Naciones Unidas

CRC/C/SDN/5-6

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

20 de junio de 2024

Español

Original: árabe

Árabe, español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Informes periódicos quinto y sexto combinados que el Sudán debía presentar en 2015 en virtuddel artículo 44 de la Convención*‬‬‬‬‬‬

[Fecha de recepción: 4 de febrero de 2021]

Índice

Página

Introducción4

1.Medidas generales de aplicación6

2.Definición de niño (art. 1)15

3.Principios generales (arts. 2, 3, 6 y 12)17

4.Derechos y libertades civiles (arts. 7, 8 y 13 a 17)21

5.Violencia contra los niños (arts. 19, 24 (párr. 3), 28 (párr. 2), 34, 37 a) y 39)25

6.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado (arts. 5, 9 a 11, 18 (párrs. 1 y 2), 20,21, 25 y 27 (párr. 4))31

7.Discapacidad, salud básica y bienestar (arts. 6, 18 (párr. 3), 23, 24, 26, 27 (párrs. 1 a 3) y 33)34

8.Educación, esparcimiento y actividades culturales (arts. 28 y 31); derecho a la educación,incluidas la formación y la orientación profesionales (art. 28); objetivos de la educación,incluida su calidad (art. 29); derechos culturales de los niños indígenas y pertenecientes aminorías (art. 30); educación en derechos humanos y educación cívica, y descanso, juego,esparcimiento y actividades recreativas, culturales y artísticas (art. 31)40

9.Medidas especiales de protección (arts. 22, 30, 32, 33, 35, 36, 37 b) y d), 38 y 40)45

10.El seguimiento del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativoa la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía52

11.Seguimiento del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativoa la participación de niños en los conflictos armados54

Lista de cuadros

Página

Mapa del Sudán4

Figura 1. Relaciones de coordinación en materia de infancia11

Cuadro 1. Presupuesto asignado a algunos ministerios12

Figura 2. Ayuda internacional oficial al desarrollo concedida al Sudán entre 2010 y 201513

Cuadro 2. Población de los estados del Sudán en 200815

Cuadro 3. Edad legal de los niños según la Ley del Niño de 2010 con respecto a otras leyes16

Cuadro 4. Porcentaje de niños sometidos a medidas disciplinarias30

Cuadro 5. Número de llamadas recibidas a través de la línea de ayuda a la infancia30

Cuadro 6. Número de niños reagrupados con sus familias en el primer semestre de 201633

Cuadro 7. Número de niños con discapacidad integrados en escuelas y que asisten a institutospara personas con discapacidad34

Cuadro 8. Tasas de inmunización a nivel nacional en 2014 en comparación con 201037

Cuadro 9. Tasas de inmunización en 2014 a nivel estatal37

Cuadro 10. Tasa de mortalidad entre los niños menores de 5 años por cada 1.000 nacidos vivos en 2014, en comparación con 2010, por estado38

Figura 3. Tasas netas de matriculación en las escuelas de enseñanza básica42

Cuadro 11. Número estimado de refugiados45

Cuadro 12. Niños refugiados y solicitantes de asilo45

Cuadro 13. Menores infractores remitidos fuera del sistema judicial49

Cuadro 14. Niños víctimas de delitos no sexuales49

Cuadro 15. Niños implicados en delitos sexuales (autores y víctimas)50

Cuadro 16. Niños reintegrados a través del programa de desarme, desmovilización y reintegración52

Cuadro 17. Información sobre los cursos de capacitación de oficiales y personal de las Fuerzas Armadas Sudanesas sobre la protección de los niños en los conflictos armados55

Introducción

1.El Sudán está situado en la parte nororiental de África Central. Tiene una superficie de 1.865.813 k2 y está ubicado entre los 8º 45’ y 23º 8’ de latitud norte del Ecuador y entre los 22º y 38º 24’ de longitud este del meridiano de Greenwich. El Mar Rojo separa el Sudán del Reino de la Arabia Saudita. El Sudán ha adoptado un sistema federal en razón de la gran superficie geográfica del país, donde conviven numerosas tribus y dialectos locales. Consta de 18 estados con 133 localidades, que a su vez se dividen en unidades administrativas. Cada uno de esos estados goza de poderes legislativos consagrados en la Constitución Transitoria del Sudán, aprobada en 2005.

Mapa del Sudán

2.Desde que presentó en 2007 los informes tercero y cuarto sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño al Comité de los Derechos del Niño, tras el diálogo que tuvo lugar en octubre de 2010 entre el Comité y la delegación del Sudán, y sobre la base de las observaciones formuladas por el Comité al respecto, el Sudán ha realizado esfuerzos continuos a través de la colaboración y coordinación con el sector público, las organizaciones de la sociedad civil y los asociados internacionales, con el fin de abordar las cuestiones de la infancia en diversos ámbitos. En este sentido, durante el período 2010-2016 se produjeron numerosos avances legislativos encaminados a activar y reforzar el marco jurídico en materia de infancia, adoptar un gran número de medidas para la protección y prestación de servicios a los niños en situaciones humanitarias y de emergencia y activar mecanismos de protección de la infancia, en el marco de la promoción del sistema nacional integral de protección del niño a nivel nacional y estatal.

3.Estos esfuerzos se vieron acompañados de retos, a saber, conflictos armados en algunas zonas fronterizas del país que afectaron a la continuidad y calidad de la prestación de servicios a los niños, así como cambios económicos entre los que destaca, como consecuencia de la secesión de Sudán del Sur en julio de 2011, la pérdida de los ingresos procedentes del petróleo, que representaba más del 50 % de las exportaciones totales del país. Todo ello supuso la reestructuración de la economía y la intensificación de los esfuerzos para cerrar la brecha de los ingresos del petróleo. Dichos esfuerzos también resultaron en el descubrimiento de mineral de oro y el comienzo de las operaciones para su extracción.

4.Otro reto es la afluencia de refugiados de países fronterizos, en particular de Sudán del Sur. Los niños y las mujeres constituyen cerca del 70 % del número total de refugiados, lo cual requirió redoblar los esfuerzos realizados para prestar servicios en el marco de los programas de atención y protección de niños y mujeres.

5.Por otro lado, las continuas sanciones económicas unilaterales impuestas al Sudán desde 1997 han afectado directa e indirectamente a los servicios sanitarios, educativos y sociales prestados a las comunidades, las familias y los niños. A pesar de ello, el Sudán ha logrado avances tangibles en la prestación de estos servicios, según indican los resultados de las encuestas y estudios realizados al respecto.

Estructura y metodología de elaboración del informe

6.En este informe se recogen los avances logrados en la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus dos Protocolos Facultativos. El informe fue elaborado de conformidad con las directrices aprobadas por el Comité de los Derechos del Niño sobre la preparación y redacción de los informes periódicos relativos a la Convención y sus dos Protocolos, así como con las medidas y procedimientos adoptados a este respecto durante el período 2010-2015 en virtud a las observaciones finales sobre los informes periódicos tercero y cuarto combinados del Sudán. En este informe se abordan implícitamente las medidas y procedimientos adoptados para la aplicación de dichas observaciones, según el asunto tratado en cada sección del informe.

7.El informe se basa principalmente en documentos e informes oficiales de organismos gubernamentales, así como en las encuestas, estudios nacionales y estadísticas disponibles acerca de la información requerida conforme a las directrices para la elaboración de informes.

8.Para aplicar el principio de la participación de todas las partes interesadas en la elaboración del informe, la Secretaría General del Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia constituyó un comité técnico presidido por el Secretario General y formado por miembros de diferentes secretarías del Consejo, de instituciones gubernamentales, de organismos nacionales e internacionales y de varios centros de investigación competentes. El comité celebró tres reuniones de consulta para acordar la metodología de preparación del informe, así como supervisó las medidas adoptadas para su elaboración y formuló observaciones y comentarios sobre el contenido de los borradores.

9.Dado que los niños son los interesados directos y los beneficiarios de la Convención internacional, se organizó un taller dedicado a niños de diferentes colectivos durante el cual debatieron sus problemas y expresaron opiniones y observaciones que se recogen en este informe. A continuación, se celebró una reunión consultiva con representantes estatales (de los 18 estados) para examinar el borrador del informe, aportar observaciones y comentarios sobre su contenido y reflejar la situación a nivel estatal.

10.Por otro lado, se organizó un taller para presentar el borrador del informe a 24 organizaciones voluntarias que trabajan en el ámbito de la infancia y a algunos centros de investigación afiliados a instituciones de enseñanza superior y se examinaron sus opiniones y comentarios sobre su contenido. Estos comentarios y opiniones fueron tomados en consideración en la redacción definitiva del informe e incluidos en el mismo.

1.Medidas generales de aplicación

1.1Reservas y declaraciones

El Sudán ha ratificado sin reservas la Convención sobre los Derechosdel Niño y sus dos Protocolos Facultativos

1.2Medidas adoptadas para revisar la legislación y lasprácticas nacionales

11.Además de las leyes recogidas en los informes tercero y cuarto del Sudán y de la promulgación de la Ley del Niño de 2010, existen otras leyes que contribuyen directa e indirectamente al refuerzo del marco jurídico para la promoción de los derechos del niño en diversos ámbitos, entre ellas:

Ley de las Fuerzas Armadas, de 2007 (modificada en 2014).

Ley de Ciberdelincuencia, de 2007, modificada en 2016 (se ha añadido un capítulo sobre la infancia).

Ley Nacional de Salud Pública, de 2008.

Ley Nacional de las Personas con Discapacidad, de 2009.

Ley del Registro Civil, de 2011.

Ley de Regulación del Asilo, de 2014.

Ley de Lucha contra la Trata de Personas, de 2014.

12.A nivel estatal, varios estados cuentan con leyes sobre la infancia. Además, en los cuatro estados de Kordofán Meridional, Darfur Meridional, Mar Rojo y Al-Gadarif existen leyes o artículos en la Ley del Niño que penalizan la práctica de la mutilación genital femenina (MGF).

13.Entre 2010 y 2015, el Gobierno del Sudán emprendió numerosos esfuerzos para mejorar el marco jurídico mediante la aplicación de la Ley del Niño de 2010, la promoción y el fortalecimiento de los mecanismos de protección de la infancia, el fomento de la capacidad del personal encargado de estos mecanismos y el establecimiento de un programa de justicia penal juvenil.

14.Se han finalizado y establecido los tribunales y fiscalías de menores y las Direcciones de Protección de la Familia y el Niño en todos los estados del Sudán. Asimismo, el Presidente del Tribunal Supremo ha emitido una orden judicial que dispone que, en ausencia de un juez de menores, el juez decano de cada estado será el responsable de las causas de menores. Algunos tribunales han sido equipados con circuitos cerrados de televisión para garantizar la confidencialidad y la privacidad de los niños. Además, se ha creado un departamento especializado en el Tribunal Supremo para revisar las sentencias dictadas contra niños y prestar servicios a aquellos que se encuentran en zonas de conflicto y situaciones de emergencia. En este sentido, el Sudán fue de los primeros países del continente africano en adoptar, en febrero de 2015, las normas mínimas para la protección de los niños en situaciones de emergencia y crisis.

15.Se han aprobado tres normas interpretativas de la Ley del Niño de 2010 sobre, respectivamente, la libertad condicional, el tratamiento de los niños víctimas y los hogares de acogida. Otros siete reglamentos se han finalizado y se encuentran en proceso de aprobación, a saber, el Reglamento sobre la remisión fuera del sistema judicial, el Reglamento sobre el trabajo infantil, el Reglamento sobre el trabajo en los hogares de rehabilitación juvenil, el Reglamento sobre el comportamiento del alumnado de las escuelas de enseñanza básica, el Reglamento sobre la medida de servicio comunitario para niños en conflicto con la ley, el Reglamento sobre los castigos prohibidos en las escuelas y el Reglamento sobre la lactancia materna. Estos reglamentos fueron preparados y examinados en sesiones y talleres celebrados con la participación de jueces de los tribunales de menores, agentes de la policía, fiscales y miembros de los consejos estatales de bienestar de la infancia y los ministerios competentes, con el fin de identificar los retos de su aplicación según lo previsto a nivel estatal y central.

16.Se han organizado sesiones de consulta con los Tribunales Supremos del Sudán sobre la aplicación de la Ley del Niño de 2010 y sus reglamentos, así como sobre las experiencias de los jueces de los Tribunales Supremos de los estados centrales (Al Gazira, Nilo Azul y Nilo Blanco), el Sudán Oriental (Mar Rojo, Kassala y Al-Gadarif), la región de Kordofán (Kordofán Occidental, Kordofán Septentrional y Kordofán Meridional), la región de Darfur (Darfur Occidental, Darfur Septentrional, Darfur Meridional, Darfur Central y Darfur Oriental) y la región de los estados de Jartum y Norte. Los resultados de dichas sesiones fueron empleados en la elaboración de los reglamentos de la Ley del Niño de 2010.

17.El Sudán ha realizado esfuerzos continuos para generalizar y reforzar las Direcciones de Protección de la Familia y el Niño en varias localidades de todos los estados del Sudán, al tiempo que ha intensificado la formación de los agentes de policía, trabajadores sociales y psicólogos que trabajan en esas Direcciones en los diversos ámbitos de la protección infantil.

18.El Consejo trabaja con las autoridades judiciales para establecer, a nivel de las comunidades de base, mecanismos para aplicar el concepto de justicia penal restaurativa para niños a través de la participación comunitaria. El objetivo de estos mecanismos es abordar los problemas de los niños, facilitar la aplicación de los reglamentos de la Ley del Niño en lo que respecta a las medidas no privativas de libertad, trabajar para la rehabilitación de los menores infractores, aplicar medidas de libertad condicional, reducir los casos de detención de niños y limitar su libertad con medidas alternativas al internamiento, y mejorar la situación general del niño. En 2015, en el marco del proyecto piloto llevado a cabo en tres tribunales de Jartum, entre el 65 % y 89 % de las condenas de internamiento en centros de rehabilitación juvenil fueron conmutadas por medidas de libertad condicional de entre 6 y 12 meses.

19.Desde 2012, se están realizando esfuerzos continuos por incluir los derechos del niño en la próxima Constitución del Sudán. El Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia ha elaborado un documento sobre los derechos del niño, en colaboración con los socios gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil. En este sentido, se ha celebrado un diálogo sobre los artículos del documento, que fueron presentados a diferentes estamentos de la sociedad, a saber, profesionales de los medios de comunicación, sindicatos de estudiantes de escuelas secundarias, organismos gubernamentales, el Consejo de los Partidos Políticos y varios comités especializados de la Asamblea Nacional.

20.La Conferencia sobre la Reforma Constitucional de 2014, organizada por la Universidad de Jartum y otras instituciones, subrayó que la próxima Constitución abordaría los derechos humanos y los derechos del niño de acuerdo con las convenciones internacionales, en particular la Convención sobre los Derechos del Niño y la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño.

1.3Estrategias nacionales y planes de acción

21.La Estrategia para Mejorar los Sistemas de Registro Civil y de Estadísticas Vitales, especialmente el registro de nacimientos producidos entre 2014 y 2016, en el marco del proyecto de Registro Civil, tiene como fin hacer efectivo el derecho del niño a ser inscrito inmediatamente después del nacimiento.

22.El borrador final de la Estrategia para Erradicar el Matrimonio Infantil (2015), elaborado tras conocerse los resultados de un estudio de conocimientos, actitudes y prácticas sobre el matrimonio infantil (de personas menores de 18 años) en 2012-2013 realizado en seis estados (Darfur Occidental, Darfur Central, Al-Gadarif, Jartum, Darfur Meridional y Darfur Oriental). Este estudio se llevó a cabo después de que los resultados de la Encuesta de Salud de los Hogares del Sudán 2010 mostraran un aumento en el porcentaje de matrimonios de menores de 18 años en el Sudán, con un 37,6 % a nivel nacional.

23.La Política Nacional para la Atención y Protección de los Niños Privados del Cuidado Parental (2011), cuyo objetivo es atender a los niños en un entorno familiar. La Política incluye varios ejes, entre ellos la atención de las familias de acogida, la sensibilización y el apoyo legislativo a estos niños.

24.La Política Nacional de Vacunación, actualizada en 2012, tiene como objetivo proteger a los niños de numerosas enfermedades prevenibles a través de la vacunación. La Política fue desarrollada en el marco del Programa Ampliado de Inmunización, cuyo objetivo es promover la vacunación como un derecho humano.

25.La Estrategia Nacional de Reintegración de los Niños Vinculados a Fuerzas Armadas o Grupos Armados (2008), adoptada por la Comisión de Desarme, Desmovilización y Reintegración, tiene como objetivo proporcionar un marco de acciones y programas de reintegración en el Sudán, de conformidad con los Principios de París, a fin de proteger a los niños frente al reclutamiento en fuerzas armadas y grupos armados.

26.Se está elaborando una política nacional para abordar la situación de los niños que acompañan a sus madres en prisión, en colaboración con los ministerios competentes, la Dirección General de Prisiones y Reforma y Save the Children Suecia. Ya se han acordado los indicadores de la política y sus diversos ejes.

27.El Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia adoptó el Plan Quinquenal para la Infancia (2012-2016) para complementar los planes sectoriales de las instituciones gubernamentales en materia de infancia, que a su vez complementan los proyectos y actividades integrados en los acuerdos de cooperación concertados con los donantes en un marco que sirve a los objetivos del Plan Quinquenal.

28.La Estrategia Nacional de Nutrición del Sudán (2008) fue desarrollada por el Ministerio Federal de Salud para que contribuya, junto con la política conexa, a mejorar la atención nutricional que reciben los niños, mediante la prestación de servicios sanitarios estandarizados y de alta calidad, reforzados a través de la dotación del personal de las capacidades técnicas y las habilidades necesarias para implementar y hacer un seguimiento de las labores relacionadas con la nutrición.

29.La Estrategia Nacional para la Familia (2008) (en proceso de actualización) fue adoptada por el Ministerio de Bienestar y Seguridad Social en colaboración con los ministerios federales y estatales, las organizaciones de la sociedad civil y el Comité Nacional para la Familia.

30.La Política Nacional de Acogida de Huérfanos (kafala) (2009) (en proceso de actualización), adoptada por el Ministerio de Bienestar y Seguridad Social. El principal objetivo de esta política es garantizar la acogida de todos los huérfanos en régimen de kafala y movilizar a la comunidad en este sentido. Entre sus prioridades se encuentran la aplicación de las decisiones y directrices encaminadas a apoyar a los huérfanos y la provisión de un seguro médico para resolver los problemas de las familias que acogen a niños huérfanos.

31.La Política Nacional sobre la Mendicidad y el Sinhogarismo (2009) (en proceso de actualización), tiene como objetivo reducir y finalmente eliminar la mendicidad, concienciar a las familias y a la comunidad sobre este fenómeno y coordinar la vigilancia nacional a nivel federal y estatal.

32.El Segundo Plan Quinquenal para la Educación (2012-2016), que incorpora los objetivos de la Educación para Todos y los agrupa en planes quinquenales sucesivos desde 2002.

33.Estrategias dedicadas a la educación especial: Educación para los Hijos de los Nómadas (2012-2016), Educación Especial (niños con discapacidad) (2012-2016), y Niños no Escolarizados (2009-2016).

34.La Estrategia de Desarrollo de la Educación en Darfur (2012-2015).

35.La Estrategia y Plan de Reforma de las Políticas de Educación Secundaria(2012-2015-2021).

36.Se ha finalizado el proyecto de estrategia para la primera infancia.

1.4Coordinación y seguimiento

37.El Gobierno del Sudán ha trabajado para reforzar y estrechar la coordinación entre la administración central y los estados en el ámbito de la infancia, así como para apoyar la capacidad de los consejos de bienestar de la infancia a nivel estatal. A tal efecto, se han celebrado reuniones periódicas de coordinación conjunta sobre las prioridades de trabajo y se han organizado numerosas actividades y cursos de formación en materia de infancia en los estados. El Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia también ha logrado establecer asociaciones sólidas, desarrollar de manera eficaz las asociaciones existentes y promover y apoyar la cooperación y coordinación entre el Consejo y los socios estratégicos, ya sean instituciones gubernamentales u organismos nacionales, internacionales o regionales, mediante la firma de varios acuerdos y planes conjuntos con organismos internacionales y regionales que trabajan en el ámbito de la infancia en el Sudán. Entre estos organismos se encuentra el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), Save the Children Suecia, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y, a nivel nacional, la Asociación Periodistas por la Infancia, la Asociación Sabah para la Atención y el Desarrollo de la Infancia, la Organización Ayuda Humanitaria, el Centro Mada para los Estudios Sociales, el Centro de Estudios de la Mujer y la Fundación para el Desarrollo del Niño. En lo que respecta a las organizaciones no gubernamentales (ONG) internacionales, cabe mencionar Hope and Homes for Children y Plan International Sudan. Además, si bien todavía no se han concertado alianzas, se han celebrado reuniones de reflexión sobre cuestiones relacionadas con la infancia con varias embajadas y misiones diplomáticas en el Sudán (Estados Unidos, Reino Unido, Suecia, Países Bajos, entre otros).

38.A nivel estatal, existen en los 18 estados del Sudán consejos de bienestar de la infancia presididos por el Gobernador de cada estado. Estos consejos se ocupan de todas las cuestiones relacionadas con la infancia a nivel estatal, en coordinación con el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia y los socios locales.

39.A fin de tratar cuestiones específicas a nivel nacional y estatal, se han establecido en algunos estados comités de coordinación multisectorial que tienen el mandato de trabajar por la protección de la infancia y están formados por representantes de organismos gubernamentales, ONG y organizaciones de protección de la infancia que colaboran continuamente por medio de dichos comités.

40.Se ha establecido el Mecanismo Nacional de las Direcciones de Policía para la Protección de la Familia y el Niño, entre cuyos miembros se encuentran todas las entidades interesadas en la justicia de menores, el UNICEF y tres organizaciones de la sociedad civil que trabajan en este ámbito. Varios estados cuentan con este tipo de mecanismos.

41.En el marco de la asociación, cooperación y coordinación entre el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia, el Instituto de Ciencias Judiciales y Legales dependiente de la autoridad judicial, los Ministerios de Justicia, los Ministerios del Interior (Direcciones de Protección de la Familia y el Niño), los jueces y fiscales de menores y el UNICEF, se elaboró y finalizó en julio de 2016 una guía de formación unificada sobre la aplicación de medidas no privativas de libertad, dirigida a los trabajadores de los órganos judiciales que se ocupan de la infancia.

42.El Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia colabora con la Organización de Mujeres Parlamentarias del Sudán mediante la celebración de una serie de talleres para la promulgación de la legislación necesaria para erradicar la MGF. Estos talleres, dirigidos a 110 parlamentarios de diversos comités de la Asamblea Nacional (Parlamento), giran en torno a diferentes ejes: las cuestiones sanitarias, las dimensiones culturales y religiosas y los marcos legislativos.

43.En el marco de la coordinación y asociación entre el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia, el Ministerio de Bienestar y Seguridad Social y el UNICEF, en 2015 se realizó un estudio sobre el seguimiento y la evaluación del sistema de protección de la infancia en el Sudán, en particular del sistema de bienestar social. El estudio demostró que varias iniciativas nacionales, entre ellas la Iniciativa Comunidad Amiga de la Infancia, habían logrado establecer vínculos entre entidades directamente relacionadas con la protección de la infancia. La Iniciativa Comunidad Amiga de la Infancia, implementada en 2002 por el Ministerio de Finanzas (Departamento de Planificación), con el apoyo del UNICEF, coordina entre los Ministerios de Salud, de Educación y de Bienestar y Seguridad Social y muchos otros organismos pertinentes en zonas geográficas específicas para crear capacidad comunitaria (unas 800 comunidades en 12 estados) dirigida a promover la supervivencia, el desarrollo, la protección y la participación de los niños. La Iniciativa se centra en la educación preescolar y básica y proporciona a los alumnos libros de texto y uniformes escolares que se distribuyen a través del Ministerio de Educación. La identificación de las familias y los niños destinatarios se lleva a cabo a través de los trabajadores sociales del Ministerio de Asuntos Sociales, que localizan a las familias y les dan acceso a los diferentes componentes de la Iniciativa. La Iniciativa proporciona a los niños acceso a agua limpia y saneamiento mejorado tanto en las escuelas como en los hogares. Según un informe relativo al estudio de evaluación encargado por el UNICEF y realizado en 2014 por un experto independiente, la Iniciativa ha alcanzado sus objetivos, entre los que destacan la continuidad, la creación de asociaciones y el empoderamiento de las comunidades. Actualmente, el Gobierno está trabajando para utilizar la Iniciativa como mecanismo de diseño y aplicación para el desarrollo rural integrado, pues cuenta con bases de datos de calidad, personal cualificado y metodologías de calidad probada. También se está trabajando en la coordinación de asociaciones entre la Iniciativa y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), sobre todo en materia de sistemas de gobernanza y paz, así como con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). Por otra parte, la Iniciativa ha demostrado su eficacia en la labor humanitaria. A este respecto, ha colaborado con el Ministerio de Asuntos Humanitarios y sus órganos afiliados a fin de coordinar y prestar ayuda humanitaria gracias a su estructura y sus mecanismos de comunicación a todos los niveles. La Oficina del Gobierno Federal constituye el centro de coordinación de la Iniciativa. A nivel estatal, sus unidades están adscritas al Ministerio de Finanzas (Departamento de Planificación). Además, cuenta con unidades en las localidades y con comités de desarrollo registrados a nivel comunitario.

44.El estudio mencionado en el párrafo anterior indica que existen modalidades y niveles de coordinación y cooperación en materia de sensibilización y evaluación médica entre los distintos órganos gubernamentales, como los Ministerios de Educación y de Salud. Existen también mecanismos de coordinación eficaces en varios estados, entre ellos Nilo Azul y Darfur. No obstante, se observa que, en general, la coordinación y cooperación que existen actualmente en algunos estados no son suficientes.

45.Sigue existiendo la necesidad de una mayor coordinación e integración de los esfuerzos realizados por la infancia, en el marco de un compromiso firme y continuo de todos los asociados interesados, a fin de alcanzar los objetivos acordados en materia de atención, desarrollo y protección del niño, aprovechando los avances logrados en los últimos años y asignando más recursos a los programas y proyectos dirigidos a la infancia. La recopilación de datos e información documentados y desglosados es también importante para determinar las necesidades reales con respecto a las diversas cuestiones relacionadas con la infancia.

1.5Institución gubernamental encargada de los asuntosde la infancia y los derechos del niño

46.El Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia es el mecanismo nacional responsable de planificar y coordinar todas las labores relacionadas con la infancia en el Sudán y hacer un seguimiento de la aplicación de las convenciones internacionales y regionales relacionadas con la infancia ratificadas por el Sudán, especialmente la Convención sobre los Derechos del Niño, con el objetivo de garantizar el derecho del niño a la supervivencia, la protección, la atención y el desarrollo, en cooperación y coordinación con las instituciones gubernamentales, las organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones internacionales que trabajan en el ámbito de la infancia. En 2008 se promulgó una ley sobre el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia por la que se derogaba la Ley de 1991, como una medida institucional necesaria para mejorar la labor del Consejo y seguir el ritmo de los avances logrados en los diversos ámbitos de la infancia de los que se ocupa. La labor del Consejo consiste en abordar de forma exhaustiva las cuestiones relacionadas con la infancia, que están interrelacionadas y competen a diversos ministerios e instituciones gubernamentales que se ocupan de prestar servicios específicos a los niños, por ejemplo, en lo que respecta a la sanidad o la educación.

47.La labor del Consejo sigue una metodología de trabajo basada en un conjunto interconectado de derechos del niño que el Estado se ha comprometido a alcanzar en el marco de unos objetivos definidos y acordados en virtud de los documentos internacionales y regionales sobre los derechos del niño ratificados por el Sudán. En la figura 1 se muestran las relaciones de coordinación existentes en materia de infancia, dirigidas por el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia.

Figura 1

Relaciones de coordinación en materia de infancia

1.6Instituciones nacionales independientes de derechos humanos y su papel en la promoción y protección de los derechos del niño

48.La Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos fue promulgada en 2009 en virtud del artículo 142 de la Constitución y del decreto relativo a su creación, aprobado en 2012. La Comisión está formada por 15 miembros y goza de plena independencia en la toma de sus decisiones sobre cualquier asunto relacionado con los derechos humanos.

49.La Comisión se ocupa de supervisar la realización de los derechos y libertades consagrados en la Constitución y recibe denuncias sobre presuntas violaciones de estos derechos. También cuenta con un comité especializado que se encarga de las cuestiones relacionadas con la vulneración de los derechos del niño.

50.La Comisión puso en marcha su primer plan estratégico para los años 2014-2018 siguiendo una metodología centrada en el desempeño de sus tareas a través del estudio y la evaluación de las capacidades de la Comisión. Para ello, adopta medidas de autoevaluación, celebra reuniones y diálogos, analiza las capacidades de sus miembros y de los planes y programas de sus comités especializados, examina la legislación y revisa su estructura organizativa.

51.La Comisión tiene la condición de observadora en el Comité Árabe Permanente de Derechos Humanos y en la Comisión Africana de Derechos Humanos. Asimismo, es miembro de la Red de Instituciones Nacionales Africanas de Derechos Humanos y de la Red Árabe de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos.

1.7Presupuestos asignados a la aplicación de la Convencióny sus dos Protocolos

52.Según el Informe Económico y Financiero de 2015 publicado por el Banco Central del Sudán, la tasa de crecimiento del producto interno bruto (PIB) disminuyó del 4,4 % en 2013 al 3,6 % en 2014, mientras que la tasa de inflación era del 13,6 % a finales de septiembre de 2015 y del 12,6 % a finales de diciembre de 2015. Resulta difícil determinar los presupuestos asignados a la aplicación de la Convención y sus dos Protocolos con datos organizados, verificables y comparables con otros presupuestos, ya que el desglose del presupuesto se realiza en función de los diferentes sectores de servicios (salud, educación, bienestar social, entre otros). Los estados cuentan con presupuestos propios independientes del presupuesto nacional. Además, algunos reciben ayudas del Gobierno central. En el cuadro 1 se muestran los presupuestos asignados a algunos ministerios.

Cuadro 1

Presupuesto asignado a algunos ministerios

Sector

Resumen de asignaciones presupuestarias 2011-201 4

Salud

Educación

Bienestar social

Presupuesto nacional total

Año

Presupuesto

Porcentaje

Presupuesto

Porcentaje

Presupuesto

Porcentaje

2011

469 470 000

3,4654

449 110 000

3,3151

145 420 000

1,0734

13 547 300 000

2012

503 780 000

2,4309

492 010 000

2,3741

167 850 000

0,8099

20 723 700 000

2013

555 700 000

2,2125

553 000 000

2,2017

145 000 000

0,5773

25 116 700 000

2014

688 834 334

1,9054

958 171 911

2,6504

981 282 909

2,7143

36 151 818 450

53.El informe del estudio de 2015 sobre el seguimiento y la evaluación del sistema de protección de la infancia en el Sudán, en particular del sistema de bienestar social (mencionado anteriormente), indica que el Ministerio de Finanzas y Economía Nacional proporciona apoyo directo a 750.000 familias pobres en el Sudán y que la Oficina del Azaque es el principal proveedor de ayuda directa a los niños y familias pobres en el Sudán. En este sentido, bajo la supervisión directa del Ministerio de Bienestar y Seguridad Social, se proporciona apoyo a las familias de acogida y ayudas a los huérfanos para que puedan continuar sus estudios, así como se contribuye a la financiación del seguro de salud y a la microfinanciación.

54.El informe mencionado también indica que el Gobierno destina la mayor parte de las asignaciones presupuestarias de las instituciones de atención a la infancia a sufragar los grandes costos de funcionamiento de los servicios que prestan las instituciones existentes. En Jartum, el 80 % de los gastos del Centro Maigoma para niños privados del cuidado parental procede del presupuesto público y el 20 % de ONG y benefactores. El Centro acoge a unos 350 recién nacidos y niños menores de 4 años separados de sus familias.

55.Además, la remuneración de los trabajadores sociales enviados por el Ministerio Estatal de Bienestar Social a diversas organizaciones e instituciones no gubernamentales corre íntegramente a cargo del Gobierno, que también financia los costos de funcionamiento de la Unidad de Servicios sobre el Terreno, que presta apoyo a los niños que viven y trabajan en la calle.

56.En los estados de Sudán Oriental, el Ministerio de Finanzas y Economía Nacional aporta entre el 10 % y el 12 % del presupuesto destinado a los programas conjuntos para la infancia suscritos con donantes como el UNICEF y el Fondo de Población.

57.En 2016, el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia emprendió actividades de promoción de los presupuestos amigos de la infancia en cooperación con Save the Children Suecia y la Asociación Periodistas por la Infancia, con el objetivo de capacitar al personal de las entidades gubernamentales en la materia y supervisar el gasto real en cuestiones relativas a los niños.

1.8Asistencia internacional y ayuda al desarrollo

Figura 2

A yuda internacional oficial al desarrollo concedida al Sudán entre 2010 y 2015

(E n dólares de los Estados Unidos )

Fuente: Ministerio de Cooperación Internacional, 2015.

1.9Medidas adoptadas para dar a conocer y difundir la Convención ylos dos Protocolos Facultativos y para divulgar ampliamente losinformes y las observaciones finales

58.El Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia ha publicado en un folleto las observaciones y recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño sobre los informes periódicos tercero y cuarto del Sudán en forma de cuadro. El cuadro recoge las medidas que deben adoptarse y las entidades responsables de ello. Las observaciones y recomendaciones están publicadas junto con los informes periódicos del Sudán en el sitio web del Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia (www.nccw.gov.sd).

59.En coordinación con los consejos estatales de bienestar de la infancia y con el apoyo de Save the Children Suecia, entre 2011 y 2015 se llevaron a cabo actividades destinadas a dar a conocer y difundir las observaciones finales del Comité a nivel nacional y estatal a través de reuniones y talleres dirigidos a todos los actores que trabajan en el ámbito de la infancia. También se designó a una persona como punto de contacto con el fin de que los organismos gubernamentales, cada uno según sus competencias, tuvieran en cuenta las cuestiones abordadas en las observaciones a la hora de elaborar sus planes anuales.

1.10Colaboración con organizaciones de la sociedad civil,organizaciones no gubernamentales y asociacionesque trabajan con niños y jóvenes

60.Entre los miembros del Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia se encuentran cinco organizaciones voluntarias que trabajan en ese campo y que participan en el Consejo como miembros de pleno derecho.

61.El Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia pone sus dependencias a disposición de la Asociación Periodistas por la Infancia y le presta los servicios necesarios para facilitar su labor diaria. Periodistas por la Infancia es una asociación voluntaria, social, humanitaria y sin ánimo de lucro que trabaja para promover las cuestiones relativas a la protección de la infancia. También existe una estrecha colaboración entre el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia y las organizaciones de la sociedad civil, que participan en todas las actividades organizadas por el Consejo y en sus comités encargados de las cuestiones de la infancia.

La participación de las organizaciones de la sociedad civil en la elaboración de los informes periódicos quinto y sextocombinados del Sudán

El Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia organizó sobre el borrador de este informe un taller consultivo en el que participaron 24 organizaciones voluntarias que trabajan en el ámbito de la infancia y varios centros de investigación afiliados a instituciones de enseñanza superior.

Varios participantes señalaron los avances que se habían producido en el ámbito de la infancia y afirmaron que se desconocía el número de niños que se habían beneficiado de los presupuestos estatales destinados a las ayudas sociales y que el informe debía abordar el cambio que se estaba produciendo a favor de los niños en el proceso presupuestario.

Algunos afirmaron que la participación de los niños debía hacerse más efectiva a través de los parlamentos nacionales infantiles e indicaron que era necesario capacitarlos y ampliar su participación en la elaboración del informe. También señalaron que la participación de las organizaciones de la sociedad civil debía ser organizada y continua y que los informes debían incluir información sobre los proyectos de las organizaciones que trabajan en el ámbito de la infancia, ya que los esfuerzos de tales organizaciones no quedaban claramente reflejados en el informe.

Señalaron que el informe debía incluir más datos estadísticos recientes y centrarse en los resultados finales de las medidas adoptadas, como el número de niños con malnutrición, el número de muertes debidas a la malnutrición o la situación de los niños que carecen de apoyo, que estaba mejorando significativamente. También señalaron la necesidad de promulgar una ley específica de protección de los derechos de los niños adoptados, abordaron la falta de servicios para los niños nómadas e indicaron que las actividades organizadas para estos últimos debían incluirse en el informe.

Los participantes hablaron de la necesidad de impartir más formación a los trabajadores sociales de las escuelas y abordaron la cuestión de los niños con discapacidad, la falta de servicios que recibían y los planes de estudios adaptados. También señalaron que un gran número de niños con discapacidad no estaba escolarizado ni tenía acceso a los servicios sociales. Los participantes destacaron la importancia de establecer guarderías en las prisiones para atender a los hijos de las reclusas y hablaron de las sanciones económicas unilaterales que habían afectado negativamente a los niños y a la aplicación de la Convención.

Algunos señalaron que las leyes sobre la violencia contra las mujeres y los niños debían aplicarse y aludieron a la situación de los niños en algunas escuelas coránicas (khalwa), donde se exponen a la violencia, y a la necesidad de establecer un mecanismo para su protección. También exigieron que se promulgara una ley contra el matrimonio infantil.

2.Definición de niño (art. 1)

62.Según el censo de 2008, el 48,5 % de la población total del Sudán (30.894.000 habitantes) era menor de 18 años, el 14,7 % era menor de 5 años, el 49,4 % eran mujeres y el 66,8 % eran nómadas y habitantes de zonas rurales y el 62 % eran jóvenes menores de 25 años. La tasa de crecimiento era del 2,5 %. El cuadro 2 muestra la composición de la población del Sudán en 2008, antes de la creación de dos nuevos estados en Darfur (Darfur Central y Darfur Oriental) en 2011, cuando Darfur pasó a tener cinco estados. Posteriormente, el referéndum celebrado en abril de 2016 para determinar la configuración administrativa de Darfur confirmó que pasaría a estar formada por cinco estados en vez de uno.

Cuadro 2

Población de los estados del Sudán en 2008

Estado

Menores de 5 años (%)

Menores de 18 años (%)

Población masculina (%)

Población femenina (%)

Total

Norte

11,5

41,4

50,6

49,4

699 065

Río Nilo

13

42,4

51

49

1 120 441

Mar Rojo

11,1

43,9

57,1

42,9

1 396 110

Kassala

47,1

52,9

55,2

44,8

1 789 806

Al-Gadarif

17,1

52,9

49,6

50,4

1 348 378

Jartum

12,4

40,2

53

47

5 247 321

Al Gazira

12,4

47,1

48,2

51,8

3 575 280

Nilo Blanco

15,5

49,2

49

51

1 730 588

Sennar

48,9

50,1

48,7

51,3

1 285 058

Nilo Azul

18,8

53,2

50,6

49,4

832 112

Kordofán Septentrional

16,9

51,9

48,1

51,9

2 920 992

Kordofán Meridional

18,5

54,3

49,3

50,7

1 406 404

Darfur Septentrional

14,9

51,8

51

49

2 113 626

Darfur Central

16,9

54,6

48,6

51,4

1 308 225

Darfur Meridional

15,3

54

52,3

47,7

4 093 000

Total

14,7

48,5

51

49

30 894 000

63.Según los datos de la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados publicados en 2014 por la Oficina Central de Estadística del Ministerio del Consejo de Ministros, se estimaba que el 50,6 % de la población tenía menos de 18 años y el 15,2 % menos de 5 años.

64.De las cifras y datos anteriores se desprende que los niños constituyen alrededor de la mitad de la población, mientras que más de la mitad está formada por nómadas o habitantes de zonas rurales. Por tanto, la pirámide de población del Sudán supone un reto en lo que respecta a los servicios que deben prestarse a los niños.

65.Basándose en el criterio de la edad, el artículo 4 de la Ley del Niño define como niño a toda persona menor de 18 años. La misma Ley fija en 12 años la edad mínima de responsabilidad penal. Según la Ley Electoral Nacional de 2008, la edad mínima para votar es 18 años. El reglamento de la Dirección General del Registro Civil dispone que todo ciudadano sudanés tiene derecho a obtener documentos de viaje independientes (pasaporte y certificado de nacionalidad), sin distinción de edad. El cuadro 3 muestra las modificaciones y la evolución de la edad legal de los niños tras la aprobación de la Ley del Niño de 2010 con respecto a otras leyes.

Cuadro 3

Edad legal de los niños según la Ley del Niño de 2010 con respecto a otras leyes

Descripción

Edad legal según la Ley del Niño de 2010

Otras leyes

Edad (años)

Mayoría de edad

18 años

Código Penal de 1991

18 años o 15 si aparecen signos de pubertad

Edad de matrimonio

No se indica

Ley del Estatuto Personal de 1991

10 años, con autorización del juez si existe un beneficio preponderante

Servicio militar nacional

18 años

Ley de las Fuerzas Armadas de 2007

18 años

Edad mínima laboral

14 años. Los menores de esta edad pueden trabajar en el pastoreo y la agricultura

Código del Trabajo de 1997

16 años

Responsabilidad penal

12 años

Código Penal de 1991

7 años

66.Del cuadro anterior se desprende claramente que existe una discrepancia entre el Código Penal y la Ley del Niño de 2010 en lo que respecta a la definición de niño. No obstante, la Ley de Interpretación de Leyes y Disposiciones Generales de 1974 resuelve esta discrepancia en el artículo 6, párrafos 3 y 4, que disponen lo siguiente: “La norma posterior será de aplicación preferente en la medida en que elimine el conflicto suscitado con la anterior” (párr. 3); “Las disposiciones especiales recogidas en una ley en relación con una cuestión particular se entenderán excepciones a la ley que rige la materia” (párr. 4).

67.La Ley del Niño comprende las normas de la Convención sobre los Derechos del Niño. Las disposiciones de la Convención adquirieron rango constitucional en virtud del artículo 27, párrafo 3, de la Constitución Transitoria del Sudán de 2005, que estipula que todos los derechos son parte integrante de la Carta de Derechos contenida en la Constitución, que los derechos y libertades consagrados en la Constitución serán inviolables y que el Tribunal Constitucional y la Comisión para los Derechos Humanos serán los guardianes de dichos derechos y libertades.

68.La definición de niño como persona menor de 18 años que figura en la Ley del Niño de 2010 es coherente con las disposiciones del artículo 1, párrafo 2, de la Constitución, que estipula que el Estado se fundamenta en la justicia y la igualdad y se compromete a respetar y promover la dignidad humana, así como con el artículo 31, que establece que las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección legal, sin discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, creencias religiosas, opiniones políticas u origen étnico.

69.En el artículo 3 de la Ley del Niño se establece lo siguiente: “Las disposiciones de la presente ley primarán sobre toda disposición contradictoria de cualquier otra ley con el fin de atender al interés superior del niño y en la medida en que se elimine la contradicción”.

70.El Tribunal Constitucional resolvió el conflicto jurídico entre la Ley del Niño de 2010 y el Código Penal de 1991 en relación con la pena de muerte y la definición de niño. En sus sentencias de 2013, el Tribunal Constitucional confirmó su Decisión núm. 51/2013, que dispone que ningún menor de 18 años será castigado con la pena de muerte por ningún delito, incluidos los delitos hudud y los castigados con el talión (qisas), ya que la ley aplicable es la Ley del Niño y no el Código Penal.

71.Un comité de alto nivel formado por altos funcionarios de varios organismos e instituciones gubernamentales competentes está revisando el Código Penal de 1991 y la Ley del Estatuto Personal de 1991, lo cual eliminará las contradicciones con la Ley del Niño de 2010 y proporcionará estabilidad a su aplicación.

3.Principios generales (arts. 2, 3, 6 y 12)

3.1No discriminación (art. 2)

72.El Sudán se ha esforzado, a través de un marco legislativo, por defender los derechos del niño a la no discriminación; garantizar su interés superior y su derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo, y respetar sus opiniones y promover su participación en las cuestiones que le afectan. Todo ello se refleja en los programas, proyectos y actividades del Plan Quinquenal para la Infancia (2012-2016).

73.El artículo 31 de la Constitución Transitoria de 2005 establece lo siguiente: “Las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección legal, sin discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, creencias religiosas, opiniones políticas u origen étnico”.

74.La Constitución de 2005 reconoce derechos específicos relacionados con la infancia, entre ellos la obligación del Estado de proporcionar educación básica gratuita y obligatoria (art. 44, párr. 2). Por su parte, el artículo 36, párrafo 3, de la Constitución estipula que: “La pena de muerte impuesta a una mujer embarazada o lactante solo será ejecutada tras dos años de lactancia”.

75.El principio de no discriminación está consagrado en la Ley del Niño de 2010. El artículo 5, párrafo 2 c), dispone lo siguiente: “Los niños tienen derecho a la protección contra todas las formas de discriminación injusta”. El artículo 83, párrafo 2, establece que: “Las autoridades judiciales asegurarán que todos los niños víctimas de los delitos enunciados en los artículos 45 y 46 tengan acceso, sin discriminación, a procedimientos adecuados para obtener de las personas legalmente responsables reparación por los daños sufridos”.

76.La Ley del Niño considera que cualquier violación de los derechos del niño constituye un delito de derecho común. El artículo 84, párrafo 1, de la Ley establece que: “Toda persona que tenga motivos razonables para creer que se están vulnerando los derechos de un niño o que un padre, tutor o persona encargada del cuidado de un niño, estando en condiciones de hacerlo, se niega a proporcionarle alimento suficiente, vestimenta, atención sanitaria y educación o descuida esta obligación, podrá advertir a esa persona de sus obligaciones. Si persiste el incumplimiento, podrá denunciar la situación a la autoridad oficial más cercana”.

77.No existen casos de trato discriminatorio contra determinados grupos de niños a nivel nacional ni estatal. Se han adoptado numerosas medidas para la protección de los hijos nacidos fuera del matrimonio, entre ellas programas de sensibilización social y de acogimiento temporal y permanente. El Gobierno pretende así promover la reinserción de dichos niños en familias alternativas en el seno de sus propias comunidades. Al inscribir al hijo nacido fuera del matrimonio se practica una anotación registral distinta, cual si de una familia nueva se tratase, y se le provee de número nacional.

3.2Interés superior del niño (art. 3)

78.La Ley del Niño de 2010 estipula que se atenderá al interés superior del niño como una consideración primordial en todas las medidas que le conciernen. El artículo 5, párrafo 2 d), establece lo siguiente: “En todas las decisiones o medidas que afecten a los niños, la familia o el entorno, la protección y el interés superior del niño serán de primordial importancia, con independencia del organismo que las dicte o aplique”. Esto reafirma la primacía del interés superior del niño y fija medidas para la protección y promoción de sus derechos en todos los sectores implicados, entre ellos los sectores del bienestar social, la policía, la justicia, las fuerzas armadas, la educación y la salud. También se alude de forma directa e indirecta al fomento del interés superior del niño en el Código Laboral de 1997 y en el Código Penal de 1991, que presta especial atención a esta cuestión.

79.Entre las medidas de apoyo y aplicación de la Ley del Niño y las leyes referentes al interés superior del niño cabe señalar el establecimiento de Direcciones de Policía para la Protección de la Familia y el Niño, la creación de tribunales de menores y la formación del personal de las fuerzas de seguridad sobre procedimientos operativos estándar.

80.En cuanto al abandono de la MGF y el matrimonio infantil, se están realizando esfuerzos continuos que se exponen en la sección dedicada a la violencia contra los niños.

81.En lo que respecta a la pensión de los hijos, el 14 de noviembre de 2010, el Tribunal Supremo Nacional dictó una sentencia por la que se concedía a una mujer divorciada una pensión alimenticia para los dos hijos que había tenido con su excónyuge. La sentencia se aplicó con carácter retroactivo desde la fecha de incoación del procedimiento, el 6 de enero de 2010. La sentencia dispone que “la pensión alimenticia de los hijos se aplica retroactivamente, al contrario que en el caso de las pensiones debidas a otros familiares”, lo cual refleja la particularidad de los niños y la protección que la legislación sudanesa, en particular en lo que se refiere al estatuto personal, concede al interés superior del niño en todas las fases de los procedimientos que le incumben.

3.3Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo (art. 6)

82.El derecho del niño a la supervivencia y el desarrollo, de conformidad con las convenciones internacionales ratificadas por el Sudán, está consagrado en la Constitución Transitoria de 2005 como una parte integrante de sus disposiciones.

83.El artículo 5, párrafo 2 e), de la Ley del Niño de 2010 dispone que “el Estado garantizará todos los derechos legítimos del niño, en particular el derecho a la filiación, la vida, el nombre, la nacionalidad, la lactancia, la custodia, la vestimenta, la vivienda, la educación y la asistencia, de conformidad con las disposiciones de la ley” (Ley de Salud Pública de 2008, Ley de Planificación de la Educación de 2001, Ley del Registro Civil de 2001 y Ley de la Nacionalidad Sudanesa de 1993, modificada en 2005).

84.El artículo 5, párrafo 2 e), de la Ley del Niño de 2010 abarca una serie de derechos además del derecho del niño a la supervivencia, el desarrollo, el nombre, la nacionalidad y la educación. También recoge los deberes y obligaciones de los padres y la protección de los hijos, sobre todo en lo que respecta a la lactancia y la custodia. El artículo 20 aborda la responsabilidad de los padres de proporcionar vestimenta y vivienda y velar por el bienestar del niño en todos los aspectos.

85.La decisión del Tribunal Constitucional de no ejecutar la pena de muerte a menores de 18 años se ha mencionado en la sección dedicada a la definición de niño.

86.En 2015, el programa de tratamiento gratuito para menores de 5 años del Ministerio de Salud proporcionó a través de las instituciones de atención primaria de salud servicios gratuitos de tratamiento y medicación de los que se beneficiaron 4.096.489 niños menores de 5 años (más detalles en la sección 7, dedicada a la salud).

3.4Respeto de la opinión del niño (art. 12)

87.La Ley del Niño de 2010 consagra en el artículo 5, párrafo 2 j), el derecho de expresión del niño: “El niño tiene derecho a expresar libremente sus opiniones y deseos y a participar efectivamente en los procesos judiciales, administrativos, sociales y educativos, en función de su edad y grado de madurez”.

88.El Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia se ha esforzado por organizar numerosos programas y actividades en los que participan a nivel nacional niños de diferentes grupos que viven en situaciones excepcionales, así como por fomentar su participación a nivel regional e internacional. En este sentido destaca la participación de estos niños en la revisión de los informes internacionales y regionales del Sudán sobre la aplicación de las convenciones sobre la infancia, como el informe inicial sobre los dos Protocolos Facultativos, presentado al Comité de los Derechos del Niño, y el informe inicial sobre la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño, presentado al Comité Africano de Expertos sobre los Derechos del Niño de la Comisión de la Unión Africana.

89.En colaboración con Save the Children Suecia y el Instituto de los Derechos del Niño (CRI, por sus siglas en inglés), en 2010 se llevó a cabo un estudio sobre la opinión de los niños acerca de los problemas de la infancia en el Sudán. En este estudio participaron 184 niños (113 niños y 71 niñas) en representación de diferentes grupos. El estudio reveló que los niños eran conscientes de muchos de los problemas a los que se enfrentaban en materia de protección y que numerosos casos de castigos corporales, MGF, matrimonio infantil y otros riesgos de protección no se denunciaban por razones sociales, mientras que los casos de violencia escolar se ponían a veces en conocimiento de profesores y otros adultos. El estudio dio lugar a la implementación de programas de sensibilización para las familias y comunidades locales, a través de los cuales también se subrayaba la importancia de la participación de los niños y se tenía en cuenta sus opiniones, en consonancia con la Ley del Niño de 2010. Además, el estudio proporcionó a las Direcciones de Policía para la Protección de la Familia y el Niño y a las redes comunitarias de protección de la infancia una visión más clara de la situación a nivel local.

90.Actualmente, se está trabajando para reconstituir el Parlamento Nacional Infantil. En este sentido, el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia, en cooperación con sus socios, elaboró en 2016 un proyecto de reglamento para la formación de parlamentos infantiles a nivel nacional y estatal con miras a presentarlo a varios grupos de niños. El proyecto de reglamento también tenía como objetivo la activación de los parlamentos infantiles a nivel estatal. El Parlamento Nacional Infantil está formado por 105 miembros, entre ellos niños de instituciones educativas, niños sin hogar y niños con discapacidad. La idea del parlamento infantil es que los niños reciban formación sobre los procedimientos democráticos y adquieran las aptitudes necesarias para debatir y comunicar sus problemas a los encargados de la toma de decisiones.

91.En 2013, la Asamblea General del Parlamento Infantil celebró una sesión especial en la sede de la Asamblea Nacional (Parlamento Nacional), en presencia del presidente y varios miembros del Parlamento. Durante la sesión se debatieron reivindicaciones planteadas por el Parlamento Infantil que pueden resumirse en lo siguiente: el desarrollo de la educación; la mejora del entorno escolar; la penalización de los castigos corporales en la escuela; el establecimiento de más mecanismos de protección de la infancia, en particular contra el matrimonio infantil y la MGF, y la creación de clubes para niños con discapacidad.

92.En los estados de Al-Gadarif, Río Nilo y Jartum, estudiantes de escuelas de enseñanza básica crearon foros de debate para participar en la iniciativa Saleema, cuyo objetivo es lograr el abandono de la MGF para proteger a los niños frente a las prácticas nocivas (en la sección 4 figura más información sobre la iniciativa Saleema).

93.Los niños pudieron abogar por la inclusión de sus derechos en la próxima Constitución. Previamente, habían recibido formación sobre cómo pueden obtener apoyo y defender sus derechos en los distintos ámbitos. En marzo de 2015, 25 niños (13 niñas y 12 niños) se beneficiaron de esta formación, cuyo objetivo era concienciarlos sobre la importancia de la incorporación de sus derechos en la nueva Constitución. La formación concluyó con un taller en el que se formularon recomendaciones y se recopilaron en un folleto.

94.Del 20 al 22 de octubre de 2014, el Sudán, con la participación de los Estados vecinos (Yemen, Somalia, Egipto, Kenya, Eritrea y Djibouti), acogió el I Foro Regional de la Iniciativa Saleema para la Erradicación de la Mutilación Genital Femenina. Se organizó un programa integral que comprendía tres actividades principales. Una de ellas precedió a la inauguración oficial del Foro y contó con la participación de un grupo de 31 jóvenes (15 mujeres y 16 hombres), en representación de diversos sectores, sindicatos juveniles, estados y colectivos de personas con discapacidad. La actividad se desarrolló durante dos días e incluyó un reportaje sobre Saleema y un taller dirigido a los jóvenes. Estos recogieron, con sus propias voces, los resultados de dicho taller en un vídeo que fue proyectado ante los participantes del Foro. Además, un grupo musical interpretó en directo una canción de rap sobre Saleema y, con la colaboración del Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia, los jóvenes participantes presentaron un plan de acción y una visión de apoyo al abandono de la MGF.

Sentencia favorable concede a unos niños la nacionalidad sudanesa

El Tribunal Constitucional del Sudán examinó el caso núm. 153/2015, de 10 de agosto de 2015, en relación con un recurso presentado por cinco niños sudaneses cuyo padre había adquirido la nacionalidad sursudanesa tras la secesión y cuya madre era sudanesa, por el que solicitaban que se les concediera la nacionalidad sudanesa. En septiembre de 2016, el Tribunal dictaminó que los niños tenían derecho a la nacionalidad de su madre, de conformidad con el artículo 7 de la Constitución Transitoria de la República del Sudán, promulgada en 2005.

95.En mayo de 2015, el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia, en cooperación con el UNICEF, organizó un curso de formación de tres días para adolescentes de ambos sexos de entre 12 y 17 años. En este curso participaron representantes del Parlamento Infantil, niños con discapacidad, niños designados por organizaciones voluntarias que trabajan en favor de la infancia, y niños de la Unión Nacional de la Juventud Sudanesa y de la Unión General de Estudiantes Sudaneses, para debatir seis proyectos de reglamento relativos a la Ley del Niño de 2010 y a la justicia penal para niños mencionada anteriormente.

96.El Sudán celebra anualmente días internacionales, regionales y nacionales como el Día Universal del Niño, el Día del Niño Africano y el Día del Niño Sudanés. Estas celebraciones se organizan en coordinación con las autoridades pertinentes y brindan la oportunidad de revisar y plantear diversas cuestiones relacionadas con la infancia. Los niños participan en foros internacionales y regionales dedicados a la infancia.

La participación infantil en los informes quinto y sextocombinados del Sudán

En un taller celebrado para la elaboración del presente informe participaron 27 niños de entre 13 y 18 años (10 niñas y 17 niños), en representación del Centro de Educación de Menores (reformatorio), el Hogar de Niñas Bashayer (para niñas sin hogar), el Hogar de Niños Taiba (para niños sin hogar) y tres organizaciones de voluntarios (la Unión Nacional de Ciegos, el Foro de la Infancia, el Instituto Al-Amal para la Educación de los Sordos, y Aldeas Infantiles SOS). Los niños se organizaron en cinco grupos de trabajo y presentaron los resultados de su trabajo.

Concluyeron que era necesario intensificar la formación del personal policial sobre las normas en materia de infancia, crear un entorno más saludable y mejorar la cantidad y calidad de las comidas en los centros de detención dedicados a los niños, y crear centros de educación de menores en todos los estados.

En cuanto a los niños que duermen en la calle, los participantes destacaron que era necesario proporcionarles centros de acogida abiertos y atención sanitaria continuada y sensibilizar a la comunidad sobre los problemas de estos niños. Los participantes también subrayaron que esos niños recibían un buen trato por parte de los trabajadores sociales que trabajan en la calle, que les proporcionaban una comida y los reunían con sus familias. En cuanto a los niños sin apoyo familiar, los niños participantes señalaron la importancia de que el Gobierno siguiera haciendo un seguimiento de las familias alternativas y creando conciencia en las comunidades.

Los niños opinaron sobre la necesidad de aplicar la Ley del Niño y las decisiones sobre la enseñanza gratuita y la prohibición de los castigos corporales en las escuelas, crear bibliotecas culturales en las escuelas y sensibilizar a las comunidades sobre la importancia de la educación de las niñas.

Los niños hablaron de la reducción del coste de los servicios de apoyo a los niños con discapacidad, la prestación de ayudas básicas para su formación, la reducción del coste de las materias primas empleadas en la fabricación de prótesis y la provisión de dispositivos auxiliares en función del tipo de discapacidad.

Los niños sugirieron aumentar las penas por el reclutamiento y la utilización de niños en conflictos armados a través de la aplicación de las disposiciones de la Ley del Niño y la Ley de las Fuerzas Armadas. También señalaron la importancia de sensibilizar a las comunidades de base a este respecto, ampliar las actividades culturales y recreativas para los niños y aplicar las disposiciones de la Ley del Niño y el Código del Trabajo en lo que respecta al trabajo infantil.

4.Derechos y libertades civiles (arts. 7, 8 y 13 a 17)

4.1Inscripción de nacimientos, nombre y nacionalidad (art. 7)

97.El artículo 7, párrafo 2, de la Constitución garantiza a toda persona nacida de madre o padre sudanés disfrutará del derecho inalienable a la nacionalidad y la ciudadanía sudanesas.

98.La Ley del Niño, en su artículo 5, párrafo 2 h) e i), otorga a los niños el derecho a solicitar el cambio de su nombre si resulta denigrante, humillante para su dignidad o incompatible con sus creencias religiosas. La Ley también garantiza a los niños la obtención de una partida de nacimiento de forma gratuita.

99.La Dirección General del Registro Civil, dependiente del Ministerio del Interior, es el organismo oficial encargado de inscribir los nacimientos de conformidad con la Ley del Registro Civil de 2011, que establece un sistema descentralizado de registro de nacimientos a nivel local, estatal y nacional.

100.En el marco del proyecto de Registro Nacional, el Sudán ha establecido una red electrónica a través de la cual se han vinculado los hospitales de maternidad, los hospitales generales (públicos y privados) y la Dirección General del Registro Civil. Se han vinculado 343 de los 685 hospitales existentes y se está trabajando para vincular los restantes.

101.En el marco de los esfuerzos de la Dirección General del Registro Civil, 2.256 niños que carecían de inscripción registral fueron inscritos durante el período comprendido entre el 4 y el 10 de agosto de 2016.

102.Según los resultados de la Encuesta de Salud de los Hogares del Sudán de 2006, se había inscrito el 33,0 % de los nacimientos de los niños menores de 5 años, mientras que según la misma Encuesta realizada en 2010 el porcentaje era del 59,3 % (el 49,7 % en las zonas rurales y el 84,5 % en las urbanas). Según los datos de la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados de 2014, la tasa nacional de inscripción de nacimientos era del 67,3 % (el 89 % en las zonas urbanas y el 59,2 % en las rurales). El Ministro de Finanzas y Economía Nacional emitió una decisión para que las partidas de nacimiento se expidieran de forma gratuita a los niños de hasta 1 año de edad.

4.2Preservación de la identidad (art. 8)

103.El artículo 5, párrafo 2 i), de la Ley del Niño reconoce el derecho de los familiares del recién nacido a obtener una partida de nacimiento de forma gratuita durante el primer año de vida del niño. El artículo 28 de la Ley del Registro Civil reconoce el derecho del niño a ser inscrito inmediatamente después del nacimiento. Por su parte, el artículo 29 designa a los responsables de notificar el nacimiento, mientras que el artículo 42 establece las penas previstas por infringir la Ley.

104.La Ley del Registro Civil prevé sanciones para toda persona que altere o facilite información incorrecta sobre la identidad de un niño. También establece los criterios para dotar de elementos conformantes de identidad a los niños no identificados, sin estigmas ni elementos discriminatorios.

4.3Libertad de expresión y derecho a buscar, recibir y difundir información (art. 13)

105.La Ley del Niño establece en el artículo 5, párrafo 2 j), que el niño tiene derecho a expresar libremente sus opiniones y a participar efectivamente en los procesos judiciales, administrativos, sociales y educativos, en función de su grado de madurez mental y física.

106.El Reglamento Escolar subraya la importancia de las actividades estudiantiles realizadas en el seno de las asociaciones literarias, culturales y deportivas, que constituyen una plataforma de expresión fundamental para el niño. La supervisión general de estas actividades depende de la Dirección de Actividades Estudiantiles.

107.En la capital y en algunos estados existen centros culturales y teatros infantiles que también proporcionan a los niños una plataforma de expresión. Considerando el interés superior del niño, este derecho está sujeto a las restricciones impuestas por la moralidad y los valores éticos.

108.El Festival Nacional de Creatividad para Jóvenes, en el que participan niños de distintos estados del Sudán y organizaciones que trabajan en el ámbito de la infancia, organiza 15 concursos y se celebra cada año en un estado diferente.

Iniciativa de Formación Cinematográfica para Niños

La idea de ofrecer formación cinematográfica a los niños surgió en enero de 2015 por iniciativa de un voluntario con el objetivo de que los propios niños puedan crear películas. Estas oportunidades de formación básica en producción cinematográfica para niños se anunciaron a través de las redes sociales y alrededor de 500 niños presentaron solicitudes de inscripción. Se seleccionó a 16 niños y niñas de entre 9 y 16 años para participar en la formación, que se desarrolló en Jartum entre enero y mayo de 2015. La iniciativa buscaba crear un nuevo medio para que los niños pudiesen expresar y compartir su opinión con la comunidad a través de una obra creativa realizada por ellos mismos. El programa consta de un 30 % de formación teórica y un 70 % de formación práctica e incluye visitas a diversas instituciones relacionadas con las artes audiovisuales y la cinematografía, como la Sudan Film Factory, la Televisión Nacional, la Radio de la Universidad de Jartum, el Grupo Sudanese Voices, la Radio Médica y el Canal de Televisión de Nilo Azul, entre otras. La iniciativa recibió ayuda en especie de colaboradores en forma de equipamiento, en particular cámaras y equipos de grabación de sonido y de iluminación. La Asociación Periodistas por la Infancia proporcionó durante el primer año de formación un espacio en su sede del Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia, y la Casa Sueca de Jartum acogió las actividades de la segunda convocatoria. La Asociación de los Derechos del Niño y Sudan Film Factory también prestaron apoyo a la iniciativa. En 2015 y 2016, cinco niños tuvieron la oportunidad de recibir formación en Egipto con la cooperación de la Fundación ADEF. Además, la iniciativa coordina y coopera con voluntarios de la asociación Sadagaat y de la organización de voluntarios Hawadith Street, que recauda fondos para sufragar el tratamiento de pacientes sin recursos. Los voluntarios también supervisaron las ceremonias de clausura de las ediciones primera y segunda de la iniciativa.

La iniciativa continuó su labor con el lanzamiento de la segunda edición de la formación para niños en 2016. Las películas se estrenaron el 17 de agosto de 2016 en un hotel de la capital Jartum, al que asistieron más de 3.000 personas. Otras 2.000 personas no pudieron acceder a la sala de cine por falta de espacio. Asistieron al estreno de las películas creadas por los niños sus familiares, miembros de grupos interesados en la creación cinematográfica y fotográfica, activistas de los derechos del niño y medios de comunicación. Estos últimos dieron cobertura al evento. Las películas producidas y dirigidas por los niños abordaron una serie de temas que, desde su punto de vista, consideraron prioritarios, como el trabajo infantil, la negligencia de los padres y familiares hacia los niños, la preservación del medio ambiente, las violaciones de menores, el trabajo voluntario, la mendicidad infantil, el autismo, el impacto de la separación de los padres en la vida de los niños, etc.

4.4Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión (art. 14)

109.La Constitución del Sudán de 2005 garantiza la libertad de pensamiento y religión a todos los ciudadanos, independientemente de sus tendencias y edad. El derecho del niño a hacer pública su religión no está sujeto a restricción alguna. El artículo 6 de la Constitución garantiza el respeto debido por el Estado a un conjunto de derechos relacionados con la libertad religiosa, entre los que cabe destacar.

110.El derecho al culto y a la reunión acorde a los rituales de toda religión o creencia, así como al establecimiento y preservación de lugares adecuados a tales fines (art. 6, párr. a)).

111.El derecho a la propiedad y usufructo de bienes muebles e inmuebles relacionados con los ritos y costumbres de toda religión y creencia (art. 6, párr. c)).

112.El derecho a la enseñanza de la religión y las creencias en lugares adecuados a tales fines (art. 6, párr. e)).

113.En cuanto al multilingüismo, el artículo 8, párrafo 1, de la Constitución establece que: “Todas las lenguas indígenas del Sudán tienen la consideración de lenguas nacionales y deben ser respetadas, desarrolladas y promocionadas”. De igual modo, el artículo 8, párrafo 4 otorga a los órganos legislativos estatales el derecho a designar cualquier otra lengua nacional como lengua de trabajo oficial junto al árabe y el inglés.

114.El Ministerio de Educación ofrece asignaturas tanto de educación cristiana como islámica en las escuelas. El niño tiene derecho a elegir la opción religiosa que mejor se adecúe a sus creencias. Este derecho no está sujeto a restricciones, sin perjuicio del debido respeto a las creencias ajenas.

4.5Libertad de asociación y de reunión pacífica (art. 15)

115.El Reglamento Escolar garantiza a los niños el derecho a crear asociaciones literarias, culturales y deportivas.

116.El proyecto de parlamento infantil, que comenzó con la elección de los grupos de niños participantes, dio lugar a la creación de parlamentos infantiles en nueve escuelas de los estados de Jartum y Al Gazira.

117.También se crearon parlamentos infantiles en los estados de Kassala, Nilo Blanco, Río Nilo, Nilo Azul, Kordofán Septentrional y Mar Rojo.

4.6Protección de la vida privada (art. 16)

118.La Constitución del Sudán protege el derecho a la privacidad en diferentes artículos ya citados. La Ley del Niño, por su parte, ordena la protección de los niños frente a los abusos y establece las penas correspondientes.

119.En colaboración con la Asociación Periodistas por la Infancia y el Consejo Nacional para la Prensa y la Actividad Editorial, en marzo de 2015 se celebraron talleres de formación sobre cómo abordar las cuestiones de la infancia desde la perspectiva de los derechos del niño a la vida privada y al respeto de su intimidad. En estos talleres participaron 85 profesionales de los medios de comunicación: 30 de la televisión nacional (guionistas, productores y directores de programas), 30 locutores de radio y 25 periodistas.

4.7Acceso a la información y protección contra todo materialperjudicial (art. 17)

120.El Consejo de Obras Literarias y Artísticas se estableció en 2001 en virtud del artículo 6, párrafo 1, de la Ley del mismo nombre. En virtud del artículo 7, párrafo 1, el Consejo se formará por una decisión del Consejo de Ministros, dictada por recomendación del Ministro, y estará integrado por un presidente y un número adecuado de miembros competentes con experiencia en la materia, entre ellos representantes de las autoridades pertinentes. El artículo 15 de la Ley especifica las obras cuya importación, introducción, publicación, impresión, difusión y comercialización está prohibida porque atentan contra los valores religiosos, la moral pública, las creencias, las costumbres, las religiones o un grupo de personas por motivos de color o sexo, o bien porque ensalzan o favorecen un sexo sobre otro o atentan contra la política del Estado o la seguridad nacional. También prohíbe las producciones conjuntas con un Estado hostil, la propaganda a favor de un Estado hostil, y toda obra cuya entrada haya sido prohibida por decisión del Consejo.

121.En abril de 2016, el Ministerio de Comunicaciones y Tecnología de la Información formó un comité nacional para crear conciencia sobre los beneficios del uso de Internet y proteger a los niños de sus riesgos, así como para buscar colaboraciones entre los organismos oficiales y las entidades interesadas en la lucha contra la explotación infantil en Internet. El comité celebra reuniones periódicas destinadas a establecer una visión clara que permita identificar los riesgos que corren los niños al utilizar Internet, así como a establecer planes, programas y proyectos para la protección de la infancia. El comité está presidido por la Autoridad Nacional de Comunicaciones y el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia, y cuenta con miembros de los Ministerios de Justicia y de Educación, la Autoridad Nacional de Radio y Televisión, el Centro Nacional de Información, la Dirección de Protección de la Familia y el Niño, la Fiscalía de Menores, la Fiscalía de Ciberdelitos, las compañías de telecomunicaciones y algunas organizaciones de la sociedad civil.

122.En el marco de la colaboración con la Asociación Periodistas por la Infancia, se han organizado foros informativos mensuales sobre cuestiones de la infancia, como la violencia sexual contra los niños, la educación y la deportación segura de niños. En estos foros participan profesionales de los medios de comunicación, organizaciones de la sociedad civil, activistas, estudiantes de posgrado y otras entidades interesadas.

123.En diciembre de 2014, se organizó un taller de formación financiado por el UNICEF con el fin de formar a 40 profesionales y periodistas de diversos medios de comunicación y agencias de prensa sobre las normas internacionales de publicación y la profesionalidad a la hora de abordar las cuestiones de la infancia.

124.Por iniciativa de la Asociación Periodistas por la Infancia, en noviembre de 2016 se lanzó el Código de Honor de los Medios de Comunicación, relativo a la cobertura de las cuestiones de la infancia en los medios de difusión. En la elaboración del Código participaron especialistas y expertos, el Sindicato de Periodistas del Sudán y personalidades destacadas del sector audiovisual. Los profesionales de los diversos medios de comunicación oficiales y privados asumieron el compromiso de cumplir las normas de protección de los niños al abordar las cuestiones que les atañen.

125.En febrero de 2015, en el marco de la celebración del Día Internacional de Tolerancia Cero con la Mutilación Genital Femenina, se organizó en colaboración con la Unión Estatal de Mujeres de Jartum una noche cultural titulada “Noche Saleema de literatura y arte popular”, a la que asistieron unas 200 personas.

126.Se prepararon y emitieron a través del programa Nuestro hogar, que se emite diariamente en la televisión nacional, 45 segmentos semanales en los que se abordaban cuestiones relacionadas con la protección de la infancia (enero a diciembre de 2015).

127.Se ha producido un programa semanal para niños que se viene emitiendo desde agosto de 2015 hasta la fecha en la Radio de los Jóvenes y Todos los Deportistas.

128.A través de programas de radio y televisión, se celebran los días internacionales de la infancia, a saber, el Día del Niño Africano, el Día Internacional de la Infancia, el Día Internacional de Tolerancia Cero con la Mutilación Genital Femenina y el Día Mundial contra el Trabajo Infantil.

5.Violencia contra los niños (arts. 19, 24 (párr. 3), 28 (párr. 2),34, 37 a) y 39)

5.1Abuso y negligencia (art. 19)

129.La Constitución establece que: “Toda persona tiene derecho a la libertad y la seguridad. Nadie podrá ser detenido, encarcelado ni privado de su libertad, salvo por motivos concretos y de acuerdo con los procedimientos previstos en la ley”.

130.La Ley del Niño de 2010 garantiza la protección de los niños frente a “todas las formas de violencia, daño, trato inhumano, abuso físico, moral o sexual, negligencia o explotación”.

131.Los consejos educativos escolares y los centros comunitarios han experimentado un aumento de los programas y campañas de sensibilización, a menudo llevados a cabo por ONG y administraciones locales. Los centros comunitarios son especialmente activos en los campamentos de refugiados y en las aldeas y su labor de concienciación se centra en las cuestiones relacionadas con la protección de la infancia, como el maltrato, la negligencia, el reclutamiento de niños en conflictos armados, la MGF y el matrimonio infantil.

132.El Ministerio de Bienestar Social ha logrado con éxito utilizar los fondos del azaque e integrar las iniciativas económicas, como los programas de transferencia de efectivo, con otras actividades que también tienen como objetivo eliminar todas las formas de violencia. Las intervenciones van desde la capacitación de los padres y madres hasta la inscripción de las familias en programas de microfinanciación y seguridad social. Estas intervenciones adicionales permiten abordar eficazmente los puntos débiles y analizar los retos derivados de los factores económicos. El seguimiento y la evaluación a este respecto indican que todas estas iniciativas han contribuido notablemente a reducir la exposición de los niños a la violencia, lo cual no se observa en las estrategias más amplias de prevención, protección y respuesta a los niños.

133.Un ejemplo de buena práctica en el ámbito de la prevención es la iniciativa presentada por el programa de desarme, desmovilización y reintegración para ampliar su alcance e incluir a todos los niños en riesgo de negligencia, abandono o maltrato, en vez de limitar su labor y sus servicios a los niños soldados liberados de grupos armados. De este modo, los niños más vulnerables y necesitados de atención y protección también se beneficiaron de esta iniciativa.

Iniciativa Saleema

La iniciativa Saleema fue lanzada en 2009 por el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia y organizaciones de la sociedad civil, con el apoyo del UNICEF. La palabra Saleema en árabe hace referencia a una niña completa, física y mentalmente sana, ilesa, intacta y pura, tal y como la creó Dios. La iniciativa se basa en un conjunto de estrategias de comunicación y métodos positivos. Las técnicas de mercadotecnia social desempeñan un papel importante en la elaboración de los materiales visuales y textos escritos sobre Saleema en todos los niveles. Esta iniciativa constituye un cambio de enfoque que pasa de centrarse en el problema a centrarse en las soluciones a través de sentimientos de confianza, optimismo y positividad para implicar a las personas por medio de diversos canales de comunicación, como carteles, canciones, segmentos en la televisión y la radio, obras de teatro y dibujos animados. También se han diseñado mantos, prendas y velos para ser repartidos en los eventos públicos organizados por las comunidades y redes que se ocupan de la concienciación sobre la MGF e instan a todas las personas a acabar con esta costumbre. Los participantes en esta iniciativa optaron por la palabra Saleema para crear un nuevo sentimiento de unión y dar un significado positivo a las niñas y mujeres no circuncidadas. El mensaje central de la iniciativa pasó a ser “Todas las niñas nacen completas (saleema); dejemos que crezcan completas”. En el marco de la iniciativa, se ha lanzado una campaña en los hospitales de maternidad para proporcionar un entorno favorable, organizado y de apoyo a las familias que han tenido una niña, con el fin de que no la sometan a la MGF en ningún momento de su vida. El personal de estos hospitales, capacitado en la materia, ofrece orientación y asesoramiento sobre la erradicación de la MGF e información sobre la iniciativa Saleema. Después, las familias se comprometen con Saleema y dan la bienvenida a las recién nacidas, que permanecerán intactas (saleema) durante toda su vida.

134.Existen 342 comités y redes comunitarios de protección de la infancia que desempeñan un papel importante en la respuesta y prevención del maltrato, la negligencia, la explotación y la violencia contra los niños. Estos comités comunitarios están presentes en todos los lugares en los que se encuentran desplazados internos o refugiados, y constituyen foros que permiten a los miembros de la comunidad encontrar soluciones en materia de protección de la infancia. Los comités representan a todo el mundo, incluidos los niños, con el objetivo de lograr la protección. Suelen ser de carácter informal y son especialmente activos en las zonas de conflicto armado.

135.El Ministerio de Desarrollo Social del estado de Jartum organizó en zonas semiurbanas sesiones de sensibilización destinadas a enseñar a las mujeres y los jóvenes las medidas que deben adoptar para protegerse de la violencia y de los riesgos. Además, impulsó el teatro abierto para proporcionar a los niños conocimientos sobre cómo protegerse de la violencia y los abusos, cómo defenderse y cómo denunciar los casos de violencia y maltrato. El Ministerio también lleva a cabo intervenciones de apoyo a la familia. En este sentido, imparte a las familias destinatarias formación en gestión de proyectos y facilita proyectos de microfinanciación para ayudar a las familias pobres a incrementar sus ingresos y así poder cubrir las necesidades de la familia, ayudar a los niños a continuar su educación y no exponerlos al trabajo infantil. Además, capacita a las mujeres y las familias de las comunidades locales mediante actividades generadoras de ingresos.

136.El papel del sistema educativo en la protección de la infancia se limita a combatir la violencia escolar y ayudar a los docentes a identificar riesgos como el matrimonio infantil o los problemas que afectan a los niños con discapacidad. Se ha observado que no en todos los estados se encomienda a los docentes la identificación de los niños en riesgo de maltrato o que han sufrido malos tratos. Sin embargo, los esfuerzos conjuntos del Ministerio de Salud del estado de Jartum han logrado publicar y distribuir una guía sobre la detección y la intervención, que posteriormente han puesto en práctica los docentes de las escuelas para niños en situación de riesgo o vulnerabilidad.

137.Lo cierto es que existe una necesidad de aumentar los servicios de prevención, mitigación y respuesta en materia de protección de la infancia a través de la adopción de un enfoque más integrado y global dirigido a reforzar los servicios básicos para los niños mediante planes de acción de atención social. Por ejemplo, no existe una estructura clara para la prestación de asistencia social a nivel de las localidades, salvo en el estado de Jartum, que cuenta con centros de desarrollo comunitario en algunas unidades administrativas. También existen unos 53 centros de desarrollo comunitario afiliados al Ministerio de Bienestar Social que llevan a cabo los programas de atención a la primera infancia, de capacitación de la mujer y de reducción de la pobreza. Aunque existen algunos puntos en común, las estrategias de prestación de servicios varían de un estado a otro. Además, existe un desequilibrio entre los servicios de prevención y los de intervención en Jartum y Darfur Septentrional, donde los servicios de protección de la infancia se centran principalmente en la respuesta, mientras que en los estados de Darfur Occidental y Darfur Meridional existe un equilibrio adecuado entre las iniciativas de prevención y las de intervención.

5.2Prohibición de las prácticas nocivas (art. 24, párr. 3)

Mutilación genital femenina

138.En 2012, el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia formó un grupo de trabajo nacional bajo su presidencia y con una relatoría conjunta con el Ministerio Federal de Salud. El grupo de trabajo, compuesto por miembros de los organismos gubernamentales pertinentes, de organizaciones de la sociedad civil, del UNICEF, del Fondo de las Naciones Unidas para Actividades en Materia de Población (FNUAP) y de la Organización Mundial de la Salud (OMS), así como por siete expertos nacionales, tenía como objetivo reforzar la coordinación entre los mecanismos oficiales y los voluntarios en lo que respecta a los programas y actividades de lucha contra las prácticas y normas sociales perjudiciales para los niños.

139.Según la Encuesta de Salud de los Hogares del Sudán 2010, el porcentaje de mujeres y niñas del grupo de edad de 15 a 49 años que habían sido sometidas a la MGF era del 65,5 %, mientras que el porcentaje registrado en la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados de 2014 era del 86,6 % en el mismo grupo de edad.

140.Según la Encuesta de Salud de los Hogares del Sudán 2010, el porcentaje de niñas que habían sido sometidas a la MGF en el grupo de edad de 0 a 14 años era del 37 %, mientras que según la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados de 2014 era del 31,5 %. Esta disminución refleja el impacto de los esfuerzos en curso para lograr el abandono de la MGF en el Sudán.

141.La iniciativa Saleema es una experiencia única, multisectorial e integral basada en los derechos humanos. Fue adoptada por el Gobierno del Sudán en 2009 como un instrumento para impulsar la aplicación de la Estrategia Nacional para la Erradicación de la Mutilación Genital Femenina, dirigida por el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia y sus asociados, con el apoyo del UNICEF. Las evaluaciones realizadas en 2014 indican que el 80 % de la población total había recibido el mensaje que Saleema pretendía transmitir (“Todas las niñas nacen completas (saleema); dejemos que crezcan completas”).

142.Los diálogos comunitarios sobre la erradicación de la MGF continúan en todos los estados del Sudán, donde el número acumulado de comunidades que han anunciado el abandono de esta práctica ha alcanzado las 995. En 2016 se celebraron cursos de formación sobre la Iniciativa Saleema en 15 estados, a excepción de Kordofán Occidental, Kordofán Meridional y Nilo Blanco. De estos cursos de formación se beneficiaron 450 participantes de organismos gubernamentales, organizaciones comunitarias y de base e instituciones de investigación, que adquirieron la capacitación necesaria para formar a los facilitadores de Saleema en 20 localidades de 9 estados (Jartum, Al Gazira, Sennar, Kordofán Septentrional, Darfur Meridional, Al-Gadarif, Mar Rojo, Río Nilo y Norte).

Matrimonio infantil o forzoso

143.El Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia integra la cuestión del matrimonio infantil en el eje relativo a las normas y prácticas sociales que afectan a la protección y el desarrollo del niño, en vista de que el matrimonio infantil representa una amenaza para los esfuerzos realizados por alcanzar los objetivos estratégicos nacionales para la familia, la Política Nacional de Empoderamiento de la Mujer y las estrategias de protección de la mujer y el niño del Plan Estratégico del Estado del Cuarto de Siglo.

144.La Encuesta de Salud de los Hogares del Sudán 2010 indica que la tasa de matrimonios infantiles en el Sudán, a nivel nacional, era del 37,6 %. Este porcentaje aumentó al 38 % según los resultados de la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados de 2014. Un estudio sobre conocimientos, comportamientos y prácticas relacionadas con el matrimonio infantil realizado en 2013 en seis estados (Darfur Meridional, Darfur Oriental, Darfur Occidental, Darfur Central, Al-Gadarif y Jartum) y dirigido a las familias y comunidades locales, mostró que el 24 % de las mujeres que habían contraído matrimonio antes de cumplir los 18 años habían abandonado la escuela sin completar su educación por uno de los siguientes motivos: la distancia (8 %), las tasas (15 %) o el matrimonio (32,6 %).

145.Bajo los auspicios de la Primera Dama, patrocinadora de la Campaña para el Abandono del Matrimonio Infantil en el Sudán, y bajo la supervisión de la Ministra de Bienestar y Seguridad Social, en 2015 se inició el diálogo sobre el proyecto de estrategia nacional para el abandono del matrimonio infantil, que contó con la presencia de numerosos ministros, miembros del cuerpo diplomático, representantes de algunas embajadas en el Sudán, de organismos internacionales, regionales y nacionales, de ministerios gubernamentales y de diversos medios de comunicación. También asistió al lanzamiento del diálogo la Directora Ejecutiva de la Organización de Primeras Damas de la Unión Africana. En 2016 se pusieron en marcha foros para debatir la estrategia con parlamentarios, el Consejo de Jurisprudencia Islámica (fiqh), los medios de comunicación y diversas ONG, a fin de promover el debate sobre la Estrategia y su aprobación.

5.3Explotación y agresión sexuales (art. 34)

146.Las Direcciones de Protección de la Familia y el Niño brindan atención sanitaria y apoyo psicológico y jurídico y facilitan el acceso a investigadores y fiscales especializados, todo en una misma oficina. Los casos de menores se tramitan en un área separada. En algunas dependencias y tribunales, los testimonios de los niños se graban en vídeo para evitar la repetición de audiencias y comparecencias.

147.Las Direcciones de Protección de la Familia y el Niño van más allá de su mandato y no limitan su respuesta a los niños víctimas, testigos e infractores. Por ejemplo, atienden las denuncias de los niños a través de la línea de ayuda gratuita 9696, habilitada en 2009, proporcionan asesoramiento y asistencia de forma inmediata las 24 horas del día, y contribuyen a aumentar la confianza en la policía. Por otro lado, el UNICEF ha desarrollado un conjunto de herramientas para sensibilizar a la opinión pública sobre la línea de ayuda.

148.El número acumulado de redes comunitarias establecidas y que trabajan de forma eficaz en el ámbito de la protección de la infancia ha alcanzado las 557. Se han organizado en todos los estados del Sudán cursos para fomentar la capacidad de 254 redes de organizaciones sociales dedicadas a la protección de la infancia en materia de violencia sexual por razón de género. También se prestan servicios de apoyo psicológico y social y asistencia jurídica a los supervivientes de la violencia de género.

149.Un total de 624 adolescentes han adquirido conocimientos y habilidades para la vida con el fin de evitar su exposición a la violencia y protegerse de ella.

150.Si bien se han logrado avances en la remisión interinstitucional, la capacidad de continuar proporcionando seguimiento y apoyo a los niños y las familias más allá de la fase inicial de la crisis se ve generalmente limitada por la falta de trabajadores sociales y la insuficiencia de los recursos asignados a la prestación de estos servicios.

5.4Derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos openas crueles, inhumanos o degradantes, incluidos loscastigos corporales (arts. 37 a) y 28, párr. 2)

151.En su artículo 1, párrafo 2, la Constitución estipula que el Estado se fundamenta en la justicia y la igualdad y se compromete a respetar y promover la dignidad humana y los derechos y libertades humanos fundamentales. El artículo 14, párrafos 1 y 2, aborda la protección de la infancia y la juventud y dispone que el Estado desarrollará políticas y proporcionará medios para atenderlos, garantizarles una educación física y moral saludable y protegerlos de la explotación y el abandono físico y moral. El artículo 17 c) establece que el Estado utilizará su política exterior para promover el respeto de los derechos y libertades humanos fundamentales en los foros regionales e internacionales.

152.La Constitución, en su capítulo II, artículo 27, párrafos 1 y 3, reconoce la Carta de Derechos como un pacto entre el pueblo sudanés, el gobierno federal y los gobiernos estatales, y declara que todos los derechos y libertades consagrados en los tratados, convenios e instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por la República del Sudán forman parte íntegra de la Carta de Derechos contenida en la Constitución.

153.Los artículos 28 y 30 de la Constitución tipifican como delito la esclavitud y el trabajo forzoso y reconoce a toda persona el derecho inherente a la vida, la dignidad y la integridad personal.

154.El artículo 5, párrafo 2 k), de la Ley del Niño dispone lo siguiente: “Se garantizará la protección de los niños y niñas frente a todas las formas de violencia, daño, trato inhumano, abuso físico, moral o sexual, negligencia o explotación”. La aplicación de este artículo es competencia de las instituciones judiciales para menores, entre las que se encuentran las direcciones de protección de la familia y el niño.

155.El Reglamento para la Prohibición de los Castigos Corporales en los Centros Educativos, elaborado por el Ministerio de Educación y el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia, se encuentra en proceso de ratificación. El Reglamento tiene como objetivo garantizar a los niños un alto nivel de protección en las escuelas y promover actitudes positivas entre los estudiantes a través de las mejores prácticas y programas educativos.

156.Las creencias y prácticas culturales arraigadas contribuyen a que no se denuncien riesgos de protección como los castigos corporales, la MGF o el matrimonio infantil. Alrededor del 29 % de las mujeres y cerca de un tercio de los hombres entrevistados durante la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados de 2014 creen que los niños deben ser sometidos a castigos corporales. Alrededor del 64 % de los niños entrevistados durante la Encuesta habían sido objeto de “medidas disciplinarias” o “agresiones verbales o castigos físicos” en el mes anterior a las entrevistas, tal como se muestra en el cuadro 4.

Cuadro 4

Porcentaje de niños sometidos a medidas disciplinarias

Tipo de medida disciplinaria

Porcentaje de niños (1 a 14 años) disciplinados

Castigo corporal (violento)

14

Castigo corporal (otros)

34

Agresión verbal

53

Disciplina no violenta

22

Cualquier tipo de disciplina violenta

64

5.5Medidas para promover la recuperación física y psicológicay la reintegración social de los niños víctimas (art. 39)

157.El Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia ha publicado una guía sobre los paquetes de formación dirigidos a los proveedores de servicios de apoyo psicológico y social, en particular en los espacios amigos de la infancia, y al personal comunitario en las zonas de conflicto.

158.Los trabajadores sociales encargados de la protección de la infancia desempeñan un papel fundamental en la identificación y el tratamiento de los niños que sufren formas graves de malos tratos y descuido. Reciben los casos remitidos por las diversas autoridades y están altamente cualificados para evaluarlos, determinar las necesidades reales de los niños y tomar medidas para atenderlos, entre otras cosas, mediante la colaboración con la policía y los tribunales de menores y de familia.

159.Los servicios de atención social también se prestan a través de trabajadores sociales en diversas instituciones de protección de la infancia, entre ellas tribunales de menores, fiscalías, centros correccionales, escuelas, consejos estatales de bienestar de la infancia, la Comisión de Ayuda Humanitaria, algunas ONG y establecimientos sanitarios.

160.En el estado de Jartum, el Ministerio de Salud ha seleccionado y habilitado una serie de servicios de respuesta, como tratamiento postraumático para niños expuestos a violencia, tratamiento para mujeres y niñas supervivientes de violencia sexual, asesoramiento para niños con problemas psicológicos y niños con discapacidad, y servicios de concienciación comunitaria y de detección precoz de trastornos de salud y del comportamiento entre niños.

5.6Líneas telefónicas de ayuda a la infancia

161.La línea de ayuda a la infancia en Sudán 9696 está operativa las 24 horas del día. La Dirección de Protección de la Familia y el Niño del estado de Jartum vela por mejorar y desarrollar la línea a fin de prestar el mejor servicio a los niños y habilitarla en el resto de los estados. La línea cuenta con 25 trabajadores que prestan apoyo psicológico, social y jurídico. Su objetivo es responder a los casos de agresión, negligencia y maltrato psicológico y emocional a los niños; de niños infractores, en riesgo de delinquir, desaparecidos o perdidos; de deserción escolar y violencia escolar; de cualquier forma de explotación infantil, y de disputas familiares que afecten a los niños. El cuadro 5 muestra el número y el motivo de las llamadas recibidas a través de la línea de ayuda a la infancia en 2015.

Cuadro 5

N úmero de llamadas recibidas a través de la línea de ayuda a la infancia

Llamadas

Niños

Niñas

Sin especificar

Total

Solicitud de información

1 007

909

107

2 023

Relaciones familiares

163

298

42

503

Asuntos escolares

75

107

5

187

Relaciones entre pares

185

333

16

534

Sinhogarismo/fuga/necesidades básicas

56

40

6

102

Salud mental/psicológica/social

101

170

13

284

Salud física

264

267

24

555

Cuestiones jurídicas

60

61

4

125

Cuestiones sexuales

37

9

2

48

Violencia y agresiones

37

37

5

79

Discriminación

3

4

-

7

Consumo de drogas

5

4

-

9

Explotación comercial

5

6

-

11

Niños con necesidades especiales

7

9

-

16

Total

2 005

2 254

224

4 483

6.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado(arts. 5, 9 a 11, 18 (párrs. 1 y 2), 20, 21, 25 y 27 (párr. 4))

6.1Apoyo familiar

162.En 2015 se observó un desarrollo en el ámbito de la seguridad social gracias a la Caja Nacional de Pensiones, la Caja Nacional de la Seguridad Social, la Caja Nacional del Seguro de Salud, la Oficina del Azaque y el Banco de Ahorro y Desarrollo Social. El número total de personas que se beneficiaron de los servicios de estos fondos ascendió a 20.379.538 en 2015, lo que representa el 55,7 % de la población total en ese año. El número de familias beneficiarias de los bancos del azaque ascendió a 2.691.096 en 2015.

163.El proyecto de Apoyo Social Directo (ayudas en metálico) forma parte de las intervenciones urgentes destinadas a mitigar la pobreza. El proyecto se puso en marcha en 2011 con el objetivo de llegar a 100.000 familias. Este número aumentó hasta alcanzar las 350.000 familias en 2015. Durante el período comprendido entre abril y octubre de 2015, se beneficiaron 385.102 de las 500.000 familias destinatarias, con una tasa de ejecución del 86 %.

164.La tasa de cobertura de los pensionistas y trabajadores sujetos a la Ley de Pensiones alcanzó el 4,1 % de la población total en edad de trabajar (17.062.683). A finales de 2015, el número de afiliados era de 699.570, lo que representa el 100 % de la población destinataria prevista en la Ley. En 2016, se fusionaron los fondos del sector público y privado y, actualmente, se está trabajando para garantizar prestaciones integrales y aplicar la Ley de Pensiones y Seguridad Social de 2016. La tasa de pago de las cotizaciones estatales también aumentó, con una tasa media del 91 % (oscila entre el 85 % y el 100 %). Asimismo, desde abril de 2016 se abona un nuevo subsidio de 100 libras sudanesas a todos los pensionistas. Además, más de 70.000 pensionistas se beneficiaron de programas de apoyo social destinados a los pensionistas del sector público.

165.Un total de 111.874 personas se beneficiaron de los servicios de microfinanciación del Banco de Ahorro y Desarrollo Social. En 2016, 55.045 familias se beneficiaron de estos servicios, con un importe de 538 millones de libras sudanesas, lo que representa una tasa de rendimiento del 112 % y un incremento del 62 % con respecto al mismo período del año anterior, y una tasa de ejecución del 101 % de las previsiones iniciales.

166.La Quinta Conferencia para la Responsabilidad Social, con el lema “La responsabilidad social es una asociación estratégica para el desarrollo sostenible”, se celebró en 2015 en el estado de Kordofán Septentrional bajo el patrocinio del Presidente de la República. La Conferencia dio lugar a la Declaración de El-Obeid, en virtud de la cual empresas del sector privado, organizaciones e instituciones se comprometieron a destinar 16.000 millones de libras sudanesas a la perforación de pozos, el establecimiento de escuelas y la creación de oportunidades de capacitación para los jóvenes. Durante la Conferencia también se anunció la convocatoria del Premio Nacional a la Responsabilidad Social para alentar a los interesados.

167.En julio de 2015 se celebró el Día Nacional e Islámico del Huérfano en coordinación con la red de organizaciones que se ocupan de los huérfanos. A raíz de esta celebración, durante la cual se repartió ropa y uniformes escolares, 732 huérfanos de Jartum y otros estados fueron acogidos en régimen de kafala.

6.2Modalidades alternativas de cuidado

168.Según datos del centro de atención infantil Maigoma del estado de Jartum, dirigido a los niños de entre 0 y 4 años privados del cuidado parental, 446 niños han abandonado el centro desde 2005 y 431 ingresaron durante el período comprendido entre enero y septiembre de 2016.

169.Un informe de 2015 publicado por el Ministerio de Desarrollo Social del estado de Jartum indicó que, desde 2007, 5.167 niños privados del cuidado parental habían sido acogidos en régimen de kafala y vivían con familias.

170.A través de trabajadores sociales capacitados, se realiza un seguimiento de las familias de acogida mediante visitas semanales durante las cuales se utilizan procedimientos estandarizados para supervisar los signos de crecimiento y desarrollo. Gracias al proyecto, entre otras cosas, se fortalecen las relaciones entre las madres y los trabajadores sociales y se ayuda a los niños a sentirse más seguros, queridos y bienvenidos. Se ha fomentado la prevención en las comunidades a través de campañas de sensibilización llevadas a cabo en los barrios residenciales y otros lugares, en colaboración con eruditos religiosos y voluntarios internacionales y con el apoyo del UNICEF.

171.Además del Centro Maigoma, existen cuatro hogares de atención a la infancia en el estado de Jartum, a saber:

El Hogar de Protección de Menores, creado en 2014, acoge a 33 niños de entre 5 y 18 años.

El hogar Al Mostakbal para niñas de 5 a 18 años, creado en 2014, acoge a 26 niñas.

El centro de rehabilitación Taiba para niños que viven en la calle, que solo acoge a varones, fue creado en 2014 para acoger a 78 niños de entre 8 y 18 años.

El centro de acogida Al Bashayer para niñas que viven en la calle fue creado en 2014 para alojar solamente a tres niñas.

172.En Al Gazira, Nilo Blanco y Mar Rojo existen tres hogares de acogida donde se aloja temporalmente a los niños abandonados hasta el momento de su acogidapermanente. El hogar del estado de Mar Rojo recibe solicitudes de acogida aun cuando no hay niños alojados. En 2014, recibió más de 20 solicitudes, pero no había niños alojados.

173.Con motivo del 10º aniversario de la puesta en marcha del proyecto de Familias Alternativas para Niños Privados de Cuidados Familiares, se organizó un foro nacional durante los días 5 y 6 de noviembre de 2014 para evaluar la experiencia adquirida durante los diez años anteriores. El foro contó con la asistencia y participación de la Ministra de Desarrollo Social del estado de Jartum y de los organismos oficiales y voluntarios pertinentes, así como con la colaboración de Hope and Homes. Con el fin de desarrollar y reforzar el proyecto y generalizarlo a todos los estados del Sudán, el foro concluyó con una serie de recomendaciones que se articulaban en torno a varios ejes: bases de datos, sistemas de información, marco institucional y organizativo, marco jurisprudencial y jurídico, servicios prestados a los niños, promoción y sensibilización.

174.En cooperación con el UNICEF, el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia organizó entre el 22 y el 24 de agosto de 2016 sesiones consultivas para fortalecer y apoyar el sistema nacional de cuidado familiar alternativo para los niños privados de este tipo de atención. Los Ministerios de Salud, de Bienestar y Seguridad Social y de Educación, los jueces de los tribunales de menores del estado de Jartum, la Asociación Periodistas por la Infancia, Plan International, la Asociación Al-Wefaq, SOS, la Asociación Shamaa y la Unión General de Mujeres Sudanesas participaron en estas sesiones, que demostraron que el sistema de cuidado familiar alternativo enfrentaba desafíos que se podían resumir en la insuficiencia de los presupuestos, la escasez de estadísticas y datos, y la percepción negativa de la sociedad hacia estos niños. Las sesiones dieron lugar a la formulación de recomendaciones centradas en la necesidad de realizar esfuerzos para la generalización del programa familiar, acelerar los procedimientos de acogida (kafala), evitar el internamiento institucional, fortalecer la coordinación y el seguimiento entre las entidades involucradas, capacitar a las madres de acogida y activar el papel de los medios de comunicación en el fomento de las cuestiones relacionadas con estos niños.

175.El Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia es la entidad responsable de la protección de los niños no acompañados y los niños separados de sus familias en el Sudán, ya sean sudaneses o extranjeros. La Ley del Niño garantiza la atención a los niños no acompañados o separados de sus familias y la búsqueda de los niños desaparecidos, captados o fugados de sus familias o de instituciones. Los consejos de bienestar de la infancia y los Ministerios de Bienestar Social a nivel nacional y estatal cooperan con organismos internacionales como el ACNUR, el UNICEF y Save the Children Suecia a través de programas encaminados a localizar a las familias de los niños refugiados y desplazados internos en el Sudán.

176.En 2016, 3.100 niños (1.496 niños y 1.604 niñas) separados y no acompañados se beneficiaron de cuidados alternativos a través de familias o comunidades en los estados de Darfur y en Nilo Azul, Kordofán Septentrional y Kordofán Meridional.

177.El Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia, en colaboración con sus socios, ha desarrollado una metodología para localizar a las familias a nivel nacional. También trabaja en coordinación con los 18 consejos estatales de bienestar de la infancia a través de comités nacionales y estatales de localización y reagrupación y recopila datos sobre el rastreo de las familias. Las Direcciones de Protección de la Familia y el Niño también disponen de mecanismos de remisión sólidos y eficaces. El cuadro 6 muestra el número de niños que en el primer semestre de 2016 fueron reagrupados con sus familias tras su localización. Un total de 3.100 niños (1.496 niños y 1.604 niñas) separados y no acompañados se beneficiaron de cuidados alternativos a través de familias o comunidades en los cinco estados de Darfur y en Nilo Azul, Kordofán Septentrional y Kordofán Meridional. El cuadro 6 muestra el número de niños que en el primer semestre de 2016 fueron reagrupados con sus familias.

Cuadro 6

Número de niños reagrupados con sus familias en el primer semestre de 2016

Separados

No acompañados

Total

Niñas

Niños

Total

Niñas

Niños

Total

Total

464

745

1 209

22

210

232

1 441

Casos abiertos

271

459

730

11

151

162

892

Reagrupados

188

276

464

10

56

66

530

Localización de la familia en curso

5

10

15

1

3

4

19

178.Aldeas Infantiles SOS Sudán atiende a los niños abandonados, huérfanos y sin hogar de 1 día a 1 año de edad y les ofrece programas de atención familiar a largo plazo a través de los cuales reciben cuidados, educación, servicios sanitarios y apoyo psicosocial y se les asegura un futuro. En 2015, 135 niños (91 niños y 44 niñas) recibían estos servicios a través de madres de acogida en familias compuestas por varios niños de la aldea (cada familia es atendida por una de las madres que trabajan en la aldea), y algunos de ellos recibían educación universitaria (15 varones mayores de 18 años y 3 niñas menores de 18 años).

7.Discapacidad, salud básica y bienestar (arts. 6, 18 (párr. 3),23, 24, 26, 27 (párrs. 1 a 3) y 33)

7.1Personas con discapacidad

179.Según el censo de 2008, el 4,8 % (1.463.034) de la población total eran personas con discapacidad, mientras que en el grupo de edad de 0 a 19 años la tasa de discapacidad era del 1,3 % (408.603).

180.Se declaró 2015 como Año de las Personas con Discapacidad, se elaboraron planes y programas en la materia, se estableció el marco general del proyecto de ley sobre las personas con discapacidad de 2015 y se examinaron diez leyes para su armonización con la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

181.Prosiguen los esfuerzos conjuntos con las autoridades competentes para expedir certificados oficiales de discapacidad y mejorar el formulario del Sistema Nacional de Información, así como para celebrar varios talleres sobre la aplicación de las cuotas de empleo de personas con discapacidad y abordar las cuestiones que les afectan.

182.El Ministerio de Educación admite a los niños con discapacidad en las escuelas públicas de conformidad con su política al respecto. El cuadro 7 muestra el número de niños con discapacidad integrados en escuelas y aquellos que asisten a institutos para personas con discapacidad.

Cuadro 7

Número de ni ños con discapacidad integrados en escuelas y que asisten a institutos para personas con discapacidad

Estado

Alumnos de centros para personas con discapacidad

Alumnos con discapacidad integrados en escuelas

Total

Norte

62

1 581

1 642

Río Nilo

229

2 969

2 208

Jartum

1 770

7 262

9 022

Darfur Septentrional

No existen centros

1 677

1 677

Darfur Meridional

22

869

901

Darfur Oriental

60

3 228

3 288

Darfur Central

No existen centros

2 606

2606

Darfur Occidental

16

10 597

10 612

Kordofán Meridional

6

1 530

1 536

Kordofán Septentrional

267

2 253

2 620

Kordofán Occidental

165

405

570

Al Gazira

11 648

1 456

13 104

Sennar

2 316

2 930

6 242

Nilo Azul

10

34

44

Nilo Blanco

194

306

500

Kassala

56

2 440

2 496

Al-Gadarif

28

6 964

6 992

Mar Rojo

472

443

915

Total

1 256

50 203

51 459

Fuente : Dirección de Educación Especial, Ministerio de Educación.

183.En 2015, 11.827 beneficiarios, incluidos niños, recibieron prótesis, dispositivos auxiliares, fisioterapia y rehabilitación. El taller móvil del estado de Sennar fabricó 324 prótesis en 2015, y se han tomado medidas para ultimar la creación de centros en los distintos estados.

184.Con un coste total de 80 millones de libras sudanesas, 685 personas con discapacidad de ocho estados se beneficiaron de proyectos de préstamos sin intereses dirigidos a este colectivo.

185.En coordinación con el Ministerio de Desarrollo Social del estado de Jartum y el Consejo del estado para las personas con discapacidad, se ha puesto en marcha el proyecto del acuerdo de cooperación italiana de apoyo a los niños huérfanos con discapacidad del estado de Jartum, dotado con 500.000 euros.

7.2Supervivencia y desarrollo del niño (art. 6, párr. 2)

La salud y los servicios sanitarios, en particular la atención primariade salud (art. 24)

Estrategias y planes

186.El Ministerio Federal de Salud actúa conforme al Plan Estratégico Quinquenal(2012-2016), en el que se definen las prioridades sanitarias, en particular la cobertura sanitaria universal. Los planes anuales que se están aplicando actualmente son el resultado del Plan Estratégico.

187.El proyecto de ampliación de los servicios sanitarios comenzó en 2013 y se desarrollará hasta 2017. Incluye cinco ejes: el aumento de la capacidad profesional y técnica del personal, la expansión de las instituciones sanitarias, el aumento de la cobertura de los paquetes de atención básica de salud y tratamiento gratuito para niños, y el desarrollo de los hospitales rurales.

Financiación de los servicios sanitarios

188.La financiación estatal de la sanidad aumentó en el período 2012-2016, correspondiente a la Segunda Estrategia del Sector Sanitario, con más de 840 millones de libras sudanesas asignadas a la ampliación de los servicios de atención primaria, el tratamiento gratuito, el programa de control de la malaria, así como el componente local de los programas apoyados por donantes. También se asignaron fondos adicionales para incorporar a las familias pobres en el seguro de salud y fomentar el desarrollo.

189.El 2 % de la ayuda federal a los estados se asignó a la retención de especialistas, matronas y médicos generalistas. La financiación pública destinada a la sanidad aumentó del 7 % al 9 % del presupuesto general entre 2015 y el primer trimestre de 2016, pero sigue estando muy por debajo de lo establecido en la Declaración de Abuya (15 %).

190.A pesar de la contribución de la ayuda exterior a numerosos programas sanitarios, sobre todo de atención primaria, la aportación de los donantes representa alrededor del 2 % del gasto total en salud. La ayuda exterior se centra principalmente en los programas de prevención, en particular los de control de la malaria, de la tuberculosis y del sida, a través del Fondo Mundial, el sistema sanitario y el Programa Ampliado de Inmunización. El Ministerio de Salud también vela por optimizar el uso de la ayuda exterior, integrando los servicios sanitarios en un plan único.

191.El Seguro Social de Salud contribuyó con alrededor del 7 % del gasto total y cerca del 35 % del gasto público, porcentajes relativamente bajos en comparación con la creciente importancia del seguro médico, que en 2015 cubría al 40 % de la población.

192.De los fondos del sector público disponibles, solo alrededor del 15 % se destina a la atención primaria, el 48 % se destina a los tratamientos médicos y el 24 % a la administración. Es preciso reorganizar esta cuestión, tal y como se establece en las recientes propuestas de programas y proyectos financiados por el Estado y los donantes.

Servicios de atención primaria de salud

193.En el marco de la ampliación de los servicios de atención básica de salud, el número de instituciones sanitarias que prestan estos servicios aumentó a 337 unidades y centros de salud durante 2014 y 2015. Estas instalaciones fueron equipadas con camas y dotadas de personal cualificado en los distintos estados del Sudán.

194.En noviembre de 2015 se firmó un contrato para la rehabilitación de 97 hospitales rurales a través de la construcción de quirófanos, paritorios, bancos de sangre y laboratorios, financiados íntegramente por el Gobierno del Sudán. Se prevé que estas instalaciones estén terminadas y equipadas para finales del primer semestre de 2016. El Ministerio de Salud también ha introducido servicios de prevención, entre otros, de la transmisión maternoinfantil del VIH/sida, y servicios de tratamiento preventivo del VIH. Además, proporciona servicios de tratamiento gratuito contra la malaria en el 85 % (4.912) del total de instituciones sanitarias públicas. Estos servicios se prestan a domicilio en 1.131 comunidades locales a través de voluntarios, así como se llevan a cabo pruebas rápidas de detección de la malaria en 2.933 centros de salud públicos, lo que supone el 90,9 % del total de los destinatarios.

195.El 92 % de la población destinataria recibió mosquiteras impregnadas: en las zonas rurales periurbanas y zonas habitadas por personas desplazadas, refugiadas y nómadas, se distribuyeron 11 millones de mosquiteras impregnadas de insecticida de acción prolongada. En 2014, la incidencia de casos de malaria se redujo en un 72 %, y el número de muertes disminuyó al 62 %.

196.El Ministerio de Salud realiza pruebas voluntarias de detección del VIH/sida a los internados en instituciones de acogida para niños que viven y trabajan en la calle. El Ministerio de Salud considera a las administraciones de estas instituciones responsables de los niños y solicita su autorización para la realización de las pruebas voluntarias.

197.En 2015, el Ministerio Federal de Salud proporcionó más de 40 tipos de medicamentos para tratar la mayoría de las enfermedades infantiles más comunes en las instituciones de atención primaria de salud, en el marco del programa de tratamiento gratuito para menores de 5 años. Este proyecto contó con un presupuesto de 125 millones de libras sudanesas y tenía como objetivo reducir la mortalidad entre los niños de este grupo de edad y contribuir a disminuir el costo del tratamiento. Este proyecto permite tratar y suministrar medicamentos a 4.096.489 niños menores de 5 años al año en todos los centros de atención primaria. Además, cada año 94.444 mujeres embarazadas reciben cápsulas de ácido fólico.

198.Las Encuestas de Salud de los Hogares del Sudán de 2006 y de 2010 y la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados de 2014 muestran una constante evolución de los indicadores de lactancia materna. La tasa de lactancia materna absoluta en niños de hasta 6 meses aumentó del 34 % en 2006 al 41 % en 2010 y al 55 % en 2014. Este aumento coincide con el incremento de la tasa de lactancia materna en niños de hasta 1 año de edad, que pasó del 88 % al 89 %, y en niños de hasta 2 años de edad, que pasó del 40 % al 49 % entre 2010 y 2014.

7.3Esfuerzos realizados por hacer frente a las dificultades desalud más prevalentes y promover la salud física y mentaly el bienestar de los niños, y por prevenir y tratar lasenfermedades transmisibles

199.Prosiguen los esfuerzos emprendidos por el Ministerio Federal y los Ministerios estatales de Salud para acelerar la prestación de servicios sanitarios a los niños, con el fin de reducir la mortalidad infantil. Los cuadros 8 y 9 muestran las tasas de inmunización a nivel nacional y estatal.

Cuadro 8

Tasas de inmunización a nivel nacional en 2014 en comparación con 2010

(En porcentaje)

Niños de 1 año vacunados contra el sarampión

Cobertura universal de vacunación

Cobertura de la vacuna pentavalente

Cobertura de la vacunación contra la poliomielitis

Cobertura de la vacunación contra la tuberculosis

2010

2014

2014

201 0

201 4

2 0 10

2014

2010

2014

62,30

79,90

50,67

58,40

73,90

62

75,10

74,60

85,30

Fuente: Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados, 2014.

Cuadro 9

Tasas de inmunización en 2014 a nivel estatal

(En porcentaje)

Tipo de vacunación

Niños de 1 año vacunados contra el sarampión

Cobertura universal de vacunación

Cobertura de la vacuna pentavalente

Cobertura de la vacunación contra la poliomielitis

Cobertura de la vacunación contra la tuberculosis

Estado

2014

2014

2014

2014

2014

Nilo Azul

96,70

93,40

96,10

95

97,40

Darfur Central

71,80

45,70

49,10

51,50

75,90

Darfur Oriental

71,50

53,80

57,70

60,20

77,60

Al Gazira

90,10

81,70

91,40

88,80

94,80

Al-Gadarif

89,50

80,70

87,20

87,50

94,40

Kassala

69,90

54,10

62,80

64

78,40

Jartum

91,20

85,30

89,90

89,70

95,40

Darfur Septentrional

75,10

63,20

67,30

71,30

81,60

Kordofán Septentrional

78,20

66,40

73,50

74,90

82,90

Norte

92,90

86,10

89,60

90,90

93,30

Mar Rojo

61,40

42,90

53,30

60,20

65,70

Río Nilo

88,50

79,20

88,50

82,20

92,80

Sennar

75,20

58,10

60,70

68,60

80,20

Darfur Meridional

55,90

38,30

42,90

49,50

64,50

Kordofán Meridional

77,60

65,40

69

70,20

77,30

Darfur Occidental

84,60

56,80

68,60

70,20

90,90

Kordofán Occidental

58,30

36,70

46,50

49,80

72,20

Nilo Blanco

86,40

70,20

79,60

77,20

89,90

Fuent e: Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados, 2014 .

Mortalidad infantil

200.El Ministerio Federal de Salud ha adoptado una hoja de ruta para reducir la mortalidad neonatal, entre cuyas medidas más destacadas se encuentran: centrarse en los servicios de salud neonatal en la comunidad; formar a las matronas en el paquete integrado de prevención y tratamiento de los recién nacidos; proporcionar equipos y medicamentos vitales para ellos; disponer de un sistema de información que incluya el registro de nacimientos y defunciones, así como de patógenos; reforzar el sistema de derivación a nivel de matronas y centros de salud, y sensibilizar a la comunidad sobre la importancia de contar con personal cualificado en los partos en el hogar. Los resultados de la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados de 2014 muestran una disminución de la mortalidad entre los niños menores de 5 años a nivel nacional (68 casos por cada 1.000 nacidos vivos) en comparación con los resultados de la Encuesta de Salud de los Hogares del Sudán de 2010 (78 casos por cada 1.000 nacidos vivos). A nivel estatal, el cuadro 10 recoge la tasa de mortalidad entre los niños menores de 5 años por cada 1.000 nacidos vivos en cada estado.

Cuadro 10

Tasa de mortalidad entre los niños menores de 5 años por cada 1.000 nacidos vivos en 2014, en comparación con 2010, por estado

Estado

2010

2 014

Nilo Azul

131

83,90

Darfur Central

77,40

Darfur Oriental

111,70

Al Gazira

53

53,50

Al-Gadarif

107

76,70

Kassala

87

80,50

Jartum

67

49,80

Darfur Septentrional

69

90,30

Kordofán Septentrional

82

41,90

Norte

64

29,90

Mar Rojo

122

61,20

Río Nilo

60

35,10

Sennar

62

51,60

Darfur Meridional

95

71,90

Kordofán Meridional

123

82,10

Darfur Occidental

88

91,40

Kordofán Occidental

95,40

Nilo Blanco

74

65,80

201.La Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados de 2014 mostró que la mortalidad de lactantes era de 52 por cada 1.000 nacidos vivos, lo que significa que el 76,4 % de las muertes de niños menores de 5 años se producen en el primer año de vida.

Nutrición

202.En 2013 se publicó el Documento Nacional para la Seguridad Alimentaria y la Nutrición, seguido de la Segunda Estrategia Nacional 2012-2016.

203.En 2015 se elaboró y aprobó el Plan de Ampliación del Programa de Tratamiento Comunitario de la Malnutrición Aguda (2015-2018), así como la Estrategia de Nutrición del Lactante y del Niño en la Primera Infancia (2015-2025), mediante los cuales se amplió la cobertura de los servicios de tratamiento comunitario de la malnutrición, una vez suministrados alimentos terapéuticos al 70 % de las instituciones sanitarias, gracias a las ayudas del Gobierno a los estados.

204.El Sudán fue admitido entre los 56 países del Movimiento para el Fomento de la Nutrición para aprovechar la experiencia de los países miembros en el fortalecimiento de los servicios de nutrición. Además, se ha constituido el Consejo Superior para la Seguridad Alimentaria y Nutricional, cuyo objetivo es promover la inversión en nutrición a través de la aprobación de políticas y su ejecución en 2015.

205.En 2015, se trataron 150.000 casos de malnutrición aguda, lo cual representa el 67,1 % del objetivo anual de 223.433, así como 180.000 casos de malnutrición aguda y moderada de los 211.127 previstos. La cobertura del tratamiento de los casos de malnutrición entre los niños menores de 5 años aumentó de una media del 23 % (situación inicial) al 80 %.

206.Para hacer frente al bajo consumo de sal yodada, el Gobierno del estado de Mar Rojo, los Ministerios Federales de Salud y de Industria firmaron la Declaración de Puerto Sudán, relativa a la producción de sal yodada de alta calidad para 2019.

7.4Derecho al agua limpia y el saneamiento

207.El Sudán ha concedido cada vez más importancia al suministro de agua y saneamiento en todos los estados del país. Se ha elaborado y está actualmente en fase de ejecución un plan estratégico para el desarrollo del agua y el saneamiento a nivel nacional y estatal para 2012-2016. Este plan tiene como objetivo garantizar el acceso de los ciudadanos sudaneses a agua salubre y a un saneamiento adecuado. El Estado ha emprendido esfuerzos en las ciudades con escasez de agua mediante la puesta en marcha de proyectos de emergencia como la construcción de presas, estaciones de desalinización y pozos. En 2015, el acceso al agua potable alcanzó el 70 % (el 80 % en las zonas urbanas y el 60 % en las rurales).

208.En el período 2010-2014 se llevaron a cabo 345 proyectos de canalización de agua repartidos por todos los estados del Sudán, entre ellos la construcción de 291 presas y pozos que permitieron captar 89,3 millones de metros cúbicos de agua de lluvia, además de otros 54 proyectos relacionados con el agua.

7.5Los derechos de salud reproductiva de las adolescentes y las medidas para promover un estilo de vida sano

Las medidas para proteger a los niños contra el uso ilícito de sustanciassicotrópicas (art. 33)

209.Sigue habiendo escasa información sobre la salud de los adolescentes, en particular sobre sus condiciones de salud y sus prioridades. En 2013, trabajadores del ámbito de la salud recibieron formación para responder adecuadamente a las necesidades sanitarias de los adolescentes.

210.Los datos de la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados de 2014 muestran una tasa de nacimientos de 87 por cada 1.000 en mujeres del grupo de edad de 15 a 19 años, mientras que la media en los países de África Subsahariana era de 117,8 por cada 1.000 nacimientos según los últimos datos comparativos de 2012.

211.Un estudio que abarcaba tres de las siete localidades de Jartum reveló que solo el 17 % de los varones jóvenes y el 24 % de las mujeres jóvenes había oído hablar alguna vez de la salud reproductiva.

212.Según un informe de los consejos estatales de bienestar de la infancia, el 28 % de los varones jóvenes fumaba o había fumado alguna vez y el 36,4 % había recibido información sobre la salud de los adolescentes en los 6 meses anteriores. En cuanto a las mujeres jóvenes, se registraron tasas del 6 % para el tabaquismo y del 18,2 % para la información sobre la salud de los adolescentes.

7.6La seguridad social y los servicios e instalaciones sanitarias(arts. 26 y 18, párr. 3)

213.El Banco de Ahorro y Desarrollo Social llevó a cabo proyectos y servicios sanitarios que contribuyeron a mejorar el entorno sanitario en varios estados, con una financiación total de 22 millones de libras sudanesas hasta finales de 2015.

214.En cuanto al seguro médico, la cobertura aumentó del 37,8 % al 43 % de la población total del Sudán y el número de afiliados alcanzó los 15.725.537, lo que supone un aumento neto de 1.886.299 afiliados (un 2,4 % en comparación con 2015). A ello se suma la ampliación de las instalaciones destinadas a la prestación de servicios y su vinculación con el mapa sanitario en función de la distribución de la población en los diferentes estados. Asimismo, se establecieron 144 nuevos puntos de servicio, hasta alcanzar un total de 2.003, y 139 farmacias, hasta alcanzar un total de 1.751, en los distintos estados del Sudán. Los beneficios concedidos en virtud de la ley ascendieron al 2,1 % de la población total en edad de trabajar, con un total acumulado de 352.287 beneficiarios.

215.En el marco del proyecto de ampliación de los servicios sanitarios mencionado anteriormente, en 2015 se construyeron 237 unidades sanitarias (el 35 % del objetivo total de 684) y 109 centros de salud familiar (el 53 % del objetivo total de 205) en 15 estados. Estas instalaciones fueron dotadas de todos los equipos y suministros, aumentando así la cobertura geográfica del 68 % al 93 % de la población.

8.Educación, esparcimiento y actividades culturales (arts. 28 y 31); derecho a la educación, incluidas la formación y la orientación profesionales (art. 28); objetivos de la educación, incluida sucalidad (art. 29); derechos culturales de los niños indígenas y pertenecientes a minorías (art. 30); educación en derechoshumanos y educación cívica, y descanso, juego, esparcimientoy actividades recreativas, culturales y artísticas (art. 31)

216.La enseñanza obligatoria y gratuita forma parte de las políticas educativas adoptadas desde la celebración de la Primera Conferencia sobre Políticas Educativas, cuyas recomendaciones fueron adoptadas por el Gobierno en 1990. Asimismo, la Ley del Niño de 2010 y el artículo 13 de la Constitución Transitoria de 2005 reconocen explícitamente el derecho del niño a la educación obligatoria y gratuita. No obstante, sigue existiendo una brecha entre la legislación y la práctica en lo que respecta a la educación gratuita.

217.El Ministerio de Educación ha adoptado una serie de estrategias para facilitar el acceso de los niños a una educación de calidad. Entre estas estrategias se encuentran las siguientes:

Educación para los Hijos de los Nómadas (2012-2015).

Estrategia de Educación Especial (2009-2016).

Estrategia para Niños no Escolarizados (2009-2016), y Estrategia de Desarrollo de la Educación en Darfur (2012-2015).

Desarrollo de la educación preescolar

218.La tasa de crecimiento anual de la matriculación preescolar era del 7 % entre 2001 y 2014 (6,9 % para los niños y 7,1 % para las niñas).

219.La tasa de escolarización aparente en la etapa preescolar aumentó del 18,3 % al 39,9 % durante el período 2001-2013 para ambos sexos. En el mismo período, pasó del 17,8 % al 42,2 % para los niños y del 18,9 % al 45 % para las niñas.

220.Sigue existiendo una brecha del 10,1 % entre la tasa de escolarización y el objetivo del 50 % previsto, lo cual exige una intensificación urgente de los esfuerzos y un aumento en el número de instituciones públicas de educación preescolar, sobre todo en las zonas rurales.

221.La mayoría de los centros de educación preescolar, aunque sometidos a la supervisión y orientación de los ministerios estatales de educación, son de carácter privado. El 90 % de los alumnos de preescolar escolarizados en 2011 (sic) asistían a centros privados. El porcentaje descendió a solo el 42 % en 2011, lo que supone un aumento del 58 % de la matriculación en centros públicos.

Desarrollo de la educación básica

222.En el período 2000-2014, la tasa de crecimiento anual de la escolarización en el primer curso de enseñanza primaria era del 3,3 % para ambos sexos (el 2,6 % para los niños y el 4 % para las niñas), lo que indica que la brecha de género ha persistido durante un tiempo a pesar del aumento de las tasas de crecimiento para las niñas.

223.La tasa de admisión en la enseñanza primaria aumentó del 74 % al 82,8 % para ambos sexos durante el período 2001-2014. En el mismo período, aumentó del 81,3 % al 86 % para los niños y del 66,8 % al 79,5 % para las niñas.

224.A pesar del incremento en la matriculación, no se ha logrado el objetivo de alcanzar el 100 % en 2015; existe una brecha del 17,2 % derivada de la gran extensión del país y de la incapacidad de algunas localidades de cubrir las necesidades de educación básica debido a la falta de recursos y al surgimiento de conflictos en algunas zonas, así como a factores sociales y culturales en las zonas rurales y remotas.

225.Es difícil calcular la tasa neta de matriculación debido a la falta de datos sobre la edad de los alumnos, ya que algunos niños no disponen de partidas de nacimiento, sobre todo en las zonas rurales y remotas. Además, no existen en cada escuela bases de datos que permitan consultar un registro acumulativo. En la figura 3 se muestran las tasas netas de matriculación según los resultados de la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados de 2014.

Figura 3

Tasas netas de matriculación en las escuelas de enseñanza básica

Fuent e: Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados, 2014.

Desarrollo de la educación secundaria

226.La tasa de crecimiento anual de la escolarización en la enseñanza secundaria durante el período 2001-2013 fue del 5,1 % para los niños, del 3,8 % para las niñas y del 4,4 % para ambos sexos.

227.Entre 2001 y 2013, la tasa de escolarización en secundaria pasó del 24,1 % al 37,1 % para los niños de ambos sexos, del 22,7 % al 37,5 % para los niños y del 25,7 % al 36,6 % para las niñas.

Enseñanza técnica

228.La enseñanza técnica es otra modalidad de educación secundaria. El porcentaje de estudiantes que se benefician de la enseñanza técnica osciló entre el 6,7 % en 2001 y el 3,3 % en 2011.

229.La enseñanza técnica se enfrenta a problemas como la falta de financiación, en particular para la realización de talleres y módulos prácticos en las escuelas industriales y agrícolas, así como la falta de vínculos entre estas escuelas y el mercado laboral y el sector privado.

230.De la observación de los períodos anteriores se pueden extraer algunas conclusiones: el concepto de enseñanza técnica no existe en la sociedad; las políticas generales no muestran interés por este tipo de enseñanza, y no existe una visión clara para definir las necesidades cuantitativas y cualitativas del mercado.

Escolarización de las niñas

231.Según los informes del UNICEF, el Programa de Educación de las Niñas se basa en estudios e investigaciones en los que se determinaron las causas que condujeron a partir de los años noventa del siglo pasado a no escolarizar a las niñas en algunas regiones (Estudio de los factores económicos y sociales que afectan a la escolarización de las niñas, entre otros). En una mesa redonda organizada al efecto se convino en que la promoción de la educación femenina debe basarse en la universalización de la educación primaria, proceso que debe enfocarse primordialmente en las niñas, así como en el desarrollo de campañas de concienciación social sobre la importancia de la educación femenina en los medios de comunicación más populares. La promoción de la educación femenina, concluía la mesa redonda citada, debe igualmente basarse en la creación de medios alternativos de formación extraescolar (como los cursos de capacitación profesional para adolescentes) y en el mantenimiento de fuentes de financiación estables.

Deserción escolar

232.Según los informes mencionados, a través del programa de enseñanza intensiva, en 2013 volvieron a incorporarse a la educación básica 44.821 niños de edades comprendidas entre los 6 y los 13 años que habían abandonado la escuela. Más de 10.800 escolares, de los cuales el 52 % eran niñas, recibieron en 76 clubes infantiles conocimientos y competencias sobre el desarrollo y la promoción de la participación de las niñas, la salud escolar, la higiene personal, la coexistencia pacífica, las habilidades para la vida y la gestión medioambiental en la escuela. Además, en el estado de Nilo Azul se impartió formación a 80 educadores especializados en el desarrollo de la primera infancia para mejorar su capacidad de prestar servicios efectivos en la materia a los alumnos de la etapa preescolar.

233.Se ha creado un programa de formación y capacitación profesional de adolescentes en su entorno local. Esta oferta formativa flexible está dirigida a niños de entre 9 y 14 años que nunca han estado escolarizados o que, habiéndolo estado, abandonaron la escuela antes de completar el ciclo formativo. De este programa se han beneficiado 188.666 jóvenes, entre ellos 39.750 varones y 148.916 mujeres, lo que supone un índice de equidad de género de 3,7 a favor de ellas. El programa se desarrolla en 5.042 centros que emplean a 6.021 educadores y educadoras. Tras recibir formación específica para ello, los egresados universitarios que se encuentran cumpliendo con el servicio militar nacional han sido asignados a tareas docentes en la lucha contra el analfabetismo. Ello ha repercutido positivamente en el número de aulas de alfabetización existentes.

Escuelas amigas de la infancia

234.Se han organizado diversas actividades y cursos de capacitación sobre la aplicación del modelo de escuelas amigas de la infancia para mejorar los conocimientos y las aptitudes de 10.768 profesores, 320 directores de escuela, 120 orientadores pedagógicos y 120 inspectores. En este contexto, 3.600 niños, de los que el 48 % eran niñas, han recibido formación para mejorar el entorno escolar mediante la construcción de 32 unidades de enseñanza, cada una de ellas formada por dos aulas y una oficina. En estas unidades se han tenido en cuenta las especificaciones de agua y saneamiento para las niñas, de acuerdo con las normas del modelo de escuela amiga de la infancia. También se han organizado cursos de formación para concienciar a 180 miembros de 26 grupos de madres y niñas sobre los beneficios de la educación de las niñas y la participación en la administración de la escuela.

Sector de la educación básica

235.La educación primaria se ha beneficiado del apoyo y la ayuda prestados por las organizaciones de las Naciones Unidas, así como por otras organizaciones, bancos y fondos. Esta ayuda ha contribuido al desarrollo y la estabilidad de la educación primaria en el Sudán, especialmente en las zonas remotas. El UNICEF es una de las organizaciones que en mayor medida contribuye a financiar los programas de educación primaria en el Sudán, que tienen como objetivo alcanzar en nueve estados (Nilo Azul, Kassala, Al-Gadarif, la región de Kordofán y la región de Darfur) un mayor índice de escolarización y de permanencia en las escuelas amigas de la infancia del Sudán, así como lograr la integración y difusión de actividades que fomenten una cultura de paz y garanticen la protección frente al sida y la realización de los derechos humanos y la igualdad en la educación.

236.En las zonas afectadas por los conflictos, 254.793 niños se han beneficiado de servicios educativos. En este sentido, han recibido una educación de calidad gracias a la construcción y rehabilitación de 253 centros de enseñanza y al suministro de material didáctico adecuado.

237.La educación, tanto general como superior, es uno de los sectores que recibe un apoyo más decidido de la UNESCO. Sus programas más importantes giran en torno a la formación de los agentes de planificación educativa, la creación de centros de desarrollo de la primera infancia y la formación del profesorado de primaria (cuatro cursos), además del desarrollo de programas para la erradicación del analfabetismo.

238.La colaboración del Fondo de Población de las Naciones Unidas con el Ministerio de Educación se limita a la financiación de los programas de educación demográfica desarrollados en el contexto de la educación general, tanto en su vertiente formal como informal. El proyecto ha logrado introducir los conceptos de la educación demográfica en los planes de estudio de primaria.

Educación privada

239.A pesar del aumento del número de escuelas privadas de enseñanza primaria, los beneficiarios de estas escuelas alcanzaron el 4 % para ambos sexos en 2016, frente al 3,9 %, pues solamente se hallan en las zonas urbanas. Entre las ventajas que ofrece la enseñanza privada se encuentran un mejor entorno de aprendizaje para los alumnos y la capacidad de atraer a personal docente cualificado. Además, se ha introducido la enseñanza de idiomas en algunas guarderías repartidas por las grandes ciudades.

240.A pesar de la expansión de la educación privada, este sector se muestra reacio a invertir en los ciclos de enseñanza básica y opta por la educación secundaria académica. Los tutores de los alumnos están cada vez más dispuestos a proporcionarles una educación de calidad, sobre todo en las grandes ciudades. No obstante, las elevadas y crecientes tasas académicas constituyen un reto para la enseñanza privada.

Formación artesanal

241.La formación artesanal y profesional admite a los niños que han completado la etapa de educación básica. Los planes de estudio constan de los siguientes módulos: cultura general (9 %), cultura profesional (21 %) y aplicaciones prácticas (70 %). La formación se desarrolla durante dos o tres años, según la especialización profesional (automoción, electricidad, fontanería, soldadura, refrigeración y aire acondicionado, textil y alfombras).

242.El Ministerio de Educación cuenta con 28 centros distribuidos por todos los estados del Sudán. De ellos se benefician 4.289 estudiantes de uno u otro sexo (el 0,6 % del alumnado del ciclo de enseñanza secundaria). El Estado cuenta también con institutos dependientes de otros ministerios (no hay datos disponibles).

243.Estos institutos deben revisar sus planes de estudio, intensificar la formación del profesorado, mejorar el entorno escolar y adaptar la formación al mercado laboral.

9.Medidas especiales de protección (arts. 22, 30, 32, 33, 35, 36,37 b) y d), 38 y 40)

9.1Niños refugiados y niños que tratan de obtener proteccióncomo refugiados (art. 22)

244.El Gobierno del Sudán está comprometido con todas las convenciones y acuerdos internacionales y regionales en materia de asilo y refugiados. El Sudán ha promulgado la Ley de Regulación del Asilo, de 2014, que deroga la Ley del Asilo de 1974. La nueva Ley se ajusta a los textos internacionales y regionales sobre refugiados y solicitantes de asilo y contempla todas las disposiciones contenidas en ellos. La Ley de Asilo de 2014 garantiza la protección de la vida de los refugiados y solicitantes de asilo y prohíbe su traslado fuera de los campamentos sin autorización. El cuadro 11 muestra el número estimado de refugiados y solicitantes de asilo, y el cuadro 12, el número de niños refugiados y solicitantes de asilo.

Cuadro 11

N úmero estimado de refugiados

País de origen

Total

Sudán del Sur

352 740

Eritrea

125 540

Etiopía

20 720

Siria (solo niños)

5 497

República Democrática del Congo (solicitantes de asilo)

990

República Centroafricana

2 430

Chad

37 780

Total

545 697

Fuente: Comisión para los Refugiados y Comisión de Ayuda Humanitaria, diciembre de 2015.

Cuadro 12

N iños refugiados y solicitantes de asilo

Año de registro

Número de niños refugiados

2013

2 090

2014

2 681

2015

445

Marzo de 2016

20

Fuente: Comisión para los Refugiados y Comisión de Ayuda Humanitaria, diciembre de 2015.

Experiencia de capacitación en el estado de Jartum sobre los niños que viven en la calle

El estado de Jartum puso en marcha un programa de formación sobre cómo tratar a los niños que viven y trabajan en la calle, dirigido a 200 agentes de policía de las Direcciones de Protección de la Familia y el Niño (oficiales y soldados) y a otros 50 participantes como jueces de los tribunales de menores, fiscales, trabajadores psicosociales y miembros de organizaciones de la sociedad civil que trabajan en el ámbito de la infancia. La formación se desarrolló a lo largo de dos años y medio (2012-2013) y se impartió en más de 24 sesiones con la participación de cerca de 30 personas por sesión de cada uno de los colectivos mencionados. Al final de cada sesión, se elaboró un plan de acción que fue aprobado por los participantes. El programa fue financiado por el UNICEF y contó con el apoyo técnico del Programa de Seguridad y Acceso a la Justicia (SAJP, por sus siglas en inglés), que colabora con la Policía del Sudán en diversas actividades. El objetivo de la formación era aunar los esfuerzos de las autoridades competentes para abordar la cuestión de los niños que viven y trabajan en la calle mediante una planificación y una ejecución eficaces. Además, durante la formación, se estudiaron los aspectos jurídicos relacionados con esta cuestión y se aplicaron de forma práctica con los niños. Los participantes en la formación propusieron la elaboración de un documento que establezca un enfoque de trabajo y un mecanismo unificado para tratar con estos niños. El documento fija las competencias y responsabilidades de los socios, así como los indicadores y procedimientos para el seguimiento y la evaluación de las actividades realizadas para alcanzar los objetivos marcados a este respecto en la Estrategia de Atención Social. El documento fue aprobado por los participantes en un taller consultivo al que asistieron más de 35 representantes de instituciones gubernamentales, agencias de las Naciones Unidas, ONG internacionales, organizaciones de la sociedad civil y medios de comunicación.

245.La Comisión para los Refugiados ha creado escuelas en los campamentos de refugiados siguiendo los planes de estudio del Ministerio de Educación. En cooperación con el ACNUR, la Comisión atiende las necesidades educativas facilitando edificios, mobiliario escolar, libros y docentes.

246.Las estadísticas indican que en 2014 había 1.148 niños refugiados eritreos escolarizados en la región oriental, 5.912 niños y 5.571 niñas.

247.En 2008, Human Appeal tomó la iniciativa de crear un centro especial para niños refugiados no acompañados. Esta iniciativa fue aprobada por la Comisión para los Refugiados y el ACNUR. Las estadísticas de 2013 indican que el número de menores no acompañados había alcanzado los 1.051 niños.

248.Según la información contenida en un informe de 2011 sobre la situación de los niños refugiados en el Sudán, entre las medidas de protección de los niños que solicitan la condición de refugiado a causa de cualquier forma de abuso o maltrato se encuentra la atención primaria de salud, la inscripción gratuita de nacimientos, la expedición gratuita de partidas de nacimiento, servicios de salud preventiva (vacunación y saneamiento ambiental), alimentación complementaria, educación gratuita, agua potable, servicios de seguridad y centros de acogida para niños refugiados no acompañados.

249.Según un informe del ACNUR, que incluye datos del Ministerio de Desarrollo Social del estado de Jartum y de la Comisión para los Refugiados, 32 niños fueron reunidos con sus familias en 2016 a través del Programa de Reagrupación.

9.2Niños pertenecientes a minorías o a grupos indígenas (art. 30)

250.El artículo 47 de la Constitución Transitoria de 2005 establece que todos los grupos étnicos y culturales de la población tienen derecho a disfrutar de su cultura y a obrar por su desarrollo. No existe en el Sudán discriminación alguna contra ninguno de los grupos culturales o étnicos; todas las personas son iguales ante la ley y se les proporcionan todos los servicios públicos en todos los estados del país.

9.3Niños en situación de calle

251.La política nacional para abordar el fenómeno de los niños sin hogar adoptada en 2009 tiene como objetivo estratégico mejorar las condiciones sanitarias, económicas, sociales y psicológicas de los grupos destinatarios y permitir su integración en la sociedad y la familia. La estrategia se centra en medidas tanto preventivas como correctivas para abordar el problema en coordinación con mecanismos e instituciones nacionales oficiales y voluntarios.

252.El estado de Jartum se ha inspirado en la experiencia del estado de Kordofán Meridional en lo que respecta a la protección de los niños en situación de calle. En este contexto, se ha implementado un sólido sistema de atención social para responder a las necesidades de protección de los niños vulnerables en las distintas localidades y unidades administrativas. La iniciativa se lanzó en enero de 2008 en el estado de Kordofán Meridional y posteriormente, en enero de 2010, en el estado de Jartum, que aprovechó la experiencia de Kordofán Meridional. Se ha creado una base de datos moderna y fiable sobre los niños separados de sus familias y los niños reagrupados. El sistema tiene un gran alcance y está diseñado para responder a todas las situaciones de emergencia, incluidas las de desplazamiento.

253.Según una encuesta realizada en 2012 por el Ministerio de Desarrollo Social del estado de Jartum, solo 2.500 niños viven y trabajan en la calle en este estado a pesar de que, como otras capitales del mundo, Jartum atrae a un gran número de niños de la calle.

254.El Ministerio Federal de Bienestar y Seguridad Social presta apoyo a los niños de la calle en tres centros de Jartum. Estos centros ofrecen a los niños alojamiento temporal, servicios sanitarios y apoyo psicosocial y los ayudan a reunirse con sus familias. Asimismo, los centros imparten formación en competencias básicas para la vida y organizan actividades recreativas. Uno de los tres centros está dedicado a las niñas.

9.4Los niños sometidos a explotación, incluidas medidas para su recuperación física y psicológica y su reintegración

255.La policía de protección de la familia y el niño, la Comisión de Desarme, Desmovilización y Reintegración, los comités comunitarios de protección, las redes de protección de la infancia y algunas organizaciones de voluntarios, sobre todo en zonas de conflicto armado, desempeñan un papel clave y esencial a este respecto, pues proporcionan servicios de recuperación física y psicológica y de reintegración mediante procedimientos de derivación y un sistema de seguimiento implementado a través de los Ministerios de Bienestar Social a nivel nacional y estatal.

256.Durante el período 2014-2015, aproximadamente 800 profesionales que trabajan en estas entidades recibieron formación sobre los procedimientos operativos estándar y la remisión fuera del sistema judicial en los estados Norte, Río Nilo, Kassala, Mar Rojo, Al-Gadarif, Darfur y Kordofán.

9.5Explotación económica y trabajo infantil (art. 32)

257.Según datos de la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados de 2014, el 24,9 % de los niños de 5 a 17 años estaban implicados en alguna forma de trabajo infantil.

258.El Código del Trabajo de 2007 incluye artículos dedicados a la protección del niño y fija la edad mínima de admisión al empleo en su artículo 21, que permite a los niños trabajar y establece las condiciones para su empleo. La Ley del Niño de 2010 incluye un capítulo sobre trabajo infantil y prohíbe emplear a menores de 18 años en trabajos peligrosos. Se ha redactado un reglamento sobre trabajo infantil que define los tipos de trabajo prohibidos a los niños. Este reglamento está actualmente en proceso de aprobación. En octubre de 2014 se anunció la puesta en marcha de un mecanismo de coordinación de alto nivel para examinar la aplicación de las normas jurídicas internacionales en materia de trabajo infantil.

9.6Administración de la justicia juvenil (art. 40)

Los niños en conflicto con la ley, los niños víctimas y testigos de delitos,y la justicia juvenil

259.El artículo 68, párrafo 1, de la Ley del Niño de 2010 prohíbe la adopción de medidas penales contra un niño de 7 a 12 años en riesgo de delinquir. No se han aplicado penas de muerte desde la promulgación de la Ley del Niño. A este respecto, el Tribunal Constitucional ha dictado sentencias que refuerzan la prohibición de la aplicación de la pena de muerte a los niños (véase la sección sobre la definición de niño). La Ley también fija en 12 años la edad de responsabilidad penal.

260.A través de las direcciones de protección de la familia y el niño y del Ministerio de Justicia, abogados voluntarios del Colegio de Abogados prestan apoyo jurídico a los niños acusados de delitos graves. También existe una división especial en el Ministerio de Justicia que ofrece asistencia jurídica a los niños y presta asistencia en todos los casos relacionados con niños.

261.Ya está en vigor el reglamento sobre la libertad condicional y, actualmente, se están redactando otros dos reglamentos sobre medidas de justicia reparadora y servicio comunitario. El reglamento sobre libertad condicional ofrece alternativas específicas a la detención previa al juicio, poniendo al niño bajo la responsabilidad de un servicio de libertad condicional (un supervisor social encargado de vigilar el comportamiento u otra persona cualificada capaz de atender al niño puesto en libertad anticipada).

262.Todos los niños víctimas, testigos e infractores reciben asistencia de las Direcciones de Protección de la Familia y el Niño (disponibles en todos los estados). Las direcciones se han habilitado en 56 localidades en los 18 estados y todos los niños, incluidos los que se encuentran en zonas de conflicto, tienen acceso a sus servicios. El Sudán está actualmente estudiando la ratificación del tercer Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño.

263.Existen dos alternativas específicas a la detención de los niños antes y después del juicio. Estas alternativas están contempladas en la Ley del Niño y consisten en la advertencia policial y la detención preventiva con libertad anticipada (libertad condicional). El artículo 75, párrafo 2, de la Ley del Niño atribuye a las oficinas de servicios sociales la responsabilidad de apoyar a estos niños como una medida alternativa a los procedimientos judiciales formales. Sus disposiciones promueven la adopción de medidas alternativas a la detención preventiva como un principio general. El artículo 5, párrafo 2 l), de la Ley del Niño confirma este principio al disponer que el juicio de un niño en conflicto con la ley debe tener por objeto “garantizar su readaptación social”.

264.Los cuadros 13, 14 y 15 muestran datos de las Direcciones de Policía para la Protección de la Familia y el Niño relativos al número de niños en contacto con la ley en 2016 en los diferentes estados del Sudán.

Cuadro 13

Menores infractores remitidos fuera del sistema judicial

Niños infractores

Estado

Casos de delincuencia

Niños (12 a 18 años) remitidos fuera del sistema judicial

Niños

Niñas

Total

Niños

Niñas

Total

Nilo Azul

296

48

344

121

20

141

Río Nilo

196

28

224

0

0

0

Kassala

43

3

46

20

3

23

Al-Gadarif

351

39

390

82

9

91

Al Gazira

750

146

396

53

28

81

Sennar

55

7

62

48

9

57

Darfur Meridional

172

129

301

7

2

9

Darfur Oriental

131

19

150

25

12

37

Darfur Occidental

77

22

99

41

18

59

Darfur Central

50

19

69

9

6

15

Darfur Septentrional

220

49

269

0

0

0

Kordofán Meridional

70

20

90

24

0

24

Kordofán Septentrional

0

0

0

0

0

0

Kordofán Occidental

0

0

0

0

0

0

Norte

176

30

206

30

9

39

Nilo Blanco

459

143

602

82

47

129

Mar Rojo

179

36

215

46

18

64

Jartum

4 309

362

4671

1 098

389

1 587

Total

7 534

1 100

8 634

1 785

571

2 356

Cuadro 14

Niños víctimas de delitos no sexuales

Niños víctimas de delitos no sexuales

Estado

Niños

Niñas

Total

Nilo Azul

231

116

347

Río Nilo

85

32

117

Kassala

25

3

28

Al-Gadarif

254

69

323

Al Gazira

555

219

774

Sennar

30

26

56

Darfur Meridional

97

80

177

Darfur Oriental

147

33

180

Darfur Occidental

67

35

102

Darfur Central

89

42

131

Darfur Septentrional

151

81

232

Kordofán Meridional

11

5

16

Kordofán Septentrional

0

0

0

Kordofán Occidental

0

0

0

Norte

150

37

187

Nilo Blanco

306

162

468

Mar Rojo

18

9

27

Jartum

3 779

605

4 384

Total

5 995

1 554

7 549

Cuadro 15

Niños implicados en delitos sexuales (autores y víctimas)

Delitos sexuales

Estado

Infractore s

Víctimas

De 7 a 12 años

De 12 a 18 años

Niños

Niñas

Total

Niños

Niñas

Total

Niños

Niñas

Total

Nilo Azul

10

7

10

45

5

50

55

5

60

Río Nilo

0

82

0

7

0

7

7

0

7

Kassala

4

49

6

3

0

3

7

2

9

Al-Gadarif

4

16

8

78

0

78

82

4

86

Al Gazira

0

111

0

49

1

50

49

1

50

Sennar

0

34

0

16

1

17

16

1

17

Darfur Meridional

55

20

99

56

43

99

111

87

198

Darfur Oriental

23

18

25

11

0

38

34

2

63

Darfur Occidental

4

30

5

16

3

19

20

4

24

Darfur Central

3

4

3

15

2

17

18

2

20

Darfur Septentrional

4

0

4

26

1

27

30

1

31

Kordofán Meridional

1

0

1

3

0

3

4

0

4

Kordofán Septentrional

0

23

0

0

0

0

0

0

0

Kordofán Occidental

0

133

0

0

0

0

0

0

0

Norte

0

0

0

23

2

25

23

2

25

Nilo Blanco

53

33

86

80

33

113

133

66

199

Mar Rojo

4

6

10

19

16

35

23

22

45

Jartum

480

4

484

385

2

387

865

6

871

Total

645

96

741

832

109

968

1 477

205

1 682

9.7Apoyo e intervenciones de protección a las víctimas

265.En el contexto de la protección general, el artículo 5, párrafo 2 k) y l) de la Ley del Niño garantiza la protección de los niños y niñas frente a todas las formas de violencia, daño, trato inhumano, abuso físico, moral o sexual, negligencia o explotación. Todo niño que ha infringido las leyes penales o a quien se acuse o declare culpable de haber infringido esas leyes, así como todo niño en riesgo de delinquir, tiene derecho a un tratamiento acorde con los siguientes principios:

Será tratado de manera acorde con su sentido de la dignidad y el valor.

Se presumirá inocente mientras no se pruebe su culpabilidad.

Su juicio tendrá por objeto garantizar su readaptación social.

No será objeto de procesos penales antes de cumplir los 18 años y se le aplicarán medidas de atención y reforma.

El artículo 5, párrafo 2 m), n) y o), de la Ley del Niño de 2010 establece que, en asociación entre la familia, la sociedad y el Estado, se proporcionará a los niños una crianza equilibrada. El cuidado de los niños se considerará un deber humano, religioso y social y la custodia, una obligación parental.

Se han organizado en zonas semiurbanas sesiones de sensibilización destinadas a enseñar a las mujeres, los jóvenes y los niños las medidas que deben adoptar para protegerse de la violencia y de los riesgos. Además, se ha impulsado el teatro abierto para concienciar a los niños. El artículo 5, párrafo 2 p), de la Ley del Niño establece que el niño sin hogar no es un delincuente y obliga al Estado a trabajar para prevenir y corregir las causas del sinhogarismo.

266.Se ha impulsado el teatro abierto para proporcionar a los niños conocimientos sobre cómo protegerse de la violencia y los abusos, cómo defenderse y cómo denunciar los casos de violencia y maltrato. Asimismo, se imparte a las familias destinatarias formación en gestión de proyectos y se facilitan proyectos de microfinanciación para ayudar a las familias pobres a incrementar sus ingresos y así poder cubrir las necesidades de la familia, ayudar a los niños a continuar su educación y no exponerlos al trabajo infantil. Además, se capacita a las mujeres y las familias de las comunidades locales mediante actividades generadoras de ingresos.

9.8Esfuerzos realizados por el Gobierno para prevenirla trata de personas

267.En 2014 se firmaron acuerdos bilaterales con varios Estados vecinos, entre ellos Estados signatarios de la Convención sobre la Lucha contra la Trata de Personas. Un informe del Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia también indica que se imparte formación sobre trata de niños a agentes de policía, fiscales de menores, trabajadores sociales y jueces.

268.En virtud de la Ley de Lucha contra la Trata de Personas, de 2014, el Consejo de Ministros emitió la Decisión núm. 187/2014, de 30 de abril de 2014, de la constitución de un Comité Nacional de Lucha contra la Trata de Personas, presidido por el Subsecretario del Ministerio de Justicia e integrado por representantes de los Ministerios de Educación, de Desarrollo de Recursos Humanos y de Salud, así como por la Autoridad Reguladora de los Trabajadores Sudaneses en el Extranjero, el Consejo Nacional de Derechos Humanos, el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia y el Servicio Nacional de Inteligencia y Seguridad. El Comité Nacional de Lucha contra la Trata de Personas tiene como fin coordinar de forma eficaz los esfuerzos desplegados para combatir la trata de personas, incluidos los niños, así como desarrollar y apoyar la cooperación bilateral entre el Sudán y los países vecinos, tanto a nivel regional como internacional.

9.9Los niños en los conflictos armados (art. 38), incluidas surecuperación física y psicológica y su reintegraciónsocial (art. 39)

269.La Ley del Niño, la Ley de las Fuerzas Armadas y la Ley de la Policía prohíben y tipifican el reclutamiento de cualquier persona menor de 18 años.

270.El Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia, en cooperación con la Unidad de Derechos del Niño del Ministerio de Defensa, impartió a oficiales y otros rangos de las Fuerzas Armadas una serie de cursos de formación sobre los derechos del niño y su protección en los conflictos armados, así como cursos de formación dirigidos a las Fuerzas Conjuntas de Seguridad Fronteriza del Sudán y el Chad sobre los derechos del niño y su protección transfronteriza.

271.La Comisión de Desarme, Desmovilización y Reintegración aplica los conceptos de reintegración integral de los niños que han sido reclutados por movimientos y grupos armados. Estos conceptos se aplican en todas las zonas con niños desmovilizados en Nilo Azul, Al-Gadarif, Kassala, Puerto Sudan y El Geneina. En este contexto, se proporciona a los niños apoyo social y psicológico, sensibilización y concienciación sobre el impacto del reclutamiento.

Cuadro 16

Niños reintegrados a través del programa de desarme, desmovilización y reintegración

Estado

Número de niños inscritos

Año de inscripción

Número de niños reintegrados

Darfur Septentrional

262

2009, 2010, 2013

204

Darfur Meridional

888

2010, 2013,2015

250

Darfur Occidental

381

2008, 2010, 2011

210

Kordofán Meridional

290

2007, 2012

195

Nilo Azul

483

2008, 2010, 2011

94

Kassala

235

2007

235

Mar Rojo

39

2007

39

Al-Gadarif

33

2007

33

Jartum

32

2007, 2012

32

Total

2 643

1 292

10.El seguimiento del Protocolo Facultativo de la Convención sobrelos Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

10.1Legislación

272.El Sudán ratificó en 2014 el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

273.La Ley de Lucha contra la Trata de Personas de 2014 prohíbe la trata de personas. Actualmente, se están tomando medidas para añadir a la Ley un nuevo capítulo sobre la trata de niños. La Ley del Niño de 2010 tipifica como delito la explotación de niños. Por su parte, la Constitución Nacional Transitoria también prohíbe la trata de niños y establece lo siguiente: “El Estado protegerá los derechos del niño garantizados en los tratados internacionales y regionales en los que el Sudán es Parte”.

274.La legislación vigente garantiza la protección de los niños y prevé penas de prisión de entre 5 y 20 años. La ley permite imponer la pena de muerte si la víctima es un niño, una mujer o una persona con discapacidad, en los casos graves de trata de personas y en caso de fallecimiento de la víctima. Estas penas también se aplican a otros delitos graves, como la violación.

275.La Ley del Niño de 2010 recoge varios artículos relacionados con este Protocolo:

Con respecto a las publicaciones y obras artísticas y audiovisuales que estimulan los instintos de los niños (art. 33), el artículo 86 c) impone una pena de seis meses de prisión, una multa, o ambas penas.

En cuanto a los delitos de acoso y abusos sexuales contra niños; la producción, distribución, importación, exportación, divulgación, oferta, venta o posesión de pornografía infantil; la utilización de niños en actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, con o sin fines de lucro; toda representación de las partes genitales de un niño con fines sexuales, y la utilización de niños en actividades de trata de esclavos o su explotación en trabajos forzosos, el artículo 86 g) de la Ley del Niño prevé una pena de hasta 15 años de prisión y una multa.

La sustracción, venta y transferencia de órganos de un niño están tipificadas como delitos en el artículo 45 a) y, en virtud del artículo 86 e), se castigan con la pena de muerte o de hasta 20 años de prisión y una multa. Toda persona que viole a un niño incurrirá en delito (art. 45 b)) y podrá ser condenada a la pena de muerte o a una pena de hasta 20 años de prisión y una multa (art. 86 b)).

Numerosas leyes sudanesas contienen disposiciones que contemplan la inmunidad como una prerrogativa que no exime del delito ni de la pena correspondiente, sino que impide la incoación de procedimientos penales y, en ocasiones, civiles contra las personas amparadas por la inmunidad, salvo por orden de una autoridad especificada por la ley. El artículo 35 del Código de Procedimiento Penal de 1991 establece que solo podrán incoarse acciones penales con la autorización del Fiscal General por los siguientes delitos:

1.Delitos por los que se autoriza el arresto sin una orden judicial.

2.Delitos relacionados con un funcionario público.

Solo podrán incoarse acciones penales con la autorización de la autoridad competente en el caso de los siguientes delitos:

1.Obstrucción de la justicia.

2.Delitos en los que se admita la renuncia a ejercer la acusación solamente por el titular del derecho o su representante.

3.Delitos para los que una ley exija la autorización de la autoridad que goce de inmunidad procesal o sustantiva, salvo que la ley disponga otra cosa.

10.2Medidas

276.Los resultados de la encuesta de seguimiento y evaluación del sistema de protección de la infancia en el Sudán, mencionada anteriormente, indican que las actividades comunitarias y las redes informales del país contribuyen al establecimiento de un entorno protector para los niños gracias a la labor de las redes comunitarias de protección a la infancia, las redes para mujeres, las redes de bienestar infantil y los clubes para niños. Por ejemplo, en 2013 había unos 155 clubes para niños distribuidos por todo el estado de Darfur Septentrional.

277.En el estado de Kassala hay hogares seguros financiados por el Gobierno que ofrecen a las víctimas de trata de personas refugio, tratamiento médico y apoyo psicológico. En marzo de 2015, el refugio acogió a 17 personas, la mayoría de ellas víctimas de trata de personas. También existen otros hogares seguros dirigidos por ONG que prestan asistencia a estas víctimas.

278.Entre las medidas adoptadas para combatir el delito de trata de personas figura la creación de fiscalías especializadas en los estados de Sudán Oriental, que comparten fronteras con Egipto, Eritrea, Etiopía y Sudán del Sur. En 2014 y 2015 se examinaron 213 casos penales de trata de personas en los estados de Sudán Oriental y 26 en el estado de Jartum. Se remitieron 10 casos a juicio y se tramitaron numerosos casos en coordinación con las autoridades pertinentes, entre ellas la Comisión para los Refugiados del Ministerio del Interior y la Organización Internacional para las Migraciones. En este sentido, se tramitaron 614 casos de víctimas de trata de personas de distintas nacionalidades y se devolvió a los campamentos de refugiados a aquellas que disponían de tarjetas de refugiado en el Sudán.

279.La Conferencia Ministerial Regional sobre Trata y Tráfico de Personas en el Cuerno de África se celebró en Jartum del 13 al 16 de octubre de 2014 en coordinación con la Organización Internacional para las Migraciones, con el objetivo de combatir este fenómeno. Entre los resultados de la Conferencia cabe destacar la publicación de la Declaración de Jartum, aprobada en la Conferencia de Roma a finales de 2014.

11.Seguimiento del Protocolo Facultativo de la Convenciónsobre los Derechos del Niño relativo a la participaciónde niños en los conflictos armados

11.1Legislación

280.La Ley de las Fuerzas Armadas de 2007, modificada en 2013, prohíbe el reclutamiento de niños en las filas de las fuerzas armadas. Según la Ley, se prohíbe que las personas “menores de 18 años se alisten en las fuerzas armadas”. La Unidad de Derechos del Niño de las Fuerzas Armadas del Sudán vela por proteger a los niños del reclutamiento, de conformidad con esta Ley.

281.La Ley del Niño de 2010 establece y reafirma la prohibición del reclutamiento de niños, de acuerdo con las condiciones establecidas en la Ley de las Fuerzas Armadas. La Ley contiene una disposición específica sobre el programa de desarme, desmovilización y reintegración en el caso de los niños.

11.2Medidas

282.En 2008 se desarrolló la Estrategia Nacional para la Reintegración de Niños Soldados, que proporciona un marco de trabajo para la prevención y la lucha contra el reclutamiento de personas de edades inferiores a la edad legal. Esta Estrategia fue desarrollada al amparo de la Comisión de Desarme, Desmovilización y Reintegración del Gobierno del Sudán y del UNICEF con los siguientes objetivos:

Apoyar las actividades de desmovilización que facilitan la reintegración efectiva de los niños, en particular a través del fomento de la investigación y la sensibilización, la localización de las familias y su reagrupación, y las medidas de cuidado alternativo.

Reforzar los mecanismos de acción social para los niños retornados de grupos armados. Esto es porque un seguimiento regular de estos niños puede contribuir a su reintegración en la familia y la comunidad, así como a su acceso a los servicios necesarios.

283.Se fomenta la ejecución de proyectos integrales de reintegración para niños vinculados a grupos armados y otros niños afectados. Estos proyectos incluyen la prestación de apoyo psicológico, educación formal y no formal y formación en aptitudes para ganarse la vida.

284.Los espacios amigos de la infancia fueron creados en 2004 por organismos estatales y nacionales en respuesta al desplazamiento masivo de población provocado por el conflicto de Darfur. Estos espacios proporcionan un entorno seguro y programas integrados que incluyen juegos, actividades recreativas, enseñanza, atención sanitaria y apoyo psicológico. Estos espacios posibilitan la participación de los niños afectados por la guerra y se basan en las estructuras y capacidades comunitarias existentes. Se tratan de espacios inclusivos, no discriminatorios y temporales, que en ocasiones se establecen en tiendas de campaña. En los estados afectados por conflictos, como Nilo Azul y Kordofán Meridional, existen unos 300 espacios amigos de la infancia.

285.Más de 90.000 niños en situaciones humanitarias y de emergencia han recibido enseñanza y servicios de apoyo psicosocial a través de las escuelas de estos espacios amigos de la infancia temporales.

286.El subsector interinstitucional sobre protección de la infancia en contextos humanitarios ha desarrollado un marco definido para establecer unas normas mínimas sobre espacios amigos de la infancia acordes con las exigencias internacionales. Si bien se trata de una iniciativa importante, su influencia en la calidad de los servicios prestados sigue siendo limitada porque, hasta el momento, no se han generalizado estas normas. Esta iniciativa está más centrada en el entorno físico de los espacios amigos de la infancia que en las actividades que se desarrollan en ellas y su adecuada implementación.

287.En el primer semestre de 2015, alrededor de 239.174 niños víctimas de violencia y explotación en zonas afectadas por conflictos y desplazamientos se beneficiaron de servicios de prevención y respuesta en 72 localidades de los estados del Sudán. Además, en 51 localidades de 10 de los estados afectados por los conflictos, 84.450 de los niños más vulnerables (41.788 niños y 42.662 niñas) fueron acogidos en centros amigos de la infancia y recibieron servicios de apoyo psicológico.

288.Los cursos de capacitación de oficiales y personal de las Fuerzas Armadas Sudanesas sobre la protección de los niños en los conflictos armados siguen en marcha, como se muestra en el cuadro 17.

Cuadro 17

Información sobre los cursos de capacitación de oficiales y personal de las Fuerzas Armadas Sudanesas sobre la protección de los niños en los conflictos armados

Lugar de celebración del curso

Número de beneficiarios

Fecha

Dirección General de Justicia Militar

52

Junio de 2014

Darfur Occidental

62

Agosto de 2014

67

Darfur Central

59

Septiembre de 2014

59

Octubre de 2014

Darfur Meridional

31

Agosto de 2014

28

Septiembre de 2014

Nilo Azul

43

Diciembre de 2015

Darfur Septentrional

40

Marzo de 2016

Plan de acción conjunto con las Naciones Unidas para la protección delos niños en las zonas de conflicto armado

289.En marzo de 2016, el Gobierno de la República del Sudán firmó un plan de acción conjunto con las Naciones Unidas sobre la protección de los niños en zonas de conflicto armado, con la presencia de los Ministros de Asuntos Exteriores, del Interior, de Justicia, de Defensa, de Educación y de Trabajo, un representante del Servicio Nacional de Inteligencia y Seguridad y miembros de las agencias de las Naciones Unidas en el Sudán, así como de la Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas para la cuestión de los niños y los conflictos armados y de representantes estatales de los Ministros de Bienestar Social y Secretarios de los consejos de bienestar de la infancia de los estados afectados por los conflictos.

290.El plan de acción entró en vigor en la fecha de su firma. Además de las 11 resoluciones del Consejo de Seguridad sobre los niños y los conflictos armados, el plan se basa en numerosos acuerdos y tratados regionales e internacionales sobre la materia.

291.El plan tiene por objeto proteger de forma integral a los niños afectados por conflictos armados, en particular contra el reclutamiento y la utilización en dichos conflictos, así como rehabilitarlos y reintegrarlos. Además, el Gobierno del Sudán está adoptando todas las medidas posibles para reforzar la protección integral de esos niños, entre otras cosas garantizando la erradicación de su reclutamiento y asegurando su liberación dentro del territorio soberano.

292.El Presidente de la República promulgó el Decreto núm. 89/2016, relativo a la constitución de un comité de alto nivel encargado de supervisar la formulación y aplicación del plan de acción conjunto. Entre los miembros del comité figuran los Ministros de Asuntos Exteriores, de Defensa, del Interior, de Justicia, de Bienestar y Seguridad Social y de Educación del Estado, así como un representante del Servicio Nacional de Inteligencia y Seguridad, el Secretario General del Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia y representantes de las Naciones Unidas en el Sudán. El Presidente también promulgó un decreto para constituir un comité técnico de seguimiento de la aplicación del plan, compuesto por todas las instancias pertinentes y presidido por el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia. Estos comités se reúnen periódicamente para coordinar y revisar los avances en la aplicación del plan. Además, se promulgaron otros decretos relativos a la creación de comités ejecutivos a nivel estatal para garantizar la aplicación y el seguimiento del plan en los estados y las localidades.

293.Por otro lado, las Fuerzas Armadas, la policía y los cuerpos de seguridad publicaron las órdenes de mando y los procedimientos relativos a la aplicación del plan a todos los niveles.

Estudio sobre conocimientos, actitudes y prácticas en materia dereclutamiento de niños y su utilización en conflictos armados

294.El Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia, en colaboración con el UNICEF, realizó en diciembre de 2015 en cinco estados del Sudán afectados por conflictos armados y cuestiones tribales, a saber, Nilo Azul, Kordofán Meridional, Kordofán Occidental, Darfur Septentrional y Darfur Meridional, un estudio sobre conocimientos, actitudes y prácticas en materia de reclutamiento de niños y su utilización en conflictos armados.

295.Los resultados del estudio indican que las causas del reclutamiento de niños están relacionadas con la necesidad de los grupos armados de contar con combatientes y personas que desempeñen otras tareas en los campamentos y emplazamientos militares. También existen motivos personales relacionados con los niños, sus familias y las comunidades locales, y motivos culturales y del entorno.

296.El estudio define una lista de intervenciones propuestas que podrían mejorar la protección de la infancia y poner fin al reclutamiento y la utilización de niños por parte de grupos armados en el Sudán. A partir de este estudio se diseñará una campaña de divulgación dirigida a las comunidades donde los niños están expuestos a la participación en conflictos armados, con el fin de corregir conceptos, aportar conocimientos y cambiar actitudes y prácticas en aras de la protección de los niños frente a la participación en conflictos armados.

La devolución de niños víctimas de reclutamiento forzoso a sus familias y comunidades

Las fuerzas del Gobierno lograron repeler un ataque perpetrado por movimientos armados ilegales en Fanga y Goz Dango, en Darfur, y liberaron a 21 niños menores de 18 años víctimas de explotación, secuestro y reclutamiento forzoso, tras realizar las investigaciones y reconocimientos médicos pertinentes.

El Fiscal de Darfur adoptó todas las medidas y procedimientos legales oportunos y notificó al Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia, que hizo un seguimiento del caso hasta la firma de un indulto presidencial en favor de estos niños (Decreto núm. 864, de 3 de octubre de 2016). En virtud del Decreto, los niños fueron colocados en el Centro Nacional de Atención Transitoria, supervisado por el Consejo Nacional para el Bienestar de la Infancia, y recibieron atención psicológica, social y sanitaria de conformidad con las normas y los procedimientos aplicables. A continuación, fueron remitidos a la Comisión de Desarme, Desmovilización y Reintegración, donde se completó el proceso de su reintegración en sus familias y comunidades.