatini, la discapacidad se define como toda condición física, sensorial, neurológica, intelectual, cognitiva o psiquiátrica que pueda afectar al estilo de vida o al funcionamiento cotidiano de una persona. En la Ley de Personas con Discapacidad se define “discapacidad” como una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puede impedir la participación plena y efectiva de una persona en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
25.El censo de población y vivienda de 2017 define la discapacidad como toda dificultad en uno o varios de los siguientes ámbitos: ver, oír, hablar, caminar o subir escaleras, recordar o concentrarse y cuidarse a sí mismo. Esta condición puede estar presente desde el nacimiento o adquirirse a lo largo de la vida. La información sobre la discapacidad ayuda al Gobierno a planificar infraestructuras, sistemas educativos y programas de concienciación de la comunidad.
26.La Política Nacional de Desarrollo Social de 2010 establece que las personas con discapacidad son aquellas que tienen una deficiencia física o mental que limita su capacidad para participar de manera óptima en el funcionamiento social y económico de su propia vida, en la de su familia y en la sociedad en general. Esta deficiencia las hace vulnerables a la pobreza, el abuso, el abandono y otras dificultades sociales, por lo que es fundamental que reciban apoyo para poder desenvolverse de manera óptima en la sociedad.
27.En la Política de Discapacidad de 2013 se establece que la discapacidad puede aparecer en cualquier momento de la vida de una persona. En algunos casos, la discapacidad comienza al nacer. En otros, puede ser el resultado de un accidente deportivo o de tráfico o de un conflicto armado. Otras personas adquieren discapacidades en etapas posteriores de la vida a causa de diversas enfermedades o del envejecimiento. Algunas discapacidades pueden afectar a la capacidad de una persona para comunicarse, interactuar con otras personas, aprender o desplazarse de forma independiente. Una discapacidad puede repercutir en las oportunidades de empleo, educación, esparcimiento, alojamiento y ocio de una persona. Las discapacidades pueden ser de corta o larga duración; algunas son episódicas. Además, puede haber personas que tengan más de una discapacidad.
28.La Ley de Personas con Discapacidad prevé que la determinación de la condición de persona con discapacidad se ajuste al enfoque de la discapacidad basado en los derechos humanos. Sin embargo, la ley no se ha aplicado plenamente en lo que respecta al establecimiento de instituciones como la Oficina del Registro de Personas con Discapacidad y el Consejo Asesor Nacional sobre Discapacidad, por lo que no se ha procedido a la expedición de certificados y tarjetas de discapacidad.
Terminología y lenguaje despectivos
29.Eswatini está trabajando para eliminar de las leyes anteriores a la Constitución la terminología y el lenguaje despectivos relativos a las personas con discapacidad. Con este fin, entre otras iniciativas, el Gobierno está revisando actualmente la Orden de Salud Mental de 1978 para armonizar los términos y el lenguaje utilizados con la Convención. El Gobierno sigue fomentando la concienciación sobre el uso de un lenguaje apropiado para referirse a las personas con discapacidad y relacionarse con ellas, respetando plenamente sus derechos humanos y su dignidad.
Aplicación de los principios y las obligaciones generales
30.La Constitución garantiza el derecho a la participación plena y en condiciones de igualdad de todos los ciudadanos, entre ellos las personas con discapacidad. Garantiza la protección de la dignidad inherente a todos sus ciudadanos mediante el acceso igualitario a las oportunidades, la accesibilidad y los ajustes razonables. Establece el derecho a la igualdad y a no sufrir discriminación.
31.El Gobierno, en colaboración con las organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones de personas con discapacidad, sigue educando a la población y concienciando sobre los derechos de las personas con discapacidad y promoviendo los principios consagrados en la Convención. Además, el Gobierno ha adoptado los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, que incorporan las cuestiones relacionadas con la discapacidad.
32.Para aplicar y alcanzar eficazmente los ODS, se han elaborado las políticas y los programas que se indican a continuación:
Plan Nacional de Desarrollo de Eswatini (2018-2022): se centra en el desarrollo del potencial humano como elemento esencial para el progreso en todos los sectores clave de la economía. Los resultados sectoriales incluyen una sección sobre la capacitación de los jóvenes y otros grupos vulnerables (entre ellos las personas con discapacidad) con las competencias y oportunidades adecuadas. La intervención estratégica se centra en proporcionar redes de protección social bien orientadas a las personas vulnerables para contribuir a que alcancen la autosuficiencia e incluye intervenciones como el acceso a la tierra y a los recursos o los insumos para las mujeres jóvenes y las personas con discapacidad.
Estrategia para el Desarrollo Sostenible y el Crecimiento Inclusivo (2030): cuenta con un componente que se centra en las personas con necesidades especiales, en cuyo marco se integra a estas personas en las actividades comunitarias generales y se proporciona infraestructura para la rehabilitación. Las instituciones que atienden a las personas con discapacidad (por ejemplo, escuelas para personas con deficiencia visual, escuelas para personas sordas y centros de formación profesional) deben ampliarse para satisfacer la demanda actual y prevista. Además, esta estrategia recomienda que las infraestructuras públicas sean fácilmente accesibles para las personas con necesidades especiales. Por otra parte, crea mecanismos institucionales y normativos a través de los cuales las personas con necesidades especiales pueden rehabilitarse e integrarse eficazmente con el resto de la sociedad. Asimismo, ofrece orientación para la elaboración de una estrategia multisectorial destinada a concienciar sobre la prevención de las diversas formas de discapacidad.
33.Eswatini ha establecido marcos institucionales que contribuirán a mejorar su historial en el ámbito de los derechos humanos. Entre las instituciones se encuentran la Comisión de Derechos Humanos y Administración Pública, que se encarga de la protección y la promoción de los derechos humanos y que también actúa como Comisión de Integridad; la Comisión de Elecciones y Circunscripciones, que se encarga de la celebración de elecciones libres y justas; y la Junta de Gestión de la Tierra, que se encarga de la gestión y la regulación generales de cualquier derecho o interés sobre la tierra. También existe una sociedad civil activa que sigue contribuyendo a la promoción y la protección de los derechos humanos.
34.El Gobierno se vale de nuevas tecnologías para prestar asistencia a las personas con discapacidad en las ciudades, por ejemplo poniendo a disposición de los peatones con deficiencia visual sistemas de información y comunicación provistos de orientación auditiva. Asimismo, para que las personas con deficiencia visual y la comunidad sorda puedan desplazarse con seguridad, el Gobierno también está equipando los ascensores con tecnología de apoyo. Además, ha adquirido un autobús de transporte adaptado para llevar a los estudiantes con discapacidad a sus centros de formación y traerlos de vuelta.
35.El Gobierno colabora con las organizaciones de personas con discapacidad pertinentes para informarlas sobre ayudas a la movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo, incluidas nuevas tecnologías y aplicaciones informáticas, así como otras formas de asistencia y servicios e instalaciones de apoyo. Además, existen plataformas de medios de comunicación en las que se difunde información a las personas con discapacidad.
36.Los profesionales y el personal que trabajan con personas con discapacidad reciben capacitación (a través de cursos de formación) para adquirir aptitudes especiales que les permitan interactuar con ellas en relación con los derechos reconocidos en la Convención.
37.Se está ejecutando el Plan de Acción Nacional de Discapacidad presupuestado, que cuenta con puntos y bases de referencia e indicadores claros, para impulsar la agenda de integración de las cuestiones relacionadas con la discapacidad. En colaboración con sus asociados, el Gobierno ha realizado un análisis de la situación de las personas con discapacidad en Eswatini (2020/21) que servirá de base para un programa de acción basado en los derechos que se ejecutará en colaboración con organizaciones de la sociedad civil y organizaciones de personas con discapacidad.
38.El Gobierno ha organizado talleres de divulgación sobre la Convención para los ministerios del Gobierno, el sector privado y las organizaciones de la sociedad civil. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad también se ha transcrito al braille y está disponible en todos los centros de recursos de información del país (bibliotecas nacionales).
III.Avances en la aplicación de disposiciones específicas de la Convención
Artículo 5Igualdad y no discriminación
39.El principio subyacente de la Carta de Derechos (capítulo 3) de la Constitución es la igualdad y la no discriminación, expuesto en el artículo 20. En el artículo 20 se prevé la igualdad ante la ley y en virtud de ella y se hace hincapié en que no se discriminará a nadie por motivos de sexo, raza, discapacidad, etc. Por lo que se refiere a la Constitución, se entiende por discriminación dar a distintas personas un trato diferente atribuible exclusiva o principalmente a sus respectivas características de género, raza, color, origen étnico, nacimiento, tribu, credo o religión, condición social o económica, opinión política, edad o discapacidad. La Constitución prohíbe expresamente al Parlamento promulgar legislación que sea discriminatoria en sí misma o por sus efectos. Asimismo, en el artículo 32 de la Constitución se prevé la igualdad de salario por trabajo igual sin discriminación.
40.En el artículo 20, párrafo 2, de la Constitución se prohíbe expresamente la discriminación por motivo de discapacidad en todos los sectores y ámbitos de la vida. Además, en el artículo 30 se reconocen los derechos de las personas con discapacidad al respeto y a la dignidad humana, lo que obliga al Gobierno y a la sociedad a adoptar las medidas adecuadas para que esas personas desarrollen plenamente su potencial físico y mental.
41.Entre las políticas que protegen el derecho a la igualdad y la no discriminación figuran las siguientes:
La Estrategia Nacional de Desarrollo, que aboga por la promulgación de políticas y leyes que aseguren la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.
La Política Nacional del Sector de la Educación y la Formación de 2018, que promueve la educación inclusiva para todos los estudiantes, independientemente de su género o discapacidad.
La Política Nacional de Discapacidad de 2013, cuyo objetivo es que las personas con discapacidad tengan las mismas oportunidades de participar en la sociedad libremente y en condiciones de igualdad y estén en disposición de desarrollar plenamente su potencial en todas las esferas de la vida sin discriminación.
La Política Nacional de Desarrollo Social de 2010, que tiene por objeto prestar servicios de desarrollo social integrados, completos y equitativos, sin discriminación y en condiciones de igualdad, en colaboración con las principales partes interesadas, a fin de mejorar la calidad de vida de la nación de Eswatini, en particular de sus miembros más vulnerables.
La Política Nacional de la Infancia de 2009 y la Política Nacional de la Juventud de 2020, que aluden a los derechos y el reconocimiento de las personas con discapacidad.
42.El Gobierno, en colaboración con las organizaciones de personas con discapacidad, vela por que se difundan adecuadamente los programas de lucha contra la discriminación y se promueva la concienciación al respecto mediante campañas de promoción y sensibilización sobre la lucha contra la estigmatización, los prejuicios y las prácticas nocivas. Para ello, se fomenta la participación pública, se emiten programas en los medios de comunicación y se ponen a disposición del público —en braille y en otros formatos accesibles— los marcos de lucha contra la discriminación en los centros nacionales de recursos.
43.Se han adoptado medidas para prevenir, investigar y sancionar todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad, entre las que se incluye la remisión de las denuncias a la Comisión de Derechos Humanos y Administración Pública para que las investigue y proporcione reparación.
44.Desde 2018 se han llevado a cabo varias actividades de creación de capacidad y campañas de sensibilización sobre los marcos de lucha contra la discriminación, la investigación y los recursos efectivos para las víctimas, dirigidas a profesionales de entidades como la Comisión de Derechos Humanos y Administración Pública y los organismos encargados de hacer cumplir la ley. Entre 2019 y julio de 2022, la Comisión de Derechos Humanos y Administración Pública recibió ocho casos relacionados con la discriminación, de los cuales tres se referían al acceso al empleo, uno al acceso a los espacios públicos y cuatro al acceso a la educación.
45.El aborto está tipificado como delito en Eswatini en virtud del artículo 15, párrafo 5, de la Constitución, salvo en los casos en que un médico certifique que la continuación del embarazo pone en peligro la vida de la madre o del niño o cuando el embarazo sea consecuencia de una violación. Actualmente, no existen directrices que establezcan plazos para los casos en los que se puede practicar el aborto por motivos permisibles. Sin embargo, el Ministerio de Salud está ultimando los procedimientos operativos estándar para los profesionales médicos sobre la interrupción legal del embarazo.
Dificultades
46.El país ha avanzado en muchas de sus iniciativas relacionadas con la protección y el disfrute de todos los derechos en igualdad de condiciones por parte de las personas con discapacidad, pero aún existen algunas deficiencias que cabe destacar:
La Dependencia Nacional de Discapacidad, adscrita al Departamento de Bienestar Social, se encarga de la coordinación y las intervenciones en favor de las personas con discapacidad, pero cuenta con recursos claramente insuficientes, ya que solo dispone de un director de programas nacionales de discapacidad con experiencia, de un enfermero que se ha incorporado recientemente al equipo, de dos intérpretes de lengua de señas y de dos auxiliares. En consecuencia, la Dependencia tiene una capacidad limitada para coordinar y supervisar la aplicación del plan. Como medida de mitigación, se han asignado algunas de las tareas de la Dependencia de Discapacidad a los funcionarios de bienestar social. Sin embargo, la Ley de Personas con Discapacidad aboga por crear un consejo asesor nacional sobre discapacidad, una secretaría de discapacidad, una oficina de registro de personas con discapacidad y un fondo nacional para la discapacidad, con el fin de dotar a Eswatini de un mecanismo adecuado de coordinación e integración de las cuestiones relacionadas con la discapacidad.
Se hace un seguimiento insuficiente de la repercusión de los programas sobre discapacidad, como las actividades de promoción, y se han logrado escasos progresos en la aplicación de la ley.
Se carece de un sistema de gestión de la información.
Artículo 6Mujeres con discapacidad
47.Eswatini creó en 1997 la Dependencia de Coordinación en materia de Género con el fin de coordinar todas las actividades que se llevaban a cabo en el país en ese ámbito. En 2014, esa entidad pasó a ser el Departamento de Cuestiones de Género y Familia, ubicado actualmente en la Oficina del Vice Primer Ministro. Su mandato principal es integrar la perspectiva de género en todas las políticas, los programas y las actividades del Gobierno.
48.Este departamento ha emprendido una serie de iniciativas con el objetivo de cumplir su mandato. Como resultado, se han llevado a cabo iniciativas de creación de capacidad para los funcionarios públicos encargados de la planificación, que han recibido formación en materia de planificación y presupuestación con perspectiva de género, y que se han aplicado en todos los ministerios del Gobierno. Esta formación tuvo en consideración el principio de la incorporación de la perspectiva de género en la planificación y la presupuestación nacionales. Con este fin, se tuvo en cuenta a las mujeres y niñas con discapacidad.
49.En consonancia con la Política Nacional de Género de 2010, el Gobierno estableció puntos focales de cuestiones de género en todos los departamentos gubernamentales. Los puntos focales tienen por objeto servir de enlace entre sus ministerios y el Departamento de Cuestiones de Género y Familia. Entre sus tareas principales cabe citar la orientación a los ministerios sectoriales para la incorporación de la perspectiva de género, labor que aún está en curso. El Departamento de Cuestiones de Género y Familia vela por que las perspectivas de género y discapacidad se incluyan en la legislación y las políticas, en todos los ámbitos de la vida y en todas las esferas.
50.Eswatini promulgó la Ley de Delitos Sexuales y Violencia Doméstica, cuyo objetivo es prevenir y proteger a todas las personas frente a daños y a otros actos sexuales o actos de violencia doméstica. El artículo 44 contiene disposiciones específicas sobre los delitos que afectan a personas con discapacidad física o mental. Se ofrece a las personas con discapacidad una mayor protección frente a la posibilidad de ser objeto de una violación sexual (art. 3, párr. 6 d)), de utilización con fines pornográficos (art. 31, párr. 1) y de utilización para el comercio pornográfico (art. 32). En el artículo 55, párrafo 2, se prevé una excepción para la admisión de testimonios indirectos cuando la víctima sea una persona con discapacidad, y en el artículo 57 se establece un registro de delincuentes sexuales con el fin principal de proteger a los niños y a las personas con discapacidad.
51.En la Política Nacional de Discapacidad de 2013 y en la Política Nacional de Género de 2010 se articulan las esferas de interés y los sectores estratégicos para la incorporación efectiva de las perspectivas de género y discapacidad en todos los sectores del desarrollo. La desigualdad de género afecta a todas las mujeres en general; sin embargo, en estas políticas se ha señalado que las mujeres con discapacidad son las más vulnerables.
52.A través del Departamento de Cuestiones de Género y Familia, el Gobierno sigue fomentando la concienciación sobre los derechos de las personas con discapacidad a todos los niveles de la sociedad, también en el ámbito familiar; asimismo, continúa combatiendo la estigmatización, los estereotipos, los prejuicios y las prácticas nocivas en relación con las personas con discapacidad, particularmente los basados en la edad y el género, en todos los ámbitos de la vida. El Departamento sigue llevando a cabo programas de promoción mediática en la radio y la televisión nacionales para dar a conocer los programas que se ofrecen a nivel nacional para las mujeres y las niñas con discapacidad.
53.El censo de población y vivienda de Eswatini de 2017 indica que la proporción de mujeres con discapacidad en la población del país es del 15,5 %, frente al 11,2 % de los hombres. Asimismo, los datos revelan que la mayoría de la población con discapacidad se encuentra en las zonas rurales de Eswatini y que el 17,4 % de la población femenina con discapacidad reside en zonas rurales, frente al 12,6 % de la población masculina con discapacidad. El 28 % de la población con discapacidad está en paro, mientras que el 51,7 % de esta población tiene el certificado de primaria como máxima cualificación alcanzada, lo que revela una enorme brecha en el acceso a la educación.
54.El Departamento de Cuestiones de Género y Familia puso en marcha “50 Million African Women Speak” (50 millones de mujeres africanas tienen la palabra), una plataforma digital que permite a las emprendedoras comercializar sus productos, participar en el aprendizaje entre pares y facilitar el intercambio de información. El Departamento también ha velado por la participación de las mujeres en este programa. Además, se están impartiendo cursos de formación destinados a sensibilizar y orientar a las emprendedoras, en los que también se vela por la participación de mujeres con discapacidad.
55.El Departamento facilitó la creación de la sección nacional esuatiní de la Federación de Mujeres Empresarias de África Oriental y Meridional (FEMCOM), actualmente conocida como Federación de Asociaciones Nacionales de Mujeres Empresarias del COMESA (COMFWB). Se trata de una iniciativa regional del COMESA con la que se promueve el empoderamiento económico de las mujeres. Las empresarias con discapacidad se benefician de esta iniciativa, ya que reciben formación sobre negocios y oportunidades empresariales disponibles. Con este fin, alrededor de 35 empresarias con discapacidad siguen beneficiándose de esta iniciativa.
56.Eswatini participa en ferias comerciales internacionales y se asegura de que el 10 % de los productos expuestos sean fabricados por mujeres, entre ellas mujeres con discapacidad.
57.El Gobierno ha elaborado las Directrices Nacionales sobre Centros de Acogida para Supervivientes de Violencia de Género, que constituyen un instrumento rector y operacional para la creación y la gestión de centros de acogida. En esas directrices se hace hincapié en la necesidad de prestar servicios no discriminatorios a todas las personas, entre ellas las personas con discapacidad, y se establece que esas instalaciones deben ser accesibles.
58.El Departamento de Cuestiones de Género y Familia, en colaboración con el Ministerio de Educación y Formación, llevó a cabo un ejercicio para incorporar las cuestiones de género en el Programa Nacional de Mejora del Sector de la Educación y la Formación (2018/19-2020/21). Con este ejercicio se aseguró la incorporación al plan de las cuestiones relacionadas con el sector de la educación que preocupaban a las mujeres jóvenes y las niñas, entre ellas las jóvenes y las niñas con discapacidad.
59.El país aún no ha puesto en marcha ninguna medida de acción afirmativa destinada a prevenir las formas múltiples e interseccionales de discriminación contra las mujeres y las niñas con discapacidad. Sin embargo, no se impide a las mujeres con discapacidad beneficiarse de las iniciativas establecidas para empoderar a las mujeres. La Ley de la Elección de Mujeres como Miembros de la Asamblea Legislativa de 2018 se promulgó para mejorar la representación femenina en el Parlamento, tal y como está consagrado en la Constitución.
60.En 2018, el Gobierno elaboró una estrategia de promoción del voto femenino con el objetivo de alentar el voto de las mujeres durante las elecciones y de sensibilizar a la población al respecto. Mediante esta estrategia, se promovió el voto de las mujeres con discapacidad en las elecciones parlamentarias. Además, el Gobierno puso en marcha el programa de televisión “Embili kanye kanye” (que significa “Avanzando juntos”) para impulsar el voto femenino en las elecciones parlamentarias, también el de las mujeres con discapacidad.
61.En 2021, el Departamento de Cuestiones de Género y Familia elaboró unas directrices electorales en las que se tienen en cuenta las cuestiones de género. La Comisión de Elecciones y Circunscripciones —en su calidad de órgano nacional de gestión electoral— y otras partes interesadas clave que participan en la organización y gestión de las elecciones pueden recurrir a esas directrices para adoptar un enfoque integrado de las cuestiones de género en la administración electoral. En esas directrices, que aún no se han aplicado a nivel nacional, también se hace hincapié en la inclusión y en la importancia de disponer de un entorno normativo y de programas propicios para las mujeres con discapacidad durante el proceso electoral.
Dificultades
62.Las acciones e iniciativas para promover los derechos de las personas con discapacidad y el desarrollo inclusivo de la discapacidad a menudo no prestan la atención adecuada a la brecha de género en materia de discapacidad. A continuación se señalan algunos ejemplos de factores que contribuyen a la brecha de género existente en materia de discapacidad en Eswatini:
La invisibilidad de las mujeres y las niñas con discapacidad en el programa sobre las mujeres, los derechos de las personas con discapacidad y el desarrollo.
La doble discriminación a la que se enfrentan las mujeres y las niñas con discapacidad, a menudo agravada por otros factores, como el hecho de pertenecer a minorías o Pueblos Indígenas, ser refugiadas, vivir con el VIH o el sida o ser personas de edad.
La falta de empoderamiento y de desarrollo de capacidades de las mujeres y las niñas con discapacidad, también en lo que respecta al liderazgo y a su participación en la adopción de decisiones en las esferas política, económica y social.
Los índices más elevados de violencia de género, abuso sexual, maltrato físico, maltrato emocional o psicológico, abandono, malos tratos y explotación que presentan las mujeres y niñas con discapacidad en relación con las mujeres y niñas sin discapacidad. Según algunos estudios locales, una de cada tres mujeres de Eswatini sufre violencia sexual antes de cumplir los 18 años; sin embargo, las mujeres y las niñas con discapacidad son tres veces más propensas a sufrir violencia de género que las que no tienen discapacidad.
La escasa representación de las mujeres con discapacidad en las estructuras decisorias y en la política.
La escasa investigación sobre cuestiones relativas a las personas con discapacidad (especialmente las mujeres y las niñas con discapacidad) que sirva de base para programas de vanguardia y enfoques transformadores destinados a reducir la brecha en lo que respecta a la incorporación de la perspectiva de la discapacidad y la perspectiva de género.
Artículo 7Niños y niñas con discapacidad
63.El Departamento Nacional de Servicios Infantiles de Eswatini, adscrito a la Oficina del Vice Primer Ministro, se encarga de coordinar las cuestiones relacionadas con la infancia. El Departamento supervisa la aplicación del Plan de Acción Nacional para la Infancia, en el cual la discapacidad constituye una esfera temática fundamental.
64.El Gobierno reconoce y protege el derecho de los niños a sobrevivir y desarrollar plenamente su potencial, entre otras cosas, mediante sus políticas y programas de salud maternoinfantil y desarrollo en la primera infancia.
65.El Gobierno da prioridad a las necesidades de los niños, entre ellos los que tienen discapacidad, asignando recursos presupuestarios a programas centrados en su supervivencia y desarrollo, que abarcan todos los sectores, como la salud, la justicia, el progreso social y la educación. Estos programas se dirigen a los niños a nivel familiar y comunitario.
66.El sector de la salud ofrece programas que aseguran la supervivencia y el desarrollo de todos los niños, entre ellos los niños con discapacidad.
Programa prenatal, de maternidad y posnatal
67.El Estado ofrece un programa gratuito de atención prenatal en los hospitales y las clínicas del país. La atención prenatal está disponible de forma casi universal en Eswatini, y el 98 % de las mujeres embarazadas recurre a estos servicios al menos una vez al mes. La tasa de partos atendidos por personal cualificado en el país también es elevada, ya que el 82 % de las mujeres da a luz en establecimientos de salud.
Programa Ampliado de Inmunización
68.Todos los niños se benefician del Programa Ampliado de Inmunización, que cubre toda la gama de enfermedades infantiles prevenibles. En 2014, el 75 % de los niños recibió todas las vacunas previstas en el Programa Ampliado de Inmunización. El Gobierno está en vías de introducir la vacuna contra el cáncer de cuello uterino para las niñas menores de 9 años, siempre que se disponga de fondos.
Identificación y detección tempranas
69.Para obtener información sobre los programas integrales de identificación y detección tempranas, véase el apartado relativo al artículo 25.
Atención integral de las enfermedades prevalentes en la infancia
70.Gracias a este programa, los trabajadores de la salud aprenden a atender mejor a los niños y adquieren capacidades para tratar enfermedades infantiles comunes. El programa aborda todas las enfermedades infantiles, con especial atención a las que constituyen las principales causas de mortalidad y morbilidad de niños de entre 1 y 5 años.
Días especiales dedicados a la salud
71.Cada año se consagran unos días a la salud infantil con el objetivo de acelerar la cobertura de inmunización. Posteriormente se organizan campañas integradas cada tres años para reducir el número de niños no inmunizados. Las campañas integradas hacen uso de los medios de comunicación y de campañas de concienciación y proporcionan servicios integrados como la inmunización y el tratamiento vermífugo.
VIH y sida
72.El Gobierno ha aplicado con éxito el Programa de Prevención de la Transmisión Maternoinfantil y de Terapia Antirretrovírica, lo que ha reducido considerablemente —por debajo del 2 %— la transmisión del VIH de las madres a sus hijos y ha aumentado la esperanza de vida de las personas infectadas por el VIH.
Apoyo alimentario y nutricional
73.El Ministerio de Salud se encarga de promover el bienestar nutricional de la población en general, incluidos los niños. La prevalencia del retraso del crecimiento entre los niños ha disminuido. Entre 2007 y 2014, el retraso moderado y grave del crecimiento pasó del 29 % al 25,5 % y del 10 % al 7,2 %, respectivamente. A pesar de estas disminuciones, las tasas siguen siendo motivo de gran preocupación para el país y, para revertir la situación, se han aplicado medidas, en particular las que promueven la lactancia materna.
74.Para velar por que los servicios lleguen especialmente a las comunidades marginadas, se ha puesto en marcha una serie de intervenciones, entre las que se incluyen:
Servicios de divulgación: El Ministerio de Salud presta servicios de divulgación a través de servicios móviles comunitarios con periodicidad mensual. A través de las instalaciones móviles se ofrece un conjunto completo de servicios de promoción y prevención.
Programa de salud escolar: Se prestan servicios de salud escolar, como el tratamiento vermífugo y el apoyo nutricional, a niños de 6 años o más. Se ofrecen diversos servicios de rehabilitación que abarcan, entre otros, logopedia y audición, audiología, ergoterapia, fisioterapia y salud ocular, así como un programa de protección dermatológica contra el sol para los niños con albinismo.
75.En la Constitución se establece el derecho de los niños a ser cuidados y criados adecuadamente por sus progenitores o por la autoridad legal que los sustituya. Los derechos de los niños con discapacidad están además consagrados en diferentes leyes y políticas. La Ley de Protección y Bienestar de la Infancia, que es una ley integral que aborda el bienestar y la protección de los niños, contempla medidas para prevenir el abandono, la negligencia y la institucionalización de los niños con discapacidad. Además, determina que estos niños requieren cuidados y protección. Por otra parte, en el artículo 43 de la Ley de Personas con Discapacidad se tipifica como delito penal el abandono o la negligencia de un niño con discapacidad.
76.El Departamento de Bienestar Social interviene en los casos de abandono o negligencia infantil facilitando modalidades alternativas de cuidado e intervenciones de seguridad. Actualmente, el país no cuenta con lugares seguros designados para los niños con discapacidad, sino que se utilizan sistemas alternativos de cuidado.
77.El Departamento de Bienestar Social tiene el mandato de supervisar el bienestar de todos los niños, entre ellos los niños con discapacidad. Según las Directrices Nacionales sobre Modalidades Alternativas de Cuidado, la institucionalización de los niños es una medida de último recurso. Las directrices prevén diferentes modalidades alternativas de cuidado de los niños dentro del entorno familiar y las comunidades.
78.La separación de niños de su entorno y su colocación en lugares seguros solo se utiliza como último recurso. Hay casos en los que es difícil o imposible mantenerlos en el entorno familiar o comunitario, por lo que es necesario colocarlos en centros residenciales de acogida. El país no cuenta con centros residenciales designados para niños con discapacidad, pero se ha construido un centro para acoger a personas con discapacidad en Mankayane, en la región de Manzini.
79.El Gobierno, en colaboración con organizaciones de la sociedad civil y organizaciones confesionales, realiza con frecuencia campañas de concienciación en diferentes entornos, como comunidades, escuelas, iglesias y plataformas mediáticas, sobre los derechos de las personas con discapacidad. Las campañas de promoción también disuaden a los progenitores y los tutores de ocultar a los niños con discapacidad, ya que ello les impide acceder a la intervención temprana y la rehabilitación en esos casos.
80.Eswatini reconoce que se requiere un gran esfuerzo para poder realizar campañas de concienciación sobre los derechos de los niños con discapacidad de manera periódica. No obstante, el Gobierno reconoce la labor realizada por los asociados para el desarrollo y las organizaciones de la sociedad civil. Por ejemplo, en 2017, el UNICEF apoyó una intervención piloto de creación de capacidad para 26 progenitores de niños con deficiencia auditiva en lengua de señas swazi, con el objetivo de superar las barreras de comunicación y de mejorar la participación de los progenitores en el aprendizaje de los niños.
81.El principio de no discriminación e igualdad se aplica en los sectores público y privado para velar por que los niños con discapacidad tengan acceso a los programas y servicios comunitarios. Sin embargo, existen limitaciones en el ámbito de la educación debido a las carencias en materia de capacidad.
82.El concepto del interés superior del niño es el principio subyacente de la Ley de Protección y Bienestar de la Infancia. La ley exige además a todas las instituciones y los organismos que se ocupan de cuestiones que afectan a los niños que tengan debidamente en cuenta el interés superior del niño.
83.La Ley de Protección y Bienestar de la Infancia prevalece en los casos en que exista alguna ley que contravenga el principio del interés superior del niño o que ofrezca menos protección o promoción al respecto.
84.La Constitución garantiza la libertad de expresión a todas las categorías de personas de Eswatini. Además, en la Ley de Protección y Bienestar de la Infancia se establece de manera exhaustiva el derecho de los niños a expresar libremente su opinión y a que esta se tenga en cuenta en cualquier asunto o procedimiento que los afecte.
85.Existen plataformas en las que los niños con discapacidad pueden expresar eficazmente sus opiniones sobre todas las cuestiones que los afectan, como la Asociación de Madres y Padres de Niños con Discapacidad y la sección juvenil de la Asociación de Personas con Discapacidad. En lo que respecta a las cuestiones y políticas que afectan al bienestar y los medios de subsistencia de los niños con discapacidad, se invita a las organizaciones de personas con discapacidad especializadas en la infancia a participar en los procesos decisorios que conciernen a los niños. Además, el Gobierno está elaborando una estrategia de participación infantil.
Dificultades
86.La representación y la participación de los niños con discapacidad en las estructuras decisorias y en la política a todos los niveles siguen siendo escasas.
87.Aún no se ha creado un sistema de gestión de la información para niños con discapacidad.
88.Los servicios terapéuticos prestados por el Departamento de Salud solo están disponibles en las principales ciudades, pero no en las zonas rurales.
Artículo 8Toma de conciencia
89.A fin de mejorar las campañas y estrategias de concienciación pública, el Plan de Acción Nacional de Discapacidad dedica una de sus esferas temáticas a cuestiones de promoción y concienciación. Se hace hincapié en que deben concebirse y ejecutarse adecuadamente programas de concienciación sobre la discapacidad en todos los niveles de la sociedad.
90.Cada año se lleva a cabo una serie de actividades para aumentar la concienciación y promover cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad, entre las que se incluyen las siguientes:
Conmemoración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad
Conmemoración de la Semana Internacional de las Personas Sordas
Día Mundial de la Lengua de Señas
Conmemoración del Día Mundial del Albinismo
Día del Bastón Blanco
Día Mundial del Braille
Día Mundial de la Visión
Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo
Día de la Salud Mental
Día Internacional de la Epilepsia
91.La Oficina del Vice Primer Ministro organiza una semana de toma de conciencia sobre la discapacidad con el fin de crear una plataforma con un enfoque positivo de la discapacidad para reflexionar, hacer balance y celebrar los avances logrados por el país en materia de promoción, empoderamiento e integración de las políticas, los programas y los servicios relacionados con la discapacidad emprendidos en todos los ministerios del Gobierno, con la plena colaboración de organizaciones de personas con discapacidad.
92.Esa actividad ofrece una plataforma en la que las personas con discapacidad muestran sus talentos mediante la exposición de sus trabajos y habilidades. Además, ofrece un espacio para que los medios de comunicación locales cuenten historias de personas con discapacidad, sus retos, logros, aportaciones y victorias, así como su notable contribución al desarrollo socioeconómico del país. Esas actividades se llevan a cabo mediante publicaciones en formatos accesibles a lo largo de la semana de toma de conciencia en los medios de comunicación, que culmina con la celebración y conmemoración del día de la discapacidad.
93.En 2016, el Gobierno, en colaboración con la Asociación de Personas con Albinismo, llevó a cabo diálogos comunitarios para sensibilizar a las comunidades sobre cuestiones relacionadas con el albinismo, incluida la sensibilización de los curanderos tradicionales para combatir los comportamientos estereotipados de actitudes negativas hacia las personas con albinismo.
94.Los diálogos se llevaron a cabo en las siguientes circunscripciones: Nkhaba, Madlangamphisi y Ntfonjeni Tinkhundla, en la región de Hhohho; Mankayane, Ngwemphisi y Ekukhanyeni, en la región de Manzini; Lugongolweni, Sithobela y Lomahasha, en la región de Lubombo; y Shiselweini 1, Hosea y Nkwene, en la región de Shiselweni. Alrededor de 500 personas asistieron a los diálogos en cada distrito.
95.El Gobierno y sus asociados elaboran y difunden materiales educativos (folletos) en colaboración con el Departamento de Dermatología del Hospital Público de Mbabane y a través de los trabajadores sociales. En estos folletos se explica qué es el albinismo y su etiología como alteración cromosómica, cuál es la mejor manera de que las personas con albinismo se protejan la piel y los ojos de la luz ultravioleta, qué deben hacer las comunidades y la sociedad para promover la integración social de las personas con albinismo en las comunidades en que viven y cuándo y dónde buscar ayuda médica y social.
96.Entre 2016 y 2019, el Gobierno, en colaboración con la Federación de Organizaciones de Personas con Discapacidad (FODSWA) del país, llevó a cabo diálogos sobre discapacidad en las siguientes circunscripciones: Mayiwane, Timphisini, Mhlangatane, Madlangamphisi, Mkhiweni, Kukhanyeni, Manzini Norte, Zombodze Emuva, Maseyisini, Shiselweni 1 y Shiselweni 11. Los diálogos, que contaron con la asistencia y participación de miembros de la comunidad, tenían como objetivo principal sensibilizar a las comunidades sobre las cuestiones relacionadas con la discapacidad para cambiar las actitudes negativas que podían prevalecer.
97.Los Servicios de Información y Radiodifusión de Eswatini emiten el programa de radio “Aselulame” (Curemos). Este programa de radio semanal, de 15 minutos de duración, está presentado por personas con discapacidad y aborda diferentes temas relacionados con la discapacidad.
98.Las personas con discapacidad y sus respectivas organizaciones participan en gran medida en la planificación, la concepción y la ejecución de las campañas sobre discapacidad, en las que intervienen todas las partes interesadas pertinentes, entre ellas las organizaciones de personas con discapacidad, los ministerios del Gobierno, la sociedad civil, las ONG y el sector privado.
Dificultades
99.Los recursos limitados siguen planteando dificultades a la hora de llevar a cabo programas de promoción y sensibilización de gran alcance sobre la discapacidad en el país.
100.Aún no se ha logrado imprimir adecuadamente los materiales para las personas con discapacidad en formatos e idiomas accesibles.
Artículo 9Accesibilidad
101.La Ley de Personas con Discapacidad contiene una disposición que asegura el acceso a las instalaciones, los servicios y los edificios públicos.
102.Eswatini no cuenta con un marco jurídico normativo de aplicación universal que regule el acceso y el diseño, aunque el país se basa en las normas de construcción establecidas por British Standards (BS) y la Oficina de Normalización de Sudáfrica (SABS).
103.El país está revisando la Ley de Construcción y Vivienda de 1968 y el Reglamento de Construcción, y con este fin se ha promulgado el Reglamento Nacional de Construcción de 2018. En el artículo 72 del Reglamento Nacional de Construcción se establece que, para cumplir las normas de aprobación, cualquier edificio debe disponer de puntos de acceso para las personas con discapacidad. La parte X (arts. 116 a 226) del Reglamento se refiere a las instalaciones para las personas con discapacidad. El Reglamento contiene disposiciones relativas a las instalaciones de estacionamiento y el acceso para las personas con discapacidad. Las autoridades locales deben velar por que las solicitudes de nuevos planes de construcción contemplen los requisitos relativos a las personas con discapacidad, en particular la accesibilidad física (rampas y ascensores) en todos los edificios públicos.
104.En el pasado, el cumplimiento del Reglamento de Construcción ha sido insuficiente, debido, entre otras cosas, a la falta de conocimientos técnicos especializados y de un marco normativo que acredite a los auditores y asesores en materia de accesibilidad, así como a la falta de capacidad de supervisión y aplicación.
105.En los últimos años, el Gobierno ha dado prioridad a la renovación de las infraestructuras públicas para satisfacer las diversas necesidades de las personas con discapacidad. Toda la planificación de las infraestructuras públicas tiene en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad y todos los nuevos proyectos de carreteras en los municipios deben contar con aceras accesibles y adecuadas para las personas con discapacidad. Los municipios de Mbabane y Manzini han instalado postes guía en todas sus carreteras dentro del distrito comercial central.
Transporte accesible
106.El Gobierno reconoce que es necesario velar por que las personas con discapacidad tengan acceso a los medios de transporte. En la Ley de Personas con Discapacidad se establece que las personas con discapacidad tienen derecho a acceder a los medios, las instalaciones y los servicios de transporte abiertos al público o de uso público en igualdad de condiciones con las demás personas. Además, se obliga al Gobierno y a los proveedores de medios, instalaciones y servicios de transporte a prestar la debida atención y adoptar las medidas necesarias para que dichos medios, instalaciones y servicios se ajusten al diseño universal, a fin de facilitar el acceso y la utilización por parte de las personas con discapacidad.
107.El Gobierno adquirió un autobús de transporte adaptado para las personas con discapacidad. El autobús es utilizado principalmente por los estudiantes con discapacidad que asisten a programas de formación profesional. También se utiliza para trasladar a las personas con discapacidad cuando participan en actividades culturales nacionales.
Acceso a la información, la comunicación y la tecnología
108.En el artículo 36 de la Ley de Personas con Discapacidad se garantiza el derecho de las personas con discapacidad a acceder a la información, la comunicación y la tecnología en igualdad de condiciones con las demás personas. A lo largo de los años, el Gobierno ha velado por que los marcos legislativos de importancia nacional se impriman en formato braille y se distribuyan a las personas con deficiencia visual y se archiven en las bibliotecas nacionales para facilitar el acceso a las personas con deficiencia visual que lo necesiten. Entre ellos figuran la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Constitución, la Política Nacional de Discapacidad y el Plan de Acción Nacional de Discapacidad.
109.El Gobierno adquirió un paquete de equipamiento braille con lector de pantalla y una impresora en marzo de 2019. Este equipo se encuentra en la Biblioteca Nacional de Mbabane para facilitar el acceso de las personas con deficiencia visual.
110.La Sociedad Bíblica de Eswatini ha puesto a disposición de las personas con discapacidad ejemplares de la Biblia en formatos accesibles, como braille, audio, lengua de señas y macrotipo.
111.El Gobierno, a través de los Servicios de Televisión de Eswatini, ha puesto a disposición servicios de interpretación en lengua de señas para la transmisión de noticias, los tribunales y los eventos nacionales en directo.
112.La Oficina del Vice Primer Ministro, en colaboración con la Asociación de Personas Sordas, ha organizado actividades de desarrollo de capacidades, dirigidas a los funcionarios de todos los ministerios del Gobierno, sobre competencias en la lengua de señas con el fin de que en los centros de servicios se mantenga una comunicación eficaz al atender a la comunidad sorda.
Dificultades
113.La accesibilidad de las infraestructuras públicas antiguas sigue planteando dificultades. Para mitigar este problema, el Gobierno y el sector privado realizan auditorías de estas infraestructuras y, con este fin, se han renovado varias infraestructuras públicas y privadas para que cumplan con el principio de diseño universal.
114.No hay leyes que respalden los diseños universales para regular el diseño de las infraestructuras y las carreteras.
115.Los funcionarios (aquellos que trabajan en los puntos de prestación de servicios) no disponen de una capacitación en el empleo bien estructurada, junto con un plan formativo de sucesión para asegurar la disponibilidad de un grupo de funcionarios formados en lengua de señas y cuestiones relacionadas con la incorporación de la perspectiva de la discapacidad.
116.No hay sistemas de acreditación de las competencias en materia de formación en lengua de señas.
117.No existe un diccionario aprobado de la lengua de señas de Eswatini.
118.Faltan recursos financieros para mantener los programas de formación en lengua de señas, braille e incorporación de la perspectiva de la discapacidad dirigidos a los funcionarios, así como para asegurar que siempre exista un plan formativo de sucesión y programas de perfeccionamiento de la capacitación en el empleo.
119.El transporte público en el Reino de Eswatini es de propiedad privada, y los operadores no cumplen con las normas, como proporcionar autobuses de transporte adaptado.
120.Las instalaciones con máquinas braille solo están disponibles en las dos ciudades principales del país (Manzini y Mbabane).
Artículo 10Derecho a la vida
121.Eswatini reconoce y protege el derecho a la vida y a la supervivencia de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás. En el artículo 15 de la Constitución se protege el derecho de toda persona a no ser privada arbitrariamente de la vida, incluidas las personas con discapacidad. Los principios de no discriminación e igualdad también se aplican a la hora de hacer efectivo el derecho a la vida de las personas con discapacidad.
122.El Gobierno da prioridad a la investigación de los casos de violencia contra personas con discapacidad, especialmente niñas y mujeres, así como personas con albinismo. Mediante la colaboración entre la policía, la Dependencia de Discapacidad y las partes interesadas pertinentes, las personas con albinismo son ubicadas en lugares seguros cuando existen amenazas inminentes contra su vida. Todas las comisarías tienen la obligación de mantener un registro de las personas con albinismo que viven en su jurisdicción territorial a fin de asegurar su protección. Si se producen asesinatos o desapariciones de personas con albinismo, se crean equipos de trabajo que colaboran con la INTERPOL para investigar esos casos, ya que la mayoría de ellos tiene carácter transnacional.
123.Los principios generales del derecho penal y la legislación se aplican con el mismo efecto en los casos de prácticas nocivas, como las matanzas rituales, las “muertes piadosas”, las mutilaciones, el tráfico de órganos y partes del cuerpo, el infanticidio o el asesinato premeditado de personas con discapacidad. En lo que respecta a la imposición de la pena, el tribunal considera que concurren circunstancias agravantes si el delito se ha cometido contra una persona con discapacidad, especialmente si se demuestra la discapacidad de la víctima.
124.Eswatini ha desarrollado una estrategia nacional de detección e intervención tempranas para niños con discapacidad, cuyo objetivo es que los niños con discapacidad sean detectados a tiempo para asegurar que tengan acceso a los servicios necesarios para optimizar su desarrollo y crecimiento. En el párrafo 26 del presente informe se analizan en detalle otras intervenciones relacionadas con la detección temprana.
125.La Ley de Personas con Discapacidad impone sanciones severas a las personas que incurren en prácticas que vulneran el derecho a la vida de las personas con discapacidad, tales como el descuido, el abandono, la ocultación, las privaciones extremas y la inanición con riesgo de muerte de personas con discapacidad, en particular en el caso de niños y adultos con discapacidad que aún vivan en instituciones.
126.En las instituciones de salud de Eswatini, como procedimiento operativo estándar, todas las personas, entre ellas las personas con discapacidad, deben dar su consentimiento libre e informado con respecto a las decisiones sobre el tratamiento médico en situaciones potencialmente mortales. Además, en los casos en que las personas con discapacidad no puedan dar su consentimiento, sus progenitores, tutores o parientes más cercanos deben hacerlo en su nombre.
Artículo 11Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias
127.El Gobierno estableció el Departamento Nacional de Gestión de Desastres, adscrito a la Oficina del Vice Primer Ministro, que se encarga de elaborar el marco legislativo y de políticas relativo a la gestión de desastres. Además, el Departamento supervisa la aplicación de esas políticas y colabora con el Organismo Nacional de Gestión de Desastres, organizaciones no gubernamentales (entre ellas las organizaciones de personas con discapacidad) y otros asociados para el desarrollo cuyo mandato es prevenir y reducir sustancialmente la repercusión de los desastres mediante la promoción de un sistema integrado y coordinado de gestión de desastres centrado en disminuir la vulnerabilidad e incrementar la preparación y la capacidad de mitigación.
128.El Organismo Nacional de Gestión de Desastres es una entidad legal cuyo mandato consiste en complementar al Departamento y coordinar todas las iniciativas relacionadas con desastres, situaciones de riesgo y emergencias humanitarias. A través del Organismo Nacional de Gestión de Desastres, el país aplica el Plan Nacional de Contingencia para Riesgos Múltiples, que tiene múltiples áreas de interés o grupos temáticos, entre ellos la protección social, cuyo objetivo es diseñar, planificar y aplicar estrategias para proporcionar protección a todos los supervivientes y sus propiedades, incluidos los grupos vulnerables (por ejemplo, los niños, los huérfanos y niños vulnerables, las mujeres, las personas de edad y las personas con discapacidad), frente a la explotación, la violencia, el abuso y el abandono derivados de una situación de emergencia.
129.A través del Organismo Nacional de Gestión de Desastres, Eswatini aplica el Plan Nacional de Contingencia para Riesgos Múltiples de 2019, que tiene múltiples áreas de interés o grupos temáticos, entre ellos la protección social, cuyo objetivo es diseñar, planificar y aplicar estrategias que proporcionen protección a todos los supervivientes, incluidos los grupos vulnerables, como los niños, los huérfanos y niños vulnerables, las mujeres, las personas de edad y las personas con discapacidad, frente a la explotación, la violencia, el abuso y el abandono derivados de una situación de emergencia.
130.Se utilizan las plataformas de los medios de comunicación para proporcionar información sobre el riesgo de desastres y las emergencias humanitarias, así como sistemas de alerta temprana para las personas con discapacidad. Debido a las limitaciones de capacidad, no se llega adecuadamente a todas las personas con discapacidad.
131.El Organismo Nacional de Gestión de Desastres, a través del grupo temático de protección social, coordina los programas y las actividades de respuesta dirigidos a las poblaciones vulnerables, entre ellas las personas con discapacidad, en situaciones de riesgo o emergencias humanitarias, siguiendo las directrices del Plan de Contingencia para Riesgos Múltiples. Estos servicios incluyen apoyo psicosocial, protección contra la violencia o la explotación y suministro de ayudas técnicas.
132.El Organismo Nacional de Gestión de Desastres se encarga de los procesos de rehabilitación, reasentamiento y reconstrucción después de las emergencias, sobre la base de evaluaciones de riesgos inclusivas y accesibles para las personas con discapacidad, a fin de asegurar que se les proporcionen ajustes adecuados y razonables.
Dificultades
133.Los sistemas de Eswatini siguen careciendo de mecanismos generales para coordinar y promover intervenciones en favor de las personas con discapacidad. Las intervenciones no están adaptadas para atender específicamente a las personas con discapacidad.
134.Las personas con discapacidad siguen estando infrarrepresentadas en las estructuras de coordinación y planificación encargadas de diseñar, planificar y aplicar estrategias relacionadas con la reducción del riesgo de desastres, ya que actualmente se cuenta con ellas de forma puntual.
Artículo 12Igual reconocimiento como persona ante la ley
135.En el artículo 20 de la Constitución se establece el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley y a beneficiarse de la ley en igualdad de condiciones, sin discriminación por los motivos enumerados en una lista no exhaustiva de motivos prohibidos. En particular, se prohíbe expresamente la discriminación por motivos de discapacidad, de conformidad con el artículo 5, párrafo 2, de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
136.El principio de no discriminación e igualdad consagrado en el artículo 20 de la Constitución sustenta diversas leyes, políticas, estrategias, planes, proyectos y medidas aplicados por el Gobierno, entre los que se incluyen:
La Ley de Empleo de 1980, que tiene por objeto asegurar la igualdad de las personas con discapacidad en el empleo mediante la prohibición de la discriminación en el lugar de trabajo.
La Ley de Protección y Bienestar de la Infancia, que vela por que todos los niños, especialmente aquellos que se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad debido a sus circunstancias, gocen de igual protección de la ley y no sean objeto de discriminación, ni en la ley ni en la práctica.
137.El país reconoce la necesidad de derogar la Orden de Salud Mental para restringir la definición de enfermedad mental.
138.Las políticas que reconocen la plena capacidad jurídica de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás son las mismas que figuran en el párrafo 5.
139.El país ha adoptado además determinadas medidas para crear conciencia y llevar a cabo campañas de educación en relación con el reconocimiento de la igualdad de todas las personas con discapacidad ante la ley mediante:
La promoción y la educación cívica.
La presión sobre los políticos y los líderes comunitarios y la puesta en marcha de una campaña en los medios de comunicación que promueve los derechos de las personas con discapacidad a participar plenamente en la vida de la comunidad.
Campañas de concienciación y educación a través de la Dependencia de Discapacidad, las organizaciones de la sociedad civil y programas de radio destinados a sensibilizar sobre el reconocimiento igualitario de las personas con discapacidad en todos los ámbitos.
Varias actividades de creación de capacidad y campañas de sensibilización sobre los marcos de lucha contra la discriminación, la investigación y los recursos efectivos para las víctimas, que se han llevado a cabo desde 2018, dirigidas a profesionales de entidades como la institución nacional de derechos humanos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley, entre otras.
La actuación de la Comisión de Elecciones y Circunscripciones con motivo de las elecciones nacionales de 2018, que se dirigió a grupos marginados, como los jóvenes, las mujeres y las personas con discapacidad. La educación cívica y electoral fomentó una participación mayor y más sustantiva de estos grupos en todos los aspectos del proceso, no solo como votantes, sino también como candidatos a los tres cargos electivos, a saber, bucopho, indvuna yenkhundla y miembro del Parlamento. Como resultado, varias personas con discapacidad fueron propuestas como candidatas y una fue elegida para el cargo de bucopho y otra para el de indvuna yenkhundla.
140.En la Ley de Personas con Discapacidad se establece la vida independiente de las personas con discapacidad, en consonancia con la Convención. Las personas con discapacidad tienen derecho a ser propietarias y heredar bienes, a controlar sus propios asuntos económicos y a acceder en igualdad de condiciones a préstamos bancarios y otras modalidades de crédito financiero. También pueden recurrir a los tribunales cuando se las haya privado arbitrariamente de sus bienes, si este derecho se hubiera vulnerado por motivos de discapacidad.
Artículo 13Acceso a la justicia
141.La Constitución garantiza el derecho a una audiencia justa mediante la provisión de intérpretes e intermediarios para las personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales que puedan impedir su participación plena y efectiva en los tribunales y los órganos administrativos en igualdad de condiciones con las demás.
142.Para seguir mejorando el acceso a la justicia de las personas con discapacidad, la Ley de Delitos Sexuales y Violencia Doméstica establece una excepción respecto de los testimonios indirectos en caso de que las víctimas tengan una deficiencia visual, auditiva o del habla o una discapacidad mental a efectos de admisibilidad. El alivio que la Ley de Delitos Sexuales y Violencia Doméstica ofrece a las personas con discapacidad contrasta notablemente con la posición legislativa anterior, establecida en la Ley de Pruebas Civiles núm. 16 de 1902, en la que se estipula que, si la persona que comparece ante el tribunal padece idiotez, demencia o enajenación mental, no será competente para prestar declaración mientras se encuentre en tal estado.
143.En la Ley de Procedimiento y Pruebas en Materia Penal de 1938 se exige que, en el curso de un juicio o de un examen preparatorio, todo funcionario judicial que tenga motivos para creer que una persona padece enajenación mental y es incapaz de defenderse deberá investigar tales circunstancias. Para garantizar un proceso justo, la investigación sobre la enajenación mental del acusado debe ser realizada por un oficial médico cualificado, que posteriormente emitirá un certificado en el que se indique si el acusado está o no en pleno uso de sus facultades mentales.
144.El país ha elaborado un proyecto de ley de asistencia jurídica que actualmente se encuentra en fase de consulta con las partes interesadas. Este proyecto de ley tiene por objeto crear una oficina de asistencia jurídica que administre, coordine y supervise un sistema nacional de asistencia jurídica a cargo del Estado, con el fin de prestar servicios de asistencia jurídica a los beneficiarios en asuntos civiles y penales. El objetivo es que los grupos pobres y vulnerables puedan acceder de manera efectiva a la justicia mediante la prestación de servicios jurídicos profesionales. La oficina velará por que se preste asistencia jurídica efectiva y sin demora a lo largo de todo el proceso judicial, incluidas la etapa de investigación y otras etapas preliminares. Las personas con discapacidad solo podrán acceder automáticamente a esa asistencia si su vulnerabilidad les impide generar ingresos.
145.Actualmente, a falta de asistencia jurídica, los profesionales del derecho del ámbito privado prestan servicios a título gratuito a los miembros indigentes y a los grupos vulnerables de la sociedad. El Colegio de Abogados de Eswatini, en su afán por mejorar el acceso a la justicia para todos, está revisando actualmente la Ley de la Abogacía de 1964. Con este fin, se ha elaborado un proyecto de ley de modificación de la Ley de la Abogacía que tiene por objeto alentar a los profesionales del derecho y a los candidatos a la abogacía a prestar servicios de asistencia jurídica a los miembros desfavorecidos de la sociedad.
146.También hay ONG que prestan servicios paralegales a miembros indigentes de la sociedad, en particular cuando el resultado pueda redundar en beneficio de la sociedad en su conjunto, es decir, cuando permita cambiar determinados principios. Entre estas organizaciones figuran Women and Law South Africa, el Council of Churches, el Eswatini Action Group against Abuse (SWAGAA), World Vision y Save the Children.
147.Además, la Universidad de Eswatini, a través del Departamento de Derecho, gestiona un centro de asistencia jurídica que presta servicio a los miembros indigentes de la sociedad. Estos servicios son prestados por estudiantes de Derecho bajo la supervisión de docentes; en los casos en que es necesario comparecer ante los tribunales, se encargan los docentes que son abogados colegiados.
148.En relación con los niños con discapacidad, el país, con la ayuda de los asociados para el desarrollo, ha establecido salas de tribunales adaptadas a los niños para evitar que estos se sientan intimidados durante los procesos judiciales. Actualmente, hay una sala de este tipo en el Tribunal Superior, en los tribunales de primera instancia de Siteki (región de Lubombo) y en el tribunal de primera instancia de Nhlangano (región de Shiselweni). Es necesario que estas salas se extiendan a todos los tribunales de primera instancia del país.
149.El Gobierno, en colaboración con la Asociación de Personas Sordas, puso en marcha cursos de lengua de señas para magistrados y secretarios judiciales. Otra iniciativa es la colaboración entre el Gobierno y la Universidad de Eswatini para la creación de un sistema de acreditación de la lengua de señas y la elaboración de un diccionario de lengua de señas, que aún se encuentra en una fase incipiente. En la actualidad, solo hay una universidad privada que ofrece programas de lengua de señas, y la inscripción en ellos es voluntaria para el personal interesado.
150.El país reconoce que el personal del sector judicial aún necesita más formación sobre los derechos de las personas con discapacidad.
Dificultades
151.La ausencia de asistencia jurídica en el país repercute negativamente en el derecho al acceso a la justicia. La mayoría de la población de Eswatini, incluidas las personas con discapacidad, no puede permitirse los elevados costos de la representación letrada.
152.Las personas que trabajan en la administración de justicia no tienen la capacidad suficiente para comprender las necesidades específicas de las personas con discapacidad y tampoco saben cómo proporcionarles los ajustes necesarios. Esto incluye facilitar la comunicación de las personas con discapacidad, especialmente las personas con deficiencia visual, las personas sordas y las personas con discapacidad intelectual y de aprendizaje.
Artículo 14Libertad y seguridad de la persona
153.En el artículo 16 de la Constitución se establece que ninguna persona podrá ser privada de su libertad individual, salvo cuando lo autorice la ley. Sin embargo, se puede suspender el derecho a la libertad cuando se trate de una persona con enajenación mental, adicta a las drogas o al alcohol o vagabunda, o haya motivos razonables para pensar que tal es el caso, para prestarle atención o dispensarle un tratamiento, o para proteger a la comunidad.
154.En la Orden de Salud Mental núm. 20 de 1978 se prohíbe retener a una persona en un hospital psiquiátrico, un pabellón psiquiátrico, una institución autorizada o una institución psiquiátrica penal. Solo el Tribunal Superior y el Rey, en virtud de la Ley de Procedimiento y Pruebas en Materia Penal núm. 67 de 1938, están autorizados a retener a una persona en un hospital psiquiátrico, un pabellón psiquiátrico o una institución autorizada en calidad de paciente voluntario, paciente temporal o paciente recluido.
155.En la Orden de Salud Mental se prevén los casos en los que un paciente puede ser internado en una institución psiquiátrica penal, a saber:
a)Para fines de observación y para facilitar un informe por orden del tribunal encargado de juzgar cualquier caso en el que se cuestione la cordura del acusado o su capacidad para comprender las actuaciones judiciales;
b)Por orden del tribunal cuando se determine que un acusado no es apto para comprender las actuaciones judiciales o en el caso de que haya sido declarado culpable pero en estado de enajenación mental en el momento de cometer el acto y se esté a la espera de la decisión del Rey al respecto; o
c)En los casos en que el Rey haya manifestado su decisión de que se interne al acusado mencionado en el artículo 3 b).
156.La Orden de Salud Mental prescribe además un procedimiento exhaustivo que permite el ingreso y el alta de personas que se someten voluntariamente a tratamiento en un hospital psiquiátrico y dan su consentimiento para ello (tras una evaluación para determinar si el solicitante comprende el significado y el efecto de dicha solicitud).
157.La Junta de Hospitales Psiquiátricos, nombrada por el Ministro de Salud, tiene el mandato de visitar las instituciones de salud mental al menos una vez cada dos meses con el fin de observar a los pacientes ingresados, las condiciones de los pabellones de reclusión y las instalaciones de la institución. La Junta también está facultada para llevar a cabo investigaciones a raíz de las quejas presentadas por los pacientes.
158.De conformidad con la Orden de Salud Mental, se penalizan los actos de internamiento de pacientes que se produzcan en contravención de sus disposiciones, y los infractores se enfrentan a penas de prisión de un año o a una multa de 400 emalangeni. Además, se tipifica como delito el maltrato de los pacientes por parte de los funcionarios que trabajan en los hospitales o las instituciones psiquiátricas y de los tutores de los pacientes, y los infractores están sujetos a una multa de 200 emalangeni o a una pena de prisión de seis meses.
159.En la Ley de Procedimiento y Pruebas en Materia Penal se exige que, en el curso de un juicio o de un examen preparatorio, todo funcionario judicial que tenga motivos para creer que el acusado padece enajenación mental y es incapaz de defenderse deberá investigar tales circunstancias.
160.La investigación sobre la enajenación mental del acusado debe ser realizada por un oficial médico cualificado, que posteriormente emitirá un certificado en el que se indique si el acusado está o no en pleno uso de sus facultades mentales.
161.En el asunto The King V Goodwill Sibiya, caso núm. 183/2019 del Tribunal Superior, la Corona presentó una solicitud para que se llevase a cabo una investigación con el fin de determinar si el acusado padecía enajenación mental, de conformidad con el artículo 163 de la Ley de Procedimiento y Pruebas en Materia Penal. A instancias de la defensa, a la luz del marco constitucional y de las disposiciones de la Convención, se argumentó que el artículo 163 debía aplicarse con la máxima cautela y respetando los derechos de los acusados.
Dificultades y medidas de mitigación
162.Las sanciones previstas en la Orden de Salud Mental no son proporcionales a los perjuicios que se pretenden evitar, por lo que se están adoptando medidas para derogar o modificar dicha orden.
Artículo 15Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
163.En el artículo 18 de la Constitución se afirma que la dignidad de toda persona es inviolable y se prohíbe la tortura, al tiempo que se establece la protección contra los tratos inhumanos o degradantes. Eswatini no cuenta actualmente con una legislación específica en materia de tortura, por lo que los casos de tortura se tratan como casos de agresión y las personas afectadas tienen libertad para reclamar una indemnización.
164.En el artículo 57 de la Constitución se establecen los objetivos de la aplicación de la ley:
Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley cumplirán en todo momento los deberes que les impone la ley, sirviendo a su comunidad y protegiendo a todas las personas contra actos ilegales, en consonancia con el alto grado de responsabilidad exigido por su profesión.
En el desempeño de sus tareas, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respetarán y protegerán la dignidad humana y mantendrán y defenderán los derechos humanos de todas las personas.
Ningún funcionario encargado de hacer cumplir la ley podrá infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, ni invocar la orden de un superior o circunstancias especiales como justificación de la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
165.Además, en el artículo 17 de la Constitución se establece que ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud o servidumbre, ni se la podrá obligar a realizar trabajos forzados.
166.Eswatini se adhirió a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes el 25 de abril de 2004. Habida cuenta de la determinación del país de erradicar todas las formas de tortura, se está trabajando para reforzar estructuras como la Comisión de Derechos Humanos, cuyo objetivo es prevenir y erradicar la tortura contra todas las personas.
Medidas de carácter legislativo y administrativo
167.Eswatini ha promulgado leyes para velar por que ninguna persona sea sometida a tortura o a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes por parte de los agentes del orden. Entre ellas figura la Ley de Policía de 2018, en cuyo artículo 10, párrafo 2, se establece que, en el desempeño de sus funciones, los miembros del servicio de policía respetarán y protegerán la dignidad humana y mantendrán y defenderán los derechos humanos de todas las personas. Asimismo, en el artículo 10, párrafo 3, se establece que ningún miembro del cuerpo de policía podrá infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, ni invocar la orden de un superior o circunstancias especiales como justificación de la tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.
168.Además, en la Ley de Servicios Penitenciarios de 2017 se establece que los miembros de los Servicios Penitenciarios no infligirán, instigarán o tolerarán ningún acto de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, ni invocarán la orden de un superior o circunstancias especiales como justificación de la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Factores atenuantes que permiten el disfrute del derecho a no ser sometido a tortura
169.Las personas que han sido detenidas ilegalmente tienen derecho a iniciar procedimientos legales ante los tribunales para obtener reparación. En el caso The Eswatini Government V Aaron Ngomane, recurso civil núm. 25/2013, el demandado demandó al Gobierno por un importe de 350.000 emalangeni por vulneración de su dignidad. El tribunal falló a favor del demandado por trato degradante.
170.Tal como se establece en la Convención contra la Tortura, el país ha invertido recursos para fortalecer la capacidad de la Comisión de Derechos Humanos con el fin de fomentar la capacidad de todos los titulares de obligaciones de prevenir la tortura. La Comisión, en cumplimiento del mandato que le confiere la Constitución, está trabajando para capacitar a los principales actores gubernamentales y apoyar la creación de estructuras que proporcionen una reparación suficiente a las víctimas de tortura.
171.En lo que respecta a los mecanismos para tramitar las denuncias de tortura, estas se investigan a través de la Dependencia de Disciplina Interna e Investigaciones del Servicio de Policía, tras lo cual el asunto se remite a la Fiscalía General. Si la investigación demuestra la culpabilidad, se pueden imponer medidas disciplinarias profesionales, se puede citar a la persona a una comparecencia inicial ante un tribunal y, en caso de condena, se puede proceder a la expulsión del cuerpo de policía, según proceda. Sin embargo, se observó que no existe una dirección independiente para llevar a cabo esas investigaciones, sino que son las propias fuerzas policiales las que las realizan.
Mecanismos existentes
172.Se ha establecido la Comisión de Derechos Humanos y Administración Pública, de carácter independiente, cuyo mandato consiste en defender, proteger y promover los derechos y las libertades fundamentales. La Comisión de Derechos Humanos lleva a cabo periódicamente campañas de educación y concienciación visitando comunidades y escuelas y a través de los medios de comunicación. Se informa a los ciudadanos sobre el procedimiento que deben seguir para presentar una denuncia ante la Comisión. Cuando, al término de una investigación, se constata un acto de mala administración, la Comisión puede adoptar las medidas adecuadas para corregir el acto o autorizar la correspondiente reparación. La Comisión también imparte formación a los titulares de obligaciones, los principales departamentos gubernamentales y las fuerzas armadas sobre la protección de los derechos contemplados en el artículo.
173.Eswatini ha designado un hospital especializado (el Centro Psiquiátrico de Manzini) para las personas que necesitan servicios de salud mental. Algunos de estos pacientes son ingresados en este establecimiento hasta que su estado de salud mejora, mientras que otros son pacientes externos. El ingreso en este hospital se realiza de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden de Salud Mental.
174.Los Servicios Penitenciarios han designado una de sus instituciones penitenciarias para ingresar a los delincuentes que necesitan servicios de salud mental. En ambos centros se ofrecen servicios profesionales a cargo de especialistas en salud mental. En la Ley de Procedimiento y Pruebas en Materia Penal de 1938 se establece que solo se puede privar de libertad a una persona cuando haya cometido un delito. El procedimiento para encarcelar y poner en libertad a una persona recluida en una institución de ese tipo está claramente definido. La mayoría de las estructuras del centro penitenciario aún deben mejorar sus instalaciones para adaptarse a todas las personas que viven con otras formas de discapacidad.
175.En el seno del Departamento de Servicios Penitenciarios y del Departamento de Policía también se ponen a disposición de las personas privadas de libertad procedimientos para presentar denuncias. Los organismos nacionales e internacionales tienen acceso a los lugares de reclusión.
176.Los trabajadores de la salud reciben formación sobre los derechos de las personas con discapacidad en la universidad y durante la capacitación en el empleo. Al ingresar en los Servicios Penitenciarios, todos los funcionarios deben asistir a un curso de formación básica que abarca, entre otras cosas, los derechos de las personas en conflicto con la ley. Los Servicios Penitenciarios emplean a trabajadores de la salud, algunos de los cuales son especialistas en salud mental. Uno de los centros penitenciarios está destinado a personas que necesitan servicios de salud mental. Las personas con discapacidad también disponen de servicios de salud mental en los hospitales públicos. Los Servicios Penitenciarios emplean de forma permanente a psicólogos y trabajadores sociales para rehabilitar a las personas con discapacidad.
Artículo 16Protección contra la explotación, la violencia y el abuso
177.En el artículo 30 de la Constitución se establece el derecho al respeto y a la dignidad humana de las personas con discapacidad. Además, se obliga al Parlamento a promulgar leyes para proteger a las personas con discapacidad, compromiso que se ha cumplido con la promulgación de la Ley de Personas con Discapacidad. Las leyes relativas a la explotación, la violencia y el abuso —a saber, la Ley de Protección y Bienestar de la Infancia y la Ley de Delitos Sexuales y Violencia Doméstica— son sensibles a las personas con discapacidad, ya que dedican artículos específicos a su protección.
178.El Departamento de Bienestar Social está presente en todas las regiones del país y colabora con la policía y las organizaciones de la sociedad civil para intervenir en casos de explotación, violencia y abuso contra personas con discapacidad. También existen líneas telefónicas gratuitas que se han establecido para denunciar casos de violencia y abuso contra cualquier persona, incluidas las personas con discapacidad y los niños. Los números gratuitos son el 999/9, el 951 y el 9664, y actualmente el país está en proceso de establecer una línea de ayuda a la infancia, el 116, dirigida a todos los niños, entre ellos los niños con discapacidad. También existe una plataforma gratuita basada en mensajes de texto (8500 – U-Report) en la que los ciudadanos, entre ellos las personas con discapacidad, pueden denunciar casos de explotación, violencia y abuso.
179.Además, se han creado tres centros de atención integral que prestan servicios completos a las víctimas o supervivientes de la violencia y el abuso, a los que también pueden acceder las personas con discapacidad.
180.El país adoptó una estrategia nacional, dotada de presupuesto y sensible al género, para poner fin a la violencia, la cual abarca el período 2017-2022. La estrategia tiene por objeto abordar las cuestiones de la explotación, la violencia y el abuso, y se centra deliberadamente en las personas con discapacidad, entre otras esferas de interés. El Gobierno, a través del Ministerio de Justicia y Asuntos Constitucionales, el Ministerio de Salud y la Oficina del Vice Primer Ministro, cuenta con programas de concienciación que incluyen las diferentes leyes y políticas de protección contra la explotación, la violencia y el abuso. Los programas de concienciación se dirigen a diferentes grupos de personas, entre ellas las personas con discapacidad. Los medios utilizados para las campañas de promoción son la radio, la televisión, los periódicos y la divulgación comunitaria.
181.Sin embargo, aún hay barreras para el acceso de las personas con discapacidad a la información y la educación, ya que siguen escaseando los medios de comunicación que utilizan el lenguaje de señas y el braille. La Oficina del Vice Primer Ministro ha facilitado la formación de funcionarios públicos, como trabajadores sociales, policías y enfermeros, en lenguaje de señas básico, aunque la rotación de personal está mermando la eficacia de esta iniciativa.
182.Eswatini, a través del Departamento de Cuestiones de Género y Familia, ha elaborado directrices sobre centros de acogida que regulan la creación de hogares seguros o establecimientos de transición para las víctimas. Las directrices tienen en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad. Las Directrices Nacionales sobre Modalidades Alternativas de Cuidado para los Niños se han revisado para incluir modalidades alternativas de cuidado para los niños con discapacidad, lo que siempre ha supuesto un reto, ya que no se los atendía en los centros de acogida existentes.
183.Todas las comisarías de policía del país cuentan con un departamento de violencia doméstica, protección de la infancia y delitos sexuales, que se encarga de investigar los casos de explotación, violencia o abuso y de actuar al respecto. Sin embargo, estos departamentos no cuentan con recursos suficientes, ya que la capacidad humana y las herramientas de trabajo limitan su funcionalidad. Estos departamentos forman parte, por extensión, de la línea gratuita de denuncia 999/9. Colaboran con otras partes interesadas —como el Departamento de Bienestar Social, el Departamento de Cuestiones de Género y Familia, los centros de atención integral y los miembros de la sociedad civil— para derivar a las víctimas o supervivientes de la violencia, la explotación y el abuso hacia servicios de protección, rehabilitación e integración social.
184.Los programas de concienciación sobre la violencia incluyen temas como los tipos de violencia, los signos y los síntomas. Hacen hincapié en la prevención de la explotación y la violencia. Existe una directriz multisectorial en respuesta a la violencia que abarca la cuestión de la derivación entre las partes interesadas. El Departamento de Bienestar Social está probando actualmente un sistema digital de gestión de casos de protección infantil que ayudará a realizar un seguimiento de cada caso y que incorpora la derivación de las víctimas a otros servicios pertinentes de otras partes interesadas.
185.El país ha creado la Comisión de Derechos Humanos y Administración Pública, que actúa como órgano independiente de supervisión de todas las cuestiones relacionadas con los derechos humanos. Además, la Ley de Personas con Discapacidad prevé la creación de un consejo asesor nacional para las personas con discapacidad que coordine, supervise y controle la aplicación de la política nacional y el plan de acción nacional relativos a las personas con discapacidad. Sin embargo, el consejo asesor aún no se ha creado debido a la escasez de recursos.
Artículo 17Protección de la integridad personal
186.Véanse los apartados del informe relativos a los artículos 15 y 25.
Artículo 18Libertad de desplazamiento y nacionalidad
187.En el artículo 26 de la Constitución se establece, entre otras cosas, que ninguna persona será privada de su libertad de desplazamiento, es decir, del derecho a circular libremente en todo el país, el derecho a residir en cualquier parte de su territorio, el derecho a entrar y a salir de Eswatini y el derecho a no ser expulsado de Eswatini, salvo a las que estén privadas de libertad de forma legítima. En el artículo 40, párrafo 4, se establecen salvaguardias contra la apatridia al permitir que la madre confiera la nacionalidad en las circunstancias que en él se indican.
188.La libertad de circulación está protegida además por varias leyes, a saber: la Ley de Inmigración de 1982, que establece los procedimientos de inmigración; la Ley de Ciudadanía de 1992, que establece los procedimientos para adquirir la ciudadanía swazi; la Ley de Refugiados de 2017, que regula el asentamiento y la naturalización de los refugiados de conformidad con las normas internacionales y la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados; la Ley de Procedimiento y Pruebas en Materia Penal de 1938; y la Ley de Administración Swazi núm. 79 de 1950, que consolida la legislación relativa a la administración de los asuntos swazis.
189.Entre las leyes que prevén y protegen la nacionalidad de las personas con discapacidad se encuentra la Ley de Protección y Bienestar de la Infancia de 2012, que establece en su artículo 5 que todo niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre digno y a adquirir la nacionalidad. En virtud de dicha ley, todo niño tiene derecho a ser inscrito en el registro en un plazo de tres meses, tanto si nace vivo como si nace muerto. En el artículo 15 de la Ley de Registro de Nacimientos, Matrimonios y Defunciones de 1983 se establece la obligación de notificar el nacimiento de un niño en un plazo de 60 días al funcionario del registro, al jefe de la zona, a su induna o al funcionario de información del registro designado o nombrado. En la ley se establece que todo jefe, induna o funcionario de información del registro deberá, en un plazo de diez días a partir de la recepción, comunicar el nacimiento por escrito mediante el formulario prescrito al funcionario del registro para que este proceda a inscribirlo y expida la partida de nacimiento.
190.Medidas administrativas:
Descentralización del registro de identidades nacionales por todo el país.
Los hospitales proporcionan registros para los recién nacidos.
Los refugiados que viven en el país más de diez años pueden adquirir la ciudadanía, previa solicitud.
Los refugiados pueden visitar con facilidad los países vecinos (Mozambique y Sudáfrica).
No se han registrado casos de restricciones impuestas en virtud de la legislación y las costumbres swazis. El país está demarcado en términos de zonas geográficas, lo que también se aplica en virtud de la legislación y las costumbres swazis. En general, se acepta que se debe solicitar permiso a las autoridades tradicionales antes de establecerse en tierras de la nación swazi para un asentamiento adecuado. Las autoridades tradicionales también están obligadas a velar por el orden público en sus respectivas jefaturas, por lo que todas las actividades deben estar reguladas.
La Asociación de Madres y Padres de Niños con Discapacidad colabora con el Gobierno para sensibilizar y concienciar a la comunidad sobre cuestiones relacionadas con la protección de los niños con discapacidad.
Las organizaciones de la sociedad civil, en colaboración con el Ministerio del Interior, se encargan del registro civil para ayudar a las personas con discapacidad que aún necesitan inscribirse y obtener certificados a nivel comunitario.
El Gobierno ha puesto en marcha una campaña de “barrido” con el fin de que todas las personas de Eswatini estén inscritas (registro civil) y dispongan de certificados. Esta campaña se puso en marcha en noviembre de 2021 y se prevé que sea una oportunidad para todas las personas que residen en el país y necesitan certificados de nacimiento, matrimonio y defunción. El objetivo de la campaña de “barrido” es facilitar el registro de los acontecimientos vitales a todas las personas no inscritas, en todas las jefaturas o imiphakatsi, a fin de resolver la acumulación de registros pendientes.
Dificultades
191.El registro de los hijos de progenitores con discapacidad (por ejemplo, discapacidad mental) sigue planteando dificultades.
192.El registro de los niños nacidos fuera de los establecimientos de salud (partos en el hogar) sigue planteando dificultades.
Artículo 19Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad
193.Eswatini ejecuta programas de habilitación y rehabilitación basados en la comunidad que prestan servicios para la vida independiente, como la intervención comunitaria (fisioterapeutas, ergoterapeutas) para ayudar a las personas con discapacidad a llevar una vida independiente en la comunidad, de conformidad con el artículo 39 de la Ley de Personas con Discapacidad. Sin embargo, estos programas ya no se ofrecen de manera integral debido a las limitaciones de recursos.
194.La Ley de Personas con Discapacidad obliga al Consejo, al sector privado y a las organizaciones no gubernamentales a adoptar las medidas adecuadas para fomentar y promover la prestación de una variedad de servicios de asistencia domiciliaria y residencial y otros servicios de apoyo de la comunidad para evitar el aislamiento o la separación de las personas con discapacidad de la comunidad.
195.En general, todas las personas, entre ellas las personas con discapacidad, tienen derecho a la propiedad, solas o asociadas con otras. Por lo tanto, tienen libertad para adquirir bienes (muebles o inmuebles) con el fin de establecer una residencia.
196.El Gobierno colabora con ONG como Chesire Homes o Hope House (residencia para personas con discapacidad y personas de edad de Mankayane) para prestar una variedad de servicios de asistencia domiciliaria y residencial y otros servicios de apoyo de la comunidad a los usuarios, entre ellos las personas con discapacidad. A fin de asegurar la prestación adecuada de los servicios mencionados, el Gobierno concede periódicamente subvenciones a las ONG.
197.El Gobierno, los asociados para el desarrollo y las ONG utilizan todas las plataformas mediáticas para concienciar a las personas con discapacidad sobre el apoyo y los servicios que se les ofrecen para ayudarlas a vivir de forma independiente.
198.El Gobierno sigue velando por que las personas con discapacidad tengan acceso a subvenciones trimestrales, independientemente de su situación económica. Las ONG y los asociados para el desarrollo también cuentan con programas permanentes de apoyo a las personas con discapacidad. Solo el 6,8 % del total de la población con discapacidad tiene acceso a las subvenciones trimestrales, que ascienden a 280 emalangeni al mes.
199.La posición del Gobierno es que la institucionalización de personas con discapacidad debería ser una medida de último recurso. Normalmente, se fomenta que se estudien diferentes modalidades alternativas de cuidado para las personas con discapacidad en el seno de la familia y la comunidad.
200.En casos excepcionales en los que es difícil o inviable mantenerlas en el entorno familiar o comunitario, se hace todo lo posible por colocarlas en centros de asistencia residencial, siempre con su consentimiento y previa consulta. El Gobierno de Eswatini ha emprendido un proyecto de inversión para construir un centro de acogida de personas con discapacidad en Mankayane, en la región de Manzini, y posteriormente se extenderá la construcción de este tipo de centros a otras regiones.
Artículo 20Movilidad personal
201.En el presupuesto para discapacidad de la Dependencia Nacional de Discapacidad se ha dado prioridad al suministro de ayudas técnicas, para lo cual se ha asignado una partida anual de 3.500.000,00 emalangeni para la adquisición de ayudas técnicas, entre las que se incluyen sillas de ruedas, bastones, bastones blancos, prótesis, muletas de aluminio y gafas.
202.Los asociados para el desarrollo y las organizaciones de la sociedad civil —como la República de China en Taiwán, la Luke Commission, World Vision, los Clubes Rotarios, la Comisión de Comunicaciones de Eswatini y otras— donan cada año un número considerable de ayudas técnicas a la Oficina del Vice Primer Ministro.
Artículo 21Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información
203.En el artículo 24 de la Constitución se garantiza que toda persona tiene derecho a la libertad de expresión y de opinión; el disfrute de este derecho no se verá obstaculizado sin el libre consentimiento de esa persona. Las personas con discapacidad también gozan de este derecho. A través de las organizaciones de personas con discapacidad, las personas con discapacidad pueden expresar y compartir opiniones sobre cuestiones de especial interés a nivel nacional.
204.Para promover aún más el disfrute de la libertad de expresión, la libertad de los medios de comunicación y la puesta en marcha de medios de comunicación independientes, el Gobierno ha promulgado la Ley de la Comisión de Comunicaciones de Eswatini de 2013, en virtud de la cual se establece una comisión cuyos objetivos son, entre otros, regular las comunicaciones electrónicas y proteger los datos en las comunicaciones electrónicas, los servicios postales, el comercio electrónico y la radiodifusión.
205.Eswatini cuenta con varias emisoras de radio y dos cadenas de televisión. La prensa escrita ofrece cobertura a opiniones diversas sobre una serie de temas de actualidad. Los medios de comunicación desempeñan un papel valioso en la lucha contra la corrupción y en la sensibilización de los ciudadanos sobre cuestiones de derechos humanos.
206.En la Ley de Personas con Discapacidad se garantiza el derecho de las personas con discapacidad a acceder a la información, la comunicación y la tecnología en igualdad de condiciones con las personas sin discapacidad. Además, se obliga al Gobierno y a los proveedores de información a asegurarse de que la información se presente en formatos y con tecnologías adecuados a los diferentes tipos de discapacidad, de manera oportuna y sin costos adicionales. La ley también prevé el uso de la lengua de señas de Eswatini, el braille, los medios aumentativos y alternativos de comunicación y todos los demás medios, modos y formatos de comunicación accesibles para las personas con discapacidad en las traducciones oficiales.
207.Existen bibliotecas nacionales en todas las regiones del Reino en las que se proporcionan recursos y servicios de información accesibles a todos los usuarios. Para atender a las personas con discapacidad, estos centros disponen de una colección limitada de fuentes de información en macrotipo y en braille. En un esfuerzo por atender a la comunidad con deficiencias visuales, el país ha dotado a dos bibliotecas principales (Mbabane y Manzini) de computadoras e impresoras en relieve para transcribir textos a braille. Para asegurar el acceso a la información de las personas sordas, se ha formado a varios empleados de las bibliotecas (operadores de recepción) en la lengua de señas de Eswatini. Además, el Reino está en proceso de crear centros nacionales de recursos para personas con deficiencia visual.
208.El país reconoce la importancia de incorporar la lengua de señas en todos los ámbitos, en particular en el sector educativo. La adopción de la Política Nacional del Sector de la Educación y la Formación de 2018 orientará las actividades del sector educativo para asegurar el aprendizaje inclusivo a lo largo de toda la vida y prestará atención al acceso, la calidad, la equidad, la pertinencia, la eficiencia y la eficacia de la prestación de servicios. En la actualidad, solo hay una escuela que atiende a niños sordos. El Gobierno y la Universidad de Eswatini mantienen conversaciones para elaborar un programa y un diccionario de lengua de señas siswati. La emisora Eswatini Television, propiedad del Estado, ofrece interpretación en lengua de señas durante la emisión de los informativos.
Dificultades
209.Las personas con discapacidad no tienen acceso a la información en igualdad de condiciones debido a una serie de factores, entre ellos la falta de recursos para convertir la información en diversos formatos adecuados para las personas con discapacidad.
210.El país no cuenta con ninguna legislación que establezca expresamente el derecho de los ciudadanos a acceder a la información que se halla en poder del Estado.
211.A pesar de la política de educación inclusiva del país, muchos niños con discapacidad siguen sin poder acceder a la enseñanza primaria básica debido a diversos factores, como la falta de accesibilidad del entorno y los edificios escolares, la falta de equipamiento y recursos en las escuelas y la falta de profesores con las competencias necesarias, por mencionar algunos.
Artículo 22Respeto de la privacidad
212.En el artículo 14 de la Constitución se garantizan los derechos y las libertades fundamentales de todas las personas, entre ellas las personas con discapacidad, y se establece que estos derechos deben ser respetados y defendidos por el poder ejecutivo, el poder legislativo y el poder judicial, así como por otros organismos públicos y personas físicas y jurídicas del Reino. Estos derechos pueden hacerse valer ante los tribunales.
213.Además, en el artículo 27 se establecen los derechos y la protección de la familia y se impone a la sociedad y al Estado la obligación de preservar y mantener el desarrollo armonioso, la cohesión y el respeto de la familia y los valores familiares.
214.En caso de injerencia arbitraria o ilegal en el derecho a la privacidad, existen mecanismos de denuncia que no discriminan a las personas con discapacidad. Estos mecanismos incluyen foros comunitarios, comisarías de policía y la Comisión de Derechos Humanos y Administración Pública; también se puede solicitar reparación ante los tribunales.
215.El Gobierno, en colaboración con las ONG, está trabajando para asegurarse de que los proveedores de servicios y los cuidadores sean conscientes de los derechos de las personas con discapacidad. En lo que respecta a la información o los registros sobre datos personales, la información relacionada con la salud y la rehabilitación está protegida, ya que los proveedores de servicios deben firmar un formulario de confidencialidad al ser contratados.
216.El Gobierno, en colaboración con organizaciones de la sociedad civil, lleva a cabo diversas campañas a nivel comunitario con el fin de sensibilizar a las familias sobre la protección de los derechos de las personas con discapacidad. También se realizan inspecciones domiciliarias para velar por que no se oculte a las personas con discapacidad.
Dificultades
217.Hay familias que siguen asociando la discapacidad con creencias negativas, lo que da lugar a que se oculte a los familiares con discapacidad.
Artículo 23Respeto del hogar y de la familia
218.Eswatini no discrimina a ninguna persona a la hora de contraer matrimonio y fundar una familia. En el artículo 27 de la Constitución se establece que los hombres y las mujeres en edad de contraer matrimonio tienen derecho a casarse y fundar una familia. Además, se dispone que el matrimonio solo se celebrará con el consentimiento libre y pleno de los contrayentes.
219.La Ley de Protección y Bienestar de la Infancia regula las cuestiones relativas a la adopción y no discrimina a ninguna persona con discapacidad que desee presentar una solicitud de adopción y tutela. Sin embargo, está sujeta a una evaluación del estado de salud en colaboración con los servicios de bienestar social y a la gravedad y el tipo de discapacidad.
220.El Gobierno, en colaboración con organizaciones de la sociedad civil, proporciona apoyo familiar y comunitario con carácter accesible e inclusivo para la crianza de los hijos mediante programas de empoderamiento económico y creación de capacidad.
Artículo 24Educación
221.En el artículo 29 de la Constitución se establece que todos los niños swazis tienen derecho a la educación. Este artículo constituye un buen fundamento para promover la educación inclusiva de todos los niños, con o sin discapacidad.
222.El país implantó la enseñanza primaria gratuita en 2010 mediante la Ley de Gratuidad de la Enseñanza Primaria núm. 01 de 2010, que promueve la inclusión de todos los niños de Eswatini. La ley prevé la aplicación del derecho a la enseñanza primaria gratuita en las escuelas públicas y describe además las responsabilidades de los progenitores o tutores y del Gobierno. Asimismo, la ley contiene disposiciones penales destinadas a los progenitores o tutores que descuiden a sus hijos o se nieguen a enviarlos a la escuela. Los comités escolares colaboran con los trabajadores sociales de las comunidades y los equipos regionales de salud escolar cuando hay un niño con deficiencias que no asiste a la escuela.
223.El Ministerio de Educación y Formación creó en 1998 la Dependencia de Necesidades Educativas Especiales, que se encarga de la dirección general y la planificación estratégica de la educación especial e inclusiva en el país, en colaboración con personas, ministerios del Gobierno, ONG de personas con discapacidad, organizaciones comunitarias y el sector privado. En 2017 se puso en marcha la dependencia de discapacidad en las escuelas secundarias, y en 2018 se introdujo la educación basada en competencias, que actualmente se aplica en las escuelas primarias.
224.Desde 2006, el país ha designado escuelas modelo de educación inclusiva, y todas las escuelas primarias aceptan a alumnos con discapacidad; la integración de la educación inclusiva está avanzando gracias a la formación de los educadores y al suministro de instalaciones y equipos. En 2010, el país implantó la gratuidad de la enseñanza primaria, lo que supuso una nueva oportunidad para que los niños con necesidades especiales y discapacidad accedieran a la educación en las escuelas ordinarias. Se espera que todas las escuelas admitan a alumnos con discapacidad y les presten apoyo.
225.La admisión de alumnos en las escuelas se basa en la elegibilidad por edad. No se discrimina, sino que se acoge a todos los alumnos en Eswatini teniendo en cuenta las cuestiones de eficacia, equidad y necesidades especiales. Entre los objetivos de la política del Ministerio de Educación y Formación de 2018 se incluye el de promover la educación inclusiva. Como resultado, el Ministerio ha designado un departamento para velar por el bienestar de los niños con necesidades especiales, al que se le ha asignado un cuerpo de inspección en la sede y en las regiones. El departamento de necesidades educativas especiales, en colaboración con el Ministerio de Salud, facilita la evaluación y la colocación adecuadas y asesora sobre formas eficaces de enseñar a alumnos con capacidades diferentes.
226.La orientación estratégica de la educación inclusiva se ha incorporado al plan estratégico (2018-2023) del Ministerio de Educación y Formación, al plan de acción plurianual y al Plan Nacional de Educación y Mejora. Como ámbito transversal, el departamento de necesidades educativas especiales está representado en todos los comités sectoriales de planificación, presupuestación y programación. El departamento de necesidades educativas especiales y las organizaciones de personas con discapacidad también están representados en las reuniones sectoriales del Ministerio de Educación y Formación.
227.El Plan de Acción Nacional de Discapacidad contempla la educación y la formación en la cuarta esfera temática, que tiene por objeto velar por que todas las personas con discapacidad, independientemente de su género o de la naturaleza o gravedad de su discapacidad, tengan acceso en condiciones de igualdad a una atención y una educación en la primera infancia sustantivas y adecuadas a su edad; a la enseñanza primaria, secundaria y superior; y a la formación. También cuenta con indicadores claros de seguimiento y evaluación para medir los logros, según proceda.
228.La Estrategia para el Desarrollo Sostenible y el Crecimiento Inclusivo de 2030 contempla de manera integral la educación especial y la accesibilidad, entre otros aspectos. El plan de estudios es inclusivo y pertinente para todos los alumnos con necesidades educativas especiales y discapacidad. Asimismo, prevé la aplicación de una estrategia rigurosa de formación para los docentes centrada en las necesidades educativas especiales y la inclusión, así como la provisión de recursos humanos suficientes a nivel ministerial y escolar (expertos en aseguramiento de la calidad, docentes, profesores auxiliares, terapeutas, audiólogos, intérpretes, etc.) para asegurar la aplicación efectiva de las estrategias.
229.La Política del Sector de la Educación y la Formación de 2018 incorporó la educación inclusiva como objetivo general para el cambio de todo el sistema, desde la enseñanza preescolar hasta la terciaria, tanto en la educación formal como en la no formal. Todos los alumnos deben asistir a la escuela, independientemente de su deficiencia, edad, origen étnico y sexo. Esta política exige la eliminación de las barreras dentro del sector educativo para asegurar el acceso, la participación sustantiva y la obtención de logros de todos los alumnos.
230.Para asegurar el acceso y la participación sustantiva del departamento de necesidades educativas especiales, el Ministerio ha integrado las TIC en la educación como catalizador para promover el diseño universal con miras al aprendizaje de los niños y los jóvenes con necesidades especiales y discapacidad. El Ministerio proporciona ayudas técnicas y equipo y programas informáticos (tanto de sobremesa como portátiles) para que los alumnos reflexionen más profundamente y participen más en el aula.
231.Se han elaborado normas sobre educación inclusiva para que las escuelas alcancen un nivel de calidad en la educación inclusiva; para orientar a las escuelas sobre lo que significa la educación inclusiva y cómo se puede aplicar; para informar a las escuelas sobre lo que se requiere para que sean inclusivas y de calidad; para medir la calidad de la inclusividad de las escuelas; y para el desarrollo profesional y de capacidades. Se han seleccionado algunas escuelas en las que se pondrá a prueba la aplicación de las normas de educación inclusiva y, posteriormente, se implantarán en todas las escuelas ordinarias de Eswatini. Estas normas serán una hoja de ruta para convertir las escuelas ordinarias en escuelas inclusivas.
232.Se ha creado una unidad completa en el Centro Nacional de Planes de Estudios para facilitar la elaboración de planes de estudios y materiales didácticos y de aprendizaje inclusivos, de conformidad con la política del Ministerio de Educación y Formación, que aboga por planes de estudios e infraestructuras físicas accesibles. Con la orientación de este departamento, la adaptación del plan de estudios escolar para todos los niveles de la educación básica se lleva a cabo en el Centro Nacional de Planes de Estudios con el fin de facilitar el acceso a los alumnos con necesidades especiales específicas. El Ministerio de Educación presta apoyo a los alumnos con necesidades especiales al facilitarles el material curricular a través de dispositivos electrónicos que pueden manejar fácilmente para adaptarlos a sus necesidades. El departamento también se asegura de que los planes de estudios de todas las materias sean inclusivos y diferenciados para adaptarse a los alumnos con necesidades especiales y discapacidad. El Ministerio ha elaborado un marco curricular que introduce cinco nuevas materias que se adaptan a los alumnos con necesidades especiales y discapacidad, a saber: braille, competencias para la vida diaria, orientación, movilidad y lengua de señas de Eswatini. Los manuales de las cinco materias se utilizarán a modo de prueba en las escuelas en 2022. Además, el Consejo de Exámenes de Eswatini ofrece ajustes y modificaciones para los alumnos con necesidades especiales durante los exámenes externos.
233.Con la ayuda de sus asociados, el Ministerio de Educación logró crear dos modelos inclusivos en sendas escuelas primarias, a saber, la escuela primaria Mbasheni, en Hhohho, y la escuela primaria Eqinisweni, en Shiselweni. Para incrementar el acceso a la educación secundaria inclusiva, el Ministerio, con la ayuda de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA), construyó cuatro escuelas secundarias de diseño universal en las cuatro regiones del país. Se trata de las escuelas secundarias Enhlitiyweni (región de Hhohho), Boyane (región de Manzini), Gamula (región de Lubombo) y Eqinisweni (región de Shiselweni). Las cuatro escuelas financiadas por la JICA cuentan con infraestructuras accesibles, con profesores formados en educación inclusiva y necesidades especiales y con medios de transporte para trasladar a los alumnos con necesidades especiales entre el colegio y sus hogares.
234.También se está modificando la infraestructura escolar con el fin de mejorar el acceso de los alumnos con discapacidad. Se espera que todas las escuelas sigan las normas de diseño universal para la construcción, la enseñanza y el aprendizaje.
235.El Ministerio, a través de su organismo paraestatal de educación no formal, ofrece programas de aprendizaje permanente para jóvenes que están fuera del sistema escolar. Estos programas se imparten en la infraestructura escolar existente después del horario escolar formal. La admisión en estos programas también es inclusiva, ya que pueden acceder a ellos todas las personas interesadas, entre ellas las personas con discapacidad. Todos los programas de formación docente ofrecen capacitación en materia de necesidades especiales y educación inclusiva a todos los estudiantes de magisterio, tanto previa al empleo como en el servicio. Además, desde 2012, la Universidad Nazarena de África Meridional ofrece dos programas de grado acreditados que proporcionan títulos de educación especializada a estudiantes de magisterio y a aspirantes a administradores escolares. El cuerpo de inspección de necesidades especiales ofrece capacitación en el servicio mediante la organización de talleres y, cada año, el Gobierno y sus asociados apoyan la formación acreditada a corto y largo plazo en materia de necesidades especiales y educación inclusiva para los docentes de las escuelas especiales y ordinarias.
236.La Política del Sector de la Educación y la Formación de 2018, de carácter integral, tiene por objeto transformar el sistema educativo para que sea inclusivo desde la enseñanza preescolar, primaria y secundaria hasta la terciaria. Además, mediante el Plan Nacional de Educación y Mejora se pone en práctica la política. En él se describen los objetivos estratégicos específicos y las actividades que deben llevarse a cabo, así como el presupuesto necesario para transformar el sistema y hacerlo inclusivo. Durante la elaboración de la política se llevó a cabo una amplia consulta con las principales partes interesadas, entre las que figuraban organizaciones de personas con discapacidad, ONG, organizaciones de la sociedad civil, progenitores, alumnos y la población en general. Además, las organizaciones de personas con discapacidad están representadas en el enfoque sectorial de la educación utilizado por el Ministerio para asegurar la participación sustantiva de las partes interesadas clave en el diseño, la ejecución, el seguimiento y la evaluación de los programas. Sin embargo, es necesario mejorar la participación, la colaboración y la implicación sustantiva de todos los ministerios pertinentes y las personas con discapacidad.
237.La Ley de Gratuidad de la Enseñanza Primaria y la Política del Sector de la Educación y la Formación de 2018 obligan a todas las escuelas ordinarias a aceptar alumnos con discapacidad y a prestarles apoyo. Los inspectores de necesidades educativas especiales se encargan de velar por la aplicación de esta ley, de modo que ningún niño se vea privado del acceso a la educación por motivos de discapacidad. El Gobierno sigue impartiendo capacitación previa al servicio y en el servicio a los docentes para que adquieran las competencias y los conocimientos necesarios para apoyar a los alumnos durante la enseñanza y el aprendizaje.
238.Desde 2010 se ha producido un notable aumento del número de alumnos con discapacidad admitidos en escuelas primarias y secundarias ordinarias. Sin embargo, sigue habiendo un número considerable de alumnos que no asisten a la escuela o que abandonan los estudios debido a la falta de apoyo a su educación. Desde 2012 se imparte formación previa al servicio especializada en necesidades especiales y educación inclusiva, lo que significa que actualmente hay un número sustancial de profesores formados y destinados a escuelas primarias y secundarias del país, y ya se observan cambios en las prácticas pedagógicas.
239.En el censo de población y vivienda de 2017 se pueden consultar estadísticas desglosadas sobre el acceso de los niños con discapacidad a la educación. El hecho de que no se hayan establecido las disposiciones institucionales previstas en la Ley de Personas con Discapacidad supone un importante obstáculo para determinar y perfilar el número de personas con discapacidad, entre ellas los niños.
240.El sistema de gestión de la información presenta importantes dificultades en lo que respecta a la recopilación y el análisis de datos estadísticos sobre las necesidades educativas relacionadas con la discapacidad. Es necesario armonizar y clasificar las categorías de discapacidad.
Censo anual sobre educación en relación con los niños con discapacidad no escolarizados
241.Tampoco existe un sistema fiable para realizar un seguimiento de los niños con discapacidad que no están escolarizados o a los que se les ha denegado la matriculación en la escuela. Se trata de un ámbito que requerirá una atención urgente.
Matriculación en escuelas ordinarias
242.Según el censo anual sobre educación de 2017 del Ministerio de Educación y Formación, en 2016 había 57.360 alumnos con necesidades especiales y discapacidad matriculados en escuelas primarias especiales y ordinarias. Un total de 6.159 estaban matriculados en escuelas secundarias para alumnos con necesidades especiales, tanto de primer ciclo como de segundo ciclo.
Matriculación en clases de preescolar y de acogida (grado 0)
243.Aún no se han recopilado datos sobre los niños con discapacidad en las clases de preescolar y de acogida. Sin embargo, ya se ha iniciado la revisión de los instrumentos de recopilación de datos del Sistema de Información sobre la Gestión de la Educación y se prevé recopilar datos en todos los niveles del sistema educativo. Además, se prestará especial atención a las dificultades funcionales a las que se enfrentan los alumnos, más que a las categorías de discapacidad.
Cualificaciones/matriculación en el ciclo terciario
244.Las matriculaciones de estudiantes con discapacidad en instituciones de educación superior aún no se incluyen en los instrumentos de recopilación de datos del Sistema de Información sobre la Gestión de la Educación. Sin embargo, según el censo anual de 2010, solo un porcentaje muy reducido (2 %) de las personas con discapacidad tiene acceso a la educación terciaria.
Educación de adultos
245.Aún no se han recopilado datos sobre los adultos con discapacidad matriculados en centros de educación de adultos. En los casos en que sí se dispone de ellos, la calidad de los datos no es fiable ni está actualizada, y se carece de información esencial sobre las limitaciones funcionales de los alumnos y el entorno escolar.
246.Como se indica a continuación, se está revisando la herramienta de recopilación de datos del Sistema de Información sobre la Gestión de la Educación para recopilar la mayoría de los indicadores que faltan.
|
Tipo de deficiencia |
Auditiva |
De aprendizaje |
De otro tipo |
Física |
Visual |
Total |
|
|
2015 |
Hombres |
493 |
1 064 |
146 |
173 |
925 |
2 801 |
|
Mujeres |
540 |
636 |
97 |
115 |
851 |
2 239 |
|
|
2016 |
Hombres |
657 |
1 414 |
212 |
166 |
928 |
3 377 |
|
Mujeres |
718 |
840 |
158 |
147 |
970 |
2 833 |
|
|
2017 |
Hombres |
865 |
1 443 |
274 |
246 |
1 378 |
4 206 |
|
Mujeres |
942 |
837 |
175 |
181 |
1 315 |
3 450 |
|
|
2018 |
Hombres |
763 |
1 855 |
206 |
234 |
1 146 |
4 204 |
|
Mujeres |
826 |
1 209 |
138 |
147 |
1 140 |
3 460 |
|
|
T otal |
26 570 |
247.Los datos dan a entender que la deficiencia visual y la discapacidad de aprendizaje han sido las principales dificultades observadas en las escuelas primarias a lo largo de los años. La magnitud de las “discapacidades de aprendizaje” notificadas es motivo de preocupación. Es muy probable que los alumnos hayan sido diagnosticados erróneamente. Sin embargo, sea cual sea el caso, lo cierto es que aquí está en juego la vida de las personas. Cada vez es mayor el número de niños a los que se atribuyen dificultades de aprendizaje en las escuelas y, en algunos casos, no se valida ni se remedia la causa. Es preocupante que las dificultades de aprendizaje, un fenómeno muy difícil de evaluar, sean cada vez más frecuentes. La realidad es que, cuando los niños entran en la escuela, se les asignan estas etiquetas, que pueden acompañarlos durante toda su educación. Esto significa que, aunque no se recopilaran estos datos, los niños seguirían siendo clasificados y tratados conforme a tales etiquetas. Esto puede dar lugar a estigmatización y discriminación en el futuro. La detección temprana sigue siendo una prioridad, y todos los alumnos que se matriculen en establecimientos formales de educación y cuidado de niños en la primera infancia o de enseñanza primaria deben someterse a ella.
Cuadro 1
Población residente con discapacidad, según el sexo y el nivel educativo más alto, Eswatini
|
Máxima cualificación |
Locomoción |
Visión |
Audición |
Cognición |
Autocuidado |
Comunicación |
Total |
Porcentaje |
|
Ninguna |
12 482 |
14 971 |
8 956 |
7 049 |
5 851 |
2 625 |
51 934 |
51,7 |
|
Certificado de primaria |
6 262 |
8 941 |
3 370 |
2 185 |
1 095 |
568 |
22 421 |
22,3 |
|
Certificado de secundaria inferior |
2 680 |
4 268 |
1 221 |
842 |
458 |
203 |
9 672 |
9,6 |
|
Nivel elemental/Certificado general de secundaria |
2 306 |
4 317 |
1 146 |
811 |
382 |
257 |
9 219 |
9,2 |
|
Certificado de secundaria superior/bachillerato internacional |
74 |
155 |
29 |
15 |
15 |
8 |
296 |
0,3 |
|
Certificado postsecundario |
401 |
639 |
134 |
110 |
67 |
32 |
1 383 |
1,4 |
|
Diploma |
918 |
1 739 |
305 |
182 |
133 |
61 |
3 338 |
3,3 |
|
Grado universitario |
354 |
988 |
133 |
73 |
62 |
29 |
1 639 |
1,6 |
|
Maestría |
100 |
270 |
34 |
14 |
13 |
7 |
438 |
0,4 |
|
Doctorado |
16 |
26 |
5 |
4 |
5 |
3 |
59 |
0,1 |
|
Total |
25 593 |
36 314 |
15 333 |
11 285 |
8 081 |
3 793 |
100 399 |
100,0 |
248.Sin embargo, en el cuadro 1 del censo nacional de población y vivienda de 2017 se muestra la población con discapacidad desglosada por la máxima cualificación alcanzada. Alrededor del 52 % de las personas con discapacidad en Eswatini no tiene estudios. De las que no asistieron a la escuela, el 22,3 % tiene el certificado de enseñanza primaria, mientras que el 9,6 % tiene el certificado de enseñanza secundaria inferior. Cabe destacar que la mayoría de las personas con discapacidad no tiene ninguna cualificación y que las proporciones disminuyen a medida que aumenta el nivel de educación, como se muestra en el cuadro.
249.Según el Instituto de Estadística de la UNESCO, el 55,1 % de las escuelas de enseñanza secundaria de segundo ciclo y el 55,2 % de las de enseñanza secundaria de primer ciclo de Eswatini tienen acceso a la electricidad. Por su parte, solo el 37,2 % de las escuelas primarias tiene acceso a la electricidad. Eswatini aún tiene que investigar y recopilar datos sobre el uso de Internet con fines pedagógicos, el uso de computadoras con fines pedagógicos, la infraestructura y los materiales adaptados a los estudiantes con discapacidad y las instalaciones de saneamiento básicas separadas por sexo. Sin embargo, el 49,4 % de las escuelas de educación superior tiene acceso a agua potable básica y el 36,5 % cuenta con instalaciones básicas para lavarse las manos (según las definiciones de los indicadores WASH (Agua, Saneamiento e Higiene para Todos)).
250.La Oficina del Vice Primer Ministro ha elaborado la Estrategia Nacional de Detección e Intervención Tempranas para Niños con Discapacidad. El objetivo de dicha estrategia es asegurarse de que se detecta de forma temprana a los niños con discapacidad para que puedan acceder a los servicios necesarios a fin de optimizar su desarrollo y acceder a los servicios básicos, según corresponda. Sin embargo, la estrategia no se ha aplicado plenamente debido a la escasez de recursos.
251.La detección y la intervención tempranas en posibles casos de personas con discapacidad se aplican de manera integral en el marco de los programas del Ministerio de Salud. Sirven de guía para la detección temprana, entre otras, las directrices sobre atención obstétrica de urgencia, las directrices sobre neonatos y las directrices sobre la atención integral de las enfermedades prevalentes en la infancia.
252.El Marco Multisectorial para el Cuidado y el Desarrollo del Niño en la Primera Infancia también sirve a los efectos de la detección y la intervención tempranas.
253.Las escuelas utilizan la cartilla de salud/vacunación, que muestra claramente el estado nutricional y de inmunización y el índice de Apgar (apariencia, pulso, gesticulación, actividad y respiración) al nacer. Esto ayuda a los centros escolares a anticipar el comportamiento de los niños en la escuela y a planificar la intervención.
254.Los inspectores de necesidades educativas especiales colaboran con los inspectores y los profesores del cuidado y el desarrollo del niño en la primera infancia para ayudarlos en cuestiones de detección y medidas de intervención tempranas. Hay personal de enfermería escolar destinado en las oficinas regionales de educación que presta servicios de detección e intervención tempranas en las escuelas primarias. Es necesario crear un equipo multidisciplinar para ayudar en la aplicación de medidas relativas al cuidado y el desarrollo del niño en la primera infancia.
255.El Ministerio de Educación y Formación cuenta con programas de capacitación previa al servicio y en el servicio para profesores de centros de enseñanza preescolar, primaria y secundaria, con el fin de dotarlos de las habilidades y los conocimientos necesarios para apoyar a los alumnos con discapacidad. Se centra en determinar los ámbitos en los que el alumno tiene dificultades y en diferenciar la enseñanza y el aprendizaje para adaptarse a las diversas necesidades de los alumnos. Este programa se inició en 2016 en la Escuela Ngwane de Magisterio y en la Universidad Nazarena de África Meridional; posteriormente, otras instituciones de enseñanza superior siguieron su ejemplo.
256.Se espera que las escuelas cuenten con planes de apoyo individualizado para los alumnos que necesitan atención especial. Las escuelas especiales pueden elaborar planes individualizados para los alumnos, pero esto sigue suponiendo un reto en la mayoría de las escuelas ordinarias.
257.La mayoría de las escuelas cuenta con un profesor especializado en necesidades educativas especiales o con un profesor orientador que colabora con el resto del personal para prestar apoyo a los alumnos con necesidades educativas especiales. Cuando se detecta que un alumno tiene necesidades especiales, las escuelas crean programas para ayudarlo a alcanzar su máximo nivel.
258.La mayoría de las escuelas incluye períodos de estudio en su horario, lo que permite a los profesores subsanar las carencias de cada alumno. Algunas escuelas, como las que siguen el modelo de educación inclusiva, cuentan con centros de recursos y profesores auxiliares. Los inspectores de necesidades educativas especiales imparten talleres en las escuelas para capacitar a los profesores en la planificación, la enseñanza y el aprendizaje inclusivos.
259.Se han puesto en marcha iniciativas para facilitar el aprendizaje del braille, otros tipos de escritura alternativa, diversos modos, medios y formatos aumentativos y alternativos de comunicación, habilidades relacionadas con la expresión oral y el habla y habilidades de orientación y movilidad, así como la tutoría y el apoyo entre pares.
260.Las instituciones de enseñanza terciaria, como la Universidad Nazarena de África Meridional, ofrecen especialización en necesidades especiales y educación inclusiva, lo que comprende el aprendizaje del braille y la lengua de señas básica, así como medios aumentativos y alternativos de comunicación. La Universidad Nazarena de África Meridional ofrece el braille como especialidad en los estudios de Educación Especial e Inclusiva.
261.Las escuelas especiales y los modelos de educación inclusiva, como St. Joseph’s, Mbasheni y Eqinisweni, ofrecen rehabilitación especialmente para personas con discapacidad, por ejemplo, aquellas que han perdido la vista en una etapa tardía de la vida. El Centro Nacional de Planes de Estudios ayuda a elaborar libros en macrotipo y a cargar libros electrónicos en dispositivos para alumnos, como el BrailleNote Touch 32 para usuarios de braille y el Prodigy Connect -12 para alumnos con baja visión que necesitan macrotipo. El Ministerio de Educación y Formación y el Centro Nacional de Planes de Estudios han elaborado material de orientación y movilidad que se impartirá en las escuelas.
262.El Ministerio de Educación y Formación proporciona dispositivos para niños con dificultades de comunicación, como el GO Talk 32+ y el Snap Core First, que ofrecen diversos medios de comunicación para ayudar a los alumnos a mejorar sus competencias comunicativas.
263.El nuevo plan de estudios basado en competencias también ha incluido el braille y las habilidades de orientación y movilidad como materias formales que se impartirán a los alumnos con deficiencia visual. Se han elaborado y aprobado los programas de estas materias y ya se está trabajando en la elaboración de los materiales.
264.Cuando se introdujo la educación inclusiva en 2006, el objetivo eran principalmente las escuelas primarias. Sin embargo, en los últimos diez años se ha producido un giro hacia la primera infancia para promover la detección y la intervención tempranas en los niños con discapacidad. Se ha hecho un esfuerzo por formar a los maestros de preescolar en materia de inclusión de la discapacidad y en la necesidad de aprender la lengua de señas básica. Por otra parte, existe un programa de preescolar en la Escuela para Personas Sordas que ofrece aprendizaje de la lengua de señas y promueve la identidad lingüística de la comunidad sorda.
265.El Marco Curricular Nacional y el plan de estudios basado en competencias reconocen la lengua de señas de Eswatini como una de las lenguas que se enseñan desde el primer grado en lugar del siswati. La Asociación Nacional de Personas Sordas de Eswatini proporciona y facilita el aprendizaje de la lengua de señas de Eswatini y colabora estrechamente con el Centro Nacional de Planes de Estudios en la elaboración de material para promover la lengua de señas.
266.Se han adoptado medidas para asegurar que la educación de las personas —y en particular de los niños— que son ciegas, sordas o sordociegas o tienen discapacidades múltiples se imparta en los lenguajes y los modos y medios de comunicación más apropiados para cada persona y en entornos que permitan alcanzar su máximo desarrollo académico y social.
267.La política del Ministerio de Educación y Formación respeta el derecho a la educación de los niños ciegos o sordos. Estos niños tienen acceso a la educación en escuelas especiales u ordinarias. Se utiliza el braille como modo de comunicación para los alumnos ciegos y la lengua de señas de Eswatini para los alumnos sordos. Por ahora, el Ministerio de Educación y Formación está teniendo dificultades para ofrecer educación a los alumnos sordociegos. Se trata de un ámbito al que se está prestando atención urgente.
268.En la escuela misionera St. Joseph’s, donde se imparte educación primaria y secundaria, hay un centro nacional de recursos para alumnos con deficiencia visual que integra a los niños con deficiencias visuales en un entorno convencional. Todas las escuelas especiales y algunas escuelas ordinarias han sido equipadas con pizarras interactivas, computadoras portátiles y proyectores para facilitar la enseñanza y el aprendizaje. Las escuelas elaboran material táctil y pictórico de enseñanza y aprendizaje para ayudar a los alumnos en función de sus necesidades educativas.
269.Se ha puesto en marcha un plan de formación para los profesores de escuelas especiales y escuelas inclusivas como estrategia de mitigación para dotar a los profesores de conocimientos sobre necesidades especiales y educación inclusiva. Todas las instituciones (públicas y privadas) que ofrecen formación docente en el país cuentan con cursos sobre necesidades especiales y educación inclusiva que son obligatorios para todos los profesores en formación.
270.El Gobierno y los asociados privados ofrecen becas a los profesores que necesitan formación básica acreditada en necesidades especiales y educación inclusiva. Lamentablemente, todavía no se ofrece formación para los auxiliares de apoyo y el personal de apoyo especializado.
271.Se han remitido propuestas y solicitudes formales al Ministerio de Función Pública para la creación de puestos de profesores cualificados en lengua de señas que trabajen como intérpretes en el sistema escolar. Los profesores con discapacidad son contratados por la Comisión del Servicio Docente, aunque todavía existen dificultades para encontrarles un puesto adecuado y proporcionarles ajustes razonables.
272.El Ministerio de Educación y Formación cuenta con un presupuesto anual destinado a proporcionar material didáctico y de aprendizaje especializado y ayudas técnicas para personas con discapacidad.
273.La Política del Sector de la Educación y la Formación de 2018 aborda las diferencias en la educación de los niños y las niñas en la medida en que vela por que las niñas y las mujeres estén suficientemente representadas entre los alumnos en ámbitos que anteriormente estaban dominados por los niños y los hombres. Sin embargo, esta política no aborda las barreras que impiden la inclusión de los jóvenes y los adultos con discapacidad en la educación postsecundaria y de adultos. La política, en su sección 4.2, solo se centra en el desarrollo profesional y de aptitudes de las personas con discapacidad.
274.En virtud de la Ley de Gratuidad de la Enseñanza Primaria de 2010, se asegura el acceso a la educación primaria gratuita. Se proporciona a los alumnos material escolar especializado gratuito, como papel para escritura en braille y punzones. Todavía existen dificultades en lo que respecta a la programación y la presupuestación para brindar apoyo a los alumnos con necesidades especiales, por ejemplo, la contratación de un profesor auxiliar para ayudarlos o la construcción de aseos accesibles y rampas.
275.Las estadísticas sobre alumnos con discapacidad y con necesidades especiales que figuran a continuación se basan en las estadísticas de enseñanza del informe del censo anual de 2017.
Escuelas primarias
276.En 2016 existían 622 escuelas primarias en las que había un total de 238.928 alumnos matriculados, de los cuales 57.360 eran alumnos con discapacidad y con necesidades especiales. Los alumnos con necesidades especiales se distribuían de la siguiente manera:
Deficiencia auditiva: 13.368
Discapacidad de aprendizaje: 20.255
Otras deficiencias: 3.213
Discapacidad física: 3.485
Deficiencia visual: 17.039
Escuelas secundarias
277.En las escuelas secundarias (primer ciclo y segundo ciclo) se estimaba que había 104.058 alumnos matriculados, de los cuales 3.653 eran alumnos con necesidades especiales, que se clasificaban de la siguiente manera:
Deficiencia auditiva: 714
Discapacidad de aprendizaje: 199
Otras deficiencias: 334
Discapacidad física: 132
Deficiencia visual: 2 274
Dificultades y deficiencias
278.El sistema educativo se ve constreñido por la disponibilidad limitada de personal con los conocimientos y las aptitudes necesarios para facilitar la determinación y evaluación adecuadas de las necesidades especiales y las discapacidades, así como la asignación e intervención adecuadas. A estas circunstancias se suma la insuficiencia de profesores capacitados y de personal de apoyo, como profesores auxiliares e intérpretes de lengua de señas.
279.El Ministerio de Educación se esfuerza por determinar de qué forma los sistemas escolares pueden obtener el apoyo de los progenitores de niños con discapacidad y de los recursos comunitarios para respaldar la enseñanza y el aprendizaje.
280.El sistema educativo de Eswatini ha integrado plenamente las cuestiones relacionadas con la discapacidad en las políticas y los programas; sin embargo, algunas escuelas aún no cuentan con los recursos o la capacidad suficientes para acoger a niños con discapacidad. Además, existen otras cuestiones sociales que dificultan la inclusión de los alumnos con discapacidad. Para mitigar esta dificultad, sería ideal aplicar por completo el Plan de Acción Nacional de Discapacidad a fin de resolver las cuestiones relacionadas con la incorporación plena de la perspectiva la discapacidad.
Artículo 25Salud
281.Eswatini ha incrementado el número de establecimientos de salud en el país hasta alcanzar los 327, con lo que se ha mejorado el acceso a los servicios de salud. En consecuencia, el 85 % de los establecimientos de salud se encuentran en un radio de 8 km de las comunidades y el 52 % de ellos están adaptados a los jóvenes. El programa de salud mental se ha descentralizado para tratar las afecciones mentales primarias antes de que se agraven y se conviertan en complicaciones avanzadas. También se ha descentralizado a todos los niveles la gestión de las enfermedades no transmisibles y las enfermedades transmisibles.
282.Las personas con discapacidad tienen acceso gratuito a servicios básicos de salud en las clínicas comunitarias y pagan una tarifa mínima o básica para acceder a los servicios en los establecimientos de salud y los hospitales. Además, gracias al apoyo del Departamento de Bienestar Social (mediante una comprobación de medios de vida), se exime del pago a las personas con discapacidad que no pueden pagar la tarifa mínima para acceder a los servicios en igualdad de condiciones con el resto de la población. Asimismo, los voluntarios de salud comunitarios (bagcugcuteli) realizan visitas de asistencia domiciliaria, también a personas con discapacidad.
283.Todas las personas tienen los mismos derechos a acceder a los servicios de salud sexual y reproductiva; sin embargo, en algunos casos se requiere la intervención de los servicios de bienestar social para poder acceder a ellos, especialmente cuando se trata de personas con deterioro cognitivo. Los servicios de salud sexual y reproductiva también están disponibles en todos los establecimientos de salud a todos los niveles.
284.Sin embargo, algunas personas con discapacidad no pueden acceder a estos establecimientos por razones sociales, por la falta de información o concienciación de la población sobre los diferentes tipos de discapacidad (lo que lleva a que se las mantenga aisladas u ocultas al público), por el deterioro cognitivo, por la estigmatización y la discriminación entre las familias y por la ausencia de apoyo psicológico para los cuidadores de personas con discapacidad. Existen escasos programas de divulgación dirigidos a las familias de personas con discapacidad para fomentar la utilización de los servicios disponibles en sus comunidades.
285.Eswatini también ha elaborado planes estratégicos para el sector de la salud con el fin de mejorar los sistemas de prestación de servicios en este ámbito. Entre ellos se incluye la reducción de la morbilidad, la discapacidad y la mortalidad debidas a enfermedades y otras condiciones sociales. Estos planes también tienen por objeto promover la asignación y la gestión eficaces de los recursos del sector de la salud, y reducir el riesgo y la vulnerabilidad de la población del país ante los problemas de bienestar social, así como sus repercusiones.
286.El Gobierno ha velado por que haya intérpretes de lengua de señas en los actos públicos. El Gobierno también ha elaborado un paquete de información sanitaria en braille sobre educación sexual integral para adolescentes y jóvenes. Sin embargo, al ser el primer producto de este tipo, solo está disponible en las zonas urbanas, aunque hay planes en marcha para descentralizar el acceso a todas las demás zonas del país.
287.No hay transcriptores en braille ni intérpretes de lengua de señas, aunque algunos trabajadores de la salud han recibido formación al respecto. Las tasas de rotación y retención del personal son muy bajas en este sector. Además, el Gobierno no cuenta con un plan de formación continua para garantizar la sostenibilidad y la incorporación a la formación previa al servicio.
288.Las intervenciones y el acceso a los servicios para todas las personas, independientemente de su situación, son una prioridad para la política del Ministerio de Salud. El Gobierno ha enviado a trabajadores de la salud a formarse en lengua de señas a una de las instituciones de formación locales. Sin embargo, esta formación se ha impartido únicamente al personal de los hospitales, pero no al de los establecimientos de nivel inferior. Con el fin de mitigar esta situación, se está trabajando en planes para extender la formación a los establecimientos de salud de nivel inferior.
289.La señalización para las personas con deficiencia visual siguió planteando enormes dificultades hasta 2019, cuando en el marco del programa de salud sexual y reproductiva se elaboró el primer material de información, educación y comunicación en braille destinado a adolescentes y jóvenes, que contenía información sobre salud sexual. El programa se encuentra en su fase inicial de elaboración de intervenciones para personas con discapacidad, de conformidad con los indicadores de seguimiento de las Naciones Unidas en materia de inclusión. Esto contribuirá a la planificación, las intervenciones, la descentralización de los servicios, la movilización y asignación de recursos, la capacitación del personal de salud y la mejora del sistema de recopilación de datos.
290.La asignación presupuestaria del Gobierno de Eswatini en materia de salud aumentó del 10,5 % en el ejercicio económico 2019/20 al 12 % en el ejercicio económico 2021/22. Se está realizando una mayor labor de promoción ante los organismos centrales (Ministerios de Finanzas, Planificación Económica y Servicios Públicos) para que el presupuesto se incremente hasta el 15 % requerido.
291.El Gobierno ha invertido en los siguientes programas para mejorar el acceso a los establecimientos de salud:
Renovación de centros de salud: desde 2014 se han renovado los quirófanos de los seis centros de salud existentes.
Se han construido salas de espera para los pacientes en todos los centros de salud, se ha renovado una en un hospital con un gran volumen de partos, se han construido salas de maternidad en la clínica Mangweni (región de Hhohho), el hospital Raleigh Fitkin Memorial y el Hospital Público de Mbabane y se han renovado salas de maternidad y quirófanos de partos. Se han renovado las salas de espera (para reducir la posibilidad de que nazcan niños con discapacidad) en Mankayane, Hlatikhulu y Good Shepherd.
También se han instalado UCI neonatales en el Hospital Público de Mbabane y el hospital Raleigh Fitkin Memorial con el fin de reducir las tasas de mortalidad materna en el país.
Se creó la Unidad Nacional de Control del Cáncer en septiembre de 2019, que elaboró directrices para el tratamiento, la derivación y la revisión de todos los tipos de cáncer.
En 2012 se creó el Departamento de Oncología en el Hospital Público de Mbabane (Centro Nacional de Derivación), destinado a intervenciones de quimioterapia primaria. Este departamento determina los casos que deben derivarse fuera de Eswatini para recibir un tratamiento avanzado.
292.Eswatini también ha elaborado una serie de planes estratégicos para diferentes programas, entre los que se incluyen:
La política del Ministerio de Salud (2016-2026).
El Plan Estratégico Nacional del Sector de la Salud (2018-2023).
La Estrategia de Salud Reproductiva, Materna, Neonatal, Infantil y Adolescente y de Nutrición (2020-2025).
Las directrices sobre gestión de la salud menstrual de 2021, que siguieron a una evaluación de referencia sobre la higiene menstrual de las adolescentes escolarizadas y no escolarizadas.
El marco de salud de los adolescentes (2019-2024), denominado AA-HA! (Acción acelerada para la Salud de los Adolescentes), que es un documento multisectorial.
Las normas de salud orientadas a los adolescentes (2017-2022).
La Política Nacional de Prevención del VIH (2019-2029).
El Marco Estratégico Nacional de Lucha contra el VIH/Sida (2018-2023).
La Estrategia y el Plan de Acción Nacionales Ampliados sobre el VIH.
La Política de Salud Sexual y Reproductiva de 2013.
La Política Nacional de Género de 2010.
293.Estos planes del sector de la salud tienen por objeto mejorar los sistemas de prestación de servicios de salud, lo que incluye la reducción de la morbilidad, la discapacidad y la mortalidad debidas a enfermedades y otras condiciones sociales. Estos planes también tienen por objeto promover la asignación y la gestión eficaces de los recursos del sector de la salud, y reducir el riesgo y la vulnerabilidad de la población del país ante los problemas de bienestar social, así como sus repercusiones.
294.Se está impartiendo de forma progresiva formación a los trabajadores de la salud para que detecten precozmente y traten las posibles complicaciones que pueden dar lugar a discapacidades. Se estima que el número de trabajadores de la salud formados en programas de detección e intervención tempranas es de aproximadamente el 80 % del personal de cada establecimiento de salud. El personal recibe formación con periodicidad anual para tener en cuenta la rotación, los ascensos y las reasignaciones de personal.
295.Casi todos los establecimientos de todos los niveles disponen de equipos para el diagnóstico precoz de enfermedades no transmisibles, como pruebas de detección del cáncer de cuello uterino y ecógrafos, entre otros. Además de los equipos y suministros existentes en los establecimientos de salud, se adquieren nuevas tecnologías avanzadas, como equipos de cuidados esenciales y de alta dependencia.
296.El Gobierno ha puesto en marcha el Programa de Atención Integral de las Enfermedades Prevalentes en la Infancia para gestionar la detección e intervención tempranas de las enfermedades infantiles que pueden provocar discapacidad. La vigilancia del crecimiento se realiza a nivel comunitario mediante servicios de divulgación o voluntarios de la comunidad para supervisar los patrones de crecimiento y el desarrollo infantil que pueden dar lugar a discapacidades si no se gestionan adecuadamente.
297.Las mujeres embarazadas reciben atención prenatal, intraparto y posparto, como intervención destinada a reducir la incidencia de discapacidades en la madre y el niño.
298.La elaboración de la Estrategia de Eswatini para la Detección e Intervención Tempranas en la Infancia (2016-2020) tiene por objeto asegurar la detección temprana en los niños a fin de que estos puedan acceder a los servicios necesarios para optimizar su desarrollo y el acceso a los servicios.
299.El Ministerio de Salud ha establecido programas destinados a facilitar la detección e intervención tempranas para apoyar la prevención de discapacidades secundarias y minimizar su aparición mediante programas de salud escolar y programas ocupacionales y de rehabilitación:
A través de la Política y las Directrices de Salud Escolar de 2014, se ha establecido la detección de discapacidades para los niños de entre 5 y 19 años en todas las escuelas del país y se realizan derivaciones a diferentes servicios según las necesidades determinadas para cada niño, utilizando herramientas estandarizadas y reconocidas internacionalmente, como las que se utilizan para la motricidad y el equipo visual y auditivo, entre otras. Se trata de una intervención colectiva multidisciplinar en la que participan enfermeros escolares, pediatras, ergoterapeutas, terapeutas clínicos, dermatólogos y médicos generalistas. Las pruebas de detección no se limitan a las escuelas públicas, sino que también se han implantado en las escuelas privadas.
A través del Departamento de Ergoterapia, el Ministerio ha creado una unidad de rehabilitación en algunos hospitales para ayudar a los niños con dificultades motrices o del habla, y también ofrece asistencia en fisioterapia para niños con discapacidad física. Se está colaborando con el Ministerio de Educación para dotar a varias escuelas (públicas y privadas) de logopedas o ergoterapeutas.
Se ha finalizado el Plan Estratégico Nacional de Salud Mental (2021-2023) con el fin de ofrecer un enfoque equilibrado para todas las cuestiones de salud mental en la prestación de servicios, la disponibilidad y asignación de recursos, el seguimiento y la evaluación, que servirán de base para determinar los avances y los aspectos que deben mejorarse. El país también ha reconocido al personal cualificado para la rehabilitación inscribiéndolo en el Consejo Médico y Odontológico, algo que no se hacía antes de 2018, por lo que el número y la especialidad disponibles no se conocían ni se controlaban de forma generalizada.
Hay una mayor disponibilidad de ergoterapeutas y logopedas especializados en el sector privado, donde los progenitores pueden pagar por cuenta propia, mientras que en el sector público el número es muy limitado por región.
La disponibilidad de datos es muy limitada, ya que depende de las personas de contacto de cada unidad encargada de recopilarlos y compartirlos a nivel nacional. No solo no están desglosados por edades, sino que en algunos entornos es difícil desglosarlos por discapacidad, especialmente en casos de deterioro cognitivo.
Las intervenciones de salud ocupacional están limitadas en función de la disponibilidad de los equipos y las herramientas necesarios para la aplicación plena de las intervenciones terapéuticas que requiere la mayoría de las personas con discapacidad. Para cumplir con las normas actuales, es necesario acometer con urgencia la reparación, el mantenimiento, la sustitución o la actualización de la mayoría de los equipos.
300.Eswatini adoptó la Política Nacional de Salud de 2007, que fue revisada en 2016 y que tiene por objeto orientar los principios sobre el acceso de la ciudadanía a la atención de la salud. Todas las regiones tienen acceso a un hospital público al que las clínicas disponibles en casi todos los distritos del país pueden derivar sus pacientes. El acceso a estos servicios está abierto a todas las personas, pero se da prioridad a los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad.
301.Los servicios de rehabilitación en materia de habla, audición y fisioterapia se han descentralizado a todas las regiones.
302.Eswatini ha emprendido una campaña denominada “Umndeni Lotfokotile” (Familia feliz) para concienciar a hombres y mujeres sobre la planificación familiar. La campaña, a través del sistema de atención de la salud, prevé el suministro gratuito de anticonceptivos y la distribución de preservativos en espacios públicos.
303.El país ha elaborado la Política de Salud Sexual y Reproductiva de 2013, que tiene por objeto acelerar los esfuerzos para lograr y reforzar el acceso y la utilización de los servicios de salud sexual y reproductiva a todos los niveles. En la actualidad, recurre a la atención prenatal el 97 % de las embarazadas, aunque no se ha producido una disminución significativa del cociente de mortalidad materna, que se sitúa en 320 por cada 100.000 según las estimaciones de las Naciones Unidas, frente a 509 por cada 100.000 según la SDHS de 2006.
304.Con el fin de reducir los embarazos en la adolescencia, se han intensificado las iniciativas de concienciación y se ha reforzado la educación en materia de salud sexual y reproductiva. Las iniciativas de concienciación y las medidas adoptadas para asegurar que los hombres, las mujeres y los adolescentes de todas las regiones del país tengan acceso a anticonceptivos y a educación y servicios de salud sexual y reproductiva incluyen la educación en competencias para la vida de los jóvenes en las escuelas y la institucionalización de servicios adaptados a la juventud en todos los establecimientos de salud del país.
305.Todos los proveedores de atención de salud reciben una formación completa y se les proporcionan medidas de competencia profesional durante las horas de formación previa al servicio y de práctica clínica. Cuentan con un módulo completo sobre ética y principios clínicos que se imparte durante la formación previa al servicio. En la práctica, los proveedores de atención de salud mantienen la confidencialidad de los pacientes con discapacidad, excepto en los casos de personas con un deterioro cognitivo grave (superior al 60 %) o algún grado de deficiencia educativa (autismo moderado a grave o dislexia), en los que se solicita la asistencia del tutor para las intervenciones médicas. En casos extremos, cuando se observa que un progenitor o tutor no actúa en el mejor interés de la persona con discapacidad (por ejemplo, en el acceso a servicios y productos de salud sexual y reproductiva para personas con deterioro cognitivo), se recurre a trabajadores sociales y al sistema judicial.
306.El país no discrimina a ninguna persona que solicite servicios médicos por motivos de discapacidad, tanto en los centros de salud públicos como en los privados. Las empresas que ofrecen seguros médicos privados atienden a personas con discapacidad —por ejemplo, en materia de salud ocupacional, rehabilitación, salud mental, cuidado de la vista y la piel, entre otros—, y estos servicios son pagados por los pacientes cuyas empresas están suscritas a estos seguros o por los dependientes que pueden pagarlos por cuenta propia.
307.Según lo establecido en la Constitución y en la Política de Salud, todas las personas, independientemente de su edad o discapacidad, tienen acceso a los servicios de salud del país. Esto se incluye en todos los programas y las esferas temáticas de los servicios. Si bien todos los servicios de salud son prácticamente gratuitos en todos los puestos de salud primaria (clínicas), los servicios en los centros de salud y los hospitales tienen tarifas subvencionadas, y las personas mayores de 60 años no pagan por ningún servicio de salud relacionado con la hospitalización o la atención ambulatoria.
308.En lo que respecta a la información sobre salud sexual y reproductiva para mujeres con discapacidad, el Gobierno se ha asegurado de que toda la información sobre salud sexual y reproductiva esté disponible para todas las personas a través de los canales pertinentes (folletos, charlas sobre salud), por ejemplo en las actividades públicas del sector de la salud, en las que se cuenta con la presencia de intérpretes de lengua de señas. El Gobierno también ha elaborado un paquete de información sanitaria en braille sobre educación sexual integral para adolescentes y jóvenes. Sin embargo, al ser el primer producto de este tipo, solo está disponible en las zonas urbanas, aunque hay planes en marcha para descentralizar el acceso a todas las demás zonas del país.
Limitaciones
309.Hay poco personal y pocos servicios especializados disponibles para la detención temprana de la discapacidad infantil. El Ministerio de Salud, a través del programa de salud sexual y reproductiva, está estableciendo intervenciones y buscando oportunidades de colaboración para llevar a cabo intervenciones destinadas a prevenir o detectar rápidamente la posibilidad de que un niño adquiera una discapacidad durante el embarazo, el parto y la primera etapa del período neonatal.
310.No existe un punto focal para la discapacidad en el Ministerio de Salud, lo que limita la integración de las cuestiones relacionadas con la discapacidad en este sector.
311.El sector de la salud pública carece de un programa de desarrollo profesional continuo sobre cuestiones relacionadas con la discapacidad para todos los proveedores de atención de salud, excepto en ámbitos especiales.
312.La disponibilidad limitada de trabajadores sociales pone en peligro las intervenciones de enlace.
313.El país cuenta con muchas subespecialidades para la rehabilitación, pero solo con un médico psiquiatra.
Artículo 26Habilitación y rehabilitación
314.Los servicios de rehabilitación en Eswatini son prestados por el Ministerio de Salud, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Ministerio de Educación y Formación, organizaciones de la sociedad civil, entidades privadas, órganos oficiales y organizaciones de personas con discapacidad.
315.La Dependencia de Servicios de Formación Profesional y Rehabilitación, adscrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se encarga de coordinar los servicios dirigidos a empoderar a las personas con discapacidad, entre ellas las mujeres y los jóvenes, mediante la adquisición de competencias profesionales que les permitan alcanzar la estabilidad económica y social. Los programas que se ofrecen en el marco de los Servicios de Formación Profesional y Rehabilitación incluyen competencias en carpintería, costura, instalaciones eléctricas, secretariado, marroquinería y artesanía en general, diseño y tecnología (metalurgia), agricultura, TIC y construcción de edificios.
316.El Ministerio de Educación y Formación ha incorporado la formación profesional para la población en general, en cuyos cursos no se discrimina a las personas con discapacidad por su nivel de educación ni por la naturaleza y gravedad de su discapacidad.
317.La formación profesional para las personas con discapacidad se imparte en tres centros de rehabilitación segregados: Nhlangano, Malkerns y Mbabane. Sin embargo, los centros de formación profesional de los Servicios de Formación Profesional y Rehabilitación denuncian la falta de recursos y la necesidad de revisar urgentemente los planes de estudios para reflejar mejor las necesidades del mercado laboral. La transición de los centros de los Servicios de Formación Profesional y Rehabilitación al mercado laboral suele ser difícil para los graduados, pero a veces se ofrecen prácticas laborales en las industrias locales.
318.El país recibió financiación del Fondo Mundial para establecer clínicas de salud y seguridad en el trabajo que prestarán servicios a los mineros, los exmineros, sus familias y la comunidad. En 2017, Eswatini puso en marcha oficialmente dos clínicas de salud y seguridad en el trabajo en el hospital de Hlatikulu y en el Raleigh Fitkin Memorial de Manzini, que ya están operativas, lo que supuso un gran paso adelante en la lucha contra la tuberculosis y otras enfermedades pulmonares profesionales entre esta población clave de alto riesgo.
319.Sin embargo, los centros de formación profesional convencionales carecen de los recursos y del personal (por ejemplo, formadores que dominen la lengua de señas y el braille) requeridos para atender las necesidades de los alumnos con discapacidad, por lo que muy pocas personas con discapacidad pueden acceder satisfactoriamente a estas formaciones.
320.Los centros de servicios de rehabilitación para personas con discapacidad no son accesibles para todas ellas, ya que solo hay tres y su ubicación es centralizada. Las competencias que se imparten no son lo suficientemente inclusivas, de modo que las personas sordas no reciben atención debido a la capacidad limitada de los formadores.
321.Los programas de habilitación y rehabilitación no se ajustan plenamente al enfoque basado en los derechos humanos debido a las dificultades mencionadas anteriormente. Las personas con discapacidad son derivadas en cualquier momento por profesionales de la salud cualificados a las unidades de rehabilitación y salud ocupacional de cualquiera de las cuatro regiones, donde se evalúan sus necesidades y se llevan a cabo intervenciones y formaciones para que puedan recibir la mejor atención de la salud posible.
322.A través de la cooperación internacional, el Reino ha recibido apoyo en forma de asistencia técnica y financiera destinada a mejorar los medios de subsistencia de las personas con discapacidad. El país no ha realizado ninguna encuesta de percepción sobre los productos o servicios prestados a las personas con discapacidad. En la actualidad, no existen programas de rehabilitación de ámbito comunitario ni servicios de divulgación prestados por las cuatro unidades de rehabilitación con sede en los hospitales públicos regionales.
Artículo 27Trabajo y empleo
323.En el artículo 32 de la Constitución se establece que toda persona tiene derecho a ejercer una profesión y a dedicarse a cualquier ocupación, oficio o negocio lícito. Las relaciones laborales y de empleo se rigen principalmente por la Ley de Empleo y la Ley de Relaciones Laborales, en las que se prohíbe cualquier tipo de discriminación en el lugar de trabajo, también por motivos de discapacidad. Además, en la Ley de Personas con Discapacidad se establece que las personas con discapacidad tienen derecho al empleo en igualdad de condiciones con las demás y que los empleadores deben ofrecer condiciones de trabajo justas y favorables, incluida la igualdad de oportunidades y de remuneración. Sin embargo, el Reino no cuenta actualmente con ninguna medida de acción afirmativa para vigilar la tasa de empleo de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones.
324.Se alienta a las mujeres y a los jóvenes formados en los centros mencionados en el artículo 26 a que pongan en marcha sus pequeñas empresas propias en zonas estratégicas de su elección o bien utilicen los cobertizos de trabajo ya establecidos en diversas partes del país, como Lomahasha, Siphofaneni, Mpholonjeni, Khubuta, Ntfonjeni, Gege, Buhleni, etc. El país no cuenta con medidas para que las personas con discapacidad puedan trabajar fuera de los talleres protegidos.
325.Eswatini cuenta con mecanismos para hacer frente a la discriminación y los conflictos laborales mediante la presentación de denuncias ante el Comisionado de Trabajo. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social cuenta con una dependencia de salud y seguridad en el trabajo que inspecciona la seguridad en el lugar de trabajo y formula recomendaciones. El incumplimiento de las normas o los requisitos de salud y seguridad en el trabajo da lugar a la interposición de demandas laborales y civiles contra el empleador infractor.
326.Eswatini estableció organismos especializados en la resolución de conflictos laborales para que las víctimas de prácticas laborales injustas puedan reivindicar sus derechos. Se trata de la Comisión de Conciliación, Mediación y Arbitraje y el Tribunal Laboral. La Comisión de Derechos Humanos y Administración Pública investiga y ofrece intervenciones correctivas en los casos en que se hayan vulnerado los derechos de los empleados.
327.La Constitución garantiza el derecho de toda persona a afiliarse libre y voluntariamente a los sindicatos y las asociaciones laborales de su elección. La Ley de Relaciones Laborales también permite a cualquier empleado afiliarse a los sindicatos de su elección sin restricciones ni discriminación.
328.El Ministerio de Administración Tinkhundla ofrece programas de capacitación en actividades como costura, transformación de alimentos y gestión empresarial, entre otras. Esta capacitación está dirigida principalmente a mujeres, jóvenes y otros grupos desfavorecidos que viven en las zonas rurales. En el marco de este programa, se han creado cinco centros de formación en las zonas rurales de Mahlangatja, Sithobela, Mahamba, Siphofaneni y Ntfonjeni.
329.El Gobierno proporciona financiación de capital a las microempresas y las pequeñas y medianas empresas después de estas formaciones a través de diversos fondos dedicados a los grupos vulnerables, entre los que se incluyen el Fondo para la Reducción de la Pobreza, el Fondo de Desarrollo Regional, el Fondo Inhlanyelo, el Fondo Nacional del Sector Formal, la Corporación Financiera de Desarrollo de Eswatini y el Fondo Rotatorio de Empresas de Jóvenes.
330.El Gobierno ha elaborado además una política nacional de seguridad social, que actualmente está siendo examinada por el Consejo de Ministros con miras a su aprobación. Esta política es el pilar fundamental de un sistema de seguridad social integral para todos los trabajadores y sus familias en el Reino de Eswatini. En ella se reconocen las deficiencias del sistema de seguro social y de un marco de protección social integral para Eswatini. En consecuencia, la política tiene por objeto sentar las bases de un sistema de seguro social integral e inclusivo para todos los trabajadores y sus familias.
331.La elaboración de esta política nacional de seguridad social se llevó a cabo simultáneamente con la de una política de asistencia social, a cargo de la Oficina del Vice Primer Ministro, y la de la Política del Plan Nacional de Seguro Médico, a cargo del Ministerio de Salud.
332.En 2021, el Gobierno comenzó a ejecutar las actividades previstas en la Política de Seguridad Social, como los procesos preliminares para establecer un fondo de prestaciones por desempleo que proporcionará seguridad de los ingresos para proteger a los trabajadores desempleados y sus familias contra la pobreza, así como para aumentar su empleabilidad mediante la formación práctica y el reciclaje profesional y facilitar aún más su reincorporación al empleo mediante políticas activas del mercado laboral.
Personas con discapacidad que trabajan, por sexo, grupo de edad y sector institucional, encuesta de población activa de 2021
|
Sexo |
Grupo de edad |
Sector institucional |
|||||||
|
Público |
Paraestatal |
Privado |
Hogares |
Instituciones sin fines de lucro |
Instituciones internacionales |
No clasificados bajo otros epígrafes |
Todos los sectores |
||
|
Hombres |
De 15 a 19 años |
0 |
0 |
429 |
191 |
0 |
0 |
0 |
621 |
|
De 20 a 24 años |
0 |
0 |
871 |
0 |
0 |
0 |
0 |
871 |
|
|
De 25 a 29 años |
106 |
0 |
1 120 |
0 |
0 |
0 |
0 |
1 226 |
|
|
De 30 a 34 años |
307 |
99 |
1 531 |
0 |
152 |
0 |
0 |
2 090 |
|
|
De 35 a 39 años |
339 |
0 |
1 295 |
0 |
0 |
0 |
0 |
1 635 |
|
|
De 40 a 44 años |
640 |
298 |
1 972 |
49 |
0 |
0 |
0 |
2 960 |
|
|
De 45 a 49 años |
1 030 |
0 |
1 469 |
0 |
0 |
0 |
0 |
2 499 |
|
|
De 50 a 54 años |
624 |
407 |
2 327 |
0 |
0 |
107 |
0 |
3 464 |
|
|
De 55 a 59 años |
625 |
239 |
1 042 |
0 |
0 |
0 |
0 |
1 905 |
|
|
De 60 a 64 años |
67 |
0 |
491 |
0 |
0 |
0 |
0 |
558 |
|
|
Más de 65 años |
80 |
0 |
790 |
0 |
0 |
0 |
0 |
870 |
|
|
Todos los grupos de edad |
3 818 |
1 043 |
13 337 |
240 |
152 |
107 |
0 |
18 699 |
|
|
Mujeres |
De 15 a 19 años |
0 |
0 |
195 |
92 |
0 |
0 |
50 |
337 |
|
De 20 a 24 años |
84 |
0 |
1 007 |
319 |
0 |
0 |
0 |
1 410 |
|
|
De 25 a 29 años |
684 |
99 |
592 |
347 |
0 |
0 |
0 |
1 722 |
|
|
De 30 a 34 años |
91 |
122 |
1 709 |
278 |
121 |
0 |
0 |
2 322 |
|
|
De 35 a 39 años |
822 |
0 |
1 960 |
200 |
0 |
0 |
0 |
2 982 |
|
|
De 40 a 44 años |
688 |
0 |
2 222 |
205 |
0 |
0 |
0 |
3 115 |
|
|
De 45 a 49 años |
987 |
293 |
2 053 |
537 |
114 |
0 |
0 |
3 985 |
|
|
De 50 a 54 años |
810 |
124 |
2 258 |
399 |
0 |
0 |
180 |
3 771 |
|
|
De 55 a 59 años |
354 |
0 |
774 |
446 |
168 |
0 |
0 |
1 743 |
|
|
De 60 a 64 años |
83 |
97 |
1 205 |
70 |
0 |
0 |
0 |
1 455 |
|
|
Más de 65 años |
0 |
0 |
1 249 |
0 |
0 |
0 |
0 |
1 249 |
|
|
Todos los grupos de edad |
4 603 |
735 |
15 224 |
2 893 |
403 |
0 |
230 |
24 091 |
|
|
Ambos sexos |
De 15 a 19 años |
0 |
0 |
624 |
283 |
0 |
0 |
50 |
958 |
|
De 20 a 24 años |
84 |
0 |
1 878 |
319 |
0 |
0 |
0 |
2 281 |
|
|
De 25 a 29 años |
790 |
99 |
1 712 |
347 |
0 |
0 |
0 |
2 948 |
|
|
De 30 a 34 años |
398 |
221 |
3 240 |
278 |
273 |
0 |
0 |
4 412 |
|
|
De 35 a 39 años |
1 161 |
0 |
3 255 |
200 |
0 |
0 |
0 |
4 617 |
|
|
De 40 a 44 años |
1 328 |
298 |
4 194 |
254 |
0 |
0 |
0 |
6 075 |
|
|
De 45 a 49 años |
2 017 |
293 |
3 522 |
537 |
114 |
0 |
0 |
6 484 |
|
|
De 50 a 54 años |
1 434 |
531 |
4 585 |
399 |
0 |
107 |
180 |
7 235 |
|
|
De 55 a 59 años |
979 |
239 |
1 816 |
446 |
168 |
0 |
0 |
3 648 |
|
|
De 60 a 64 años |
150 |
97 |
1 696 |
70 |
0 |
0 |
0 |
2 013 |
|
|
Más de 65 años |
80 |
0 |
2 039 |
0 |
0 |
0 |
0 |
2 119 |
|
|
Todos los grupos de edad |
8 421 |
1 778 |
28 561 |
3 133 |
555 |
107 |
230 |
42 790 |
333.Eswatini cuenta con mecanismos de supervisión limitados, ya que no se han creado las instituciones previstas en la Ley de Personas con Discapacidad para que desempeñen los distintos mandatos correspondientes.
334.La Dependencia de Indemnización Laboral, adscrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se ocupa principalmente de la indemnización por accidentes laborales y enfermedades profesionales. La Dependencia se encarga principalmente de calcular y tramitar las reclamaciones de indemnización laboral de todos los empleados de Eswatini. La mayoría de los empleadores cuenta con políticas y prácticas establecidas para retener a los empleados que hayan adquirido una discapacidad en el ejercicio de sus funciones.
Reclamaciones de indemnización por accidentes laborales
|
Sector público |
Sector privado |
|||
|
2019/2020 |
2020/2021 |
2019/2020 |
2020/2021 |
|
|
Número de reclamaciones recibidas |
40 |
96 |
1.526 |
1.161 |
|
Número de reclamaciones tramitadas |
22 |
57 |
345 |
541 |
|
Casos remitidos a la Junta Médica |
- |
51 |
- |
164 |
|
Número de reclamaciones pagadas |
33 |
21 |
114 |
845 |
|
Número de reclamaciones pendientes |
21 |
255 |
894 |
1044 |
|
Valor monetario ( emalangeni ) |
3 104 596,31 |
2 212 386,76 |
4 7171 117 39 |
2 776 291,80 |
Fuente: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, informes anuales 2019/20-2020/21.
335.A continuación se muestra el ingreso medio por hora de las personas con discapacidad empleadas, por sexo y ocupación, y el porcentaje de personas con discapacidad desempleadas, por sexo y grupo de edad.
Ingreso medio por hora (emalangeni) de los empleados que se declaran personas con discapacidad, por sexo y ocupación
|
Sexo |
|||
|
Ocupación |
Hombres |
Mujeres |
Ambos sexos |
|
Gestores |
110,00 |
121,68 |
119,93 |
|
Profesionales |
64,63 |
68,65 |
68,59 |
|
Técnicos y profesionales asociados |
56,56 |
26,48 |
36,86 |
|
Empleados de apoyo administrativo |
58,26 |
41,02 |
35,84 |
|
Trabajadores de servicios y ventas |
7,97 |
8,92 |
8,07 |
|
Trabajadores cualificados de la agricultura, la silvicultura y la pesca |
40,00 |
5,91 |
8,88 |
|
Artesanos y trabajadores de oficios conexos |
16,87 |
9,63 |
16,67 |
|
Operadores de instalaciones y máquinas, y montadores |
21,61 |
10,54 |
12,46 |
|
Ocupaciones elementales |
12,76 |
9,11 |
10,05 |
|
Todas las ocupaciones |
19,19 |
13,95 |
18,72 |
Distribución porcentual de la población con discapacidad desempleada, por sexo y grupo de edad (encuesta de población activa 2021)
|
Sexo |
|||
|
Hombres |
Mujeres |
Ambos sexos |
|
|
Población con discapacidad desempleada |
5 667 |
9 862 |
15 529 |
|
Grupo de edad |
|||
|
De 15 a 19 años |
3,9 |
0,0 |
1,4 |
|
De 20 a 24 años |
18,0 |
22,0 |
20,5 |
|
De 25 a 29 años |
15,9 |
16,4 |
16,2 |
|
De 30 a 34 años |
8,6 |
9,0 |
9,0 |
|
De 35 a 39 años |
13,9 |
23,2 |
19,8 |
|
De 40 a 44 años |
10,0 |
9,1 |
9,4 |
|
De 45 a 49 años |
8,2 |
6,6 |
7,2 |
|
De 50 a 54 años |
11,9 |
6,4 |
8,4 |
|
De 55 a 59 años |
4,6 |
4,1 |
4,3 |
|
De 60 a 64 años |
3,0 |
1,1 |
1,8 |
|
Más de 65 años |
1,8 |
2,1 |
2,0 |
|
Todas las edades |
100,0 |
100,0 |
100,0 |
336.En la Constitución y en la Ley de Empleo se prohíben la esclavitud y el trabajo forzoso. El Ministerio de Trabajo, a través de la Inspección de Trabajo, establece mecanismos de supervisión y denuncia que brindan protección frente al trabajo forzoso, la explotación o la esclavitud.
Artículo 28Nivel de vida adecuado y protección social
337.El Gobierno proporciona, en el marco de su sistema de protección social, niveles básicos de ingresos y apoyo en especie en diferentes formas. Los programas de asistencia social y seguridad social incluyen, entre otros, subsidios universales para la vejez, subsidios de ingresos/asistencia pública a las personas con discapacidad, un programa universal de alimentación escolar, un subsidio de educación para fomentar la asistencia de huérfanos y niños vulnerables a la enseñanza secundaria en las escuelas públicas y un subsidio militar para los veteranos de la Guerra Mundial (incluidas las viudas).
338.La cobertura de protección social en 2016-2017 indicaba que el 63,10 % de los hogares recibía un subsidio para la vejez, el 2,56 % recibía un subsidio por discapacidad y el 18,87 % recibía un subsidio para huérfanos y niños vulnerables. El subsidio de educación para huérfanos y niños vulnerables, aunque no se considera estrictamente una forma de asistencia social directa, es una beca que cubre parte de los gastos escolares de los niños para que puedan asistir a la escuela secundaria y al instituto en escuelas públicas. Además, el Estado proporciona ayuda en forma de artículos de primera necesidad en caso de desastres a través del Organismo Nacional de Gestión de Desastres. Eswatini también distribuye alimentos y construye viviendas (a través del Organismo Nacional de Gestión de Desastres y la Cruz Roja Baphalali de Eswatini).
339.El Reino de Eswatini ha elaborado una política nacional de asistencia social y una política nacional de seguridad social que han sido aprobadas por el Consejo de Ministros. Estos marcos tienen por objeto regular y administrar las intervenciones nacionales destinadas a mejorar el nivel de vida de los grupos vulnerables. Los programas de protección social (subsidios sociales) que se ofrecen están a disposición de los grupos vulnerables, independientemente de la situación financiera o económica que prevalezca en ese momento concreto.
340.Eswatini está en vías de aplicar plenamente la Ley de Personas con Discapacidad de 2018 mediante la elaboración de reglamentos y directrices que establezcan y orienten los requisitos que han de cumplir las personas con discapacidad y el nivel de apoyo previsto en los programas sociales ordinarios y en los específicos para personas con discapacidad.
341.Con la llegada de la pandemia de COVID-19 y los confinamientos parciales introducidos para restringir la circulación de la población, la Oficina del Vice Primer Ministro ideó una nueva estrategia para transferir las ayudas sociales a las personas de edad y las personas con discapacidad mediante pagos electrónicos, como forma segura de hacer llegar las ayudas a los beneficiarios previstos.
342.Las personas con discapacidad pueden acceder a la información sobre las medidas de protección social para la discapacidad a nivel comunitario a través de las estructuras de liderazgo comunitario. Además, el Gobierno utiliza los medios de comunicación, a través de un programa de radio, para informar a los titulares de derechos. La colaboración entre las partes interesadas de los ministerios y los titulares de obligaciones contribuye a asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso a los programas de asistencia social disponibles.
343.Eswatini ha aumentado el acceso al agua potable salubre a nivel nacional y ha pasado del 72 % en 2014 al 82 % en 2021. En la actualidad, el 78 % de la población rural tiene acceso a fuentes de agua mejoradas, en comparación con el 93 % de la población en las zonas urbanas. La mejora se ha logrado gracias a la colaboración del Gobierno y a la ayuda de algunos asociados que financian proyectos destinados, entre otras cosas, a la gestión de los recursos hídricos, el aumento de la resiliencia ante el cambio climático y el riesgo de desastres, y el agua y el saneamiento. La mayoría de esos proyectos están destinados a zonas rurales y periurbanas. El Gobierno reconoce que no todos los servicios de suministro de agua y de saneamiento son accesibles ni tienen un diseño universal, por lo que, para mitigar esta situación, se está trabajando para mejorar las estructuras existentes con el fin de adecuarlas razonablemente a las personas con discapacidad.
344.Eswatini está elaborando un mecanismo general de coordinación de la protección social, que velará por que las cuestiones relacionadas con la discapacidad se incorporen en todos los programas de asistencia social.
Cuadro 2
Población protegida por programas de protección social
|
Proporción de la población protegida por niveles mínimos/sistemas de protección social |
||
|
Indicador |
2016/17 |
2020/21 |
|
Número de beneficiarios de subvenciones para huérfanos y niños vulnerables |
52 632 |
58 193 |
|
Número de beneficiarios de subvenciones para personas de edad |
94 851 |
74 955 |
|
Número de beneficiarios de subvenciones para personas con discapacidad |
4 779 |
5 019 |
|
Asignación presupuestaria del Gobierno para los programas de protección social |
||
|
2016/17 |
2020/21 |
|
|
Asignación presupuestaria del Gobierno: subsidio para huérfanos y niños vulnerables ( emalangeni ) |
108 034 458 |
190 000 000 |
|
Asignación presupuestaria del Gobierno: subsidio para personas de edad ( emalangeni ) |
154 201 748 |
466 833 454 |
|
Asignación presupuestaria del Gobierno: subsidio para personas con discapacidad ( emalangeni ) |
1 123 920 |
28 708 000 |
345.La Estrategia de Reducción de la Pobreza y los Programas de Acción de 2005 se formularon específicamente para poner fin a la pobreza en 2015. Las recomendaciones de la estrategia dieron lugar a la creación del Fondo para la Reducción de la Pobreza, el Fondo de Desarrollo Regional, el Fondo de Empresas de Jóvenes y los subsidios sociales para las personas de edad, las personas con discapacidad y los huérfanos y niños vulnerables.
346.En un esfuerzo por combatir el hambre y lograr la seguridad alimentaria, Eswatini respaldó e incorporó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y dio prioridad al Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 2, con miras a poner fin al hambre entre los ciudadanos, en consonancia con el Reto del Hambre Cero. El país colaboró con sectores fundamentales para realizar el Examen Estratégico Hambre Cero de Eswatini de 2019, con el propósito de que sirviera de base para la implementación de los ODS 1 y 2.
347.La Estrategia para el Desarrollo Sostenible y el Crecimiento Inclusivo de 2018 es un marco estratégico nacional de desarrollo basado en una ampliación de la Estrategia Nacional de Desarrollo a fin de incorporar el desarrollo sostenible de acuerdo con la Agenda 2030. Este marco estratégico nacional establece los objetivos y las prioridades nacionales para lograr un país próspero en 2030. Esta estrategia articula la visión del país para el año 2022 y los años subsiguientes, y traza el camino de desarrollo para Eswatini. El capítulo 9 de la Estrategia para el Desarrollo Sostenible y el Crecimiento Inclusivo integra a las personas con discapacidad en las iniciativas comunitarias convencionales y aboga por mecanismos normativos institucionales a través de los cuales las personas con discapacidad puedan integrarse eficazmente en el resto de la sociedad.
348.Eswatini emplea diversas estrategias destinadas a mitigar la pobreza, entre las que se incluyen los fondos disponibles para todos, especialmente para las poblaciones vulnerables, y las subvenciones a los insumos agrícolas para fomentar la agricultura de subsistencia y mejorar la seguridad alimentaria.
349.La Orden Nacional relativa a la Caja Nacional de Previsión de 1974 establece la Caja Nacional de Previsión de Eswatini para atender el período posterior a la separación del servicio de todos los trabajadores, excluidos los funcionarios públicos, que cuentan para ese fin con la Caja de Pensiones de la Administración Pública. Ambos regímenes de seguro posterior al empleo son contributivos mutuamente, ya que tanto el empleador como el empleado contribuyen a esos fondos. Las cotizaciones a la Caja de Previsión aumentan anualmente.
350.No puede afirmarse que las prestaciones posteriores a la separación del servicio de la Caja Nacional de Previsión de Eswatini sean suficientes para garantizar un nivel de vida adecuado a los beneficiarios y sus familias. Esto se debe principalmente a que las cantidades aportadas, según lo permitido por la base legislativa, son bastante bajas en comparación con las que aportan los trabajadores y los empleadores a la Caja de Pensiones de la Administración Pública. Asimismo, la Orden Nacional relativa a la Caja Nacional de Previsión permite un retiro único de todos los fondos ahorrados a discreción del beneficiario o trabajador al finalizar su relación laboral.
351.El actual régimen no contributivo de la seguridad social permite que las personas de edad y las personas con discapacidad obtengan subsidios mensuales. Además, esta categoría de personas tiene derecho a servicios de salud gratuitos en todos los hospitales y establecimientos de salud públicos. Los huérfanos y los niños vulnerables tienen derecho a la educación primaria básica sin coste alguno para ellos.
352.Los planes de seguridad social pública descritos anteriormente se complementan con planes privados o acuerdos oficiosos. Por ejemplo, varios empleadores, además de contribuir a la Caja Nacional de Previsión de Eswatini, también establecen planes individuales de pensiones y cajas de previsión de común acuerdo con sus empleados. Los fondos ahorrados por medio de estos regímenes privados complementan los fondos obtenidos de los regímenes públicos de seguridad social. Los hombres y las mujeres, incluidas las personas con discapacidad, disfrutan de los mismos derechos de pensión. La edad de acceso, los períodos de cotización y el monto de las pensiones son los mismos para los hombres y las mujeres, incluidas las personas con discapacidad.
Artículo 29Participación en la vida política
353.En el artículo 84, párrafo 1, de la Constitución se establece el derecho de los swazis a votar y a ser representados por personas elegidas libremente como representantes del Gobierno. Además, se hace hincapié en que las mujeres y otros grupos marginados tienen derecho a una representación equitativa en el Parlamento y otras estructuras públicas.
354.Según lo dispuesto en la Ley Electoral de 2013, la Comisión de Elecciones y Circunscripciones debe adoptar medidas que permitan a las personas con discapacidad participar de manera sustantiva en las elecciones.
355.La Comisión de Elecciones y Circunscripciones ha elaborado y está aplicando un programa de educación cívica y electoral que tiene en cuenta la implicación y la participación de los grupos marginados. Estos espacios de diálogo incluyen a las organizaciones de personas con discapacidad junto con asociados que respaldan programas para personas con discapacidad.
356.Conforme a la Ley Electoral, la presidencia debe permitir que todo votante con discapacidad reciba asistencia para votar, acompañado por una persona de su elección. Además, la Ley Electoral describe el procedimiento que se debe seguir para los votantes que reciben asistencia.
357.Al determinar las circunscripciones y los locales de las divisiones electorales, la Comisión de Elecciones y Circunscripciones está obligada a examinar la disponibilidad de un lugar adecuado y su accesibilidad para los votantes, de modo que no se vea afectada la celebración libre, justa y ordenada de las elecciones.
358.Una vez que las personas con discapacidad son elegidas o designadas para un cargo, el Estado proporciona el material necesario para que el titular del cargo pueda ejercer eficazmente sus funciones públicas a todos los niveles de la Administración. Cabe citar como ejemplo al antiguo senador Tom Mndzebele, que fue nombrado para el cargo en 2008 y recibió el material y la ayuda necesarios para participar y ejecutar eficazmente el mandato correspondiente.
359.El Gobierno y los asociados para el desarrollo proporcionan periódicamente cursos de creación de capacidad a las organizaciones de personas con discapacidad sobre competencias de liderazgo y gestión empresarial. En algunos casos, se llevó a las organizaciones de personas con discapacidad a ejercicios de evaluación comparativa en diversas jurisdicciones para fomentar mejores prácticas. A través del programa de la JICA, se ofrecen anualmente a las organizaciones de personas con discapacidad cursos de creación de capacidad y oportunidades en el extranjero.
360.En el pasado, el Gobierno proporcionaba subvenciones anuales a las organizaciones de personas con discapacidad para su mantenimiento, mientras estas cumplían con sus respectivos mandatos de representar sus derechos e intereses a nivel local, regional, nacional e internacional.
Artículo 30Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte
361.En la parte VI, artículo 38, de la Ley de Personas con Discapacidad se regula el acceso de las personas con discapacidad a las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte. Eswatini creó el Ministerio de Deportes, Cultura y Asuntos de la Juventud para promover cuestiones relacionadas con el deporte, las artes, la cultura y la juventud mediante la participación popular y la creación de un entorno propicio para un marco coordinado y estructurado que permitiera abordar los retos socioeconómicos.
362.El Consejo de Deportes y Recreación de Eswatini presta apoyo anual al desarrollo de programas deportivos para personas con discapacidad dentro de los respectivos organismos deportivos reconocidos:
Se han puesto en marcha programas de baloncesto en silla de ruedas y tenis en silla de ruedas para personas con discapacidad en colaboración con Cheshire Homes Eswatini.
Las federaciones internacionales respectivas han prestado apoyo a la formación del personal correspondiente.
Cada año se celebran jornadas de introducción al deporte para personas con discapacidad en los respectivos centros deportivos para personas con discapacidad, como medio para asegurar el acceso y la participación equitativos en el deporte.
363.El Gobierno de Eswatini ha apoyado a Special Olympics Eswatini para que participe en los respectivos eventos internacionales de los Juegos Olímpicos Especiales. Asimismo, Eswatini ha creado el Comité Paralímpico Nacional, y se están llevando a cabo los trámites para inscribirlo en el Comité Paralímpico Internacional. La mayoría de los eventos deportivos de masas organizados por el Consejo de Deportes y Recreación de Eswatini y la Asociación de los Juegos Olímpicos y del Commonwealth de Eswatini permiten la participación de personas con discapacidad en igualdad de condiciones. La mayoría de los eventos emblemáticos de los respectivos organismos deportivos reconocidos, y en particular los eventos de atletismo, permiten la participación en igualdad de condiciones de las personas con discapacidad. Se han creado categorías específicas para las personas con discapacidad y se otorgan premios a los participantes. El Consejo de Deportes y Recreación de Eswatini y la Asociación de los Juegos Olímpicos y del Commonwealth de Eswatini se han esforzado concienzudamente para que los deportes existentes sean accesibles para las personas con discapacidad.
364.En los eventos culturales nacionales, el Gobierno facilita el transporte de las personas con discapacidad para que puedan asistir y participar en ellos, y se cuenta con intérpretes de lengua de señas en las actividades que se desarrollan. Los programas educativos de los medios de comunicación también cuentan con interpretación en lengua de señas para las personas con deficiencia auditiva. De manera puntual, los documentos importantes y las declaraciones y los discursos del Gobierno se transcriben en braille para las personas con deficiencia visual.
365.Se creó el Fondo de Acceso y Servicio Universales en el marco de la Comisión de Comunicaciones de Eswatini para velar por que las tecnologías de la información y las comunicaciones (incluidos los servicios de radio y televisión) estén disponibles con un servicio de calidad y a un precio asequible para todos los ciudadanos de Eswatini, entre ellos las personas con discapacidad, independientemente de su ubicación geográfica y de cualquier condición nacional específica.
366.Eswatini procura que las personas con discapacidad puedan disfrutar de los programas de televisión, las películas y otras actividades culturales mediante ajustes razonables, como interpretación en lengua de señas para las personas con deficiencia auditiva y ayudas auditivas para las personas con deficiencia visual.
367.El Ministerio de Comercio e Industria y la Autoridad de Promoción de las Inversiones de Eswatini ofrecen a las personas con discapacidad plataformas gratuitas para exhibir sus productos y artesanías en la Feria Internacional de Comercio.
368.El Gobierno sigue formando al personal de diversos centros de servicios en competencias de comunicación en lengua de señas, con el fin de que puedan prestar servicios de manera eficaz a la comunidad sorda. A través de la Universidad de Eswatini, en la Facultad de Humanidades (Departamento de Lenguas), se está elaborando un diccionario de lengua de señas. Actualmente se recurre a intérpretes de lengua de señas en reuniones públicas y eventos nacionales para promover los servicios de lengua de señas, lo que incluye también las campañas electorales nacionales. A través de la Asociación Nacional de Personas Sordas, Eswatini también ha creado el Centro Nacional de Formación para Personas Sordas con el fin de impartir formación en lengua de señas a todas las partes interesadas.
369.Los alumnos participan en eventos de los Juegos Olímpicos Especiales (una organización deportiva internacional para personas con discapacidad intelectual) y en los juegos de la zona 6 (a nivel de la Comunidad de África Meridional para el Desarrollo), donde compiten con otros atletas. Las actividades deportivas se llevan a cabo en las escuelas, a nivel regional y nacional. Para promover la igualdad de acceso, se ha formado a los profesores de las escuelas ordinarias y especiales como entrenadores de deportes para personas con discapacidad y de los Juegos Olímpicos Especiales. Entre otros ejemplos de participación de niños con discapacidad en actividades deportivas en las escuelas cabe citar los siguientes:
La Escuela Especial Ekwetsembeni colabora con Waterford kaMhlaba (en el marco de su servicio comunitario) para llevar a los alumnos de Ekwetsembeni a Waterford, donde realizan actividades deportivas como fútbol, balonred y voleibol.
Los alumnos de escuelas especiales, por ejemplo, la Escuela para Personas Sordas, también han comenzado a participar en competiciones de ortografía a nivel escolar, regional y nacional, y están obteniendo resultados excepcionales.
370.Eswatini elaboró en 2016 el Reglamento de Clasificación de Establecimientos de Alojamiento, que establece entre sus criterios la accesibilidad universal. Este reglamento se aprobó tras consultar con el sector, y se prevé que se amplíe a otras instalaciones turísticas del país.
371.El país fue sede del Día Mundial del Turismo en 2016; se invitó a todas las partes interesadas a un evento para celebrar esa jornada bajo el lema “Turismo para todos: promover la accesibilidad universal”, en el que se enseñó a las partes interesadas a practicar el tipo de turismo que puede disfrutar todo el mundo por igual, independientemente de sus capacidades.
372.El Reino de Eswatini es signatario del Código Ético Mundial para el Turismo, en el que se fomenta y facilita el turismo para las personas con discapacidad. Se alienta siempre a los inversores que desean crear instalaciones turísticas en el país a que se aseguren de que estas sean accesibles para las personas con discapacidad, es decir, que cumplan con las obligaciones de las partes interesadas en el desarrollo del turismo.
Artículo 31Recopilación de datos y estadísticas
373.Según la Ley de Personas con Discapacidad, el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad tiene entre sus funciones recopilar y cotejar datos e información, así como llevar a cabo y promover investigaciones relacionadas con las personas con discapacidad.
374.En la actualidad, el país cuenta con un registro elemental de personas con discapacidad que se benefician de los programas de protección social ofrecidos por el Estado (subsidio por discapacidad, subsidios de asistencia social). Estos registros están a cargo del Departamento de Bienestar Social, que se encarga de programar y proporcionar el apoyo necesario a las personas con discapacidad, mientras el país está trabajando en la plena aplicación de la Ley de Personas con Discapacidad y los organismos o estructuras pertinentes previstos en ella.
375.Además, la Oficina de Estadística de Eswatini (Oficina Central de Estadística) llevó a cabo el censo nacional en 2017, en cuyas estadísticas nacionales también se incluyó a las personas con discapacidad, por lo que el volumen 6 del informe del censo nacional trata sobre las personas con discapacidad, el albinismo y la epilepsia. Este informe ofrece detalles precisos sobre la demografía de las personas con discapacidad, desglosados por sexo, edad, situación laboral, residencia (rural, urbana), nivel de educación alcanzado y estado civil. El informe se ha publicado y difundido para su uso generalizado entre diversos grupos, entre ellos las personas con discapacidad. A través de informes nacionales, como el censo anual sobre educación y la encuesta integrada de población activa, se dispone de indicadores relacionados con las cuestiones de las personas con discapacidad en los ámbitos abarcados por estos estudios nacionales.
376.Mediante la puesta en marcha de la Ley de Personas con Discapacidad, se creará un registro de personas con discapacidad que contendrá todos los datos de contacto de estas personas, así como su condición de persona con discapacidad y el apoyo que necesitan o reciben del programa de protección social. Esta medida se ajustará a la Convención y al enfoque de la discapacidad basado en los derechos humanos, con el fin de asegurar la confidencialidad y el respeto de la privacidad de las personas con discapacidad en Eswatini. En estos momentos, el Gobierno está elaborando reglamentos para que esta ley entre plenamente en vigor y se materialicen esas aspiraciones, entre otras cuestiones.
377.En lo que respecta a la Ley de Personas con Discapacidad, el registro contendrá información útil para el Gobierno a efectos de planificación y presupuestación en relación con la comunidad de personas con discapacidad, así como información sobre las organizaciones de personas con discapacidad existentes, a fin de comprender mejor los problemas a los que se enfrentan las personas con discapacidad y diseñar mejores programas e intervenciones.
378.Asimismo, todas las demás organizaciones e instituciones de investigación que generan datos sobre las personas con discapacidad utilizan los indicadores generales establecidos y definidos por la Oficina de Estadística de Eswatini para evitar discrepancias y problemas de gestión de la calidad de los datos. Existen diversos estudios, entre ellos uno sobre las personas con trastornos del espectro autista y la situación de la violencia de género entre sus miembros. Este estudio en concreto se realizó en colaboración con la entidad coordinadora (el Departamento de Bienestar Social) para las personas con discapacidad, así como con una organización de personas con discapacidad (la Organización de Autismo de Eswatini), con la orientación y el apoyo de la Oficina de Estadística de Eswatini. Se trata de un ejemplo clásico de esfuerzos coordinados para apoyar la recopilación de información útil sobre las personas con discapacidad, así como de datos fiables y verificables recopilados por otras entidades distintas de la Oficina de Estadística de Eswatini.
Artículo 32Cooperación internacional
379.El Gobierno de Eswatini reconoce la importancia de la cooperación internacional para complementar los esfuerzos nacionales dirigidos a aplicar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Esta cooperación debería ser inclusiva y accesible para las personas con discapacidad.
380.El Gobierno de Eswatini, en colaboración con las Naciones Unidas, elaboró el Marco de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo (MANUD) (2016-2020) con el fin de asegurar una ejecución más eficaz y eficiente que contribuyera a acelerar los objetivos de desarrollo de Eswatini. El Gobierno de Eswatini y el sistema de las Naciones Unidas se han comprometido a colaborar en el marco de una alianza para materializar las aspiraciones del MANUD.
381.El Reino de Eswatini, en cooperación con otros organismos internacionales, como los programas de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA), ha empoderado a las personas con discapacidad de la comunidad de Eswatini mediante su inclusión en programas de desarrollo de capacidades, para lo cual se las envía al Japón para que reciban formación. Gracias al proyecto de la JICA, también se han construido diversas escuelas inclusivas en todo el país, que también son accesibles para las personas con discapacidad. Por otra parte, la República de China en Taiwán ha construido un centro dedicado al autismo en Manzini, así como una residencia de la tercera edad en Mankayane, de la que también se benefician las personas con discapacidad.
382.Además, como parte de la misión de la Comunidad de África Meridional para el Desarrollo (SADC) en materia de promoción, coordinación y empoderamiento de las personas con discapacidad y de incorporación de la perspectiva de la discapacidad, el representante de la SADC realizó una visita oficial para establecer relaciones de trabajo dentro de la región y fortalecerlas. El objetivo de la visita era debatir un proyecto regional apoyado por el Departamento de Desarrollo Social (Sudáfrica) y el Japón, que había estado en funcionamiento entre 2015 y 2022, sobre actividades de promoción y empoderamiento de las personas con discapacidad y de incorporación de la perspectiva de la discapacidad. El Reino de Lesotho, a través de su Dirección de Discapacidad, visitó el Reino de Eswatini para intercambiar experiencias sobre buenas prácticas y también para establecer vínculos de colaboración entre ambos países.
383.Sin embargo, la participación de personas con discapacidad a través de sus organizaciones representativas en el diseño, la ejecución, el seguimiento y la evaluación de los programas y proyectos orientados a su beneficio y utilización es mínima. Las organizaciones internacionales emprenden proyectos destinados a aliviar la difícil situación de las personas con discapacidad, pero el único problema que se plantea es que solo se consulta a los beneficiarios de estos proyectos una vez finalizados, en lugar de involucrarlos en la fase inicial. Esto se atribuye básicamente a que no se presta suficiente atención a las cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad, al tratarse de un fenómeno nuevo.
384.Sin embargo, el Reino de Eswatini ha dado grandes pasos para intentar paliar este problema. Se han llevado a cabo actividades de educación cívica para sensibilizar a la población sobre las cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad. También hay varias organizaciones no gubernamentales que representan y defienden los derechos y el bienestar de las personas con discapacidad, a saber:
a)La Asamblea Coordinadora de Organizaciones No Gubernamentales (CANGO), que es un organismo que agrupa a todas las ONG, entre ellas las que se dedican a iniciativas relacionadas con la discapacidad;
b)Save the Children, una organización que defiende la promoción de los derechos de todos los niños, entre ellos los niños con discapacidad;
c)Cheshire Homes Eswatini, que se centra en la rehabilitación de personas con discapacidad física;
d)La Misión Católica St. Joseph, que alberga el Centro Ekululameni, una iniciativa que ofrece formación profesional a personas con discapacidad mayores de 18 años;
e)La Federación de Organizaciones de Personas con Discapacidad de Eswatini (FODSWA), que es un organismo coordinador de organizaciones de personas con discapacidad orientado a los derechos humanos. Diversas organizaciones de personas con discapacidad de Eswatini la crearon en 1993 debido a la falta de coordinación de sus actividades. Las entidades afiliadas son las siguientes:
Personas con Albinismo de Eswatini
Asociación Nacional de Personas Sordas de Eswatini (SNAD)
Asociación de Personas con Deficiencia Visual de Eswatini (SAVIP)
Madres y Padres de Niños con Discapacidad de Eswatini (PCDSWA)
Asociación Nacional de Personas con Discapacidad Física de Eswatini (PNAPDP).
385.En 2016, la Southern African Federation of the Disabled (SAFOD) organizó una serie de talleres de formación para los miembros de la Federación de Organizaciones de Personas con Discapacidad de Eswatini (FODSWA) en el marco de una iniciativa destinada a fomentar la capacidad de las organizaciones de personas con discapacidad para promover la elaboración de una legislación inclusiva en Eswatini. El proyecto, financiado por la Iniciativa de Sociedad Abierta del Sur de África (OSISA), se centró en la creación de capacidad de la FODSWA. Entre las actividades del proyecto figuraban la revisión de la constitución y los planes estratégicos de la FODSWA, la celebración de un foro de líderes y directores, un taller de formación sobre promoción para los miembros de la FODSWA y una sesión de promoción y cabildeo con los encargados de la formulación de políticas por parte de los miembros de la FODSWA.
386.A pesar de estos avances, las personas con discapacidad siguen siendo marginadas, discriminadas y excluidas socialmente de las actividades convencionales. El Reino de Eswatini ha tomado medidas muy modestas para mejorar el apoyo a la creación de capacidad de los países en desarrollo. Esto se atribuye al hecho de que Eswatini es un país en desarrollo con recursos limitados.
Artículo 33Aplicación y seguimiento nacionales
387.El Gobierno de Eswatini ha creado la Dependencia Nacional de Discapacidad, adscrita a la Oficina del Vice Primer Ministro, que se encarga de coordinar la agenda nacional de integración de las cuestiones relacionadas con la discapacidad. Además, el Departamento de Educación Especial, dependiente del Ministerio de Educación y Formación, vela por la integración de la perspectiva de la discapacidad en el sector educativo. Por otra parte, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social cuenta en su seno con el Departamento de Formación Profesional y Rehabilitación, cuyo objetivo es incorporar las cuestiones relacionadas con la discapacidad.
388.El Gobierno está trabajando actualmente para poner en marcha la Ley de Personas con Discapacidad, que supondrá la transformación de la Dependencia Nacional de Discapacidad en una secretaría del Consejo Nacional de Discapacidad, con el fin de permitir un nuevo cambio de paradigma en el tratamiento y la resolución de las cuestiones relacionadas con la discapacidad en el país, aplicando un instrumento basado en los derechos sociales y humanos en el mecanismo nacional de coordinación e integración de Eswatini.
389.Se prevé que, una vez establecida la secretaría del Consejo, se creará un mecanismo adecuado de coordinación y supervisión para la integración de las cuestiones relacionadas con la discapacidad en todas las políticas y los programas de la estructura gubernamental. Se ha elaborado y aprobado una propuesta a tal efecto con el apoyo técnico del sistema de las Naciones Unidas (UNFPA, OMS, UNICEF, UNESCO y PNUD). Esta propuesta también comprende la creación de un mecanismo de coordinación entre el Gobierno, las organizaciones de personas con discapacidad y las organizaciones de la sociedad civil para la integración fluida de las cuestiones relacionadas con la discapacidad en Eswatini. La Comisión de Derechos Humanos y Administración Pública de Eswatini vigila y controla la aplicación de diversos instrumentos de derechos humanos, entre ellos la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La Comisión ha designado además un punto focal para las cuestiones relacionadas con la discapacidad.