Lista de cuestiones y preguntas relativa al séptimo informe periódico de Tayikistán *

Derechos de las mujeres e igualdad de género en relación con la pandemia, las actividades de recuperación y las crisis mundiales

Sírvanse describir las iniciativas emprendidas y los mecanismos establecidos para hacer frente a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) y su repercusión a largo plazo, así como las formas de aplicarlos en la respuesta del Estado parte a las crisis actuales y futuras, tales como los conflictos armados, la inseguridad alimentaria y la crisis energética. Sírvanse aportar información sobre las estrategias para garantizar que la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres sean un requisito fundamental a la hora de hacer frente a estas crisis y de elaborar respuestas adecuadas, tales como políticas, la cobertura de los servicios esenciales, programas de asistencia, actividades de recuperación y la aplicación del estado de derecho. Sírvanse proporcionar información también sobre las medidas adoptadas para velar por la participación igualitaria y significativa de las mujeres en estos procesos, y para garantizar que esas crisis no conduzcan a un retroceso de los avances realizados en la protección y promoción de los derechos de las mujeres.

Definición de discriminación contra las mujeres y marco legislativo

Sírvanse proporcionar información sobre:

a)El desarrollo de la capacidad de los miembros de la judicatura y de los profesionales del derecho en materia de discriminación por razón de género, en consonancia con el artículo 143 del Código Penal y la nueva Ley núm. 1890 relativa a la igualdad y eliminación de todas las formas de discriminación, y cómo se aplican los conocimientos y la formación y se invoca o aplica directamente la Convención, o cómo se interpreta la legislación nacional a la luz de la Convención, en los procedimientos judiciales;

b)La formación y las iniciativas de sensibilización de las mujeres, los funcionarios gubernamentales y los encargados de hacer cumplir la ley, los parlamentarios, los profesionales de la educación y la asistencia sanitaria, y los líderes religiosos y comunitarios para mejorar sus conocimientos sobre los derechos de las mujeres y la igualdad de género;

c)El porcentaje del presupuesto nacional que se asigna anualmente al Comisionado de Derechos Humanos para implementar su mandato de garantizar la igualdad de derechos y prevenir todas las formas de discriminación, de conformidad con el artículo 13 de la Ley núm. 1890;

d)Las inspecciones o procedimientos iniciados por la Fiscalía General en relación con el cumplimiento y la aplicación de disposiciones legislativas normativas destinadas a proteger las garantías de igualdad entre hombres y mujeres por parte del Estado (artículo 21 de la ley de 2005 relativa a garantías del Estado), con independencia de las denuncias de mujeres víctimas.

Acceso de las mujeres a la justicia

Sírvanse proporcionar información sobre:

a)Denuncias de violación directa o indirecta de derechos en virtud de la Ley núm. 1890 relativa a la igualdad y la eliminación de todas las formas de discriminación, recibidas desde la entrada en vigor de la Ley en julio de 2022 y desglosadas por sexo, edad, ubicación geográfica y discapacidad;

b)Medidas adoptadas para derribar las barreras que impiden a las mujeres presentar denuncias por discriminación de género contra ellas, incluidas las denuncias referentes al acceso a asistencia jurídica gratuita y de calidad;

c)Recursos judiciales o extrajudiciales específicos y formas de reparación disponibles para las mujeres en casos de discriminación de género y para la protección general de sus derechos en virtud de la Convención;

d)Estadísticas de víctimas de violencia doméstica y de agresores, desglosadas por sexo y naturaleza de la relación entre el agresor y la víctima;

e)La revisión de las prácticas judiciales en casos de violencia doméstica, y las medidas adoptadas para eliminar las prácticas que siguen los jueces y los organismos de investigación sin tener en cuenta las diferencias entre hombres y mujeres.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

Sírvanse proporcionar información sobre:

a)El marco jurídico que define el mandato, la autoridad y la supervisión de la Comisión de Asuntos de la Mujer y la Familia como mecanismo nacional para el adelanto de la mujer, y la regulación de su coordinación con los ministerios pertinentes;

b)Mecanismos para promover la participación de las organizaciones de mujeres y las consultas que se les hacen a la hora de aprobar y aplicar políticas y programas públicos.

Defensoras de los derechos humanos

Faciliten al Comité información detallada sobre los siguientes aspectos:

a)Mecanismos de protección establecidos para tramitar las denuncias de actos de intimidación, acoso y violencia cometidos contra las defensoras de los derechos humanos, y las medidas adoptadas para investigarlos y enjuiciar a los autores;

b)Medidas adoptadas para proporcionar un entorno seguro y propicio a las defensoras de los derechos humanos, las periodistas, las activistas y las organizaciones de la sociedad civil a fin de que realicen su trabajo y sus actividades en relación con los derechos de las mujeres y las cuestiones de género;

c)Inspecciones, proceso de registro y requisitos de autorización, así como condiciones de acceso a financiación extranjera aplicables a las defensoras de los derechos humanos, las activistas y las organizaciones de la sociedad civil.

Medidas especiales de carácter temporal

Sírvanse proporcionar información actualizada sobre:

a)Medidas especiales de carácter temporal adoptadas para acelerar el logro de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en todos los ámbitos, incluidos el de la agricultura y la vida política, y en relación con grupos de mujeres desfavorecidas;

b)Medidas adoptadas para demostrar el valor de las medidas especiales de carácter temporal y aumentar la sensibilización de la administración pública, el Parlamento, el empresariado y el público en general sobre la naturaleza de las medidas especiales de carácter temporal.

Estereotipos de género

Sírvanse proporcionar información sobre:

a)El estado de una estrategia integral para eliminar los estereotipos de género y las actitudes patriarcales relativas a las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad, especialmente las medidas dirigidas a los líderes religiosos y tradicionales y a los actores gubernamentales a todos los niveles, y cómo se supervisará la estrategia y se evaluará su impacto;

b)Medidas adoptadas para garantizar que los planes de estudio y el material didáctico de todos los niveles educativos promuevan una imagen positiva y no estereotipada de las mujeres y los hombres.

Violencia de género contra la mujer

Sírvanse describir las medidas adoptadas para:

a)Elaborar un marco jurídico exhaustivo y una estrategia a largo plazo para combatir la violencia de género contra las mujeres y las niñas;

b)Garantizar la aplicación de la legislación sobre la prevención de la violencia en la familia;

c)Garantizar que se investiguen debidamente todas las denuncias de violencia de género contra las mujeres, que se enjuicie a los autores y que las víctimas tengan acceso a una reparación efectiva, incluida una indemnización;

d)Garantizar la prestación, con cargo al presupuesto del Estado, de asistencia jurídica gratuita, incluida la representación ante los tribunales, asistencia médica, psicológica y psicosocial, alojamiento y programas de rehabilitación y reinserción, a todas las mujeres y niñas que hayan sido víctimas de la violencia de género, incluidas las de zonas rurales;

e)Realizar actividades específicas obligatorias de desarrollo de la capacidad de los funcionarios encargados de aplicar la ley, los funcionarios judiciales, los trabajadores sociales y sanitarios y demás profesionales que se ocupan de casos de violencia de género e interactúan con las víctimas para prevenir y detectar todas las formas de violencia de género, incluida la violencia doméstica, y para responder ante ellas, también en las zonas rurales.

Sírvanse proporcionar al Comité lo siguiente:

a)Datos estadísticos sobre el número de denuncias de todas las formas de violencia de género contra la mujer, desglosados por sexo, edad, etnia, ubicación geográfica y relación entre la víctima y el autor, sobre el número y tipo de órdenes de protección emitidas, sobre los índices de desestimación y retirada de denuncias, sobre enjuiciamientos y condenas y sobre el tiempo que se tarda en resolver los casos;

b)Una evaluación del impacto del programa estatal de prevención de la violencia doméstica para el periodo 2014-2023.

Trata y explotación de la prostitución

Sírvanse proporcionar información sobre:

a)El mecanismo nacional de remisión para identificar pronto a las víctimas de la trata y prestarles asistencia;

b)Cualquier investigación penal, enjuiciamiento o condena de funcionarios públicos cómplices en delitos de trata de personas;

c)Sentencias impuestas a personas condenadas en casos de trata de mujeres y niñas;

d)Información sobre los recursos humanos, financieros y técnicos para la implementación del plan de nacional contra la trata de personas para el periodo 2022-2024, incluyendo la cooperación internacional y los progresos logrados en su implementación;

e)Un fondo estatal para víctimas de la trata de personas, o un plan para crearlo;

f)Datos, desglosados por sexo, edad, nacionalidad y zona geográfica, sobre el número de víctimas y supervivientes de la trata y sobre el alcance y las formas de explotación de mujeres y niñas.

Recordando las recomendaciones anteriores del Comité (párr. 30), sírvanse proporcionar al Comité:

a)Datos sobre el número y la naturaleza de las denuncias de abusos policiales y de complicidad en casos de corrupción que tienen como blanco a mujeres que ejercen la prostitución, y sobre enjuiciamientos, condenas y penas impuestas;

b)Medidas adoptadas para reducir la demanda de prostitución y ofrecer a las mujeres que ejercen la prostitución programas de salida y servicios de apoyo.

Participación en la vida política y pública

Sírvanse proporcionar información sobre:

a)Medidas adoptadas para garantizar la igualdad de representación de las mujeres en la vida política y pública, entre ellas medidas especiales de carácter temporal, a nivel nacional, regional y local, y en los puestos decisorios del Gobierno, el poder judicial, la administración pública y el servicio exterior;

b)Campañas para sensibilizar a políticos, medios de comunicación, docentes, líderes comunitarios y el público en general acerca de la importancia de que las mujeres participen en la toma de decisiones a todos los niveles;

c)La vigilancia del uso de un lenguaje irrespetuoso y de estereotipos al hacer referencia a las mujeres en declaraciones públicas y en reportajes de los medios de comunicación;

d)Medidas adoptadas para garantizar que las organizaciones de la sociedad civil, incluidas las defensoras y activistas de los derechos humanos, estén protegidas frente a represalias contra ellas, como intimidación, acoso, amenazas, abuso físico, violencia sexual y detención arbitraria;

e)Medidas adoptadas para aprobar un plan nacional de acción a fin de aplicar la resolución 1325 (2000)y resoluciones posteriores del Consejo de Seguridad relativas a las mujeres y la paz y la seguridad.

Nacionalidad

Sírvanse proporcionar información sobre:

a)La adopción de la Ley de Amnistía, con disposiciones para la regularización de las personas indocumentadas, incluidas las mujeres y sus hijos, y la armonización de la legislación que regula el estatus de ciudadanía y la condición de persona refugiada y solicitante de asilo, sobre todo afganas solicitantes de asilo;

b)El número de apátridas y de solicitudes de ciudadanía presentadas en los últimos cinco años, así como el número de casos concedidos o denegados, y las justificaciones aportadas, desglosadas por sexo;

c)Medidas adoptadas para garantizar que las mujeres apátridas, las de nacionalidad indeterminada y las que están en riesgo de apatridia, incluidas las de zonas rurales, así como sus hijos, tengan acceso a los registros de todo el país, incluido el registro de nacimientos y los relacionados con los documentos de identificación, la justicia, la asistencia sanitaria, la vivienda, la asistencia social y las oportunidades de empleo, y que no sean deportadas sin que se aclare su situación;

d)Las previsiones del Estado parte para adherirse a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas (1954) y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia (1961);

Educación

Sírvanse proporcionar información sobre:

a)Medidas adoptadas para aumentar la proporción de niñas que cursan estudios secundarios y de formación técnica y profesional, así como el de las que asisten a centros de enseñanza superior, incluidas las de zonas remotas;

b)Medidas adoptadas para reducir el número de alumnas de grupos pobres y vulnerables que abandonan los centros de enseñanza general, y para introducir políticas de reincorporación que permitan su regreso a la escuela;

c)Las tasas de deserción escolar de las niñas en la enseñanza secundaria y superior atribuible al matrimonio precoz, al embarazo o a los estereotipos discriminatorios de género que favorecen el acceso de los niños varones a la educación;

d)Incentivos para alentar a las niñas a elegir estudios y trayectorias académicas no tradicionales en campos como el de las ciencias, la tecnología, la ingeniería, las matemáticas y la tecnología de la información y las comunicaciones (TIC);

e)El acceso de las mujeres y las niñas a los deportes recreativos y profesionales.

Empleo

Sírvanse proporcionar información sobre:

a)Medidas adoptadas, entre ellas medidas especiales de carácter temporal como puedan ser cuotas e incentivos para los empleadores, con el fin de promover el empleo de las mujeres en profesiones tradicionalmente dominadas por los hombres y en puestos de toma de decisiones, facilitando las estadísticas pertinentes;

b)Revisiones de los salarios en los sectores en los que se concentran las mujeres y medidas adoptadas para reducir la disparidad salarial por razón de género;

c)La lista revisada de ocupaciones en las que se sigue prohibiendo el empleo de mujeres y medidas adoptadas para suprimir la lista de ocupaciones prohibidas para las mujeres;

d)Modalidades de trabajo flexibles para hombres y mujeres, y guarderías públicas a disposición de las mujeres;

e)Medidas de apoyo e incentivos para estimular la transición de las mujeres emprendedoras del sector informal al formal;

f)Medidas para abordar la desigualdad en el acceso de las mujeres a las tecnologías de la información y las comunicaciones en el marco del programa de desarrollo a mediano plazo de la República de Tayikistán para 2021-2025, y estadísticas del acceso de las mujeres y los hombres a las tecnologías de la información.

Salud

A la luz de las preocupaciones expresadas por el Comité en sus observaciones finales anteriores (párr. 39), sírvanse proporcionar:

a)Información sobre las causas subyacentes de las elevadas tasas de mortalidad materna y de menores de 1 año en el Estado parte, así como sobre el número de obstetras y ginecólogos por mujer en edad de procrear, especialmente en las zonas rurales y remotas;

b)Datos, desglosados por sexo, edad y región, sobre la incidencia del VIH/sida, incluyendo a las mujeres embarazadas y las niñas, y sobre el acceso al tratamiento;

c)Información sobre los servicios sanitarios disponibles para mujeres y niñas con discapacidad;

d)Información sobre los progresos de la inclusión de material educativo sobre servicios de salud sexual y reproductiva adaptados a los jóvenes facilitado a través de TIC, por ejemplo, en clínicas para mujeres, y datos actualizados sobre la incidencia de embarazos precoces, desglosados por edad y región;

e)Una explicación de si el ingreso en instituciones de enseñanza secundaria profesional y superior depende de los resultados de las pruebas del VIH, y si los decretos del Gobierno siguen prohibiendo a las mujeres seropositivas cursar estudios superiores de medicina, adoptar un niño o ser tutoras legales.

Empoderamiento económico y prestaciones sociales

Sírvanse informar al Comité sobre lo siguiente:

a)Mecanismos para garantizar el acceso igualitario de las mujeres a préstamos, hipotecas y otras formas de crédito financiero;

b)Políticas y medidas diseñadas para fomentar la redistribución del trabajo de cuidados en el hogar en la comunidad y formas en que el Estado parte garantiza el acceso efectivo de las mujeres que realizan trabajos no remunerados o en el sector informal a los planes de protección social;

c)Mujeres que trabajan en la economía informal, por cuenta propia o en labores agrícolas.

Mujeres del medio rural

A la luz de las preocupaciones expresadas por el Comité en sus observaciones finales anteriores (párr. 41), sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para:

a)Garantizar que las mujeres de las zonas rurales, incluidas las empleadas en los sectores no estructurados de la economía, tengan acceso a la educación, la asistencia sanitaria, la vivienda, el empleo en el sector estructurado, planes de seguridad social y jubilación, oportunidades permanentes de capacitación, y la propiedad y el uso de la tierra en igualdad de condiciones con los hombres;

b)Garantizar la participación igualitaria de las mujeres de las zonas rurales en la toma de decisiones, entre otras medidas, invitándolas a participar en el diseño, desarrollo, aplicación, seguimiento y evaluación de todas las políticas, estrategias, planes y programas pertinentes;

c)Proporcionar datos sobre las mujeres de las zonas rurales, desglosados por edad, sexo y zona geográfica.

Grupos de mujeres desfavorecidas

Sírvanse especificar las medidas adoptadas para:

a)Garantizar el acceso a una educación y un empleo inclusivos y eliminar progresivamente el internamiento en instituciones de niñas y mujeres con discapacidad;

b)Eliminar la estigmatización y la discriminación de las mujeres que viven con el VIH/sida y garantizar su acceso a la atención sanitaria y el empleo;

c)Investigar las denuncias de mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales que han sido víctimas de violencia de género, violaciones “correctivas”, matrimonios forzados, detenciones y discriminación, y adoptar medidas correctivas así como garantizar su acceso a la atención sanitaria;

d)Mejorar la situación de las mujeres y niñas liulis/mugats, así como de las mujeres y niñas pamiri, y protegerlas de la discriminación y prácticas nocivas;

e)Revisar las resoluciones 325 y 328 así como la decisión del Gobierno de 26 de julio de 2000 relativa al establecimiento de una lista de zonas pobladas en las que no se permite la residencia temporal de solicitantes de asilo y refugiados, lo que limita la libertad de circulación y residencia de las mujeres y niñas solicitantes de asilo y refugiadas;

f)Garantizar que los grupos de mujeres desfavorecidas, incluidas las mujeres que han sido abandonadas por hombres migrantes, las viudas de hombres migrantes, las mujeres pertenecientes a grupos étnicos minoritarios, las refugiadas y solicitantes de asilo, las migrantes, las mujeres mayores, las mujeres con discapacidad, las mujeres que viven con el VIH/sida y las mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales, tienen acceso a la justicia, el empleo, la atención sanitaria, incluidos los servicios de salud sexual y reproductiva y la protección social.

Matrimonio y relaciones familiares

A la luz de las recomendaciones anteriores del Comité (párr. 46), sírvanse proporcionar información sobre lo siguiente:

a)Medidas adoptadas para garantizar el respeto efectivo de la edad mínima de 18 años para contraer matrimonio, para niñas y niños, y concretamente, medidas para detectar casos de matrimonio infantil y forzado, incluidos los matrimonios religiosos no registrados, y medidas para garantizar que los infractores sean llevados ante la justicia;

b)El número de solicitudes de autorización de matrimonio antes de los 18 años ante juzgados nacionales, y el número de dichas solicitudes concedidas en los últimos cinco años, así como los criterios de evaluación que los jueces deben aplicar para autorizar matrimonios infantiles;

c)Medidas adoptadas para prohibir las llamadas “pruebas de virginidad” para las futuras novias, y revisar el Código de la Familia en consecuencia;

d)Medidas adoptadas para que se ejecuten las órdenes judiciales de recuperación de la pensión alimenticia, entre otras formas mediante la introducción de mecanismos de ejecución y sanciones disuasorias en caso de incumplimiento.