Comité contra la Tortura
50º período de sesiones
Acta resumida de la 1149ª sesión
Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el jueves 16 de mayo de 2013, a las 15.00 horas
Presidenta:Sra. Belmir (Vicepresidenta)
Sumario
Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 19 de la Convención (continuación)
Segundo informe periódico de Kenya (continuación)
Se declara abierta la sesión a las 15.00 horas.
Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 19 de la Convención (continuación)
Segundo informe periódico de Kenya (continuación) (CAT/C/KEN/2)
1. Por invitación de la Presidenta, la delegación de Kenya toma asiento a la Mesa del Comité.
2.El Sr. Muigai (Kenya) dice que ni los condenados a muerte son víctimas de malos tratos, ni se les obliga a vestir un uniforme que los distinga. No se han llevado a cabo ejecuciones desde 1987 y la moratoria se mantendrá hasta que se alcance un acuerdo sobre la abolición de la pena capital. Aunque no existe una ley específica sobre la tortura, la Constitución y otros textos jurídicos la prohíben, y de ordinario los tribunales juzgan a los autores de actos de tortura. La adopción de la Constitución de 2010, que obligó a dar prioridad a otros instrumentos legislativos, ha retrasado la promulgación de una ley sobre la tortura. La Constitución establece, además, un complejo proceso legislativo que incluye consultas públicas obligatorias. El período examinado también se caracterizó por los meticulosos preparativos de las primeras elecciones democráticas del país con arreglo a la nueva Constitución. No obstante, el Gobierno recién elegido vuelve a estar en condiciones de llevar adelante el proceso de adopción del proyecto de ley para la prevención de la tortura.
3.Kenya no es un Estado fallido. Su Constitución es una de las más avanzadas del mundo y el país disfruta de una prensa libre, un Parlamento dinámico y un poder judicial independiente. Un juez no puede asumir su cargo sin haberse sometido a un proceso de examen público, y desde que se aprobó la nueva Constitución todos los jueces han tenido que volver a presentar su candidatura al puesto.
4.Recordando las muchas instituciones creadas en virtud de la Constitución que están en una fase incipiente, el orador dice que el Gobierno las financia en la medida de sus posibilidades, y que es prematuro calificarlas de ineficaces. Por ejemplo, la Autoridad Independiente de Supervisión de la Policía, que es un organismo civil compuesto de comisionados independientes, examina las quejas y exige responsabilidades a los agentes de policía. El nombramiento de los comisionados estuvo precedido de un riguroso proceso competitivo; los designados tenían por lo menos 25 años de experiencia policial y muchos habían participado en operaciones de mantenimiento de la paz en el extranjero.
5.La Comisión de Verdad, Justicia y Reconciliación y la Comisión Judicial de Investigación de los Conflictos Étnicos en el Río Tana son dos iniciativas gubernamentales que se han llevado a cabo de manera pública y han recibido una amplia cobertura en los medios de comunicación. Sus respectivos informes están terminados, aunque su presentación oficial se ha demorado a causa del período de transición entre uno y otro gobierno.
6.Recordando al Comité las serias consecuencias para toda el África Oriental derivadas de la gravedad de la situación de la seguridad en Somalia, el Sr. Muigai dice que tanto la conducta de las tropas kenianas desplegadas en la zona para contener la amenaza de Al-Shabab como las iniciativas de alto riesgo para capturar y enjuiciar a los piratas somalíes deben verse en el contexto de la lucha contra el terrorismo y merecen una cierta indulgencia. El Gobierno apoya las iniciativas diplomáticas destinadas a obtener una indemnización para los mau mau supervivientes y sus familias. Kenya está orgullosa de sus logros políticos y legislativos desde los episodios de violencia posteriores a las elecciones de 2008 y acogerá con satisfacción la visita del Relator Especial sobre la cuestión de la tortura en el momento oportuno.
7.El Sr. Kibara (Kenya) dice que las anteriores observaciones finales fueran distribuidas entre los miembros de la función pública. El retraso en la ratificación del Protocolo Facultativo se debe a un nuevo requisito constitucional, que prescribe la aprobación parlamentaria para ratificar cualquier instrumento internacional, y a las consultas públicas a las que obliga la Ley de Ratificación de Tratados.
8.La Sra. Lichuma (Kenya) dice que se están tomando medidas para aplicar el artículo 43 de la Constitución, que por primera vez reconoce el derecho a la salud, incluida la salud reproductiva. Asimismo, se está elaborando un amplio proyecto de ley sobre salud materna, de lactantes e infantil. La mutilación genital de la mujer está prohibida, aunque es una práctica profundamente arraigada en algunas comunidades. La policía no necesita una orden judicial para entrar en los locales donde se sospecha que se llevan a cabo esas prácticas para capturar a los autores en flagrante. La Constitución dispone que todo profesional de la salud que esté formado puede autorizar la interrupción del embarazo si la vida o la salud de la madre corren peligro. Aunque no existen disposiciones específicas relativas a las víctimas de violaciones, estas pueden someterse a un aborto si cumplen los requisitos ordinarios. Según el tipo de servicio, las pacientes están totalmente exentas del pago de los gastos en las maternidades, o los comparten con el hospital. Además, la Comisión Nacional de Género e Igualdad vigila la situación de los grupos de especial interés, como las mujeres, las personas con discapacidad, los niños y las minorías. Las enmiendas para armonizar la Ley de la Infancia con la Constitución y con las normas internacionales relativas al castigo corporal contienen una lista ampliada de los delitos sancionables. Un proyecto de ley sobre justicia de menores, que también está en espera de que se completen las consultas públicas y se haya llevado a cabo el examen en el Parlamento, elevará la edad de responsabilidad penal de 8 a 12 años.
9.El Sr. Katelo (Kenya), recordando que en Kenya está situado el mayor campamento de refugiados del mundo, dice que el país tiene una política de fronteras abiertas y que todos los solicitantes de asilo y refugiados reciben un trato conforme con las normas internacionales de derechos humanos. La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y la Convención por la que se Regulan los Aspectos Específicos de los Problemas de los Refugiados en África, de la Unión Africana se han incorporado a la Ley de los Refugiados, de 2006, que prevé el establecimiento de un Departamento de Refugiados y la definición de procedimientos operativos uniformes en materia de recepción, registro, condición, seguridad y salud de los refugiados. El incidente en el que varios agentes de la policía entraron en el campamento de Dadaab y asesinaron a dos refugiados estuvo provocado por la infiltración de varios miembros de Al-Shabab en el campamento. Para acabar con la violencia y proteger a los refugiados, el personal humanitario y el Gobierno han adoptado distintas medidas, como triplicar el número de agentes de policía, mejorar la gestión de los campamentos, establecer el Proyecto de Alianza en Favor de la Seguridad en colaboración con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, y llevar a cabo actividades de concienciación sobre la violencia sexual y de género.
10.No hay refugiados de condición indefinida; las discrepancias estadísticas aparentes se deben simplemente a que un porcentaje significativo de solicitantes de asilo, por ejemplo todos los refugiados somalíes, son aceptados a primera vista y no pasan por el proceso ordinario de determinación de su condición. En virtud de la Ley de los Refugiados, los solicitantes de asilo pueden presentar recurso si su solicitud ha sido rechazada. Una vez agotadas todas las vías de recurso, pueden organizar su salida del país o ser remitidos al departamento de refugiados para recibir asistencia. Con arreglo a la nueva Constitución, los nubios tienen derecho a pedir la naturalización, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Ciudadanía e Inmigración.
11.La Sra. Chweya (Kenya) dice que las denuncias de torturas por parte de la policía se investigan y se enjuician. Entre 2008 y 2013 se denunciaron 143 casos, de los cuales 18 concluyeron con la adopción de medidas disciplinarias y 107 se llevaron ante los tribunales. La Ley de la Policía Nacional establece que todo agente de policía que sea declarado culpable de torturas o tratos crueles, inhumanos y degradantes podrá ser condenado a una pena de prisión de hasta 25 años. En respuesta a la preocupación del Comité por el retraso en recibir las indemnizaciones, la oradora dice que las quejas relativas a estos casos son posteriores a 2002, y cita las cantidades abonadas en otros casos por concepto de daños y perjuicios.
12.Se ha elaborado un proyecto de ley sobre víctimas de delitos, que prevé la constitución de un fondo nacional de asistencia a las víctimas. El proyecto de ley para la prevención de la tortura contiene un amplio marco para la compensación de las víctimas, incluida la restitución y el reembolso de las cantidades abonadas por concepto de tratamiento médico y psicológico, y define la obligación del Gobierno de proporcionar unos servicios y una asistencia adecuados a las víctimas, de acuerdo con su edad, género y discapacidad. El mecanismo para las denuncias por casos de torturas está integrado por la Autoridad Independiente de Supervisión de la Policía, la Comisión sobre Justicia Administrativa, la Dependencia Interna de Denuncias de la Policía Nacional y la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Esta última Comisión dispone de los fondos necesarios para el desempeño de su misión, que consiste en llevar a cabo inspecciones penitenciarias, formar a los funcionarios de prisiones en los derechos humanos, notificar a las autoridades competentes cualquier infracción disciplinaria y presentar un informe anual al Presidente y al Parlamento.
13.El Sr. Karani (Kenya) dice que, para abordar el problema del hacinamiento en las prisiones, la partida presupuestaria destinada al departamento de prisiones ha pasado de 1,4 a 1,97 millones de dólares de los Estados Unidos. El número de centros penitenciarios ha aumentado de 96 a 180, habiéndose creado una institución independiente para mujeres menores de edad. Actualmente, las personas condenadas a una pena de prisión de un máximo de 3 años pueden realizar trabajos comunitarios. El número de reclusos se ha reducido de 55.000 a 44.000. Para hacer frente al problema del retraso acumulado de los procesos, el Tribunal Superior prevé abrir delegaciones en todos los condados y se ha nombrado a muchos más jueces. A las madres que son encarceladas se les obliga, de no haber un tutor, a llevar consigo a sus hijos de 4 años o menos. Estos niños viven en módulos separados y su alimentación se basa en una dieta especial. No se han dado casos de explotación sexual o de transmisión del VIH en las prisiones de Kenya. Los reclusos seropositivos reciben tratamiento antirretroviral. El nuevo Gobierno está estableciendo estructuras para atender a las peticiones de liberación de reclusos por motivos humanitarios o afines.
14.La Sra. Amulele (Kenya) dice que la Constitución consagra el derecho de toda persona detenida a ser puesta en libertad bajo fianza si es acusada de delitos leves. Además, todo detenido debe comparecer ante un tribunal dentro de las 24 horas siguientes a su detención; los tribunales estudian la posibilidad de fijar una fianza y sus condiciones. El Tribunal Superior ratificó la ampliación del derecho constitucional a la fianza, y actualmente es habitual que todos los detenidos sean puestos en libertad bajo fianza.
15.En los párrafos 120 y 121 del informe periódico se ofrecen detalles sobre la Ley de Prueba. Solamente los policías de rango superior al de inspector jefe, o un funcionario judicial, pueden oír la confesión de una persona dispuesta a hacerla. Son inadmisibles las pruebas obtenidas mediante tortura.
16.El grupo de trabajo interinstitucional establecido para examinar todos los casos de violencia posteriores a las elecciones ha publicado sus conclusiones preliminares. El informe definitivo se presentará en breve. En total, se abrieron 6.443 expedientes en relación con estos casos. De los 1.201 casos que han sido vistos en los tribunales, 274 concluyeron con la absolución, 191 con una sentencia condenatoria y, después de ser revisados, unos 125 se retiraron y 69 están a la espera de juicio. Unos 370 casos juzgados estaban relacionados con la violencia de género. De estos, 50 se retiraron y se pronunciaron 18 absoluciones y 54 condenas; 16 casos siguen pendientes de juicio. El poder judicial está tramitando el establecimiento de una división de delitos internacionales dentro del Tribunal Superior, que juzgará estos casos, examinará las recomendaciones del grupo de trabajo y actuará en consecuencia. La Oficina del Director de la Acusación Pública también está estableciendo una dependencia fiscal especializada para juzgar estos casos. El Gobierno está estudiando la posibilidad de revisar el plazo de prescripción de las demandas por daños y perjuicios contra funcionarios públicos.
17.El programa de enjuiciamiento de los casos de piratería con arreglo a la resolución pertinente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas concluyó en 2009. Solo queda pendiente un caso. Todo el personal del Organismo de Protección de Testigos ha recibido una formación adecuada en derechos humanos. El Organismo se financia con fondos gubernamentales y puede recurrir libremente a otras fuentes para obtener apoyo financiero adicional.
18.El Sr. Gatwanjeru (Kenya) dice que el mecanismo interno de la policía o los tribunales de justicia se ocupan de todos los casos de abuso de la autoridad policial. Todos los agentes de policía conocen las disposiciones constitucionales según las cuales toda persona detenida debe comparecer ante un tribunal dentro de las 24 horas siguientes a su detención y todos los detenidos tienen derecho a atención médica y a representación letrada. La policía lleva a los detenidos a una comisaría, donde se anotan sus datos personales; a continuación, el oficial a cargo entrevista al detenido para asegurarse de que durante la detención no ha habido ninguna conducta indebida. Actualmente se está modificando el código de conducta de la policía para armonizarlo con la Ley de Policía y la nueva Constitución. Hasta la fecha, alrededor de 25.000 agentes de policía han recibido formación en derechos humanos.
19.El Inspector General ordenó una investigación exhaustiva sobre las acusaciones de robo de refugiados somalíes durante una operación policial en noviembre de 2012; la investigación sigue abierta. La Autoridad Independiente de Supervisión de la Policía, integrada únicamente por personal civil, vigila la imparcialidad de las investigaciones policiales. Los medios de comunicación informaron de violaciones en grupo ocurridas en el distrito de Eastleigh, en Nairobi, en diciembre de 2012, pero la policía no tiene constancia de ellas. Hasta la fecha, las investigaciones realizadas sobre esas informaciones no han revelado la menor prueba que pueda conducir a un enjuiciamiento. En el caso de los tres asaltantes de coches, la investigación no ha encontrado pruebas de la responsabilidad de ninguno de los individuos investigados. Sigue abierta la investigación por el asesinato, el 14 de abril de 2013, de un joven que intentó robar un teléfono móvil. La Autoridad Independiente de Supervisión de la Policía también se ocupa de este asunto. Todos los casos de asesinato son objeto de una audiencia en los tribunales, incluido el presunto linchamiento de una anciana sospechosa de brujería. Los formularios P3 para los informes de los exámenes médicos de la policía están disponibles gratuitamente. Estos informes los rellena la policía y el examinador médico.
20.El Sr. Domah (Relator para el país) insta al Estado parte a que verifique que no se obliga a ningún condenado a muerte a vestir una camiseta en la que se lee la palabra “condenado” o que los patíbulos no se engrasan a diario a la vista de esos reclusos o cuando estos se encuentran a una distancia que les permite oír la operación. Estas denuncias provienen de personas que han visitado las prisiones kenianas.
21.Si bien el Comité entiende que las autoridades del Estado parte han centrado su actividad en la creación de instituciones democráticas y la reorganización del cuerpo de policía, le sigue preocupando que no se hayan tomado suficientes medidas para evitar las torturas a nivel comunitario. Celebra las noticias según las cuales el proyecto de ley para la prevención de la tortura es prioritario, y está en espera de que se comunique su entrada en vigor. Solicita información sobre la presunta paliza y robo sufridos por el Sr. Muhyadin Ahmed Roble, periodista somalí, en diciembre de 2012 a manos de la Dependencia de Servicios Generales; sobre los episodios de violencia en la región del delta del río Tana en 2012 y 2013; sobre un incidente en el que, presuntamente, varios agentes de policía presenciaron pasivamente como 10 personas eran quemadas vivas, y sobre la muerte de 42 funcionarios de policía durante un conflicto entre dos comunidades. Pregunta si las presuntas víctimas de maltrato policial disponen de algún mecanismo administrativo que les ayude a resolver la cuestión sin necesidad de llevarla a los tribunales. Convendría saber si el Estado parte procura que los agentes de policía apliquen las lecciones aprendidas en los cursos de formación en derechos humanos a los que asisten.
22.El Sr. Wang Xuexian (Relator para el país) felicita al Estado parte por las mejoras en su ordenamiento jurídico y aguarda con interés los resultados de estos cambios. Le satisface que el Presidente haya conmutado alrededor de 4.000 condenas a muerte. El Comité agradecería que se facilitara información sobre los resultados de los juicios sobre los episodios de violencia ocurridos antes de las elecciones, a medida que vaya estando disponible. Señala a la atención de la delegación que, de conformidad con la Convención, las víctimas de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes tienen derecho a una indemnización justa y adecuada. No es la víctima la que tiene que reclamar una indemnización.
23.El Comité nunca ha condonado el terrorismo, pero es un fenómeno que debe combatirse de conformidad con las normas internacionales, en particular las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y las disposiciones de la Convención. En el caso de los asaltantes de coches, sería útil saber si utilizaron armas durante el incidente o amenazaron con hacerlo. Ese caso, así como el de los policías que dispararon en tres ocasiones a un joven que estaba robando un teléfono móvil, hacen pensar que la policía hace un uso excesivo de las armas de fuego. En consecuencia, sugiere que el Estado parte examine las normas y los reglamentos internacionales sobre el uso de armas de fuego y modifique su práctica en consecuencia.
24.Pregunta si los miembros de las fuerzas armadas y el personal médico que están en contacto con personas privadas de su libertad han recibido la formación adecuada. Agradecería que la delegación comentara los informes que señalan que la prisión preventiva puede llegar a prolongarse 4 años, y las denuncias de que no siempre se respeta la regla de las 24 horas. Pregunta si en alguna actuación judicial se han invocado confesiones obtenidas por medio de torturas. Sería útil saber cuándo prevé aprobar el Estado parte el proyecto de ley sobre ratificación de tratados. Menciona con satisfacción el compromiso del Estado parte de cursar una invitación al Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
25.El Sr. Bruni pregunta si en alguna ocasión se ha invocado la Convención en los tribunales de Kenya y si desde 2010 ha sido la base de alguna resolución judicial. No entiende por qué a los agentes del orden que han infligido torturas se les acusa de delitos tales como el asesinato, las agresiones y la violación. Sería útil saber si la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha visitado lugares de detención y, en caso afirmativo, si ha publicado sus conclusiones y recomendaciones.
26.Al Sr. Gaye le resulta especialmente desconcertante que a los agentes del orden público que han infligido torturas se les acuse de delitos tales como el asesinato, las agresiones o la violación, ya que la Ley de la Policía Nacional de 2011 tipifica como delito la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes infligidos por la policía. Convendría saber qué aportará el proyecto de ley para la prevención de la tortura a la legislación vigente. Pregunta a los 60 agentes de policía acusados de corrupción entre 2008 y 2011 fueran enjuiciados y sancionados. El Comité agradecería conocer más detalles sobre las garantías fundamentales de los detenidos, en particular el derecho a un abogado y el acceso a un médico.
27.El Sr. Tugushi dice que habría que instaurar mecanismos no solo para prevenir la tortura, sino también para abordar debidamente esos casos cuando se produzcan. Pregunta qué medidas se han adoptado para poner freno a la corrupción generalizada en el cuerpo de policía, y dotar a este cuerpo de más recursos. Los bajos salarios y la falta de motivación de los agentes de policía alimentan la desconfianza de la población en general. Así por ejemplo, las iniciativas en pro de una policía de proximidad han sido recibidas con desconfianza. Es necesaria una reforma a fondo de la policía y hay que enjuiciar a los agentes de policía que han cometido delitos. El orador solicita información más detallada sobre el estado de las cárceles.
28.La Sra. Sveaass lamenta que sea el personal médico superior el que decida si se ha de interrumpir el embarazo en casos de violación o incesto. Pregunta si las personas que tienen derecho a reparación y rehabilitación pueden obtenerlas por vías distintas de los tribunales civiles y penales. Refiriéndose a la observación general núm. 3 del Comité, pregunta si el grupo de trabajo que investiga los episodios de violencia posteriores a las elecciones también tiene el mandato de proporcionar reparación a las víctimas y, en caso afirmativo, de qué manera. Asimismo, desea saber si un médico puede evaluar el estado de las personas que han sufrido lesiones presuntamente a causa de torturas, antes de rellenar el formulario P3 con la policía. Pregunta si las modificaciones propuestas a la Ley de la infancia, de 2001, prevén sanciones en caso de que se vulneren sus disposiciones, qué mecanismos de vigilancia existen para detectar malos tratos en instituciones de atención de la infancia, y si está previsto seguir aumentando el número de servicios de protección de la infancia en las comisarías de policía.
29.La Presidenta dice que el proyecto de ley para la prevención de la tortura y la propuesta de código de conducta de la policía son tan importantes que debería elaborarlos un departamento o una comisión especial, para su presentación al Parlamento. Desea saber si por independencia del cuerpo de policía se entiende que puede ignorar las peticiones de que se inicien investigaciones, de la Oficina del Director de la Acusación Pública.
30.El Sr. Domah pregunta cómo es posible que se hayan producido ataques contra somalíes en el centro de Nairobi, que es la capital del país.
31.El Sr. Muigai (Kenya) dice que el único método empleado para aplicar la pena de muerte ha sido la horca. Como quiera que la mayoría del electorado se ha opuesto a la abolición de la pena de muerte, el Gobierno ha optado por una moratoria. El Comité ha hecho afirmaciones descabelladas y sin pruebas. Aunque el proyecto de ley para la prevención de la tortura, de 2011, se presentará al Parlamento a la mayor brevedad posible, actualmente hay otros proyectos de ley prioritarios. De conformidad con las leyes promulgadas el año pasado, la Ley de la Policía Nacional contiene disposiciones que prohíben explícitamente la tortura. El Estado parte prevé dar pleno cumplimiento a sus obligaciones internacionales.
32.Se ha creado una comisión de investigación judicial encargada de investigar los trágicos sucesos acaecidos en la zona del delta del río Tana. El informe de la comisión ya está listo y se publicará en breve. Un incidente que se saldó con la muerte de 42 agentes de policía no refleja en modo alguno una desafección pública hacia las fuerzas del orden. El ataque fue obra de una banda de cuatreros. El incidente demuestra la necesidad de destinar más recursos a la policía.
33.El Estado parte está tratando de establecer un fondo de compensación para las víctimas de violaciones de los derechos humanos. Es preciso revisar las normas sobre el porte y el uso de armas de fuego. Hasta la fecha, los cursos de formación no han tenido los efectos deseados en las actuaciones de la policía. No obstante, a mediados de los años noventa dejó de recurrirse a la tortura para obtener confesiones. Las confesiones se realizan solamente ante los tribunales. Las insinuaciones de que los nacionales somalíes son víctimas de discriminación y malos tratos carecen de fundamento. Sin embargo, la infiltración de somalíes, algunos de ellos terroristas, en zonas fronterizas de Kenya pobladas por personas de origen étnico somalí plantea un problema de seguridad al Estado parte.
34.El Sr. Kibara (Kenya) dice que la nueva Comisión Nacional del Servicio de Policía se encarga de la contratación de agentes y de las medidas disciplinarias. Se está organizando un procedimiento de investigación de los agentes de policía y los miembros del poder judicial. La policía responde ante la Oficina del Director de la Acusación Pública pero es independiente de partidos y personalidades políticas.
35.Se está preparando un programa nacional de asistencia jurídica y está previsto que en 2014 se apruebe la legislación correspondiente. Se ha recomendado el establecimiento de un fondo de compensación para las víctimas de los episodios de violencia posteriores a las elecciones, que les permitirá obtener reparación sin necesidad de acudir a los tribunales. No es posible enjuiciar por la vía penal los actos de tortura si no existe una definición clara del delito. En cuanto se apruebe, el proyecto de ley para la prevención de la tortura pondrá fin a esta anomalía. Las disposiciones constitucionales sobre la tortura se invocan ante los tribunales en los casos civiles. Asimismo, se aplican las disposiciones pertinentes de la Ley de la Policía Nacional. Actualmente, y en virtud de la recientemente aprobada Ley de Elaboración y Ratificación de Tratados, se están tramitando distintos instrumentos internacionales que deben ratificarse.
36.La Sra. Lichuma (Kenya) dice que la interrupción del embarazo podría autorizarse en casos de violación si se amplía la definición de riesgo para la salud de la madre derivado del embarazo. Las modificaciones propuestas de la Ley de la Infancia suponen una revisión integral de la ley. La Comisión Nacional de Género e Igualdad ha encargado un estudio de los mecanismos de vigilancia en vigor para las instituciones de atención de la infancia. Se crearán más servicios de protección infantil en las comisarías de policía para ocuparse de los niños en conflicto con la ley.
37.La Sra. Njau-Kimani (Kenya) dice que la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Kenya puede visitar libremente cualquier prisión del país, y ya ha visitado la mayoría de ellas. La Comisión Nacional presenta informes anuales sobre sus conclusiones al Presidente y al Parlamento. Estos informes ya han permitido mejorar las condiciones en las cárceles.
38.El Sr. Gatwanjeru (Kenya) dice que las víctimas de torturas que requieren hospitalización suelen recibir tratamiento médico antes de rellenar el formulario P3. Posteriormente, el formulario puede descargarse u obtenerse y rellenarse en una comisaría de policía.
39.El Sr. Karani (Kenya) dice que se están destinando recursos a renovar instalaciones penitenciarias y a mejorar las condiciones de detención, así como a impartir formación en derechos humanos a los funcionarios de prisiones. Las autoridades vigilan la aplicación de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos. Se ha aumentado la capacidad de las prisiones para atenuar el problema del hacinamiento; el número de reclusos se ha reducido y se han agilizado los procedimientos judiciales.
40.La Sra. Chweya (Kenya) dice que, cuando dictan sus sentencias, los tribunales tienen en cuenta los tratados internacionales en los que Kenya es parte. En efecto, algunos tribunales han dictaminado que la existencia de la pena capital es incompatible con el derecho internacional.
41.El Sr. Muigai (Kenya) dice que se ha hecho mucho para ayudar a las víctimas de los episodios de violencia posteriores a las elecciones. Muchas de estas personas han sido reinstaladas y han recibido pagos en efectivo. Continúan ejecutándose iniciativas en este sentido.
42.El Sr. Bruni pregunta si las disposiciones de los tratados internacionales se aplican o no en el Estado parte. La delegación ha señalado que esas disposiciones se han incorporado a la legislación nacional y pueden invocarse ante los tribunales; sin embargo, no es posible enjuiciar por la vía penal la tortura porque no existe una definición jurídica adecuada del delito. Sin duda, el artículo 1 de la Convención proporciona tal definición.
43.El Sr. Muigai (Kenya) dice que, en cuanto se promulgue, el proyecto de ley para la prevención de la tortura proporcionará una definición única, oficial y amplia de la tortura. Kenya sigue estando comprometida a cooperar plenamente con los órganos de tratados de las Naciones Unidas y considerará como es debido las recomendaciones del Comité.
Se levanta la sesión a las 17.55 horas.