45° período de sesiones

Acta resumida de la primera parte (pública)* de la 973ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el viernes 12 de noviembre de 2010, a las 15.00 horas

Presidente:Sr. Grossman

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 19 de la Convención (continuación)

Informe sobre el seguimiento de las observaciones finales

Examen de las comunicaciones presentadas en virtud del artículo 22 de la Convención (continuación)

Informe sobre el seguimiento de las comunicaciones

* El acta resumida de la segunda parte (privada) de la sesión lleva la signatura CAT/C/SR.973/Add.1.

Se declara abierta la sesión a las 15:05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 19 de la Convención (continuación)

Informe sobre el seguimiento de las observaciones finales (documento sin signatura distribuido en la sala únicamente en inglés)

El Presidente invita a la Sra. Gaer a presentar su informe provisional sobre el seguimiento de las observaciones finales.

La Sra. Gaer (Relatora para el seguimiento de las observaciones finales) recuerda que, durante su 30° período de sesiones, el Comité puso en marcha un procedimiento de seguimiento de las observaciones finales aprobadas en virtud del artículo 19 de la Convención con la intención de hacer más eficaz la lucha contra la tortura y de ayudar a los Estados partes a adoptar plenamente su legislación y sus prácticas a las obligaciones estipuladas en la Convención. El procedimiento no pretende asegurar la puesta en práctica de cada una de las numerosas recomendaciones formuladas por el Comité tras el examen de los informes de los Estados partes, sino poner de relieve algunas de ellas, escogidas sobre la base de tres criterios. Las recomendaciones seleccionadas deben versar sobre cuestiones graves, aspirar a asegurar la protección de derechos o de personas y ser aplicables en el plazo de un año, quedando el Estado parte de que se trate emplazado a proporcionar información sobre el seguimiento que haya realizado respecto a las mismas durante dicho plazo.

Desde la puesta en práctica del nuevo procedimiento en 2003, el Comité ha solicitado a 101 Estados información sobre el seguimiento dado a sus recomendaciones. La Relatora considera muy interesante este procedimiento de seguimiento, pues permite obtener información de los Estados partes acerca de las medidas de protección adoptadas desde el examen de sus informes periódicos. El 74% de los 95 Estados partes que debían presentar su informe antes del 44° período de sesiones del Comité le han enviado información sobre el seguimiento dado a algunas de sus recomendaciones. Los que responden fuera de plazo o no dan respuesta alguna son, por lo general, los mismos que se demoran en la presentación de su informe inicial o periódico.

Como Relatora para el seguimiento de las observaciones finales, la Sra. Gaer realiza una evaluación de las respuestas recibidas para determinar si abordan las preocupaciones del Comité o si se necesitan datos adicionales. En este último caso, la Relatora se dirige por escrito al Estado parte para solicitarle aclaraciones sobre aspectos concretos. Las cartas enviadas a los Estados partes por este motivo, sus eventuales respuestas y, en su caso, la información trasmitida por las organizaciones no gubernamentales (ONG) y las organizaciones de la sociedad civil se publican a partir de ahora en el sitio web del Comité, en la dirección http://www2.ohchr.org/english/bodies/ cat/follow-procedure.htm.

Dado que las recomendaciones dirigidas a cada Estado parte se formulan teniendo en cuenta la situación del país en cuestión, las respuestas recibidas y las cartas en que la Relatora solicita información complementaria abordan temas muy diversos. Sin embargo, algunos son recurrentes; entre ellos, la necesidad de iniciar inmediatamente una investigación imparcial sobre las denuncias de violación (76%), perseguir y castigar a los autores de actos de tortura o malos tratos (61%), ofrecer garantías jurídicas a los detenidos y las personas privadas de libertad (57%), asegurar a la persona el derecho de presentar una denuncia y lograr que su causa se examine sin que por ello sufra represalias (43%), aumentar la eficacia de las actividades de capacitación y de sensibilización (43%), velar por que los métodos de interrogación sean conformes a las disposiciones de la Convención (43%), conceder una reparación a las víctimas de torturas y permitirles disfrutar de medidas para su rehabilitación (38%), luchar contra la violencia por razón de género y proteger a las mujeres (34%), mejorar la vigilancia en los centros de detención y organizar visitas de órganos independientes sin previo aviso a esos lugares (30%) y mejorar las condiciones de detención y luchar contra el hacinamiento en las prisiones (28%).

En su correspondencia con los Estados partes, la Sra. Gaer afirma haber observado varios motivos de preocupación recurrentes sobre los cuales el Comité no recibe una respuesta satisfactoria de los Estados partes. Estos puntos fueron señalados en el informe anual del Comité a la Asamblea General. Se trata principalmente de la presentación por parte de los Estados partes de ejemplos concretos, la creación de instituciones independientes e imparciales encargadas específicamente de examinar las quejas sobre violaciones de la Convención, los problemas persistentes que supone la recopilación y el análisis de estadísticas sobre la policía y la administración de justicia, la necesidad de iniciar sin dilación investigaciones imparciales sobre las denuncias de violación, y la utilidad de las visitas de las ONG a las prisiones.

Para obtener información, la Sra. Gaer consulta a otras fuentes distintas de las que le indican los Estados partes, en particular a órganos competentes de las Naciones Unidas, los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos, las organizaciones intergubernamentales, las instituciones nacionales de defensa de los derechos humanos, la jurisprudencia de los tribunales nacionales o internacionales y las ONG. En adelante, la información obtenida de estas dos últimas fuentes se publicará en el sitio web del Comité.

Durante la última reunión entre comités celebrada en junio de 2010, la Sra. Gaer abordó la cuestión del intercambio de información con los procedimientos especiales. En el marco general de la lucha contra la tortura y los malos tratos, sería enormemente útil que el Comité y los procedimientos especiales, en particular aquellos habilitados para realizar llamamientos urgentes o visitas a los países, como los relatores especiales sobre la tortura, sobre la violencia contra la mujer y sobre la independencia de los jueces y abogados o el Grupo de Trabajo sobre la detención arbitraria, intercambiaran información sobre sus prioridades, conclusiones y preocupaciones relativas a las cuestiones de las que este realiza un seguimiento con los Estados partes. Esta colaboración tendría un efecto multiplicador de la labor que desarrollan los procedimientos especiales y, a falta de visitas a los países por expertos del Comité contra la Tortura, el trabajo que desempeñan los procedimientos especiales debería facilitar considerablemente el seguimiento de las recomendaciones formuladas tras el examen de los informes de los Estados partes. En este contexto, el diálogo entablado durante el presente período de sesiones con el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias solo puede ser beneficioso.

A fin de que el Comité pueda analizar sus propias prácticas, la Sra. Gaer presenta tres cuadros recapitulativos sobre los siguientes aspectos: el reparto regional de los países sujetos al procedimiento de seguimiento y los temas abordados; las cuestiones que han sido objeto de seguimiento y que se han incorporado a las listas de cuestiones previas a la presentación de los informes de los Estados partes; y un resumen de los diferentes temas que han sido objeto de un procedimiento de seguimiento entre el 30° y el 44° período de sesiones del Comité. En este sentido, la Sra. Gaer observa con satisfacción que el Comité ha seguido su propuesta de procurar limitar el número de recomendaciones dirigidas a los Estados partes que precisan seguimiento y que la Tercera Comisión ha apreciado los esfuerzos del Comité por aumentar la eficacia de sus métodos de trabajo. Además, celebra la mejora de la coordinación con los miembros del Comité desde el 44° período de sesiones, en el sentido en que estos últimos tienen en cuenta mucho más sistemáticamente las cuestiones que el Comité ya ha designado como sujetas a seguimiento, la información intercambiada con los Estados partes y las peticiones de información de la Relatora que quedaron sin respuesta a la hora de redactar las listas de cuestiones previas a la presentación de los informes periódicos.

La Sra. Kl e opas comparte la opinión de la Sra. Gaer sobre la utilidad del procedimiento de seguimiento de las recomendaciones del Comité, en particular, de la información obtenida en el marco de este procedimiento en todas las fases de los trabajos del Comité, ya se trate de la preparación de la lista de cuestiones previa a la presentación de los informes periódicos o del examen de esos informes. Igualmente, se muestra totalmente favorable al establecimiento de una colaboración más estrecha con los procedimientos especiales

El Sr. Bruni subraya, por su parte, la necesidad de reforzar la cooperación entre los órganos creados en virtud de tratados y los procedimientos especiales, en particular aquellos cuyas actividades están directamente relacionadas con los trabajos del Comité. Este siempre ha tenido en cuenta los informes preparados por los procedimientos especiales tras sus misiones en los países. De igual modo, el Relator especial sobre la tortura siempre se ha hecho eco, durante las visitas realizadas a los países, de las observaciones del Comité tras el examen de los informes periódicos. El orador desea que se tengan en cuenta de manera más sistemática los temas abordados en el procedimiento de seguimiento y propone que se añada en el programa de la próxima reunión de los órganos creados en virtud de tratados y los procedimientos especiales la cuestión de la institucionalización del diálogo con estos últimos. El Sr. Bruni opina que sería igualmente útil incorporar las cuestiones prioritarias observadas por el Comité en el marco del procedimiento de seguimiento en los informes preparados por la secretaría a los efectos del examen periódico universal. Ello permitiría proceder a un examen completo de la situación de los derechos humanos en todos los países.

La Sra. Sveaass afirma que el procedimiento de seguimiento y la incorporación de las cuestiones prioritarias observadas durante dicho seguimiento en las listas de cuestiones previas a la presentación de los informes periódicos coinciden en su voluntad de asegurar la continuidad y la eficacia de la labor del Comité. La oradora desea saber si todos los temas específicos sobre los que se suele solicitar de manera recurrente información complementaria en el procedimiento de seguimiento se atienen a los criterios y principios de selección establecidos por el Comité y cuáles son los principales puntos de preocupación del Comité para los cuales los Estados partes no suelen dar una respuesta satisfactoria, a fin de revisar, si fuera necesario, la formulación de las preguntas. Por último, la Sra. Sveaass pregunta por la frecuencia con que el Comité solicita información complementaria sobre las desapariciones forzadas en el marco del procedimiento de seguimiento de las observaciones finales.

El Presidente dice que el seguimiento de las recomendaciones es una tarea esencial del Comité de cara al cumplimiento de los objetivos de la Convención y, en un sentido más profundo, a la realización del estado de derecho. Si el seguimiento es insuficiente, la operación corre el riesgo de convertirse en mero ejercicio retórico. En este contexto, el Comité, los procedimientos especiales y también las organizaciones regionales y las ONG no pueden sino beneficiarse de cualquier colaboración, aunque solo sea por medios de comunicación electrónicos. Ello favorecería, sin duda, un conocimiento más profundo y extenso de las cuestiones en juego y supondría un aporte de legitimidad. La próxima reunión de los comités debería servir para profundizar en estas cuestiones fundamentales, así como en la puesta en marcha de un sistema de evaluación de las prácticas en materia de seguimiento similar al esbozado en los cuadros recapitulativos preparados por la Relatora para el seguimiento de las observaciones finales.

La Sra. Gaer (Relatora para el seguimiento de las observaciones finales), en respuesta a las preguntas formuladas por los miembros del Comité, dice que cuando un Estado parte no responde a las comunicaciones que se le envían con arreglo al procedimiento de seguimiento de las observaciones finales, se preocupa por que se añada una pregunta al respecto en la lista de cuestiones previa a la presentación de su próximo informe periódico.

Algunas recomendaciones son susceptibles de seguimiento, si el Estado parte es materialmente capaz de solucionar la situación en el plazo de un año. La aplicación de otras recomendaciones, como las que buscan “reformar el Código Penal” o “modificar la definición de tortura”, requiere más tiempo. Por este motivo, algunas recomendaciones son más recurrentes que otras en los procedimientos de seguimiento. Por otro lado, algunas cuestiones particularmente importantes, como la reforma del sistema jurídico, se abordan sistemáticamente durante el examen periódico de los informes del Estado parte correspondiente. En este sentido, si el plazo de un año no resulta demasiado corto, quizá sería conveniente solicitar a los Estados partes que proporcionen al Comité información sobre los casos de desapariciones forzadas en el marco del procedimiento de seguimiento de las cuestiones prioritarias.

La Sra. Gaer puntualiza que, cuando mencionó las “organizaciones intergubernamentales” entre las fuentes de información que utiliza en el desempeño de su mandato, tenía en mente las “organizaciones regionales”. Por otro lado, parece que la cooperación con estas organizaciones está a punto de materializarse, pues recientemente se celebró una primera reunión entre los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados y representantes de la Unión Europea.

La Sra. Belmir expresa su preocupación por el hecho de que los Estados partes no siempre tengan suficientemente en cuenta, o incluso ignoren, las observaciones finales del Comité, máxime cuando se suelen referir a políticas relativas a los extranjeros en conflicto con la ley que se encuentran en su territorio, incluidos los documentados. La oradora cita en particular los casos de Francia y Suiza.

El Sr. Gallegos Chiriboga se muestra a favor del estrechamiento de los vínculos y del intercambio de información con los demás órganos creados en virtud de tratados y con los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos. En su opinión, convendría definir los temas de interés común, que podrían abordarse en el marco del examen periódico universal. Para ello, los diferentes mecanismos podrían establecer de manera conjunta una “hoja de ruta” que serviría de base para los trabajos de todos los mecanismos de protección de los derechos humanos.

El Sr. Bruni cree que no sería conveniente solicitar a un Estado parte que proporcione información sobre un caso de desaparición forzada en el plazo de un año, pues le parece demasiado corto. En el procedimiento de seguimiento, sería preferible concentrarse en otras cuestiones, como las condiciones de detención.

El Sr. Kjarum (Consejo Internacional para la Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura), refiriéndose a las represalias de las que son víctimas las ONG que informan al Comité sobre la situación de los derechos humanos en los Estados cuyo informe se examina, celebra que el Comité haya denunciado en su 44° período de sesiones la intimidación y el acoso sufridos por los miembros de ONG que trabajan en el Yemen tras el examen del segundo informe periódico de este país en el período de sesiones anterior. En este sentido, el Consejo Internacional para la Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura propone que, en sus observaciones finales, el Comité recomiende al Estado parte que proteja a los defensores de los derechos humanos, en particular a los que presentaron al Comité un informe paralelo al examen de un informe periódico, y que evalúe la situación con el Comité en el plazo de un año. Con este procedimiento, las ONG afectadas tendrían la posibilidad de informar al Comité de eventuales represalias.

La Sra. Gaer (Relatora para el seguimiento de las observaciones finales) observa que, incluso cuando la cuestión de la protección de los defensores de los derechos humanos, las víctimas o los testigos se menciona en ocasiones en las observaciones finales, la recomendación nunca ha sido es objeto de seguimiento en el plazo de un año. Toma, pues, nota de la propuesta del Sr. Kjarum.

El Sr. Gallegos Chiriboga dice que, en caso de represalias contra miembros de una ONG, no se debería alertar únicamente al Comité contra la Tortura, sino que esos actos deberían ponerse en conocimiento del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y de los demás órganos creados en virtud de tratados, puesto que constituyen una violación flagrante de los principios que sustentan todo el sistema de derechos humanos y precisan una vigilancia particular por parte de todos.

El Presidente, tomando la palabra en su calidad de miembro del Comité, afirma que la aplicación de ciertas recomendaciones debe someterse obligatoriamente a un seguimiento, como sucede con las relativas a la impunidad y a la obligación de perseguir y castigar a los autores de las violaciones.

La Sra. Sveaass comparte la preocupación de la Sra. Belmir por las políticas relativas a los extranjeros que aplican ciertos países europeos y propone que se solicite a los Estados a los que se haya formulado una recomendación a este respecto que presenten, en el plazo de un año, información sobre la respuesta dada a dicha recomendación.

La Sra. Gaer (Relatora para el seguimiento de las observaciones finales) dice que examinará cuidadosamente este asunto y elaborará una lista de los países a los que se ha formulado tal recomendación en el pasado. A primera vista, parece que, salvo Bahrein y Qatar, todos los países a quienes se recomendó proteger los derechos de los solicitantes de asilo y de los no ciudadanos son países europeos.

El Presidente, hablando en su calidad de miembro del Comité, señala que los desplazados internos a menudo también son víctimas de tortura y malos tratos.

Examen de las comunicaciones presentadas en virtud del artículo 22de la Convención (continuación)

Informe sobre el seguimiento de las comunicaciones

El Sr. Mariño Menéndez (Relator para el seguimiento de las comunicaciones) informa al Comité de que el miembro del Equipo de quejas encargado de apoyar al Comité en el seguimiento de las comunicaciones ha sido requerido para otras funciones y, por tanto, lamentablemente no puede presentar un informe completo sobre el seguimiento de las comunicaciones. El orador expondrá las líneas generales de manera oficiosa antes del fin del período de sesiones. En particular, dará una idea de las medidas provisionales que ha recomendado como Relator para las quejas nuevas y ofrecerá información actualizada sobre algunos asuntos pendientes, como el caso de Hissène Habré.

Dado que cada vez más órganos creados en virtud de tratados cuentan con mecanismos de denuncia individual, será necesario armonizar los procedimientos correspondientes. Los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados ya han abordado esta cuestión durante sus reuniones. También se deberá procurar que cada comité informe a los demás órganos creados en virtud de tratados de las actividades de seguimiento que realiza en colaboración con las instituciones nacionales de derechos humanos y que tenga en cuenta la jurisprudencia del resto de comités. Para ello, sería conveniente que el texto de las principales decisiones de todos los órganos creados en virtud de tratados se tradujera a todas las lenguas de trabajo de los comités y se publicara tanto en el sitio web del Alto Comisionado como en versión impresa. Igualmente, convendría estrechar los lazos con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en lo referente a las cuestiones relativas a los desplazados y a los solicitantes de asilo, así como con el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias, y que este último informara al Comité de todo nuevo asunto que pudiera ser de su competencia. En el marco del examen de los informes periódicos, el Comité podría invitar a los Estados partes a reconocer la utilidad de los mecanismos de denuncia individual y a basarse en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados para interpretar las disposiciones de la Convención, concretamente del artículo 22. También sería útil que abordara con ellos la cuestión de las medidas de reparación en caso de tortura.

El Presidente dice que velará por que se envíe una nota a la Oficina del Alto Comisionado en la que se lamente que el Comité haya sido privado de los servicios de un colaborador anteriormente asignado al seguimiento de las comunicaciones recibidas en virtud del artículo 22 de la Convención, situación que dificulta su tarea en ese sentido.

El Sr. Bruni afirma la importancia de reforzar la cooperación y la interacción con los procedimientos especiales para el seguimiento no solo de las observaciones finales del Comité, sino también de las comunicaciones presentadas en virtud del artículo 22. En efecto, las visitas de los relatores especiales y otras entidades interesadas a los países se podrían aprovechar para obtener información concreta sobre el seguimiento dado a las decisiones del Comité.

El Sr. Mariño Menéndez (Relator para el seguimiento de las comunicaciones) celebra que se preste una atención especial a la colaboración entre el Comité y los demás mecanismos existentes. Si bien el seguimiento de las comunicaciones tiene sus particularidades, que obedecen a los procedimientos internos del Comité, puede no obstante ser necesarios desplazarse a los países o realizar entrevistas con sus autoridades. En este sentido, toda posibilidad de colaboración será bienvenida. El orador espera que la próxima reunión de los comités, prevista para enero de 2011, aborde esta cuestión en el marco de la armonización de los procedimientos.

El Sr. Kjarum (Consejo Internacional para la Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura) afirma que, según la carta informativa de la División de Tratados, como respuesta a la decisión aprobada en mayo de 2010 por el Comité respecto al caso Njamba y Balikosa c. Suecia, las autoridades suecas han expedido un permiso de residencia permanente a la autora de la queja. El orador destaca la rapidez de esta medida.

El Sr. Mariño Menéndez (Relator para el seguimiento de las comunicaciones) señala que, efectivamente, Suecia respondió sin demora. Puntualiza que no se debe extrapolar sin más que esta rapidez se deba a una política general del Estado parte ni siquiera cuando, en este caso, Suecia es conocida por su generosidad en materia de asilo. La rapidez de las medidas tomadas por los Estados partes para dar seguimiento a las decisiones del Comité depende de la relación de confianza construida entre este y el Estado en cuestión, pero también, muy a menudo, de las circunstancias de cada caso.

Se levanta la primera parte (pública) de la sesión a las 16.35 horas.