NACIONES UNIDAS

CRC

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr.GENERAL

CRC/C/SR.124811 de agosto de 2009

ESPAÑOLOriginal: FRANCÉS

COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

45º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 1248ª SESIÓN

celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,el lunes 4 de junio de 2007, a las 15.00 horas

Presidenta: Sra. LEE

SUMARIO

Examen de los informes presentados por los Estados partes (tema 6 del programa) (continuación)

Informe inicial de Bangladesh sobre la aplicación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

Se declara abierta la sesión a las 15.00 horas .

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (tema 6 del programa) (continuación)

INFORME INICIAL DE BANGLADESH SOBRE LA APLICACIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO RELATIVO A LA VENTA DE NIÑOS, LA PROSTITUCIÓN INFANTIL Y LA UTILIZACIÓN DE NIÑOS EN LA PORNOGRAFÍA (CRC/C/OPSC/BGD/1; lista de cuestiones que se deben abordar (CRC/C/OPSC/BGD/Q/1); respuestas presentadas por escrito por el Estado parte a la lista de cuestiones (CRC/C/OPSC/BGD/Q/1/Add.1)).

1. Por invitación de l a President a , la delegación de Bangladesh toma asiento a la mesa del Comité .

2.La Sra.  SULTANA (Bangladesh) dice que la situación de los derechos del niño en Bangladesh está íntimamente vinculada al contexto socioeconómico. La denegación de algunos derechos, en particular de los derechos del niño, tiene sus raíces en la pobreza y el subdesarrollo. Sin embargo, a lo largo de los dos últimos decenios se han realizado progresos en la reducción de la pobreza. El acceso a la enseñanza primaria se ha ampliado progresivamente y la tasa de escolarización ha crecido gracias al aumento del presupuesto asignado a la educación, el establecimiento de la gratuidad de la enseñanza primaria y la introducción de programas de becas de estudio destinadas sobre todo a las niñas. La tasa de mortalidad infantil no ha dejado de disminuir.

3.Bangladesh ha fortalecido su cooperación con los países de Asia meridional. Ha ratificado la Convención de la Asociación del Asia Meridional para la Cooperación Regional (SAARC) sobre la Prevención y Lucha contra la Trata de Mujeres y Niños con fines de Prostitución, la Convención de la SAARC sobre el Bienestar del Niño y la Convención de la SAARC sobre Disposiciones Regionales para la Promoción del Bienestar del Niño en Asia Meridional.

4.A pesar de la extrema pobreza que padece el país, la venta de niños y su utilización en la pornografía no son prácticas extendidas en Bangladesh. Sin embargo, la pornografía infantil podría aumentar con la utilización creciente de Internet y tal vez convendría adoptar medidas preventivas en ese ámbito. El Gobierno está preocupado ante todo por problemas más apremiantes, como la prostitución infantil.

5.La prostitución de niñas plantea un problema, en efecto. Se han realizado progresos importantes en la aplicación de un mecanismo de lucha contra la trata de mujeres. Una célula de vigilancia policial se ha encargado de recopilar información relativa a la trata de personas, y en particular de mujeres y niños. Un comité interministerial respaldado por el Ministerio del Interior supervisa los progresos realizados en este ámbito, incluidos los de las ONG. Sobre el terreno, los comités locales presentan informes mensuales al Ministerio de Asuntos de la Mujer y el Niño sobre los casos de violencia o de trata relacionados con ambos grupos.

6.El Gobierno ha modificado algunas leyes y ha promulgado otras nuevas para proteger mejor a los niños. Cabe mencionar, por ejemplo, la Ley de 2004 sobre los registros de los nacimientos y las defunciones, la Ley de 2004 por la que se modifica el texto relativo a las minas y la Ley de 2004 por la que se modifica el texto relativo a la puesta de menores bajo tutela. El Gobierno promulgó dos leyes en 2002 para luchar contra las agresiones con ácido.

7.Bangladesh se esfuerza por alcanzar los objetivos fijados en el Protocolo Facultativo con los medios de que dispone, pero es mucho lo que queda por hacer. Necesitaría ayuda internacional, porque no puede por sí solo conseguir esos objetivos, sobre todo ahora que la ayuda internacional ha disminuido.

8.La Sra.  SMITH espera que los dirigentes del país encuentren una fuente de inspiración en la actuación del empresario Muhammad Yunus, que recibió el Premio Nobel de la Paz en 2006 por la creación del sistema de microcréditos con el objetivo de erradicar la pobreza. El microcrédito ha tenido sin duda un efecto positivo en el bienestar de los niños.

9.Según la información disponible, se venden un gran número de niños con fines de explotación sexual, pero algunos también como jinetes de camello o para el servicio doméstico. Bangladesh es a la vez país de origen y de tránsito en la venta de niños, muchachos y muchachas, destinados a la explotación sexual.

10.La oradora desearía saber si el Gobierno dispone de datos sobre el número de niños víctimas de los delitos que se contemplan en el Protocolo, y llegado el caso si adopta medidas para mejorar el sistema de recopilación de datos. Uno de los motivos que explican la dificultad para la recopilación de información sobre estos delitos es el oprobio que recae sobre las víctimas. A este respecto, sería interesante saber si el Gobierno cuenta con una estrategia para alentar a las víctimas a poner una denuncia y si tiene previsto instalar, en colaboración con las ONG, una línea telefónica especial que permita a los niños víctimas pedir ayuda.

11.Si bien los recursos destinados a la salud y la educación de los niños han sido satisfactorios en estos últimos años, la oradora pregunta si hay previsto un aumento del presupuesto asignado a su protección.

12.A pesar de la existencia de un gran número de disposiciones jurídicas relativas a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, es difícil hacerse una idea general de la situación en esa materia. ¿Hay previstas en las leyes que prohíben la venta de niños y la violencia contra las mujeres y los niños sanciones muy duras en caso de infracción? ¿Por qué no figuran estas leyes en el Código Penal? ¿No serían más visibles si figuraran? Es igualmente muy preocupante constatar que la legislación no protege a los niños de 16 a 18 años.

13.El Código Penal sanciona la difusión de material pornográfico con niños, pero no menciona la realización de tales documentos. Por consiguiente, en la legislación del país hay una laguna en ese aspecto.

14.Por otra parte, la delegación podría indicar también si el Gobierno tiene previsto revisar la legislación relativa a la prostitución infantil para ponerla en conformidad con el Protocolo Facultativo y estar así en condiciones de reprimir los delitos que figuran en el instrumento.

15.Por lo que respecta a la protección de las víctimas durante la investigación y el proceso penal, el Gobierno da cifras sobre los «delincuentes juveniles», a los que se acusa con frecuencia de comportamiento inmoral y se los envía a prisión en espera del proceso. A la vista del Protocolo Facultativo habría que considerar a estos jóvenes como víctimas que necesitan protección.

16.La Sra.  AIDOO elogia los progresos realizados por el país, en particular sobre el plan de educación de las niñas. Observa que, a pesar de la ley sobre los registros de los nacimientos y las defunciones, solamente se declaran el 10% de los nacimientos y pregunta si el Gobierno tiene prevista la adopción de medidas al respecto. Desearía saber igualmente si se realizan esfuerzos particulares para registrar a los niños nacidos del matrimonio entre ciudadanos de Bangladesh y refugiados políticos procedentes de la provincia india de Bihar, y cuál es el estatuto de los hijos de los refugiados de Bihar en el país.

17.El público general sigue teniendo un conocimiento escaso de las disposiciones del Protocolo Facultativo. Sería útil especificar si el Gobierno tiene previsto traducir el texto al bengalí. ¿Se han evaluado las repercusiones de las campañas de sensibilización?

18.La delegación tal vez podría describir las medidas adoptadas para luchar contra la estigmatización de los niños víctimas de los delitos que figuran en el Protocolo e indicar si se aborda este problema en las sesiones de información y de formación relativas a dicho Protocolo. La asistencia a los niños víctimas de la prostitución o la trata suele estar fundamentalmente a cargo de las ONG, y sería interesante saber qué recursos dedica el Estado a esos niños y si reciben apoyo y ayuda psicosocial antes de volver con su familia.

19.La oradora pregunta qué se ha hecho para ayudar más en particular a los varones víctimas de explotación sexual. En efecto, el Código Penal se ocupa con detalle de las muchachas menores de 18 años, pero no dice nada sobre los varones. La Ley de la infancia de 1974 estipula que los agentes de policía pueden arrestar a niños menores de 16 años sorprendidos en delito flagrante de comercio sexual; habría que especificar si esto se aplica tanto a los niños como a las niñas. Conviene velar por que el sistema de protección abarque a todos los niños y niñas.

20.El Sr. PARFITT pregunta cuándo se creará el servicio del ombudsman previsto por la Constitución de Bangladesh. Este órgano independiente podría vigilar la aplicación de la Convención y recibir las denuncias de los niños.

21.Parece que la coordinación entre los distintos ministerios, organismos y ONG que prestan servicios y cuidados a los niños no es eficaz. El orador pregunta si el Gobierno del Estado parte tiene previsto adoptar medidas más enérgicas con miras a aplicar el Protocolo Facultativo.

22.Además, al parecer tras la firma por Bangladesh de la Convención de la SAARC sobre la Prevención y Lucha contra la Trata de Mujeres y Niños con fines de Prostitución sólo se habría concertado un acuerdo bilateral con Tailandia. Ahora bien, la mayor parte de los niños víctimas de la trata se envían a la India. La delegación podría indicar si el Estado parte tiene previsto firmar otros acuerdos, sobre todo con la India y el Pakistán, que den lugar en particular a la repatriación, la readaptación y la reinserción de estos niños.

23.Por último, en el país se aplican numerosos programas sociales destinados a los niños que están financiados directamente por contribuciones extranjeras. Ahora bien, la inestabilidad política parece desalentar estas ayudas. Convendría saber si el Estado parte actúa buscando la vuelta a la democracia, que permitiría la afluencia de ayuda extranjera al país.

24.La Sra.  KHATTAB pregunta qué tiene previsto hacer el Estado parte para que las niñas continúen asistiendo a la escuela y no se casen a una edad precoz.

25.Desearía además que el Estado parte retirara sus reservas relativas al párrafo 1 del artículo 14 y el artículo 21 de la Convención.

26.Desea saber cómo transmite sus opiniones el Ministerio de Asuntos de la Mujer y el Niño a los ministerios con los que colabora para implantar el Protocolo Facultativo y si éstos están obligados a aplicar sus directrices. Convendría asimismo dar información sobre las relaciones que mantiene el Ministerio de Asuntos de la Mujer y el Niño con el Comité de aplicación y seguimiento del Plan de Acción Nacional contra el abuso sexual y la explotación de niños, incluida la trata, y qué seguimiento hace el Ministerio de los informes que le presenta dicho Comité.

27.El Sr. ZERMATTEN pregunta si un niño víctima de trata, prostitución o pornografía tiene la posibilidad de presentar una denuncia por su cuenta, incluso contra la opinión de sus padres o representantes legales, y desea saber cuáles son los órganos habilitados para tramitar una denuncia de este tipo.

28.Consciente de que no existe una ley específica sobre la protección de las víctimas y los testigos, desearía saber cuál es el estatuto de la víctima en un proceso penal, si todas las audiencias son públicas, si es posible utilizar medios audiovisuales durante el proceso y si Bangladesh se ajusta a las Directrices de las Naciones Unidas sobre la justicia en asuntos concernientes a los niños víctimas y testigos de delitos, aprobadas por el Consejo Económico y Social en 2005.

29.La Sra.  ORTIZ pregunta qué medidas adopta el Estado parte a nivel tanto nacional como internacional cuando desaparece un niño, si establece contacto con los posibles países de destino, si se conoce la identidad de los niños desaparecidos y si se mantiene una lista actualizada de dichos niños.

30.El Sr. CITARELLA dice que muchos niños que son objeto de trata se venden en los países vecinos y pregunta qué procedimientos existen para perseguir a las personas que cometen delitos en el extranjero o a los extranjeros que los cometen en Bangladesh, sobre todo en relación con el turismo sexual, y si la legislación de Bangladesh contiene disposiciones por las que se establece su competencia universal.

31.La Sra.  SMITH pregunta cómo puede defender y proteger verdaderamente los derechos del niño el Estado parte, actualmente dirigido por un Gobierno provisional que apenas cuenta con 10 consejeros y no tiene un ministerio especialmente encargado de la infancia.

32.La PR E SIDENT A recuerda que, según las estimaciones, en Bangladesh hay 1,8 millones de niños que son víctimas de explotación sexual. Estos niños no se consideran víctimas, sino delincuentes, y a veces acaban en la cárcel por alterar el orden. Pide información complementaria sobre esta situación.

Se suspende la sesión a las 15.55 horas y se reanuda a las 16.25 horas .

33.La Sra.  SULTANA (Bangladesh) dice que cada uno de los 10 consejeros del Gobierno trabaja en realidad para tres o cuatro ministerios. Estas atribuciones múltiples no impiden en ningún caso a la consejera adjunta del Ministerio de Asuntos de la Mujer y el Niño realizar un trabajo de calidad. Por otra parte, el hecho de que Bangladesh tenga actualmente un Gobierno interino no ha tenido efectos negativos en la aplicación de la Convención.

34.El Sr. FILALI pregunta si el Gobierno interino está habilitado para tomar iniciativas con miras a la aplicación del Protocolo Facultativo o si sólo puede continuar las acciones en curso.

35.La Sra.  SULTANA (Bangladesh) explica que el Gobierno interino actual, a diferencia del anterior, no tiene un mandato limitado. Además del hecho de estar encargado de organizar elecciones libres y equitativas, lo que lleva tiempo, está perfectamente habilitado para contraer compromisos internacionales y cumplir los ya contraídos. Los grandes principios de la protección de los derechos del niño, como la no discriminación, la igualdad entre los sexos, o incluso la protección de los grupos vulnerables y minoritarios, están de todas maneras consagrados en la Constitución. Conviene destacar que la popularidad del Gobierno en funciones está en el nivel más alto y que la población tiene grandes esperanzas de mejorar.

36.Bangladesh decidió recientemente no sólo traducir al bengalí todos los documentos internacionales importantes, en particular la Convención sobre los Derechos del Niño y el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, sino también publicar pequeños fascículos recapitulativos poniendo de relieve los artículos más importantes.

37.El hecho de que sólo se registren el 10% de los nacimientos plantea un verdadero problema para la aplicación del Protocolo. En efecto, sin indicaciones precisas sobre la edad es difícil saber cuántos niños, en particular niñas, se dedican a actividades de comercio sexual en el país para escapar de la pobreza. Por consiguiente, el Gobierno concentra ahora sus esfuerzos en la lucha contra la pobreza y la mejora de las condiciones de vida de la población, y esto debería dar lugar a la solución de ciertos problemas.

38.La PR E SIDENT A manifiesta su preocupación ante la idea de que la cifra de 1,8 millones de niños involucrados en la industria del sexo que publicó una ONG en un informe público oficial pueda ser inferior a la real, teniendo en cuenta el escaso registro de los nacimientos.

39.La Sra.  SULTANA (Bangladesh) dice que son las administraciones locales las que se encargan de recopilar los datos y que sin un verdadero registro de los nacimientos es difícil saber si son fiables. En un estudio reciente realizado con niños que se dedican a la prostitución se puso de manifiesto que el 90% de ellos ejercían esa actividad por motivos económicos, a causa de la pobreza.

40.La Sra. ORTIZ alienta al Estado parte a implantar con rapidez los derechos del niño en el marco de la lucha contra la pobreza y pregunta cuáles son las medidas adoptadas para facilitar el acceso de los niños a una identidad y una nacionalidad.

41.La Sra.  SULTANA (Bangladesh) subraya que el Gobierno no dispone de recursos ilimitados y que debe establecer prioridades, lo que no significa que haya que esperar a que la pobreza haya desaparecido del país para que se reconozcan los derechos del niño. En este sentido, las autoridades trabajan actualmente para reducir la mortalidad infantil y garantizar a los niños tres comidas al día. Además, se han organizado campañas de sensibilización sobre la cuestión del registro de los nacimientos, lo que supone una inversión financiera. Así, a partir de 2008, los padres deberán presentar el acta de nacimiento del niño para la inscripción en la escuela y la obtención de ciertas ayudas sociales.

42.La Sra.  AIDOO pregunta si el programa estratégico de lucha contra la pobreza incluye en concreto la cuestión del registro de los nacimientos, que efectivamente es esencial para los servicios de salud y ayuda social.

43.La Sra.  SULTANA (Bangladesh) puntualiza que el actual plan estratégico de lucha contra la pobreza (DELP) se ha prorrogado hasta 2008, fecha en la que se realizará una evaluación y posiblemente se renueve. Los derechos del niño y de la mujer ocupan un amplio espacio.

44.Bangladesh ha firmado acuerdos de extradición de delincuentes y de repatriación de víctimas de la explotación sexual con Tailandia. Habría que concertar otros acuerdos bilaterales, en particular con la India y el Pakistán, pero las negociaciones no han concluido todavía.

45.En Bangladesh, los niños víctimas de malos tratos o de explotación sexual pueden presentar una denuncia, incluso contra la voluntad de sus padres. Sin embargo, a pesar de que se ha realizado una campaña de sensibilización, las denuncias siguen siendo raras debido a la estigmatización social que siguen sufriendo los niños que se dedican a la prostitución. Los proyectos de implantación de una línea telefónica directa han tropezado con problemas técnicos.

46.En cuanto a la cooperación entre las distintas instancias que se ocupan de los niños, cabe mencionar que los mandatos de los diversos ministerios están claramente definidos y que hay un comité interministerial, presidido por el Ministro de Asuntos de la Mujer y el Niño, que coordina las cuestiones relativas a esos grupos. A veces se invita a las reuniones a representantes de otros ministerios y de las ONG.

47.Las donaciones internacionales van disminuyendo de manera general, creando dificultades presupuestarias para la realización de los programas. Sin embargo, desde hace varios años el presupuesto asignado a la educación es elevado.

48.Se han realizado distintos programas de sensibilización y formación relativos a las disposiciones de la Convención, a veces con la ayuda de asociados internacionales. No obstante, sus repercusiones son difíciles de evaluar.

49.Bangladesh ha tomado de Malasia la idea de establecer centros únicos de crisis (One Stop Crisis Centre) en algunos hospitales del país. En esta fase se trata todavía de un proyecto piloto financiado por el Organismo Danés de Desarrollo Internacional (DANIDA), pero el Ministerio de Asuntos de la Mujer y el Niño está firmemente decidido a llevar adelante la iniciativa.

50.La Sra.  AIDOO pregunta si el Estado parte tiene intención de ampliar este proyecto piloto a algunas zonas rurales del país, a fin de que sus habitantes puedan beneficiarse de este tipo de servicios.

51.La Sra.  ORTIZ desearía saber si en la ayuda para el desarrollo internacional se tiene en cuenta el Plan Nacional de Acción en favor de la Infancia y en qué medida está integrado este plan en el DELP.

52.La Sra.  SULTANA (Bangladesh) dice que el proyecto piloto de establecimiento de centros únicos de crisis en el país todavía no se ha aprovechado al máximo y deberá ser objeto de una evaluación minuciosa y profunda antes de plantearse la posibilidad de crear otros nuevos en las zonas alejadas de los centros urbanos.

53.Las disposiciones que figuran en el Plan Nacional de Acción, que se evaluará en 2008 y de nuevo en 2010, están en conformidad con lo enunciado en el DELP y las organizaciones internacionales de ayuda para el desarrollo las tienen en cuenta. En el marco de este plan, por ejemplo, se permite la creación de una academia para niños que organiza actividades culturales extraescolares (actividades de esparcimiento, concursos de redacción, obras de teatro, etc.). Solamente se necesita que el Ministerio de Asuntos de la Mujer y el Niño estime que es conveniente, en aras de la eficacia, que sus responsabilidades se amplíen, se refuercen y se definan mejor.

54.Actualmente hay una Comisión de Legislación que trabaja con todas las partes interesadas en la armonización de los distintos límites de edad fijados en los textos legislativos, sobre todo con respecto al acceso al trabajo.

55.La Sra.  SMITH pregunta qué piensa hacer Bangladesh para reunir en una misma ley las disposiciones del Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

56.La Sra.  SULTANA (Bangladesh) indica que Bangladesh está realizando un análisis de su legislación para ponerla en conformidad con la Convención. Ya se han celebrado tres reuniones entre el Gobierno y representantes de la sociedad civil, con el apoyo del UNICEF, para abordar en particular la armonización de la legislación con el Protocolo Facultativo.

57.La PR E SIDENT Apregunta en qué medida están capacitados los magistrados para juzgar los asuntos relativos a los derechos del niño, dado que no parecen estar suficientemente informados del contenido del Protocolo Facultativo.

58.La Sra.  SULTANA (Bangladesh) dice que es precisamente para velar por que lo estén por lo que el Gobierno trata de incorporar el Protocolo a su legislación nacional.

59.Por otra parte, indica que hasta el momento no ha sido posible establecer un puesto de ombudsman encargado de los derechos del niño, pero que éste seguirá siendo un objetivo del Gobierno. Reconoce que la falta de datos estadísticos es un verdadero problema e indica que el Gobierno ha obtenido financiación del UNICEF para reforzar la capacidad de la dependencia encargada de la recopilación de datos, sobre todo en lo que respecta a la trata de niños y el seguimiento de la aplicación de la Convención.

60.La estigmatización de las víctimas debería disminuir a medida que los esfuerzos de sensibilización den sus frutos. Los medios de comunicación desempeñan una función esencial a este respecto.

61.La Sra.  KHATTAB pregunta si Bangladesh se ha puesto en contacto con otros países para establecer programas conjuntos, como han hecho ciertos países del Golfo, a fin de proteger y rehabilitar a los niños que han sido explotados como jinetes de camellos.

62.Desearía saber igualmente por qué el Estado parte no recurre al Protocolo Facultativo para obtener la extradición de los autores de infracciones, en lugar de firmar acuerdos bilaterales.

63.La Sra.  SULTANA (Bangladesh) dice que de todas maneras sigue siendo necesaria la negociación con los otros países.

64.Con la ayuda de los Emiratos Árabes Unidos, de algunas ONG y de representantes del Gobierno, y tras la aparición de varios reportajes en los medios de comunicación, los niños que trabajaban como jinetes de camellos se han reintegrado en sus familias.

65.La Sra.  ORTÍZ invita a la delegación a describir las iniciativas puestas en marcha en las comunidades locales y las tribus para la prevención de las violaciones y la formación sobre los derechos del niño. Pone de relieve que es en las comunidades donde el Gobierno debería realizar sus investigaciones acerca de la verdadera edad de los niños y las desapariciones.

66.La Sra.  SULTANA (Bangladesh) dice que, en el marco de la búsqueda de los niños desaparecidos, cada mes se organizan reuniones de coordinación en los distritos entre representantes del Gobierno, de la sociedad civil y de los dirigentes locales. Señala que el PNUD y el UNICEF financian proyectos destinados específicamente a las comunidades étnicas.

67.El Ministerio de Asuntos Religiosos está examinando actualmente las reservas a los artículos 14 y 21 de la Convención y está pendiente de saber lo que han hecho otros países musulmanes antes de pronunciarse.

68.La Sra.  SMITH dice que el Comité comprende que la pobreza y las catástrofes naturales que se registran regularmente en Bangladesh dificultan la aplicación del Protocolo Facultativo. Sin embargo, la prostitución y la venta de niños se han convertido en problemas graves en el país y el número de casos de utilización de niños en la pornografía aumenta con rapidez, por lo que es importante disponer de una legislación adecuada. Ahora bien, las disposiciones existentes solamente tratan estas cuestiones de manera parcial y están dispersas en diferentes textos. El Estado parte también debería tratar de mejorar la recopilación de datos y el registro de los nacimientos.

69.El establecimiento de un ombudsman para los niños y la creación de un número verde los alentarían a poner denuncias y contribuirían a luchar contra la estigmatización de las víctimas de violaciones.

70.La Sra.  AIDOO subraya que Bangladesh ha demostrado que es capaz de emprender numerosas actuaciones sociales, sobre todo gracias a las asociaciones con las ONG. Sin embargo, debe proseguir sus esfuerzos de sensibilización para combatir los prejuicios. Se tiene que comprometer en particular a luchar contra la doble victimización de los niños objeto de venta o prostitución, que quedan marginados de la sociedad. Por último, se invita a insistir en la prevención en el marco de programas basados en la participación comunitaria e infantil.

Se levanta la sesión a las 17 . 35 horas .

-----