Comité de los Derechos del Niño
Lista de cuestiones relativa a los informes periódicossexto y séptimo combinados de Etiopía *
1.Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada, en un máximo de 10.700 palabras, antes del 15 de febrero de 2025. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.
Parte I
2.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para:
a)Aprobar políticas, leyes integrales y estrategias sobre la infancia, o actualizar las existentes, y modificar la legislación en todo el Estado parte, en particular las disposiciones sobre la edad de responsabilidad penal, la edad mínima para contraer matrimonio y la edad de consentimiento sexual;
b)Asegurar la coordinación entre el Ministerio de la Mujer y Asuntos Sociales y las entidades federales, regionales y locales competentes en materia de protección de la infancia;
c)Aumentar las asignaciones presupuestarias destinadas a sectores fundamentales para los derechos del niño, como la educación, la sanidad y los servicios sociales;
d)Reforzar la Comisión de Derechos Humanos de Etiopía y la Defensoría del Pueblo dotándolas de recursos humanos, técnicos y financieros suficientes para que puedan ejercer de forma independiente su labor de protección de los derechos de la infancia;
e)Reunir datos sobre los niños desglosados por ubicación, edad, sexo, origen étnico, nacionalidad, discapacidad, situación socioeconómica y situación migratoria;
f)Asegurarse de que las actividades empresariales reflejen el respeto de los derechos del niño y de las normas en materia de medio ambiente y otros ámbitos, e investigar las repercusiones negativas de toda violación, entre ellas las que la mina de oro de Lega Dembi tiene en los niños indígenas guji;
g)Emprender actividades de creación de capacidad y sensibilización sobre la Convención;
h)Garantizar el funcionamiento libre e independiente de las organizaciones de la sociedad civil que trabajan en el ámbito de los derechos del niño.
3.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para:
a)Hacer frente a la discriminación de los niños y adolescentes por motivos de género, origen étnico, discapacidad, orientación sexual e identidad de género, situación migratoria y condición de desplazado, entre otros;
b)Velar por que las autoridades administrativas, legislativas y judiciales comprendan y apliquen el principio del interés superior del niño;
c)Formular políticas y garantizar disposiciones dirigidas a consultar de forma sistemática e inclusiva a los niños sobre todas las cuestiones que los afecten.
4.Sírvanse informar al Comité sobre:
a)El apoyo prestado para lograr el registro universal y gratuito de los nacimientos, teniendo en cuenta las ínfimas tasas de registro, y para prevenir la apatridia entre los niños;
b)Las disposiciones y normas relativas a los documentos de identidad de los niños que preservan sus orígenes biológicos, y el establecimiento de un mecanismo de identificación y remisión para los niños indocumentados y en riesgo de apatridia;
c)La situación relativa a la igualdad de acceso a la información, los derechos y la privacidad de los niños en el entorno digital, incluida la protección contra la información errónea y el discurso de odio, y el aumento de la alfabetización digital.
5.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para:
a)Combatir la violencia contra los niños, lo que incluye la violencia doméstica, la violencia sexual, la mutilación genital femenina, el matrimonio infantil, el acoso sexual, el acoso y la explotación y los abusos sexuales en línea, especialmente en las zonas rurales;
b)Prohibir la administración de castigos corporales a los niños en todos los entornos y derogar las disposiciones que reconocen el derecho a administrar castigos “razonables”, como los artículos 68 b) y 659, párrafo 2, del Código Penal;
c)Hacer frente al maltrato físico de los niños y prevenir las muertes infantiles causadas por lesiones;
d)Investigar las denuncias de uso de la fuerza por las fuerzas de seguridad y los grupos armados, también en el contexto de protestas pacíficas, que haya tenido como consecuencia la muerte de niños o su detención arbitraria, tortura, maltrato y desaparición forzada;
e)Reforzar el acceso a la justicia en los casos de violencia contra niños y prestar servicios de apoyo a las víctimas, incluidas medidas de rehabilitación y reparación, como evaluaciones médicas y terapias.
6.Sírvanse facilitar información sobre:
a)El apoyo prestado a las familias para prevenir el abandono infantil y a los niños privados del cuidado de sus padres o afectados por una separación involuntaria;
b)El seguimiento y la evaluación de las repercusiones que tienen la política y las medidas adoptadas en materia de adopción y de acogimiento de los niños en instituciones o en centros de modalidades alternativas de cuidado, también en relación con las repercusiones específicas de la Directiva sobre Modalidades Alternativas para el Cuidado del Niño y el Apoyo a la Infancia, aprobada en 2023;
c)La protección contra la violencia, los traumas y el bajo nivel de vida que se brinda a los niños que viven con progenitores encarcelados, y las medidas destinadas a garantizar su inscripción en el registro de nacimientos.
7.Tengan a bien informar al Comité sobre las medidas adoptadas para garantizar la protección integral de los niños con discapacidad y las disposiciones que se prevé aplicar en concreto para hacer efectivo su derecho a disponer de instalaciones educativas, sanitarias y de atención de salud accesibles e inclusivas.
8.Sírvanse explicar:
a)Las razones de la baja cobertura de las vacunaciones básicas, el elevado porcentaje de muertes infantiles evitables y las disparidades existentes entre las regiones en cuanto a instalaciones de atención de la salud;
b)La disminución de las iniciativas de lucha contra las epidemias de paludismo y tuberculosis, entre otras enfermedades, y los altos niveles de VIH/sida;
c)Los planes para colmar el déficit de financiación con vistas a combatir el hambre infantil, la inseguridad alimentaria y la malnutrición.
9.Tengan a bien informar acerca de las medidas adoptadas o previstas para:
a)Hacer frente a la falta de hogar, mejorar el nivel de vida y proporcionar acceso a agua potable, saneamiento y centros de alojamiento a los niños en situación de marginación;
b)Formular políticas sobre el cambio climático y el medio ambiente que incorporen los derechos de la infancia y aborden los efectos adversos del clima en los niños.
10.Sírvanse explicar las medidas previstas para:
a)Reforzar el sistema educativo, en particular en los niveles preescolares;
b)Eliminar las disparidades de género en la educación y prestar apoyo a los niños sin escolarizar.
11.Se ruega faciliten al Comité información actualizada sobre:
a)Las disposiciones dirigidas específicamente a hacer frente a las vulnerabilidades de los niños en situación de calle, los niños indígenas, los niños de comunidades ganaderas, los niños pertenecientes a minorías y los niños migrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados internos y a prestarles el apoyo que necesitan;
b)Los esfuerzos realizados para hacer frente a las elevadas tasas de trabajo infantil y a la exposición a trabajos peligrosos mediante la adopción de medidas apropiadas de detección, seguimiento y protección;
c)Las medidas adoptadas para luchar contra la trata de niños y la explotación sexual de los niños con fines comerciales, tanto en su dimensión nacional como transnacional;
d)La situación de los niños privados de libertad y los niños sospechosos, acusados o declarados culpables de haber infringido el derecho penal, y las disposiciones previstas para disponer de centros de rehabilitación de menores apropiados.
12.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para garantizar el respeto de los derechos del niño con arreglo a la Convención y las normas del derecho internacional humanitario, investigar las violaciones y proporcionar medidas de reintegración y reparación a las víctimas en los casos relacionados con:
a)Niños muertos o heridos;
b)Ataques contra escuelas e instalaciones educativas y de atención de la salud;
c)Las peores formas de trabajo infantil, incluido el adiestramiento militar forzoso, el reclutamiento forzoso y la utilización de niños en conflictos armados;
d)La detención arbitraria, el maltrato, la tortura, la violencia sexual, el secuestro y la esclavitud sexual de niños;
e)El hambre, la inanición y la malnutrición infantiles.
Parte II
13.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día, en tres páginas como máximo, de la información proporcionada en su informe en relación con:
a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;
b)Las nuevas instituciones y sus mandatos o reformas institucionales;
c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;
d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.
Parte III
Datos, estadísticas y demás información
14.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.
15.Se ruega faciliten datos estadísticos actualizados, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:
a)Los casos de malos tratos y violencia contra niños —incluidos casos de castigo corporal en todas sus formas, violencia doméstica, violencia y abusos sexuales, y acoso sexual—, así como sobre las investigaciones efectuadas, los enjuiciamientos realizados y las penas impuestas en esos casos;
b)Los casos de mutilación genital femenina y matrimonio infantil, así como sobre los enjuiciamientos realizados y las penas impuestas en esos casos;
c)Los niños que viven en la pobreza;
d)Los embarazos en la adolescencia;
e)El uso indebido de sustancias entre los niños;
f)Los niños solicitantes de asilo, refugiados y migrantes, y los niños no acompañados, indicando si se encuentran privados de libertad;
g)Los niños en situación de calle;
h)Los niños víctimas de la trata y las investigaciones y enjuiciamientos que se hayan llevado a cabo en relación con casos de trata de niños, indicando también las penas impuestas a los autores y las reparaciones concedidas a las víctimas.
16.En lo que respecta a la situación de los niños privados de un entorno familiar, sírvanse aportar datos relativos a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños que están o han sido:
a)Separados de sus familias, especificándose la duración de la separación;
b)Internados en instituciones y hogares colectivos, especificándose la institución concreta en cada caso y el número global de instituciones;
c)Adoptados.
17.Facilítense datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:
a)Vivían o viven con su familia;
b)Vivían o viven en instituciones;
c)Asistían o asisten a escuelas primarias ordinarias;
d)Asistían o asisten a escuelas secundarias ordinarias;
e)Asistían o asisten a escuelas especiales;
f)No estaban o no están escolarizados;
g)Han sido abandonados por su familia.
18.Sírvanse proporcionar datos estadísticos actualizados, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico y nacional, ubicación geográfica, situación socioeconómica y discapacidad, sobre el número de niños sospechosos, acusados o declarados culpables de haber infringido el derecho penal que:
a)Han sido detenidos;
b)Han sido derivados a programas de medidas extrajudiciales;
c)Se encuentran en prisión preventiva;
d)Están cumpliendo una pena de privación de libertad, indicando la duración de la pena.
19.Sírvanse proporcionar información sobre la manera en que se incorpora un enfoque basado en los derechos del niño a la planificación, la aplicación y la supervisión de las medidas para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular en lo que respecta a la participación de los niños y la recopilación de datos, y sobre la forma en que esas medidas promueven la realización de los derechos del niño en virtud de la Convención y sus Protocolos Facultativos.
20.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.
21.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.