Naciones Unidas

CRPD/C/FSM/1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

19 de noviembre de 2025

Español

Original: inglés

Árabe, español, francés e inglés únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Informe inicial que los Estados Federados de Micronesia debían presentar en 2019 en virtud del artículo 35 de la Convención * **

[Fecha de recepción: 28 de abril de 2022]

Información general

Preparación del informe

1.En consonancia con su determinación de implicar a las personas con discapacidad, el Gobierno celebró amplias consultas durante la elaboración de este informe, según se expone a continuación:

a)Tanto el informe como el proceso de consultas propuesto fueron examinados desde el inicio por el grupo permanente de referencia del sector de la discapacidad.

b)Se distribuyó un borrador para recabar observaciones tanto del Gobierno nacional como de los gobiernos Estatales y del conjunto de la comunidad, y los procedimientos de consulta incluyeron también una serie de reuniones formales y un foro nacional sobre la discapacidad. Algunas de las reuniones de consulta se organizaron para grupos específicos, entre ellos los grupos de personas con discapacidad de los cuatro estados. Varios cientos de personas y grupos aprovecharon una o más de estas oportunidades.

Disposiciones generales de la Convención

Artículos 1 a 4

2.En los Estados Federados de Micronesia existen cinco textos constitucionales: la Constitución nacional y las cuatro constituciones estatales.

3.La Constitución de los Estados Federados de Micronesia es la ley suprema del país, y las cuatro constituciones estatales independientes se adhieren a los principios de la Constitución nacional.

4.El propósito de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad se alinea con los principios de universalidad de los derechos y deberes fundamentales y de igualdad, consagrados en el artículo IV de la Constitución de los Estados Federados de Micronesia y en los principios básicos de nuestro sistema constitucional. La Declaración de Derechos del artículo IV de la Constitución de los Estados Federados de Micronesia reconoce y protege los derechos tradicionales y las prácticas consuetudinarias locales. Las disposiciones de la Carta de Derechos contenida en el título 1 del Código de los Estados Federados de Micronesia también reconocen el principio de igual protección de la ley independientemente del sexo, la raza, la ascendencia, el origen nacional, el idioma o la condición social.

5.Las cinco constituciones de los Estados Federados de Micronesia ofrecen una amplia protección de los derechos de las personas con discapacidad y de otros derechos, entre ellos los derechos a la vida, a la libertad y a la propiedad, así como las libertades de expresión, de reunión pacífica y de asociación y los derechos de petición y de libre ejercicio de la religión. Las garantías constitucionales de igual protección se activan cuando se produce discriminación que afecte a los derechos fundamentales.

6.En los ámbitos de la educación y la salud, existen varias medidas legislativas destinadas a proteger los intereses y el bienestar de las personas con discapacidad, por ejemplo la educación obligatoria para los niños con discapacidad.

7.Además, los Estados Federados de Micronesia han solicitado asistencia de la Comisión Económica y Social de las Naciones Unidas para Asia y el Pacífico (CESPAP) para efectuar un examen exhaustivo de la legislación a fin de detectar lagunas y armonizar las leyes con la Convención. Este examen llevará algún tiempo, dadas las diferencias existentes entre los marcos jurídicos de los cuatro estados y habida cuenta las dificultades derivadas de la pandemia de COVID-19.

8.En cualquier caso, el marco jurídico nacional relativo a las personas con discapacidad emplea una definición limitada de la discapacidad, aunque cada estado suele adaptarla a su propia situación cuando legisla sobre esta materia. Por ejemplo, en uno de los estados, el término “personas con discapacidad” se define como “aquellas personas, cualquiera que sea su edad, respecto de las cuales se haya determinado anteriormente y se considere en la actualidad que tienen una discapacidad mental; una deficiencia auditiva, incluida la sordera; un trastorno del habla o del lenguaje; una deficiencia visual, incluida la ceguera; un trastorno emocional; una deficiencia del aparato locomotor; autismo; un traumatismo craneoencefálico; otros problemas de salud; discapacidades específicas del aprendizaje; sordoceguera o deficiencias múltiples; y que, debido a esas deficiencias, necesitan que se les proporcionen servicios especiales”. En el título 40 del Código de los Estados Federados de Micronesia figura una definición similar, referida específicamente a los niños y jóvenes de hasta 21 años con discapacidad que, a causa de esas deficiencias, necesitan educación especial y servicios conexos.

9.En 2019, la Asamblea Legislativa del estado de Pohnpei aprobó la Ley de Discapacidad de Pohnpei de 2019. Esta ley establece que el concepto de personas con discapacidad incluye a aquellas personas, cualquiera que sea su edad, respecto de las cuales se haya determinado anteriormente y se considere en la actualidad que tienen una discapacidad mental, una deficiencia sensorial, incluidas las deficiencias auditivas, del habla o del lenguaje; una deficiencia visual, incluida la ceguera; una deficiencia motriz o del aparato locomotor; autismo, un traumatismo craneoencefálico, una discapacidad específica del aprendizaje; sordoceguera, diversas deficiencias similares u otra deficiencia de salud reconocida médicamente que afecten a la movilidad, y que la existencia de tal discapacidad puede dificultar la integración en la comunidad en lo que respecta a la participación efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones. Al reconocer que la discapacidad es el resultado de la interacción entre la deficiencia y las barreras externas, las diversas legislaciones tanto del Gobierno nacional como de los gobiernos estatales avanzan hacia la armonización de sus definiciones jurídicas del concepto de persona con discapacidad con la establecida en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, lo que implica un importante cambio de paradigma desde los modelos médicos o caritativos hacia la consideración de la discapacidad como un fenómeno social. Además, reviste especial importancia el reconocimiento de que tanto las deficiencias físicas como las mentales y las sensoriales pueden dar lugar a una discapacidad.

10.El 3 de diciembre de 2021, el Gobernador del estado de Kosrae promulgó la Ley de Discapacidad de Kosrae de 2021. La Asamblea Legislativa del estado de Kosrae reconoce la importancia de que los Estados Federados de Micronesia hayan ratificado la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La Ley de Kosrae tiene por objeto garantizar la igualdad de oportunidades y promover el respeto de la igualdad de género para todas las personas con discapacidad y, en este sentido, prevé la adopción de medidas prácticas para, por ejemplo, habilitar plazas de aparcamiento accesibles o adaptadas, facilitar el acceso a los edificios y ofrecer servicios educativos inclusivos, oportunidades de empleo y servicios sociales de apoyo creados expresamente para atender las necesidades de todas las personas con discapacidad.

11.El 7 de febrero de 2022, el Gobernador del estado de Chuuk promulgó la Ley de Discapacidad del Estado de Chuuk de 2022. La Ley de Discapacidad del Estado de Chuuk de 2022 se aprobó con el fin de proporcionar servicios especiales a las personas con discapacidad y de encomendar al Gobernador del estado de Chuuk la elaboración de un plan para las personas con discapacidad.

12.El Gobierno de los Estados Federados de Micronesia es consciente de que algunas disposiciones legislativas nacionales y estatales, en particular las promulgadas antes de la ratificación de la Convención —por ejemplo las relativas al plan de pensiones del estado de Pohnpei, la educación especial y la seguridad social— contienen definiciones divergentes de la discapacidad, que no se ajustan plenamente ni respaldan de forma íntegra los objetivos de la Convención.

13.La Constitución de los Estados Federados de Micronesia garantiza la protección de los derechos fundamentales de las personas, incluidos los derechos al debido proceso y a la igual protección de la ley, que, en su aplicación individual y conjunta, prohíben cualquier forma de discriminación contra las personas con discapacidad y obligan al Gobierno a elaborar una estrategia nacional y un plan de acción que sean no discriminatorios en su naturaleza y su aplicación. En consecuencia, el Gobierno ha elaborado la Política Nacional sobre Discapacidad de los Estados Federados de Micronesia, que ha sido aprobada por el Congreso nacional. La política está coordinada por el responsable de programas de juventud y punto focal sobre asuntos de discapacidad del Departamento de Salud y Asuntos Sociales. La Política sobre Discapacidad se elaboró mediante un proceso de consulta nacional con las partes interesadas, en el que participaron todos los estados de los Estados Federados de Micronesia y que tuvo lugar en marzo de 2006. El Departamento de Salud y Asuntos Sociales tiene el mandato de supervisar la aplicación de la política y subraya la necesidad de una sólida colaboración entre los puntos focales nacionales y estatales en materia de discapacidad. Las organizaciones de la sociedad civil, incluidas las iglesias, las organizaciones populares y las organizaciones comunitarias en las que participan personas con discapacidad, el sector privado y las asociaciones profesionales desempeñan un importante papel en la promoción de los derechos humanos y en la prestación de apoyo y servicios a las personas con discapacidad.

14.Tras la ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Gobierno ha asumido el compromiso de celebrar consultas y colaborar estrechamente con todas las partes interesadas pertinentes para tratar las cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad. Gracias a esta colaboración se organizó la primera edición del Foro sobre Discapacidad, al que asistieron diversas partes interesadas, entre ellas representantes de los grupos de personas con discapacidad. En el Foro se examinó la necesidad de fortalecer las iniciativas de promoción entre los gobiernos del país a fin de que las personas con discapacidad sean integradas en los procesos de adopción de decisiones. También es necesario que el Gobierno asigne recursos presupuestarios para avanzar en la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

15.El Gobierno proporciona apoyo económico a las personas con discapacidad, de forma directa e indirecta, mediante prestaciones de seguridad social vinculadas a la discapacidad y servicios de apoyo destinados a quienes tienen deficiencias crónicas y a las personas mayores de 65 años. Los beneficios económicos comprenden apoyo personal y asistencia para la vivienda y se conceden mediante un proceso de adjudicación, dado que los recursos disponibles son muy limitados. El Gobierno de los Estados Federados de Micronesia y los gobiernos de los distintos estados han puesto en marcha iniciativas propias a fin de mejorar la accesibilidad de los edificios públicos, como escuelas, hospitales y edificios e instalaciones gubernamentales, para las personas con discapacidad. No obstante, se requiere más tiempo para la plena ejecución de estas iniciativas, que estará condicionada a la disponibilidad de recursos financieros que garanticen su sostenibilidad.

16.El Equipo de Tareas sobre el Examen Periódico Universal y los Derechos Humanos sigue desempeñando sus funciones y responsabilidades esenciales en relación con el seguimiento de la aplicación de la Convención. El Equipo de Tareas está plenamente al tanto de la obligación del Gobierno de los Estados Federados de Micronesia de presentar informes al Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas a fin de acreditar los progresos realizados en la aplicación de la Convención.

17.Durante la primera edición del Foro sobre Discapacidad, celebrada en agosto de 2010 en el estado de Chuuk, representantes de organizaciones de la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales (ONG) y otras partes interesadas expresaron sus opiniones sobre cuestiones relacionadas con los derechos de las personas con discapacidad y manifestaron su pleno respaldo a la adhesión a la Convención.

18.También estuvieron presentes en el Foro asociados regionales de la Secretaría del Foro de las Islas del Pacífico, el Pacific Disability Forum, la Comisión Económica y Social de la Naciones Unidas para Asia y el Pacífico y el Disability Rights Fund. Las recomendaciones formuladas durante el Foro sobre Discapacidad se tuvieron en cuenta en la elaboración del presente informe. Entre las recomendaciones refrendadas por el Foro sobre Discapacidad figuraba la de formular planes de acción estratégicos para avanzar en la aplicación de la Política sobre Discapacidad de los Estados Federados de Micronesia, aprobada previamente mediante una resolución del Congreso nacional. En el Foro se recomendó asimismo promover iniciativas destinadas a mejorar la sensibilización, la labor de representación y las políticas orientadas a garantizar el reconocimiento de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad en todo el país. En el Foro también se pidió la creación de un consejo nacional sobre discapacidad encargado de coordinar las actividades relacionadas con las cuestiones de discapacidad. Se están realizando esfuerzos a nivel nacional para llevar estas recomendaciones a la práctica.

Artículos específicos

Artículo 5Igualdad y no discriminación

19.En el artículo IV, párrafo 4, de la Constitución se reconoce el principio de igual protección de la ley independientemente del sexo, la raza, la ascendencia, el origen nacional, el idioma o la condición social. La Constitución de los Estados Federados de Micronesia y las constituciones estatales protegen los derechos fundamentales de las personas con discapacidad, en el contexto del debido proceso y de la igual protección de la ley. Estas protecciones prohíben la discriminación contra las personas con discapacidad.

20.En los ámbitos de la educación y la salud, existen varias medidas legislativas destinadas a proteger los intereses y el bienestar de los niños con discapacidad, entre ellas la educación obligatoria.

21.La Constitución de los Estados Federados de Micronesia y las constituciones estatales garantizan una protección de amplio alcance para las personas con discapacidad. Si bien la Constitución nacional es la ley suprema del país, las cuatro constituciones estatales refuerzan la aplicación de las garantías de derechos y libertades que establece.

22.Las cinco constituciones estatales contienen cláusulas de igualdad de protección de la ley que garantizan los derechos y las libertades fundamentales conferidos a todos los ciudadanos de los Estados Federados de Micronesia, sin distinción de sexo, raza, ascendencia, origen nacional, idioma, religión o condición social. La Constitución de los Estados Federados de Micronesia, en su artículo IV, párrafo 4, establece que “la igualdad de protección de la ley no podrá ser denegada ni restringida por razón de sexo, raza, ascendencia, origen nacional, idioma o condición social”.

23.La Constitución del Estado de Kosrae, en su artículo II, párrafo 1 c), establece que “la igualdad de protección de la ley no podrá ser denegada ni restringida por razón de sexo, raza, ascendencia, origen nacional, idioma o condición social”. La Constitución del estado de Pohnpei, en su artículo IV, párrafo 3, establece que “ninguna ley ni ninguna medida gubernamental de otro tipo podrá negar ni restringir los derechos de que gozan en igualdad de condiciones todas las personas por motivos de género, raza, ascendencia, origen nacional, religión, idioma o condición social. Ninguna persona podrá ser privada de la igual protección de la ley”. La Constitución del estado de Chuuk, en su artículo III, párrafo 2, establece que “ninguna persona podrá ser privada de la vida, la libertad o la propiedad sin un proceso con todas las garantías, ni ver negada la igualdad de protección de la ley, ni ver restringido el disfrute de los derechos civiles, ni ser discriminada en el ejercicio de esos derechos por motivos de raza, sexo, religión, idioma, dialecto, ascendencia, origen nacional o condición social”. La Constitución del estado de Yap, en su artículo II, párrafo 4, establece que “ninguna persona podrá ser privada de la vida, la libertad o la propiedad sin un proceso con todas las garantías, ni ver negada la igualdad de protección de la ley, ni ver restringido el disfrute de sus derechos civiles, ni ser discriminada en el ejercicio de esos derechos por motivos de raza, sexo, religión, idioma, ascendencia u origen nacional”.

Artículo 8Toma de conciencia

24.El Gobierno de los Estados Federados de Micronesia promueve el establecimiento de relaciones estratégicas con todas las partes interesadas pertinentes, tanto gubernamentales como de las ONG, con el fin de impulsar actividades e iniciativas de información y sensibilización sobre los derechos de las personas con discapacidad. Algunas medidas de sensibilización se aplican ya desde la celebración, en 2010, de la primera edición del Foro Nacional sobre Discapacidad, que contó con la participación de representantes del Gobierno nacional, los gobiernos estatales y las ONG, en particular los Grupos Asesores en Asuntos de Discapacidad de los estados.

Artículo 9Accesibilidad

25.Mejorar la accesibilidad es una prioridad actual para el Gobierno , y se están celebrando debates para elaborar directrices sobre accesibilidad y aprobar un código nacional de construcción que atienda las necesidades de las personas con discapacidad. En ese código se establecerán requisitos detallados de construcción para los edificios nuevos, a fin de garantizar la accesibilidad para las personas con discapacidad, en particular las que usan silla de ruedas o tienen visión reducida.

26.También está previsto realizar una auditoría de accesibilidad en todos los edificios e instalaciones públicas. Esta tarea estará a cargo del Departamento de Transporte, Comunicaciones e Infraestructura, el Departamento de Salud y Asuntos Sociales y el Departamento de Educación. El resultado proporcionará la información necesaria para mejorar el acceso de las personas con discapacidad en todos los edificios e instalaciones públicas.

27.En enero de 2021, el Presidente de los Estados Federados de Micronesia ordenó la creación de un grupo de trabajo compuesto por el Departamento de Transporte, Comunicaciones e Infraestructura, la Unidad de Gestión de Programas y representantes de los cuatro estados. El objetivo del grupo de trabajo es elaborar el código de construcción.

28.Según el Plan de Desarrollo de Infraestructura de los Estados Federados de Micronesia 2016-2025, los proyectos actuales se diseñan por lo general conforme a códigos, normas y directrices internacionales, teniendo en cuenta de manera limitada las circunstancias específicas del país. Se han formulado algunas directrices para determinados aspectos, entre ellos las cargas sísmicas y del viento, cuyo contenido se sintetiza en la Guía de Adaptación al Clima para Infraestructuras. Se prevé elaborar un código nacional de construcción, que incluya requisitos específicos para cada estado cuando proceda. Se basará en el Código Internacional de la Edificación y en otros códigos y normas estadounidenses, pero se tendrán en cuenta las necesidades de los Estados Federados de Micronesia y se integrarán las directrices estatales y nacionales vigentes. Se elaborarán códigos de infraestructura para los sectores de la educación y la salud a nivel estatal, coordinados a nivel nacional, a fin de establecer normas mínimas de ordenación espacial para los edificios de educación y salud, complementarias a los códigos de construcción.

29.Existen varias leyes a nivel estatal que incluyen disposiciones sobre códigos de construcción, aunque su ámbito de aplicación es más amplio. Por ejemplo, el capítulo 21 del título 11 del Código del Estado de Kosrae contiene una ley de construcción de amplio alcance, cuyo propósito es establecer y garantizar normas y requisitos razonables y uniformes para las obras y los materiales de construcción, en consonancia con las normas reconocidas de ingeniería y de prevención de incendios. Los demás estados cuentan con disposiciones similares que, en efecto, es necesario modificar a fin de atender las necesidades y preocupaciones de las personas con discapacidad y garantizar un acceso más adecuado a cualquier edificio del país.

Artículo 10Derecho a la vida

30.La Constitución de los Estados Federados de Micronesia y las constituciones estatales de Kosrae, Pohnpei, Chuuk y Yap garantizan la igualdad de derechos y la protección de la ley, protegen el derecho a la vida y prohíben a las autoridades privar de la vida mediante la pena de muerte. Las disposiciones se aplican también a las personas con discapacidad.

31.En el artículo IV, párrafo 4, de la Constitución nacional se dispone que todas las personas tiene derecho a la igual protección de la ley independientemente de su sexo, raza, ascendencia, origen nacional, idioma o condición social. El artículo 9 prohíbe la pena de muerte.

32.La Constitución de Kosrae, en su artículo II, párrafo 1, establece que ninguna persona puede ser privada de la vida y que todas las personas tienen derecho a la igual protección de la ley. El artículo también prohíbe la pena de muerte.

33.En el artículo 4, párrafo 3, de la Constitución de Pohnpei se dispone que todas las personas gozan de los mismos derechos y que ninguna ley ni medida gubernamental debe privarlas de ellos. En el mismo párrafo también se establece que ninguna persona debe ser privada de la igual protección de la ley. El artículo 4, párrafo 11, se dispone que ningún delito puede ser castigado con la pena de muerte.

34.La Constitución de Chuuk, en su artículo III, párrafo 2, establece que ninguna persona puede ser privada del derecho a la vida y que todas las personas gozan del derecho a la igual protección de la ley. El artículo II, párrafo 4, de la Constitución de Yap contiene la misma disposición sobre el derecho a la vida y la igual protección de la ley.

Artículo 11Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias

35.La Ley de Socorro en Casos de Desastre de los Estados Federados de Micronesia, de 1998, fija las obligaciones del Gobierno nacional en materia de asistencia para la respuesta estatal a los desastres naturales y los causados por el ser humano.

36.La Ley atribuye al Gobierno nacional la responsabilidad de prestar asistencia a los estados para preparar, mantener y revisar sus planes de emergencia, así como la de establecer los requisitos mínimos de dichos planes. El Gobierno nacional también es responsable de preparar y distribuir a los estados una lista de los programas públicos y privados extranjeros de asistencia disponibles en caso de desastre.

37.La Ley asigna a los estados la responsabilidad de preparar planes de emergencia, nombrar a un funcionario que los elabore y mantenga, difundir alertas e información sobre los desastres y gestionar las solicitudes de asistencia para la prevención, la preparación y la recuperación en caso de desastre.

38.Las responsabilidades establecidas por la Ley proporcionan un marco en el que integrar medidas específicas destinadas a las personas con discapacidad en las respuestas a los desastres.

39.Además, el Gobierno nacional cuenta con un Plan Nacional de Respuesta ante Desastres, de 2016. El Plan integra la discapacidad y presta “especial atención a las cuestiones de género y a las necesidades de los grupos marginados, como […] las personas con discapacidad”. Uno de sus principios fundamentales es la consideración de las necesidades de los grupos vulnerables y marginados, incluidas las personas que viven en atolones remotos, las personas con discapacidad y las personas de edad. El Plan también refuerza los sistemas de gobernanza nacionales y estatales para la gestión de los desastres y del riesgo de desastres, y adopta un “enfoque de todo el país”, conectando a las comunidades con los marcos estatales, nacionales, regionales e internacionales. El Plan se estructura en tres partes principales: políticas, principios y propósitos; arreglos institucionales para la gestión de desastres; y disposiciones operacionales para la gestión de desastres.

40.El Departamento de Medio Ambiente, Cambio Climático y Gestión de Emergencias es un órgano nacional establecido por ley que se encarga de garantizar que los Estados Federados de Micronesia estén preparados para hacer frente a desastres naturales y otras emergencias. Las medidas adoptadas en casos de riesgo, desastre o emergencia se extienden a todas las personas de los Estados Federados de Micronesia, independientemente de que tengan o no discapacidad.

41.En los Estados Federados de Micronesia existen una ley nacional de desastres y un plan nacional de desastres, pero aún no se ha elaborado un plan de acción nacional. La Ley Nacional de Desastres de los Estados Federados de Micronesia es un acuerdo para modificar el artículo X del Acuerdo sobre Programas y Servicios Federales entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de los Estados Federados de Micronesia. El plan de gestión de desastres es un plan pluriestatal de mitigación frente a diversas amenazas para los Estados Federados de Micronesia.

42.La Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) es la principal entidad federal de los Estados Unidos responsable, en virtud del Convenio de Libre Asociación entre los Estados Federados de Micronesia y los Estados Unidos de América, en su versión modificada, de proporcionar asistencia para casos de desastre en el futuro a los Estados Federados de Micronesia. El Convenio, en su versión modificada, describe los procedimientos de respuesta y notificación para el proceso de socorro en casos de desastre. De conformidad con el artículo 404 del título 10 del Código de los Estados Unidos, el Departamento de Defensa puede ayudar a países extranjeros a responder a situaciones de desastre de origen humano o natural cuando sea necesario para evitar la pérdida de vidas. Una vez que la embajada local de los Estados Unidos ha declarado oficialmente un desastre, la Oficina de Asistencia para Desastres en el Extranjero evalúa las necesidades y prioridades del país y puede solicitar la asistencia del Departamento de Defensa. La asistencia puede consistir en transporte, bienes excedentarios, raciones humanitarias u otros suministros. La asignación para Ayuda Humanitaria, Desastres y Ayuda Cívica en el Extranjero o USAID pueden financiar el transporte de ayuda en caso de desastre.

Artículo 12Igual reconocimiento como persona ante la ley

43.La igualdad ante la ley se reconoce como un principio fundamental del sistema judicial de los Estados Federados de Micronesia, está consagrada tanto en la Constitución nacional como en las constituciones estatales, se aplica en todos los niveles del Gobierno y se reafirma en las decisiones judiciales. Está garantizada por la Constitución nacional, en cuyo artículo IV, párrafo 3, se establece que “no se podrá negar a ninguna persona la igual protección de la ley”. El párrafo 4 del mismo artículo refuerza aún más esta garantía de derecho, de la manera siguiente: “La igualdad de protección de la ley no podrá ser denegada ni restringida por razón de sexo, raza, ascendencia, origen nacional, idioma o condición social”.

44.Las personas con discapacidad gozan de igual protección de derechos en virtud de la legislación nacional. A nivel estatal, se reafirma la protección de la igualdad ante la ley. Por ejemplo, la Constitución del Estado de Kosrae, en su artículo II, párrafo 1 c), establece que “la igualdad de protección de la ley no podrá ser denegada ni restringida por razón de sexo, raza, ascendencia, origen nacional, idioma o condición social”.

45.La Constitución del estado de Pohnpei, en su artículo IV, párrafo 3, establece que “ninguna ley ni ninguna medida gubernamental de otro tipo podrá negar ni restringir los derechos de que gozan en igualdad de condiciones todas las personas por motivos de género, raza, ascendencia, origen nacional, religión, idioma o condición social. Ninguna persona podrá ser privada de la igual protección de la ley”.

46.La Constitución del estado de Chuuk, en su artículo III, párrafo 2, establece que “ninguna persona podrá ser privada de la vida, la libertad o la propiedad sin un proceso con todas las garantías, ni ver negada la igualdad de protección de la ley, ni ver restringido el disfrute de los derechos civiles, ni ser discriminada en el ejercicio de esos derechos por motivos de raza, sexo, religión, idioma, dialecto, ascendencia, origen nacional o condición social”.

47.La Constitución del estado de Yap, en su artículo II, párrafo 4, establece que “ninguna persona podrá ser privada de la vida, la libertad o la propiedad sin un proceso con todas las garantías, ni ver negada la igualdad de protección de la ley, ni ver restringido el disfrute de sus derechos civiles, ni ser discriminada en el ejercicio de esos derechos por motivos de raza, sexo, religión, idioma, ascendencia u origen nacional”.

48.La igualdad ante la ley es uno de los derechos civiles garantizados que se hacen valer en todo el país. Conforme a la legislación nacional, constituye delito que cualquier persona, de manera deliberada y actuando o no bajo apariencia de legalidad, prive a otra persona del libre ejercicio o disfrute de cualquier derecho, privilegio o inmunidad que le reconocen la Constitución o las leyes de los Estados Federados de Micronesia, o la lesione, oprima, amenace o intimide en el ejercicio o disfrute de dichos derechos, privilegios o inmunidades, o por haberlos ejercido. Una persona declarada culpable de este delito puede ser sancionada con una pena de prisión de hasta diez años. Esto se establece en el título 11, artículo 701, del Código de los Estados Federados de Micronesia.

49.El Secretario de Justicia vela por el respeto de los derechos civiles en virtud de las facultades que le otorga el artículo V de la Orden Ejecutiva núm. 1 de 2008, en su versión modificada, con el fin de prohibir toda forma de discriminación o vulneración de los derechos civiles. Dichos derechos también son garantizados por el Tribunal Supremo de los Estados Federados de Micronesia en ejercicio de la autoridad que le confiere el título 11, artículo 701, del Código nacional. En varios casos, el Tribunal Supremo ha aplicado el artículo 701 al decidir cuestiones relativas a los derechos civiles.

50.Además, al hacer valer un derecho civil, el Tribunal Supremo puede condenar al pago de honorarios de abogado y costas a favor de los litigantes que hayan obtenido sentencia favorable y cuyos derechos hayan sido vulnerados. El tribunal explicó la razón que justifica la concesión de honorarios de abogado en los asuntos de derechos civiles, indicando que deben fijarse, como mínimo, en un nivel suficientemente elevado para no disuadir a los abogados de asumir estos asuntos y para permitir que un abogado que considere vulnerados los derechos civiles pueda presentar un caso sin un sacrificio económico excesivo. (Tolenoa v. Alokoa, 2 FSM Intrm. 247, 255 (Kos. 1986)).

Artículo 13Acceso a la justicia

51.El acceso a la justicia está garantizado y protegido para todas las personas, sin discriminación. Se trata de un derecho constitucional que no solo es reconocido por el Gobierno, sino que además se aplica plenamente. La Constitución nacional confiere este mandato al Tribunal Supremo. En la administración de justicia, el tribunal defiende la norma fundamental de la igualdad de trato para todas las personas. Cualquier persona puede acudir a los tribunales para obtener justicia haciendo valer sus derechos. Normalmente se designa a un juez independiente para conocer de los asuntos y decidir sobre la base de los hechos y las pruebas, con arreglo a las normas de procedimiento establecidas por el tribunal.

52.Existen tres sistemas judiciales que garantizan el acceso a la justicia: 1) el tribunal nacional, que es el Tribunal Supremo de los Estados Federados de Micronesia; 2) los tribunales estatales, denominados también Tribunales Supremos Estatales, en cada uno de los cuatro estados; y 3) los tribunales municipales. En todos los tribunales hay jueces preparados para resolver los asuntos que se les planteen.

53.Es evidente que existen barreras naturales para acceder a la justicia, como las que se derivan de la configuración geográfica del país. Hay también otras barreras como las limitaciones financieras, socioculturales y educativas. A fin de minimizar los efectos de estas barreras, el Gobierno nacional proporciona asistencia jurídica gratuita a las personas que no pueden costearse su propia asistencia letrada. En los procesos penales, el Gobierno proporciona asistencia jurídica gratuita a los acusados que no pueden contratar a un abogado particular. En este sentido, la Defensoría Pública recibe financiación del Congreso nacional para prestar este servicio.

54.La Micronesian Legal Services Corporation es otra entidad subvencionada por el Gobierno nacional que presta asistencia jurídica gratuita en asuntos civiles y administrativos. Se da especial prioridad a las personas con discapacidad. En muchos casos, la intervención de la Micronesian Legal Services Corporation resulta decisiva para obtener órdenes judiciales de alejamiento destinadas a proteger a las víctimas de violencia doméstica. Aunque los datos al respecto son incompletos, las personas con discapacidad tienen acceso a asistencia y servicios jurídicos gratuitos. La Micronesian Legal Services Corporation también está organizando campañas de sensibilización, especialmente en las islas periféricas, con el fin de informar a toda la población sobre los derechos que les reconoce la ley.

55.Además, el Tribunal Supremo mantiene oficinas locales en los cuatro estados de la Federación para acercar sus servicios e instalaciones a quienes deban realizar trámites oficiales.

56.El poder judicial de los Estados Federados de Micronesia, representado por el Tribunal Supremo, fue creado en virtud del artículo XI de la Constitución nacional. El poder judicial recae en el Tribunal Supremo y en los tribunales inferiores establecidos por ley. (Art. XI, párr. 1).

57.El Tribunal Supremo es un tribunal con registro oficial de sus actuaciones y constituye la máxima instancia judicial del país. Está compuesto por el presidente del Tribunal Supremo y un máximo de cinco magistrados. En este momento, solo hay dos magistrados que asisten al presidente. Recientemente fallecieron dos magistrados, y el Presidente nombró a otros dos, pero no pudieron asumir el cargo.

58.Todos los magistrados forman parte tanto de la Sala de Primera Instancia como de la Sala de Apelación, si bien las sesiones de la Sala de Primera Instancia puedan celebrarse con un solo magistrado. Ningún magistrado puede participar en la Sala de Apelación en un asunto que haya juzgado en la Sala de Primera Instancia. Los recursos de apelación son vistos y decididos por al menos tres magistrados, y la decisión se adopta por mayoría de los magistrados presentes. (Art. XI, párr. 2).

59.El presidente y los magistrados del Tribunal Supremo son nombrados por el Presidente de los Estados Federados de Micronesia, previa aprobación de dos terceras partes del Congreso. Los magistrados permanecen en el cargo mientras mantengan buena conducta. (Art. XI, párr. 3).

60.Si el presidente del Tribunal Supremo no puede desempeñar sus funciones, designará a un magistrado para que actúe en su lugar. Si el cargo está vacante, o si el presidente del Tribunal Supremo no efectúa el nombramiento, el Presidente de los Estados Federados de Micronesia designará a un magistrado para que actúe como presidente del Tribunal Supremo hasta que se cubra la vacante o hasta que el titular retome sus funciones. (Art. XI, párr. 4).

61.Las cualificaciones y la remuneración de los magistrados y demás jueces podrán establecerse por ley. La remuneración de los jueces no podrá reducirse durante su mandato, salvo que todos los sueldos establecidos por ley se reduzcan en un porcentaje uniforme. (Art. XI, párr. 5).

62.La Sala de Primera Instancia del Tribunal Supremo tiene competencia originaria y exclusiva en los asuntos que afecten a funcionarios de Gobiernos extranjeros, en las controversias entre estados, en las causas de derecho marítimo y en las causas en que sea parte el Gobierno nacional, salvo cuando esté en juego un derecho sobre tierras. (Art. XI, párr. 6).

63.La Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo puede revisar los asuntos vistos por los tribunales nacionales, así como los asuntos vistos por los tribunales estatales o locales cuando sea necesaria la interpretación de la Constitución, del derecho nacional o de un tratado. Si la constitución de un estado lo permite, la Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo puede revisar en apelación otros asuntos procedentes del tribunal estatal de máxima instancia en el que pueda adoptarse una decisión. (Art. XI, párr. 7).

64.Desde 1981, el Tribunal Supremo ha trabajado para anticiparse a las necesidades de los tribunales, responder a ellas y respaldar los sistemas judiciales de los Estados Federados de Micronesia.

65.Mediante su liderazgo y servicio, la aportación de perspectivas nacionales y estatales sobre cuestiones judiciales y el trabajo conjunto con las presidencias y otros responsables de los tribunales estatales, el Tribunal Supremo contribuye de manera esencial a fortalecer y consolidar la confianza pública en el sistema judicial nacional.

66.En los Estados Federados de Micronesia operan algunos bufetes de abogados privados que también prestan servicios jurídicos a sus clientes con sujeción al pago de los correspondientes honorarios. La cuantía está regulada por el Tribunal Supremo. En un caso, el Tribunal Supremo determinó que “el abogado de la parte que ha obtenido un pronunciamiento favorable suele cobrar honorarios de 100 dólares de los Estados Unidos por hora por los servicios jurídicos en la comunidad donde se presentó el asunto, y cuando esa cuantía coincide con la tarifa horaria que aplican otros abogados de la localidad o se aproxima a ella, el tribunal puede conceder a la dicha parte honorarios de abogado calculados sobre la base de la tarifa horaria de 100 dólares”. (Tolenoa v. Kosrae, 3 FSM Intrm. 167, 173 (App. 1987)). La cuantía de 100 dólares por hora parece ser la tarifa habitual.

Artículo 14Libertad y seguridad de la persona

67.Según la Declaración de Derechos, toda persona tiene derecho a no ser detenida ni privada de libertad. En el artículo IV, párrafo 8, de la Constitución nacional se establece que el habeas corpus no podrá suspenderse salvo que sea necesario para la seguridad pública en casos de rebelión o invasión. El recurso de habeas corpus permite a cualquier persona detenida o encarcelada solicitar al tribunal que examine la legalidad de su privación de libertad. No se hacen distinciones por motivos de discapacidad.

Artículo 15Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

68.En el artículo IV, párrafo 8, de la Constitución nacional se establece que ninguna ley se interpretará ni aplicará de manera tal que imponga o autorice la imposición de multas excesivas o tratos o penas crueles e inusuales a ninguna persona. Asimismo, en el artículo IV, párrafo 9, se establece la prohibición de la pena de muerte. Tres de las cuatro constituciones estatales también contienen esta prohibición.

69.Además de las protecciones generales del derecho penal y civil frente a las agresiones u otros malos tratos, existe una prohibición expresa de la tortura, aunque esta práctica persiste en algunos centros de reclusión. Es delito descuidar o maltratar a un paciente o a una persona respecto de la cual se haya solicitado el sometimiento a tratamiento obligatorio. En Metou v. Uwera (5 FSM Intrm. 139, 144 (Chk. S. Ct. Tr. 1991)), el Tribunal Supremo del Estado de Chuuk determinó que se habían vulnerado el derecho constitucional de la persona al debido proceso y su derecho a no ser sometida a penas o tratos crueles e inusuales cuando un agente la arrojó al suelo y la golpeó en la cárcel, sin que se le proporcionara protección frente a la agresión.

70.Excepto en los casos de incapacidad mental o de emergencias que requieran intervenciones para salvar la vida, en los cuatro estados se respalda el derecho de las personas con discapacidad a prestar su consentimiento para procedimientos o tratamientos médicos o científicos, o para la experimentación. El estado de Chuuk está preparando alternativas al internamiento de pacientes con enfermedades mentales de alto riesgo en el centro penitenciario estatal, a fin de que reciban atención en la comunidad con apoyo familiar.

Artículo 16Protección contra la explotación, la violencia y el abuso

71.El Gobierno de los Estados Federados de Micronesia está colaborando estrechamente con todos los estados para promulgar leyes contra la violencia doméstica. La violencia, en particular la violencia doméstica, es un problema que afecta a todas las personas, no solo a las personas con discapacidad.

72.Los delitos sexuales son una competencia exclusiva de los gobiernos estatales. El Gobierno nacional tiene poco control sobre la política y la reforma legislativa.

73.Sin embargo, el Gobierno nacional cuenta con los medios —recursos financieros, capacidad y conexiones regionales e internacionales— para trabajar conjuntamente con los gobiernos estatales y promover la promulgación de leyes contra la violencia doméstica. De hecho, el Gobierno nacional sigue colaborando con algunos estados en ciertos ámbitos conexos, como el aumento de la edad mínima para contraer matrimonio en el caso de las mujeres, la política de no desestimación de casos y el aumento de las penas por delitos relacionados con la violencia sexual de género.

74.En agosto de 2015, Kosrae se convirtió en el primer estado de los Estados Federados de Micronesia en promulgar legislación propia sobre la violencia doméstica, a saber, la Ley de Protección de la Familia. Posteriormente, en 2017, el estado de Pohnpei aprobó la Ley contra la Violencia Doméstica. Yap y Chuuk se encuentran en la fase de redacción de sus propias leyes contra la violencia doméstica.

75.La legislación nacional contra la trata de personas establece una pena máxima de 30 años de prisión y una multa de 50.000 dólares por trata de niños. En Yap y Kosrae, las leyes estatales sobre violación de menores protegen a los niños de hasta 13 años, mientras que en Pohnpei protegen a los niños de hasta 15 años. El 23 de septiembre, el estado de Chuuk aprobó una ley por la que se elevó la edad de consentimiento a los 18 años. Las penas máximas varían según el estado. Por ejemplo, en Chuuk y Pohnpei, la pena es de cinco años de prisión y una multa de 5.000 dólares, mientras que en Kosrae y Yap es de diez años de prisión y una multa de 20.000 dólares. Solo Pohnpei cuenta con legislación que prohíbe la pornografía infantil. Chuuk y Pohnpei tienen disposiciones que prohíben la filmación de material de contenido sexual con menores de edad, mientras que Yap y Kosrae carecen de disposiciones de ese tipo. Tanto Chuuk como Pohnpei imponen una pena de seis meses de prisión por las correspondientes infracciones.

76.La legislación de protección de la familia en los Estados Federados de Micronesia y en Kosrae, el avance hacia el establecimiento de sistemas de derivación, los comités de violencia doméstica creados en Pohnpei y Kosrae y el fortalecimiento de los servicios de asesoramiento en Pohnpei y Chuuk constituyen avances significativos. El estado de Pohnpei estableció una unidad de violencia doméstica en el Departamento de Seguridad Pública.

Artículo 17Protección de la integridad personal

77.Con arreglo a la legislación de los Estados Federados de Micronesia, toda persona tiene derecho a rechazar cualquier tratamiento médico. Este derecho solo está sujeto a los límites razonables que puedan justificarse de forma demostrable en una sociedad libre y democrática.

78.Todas las personas que accedan a los servicios de salud y discapacidad deben ser informadas de sus derechos, ser tratadas con respeto y recibir los servicios de forma que se respeten su dignidad, su privacidad y su independencia. Con arreglo a la legislación estatal en materia de salud, se exige que, salvo en circunstancias excepcionales, las personas otorguen su consentimiento informado antes de que se realice cualquier procedimiento, incluida la esterilización.

79.Para el confinamiento forzoso de una persona con discapacidad mental se requiere una orden judicial. Esto supone que la persona cuente con asesoramiento letrado y que la familia preste su consentimiento para el confinamiento. Así se garantiza la protección efectiva de los intereses de la persona y se posibilita la impugnación y la revisión de los procedimientos de tratamiento.

80.En los hospitales estatales y en los programas de salud reproductiva se exige el consentimiento informado de la persona o de su tutor legal antes de que se realice cualquier procedimiento. No se tiene constancia de ningún protocolo estatal que ordenen la realización de cualquiera de esas intervenciones sin consentimiento. Se llevó a cabo una evaluación externa conjunta de alcance nacional sobre la observancia de las normas sanitarias internacionales en los establecimientos y programas estatales de salud. Tuvo lugar en agosto de 2018 y estuvo a cargo de la Organización Mundial de la Salud. En julio de 2017, la OMS llevó a cabo un examen en el estado de Pohnpei, dirigido por el profesor Llewellyn, sobre la situación de los servicios para personas con discapacidad.

Artículo 18Libertad de desplazamiento y nacionalidad

81.En el artículo IV, párrafo 12, de la Constitución nacional se establece que los ciudadanos pueden viajar y trasladarse dentro de los Estados Federados de Micronesia. Hasta la fecha, no se ha planteado ninguna situación en la que se haya cuestionado el derecho a salir del país o a regresar. Según este principio, se entiende que todos los ciudadanos de los Estados Federados de Micronesia, incluidas las personas con discapacidad, tienen derecho a la libertad de circulación, que solo puede restringirse de conformidad con la ley.

82.El derecho a la ciudadanía de los Estados Federados de Micronesia y a poseer un pasaporte no está condicionado por motivos de discapacidad. En el Departamento de Salud y Asuntos Sociales y en la Oficina de Estadística de los Estados Federados de Micronesia se mantienen los registros de nacimientos y de defunciones. Ambas entidades reciben informes mensuales relativos a dichos registros. El registro de nacimientos no se considera un problema grave en los Estados Federados de Micronesia, ya que la mayoría de los nacimientos tienen lugar en hospitales y, en general, la inscripción se efectúa en el momento del nacimiento. Existe una tendencia generalizada entre la población a registrar los nacimientos, ya que se requiere un certificado de nacido vivo para solicitar el pasaporte. El hecho de que para los viajes aéreos, tanto nacionales como internacionales, se requiera pasaporte válido contribuye a que la política de registro de los nacimientos se satisfaga indirectamente. Las excepciones al registro de los nacimientos se limitan a algunos partos en las islas periféricas, que son asistidos por una partera tradicional o un auxiliar de salud. En cualquier caso, todos los niños, incluidos los niños con discapacidad, que no hayan sido inscritos en el registro al nacer son inscritos a los 5 años, cuando se matriculan en la escuela primaria. Según el Departamento de Salud y Asuntos Sociales, en 2015 la cobertura del registro de nacimientos y defunciones alcanzaba aproximadamente el 70 %. El Gobierno está solicitando asistencia para poner en marcha un sistema de registro civil que permita consignar con precisión la información pertinente sobre los nacimientos.

Artículo 19Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad

83.No hay un sistema establecido que proporcione asistentes personales a las personas con discapacidad. El Gobierno de los Estados Federados de Micronesia está estudiando qué puede ofrecer, dados sus recursos limitados. La prioridad del Gobierno es garantizar que las personas con discapacidad conozcan sus derechos, puedan acceder más fácilmente a las instalaciones y servicios públicos y estén integradas en instituciones públicas como las escuelas.

84.El Gobierno proporciona apoyo económico a las personas con discapacidad, de forma directa e indirecta, mediante prestaciones de seguridad social vinculadas a la discapacidad y servicios de apoyo destinados a quienes tienen deficiencias crónicas y a las personas mayores de 65 años, que comprenden apoyo personal y asistencia para la vivienda y se conceden mediante un proceso de adjudicación facilitado por entidades competentes de los Estados Unidos.

Artículo 20Movilidad personal

85.En los Estados Federados de Micronesia, el Gobierno nacional y los gobiernos estatales han adoptado medidas para facilitar la movilidad personal de las personas con discapacidad, por ejemplo instalando rampas de acceso, habilitando plazas de aparcamiento reservadas y ensanchando las aceras.

Artículo 21Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información

86.Tanto el Gobierno de los Estados Federados de Micronesia como los gobiernos estatales respetan la libertad de expresión. Existen mecanismos para garantizar el pleno respeto de este importante derecho constitucional. El Fiscal General de los Estados Federados de Micronesia tiene la obligación legal de garantizar la observancia de los derechos civiles. Los fiscales generales de los estados tienen una obligación similar en el ámbito estatal.

87.Según el artículo IV, párrafo 1, de la Constitución nacional, ninguna ley podrá negar ni restringir la libertad de expresión. Todas las personas tienen derecho a expresar y difundir libremente sus pensamientos mediante palabras, imágenes o cualquier otro medio, así como a informar, informarse y ser informadas sin impedimentos ni discriminación. El derecho de los ciudadanos a expresar sus opiniones, incluidas las críticas a los cargos públicos, es fundamental para el desarrollo de un sistema político sano.

Artículo 22Respeto de la privacidad

88.La Constitución de los Estados Federados de Micronesia, en su artículo IV, párrafo 5, garantiza el derecho a la inviolabilidad de la integridad personal, del domicilio, de los documentos y de las demás pertenencias frente a registros, incautaciones o injerencias en la privacidad no justificadas. Estos derechos se reafirman en el título 1, artículo 103 —la Carta de Derechos— del Código de los Estados Federados de Micronesia.

89.No se podrá vulnerar el derecho a la inviolabilidad de la integridad personal, del domicilio, de los documentos y de las demás pertenencias frente a registros, incautaciones o injerencias en la privacidad no justificadas. No se podrá emitir una orden judicial salvo que exista una causa probable, sustentada en una declaración jurada que describa de manera precisa el lugar que deba registrarse y las personas o los bienes que deban incautarse.

90.Las constituciones de los cuatro estados protegen a las personas frente a injerencias injustificadas en su privacidad. El derecho a la privacidad se basa en la existencia de una expectativa legítima de que el bien, el documento o el lugar permanezca libre de injerencias gubernamentales. El derecho a la privacidad de una persona se protege en grado máximo cuando el Estado actúa en el ejercicio de funciones de aplicación de la ley.

Artículo 23Respeto del hogar y de la familia

91.Como se indicó anteriormente, el artículo IV de la Constitución de los Estados Federados de Micronesia garantiza a las “personas” la inviolabilidad de su integridad personal y de su domicilio. Esta garantía se extiende a las personas con discapacidad, ya que el término “personas” tiene un alcance suficientemente amplio para incluirlas. El derecho constitucional mencionado reconoce también el derecho de las personas con discapacidad a contraer matrimonio en igualdad de condiciones con los demás.

92.En el artículo IV, párrafo 1, de la Constitución se establece que ninguna ley podrá negar o restringir la libertad de expresión, de reunión pacífica, de asociación o de petición.

Artículo 24Educación

93.El título 40 del Código de los Estados Federados de Micronesia obliga al Gobierno a proporcionar servicios educativos a los niños de 6 a 14 años, incluidos los niños con discapacidad. Se otorga una protección especial a los niños con discapacidad mediante el establecimiento de procedimientos destinados a garantizarles el acceso a una educación primaria y secundaria pertinente, adecuada y gratuita hasta el grado 12º o hasta los 21 años de edad. En Kosrae, la ley aplicable en materia de educación es el título 12 del Código de Kosrae. Otras leyes pertinentes que garantizan el acceso de los niños con discapacidad a la educación preescolar y a la educación primaria, secundaria y superior obligatorias son la Ley Integral de Educación Especial, la Ley de Accesibilidad y la Ley de Lucha contra la Discriminación.

94.La Ley de Educación de Pohnpei, de 1999, en su artículo 1-2, establece el derecho de las personas a la educación y la obligación del estado de adoptar todas las medidas pertinentes y necesarias para proporcionar educación, de conformidad con el artículo 7, párrafo 3, de la Constitución del estado de Pohnpei.

95.El artículo 7 de la Constitución de Pohnpei, relativo a la salud y la educación, prevé en su párrafo 3 que el Gobierno debe garantizar la educación pública y la disponibilidad de escuelas; que las escuelas primarias públicas serán gratuitas; y que las tradiciones y costumbres del pueblo del estado se enseñarán en las escuelas públicas según lo dispuesto en la ley.

96.La Constitución de Chuuk, en su artículo X, párrafo 1, establece que en el estado de Chuuk se deberá garantizar la educación primaria pública gratuita y obligatoria y la educación secundaria pública gratuita, conforme a lo dispuesto por la ley.

97.En el artículo X, párrafo 2, de la constitución de Chuuk se dispone que el gobierno del estado se encargará de la creación, gestión y financiación de un sistema estatal de escuelas públicas que, dentro de los límites de sus recursos, impartirá una educación de calidad y pertinente, libre de control sectario y accesible para todas las personas del estado de Chuuk.

98.El artículo XII de la Constitución de Yap prevé, en su párrafo 2, que el Gobierno debe garantizar la educación pública y la disponibilidad de escuelas; que la educación primaria pública será gratuita; y que las tradiciones y costumbres del pueblo del estado se enseñarán en las escuelas públicas según lo dispuesto en la ley. En el mismo párrafo se establece que las normas de educación del estado de Yap deberán fijarse por ley.

99.Los Estados Federados de Micronesia cuentan con sistemas de datos e información que reúnen información desglosada sobre los niños y niñas con discapacidad en la educación preescolar. Ello es posible gracias a un sistema de seguimiento, el Sistema de Seguimiento de Información del Alumnado. El propósito de este sistema es realizar un seguimiento de los nuevos alumnos a través del proceso del Plan de Educación Individualizado, supervisar a los alumnos de educación especial a lo largo del año escolar y facilitar la preparación de informes dirigidos a los centros escolares y al Departamento de Educación de los Estados Unidos. Las principales objetivos del sistema son sintetizar los datos en un resumen para su presentación anual al Departamento de Educación de los Estados Unidos, garantizar la supervisión general al estado respecto del cumplimiento de los requisitos de la Ley de Educación de las Personas con Discapacidad y suministrar información de gestión de casos a nivel estatal que permita cumplir puntualmente los requisitos procedimentales relativos al reconocimiento, la evaluación, la colocación y la reevaluación de los alumnos con discapacidad.

100.En Kosrae, Chuuk y Yap se utiliza el Sistema de Información sobre la Gestión de la Educación. Pohnpei ha puesto en marcha el Sistema de Gestión de Datos de Educación. Anteriormente, los sistemas de gestión de datos de los departamentos de educación estatales se basaban principalmente en el Sistema de Gestión de Datos de Educación del Pacífico, creado con el apoyo de la organización Pacific Resource for Education Learning en el marco del Programa de Subvenciones Educativas para los Estados Libremente Asociados, un programa federal de educación de los Estados Unidos. El Sistema de Gestión de Datos de Educación de Pohnpei se basa fundamentalmente en el programa MS Excel. La organización Pacific Resource for Education Learning ha proporcionado asistencia técnica, capacitación y apoyo utilizando los fondos facilitados por el Departamento de Educación de los Estados Unidos. Actualmente, los Estados Federados de Micronesia utilizan el Sistema de Información para la Gestión de la Educación, de creación reciente y en el que, si bien se han procesado e integrado los datos de años anteriores, la calidad de los datos presenta variaciones. Además, el método y los instrumentos de reunión de datos han cambiado a lo largo de los años, lo que ha influido en la manera en que el sistema calcula la trayectoria de las cohortes de alumnos. El Sistema de Información para la Gestión de la Educación introduce una nueva herramienta estandarizada de censo anual para la reunión de datos, un sistema centralizado de gestión de datos y procesos mejorados de reunión de datos. El Programa de Educación Especial de los Estados Federados de Micronesia también utiliza bases de datos del Sistema de Seguimiento de Información del Alumnado a fin de presentar informes a la entidad financiadora, la Oficina de Programas de Educación Especial de los Estados Unidos. El Sistema de Información para la Gestión de la Educación se estructura en seis secciones principales: indicadores, alumnos, escuelas, docentes, acreditación escolar y evaluación del alumnado. Sin embargo, el Programa de Educación Especial no figura de manera destacada en la versión actual. El Sistema de Seguimiento de Información del Alumnado, una base de datos utilizada para reunir información sobre alumnos con discapacidad de 0 a 21 años, se integrará en la próxima fase del Sistema de Información para la Gestión de la Educación.

101.Es necesario realizar un análisis detallado de las leyes para garantizar que las escuelas y los materiales sean accesibles para los niños con discapacidad y determinar si se prevé la provisión de ajustes razonables individualizados (es decir, programas específicos en función de las necesidades del niño o de la persona con discapacidad).

102.El Plan de Educación Individualizado es un proceso que se utiliza para evaluar a todos los alumnos con discapacidad en las escuelas. Los padres deben dar su consentimiento para el proceso de evaluación.

103.Antes de proceder al Plan de Educación Individualizado, las escuelas y las comunidades realizan actividades específicas con el fin de detectar a los niños que puedan necesitar apoyo. En concreto, el propósito de esas actividades es detectar a los alumnos en situación de riesgo y a aquellos que puedan tener una discapacidad que afecte a su rendimiento escolar. En la comunidad, las actividades se coordinan con otros organismos gubernamentales, como el Departamento de Salud. Las derivaciones procedentes de la comunidad se remiten al departamento de educación estatal y el proceso de admisión se completa en un plazo de 14 días. Además de las actividades de ámbito comunitario, el estado puede decidir realizar anualmente en cada escuela actividades que favorezcan la detección e intervención tempranas dirigidas a los alumnos en situación de riesgo.

104.Cuando se sospecha que un niño tiene una discapacidad, se le remite a una evaluación inicial que requiere el consentimiento de los padres. La evaluación abarca procedimientos de valoración y de verificación de criterios en todas las áreas en las que se considere posible la existencia de una discapacidad. La evaluación inicial es la primera evaluación de la necesidad de educación especial y ha de efectuarse dentro de los 60 días siguientes a la recepción del consentimiento parental, a menos que se apliquen las excepciones previstas en la Ley de Educación de las Personas con Discapacidad. La reevaluación es la evaluación que se debe realizar cada tres años o antes si así lo solicita un padre o madre o un docente.

105.Tras este proceso tiene lugar una reunión para la verificación de criterios, cuyos fines son los siguientes: 1) examinar los datos recabados por el equipo multidisciplinar de evaluación y determinar si respaldan la existencia de una discapacidad conforme lo dispuesto en la Ley de Educación de las Personas con Discapacidad y la normativa de los Estados Federados de Micronesia, 2) determinar si el alumno se encuadra en una categoría específica de discapacidad, 3) determinar las necesidades educativas del alumno y 4) determinar si el alumno necesita educación especial y servicios relacionados para aprovechar plenamente su educación.

106.La reunión para diseñar el Plan de Educación Individualizado del niño debe celebrarse en un plazo de 30 días desde la determinación de que necesita educación especial y servicios relacionados. Hay dos tipos de reuniones sobre el Plan de Educación Individualizado. La primera reunión es la del Plan inicial, es decir, el que se establece cuando se determina que un alumno cumple los criterios para recibir educación especial y servicios relacionados. La segunda es una reunión de revisión del Plan. Por lo general, el Plan debe revisarse y, si es necesario, modificarse al menos una vez al año. Una vez finalizado el Plan, se determina la colocación educativa del alumno en función de los criterios establecidos en él. La decisión relativa a la ubicación educativa se adopta en la reunión sobre el Plan.

107.Los Estados Federados de Micronesia están ampliando la capacidad nacional mediante la participación de 13 profesionales en servicio en el programa Navigating Student Success in the Pacific, una iniciativa regional para promover el éxito académico en el Pacífico. Estos profesionales cursan estudios de grado universitario en educación de personas sordas y en especializaciones sobre discapacidades graves. De los 13 profesionales en servicio, 4 son de Pohnpei, 1 de Chuuk, 4 de Yap y 2 de Kosrae. El programa es una iniciativa conjunta de la Universidad de Hawái y el College of the Marshall Islands, la institución pública de educación superior de las Islas Marshall, y ha sido posible gracias a una subvención específica.

108.Mediante el Proyecto para Personas Sordociegas de Hawái y del Pacífico se proporciona asistencia técnica a niños y jóvenes con discapacidad visual y auditiva desde el nacimiento hasta los 21 años, así como a sus familias y a los proveedores de servicios.

109.En Pohnpei se está aplicando un programa estatal para alumnos con discapacidad visual. Hay tres alumnos con baja visión en la escuela de Kolonia, tres en la escuela de Mand, tres en la escuela primaria de Pingelap y tres en la Escuela Secundaria Central de la Isla de Pohnpei. Además, un estudiante de la Escuela Secundaria Central de la Isla de Pohnpei, uno de Pehleng, tres de la escuela secundaria de Madolenihmw y tres estudiantes escolarizados en casa son totalmente ciegos. Mediante el programa estatal de Pohnpei para personas con discapacidad visual se han venido prestando servicios directos a todos esos estudiantes semanalmente y se han celebrado algunas consultas semanales con los padres y docentes sobre la manera de apoyar a esos niños. El estado de Pohnpei tiene un programa de formación en braille.

110.En los Estados Federados de Micronesia se utiliza la lengua de señas estadounidense. El Centro para Personas Sordas de Pohnpei ofrece formación en lengua de señas. En el estado de Pohnpei se está aplicando un programa de lengua de señas estadounidense y el personal presta servicio a 11 estudiantes: 3 niños y 8 niñas. Además, en la actualidad participan en este programa ocho parejas de progenitores.

111.En 2017 se impartió capacitación en atención preescolar en Kosrae. Ese mismo año se organizó también un ejercicio nacional de capacitación para padres (de Pohnpei) y proveedores de servicios de Kosrae, Chuuk y Yap sobre el autismo.

112.Recientemente se realizó una visita de seguimiento con fines de asistencia técnica y capacitación a los estados de Pohnpei y Kosrae, con el objetivo de continuar apoyando al personal escolar y a los familiares en la mejora de los resultados educativos de los niños con trastorno del espectro autista (TEA). Tras la llegada del equipo, se celebró una reunión inicial con el Subsecretario de los Estados Federados de Micronesia y el Coordinador Estatal de Educación Especial para ultimar las actividades previstas. En concreto, se realizaron observaciones en el aula y visitas domiciliarias, y todo ello concluyó con una sesión final de información y consulta. En ambos estados se celebraron talleres para los padres y las comunidades. En Pohnpei, una psicóloga impartió un taller de seguimiento para padres en relación con la visita de marzo de 2019. Asimismo, se celebró una reunión con el grupo de padres de Pohnpei para tratar el apoyo disponible para los padres de niños con TEA. En Kosrae, la psicóloga impartió un taller para padres y la comunidad en el que se proporcionó una breve visión general del diagnóstico del TEA. Se expuso información sobre prácticas basadas en la evidencia, y los cuidadores aprendieron a valorar críticamente la información disponible en línea sobre el TEA. También se compartieron estrategias y consejos para ayudar a los niños a prosperar pese a su condición limitadora. Por último, los cuidadores tuvieron la oportunidad de hablar y aprender sobre la importancia del autocuidado. Debido a las limitaciones de tiempo, las actividades de observación en el aula, las visitas domiciliarias, la capacitación del personal escolar en observación y la sesión informativa final se realizaron en un solo día.

113.El 21 de marzo de 2019 tuvo lugar en Pohnpei una visita de seguimiento a cargo de la misma psicóloga, centrada en cómo ayudar a los hijos a gestionar las exigencias del entorno doméstico, con un enfoque principal en el autismo, y dirigida a padres y proveedores de servicios. Asistieron al taller algo más de 50 participantes, entre ellos proveedores de servicios ―por ejemplo asistentes de servicios complementarios, docentes de educación especial y personal de apoyo, directores y vicedirectores de escuela, responsables de gestión de datos de programas― y padres. Hubo representantes de los otros tres estados. En el marco de la capacitación, la psicóloga visitó escuelas y servicios a domicilio para realizar observaciones. Tras cada visita se formularon recomendaciones para mejorar los servicios y se ofrecieron consultas individuales a padres y proveedores de servicios. A continuación se detallan algunas de las actividades más destacadas de sus visitas.

114.Durante su primera visita, en 2017, la psicóloga visitó escuelas y hogares para realizar observaciones y ofrecer orientación ante posibles casos de autismo. Tras cada visita a las escuelas y a los domicilios se proporcionaron recomendaciones verbalmente o se ofreció una sesión informativa informal al equipo competente, incluidos los proveedores de servicios que trabajaban con los estudiantes. Se impartieron sesiones de formación dirigidas a docentes y especialistas de apoyo, centradas en la detección temprana del autismo, los indicadores de alerta, el desarrollo típico y atípico, la administración y la interpretación de la escala de valoración del autismo infantil (2ª edición), la detección de síntomas y comportamientos del TEA en niños en edad escolar y las estrategias de intervención para responder a las necesidades de los niños con TEA en el entorno escolar. También impartió períodos de sesiones de formación para padres centrados en apoyar el funcionamiento de los niños en la escuela y la comunidad para la concienciación sobre los síntomas del TEA y el desarrollo de la capacidad del personal para identificar y aplicar intervenciones adecuadas para los niños con TEA. La visita concluyó con una reunión informativa final con el Subsecretario de los Estados Federados de Micronesia, la División de Servicios Especiales y los coordinadores estatales de educación especial.

115.En marzo de 2019 se realizó un seguimiento de la capacitación sobre el TEA impartida en 2017, en colaboración con el Centro de Excelencia en Educación, Investigación y Servicios sobre Discapacidades del Desarrollo de la Universidad de Guam y con la psicóloga, durante el cual se visitaron escuelas y hogares para efectuar observaciones de seguimiento y observaciones iniciales de niños con TEA. Además, se organizaron sesiones y actividades de seguimiento dirigidas a los padres y a los proveedores de servicios, con el fin de fortalecer sus capacidades y sensibilizar sobre el TEA. Asistieron a estas sesiones 56 personas, entre ellas padres, proveedores de servicios en ejercicio, un representante del College of Micronesia y estudiantes universitarios interesados. Se realizó una observación individual de 11 alumnos con TEA, de niveles comprendidas entre la educación preescolar y la secundaria, incluidos alumnos atendidos en el hogar. Durante esta visita se realizaron dos observaciones iniciales: una a un alumno de educación prescolar de la escuela Nett y otra a un alumno que recibía servicios domiciliarios.

Número de alumno

Grado/Escuela

Año de la visita

001

2º y 3º, Kolonia

2017-2019

002

9º y 10º, Escuela Secundaria Central de la Isla de Pohnpei

2017-2019

003

4º y 5º, Awak

2017-2019

004

5º y 6º, Awak

2017-2019

005

Nett, educación preescolar

Visita inicial en 2019

006

Atendido en el hogar

Visita inicial en 2019

007

Visita domiciliaria

2017

008

Enipein, educación preescolar

2017

009

5º, escuela de primer ciclo de secundaria de Nett

2017

010

1º, Kolonia

2017

011

Primera visita domiciliaria

2017

116.Del 1 al 3 de septiembre de 2010 se celebraron las reuniones nacionales sobre los resultados de la educación especial en la primera infancia. Su propósito se ajusta a lo dispuesto en el artículo 616 b) de la Ley de Educación de las Personas con Discapacidad, de 2004, que fija los requisitos de los planes estatales de desempeño. Con arreglo a esa disposición, en el marco del Programa Nacional de Educación Especial de los Estados Federados de Micronesia se deben comunicar, en cada período de presentación de informes, los datos de “ingresos y salidas” de los alumnos de preescolar con discapacidad que reciben educación especial y servicios conexos. El propósito de las reuniones nacionales sobre los resultados de la educación especial en la primera infancia es fortalecer los conocimientos y las competencias del personal de educación especial en la primera infancia de cada estado para llevar a cabo los procedimientos de reunión, análisis y comunicación de los datos sobre los resultados.

117.Existe una formación continua destinada a los docentes de educación especial en la primera infancia, así como a los docentes de educación preescolar general, organizada y facilitada por el Programa de Educación Especial de los Estados Federados de Micronesia en cooperación con el Centro de Excelencia en Educación, Investigación y Servicios sobre Discapacidades del Desarrollo de la Universidad de Guam. La capacitación se imparte de forma rotatoria en los distintos estados para que los docentes de educación especial en la primera infancia y de educación preescolar general de los cuatro estados tengan la oportunidad de participar. En 2019 la capacitación para docentes de educación especial en la primera infancia se impartió durante la Semana de Formación del Profesorado de Micronesia. Los Estados Federados de Micronesia siguen prestando apoyo técnico y ofreciendo capacitación a los estados para el uso del proceso de evaluación de los resultados en la primera infancia por los docentes de educación preescolar general y de educación especial en la primera infancia. Los procedimientos se actualizaron para incluir instrucciones específicas que garanticen su aplicación rigurosa en todos los estados y por todas las autoridades educativas locales. La capacitación también incluyó actividades relacionadas con la comprensión del desarrollo infantil y con prácticas preescolares basadas en datos empíricos y adecuadas al nivel de desarrollo.

118.El Gobierno nacional sigue apoyando a cada uno de los estados para que lleven a cabo actividades de búsqueda activa a fin de garantizar que los niños pequeños con discapacidad sean detectados, localizados y evaluados lo antes posible y, si cumplen las condiciones de admisibilidad, puedan recibir servicios de educación preescolar especial. En colaboración con los Servicios de Salud de los Estados Federados de Micronesia y con el Programa de Detección e Intervención Tempranas de la Pérdida Auditiva, el Gobierno nacional organiza la Conferencia Interinstitucional Anual de Liderazgo en uno de los estados para sensibilizar sobre la detección temprana y las necesidades de atención de los niños pequeños con necesidades especiales.

119.En diciembre de 2018, el Programa de Detección e Intervención Tempranas de la Pérdida Auditiva facilitó, junto con el Programa de Educación Especial, una conferencia sobre detección e intervención tempranas en Pohnpei para reforzar los servicios de detección e intervención destinados a los alumnos con discapacidad auditiva y retraso del desarrollo. El Programa de Educación Especial de los Estados Federados de Micronesia y los Programas para Niños con Necesidades Especiales de Salud y de Detección e Intervención Tempranas de la Pérdida Auditiva facilitaron conjuntamente una nueva edición de la Conferencia Interinstitucional de los Estados Federados de Micronesia, celebrada del 7 al 9 de agosto de 2019 y organizada por el estado de Yap. Al igual que en años anteriores, la conferencia congregó a personas con discapacidad, padres, proveedores de servicios, administradores de las escuelas, personal de programas, así como a dirigentes políticos, culturales, comunitarios y religiosos y a ONG.

120.El tema de 2019 fue el fortalecimiento de la accesibilidad de los servicios, con inclusión de las familias y de las personas con discapacidad. Esta conferencia interinstitucional se celebra cada dos años y es una iniciativa conjunta del Departamento Nacional de Educación y del Departamento Nacional de Salud. A continuación se muestra el recuento de participantes de la conferencia:

Participantes en el Comité Interinstitucional de los Estados Federados de Micronesia de 2019

Día(s)

Kosrae

Pohnpei

Chuuk

Yap

Nacional

Total

Día 1

11

13

12

197

6

239

Día 2

11

13

12

120

6

162

Día 3

11

13

12

84

6

126

121.En marzo de 2018, los equipos de liderazgo nacional y estatal de los Estados Federados de Micronesia se reunieron en Yap. En la reunión también se analizaron los avances relacionados con el Plan de Desempeño Estatal y el Plan de Desempeño Local y se determinaron los ámbitos prioritarios en que los estados requerían asistencia técnica. Otros interesados que asistieron a esta reunión de liderazgo fueron profesores de educación general, especialistas en educación, administradores de las escuelas y padres.

122.En la edición de 2017 de la Conferencia Interinstitucional de los Estados Federados de Micronesia, celebrada del 31 de julio al 3 de agosto en el estado de Chuuk, los administradores nacionales y estatales y el personal docente de educación general y especial participantes analizaron y debatieron la situación de la aplicación del Plan de Desempeño Estatal y de los Planes de Desempeño Local, los desafíos existentes y la preparación de la primera reunión de liderazgo del Plan de Desempeño Estatal/Informe Anual de Desempeño correspondiente al ejercicio de 2016.

123.Los representantes de los departamentos nacional y estatales de salud y educación, junto con representantes de varias ONG —como la Chuuk Women Organization, la Chuuk Conservation Society y el Hawaii and Pacific Island Parent Training and Information Center— de los cuatro estados recibieron una actualización sobre el Programa de Educación Especial y tuvieron la oportunidad de planificar mejoras en los servicios interinstitucionales destinados a los niños con discapacidad y a sus padres en cada estado.

124.Del 5 al 8 de septiembre de 2017, el Departamento Nacional de Educación celebró en Pohnpei la reunión nacional de liderazgo del Plan de Desempeño Estatal/Informe Anual de Desempeño de los Estados Federados de Micronesia. Participaron administradores de educación general y especial (los directores de educación de los estados), así como especialistas y docentes, con el fin de contribuir a mejorar los resultados académicos y funcionales de los niños con discapacidad. También asistieron a la reunión representantes del Consejo Asesor Estatal.

125.Del 23 al 26 de enero de 2018, el equipo nacional de liderazgo del Plan de Desempeño Estatal/Informe Anual de Desempeño se reunió en Kosrae para ultimar el Informe Anual sobre los Progresos correspondiente al ejercicio de 2016, en particular para explicar las disminuciones observadas en el desempeño de los indicadores que no alcanzaron la meta prevista. El equipo examinó el desempeño de los Estados Federados de Micronesia respecto de las metas establecidas para los indicadores 1 a 16 y analizó, cuando procedía, las razones de las disminuciones observadas. Se examinaron los datos de tendencias del desempeño respecto de todas las metas, tanto a nivel estatal como nacional, y se mantuvo un intercambio de opiniones.

126.En cuanto a los requisitos para la graduación, en los Estados Federados de Micronesia, la graduación de la enseñanza secundaria se define como la obtención de los créditos lectivos requeridos durante ese ciclo, y cada estado fija el número total de créditos necesarios. A continuación se presentan los créditos lectivos exigidos para la graduación de la enseñanza secundaria en cada estado:

Requisitos de créditos para la graduación de la enseñanza secundaria

Estado

Créditos

Chuuk

22

Kosrae

28

Pohnpei

23

Yap

22

127.La definición de abandono escolar en los Estados Federados de Micronesia es la misma para los jóvenes que tienen un Plan de Educación Individualizado y los que no lo tienen. Cada departamento de educación estatal cuenta con políticas y procedimientos para registrar a los jóvenes con y sin Plan de Educación Individualizado que han abandonado los estudios. En los Estados Federados de Micronesia, el abandono escolar de cualquier joven se define como un número excesivo de ausencias injustificadas o la retirada voluntaria, de conformidad con la definición de abandono escolar que figura en el artículo 618 de la Ley de Educación de las Personas con Discapacidad.

128.Cada estado de los Estados Federados de Micronesia ha establecido procedimientos relativos a la retirada voluntaria y a la determinación del abandono escolar por acumulación de ausencias injustificadas.

Número de ausencias injustificadas para la determinación del abandono escolar

Estado

Ausencias acumuladas por año

Chuuk

15

Kosrae

8

Pohnpei

25

Yap

20

129.Entre el 16 de abril y el 11 de mayo de 2018, el Gobierno nacional realizó visitas de seguimiento sobre el terreno y celebró sesiones públicas en los cuatro estados. En las sesiones públicas se examinó el cumplimiento de los requisitos en materia de educación especial, los avances del estado y la solicitud de subvención de la Oficina de Programas de Educación Especial del Departamento de Educación de los Estados Unidos para el ejercicio de 2018. Asistieron a estas sesiones públicas padres, administradores y docentes de educación general y especial, funcionarios estatales y locales, personas con discapacidad y miembros de la comunidad. Las sesiones públicas se celebraron en las siguientes fechas: Chuuk, del 16 al 20 de abril; Pohnpei, del 23 al 27 de abril; Kosrae, del 30 de abril al 4 de mayo; y Yap, del 7 al 11 de mayo.

130.Del 19 al 22 de julio de 2016, el Departamento Nacional de Educación celebró una reunión de los coordinadores de educación especial, personal clave, docentes y representantes de padres durante la Semana de Formación del Profesorado de Micronesia de 2016, que tuvo lugar en Kosrae. Se debatieron consideraciones para la mejora sistémica a partir del desempeño de los estados en relación con los indicadores y de otros informes de datos analizados.

131.En todos los estados, salvo en Kosrae, los alumnos reciben enseñanza en su propio idioma desde la educación preescolar hasta el tercer grado. En Kosrae, los alumnos reciben clases en el idioma local hasta el segundo grado. Es obligatorio que la información se facilite en inglés y en el idioma del estado.

Artículo 25Salud

132.No existe una legislación específica que proteja contra la discriminación y garantice que las personas con discapacidad tengan el mismo acceso a servicios de salud de calidad, también en el ámbito de la salud sexual y reproductiva. Sin embargo, se están proponiendo varios proyectos de ley en los cuatro estados. En Yap, los dos proyectos de ley se refieren a la accesibilidad y la discapacidad, y podrían incluir disposiciones relativas al acceso a los servicios de salud. En Chuuk, los Centros de Salud Comunitarios tienen códigos de accesibilidad aplicables a sus instalaciones establecidos en el marco de sus subvenciones federales y, por tanto, han adoptado medidas para cumplir esos requisitos, como las relativas al aparcamiento, las rampas y los códigos de construcción.

133.Entre las medidas adoptadas para garantizar que las personas con discapacidad tengan acceso gratuito y sin costo a la rehabilitación relacionada con la discapacidad en su comunidad cabe destacar los servicios gratuitos ofrecidos en los hospitales estatales, en los programas de salud pública (salud maternoinfantil, salud del comportamiento y bienestar, clínicas de infecciones de transmisión sexual y clínicas de enfermedades no transmisibles) y en los dispensarios municipales de los estados de Yap, Chuuk y Kosrae. Los programas de salud pública y los dispensarios del estado de Pohnpei ofrecen servicios de forma gratuita, pero los servicios del Hospital Estatal de Pohnpei sí implican costos (farmacia, laboratorio e imagenología/radiología) para los miembros de la comunidad, en particular para quienes no cuentan con seguro de salud. En la actualidad no existen servicios especializados de rehabilitación relacionados con la discapacidad en ninguno de los estados, aunque la mayoría de las necesidades médicas y de salud afines son atendidas por los hospitales estatales o mediante los programas de salud pública.

134.A continuación se describen las prestaciones de servicios de salud y los programas de detección e intervención tempranas destinados a prevenir y reducir la aparición de discapacidades secundarias, en los que se dedica especial atención a los niños, las mujeres y las personas de edad, también en las zonas rurales. En el estado de Pohnpei existe un proyecto de coordinación de acciones para atender necesidades de salud infantil no cubiertas (LAUNCH, por sus siglas en inglés), que facilita la detección temprana y la derivación de los niños con dificultades de carácter social y emocional. El programa también incluye el seguimiento de los niños atendidos, desde los dos meses hasta los 8 años de edad, con el objetivo de prevenir problemas secundarios. Los cuatro estados cuentan con programas de salud maternoinfantil integrados en el programa o las divisiones de salud pública, que posibilitan la detección y la intervención médica tempranas, así como la derivación a la división pertinente para la prestación de apoyo adicional (educación especial, hospitales estatales, redes de derivación al extranjero, equipos de especialistas visitantes). Los cuatro estados cuentan con programas de salud del comportamiento y bienestar integrados en las divisiones de salud pública o de servicios sociales, que ofrecen servicios relacionados con la salud mental y el abuso de sustancias, incluidas intervenciones y actividades de prevención de problemas secundarios como la depresión o los trastornos por consumo de sustancias.

135.En los cuatro estados se han establecido protocolos específicos para recabar el consentimiento libre e informado para los tratamientos de salud en el caso de las personas adultas, incluidas las personas con discapacidad y los grupos vulnerables.

136.En los protocolos de consentimiento de los cuatro departamentos de salud se recogen las medidas legislativas y demás disposiciones que garantizan que los tratamientos de salud se presten a las personas con discapacidad ―y a otros grupos vulnerables― sobre la base de su consentimiento libre e informado. Además, en los procedimientos operativos estándar y en las directrices estatales existen disposiciones específicas sobre la obtención del consentimiento en el caso de los menores de edad y de las personas con incapacidad mental, así como para las excepciones de carácter forense o las ordenadas por los tribunales.

137.La protección contra la discriminación en el acceso al seguro de salud y a otros seguros exigidos por ley se garantiza mediante la inscripción abierta, sin discriminación, en los paquetes o planes de seguro de salud disponibles en el país. No obstante, existen directrices específicas sobre las pólizas de seguro y las primas aplicables, por ejemplo en relación con las discapacidades adquiridas y las discapacidades del desarrollo. Hay proveedores de seguros de salud en los cuatro estados.

138.Entre las medidas adoptadas para garantizar la plena accesibilidad de los servicios de saneamiento, y no solo su disponibilidad, figuran los debates que se están manteniendo en el estado de Pohnpei sobre la revisión de los códigos de construcción aplicables a las instalaciones estatales, incluidas las de saneamiento.

139.Se han adoptado medidas para aumentar la sensibilización y la información en diversos formatos accesibles, incluido el braille, con el fin de concienciar sobre la prevención del VIH/sida y la malaria en diversas plataformas, entre las que figuran la radio, la prensa escrita e Internet/computadoras, y que están disponibles en los cuatro estados. La División de Servicios Sociales del estado de Pohnpei está formulando políticas para garantizar que se utilicen estos medios de sensibilización pública. En estos momentos no se ofrecen servicios en braille ni de lengua de señas durante estas actividades, pero los programas de salud pública, en particular los de infecciones de transmisión sexual y enfermedades no transmisibles, están estudiando su implantación en colaboración con Educación Especial.

Artículo 26Habilitación y rehabilitación

140.Se ofrecen programas generales de habilitación y rehabilitación para las personas con discapacidad en los ámbitos de la salud, el empleo, la educación y los servicios sociales. Estos programas incluyen componentes de intervención temprana y apoyo entre pares. Asimismo, se promueve la disponibilidad de estos servicios y programas en las zonas rurales.

141.Los programas de salud pública de los cuatro estados ofrecen distintos grados de servicios de habilitación (salud maternoinfantil, salud escolar) y de rehabilitación (enfermedades no transmisibles, salud del comportamiento y bienestar y dispensarios) para las personas con discapacidad. A menudo, estos servicios se canalizan mediante actividades de divulgación comunitaria y de sensibilización. Algunos hospitales estatales y los centros de salud comunitarios más grandes proporcionan servicios de rehabilitación, como fisioterapia, psicoterapia y apoyo psicológico. La prestación de estos servicios requiere el consentimiento informado.

142.El Departamento de Salud del estado de Pohnpei organiza de forma continua sesiones presenciales y en línea de educación médica continua. Entre los temas tratados figuran cuestiones de rehabilitación y aspectos relacionados con la discapacidad.

143.La mayoría de las ayudas técnicas (sillas de ruedas, muletas, prótesis de miembros inferiores, audífonos) se obtienen mediante donaciones y, por lo general, no tienen costo. Esto también implica que no siempre hay disponibilidad y que los períodos de espera son prolongados. La formación (educación, orientación y preparación) no siempre se ofrece ni es coherente, por lo que el Gobierno de los Estados Federados de Micronesia seguirá colaborando con los distintos asociados internacionales y regionales (los organismos de las Naciones Unidas, la Secretaría del Foro de las Islas del Pacífico, etc.) y cultivará sus relaciones diplomáticas con los países dispuestos a prestar diversos apoyos.

Artículo 27Trabajo y empleo

144.En los Estados Federados de Micronesia no existe legislación que regule el empleo de niños ni la edad mínima para trabajar. La Ley de Protección de los Trabajadores Residentes, codificada en el capítulo 51 del Código nacional, solo se aplica a los trabajadores no residentes (es decir, extranjeros).

145.La Administración de la Seguridad Social de los Estados Federados de Micronesia gestiona un programa que protege a los trabajadores frente a la pérdida de ingresos por discapacidad. Sin embargo, los criterios de admisibilidad del programa son muy restrictivos, ya que solo podrían reunirlos los asalariados del sector formal o sus dependientes. Por ejemplo, los hijos de asalariados podrían cumplir los requisitos si fallece una persona asegurada en activo que tenía derecho a percibir una pensión. En ese caso, las prestaciones pueden otorgarse a un hijo que presentara una discapacidad antes de cumplir los 22 años. Una proporción amplia y creciente de la población depende de actividades de subsistencia, como la producción de fruta del pan, coco, plátano, nuez de betel, mandioca, taro y kava-kava.

Artículo 28Nivel de vida adecuado y protección social

146.Existen medidas adecuadas para garantizar que las personas con discapacidad se desarrollen física, mental, espiritual, ética y socialmente. Los servicios de diagnóstico son gratuitos y están al alcance de todas las personas, incluidas las personas con discapacidad.

147.En el marco del Programa de Educación Especial del Departamento Nacional de Educación, se cubren los gastos médicos de los niños de 0 a 21 años. Las organizaciones confesionales, las organizaciones no gubernamentales y las clínicas privadas y públicas ofrecen servicios y equipos médicos gratuitos en distintas circunstancias.

Artículo 29Participación en la vida política y pública

148.Con arreglo a la Ley Electoral Nacional Revisada de 2005, todo ciudadano de los Estados Federados de Micronesia puede votar para elegir a los miembros del Congreso nacional si tiene 18 años o más el día de las elecciones; es residente o tiene su domicilio en alguno de los estados (Kosrae, Pohnpei, Chuuk o Yap); está inscrito como votante desde al menos 30 días antes del día de las elecciones; no es objeto de ninguna resolución por la que se haya declarado su incapacidad mental o enajenación mental; y no se encuentra en situación de libertad condicional o libertad vigilada o cumpliendo condena por un delito grave por el que haya sido condenado por un tribunal de los Estados Federados de Micronesia. No se hace ninguna distinción por motivos de discapacidad.

149.Todos los ciudadanos de los Estados Federados de Micronesia tienen derecho a participar en el Gobierno, directamente o por medio de representantes libremente elegidos, y tienen derecho a acceder a la función pública en condiciones de igualdad. En el artículo VI, párrafo 1, de la Constitución se establece que todo ciudadano que haya cumplido los 18 años puede votar en las elecciones nacionales y que el voto será secreto. El Congreso nacional ha promulgado disposiciones legislativas detalladas que regulan la celebración de elecciones nacionales en la Ley Pública núm. 14-76. Cada uno de los estados de los Estados Federados de Micronesia tiene sus propios procedimientos legales que regulan las elecciones estatales.

150.En los Estados Federados de Micronesia, todos los ciudadanos que cumplan los requisitos de edad pueden votar y presentarse a cargos públicos. La Constitución nacional garantiza el derecho de voto en condiciones de igualdad. En el artículo VI, párrafo 1, se establece que todo ciudadano que haya cumplido los 18 años puede votar en las elecciones nacionales.

En el título 9, artículo 102, del Código nacional se establece que todo ciudadano de los Estados Federados de Micronesia puede votar para elegir a los miembros del Congreso nacional si 1) tiene 18 años o más el día de las elecciones; 2) es residente o tiene su domicilio en alguno de los estados (Kosrae, Pohnpei, Chuuk o Yap) y está inscrito como votante en el estado desde al menos 30 días antes del día de las elecciones; 3) no es objeto de ninguna resolución por la que se haya declarado su incapacidad mental o enajenación mental; y 4) no se encuentra en situación de libertad condicional o libertad vigilada o cumpliendo condena por un delito grave por el que haya sido condenado por un tribunal de los Estados Federados de Micronesia. Existe igualdad de derechos para la representación política. En virtud del título 9, capítulo 2, artículo 202, del Código nacional, para poder ser elegido miembro del Congreso de los Estados Federados de Micronesia, una persona deberá: 1) haber alcanzado la edad de 30 años para el día de las elecciones; 2) haber residido durante al menos cinco años en el estado por el que es elegido; 3) ser ciudadano de los Estados Federados de Micronesia desde hace al menos 15 años; 4) no ser objeto de ninguna resolución por la que se haya declarado su incapacidad mental o enajenación mental; y 5) no haber sido condenado por un delito grave.

151.Constitución de Pohnpei, artículo 6, párrafo 1. Todo ciudadano de Pohnpei que haya alcanzado la edad de 18 años y no haya cometido un delito grave por el que se encuentre en libertad condicional o libertad vigilada o cumpliendo una pena tendrá derecho a votar.

i)Código del Estado de Pohnpei, título 4, artículo 4‑101, párrafo 1. Podrá votar en las elecciones todo ciudadano de Pohnpei que haya cumplido 18 años, no se encuentre en libertad condicional y esté en pleno uso de sus facultades mentales.

ii)Código del Estado de Pohnpei, título 10, artículo 5‑101, párrafo 1. Para ser elegido gobernador o vicegobernador, se requiere ser ciudadano de Pohnpei por nacimiento, tener al menos 35 años de edad y no haber sido condenado por un delito grave.

iii)Artículo 5‑101, párrafo 2. Para poder ser elegido miembro del parlamento, se requiere haber cumplido los 25 años de edad, ser ciudadano de Pohnpei desde hace 25 años y no haber sido condenado por un delito grave.

152.Chuuk – Constitución del Estado de Chuuk de 1989, artículo XII, párrafo 2. Podrá votar en el estado de Chuuk todo ciudadano de los Estados Federados de Micronesia que sea residente del estado y haya alcanzado la edad de 18 años.

i)Código del Estado de Chuuk, título 13, párrafo 1102. Podrá votar en cualquier elección primaria, general, de segunda vuelta, especial o local celebrada en el estado de Chuuk toda persona que no esté internada en una institución psiquiátrica, que no haya sido declarada judicialmente incapacitada ni esté cumpliendo una pena de prisión y que sea ciudadana de los Estados Federados de Micronesia, mayor de 18 años y residente en Chuuk.

153.Constitución de Kosrae, artículo III, párrafo 1. Todo ciudadano de los Estados Federados de Micronesia que tenga su domicilio en el estado, haya cumplido los 18 años de edad y esté inscrito en el censo electoral del estado tiene derecho a votar en secreto en todas las elecciones del gobierno estatal, con sujeción únicamente al requisito de residencia y a la inhabilitación por incapacidad mental o por condena penal que se establezca por ley.

154.Código del Estado de Kosrae [título 3, parte I, capítulo 1] 1997, artículo 3.1204 1). Para inscribirse en el censo electoral, la persona debe reunir los siguientes requisitos: a) ser ciudadana de los Estados Federados de Micronesia; b) tener su domicilio en el estado; c) haber cumplido los 18 años de edad en la fecha de las próximas elecciones o antes de ella; y d) haber residido en el distrito de inscripción durante un período de 90 días consecutivos previo a la fecha de inscripción.

155.Constitución del estado de Yap, artículo IV, párrafo 1: Podrá votar en las elecciones estatales todo ciudadano de los Estados Federados de Micronesia que haya cumplido los 18 años de edad y figure inscrito en el censo para votar en el Estado.

156.En el título 7, artículo 102, del Código del Estado de Yap se establece que podrá votar en toda elección celebrada conforme a dicho título todo ciudadano de los Estados Federados de Micronesia que a) tenga 18 años o más el día de la elección, b) cumpla los requisitos de residencia para la inscripción, c) no sea objeto de una decisión judicial por la que un tribunal competente haya declarado su incapacidad mental o enajenación mental, d) no se encuentre en libertad condicional o en libertad vigilada o cumpliendo una pena por un delito grave y e) esté inscrito para votar conforme a dicho título.

157.En virtud del título 9, artículo 202, del Código nacional, para poder ser elegido miembro del Congreso de los Estados Federados de Micronesia, una persona deberá: 1) haber alcanzado la edad de 30 años para el día de las elecciones; 2) haber residido durante al menos cinco años en el estado por el que es elegido; 3) ser ciudadano de los Estados Federados de Micronesia desde hace al menos 15 años; 4) no ser objeto de ninguna resolución por la que se haya declarado su incapacidad mental o enajenación mental; y 5) no haber sido condenado por un delito grave.

158.Constitución de Kosrae, artículo IV, párrafo 6. Solo podrá servir como senador quien, en el momento de la elección o del nombramiento, haya sido ciudadano de los Estados Federados de Micronesia durante al menos diez años, residente del estado durante al menos los cinco años inmediatamente anteriores a la elección y residente de su distrito electoral durante al menos el año inmediatamente anterior a la elección o al nombramiento, sepa leer y escribir y tenga al menos 25 años de edad el día de la elección.

159.En el título 10 del Código del Estado de Pohnpei se dispone lo siguiente:

“[Título 10, capítulo 4] 2006

Párrafo 5.101 1). Para ser elegido gobernador o vicegobernador, se requiere ser ciudadano de Pohnpei por nacimiento, tener al menos 35 años de edad y no haber sido condenado por un delito grave.

Párrafo 5.101 2). Para poder ser elegido miembro del parlamento, se requiere haber cumplido los 25 años de edad, ser ciudadano de Pohnpei desde hace 25 años y no haber sido condenado por un delito grave.

Código del Estado de Chuuk, título 13, párrafo 1304 1). Solo podrá ejercer el cargo de representante o de senador quien tenga al menos, respectivamente, 25 o 35 años de edad el día de la elección; haya nacido en Chuuk; haya sido residente y votante inscrito del distrito de representación o de la circunscripción senatorial pertinente durante al menos los cinco años anteriores al día de la elección; y sea ciudadano de los Estados Federados de Micronesia.”

160.En los Estados Federados de Micronesia no existen prohibiciones específicas que impidan a las personas con discapacidad votar y presentarse a las elecciones. Si bien hay personas con discapacidad elegidas en el Gobierno nacional y en los gobiernos estatales, ningún gobierno ha aprobado leyes o políticas que fijen cuotas mínimas para personas con discapacidad en los órganos legislativos.

161.No existen leyes específicas que prohíban a las ONG registrarse y movilizarse para promover el progreso de las personas con discapacidad sin injerencias políticas. No existen barreras legales que impidan a las personas con discapacidad tener las mismas oportunidades de representar al Gobierno a nivel internacional y participar en la labor de las organizaciones internacionales.

Artículo 30Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte

162.El Gobierno apoya las actividades culturales y recreativas tanto de forma directa, mediante organismos especializados y actividades en los ámbitos de la salud, la educación y otros, como de forma indirecta, a través del gobierno local, que está obligado a respaldar el deporte, la cultura y el ocio para todos los miembros de la comunidad. Este artículo reconoce el derecho de las personas con discapacidad a participar en la vida cultural; a desarrollar y utilizar su potencial creativo, artístico e intelectual; al reconocimiento y apoyo de su identidad cultural y lingüística específica; y a participar en actividades recreativas, de esparcimiento y deportivas en igualdad de condiciones con las demás personas.

163.Las escuelas también han aumentado las actividades extracurriculares, como el ejercicio físico, los juegos interescolares y las jornadas culturales para el alumnado, con el fin de promover las actividades recreativas en el ámbito escolar. Algunas escuelas integran el patrimonio cultural en sus actos especiales, incluidas las ceremonias de graduación.

164.La Oficina Nacional Paralímpica de los Estados Federados de Micronesia se creó para apoyar la participación del país en los Juegos Paralímpicos, y en 2019 una delegación nacional pudo participar en los Juegos Paralímpicos celebrados en Abu Dabi.

Situación de los niños, las niñas y las mujeres con discapacidad

Artículo 6Mujeres con discapacidad

165.Si bien las cuestiones de género han de integrarse en todas las secciones relativas a los artículos cuando proceda, en esta sección concreta del informe se debe incluir información sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte para promover el pleno desarrollo, adelanto y empoderamiento de las mujeres, con el fin de garantizarles el ejercicio y disfrute de los derechos y libertades fundamentales reconocidos en la Convención y eliminar todas las formas de discriminación.

Artículo 7Niños y niñas con discapacidad

166.El Gobierno federal de los Estados Unidos financia programas especiales para la infancia con discapacidad en los Estados Federados de Micronesia, siguiendo pautas muy similares a las de los programas aplicados en ese país. Los programas incluyen clases especiales de preescolar y clases especiales en centros escolares; programas de transición entre el hogar, la escuela y el empleo; formación para progenitores y otros cuidadores; y servicios conexos, por ejemplo de logopedia, fisioterapia y orientación profesional. La evaluación del desarrollo constituye un medio eficaz para detectar la discapacidad en la infancia. La finalidad de la evaluación es detectar a los niños en situación de riesgo, remitirlos a una evaluación y una intervención adicionales cuando sea necesario y proporcionar a sus familiares información esencial sobre la discapacidad.

167.La evaluación incluye exámenes de la vista y del oído y valoraciones del progreso de los niños en relación con hitos del desarrollo, como sentarse, ponerse de pie, gatear, caminar, hablar o manipular objetos (UNICEF, 2013).

168.En los Estados Federados de Micronesia, los bebés y los niños son sometidos a detección sistemática a cargo del personal de enfermería de los programas de salud pública —como los de salud maternoinfantil y de inmunización— en las clínicas de salud infantil, en los estudios anuales de detección activa de casos realizados en las clínicas móviles comunitarias y durante los reconocimientos físicos efectuados en las escuelas, mediante herramientas de evaluación del desarrollo y del comportamiento, instrumentos de detección del autismo y herramientas para el síndrome de Asperger/autismo de alto nivel. Entre 2007 y 2011, aproximadamente el 17 % de los niños con dificultades del desarrollo detectadas fueron admitidos —tras una evaluación exhaustiva— en el Programa para Niños con Necesidades Especiales de Atención de la Salud, lo que supuso un promedio anual de 56 niños.

169.Este programa es una iniciativa interinstitucional conjunta en la que participan el Programa de Salud Maternoinfantil, el Programa de Educación Especial, el Programa de Educación Preescolar, el hospital estatal y los programas comunitarios de nutrición. En 2011, se inscribió en el registro del Programa para Niños con Necesidades Especiales de Atención de la Salud a 1.160 niños (de 0 a 21 años), que reunían los requisitos para recibir servicios individualizados de consulta y seguimiento. No obstante, se ha reconocido que siguen existiendo numerosas deficiencias en el sistema de prestación de servicios para los niños con necesidades especiales, debido a la grave escasez de profesionales debidamente capacitados y a los problemas de transporte (Departamento de Salud y Asuntos Sociales, 2010).

170.El Programa de Educación Especial, financiado en su totalidad con subvenciones de los Estados Unidos conforme a la Ley de Educación de las Personas con Discapacidad y respaldado por la legislación pública de los Estados Federados de Micronesia, constituye un programa eficaz orientado a apoyar al alumnado con discapacidad. En 2012, el Programa de Educación Especial dio cobertura a cerca de 1.900 niños (de 3 a 21 años), la mayoría de ellos con dificultades de aprendizaje y trastornos del habla. Continúa siendo un reto mejorar la transición de los estudiantes y adultos con discapacidad entre el hogar, la educación preescolar, la escuela, la universidad y el empleo. Los fondos de la Ley de Educación de las Personas con Discapacidad se limitan a sufragar servicios de educación especial y servicios conexos únicamente para los niños y jóvenes con discapacidad de 3 a 21 años. Al no existir en los Estados Federados de Micronesia un presupuesto anual que sustituya los servicios de educación especial desde el nacimiento y después de los 21 años, los apoyos e intervenciones educativas para los bebés y niños pequeños con discapacidades del desarrollo son insuficientes y no se prestan de manera uniforme. Así, los sistemas escolares solo pueden matricular a estos niños y prestarles servicios de educación especial cuando alcanzan la edad requerida para la admisión en las escuelas públicas de educación preescolar.

171.Además, solo se puede proporcionar apoyo educativo para la preparación universitaria o laboral a los jóvenes con discapacidad mientras cursan la enseñanza secundaria o hasta que alcanzan la edad máxima de 21 años, a efectos de reunir los requisitos para los servicios financiados con cargo a la Ley de Educación de las Personas con Discapacidad. La financiación prevista en la Ley de Educación de las Personas con Discapacidad cesa cuando los jóvenes con discapacidad abandonan el programa de educación especial, ya sea por haber completado la enseñanza secundaria o por haber alcanzado la edad máxima de 21 años.

Obligaciones específicas

Artículo 31Recopilación de datos y estadísticas

Estadísticas sobre el empleo de las personas con discapacidad

Indicador

1. Número de personas empleadas por sexo, edad y condición de discapacidad

Personas con discapacidad

Edad

Varones

Mujeres

Total (ambos sexos)

15 a 24

104

104

208

25 a 39

394

355

749

40 a 59

1 442

1 261

2 703

60 o más

396

69

765

Total

2 336

2 089

4 425

Personas sin discapacidad

15 a 24

2 572

2 613

5 185

25 a 39

5 823

5 680

11 503

40 a 59

4 955

4 866

9 821

60 o más

435

419

854

Total

13 785

13 578

27 363

2. Número de personas desempleadas por sexo, edad y condición de discapacidad

Personas con discapacidad

15 a 24

56

42

98

25 a 39

83

59

142

40 a 59

156

123

279

60 o más

26

10

36

Total

321

234

555

Personas sin discapacidad

15 a 24

1 300

1 018

2 318

25 a 39

1 239

969

2 208

40 a 59

560

449

1 009

60 o más

17

22

39

Total

3 116

2 458

5 574

3. Número de personas con discapacidad empleadas por sector principal

Industria manufacturera

35

64

99

Sector agrícola

467

429

896

Servicios

947

693

1 640

Otro(s)

887

903

1 790

4. Número de personas con discapacidad empleadas por situación laboral

Empleadas a tiempo completo

Empleadas a tiempo parcial

Sector formal

1 187

872

2 059

Sector informal

1 149

1 217

2 366

Fuente: Censo de 2010, StaStatistics, Oficina de Estadística, Presupuesto, Gestión Económica, Asistencia para el Desarrollo Exterior y Administración del Convenio.

Artículo 32Cooperación internacional

172.Los Estados Federados de Micronesia continúan solicitando asistencia técnica a las organizaciones internacionales. Entre esas organizaciones figuran la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Fondo para la Infancia (UNICEF), la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), la Comisión Económica y Social de las Naciones Unidas para Asia y el Pacífico, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).

173.Entre las organizaciones regionales figuran la Secretaría del Foro de las Islas del Pacífico, la Secretaría de la Comunidad del Pacífico y su Equipo Regional de Recursos sobre Derechos Humanos y el Pacific Disability Forum. En diciembre de 2018, el Gobierno de los Estados Federados de Micronesia organizó el Foro Nacional sobre Discapacidad con el apoyo de la Comunidad del Pacífico, la OMS y el Pacific Disability Forum. El Foro brindó a los estados la oportunidad de ayudar al Gobierno nacional a elaborar el informe inicial de los Estados Federados de Micronesia para el Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad. La Comunidad del Pacífico y el Pacific Disability Forum también respaldaron las consultas iniciales sobre el plan de aplicación de la Convención.

Artículo 33Aplicación y seguimiento nacionales

174.El Departamento de Salud y Asuntos Sociales de los Estados Federados de Micronesia es el punto focal del Gobierno para los asuntos relacionados con la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. El Departamento de Salud y Asuntos Sociales cuenta actualmente con un responsable nacional del Programa de Juventud y Discapacidad, encargado de promover la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

175.El Departamento de Salud y Asuntos Sociales trabaja en colaboración con otros departamentos, conforme a una orden ejecutiva presidencial que establece un grupo de trabajo sobre los derechos humanos y el examen periódico universal, integrado por miembros del Departamento de Educación, el Departamento de Relaciones Exteriores, el Departamento de Justicia y el Departamento de Recursos y Desarrollo, para abordar las cuestiones relacionadas con la aplicación de cualquier convención de derechos humanos, incluida la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Aunque cada departamento es responsable de ámbitos específicos de la Convención, todos colaboran estrechamente. La División de Asuntos Sociales del Departamento de Salud y Asuntos Sociales también colabora con organizaciones dedicadas a la discapacidad para promover la aplicación de la Convención mediante la preparación de planes de trabajo y actividades.

176.En 2017, el equipo nacional de los Estados Federados de Micronesia comenzó las consultas iniciales sobre el plan de aplicación de la Convención en los cuatro estados. Los objetivos de las consultas estatales eran establecer una plataforma de diálogo entre el Gobierno y las organizaciones de la sociedad civil sobre la necesidad de ratificar la Convención, dar a conocer la Convención a los participantes, fortalecer la capacidad de estos en relación con el desarrollo inclusivo con enfoque de discapacidad y preparar un plan de aplicación de la Convención para el estado de Pohnpei.

177.Según el plan de acción nacional sobre la Convención, el equipo nacional seguirá siendo un órgano de promoción de los derechos de las personas con discapacidad y una instancia de reunión y coordinación de los distintos actores del ámbito de la discapacidad en los Estados Federados de Micronesia —entre ellos organismos gubernamentales, ONG, líderes tradicionales y grupos religiosos—, a fin de garantizar que las cuestiones que afectan a las personas con discapacidad se aborden y se atiendan adecuadamente.

178.En el proceso de preparación del informe sobre la aplicación de la Convención, el Departamento de Salud y Asuntos Sociales celebró varias reuniones con las partes interesadas pertinentes. En 2018 se celebró en Chuuk una consulta nacional sobre la Convención en los Estados Federados de Micronesia, en la que participaron representantes de todos los gobiernos estatales, así como de asociados regionales e internacionales, entre ellos la Comunidad del Pacífico, el Pacific Disability Forum, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la organización de personas con discapacidad de los Estados Federados de Micronesia. La División de Asuntos Sociales también se puso en contacto con miembros del Congreso y miembros de los órganos legislativos de los estados para conocer sus opiniones sobre el informe del Gobierno. Se elaboraron cuestionarios y se distribuyeron entre los participantes en cada reunión a fin de recabar sus contribuciones para el informe nacional. También se entrevistó a mujeres y niñas con discapacidad para conocer su opinión sobre cuestiones relacionadas con la discapacidad en los Estados Federados de Micronesia.