Distr.GENERAL

CRC/C/OPAC/DEU/Q/124 de octubre de 2007

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

47º período de sesiones

14 de enero a 1º de febrero de 2008

PROTOCOLO FACULTATIVO RELATIVO A LA PARTICIPACIÓN DE NIÑOS EN LOS CONFLICTOS ARMADOS

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el informe inicial de Alemania (CRC/C/OPAC/DEU/1)

Se ruega al Estado Parte que presente por escrito información adicional y actualizada, en lo posible antes del 23 de noviembre de 2007 .

1.Sírvanse facilitar información sobre los departamentos y órganos gubernamentales encargados de la aplicación del Protocolo Facultativo y sobre la coordinación con las autoridades regionales y locales así como con la sociedad civil. Sírvanse indicar también si hay algún mecanismo disponible para vigilar y evaluar periódicamente su aplicación.

2.Sírvanse indicar si hay alguna disposición legal que penalice el reclutamiento forzoso o la participación forzosa de menores de 18 años en hostilidades.

3.Sírvanse proporcionar información sobre si Alemania asume la jurisdicción extraterritorial sobre el crimen de guerra de reclutar o alistar a niños menores de 15 años en las fuerzas armadas o de obligarlos a participar activamente en hostilidades. También en relación con la jurisdicción extraterritorial, indiquen si los tribunales alemanes pueden ejercer la jurisdicción en caso de reclutamiento forzoso o participación forzosa de un menor de 18 años en hostilidades, si el delito se produce fuera de Alemania y el autor o la víctima son ciudadanos alemanes.

GE.07-44811 (S) 161107 191107

4.Sírvanse proporcionar datos desglosados por sexo y edad sobre el número de menores de 18 años que pertenecen a las Fuerzas Armadas (Bundeswehr).

5.Sírvanse proporcionar información sobre la educación y capacitación en materia de derechos humanos, incluidas la capacitación en las disposiciones del Protocolo Facultativo y la presencia en los programas de estudios escolares y en los distintos niveles de la Bundeswehr de cursos de educación para la paz. Asimismo, teniendo en cuenta que Alemania está comprometida en las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, sírvanse proporcionar información sobre la educación y capacitación en materia de derechos humanos, en particular los derechos del niño, que se ofrecen a los alemanes que participan en estas operaciones en el extranjero. Además, sírvanse proporcionar información sobre la divulgación de información en relación con las cuestiones que abarca el Protocolo Facultativo en general.

6.Sírvanse facilitar más información sobre la cooperación internacional y la asistencia financiera que aporta Alemania en relación con la prevención de los actos de violación del Protocolo Facultativo y a favor de la recuperación física y psicológica de los niños víctimas.

7.Sírvanse proporcionar datos desglosados (por sexo, edad y país de origen) correspondientes a los años 2004, 2005 y 2006 sobre el número de niños no acompañados solicitantes de asilo, refugiados y migrantes llegados a Alemania desde zonas afectadas por un conflicto armado. En ese sentido, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para identificar, lo antes posible, a los niños que han sido reclutados o utilizados en hostilidades que entran en el Estado Parte para solicitar el estatuto de refugiado o el asilo. Asimismo, sírvanse proporcionar información sobre los servicios de rehabilitación, reintegración social y de otro tipo que se ofrecen a los niños reclutados o utilizados en hostilidades que han entrado en el Estado Parte para solicitar el estatuto de refugiado o el asilo.

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