Naciones Unidas

CAT/C/SVN/FCO/4

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Distr. general

6 de enero de 2025

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité contra la Tortura

Información recibida de Eslovenia relativaal seguimiento de las observaciones finalessobre su cuarto informe periódico *

[Fecha de recepción: 22 de noviembre de 2024]

Información sobre la aplicación de las recomendaciones prioritarias del Comité contra la Tortura sobre la justicia juvenil, los niños migrantes, la violencia sexual y de géneroy el trato dispensado en las instituciones psiquiátricas

A.Información sobre el seguimiento de las recomendacionesque figuran en el párrafo 17 de las observaciones finales (CAT/C/SVN/CO/4)

1.De manera preliminar, cabe señalar que la delimitación objetiva entre los casos que requieren obligatoriamente la intervención de un abogado defensor y aquellos otros en los que compete al juez de menores determinar la necesidad de que el menor cuente o no con la asistencia letrada de un defensor depende de la pena que prescriba el Código Penal para un infractor adulto. El hecho de que la comisión de determinado delito por un adulto se castigue con una pena de tres años de prisión no significa que ese mismo delito se castigue a su vez con una pena de prisión en el caso de un menor. Las penas de prisión solo pueden imponerse a menores de edad por delitos sancionados con cinco años de prisión o más en el caso de los adultos.

2.Los delitos penados con menos de tres años de prisión en el caso de los adultos, un no pueden sancionarse más que con medidas correctivas en el caso de un menor, o bien, bajo determinadas circunstancias fijadas por ley, con la imposición de una multa. Solo en tales casos incumbe al tribunal determinar si el menor de edad imputado necesita la asistencia letrada de un defensor, teniendo en cuenta el nivel de desarrollo mental del menor, su capacidad de comprensión y sus características personales, así como la complejidad del caso y la gravedad de las posibles sanciones u otras medidas que se le puedan aplicar en el marco del procedimiento pertinente. Si estima que tales circunstancias están reunidas en el caso del menor imputado, el juez del tribunal de justicia juvenil debe designar a un abogado de oficio. No obstante, un menor siempre puede hacerse representar por un abogado de su elección, por un representante legal o por un familiar. Si el menor carece de medios económicos, el Estado sufraga los gastos de su abogado defensor en virtud del principio de la asistencia jurídica gratuita.

3.En vista de lo anterior, consideramos que se ha cumplido la recomendación relativa al derecho de los menores de edad a contar con la asistencia de un abogado defensor.

Información sobre los menores de edad privados de libertad

4.Las dos principales instituciones de la Administración Penitenciaria de la República de Eslovenia que trabajan con delincuentes juveniles son el Hogar Correccional de Radeče y la Prisión de Menores y Adultos de Celje.

5.El Hogar Correccional de Radeče es la única institución de Eslovenia que pone en práctica las medidas correccionales de internamiento de menores de edad en centros penitenciarios. Los menores condenados a prisión cumplen sus penas en la Prisión de Menores y Adultos de Celje. La administración presta especial atención al trato dispensado a los delincuentes juveniles, a quienes aplica un enfoque integral que combina la educación, la crianza y la integración social con la seguridad básica. Un aspecto fundamental de esta labor consiste en crear una relación de calidad entre el menor y los profesionales que lo tratan, y en seleccionar objetivos adaptados a las necesidades, preferencias y capacidades de cada joven. En casos excepcionales, un juez puede ordenar la reclusión de un menor durante el proceso penal, que puede celebrarse en un centro penitenciario habilitado a tal efecto o en una sección del mismo.

6.En su trato con los menores, los centros correccionales y las prisiones trabajan en estrecha colaboración con diversas instituciones externas: centros de trabajo social, tribunales y policía. Los padres desempeñan un papel esencial en el proceso terapéutico, en tanto que la comunidad local y el entorno social en general también contribuyen activamente al apoyo prestado a los jóvenes.

Información sobre el Hogar Correccional de Radeče

7.En 2023, había 18 menores de edad reclusos en el Hogar Correccional de Radeče, entre ellos una chica. Estos jóvenes suelen proceder de entornos marcados por relaciones familiares rotas, experiencias previas y fallidas de tratamiento institucional y entornos sociales poco estimulantes y sin modelos positivos a seguir. A menudo se encuentran desorientados, tienen malos hábitos de trabajo y estudio, sufren problemas de consumo de drogas ilegales y presentan diversos déficits de desarrollo psicosocial. El objetivo de la medida correccional no es solo alejar a estos jóvenes de un entorno nocivo, sino —lo que es más importante— proteger y apoyar a los jóvenes delincuentes con problemas emocionales y de conducta, fracaso escolar y patrones de comportamiento problemáticos.

8.En el Centro Correccional de Radeče, los jóvenes mantienen una rutina diaria estructurada que incluye educación, formación profesional y actividades educativas, y reciben apoyo individualizado de los profesionales a cargo. Al margen de su enfoque educativo, el programa fomenta los comportamientos sociables y el pleno aprovechamiento del tiempo libre. Las terapias especializadas (educativas, sociales, psicológicas) se combinan con diversas actividades de ocio, por ejemplo, deportes, proyectos creativos y actividades culturales. Estas actividades ayudan a los menores a utilizar su tiempo libre de forma productiva, a desarrollar habilidades sociales y a adquirir experiencias enriquecedoras. El trabajo que llevan a cabo es sumamente estructurado. Se trata de llenar el día a día de actividades de calidad, que combinan procesos de educación laboral, actividades de formación profesional y planificación del ocio. Los programas y actividades se establecen en el marco de un plan personalizado y adaptado a las necesidades y características de cada individuo. Este enfoque holístico ayuda a los menores no solo a afrontar sus problemas personales, sino también a desarrollar las aptitudes y la confianza necesarias para reintegrarse con éxito en la sociedad una vez cumplida la medida correctiva.

9.El trabajo educativo con menores se ciñe a un programa educativo, establecido en marzo de 2023 y recientemente actualizado, que se basa en un enfoque escalonado de tres niveles:

Nivel 1 – Grupo inicial. Objetivo básico: iniciar a los menores a una nueva forma de vida y ayudarlos a adaptarse a esa realidad

Nivel 2 – Unidad libre de drogas. Objetivo básico: impulsar un cambio activo del estilo de vida y mantener el hábito de la abstinencia

Nivel 3 – Unidad abierta. Objetivo básico: mantener el cambio y prepararse para la reintegración social en la comunidad

10.El trabajo con jóvenes delincuentes se articula tanto de manera individual como en grupo. En los entornos grupales (grupos educativos), los jóvenes aprenden a convivir, a construir relaciones tolerantes, canales de comunicación eficaces y dinámicas de grupo sanas. Se llevan a cabo constantes terapias individuales (es decir, terapias adaptadas a necesidades específicas, como las relacionadas con el abuso de drogas o de alcohol, problemas de salud mental o terapias para delincuentes sexuales). Los menores también reciben atención médica regular y apoyo religioso y espiritual durante las vacaciones.

11.Los consejeros educativos, que permanecen en el centro todo el día (en dos turnos) de lunes a viernes, asumen una labor de supervisión regular e intensiva. Cada consejero educativo pasa al menos cuatro horas diarias con los menores, se implica activamente en su día a día y en sus interacciones sociales. Observa y evalúa activamente los estados de ánimos, las mejoras, los trastornos conductuales, las relaciones y las dinámicas grupales de los menores.

12.E l trabajo social corre a cargo de un asistente social, que trabaja con los padres, los centros de trabajo social y otros asociados externos. Entre sus responsabilidades figuran el proceso de admisión de menores en el centro correccional (gestión de la unidad de admisión) y el apoyo intensivo a los menores (y sus familias) durante todo el proceso de rehabilitación y hasta su puesta en libertad.

13.Un psicólogo externo del Centro de Salud Comunitario de Radeče se encarga de la terapia psicológica. Visita el centro correccional semanalmente para ofrecer apoyo psicológico a los menores, llevar a cabo evaluaciones y supervisar sus avances. El psicólogo también participa regularmente en las reuniones del equipo profesional. A pesar de los continuos esfuerzos de la institución por contratar a un psicólogo interno, ha habido dificultades para cubrir este puesto, ya que las convocatorias quedaron vacantes.

14.T erapia especializada : todos los menores del Centro Correccional de Radeče, que se dividen en dos grupos, reciben terapia especializada en autores de delitos penales con elementos de violencia. Esta terapia consiste en una formación grupal centrada en las habilidades sociales, que consta de talleres habitualmente mensuales. Cada grupo es coordinado por un orientador educativo y un trabajador social que han recibido formación especializada pertinente.

15.El tratamiento de adicciones en menores con problemas de consumo de alcohol o drogas se integra en la terapia general de los menores y se aplica de forma transversal en todos los niveles (grupo inicial, unidad de desintoxicación y unidad abierta). El tratamiento del abuso de sustancias psicoactivas forma parte del programa a todos los niveles (grupo inicial, unidad de desintoxicación y unidad abierta) y se dispensa a todos los menores, tengan o no problemas de este tipo. El trabajo se lleva a cabo de forma individual y se centra principalmente en la educación y la motivación, con el objetivo de practicar y mantener la abstinencia, una vida activa y un estilo de vida saludable.

16.Para los menores expuestos al riesgo de suicidio, el trabajador social rellena un cuestionario de evaluación del riesgo de suicidio en el momento del ingreso del menor. Si el ingreso tiene lugar fuera del horario laboral del trabajador social, lleva a cabo la correspondiente entrevista el agente de policía del centro correccional (el director de operaciones). Una vez identificadas las personas en situación de riesgo, se les hace un seguimiento exhaustivo con entrevistas periódicas y un equipo de expertos se reúne semanalmente para revisarlas.

17.En ausencia de un psicólogo interno, los autores de delitos sexuales son tratados por psicólogos de la prisión de Dob, en función de su disponibilidad.

Información sobre los servicios de atención de la salud

18.El Centro de Salud Comunitario de Radeče es el encargado de proporcionar asistencia sanitaria a los menores. Desde el 15 de enero de 2024, cuenta con un enfermero titulado en el centro correccional que apoya los servicios ambulatorios y participa activamente en iniciativas de salud preventiva (por ejemplo, talleres de prevención de enfermedades infecciosas). El enfermero también organiza regularmente ejercicios físicos supervisados para los menores y el personal.

19.Los profesionales del centro comprueban periódicamente la limpieza y el orden de los dormitorios y las zonas comunes de los menores. Gracias a una supervisión constante y a estímulos adicionales, las instalaciones se mantienen en buen estado.

Información sobre actividades organizadas para los menores

20.Al margen de las actividades estructurales llevadas a cabo a diario dentro del centro correccional, como las actividades deportivas y artísticas y los programas sociales, se ofrece a los menores una serie de actividades fuera del centro, supeditadas a evaluaciones personalizadas de los riesgos de seguridad. Estas actividades externas tienen como objetivo abrirles a nuevas experiencias, desarrollar sus habilidades sociales y promover hábitos saludables que les permitan articular un tiempo de ocio constructivo.

21.Este año se organizaron diversos eventos con motivo de las principales festividades, así como actividades culturales, deportivas y educativas fuera del centro correccional. Los menores son activamente involucrados en la planificación y organización de estos eventos. El centro correccional procura invitar regularmente a asociados externos de diferentes campos para colaborar en las actividades con vistas a enriquecer el día a día de los menores. Los programas se adaptan a los recursos del centro correccional y a las necesidades específicas de los jóvenes. En respuesta al creciente número de jóvenes romaníes afectados por medidas correccionales, también se han abierto talleres sobre la cultura romaní.

22.Eventos organizados este año:

11 de enero de 2024: natación en Thermana Laško

23 de enero de 2024: trineo en Magolnik

24 de enero de 2024: compras (ropa) en un centro comercial de Celje

6 de febrero de 2024: proyección de una película en un cine de Celje

7 de febrero de 2024: asistencia a un evento cultural en Radeče

20 de febrero de 2024: proyección de una película en un cine de Celje

21 de febrero de 2024: asistencia a partido de balonmano en Celje

5 de marzo de 2024: asistencia a un concierto de jazz en Radeče

7 de marzo de 2024: asistencia a un partido de balonmano en Celje

8 de marzo de 2024: excursión a la montaña Svinjski Rt

26 de marzo de 2024: visita al Museo Militar de Pivka

27 de marzo de 2024: torneo de ping pong

9 de abril de 2024: senderismo en Komna y visita a la cascada Savica y al lago Bohinj

23 de abril de 2024: visita a la cueva Pekel

14 de mayo de 2024: proyección de una película en un cine de Celje

28 de mayo de 2024: Visita a la exposición titulada “Celeia: una ciudad bajo la ciudad actual”

10 de julio de 2024: Senderismo en Rogla y baño en el lago Velenje

11 de julio de 2024: Bolos en Sevnica

28 de agosto de 2024: Excursión al mar y baño en Strunjan (día entero)

23.El centro correccional también organizó los siguientes eventos y talleres:

8 de febrero de 2024: evento cultural del Día de Prešeren

13 de febrero de 2024: fiesta de disfraces

18 de marzo de 2024: eventos conmemorativos del Día de la Mujer y el Día de la Madre

29 de marzo de 2024: taller creativo de Pascua

6 de septiembre de 2024: taller de cocina (preparación de galletas)

19 de septiembre de 2024: taller de cocina (preparación de galletas)

20 de septiembre de 2024: jornada de puertas abiertas

10 de octubre de 2024: recogida de castañas

24.Con el fin de añadir variedad a la experiencia del día a día, el centro invita regularmente a asociados externos de diversos campos a colaborar en sus actividades. Este año, el Centro Correccional de Radeče acogió los siguientes eventos:

19 de abril de 2024: taller organizado por VOZIM, Instituto de Educación Innovadora

10 de mayo de 2024: charla motivacional y taller con Sandi Horvat, “Ser romaní, ser humano”

25.Próximas actividades:

16 de octubre de 2024: picnic con castañas

27 a 30 de octubre de 2024: taller de presentación de la Sociedad Al-Anon

8 de noviembre de 2024: taller de prevención de adicciones dirigido por Toni Kočevar de la Asociación Srečanje

26.Los horarios diarios, publicados en el tablón de anuncios, se adaptan en función de las necesidades del centro, la disponibilidad del personal y las condiciones meteorológicas.

Información sobre la situación educativa

27.El Centro Correccional de Radeče cuenta con varios programas de educación (formación profesional de secundaria superior, ciclo corto de secundaria superior profesional y ciclo de secundaria superior técnica, educación primaria, programas nacionales de cualificación profesional, alfabetización y educación funcional, cursos internos, etc.) y formación profesional. Cada menor participa en actividades de educación y de formación profesional, que constituyen los pilares básicos de su plan de desarrollo personal. Este plan se adapta a la formación académica, los intereses profesionales, las preferencias y la motivación de cada menor, y aprovecha todos los recursos disponibles tanto dentro como fuera del centro correccional. Las clases se imparten de acuerdo con el calendario escolar vigente y de conformidad con las asignaturas y los planes de estudio prescritos. La negativa a participar en actividades de enseñanza constituye un incumplimiento del programa educativo personal.

28.La formación profesional impartida se centra en el desarrollo de habilidades laborales prácticas. Las actividades de los talleres (carpintería, herrería, pintura y construcción, pintura de automóviles, trabajos de cocina, paisajismo u horticultura) no están estandarizadas ni han sido diseñadas pensando en la producción, sino en el desarrollo de habilidades. El objetivo es aprender y el horario de trabajo se adapta en función de dicho objetivo. Las sesiones duran 6 horas y 45 minutos con dos descansos de 15 minutos. El Instituto de Servicios Públicos Rinka asume esta labor. Cada joven puede obtener un certificado de cualificación profesional al salir del centro correccional. La finalidad de los talleres es transmitir habilidades prácticas que resultan cruciales para la reintegración en la sociedad y brindar a los menores un apoyo de aprendizaje de calidad mientras adquieren experiencia práctica. Los instructores laborales guían a los participantes, iniciándolos a los conceptos básicos de diversos oficios, enseñándoles prácticas laborales seguras y normas de seguridad, técnicas de procesamiento y procesos de fabricación. Este enfoque permite a los jóvenes participar gradualmente en un trabajo significativo, adquirir experiencia práctica y desarrollar habilidades que les puedan ser de utilidad en un futuro empleo. No se trata únicamente de impartir formación técnica, sino también de promover el crecimiento y el desarrollo personales.

Información sobre la Prisión de Menores y Adultos de Celje

29.En 2023, dos menores fueron ingresados en la Prisión de Menores y Adultos de Celje (en adelante, la Prisión de Celje), en un caso para cumplir una condena dictada por la justicia juvenil y en el otro para integrar el régimen de detención de menores. La prisión de Celje reconoce la especial vulnerabilidad de los menores, tanto condenados como detenidos. A raíz de la recomendación formulada sobre el problema del hacinamiento en las cárceles por el Ómbudsman, tras una visita temática realizada el 14 de mayo de 2024, y de su posterior carta, recibida por la Prisión de Celje el 29 de mayo, se nombró a un consejero educativo en una reunión de un grupo de expertos ese mismo día. Dicho consejero fue designado específicamente para tratar los problemas de los menores detenidos. Se reúne con ellos al menos una vez al mes y en cuanto se ponen de manifiesto problemas de conducta o de ubicación. Otros miembros del personal, como el psicólogo de la prisión, el trabajador social y el jefe de detención, también se reúnen periódicamente con los menores detenidos.

30.En un esfuerzo por mejorar la cooperación y las relaciones entre los detenidos y el personal, en julio de 2024 se añadieron a las tareas de la unidad de detención rondas matutinas semanales, en las que participan el jefe de la unidad de detención de la prisión y el trabajador social. Estas rondas tienen lugar todos los lunes y brindan la oportunidad a todos los detenidos de expresar sus preocupaciones, demandas y necesidades. Los detenidos menores de edad suelen alojarse en habitaciones individuales. Sin embargo, si se considera que es lo mejor para ellos, pueden ser colocados en una habitación compartida con detenidos adultos, previa autorización escrita del juez competente. En tales casos, solo se selecciona a reclusos que presenten un historial de buena conducta y teniendo muy en cuenta el tipo de delitos por los que hayan sido condenados. Un psicólogo brinda apoyo psicológico regular a los detenidos, prestando especial atención a los detenidos menores de edad.

31.Los detenidos menores de edad también pueden participar en diversas actividades de la prisión, como torneos deportivos, cursos, talleres, elaboración de carteles, terapia individual contra la adicción y tareas laborales.

32.Debido a las limitaciones de espacio de la prisión, los menores son instalados en la unidad juvenil junto a reclusos adultos seleccionados, que deben presentar perfiles personales estables y carecer de antecedentes de abuso de drogas. Reciben visitas periódicas del consejero educativo, el trabajador social y el coordinador educativo asignados. Dependiendo de sus necesidades y del enfoque de su plan personal, los menores condenados participan en diversas terapias especializadas:

Un programa terapéutico para autores de actos violentos (formación en habilidades sociales).

Un programa terapéutico para personas con problemas de abuso de alcohol o sustancias ilícitas: la asociación Projekt Človek (Proyecto Hombre) ofrece asesoramiento personal en prisión una vez por semana. Los menores condenados también son derivados a servicios externos de terapia en el Inštitut VIR (SOURCE, instituto de rehabilitación social, investigación y desarrollo), mientras disfrutan de privilegios extrapenitenciarios. En la prisión también se imparte terapia grupal para tratar la adicción a sustancias ilícitas cuando se reúne a suficientes candidatos aptos para constituir un grupo. Una vez al año, la prisión acoge también un taller de prevención organizado por la Asociación DrogArt, que informa a los condenados, especialmente a los jóvenes, sobre los peligros de las sustancias ilegales y de las nuevas sustancias psicoactivas.

Una terapia para delincuentes sexuales, a cargo del psicólogo de la prisión.

Una terapia para menores condenados con riesgo de suicidio, a cargo del psicólogo de la prisión.

33.Se alienta a los menores condenados a que prosigan su educación, ya sea completando la escuela primaria o cursando estudios superiores. Las clases se imparten dentro de la prisión, en cooperación con el proveedor externo (Centro de Educación de Adultos de Celje). El consejero educativo de la prisión brinda apoyo adicional cuando es necesario.

34.Los menores condenados pueden elegir entre tres programas de educación secundaria superior, así como entre diferentes cursos y programas de cualificación profesional nacional. Estas opciones les permiten adquirir competencias y certificados internacionalmente reconocidos, que les pueden ser de utilidad para conseguir un empleo una vez cumplida su condena. Se les ofrecen prácticas laborales para ayudarlos a desarrollar hábitos de trabajo y habilidades prácticas, pero la educación sigue siendo el principal objetivo y la prioridad. Por otro lado, se alienta a los menores detenidos y condenados a participar en una serie de actividades en prisión, por ejemplo, en el campo de la orientación espiritual, terapias ocupacionales (por ejemplo, cursos de mosaico, talleres del Día Mundial, elaboración de carteles y producción de folletos), noche del libro, cursos de floristería, torneos deportivos (fútbol y baloncesto 3x3) y un curso de esloveno para extranjeros.

Información sobre la Prisión de Ljubljana

35.La prisión de Ljubljana contaba en 2023 con cuatro reclusos menores de edad. Como tales, estos recibían apoyo adicional en materia de alojamiento y atención psicosocial regular. Al igual que en la prisión de Celje, los reclusos menores de edad conviven con adultos para evitar el aislamiento. Se les presta una atención especial para lograr que participen en diversas actividades de la prisión. Se organizan a tal efecto reuniones personalizadas una vez por semana y se les ofrece la posibilidad de seguir una terapia individual contra las adicciones. También reciben una merienda adicional y disfrutan de una hora más de ejercicio al aire libre todos los días. Tienen acceso a la terapia individual contra las adicciones dentro de la prisión y pueden colaborar con diversas organizaciones no gubernamentales (ONG), si así lo desean.

36.En conclusión, y también a la luz de la respuesta al párrafo 19 de las observaciones finales, cabe señalar que con la entrada en vigor de la Ley de Enmienda de la Ley de Ejecución de Sentencias Penales (ZIKS-1I; Boletín Oficial de la República de Eslovenia (Uradni list RS), núm. 83/2024 de 27 de septiembre de 2024), se ha suprimido y prohibido por ley la posibilidad de imponer sanciones disciplinarias de aislamiento como castigo de las infracciones disciplinarias cometidas por menores (enmienda al artículo 118 de la Ley de Ejecución de Sentencias Penales). También ha quedado prohibida la posibilidad de imponer como sanción disciplinaria el traslado a una sala especial en los momentos de “tiempo libre”, que se aplicaba anteriormente por periodos de hasta siete días, y de traslado a una sala especial sin derecho a trabajar por periodos de hasta tres días (enmienda al artículo 191 de la Ley de Ejecución de Sentencias Penales).

B.Información de seguimiento relativa al párrafo 29de las observaciones finales

37.En lo que respecta a la protección internacional, la Ley de Protección Internacional (Boletín Oficial de la República de Eslovenia [Uradni list RS], núms. 16/17 – versión oficial consolidada, 54/21 y 42/23 – ZZSDT-D) garantiza los derechos y la protección de los niños de conformidad con las normas del derecho internacional. En particular, la Ley de Protección Internacional consagra el interés superior del niño como consideración primordial del tratamiento de los menores. Debe garantizarse a los menores un nivel de vida adecuado a su desarrollo psicológico, mental, espiritual, ético y social. Al evaluar el interés superior del niño, se tienen en cuenta, en particular, los siguientes factores: el bienestar y el desarrollo social del menor, en particular su entorno de procedencia; las consideraciones de seguridad, especialmente si corre riesgo de ser víctima de la trata; y sus opiniones, en función de su edad y grado de madurez. Los menores tienen acceso a actividades de ocio. Quienes hayan sido identificados como víctimas de abusos de cualquier tipo —abandono, explotación, tortura, crueldad, tratos inhumanos o degradantes— o hayan sufrido un conflicto armado, deben tener acceso a programas de rehabilitación y, cuando sea necesario, a tratamiento psicológico adecuado y asesoramiento cualificado. Los menores no acompañados (incluidos los niños separados de sus familias) reciben protección adicional. En los procedimientos que involucren a un solicitante menor no acompañado, debe establecerse su identidad e iniciarse lo antes posible el procedimiento de localización de sus padres u otros familiares. Por otro lado, se les asigna previamente un representante legal para que lo represente en el marco del procedimiento de concesión de protección internacional, en los ámbitos de la salud, la educación y la protección de los derechos y beneficios patrimoniales, así como en relación con el ejercicio de los derechos de acogida.

38.La Ley de Protección Internacional (ZMZ-1) incluye disposiciones relativas a la adaptación de los procedimientos de protección internacional y de acogida de manera individualizada para las personas vulnerables con necesidades especiales, incluidos los niños y las familias monoparentales.

39.En lo que respecta a la detención en el procedimiento de protección internacional, la Ley de Protección Internacional (ZMZ-1) prohíbe la detención de menores que soliciten protección internacional.

40.En 2024, Eslovenia adoptó un nuevo enfoque sistemático de la acogida de menores no acompañados nacionales de terceros países o apátridas, con independencia de su situación legal. De conformidad con el Decreto sobre la provisión de alojamiento, atención y tratamiento adecuados a menores no acompañados (Boletín Oficial de la República de Eslovenia [Uradni list RS], núm. 106/23 y 8/24), estos menores reciben atención y son inicialmente ubicados en centros de recepción temporal especialmente designados, en tanto que se les procura alojamiento de largo plazo en unidades específicas o en departamentos para jóvenes. Se elabora un plan personalizado para cada menor no acompañado, que incluye una evaluación de sus intereses, vulnerabilidades, necesidades especiales y riesgos, para fijar objetivos y servir de guía a su tratamiento. En las dos primeras unidades de acogida, se presta asistencia a los menores no acompañados las 24 horas del día.

41.Los menores no acompañados fueron trasladados a un nuevo emplazamiento a partir del 3 de junio de 2024 en virtud del Decreto sobre la provisión de alojamiento, atención y tratamiento adecuados a menores no acompañados. Este proceso se coordina con los empleados de los centros de trabajo social responsables de los menores no acompañados en virtud de un protocolo de cooperación concertado entre la policía y dichos centros de trabajo social. Se están redactando las enmiendas que modificarán el protocolo en el futuro con vistas a ajustar la asistencia prestada a los menores no acompañados a la Ley de Extranjería y la Ley de Protección Internacional.

42.Por otro lado, se están desarrollando nuevas directrices, protocolos y normas con vistas a orientar los procedimientos operativos de identificación, apoyo, cuidado y protección de los niños, incluidos indicadores de vulnerabilidad que dan cuenta parcialmente de las necesidades de las posibles víctimas de la trata.

C.Información de seguimiento relativa al párrafo 37 a)de las observaciones finales

Resolución sobre el Programa Nacional de Prevención de la Violencia Domésticay la Violencia contra la Mujer 2024-2029

43.Eslovenia considera muy importante la lucha contra la violencia doméstica y la violencia contra la mujer.

44.En abril de 2024, se adoptó la Resolución sobre el Programa Nacional para la Prevención de la Violencia Doméstica y la Violencia contra la Mujer 2024-2029 (en adelante: la Resolución). Por primera vez, esta resolución aborda tanto la violencia doméstica como la violencia contra la mujer en un marco unificado. Su principal objetivo es reforzar las áreas en las que se han detectado deficiencias y resultados insatisfactorios. La resolución fue redactada por un amplio grupo de trabajo interministerial, que incluía a todos los ministerios pertinentes, representantes del poder judicial, fiscalías, ONG y centros de apoyo a las mujeres, así como a otros expertos pertinentes.

45.Los principales cambios y objetivos son:

Fortalecer y mejorar la calidad de los programas de lucha contra la violencia doméstica y la violencia contra las mujeres

Mejorar el tratamiento, la condición y la protección de las víctimas de dicha violencia

Perfeccionar las competencias del personal dedicado a la cuestión de la violencia doméstica y la violencia contra las mujeres

Intensificar la labor de sensibilización de la sociedad e impulsar una actitud de tolerancia cero con la violencia doméstica y la violencia contra las mujeres

Mejorar la legislación sobre la prevención de la violencia doméstica y la violencia contra las mujeres

Mejorar los mecanismos de seguimiento de la violencia doméstica y la violencia contra las mujeres

Mejorar la organización sobre el terreno, la participación de las partes interesadas y la sostenibilidad del sistema

46.La Resolución destaca las siguientes medidas:

Elevar el nivel de profesionalismo en el trato de las víctimas de violencia doméstica y violencia contra la mujer a todos los niveles y en todas las instituciones (centros de trabajo social, policía, sistema de justicia, atención sanitaria, programas de asistencia social, etc.). Se trata, entre otras cosas, de que la asistencia a las víctimas corra a cargo de profesionales formados en sus respectivas especialidades, que observen las directrices sobre la violencia doméstica y la violencia contra la mujer.

Mejorar las prácticas de tratamiento integral para víctimas adultas de violencia sexual, abuso sexual y matrimonio forzado.

Mejorar la respuesta de los equipos de primera intervención ante casos graves de violencia doméstica (a partir de las conclusiones del proyecto IMPRODOVA).

Llevar a cabo un análisis comparativo, a escala internacional, del sistema de indemnización y de los importes de las indemnizaciones concedidas a las víctimas de delitos de violencia doméstica. Adoptar las medidas adecuadas, conforme a las necesidades y en función las conclusiones del análisis.

Mejorar el acceso a la asistencia jurídica gratuita y dar a conocer la existencia de este servicio entre las víctimas de violencia doméstica y de violencia contra las mujeres.

Poner en marcha el primer servicio de asesoramiento jurídico gratuito para las víctimas de la violencia doméstica y de la violencia contra la mujer.

Apoyar a las víctimas de la violencia doméstica (que hayan sido objeto de una evaluación de riesgos) para ayudarlas a acceder a la asistencia jurídica gratuita (cumplimentar la solicitud de asistencia jurídica gratuita y presentarla en la oficina de asistencia jurídica) a través de los centros de trabajo social.

Estudiar la conveniencia de modificar el artículo 27 de la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica para ampliar el alcance de la asistencia jurídica gratuita y asegurarse de que cubra todos los procedimientos que el centro de trabajo social estime necesarios y no únicamente los previstos en la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica y la Ley de Relaciones Familiares (entre dichos procedimientos figuran los procesos penales, la división de bienes gananciales, otros litigios relacionados con la propiedad, los procedimientos de indemnización y los procedimientos de ejecución).

47.Ya se ha creado un grupo de trabajo interministerial encargado de desarrollar planes de acción y se ha empezado a trabajar en el Plan de Acción 2024-2025.

Información sobre la labor policial en la lucha contra la violencia domésticay la supervisión de dicha labor

48.De acuerdo con la legislación vigente, la policía está obligada a responder a todas las denuncias de violencia doméstica o de violencia en general. En los casos de violencia doméstica, la primera prioridad de la policía es la protección de la víctima, seguida de la recopilación de información y pruebas sobre el delito, incluidos los datos sobre la víctima y el sospechoso, con el fin de garantizar la seguridad de la víctima a largo plazo.

49.Los agentes de policía determinan inicialmente los elementos de un delito recopilando información de conformidad con la Ley de Procesamiento Penal (Boletín Oficial de la República de Eslovenia [Uradni list RS], núm. 176/21 – versión oficial refundida, 96/22 – Decisión del Tribunal Constitucional, 2/23 – Decisión del Tribunal Constitucional, 89/23 – Decisión del Tribunal Constitucional y 53/24). Los incidentes aislados que no cumplan las características legales de un delito penal se clasificarán como delitos menores, a condición de que cumplan los requisitos pertinentes.

50.Si concurren las condiciones legales prescritas por la Ley de Procedimiento Penal para detener a un sospechoso, los agentes de policía lo llevan ante un juez de instrucción, de conformidad con las instrucciones que reciban del fiscal del Estado. También se impone esa medida si se cumplen las condiciones requeridas para dictar una orden de alejamiento en virtud de la Ley de Tareas y Atribuciones de la Policía (Boletín Oficial de la República de Eslovenia [Uradni list RS], núm. 15/13, 23/15 – corrección, 10/17, 46/19 – Decisión del Tribunal Constitucional, 47/19 y 153/21 – Decisión del Tribunal Constitucional).

51.Los agentes de policía reciben periódicamente cursos de capacitación sobre la investigación de casos de violencia doméstica. Se aplica un sistema multiplicador, en el cual los agentes de policía experimentados adquieren conocimientos avanzados, que transmiten o utilizan para formar a otros agentes. Los policías e investigadores de delitos penales reciben cursos anuales de capacitación, en los que la respuesta inicial recibe una atención especial. Se invita a representantes de las fiscalías, los tribunales, los centros de trabajo social, las escuelas, los servicios de salud, las ONG y los departamentos de investigación a participar en estos cursos anuales de capacitación. Reciben particular atención las consultas que mantienen los expertos de la policía, los centros de trabajo social, las fiscalías y los tribunales.

52.La policía reconoce la dificultad y la complejidad de la tarea de investigar casos de violencia doméstica, ya que requiere un conocimiento pormenorizado de la dinámica de la violencia y de la situación de la víctima. Las fuerzas policiales están muy atentas al tratamiento de los casos de violencia y a la protección de las víctimas. Los procedimientos se revisan periódicamente y, cuando es necesario, se imparten instrucciones y orientaciones adicionales para mejorar la eficacia de la respuesta.

53.La policía también hace especial hincapié en la prevención y la sensibilización pública para promover la responsabilidad social, concienciar a las víctimas y alentar la denuncia inmediata de los actos de violencia. Se trabaja asimismo para concienciar a los testigos de actos de violencia y alentarlos a denunciar los hechos en nombre de las víctimas que no puedan o no quieran hacerlo por sí mismas. Con este fin, la policía lleva a cabo una constante labor de concienciación de la población centrada en la importancia de denunciar los indicios de violencia y reaccionar de manera adecuada. Consciente de la necesidad de coordinar esfuerzos para luchar eficazmente contra la violencia doméstica, la policía trabaja en estrecha colaboración con otras autoridades y organizaciones.

54.La División de Denuncias contra la Policía de la Dirección de Policía y Seguridad del Ministerio del Interior tramita de forma independiente, imparcial y profesional las denuncias presentadas contra la labor de los agentes de policía, en particular las denuncias relativas a actos u omisiones de los agentes en el desempeño de sus funciones policiales que hayan vulnerado los derechos humanos o las libertades fundamentales de las personas afectadas. Estas denuncias ofrecen una importante herramienta para supervisar la conducta de la policía, especialmente cuando los actos u omisiones de un agente de policía en el ejercicio de sus funciones pueden constituir una violación de los derechos humanos o las libertades fundamentales. Por esa razón, este tipo de denuncias están reguladas por la Ley de Tareas y Atribuciones de la Policía.

55.La posibilidad de presentar denuncias contra la labor de los agentes de policía y su gestión contribuye a mejorar la labor profesional y legal de las fuerzas policiales, así como a reforzar la confianza de la población en su labor. En el procedimiento de denuncia se determinan las circunstancias de la presunta conducta indebida en el marco del procedimiento policial y el desempeño de funciones policiales.

56.De este modo se garantiza una supervisión profesional, transparente y de alta calidad de la labor policial y se consolidan la autonomía operativa y la integridad de la policía.

57.La División de Denuncias contra la Policía, adscrita a la Dirección de Policía y Seguridad del Ministerio del Interior, ha elaborado un folleto titulado “Denuncias relativas a la labor de los agentes de policía”, que ha sido traducido al italiano y al húngaro para facilitar su lectura por las comunidades nacionales italiana y húngara.

58.Con el fin de concienciar e informar a los ciudadanos sobre el procedimiento de denuncia y la posibilidad de presentar denuncias contra agentes de policía, se han distribuido copias impresas del folleto a las unidades policiales en las que más asiduamente entran en contacto las víctimas y los agentes de policía.

59.Los folletos también están publicados en el sitio web del Ministerio del Interior: https://www.gov.si/drzavni-organi/ministrstva/ministrstvo-za-notranje-zadeve/o-ministrstvu/direktorat-za-policijo-in-druge-varnostne-naloge/sektor-za-pritozbe-zoper-policijo/.

60.En 2024, la Dirección de Policía y Seguridad del Ministerio del Interior impartió de forma continua cursos de formación y educación sobre la tramitación de denuncias contra la policía, con el objetivo de mejorar la tramitación del procedimiento de denuncia y la supervisión de las actividades policiales por parte del Ministerio del Interior. Esta formación está dirigida al personal policial pertinente, incluidos los jefes, los subjefes autorizados, los relatores y los representantes de los directores generales de policía. Las sesiones de formación actualmente en curso finalizarán en noviembre de 2024, pero la formación seguirá impartiéndose en 2025.

Información sobre el tratamiento de víctimas de delitos

61.Eslovenia señala los importantes avances logrados en los últimos años con el fin de mejorar la situación de las víctimas de delitos, incluidas las víctimas de violencia de género y doméstica. Estos avances han traído consigo cambios legislativos y ajustes en las prácticas laborales, así como una revisión del desempeño real de las instituciones existentes.

62.La enmienda a la Ley de Procedimiento Penal ha permitido regular sistemáticamente la situación de las víctimas de delitos, prestando especial atención a los grupos vulnerables. Su principal objetivo era aplicar la Directiva sobre los derechos de las víctimas y, en parte, cumplir las estrictas normas establecidas por el Tribunal Constitucional de la República de Eslovenia (en adelante, el Tribunal Constitucional) sobre los derechos procesales de las víctimas, así como mejorar las relaciones entabladas con las víctimas de delitos. A continuación, se resumen los principales cambios introducidos, centrados en evitar la victimización secundaria y repetida, y en mejorar la posición de las víctimas en los procesos penales:

La Ley de Procedimiento Penal establece explícitamente que las víctimas de delitos deben ser tratadas con especial cuidado y la debida consideración, cuando sea preciso, en función de factores de vulnerabilidad, como la edad, el estado de salud, la discapacidad u otras circunstancias similares.

El derecho a estar acompañado por una persona de confianza durante los procedimientos, anteriormente limitado a los menores, se ha extendido a todas las víctimas.

Las autoridades competentes deben velar por que se evite el contacto de la víctima con el autor, a menos de que sea estrictamente necesario para el buen desarrollo del procedimiento:

Este principio se aplica mutatis mutandis a los expertos que realizan la entrevista con la víctima en el ejercicio de sus funciones periciales.

En su primer contacto con la policía, las víctimas son informadas de todos sus derechos.

Si la víctima así lo solicita, se le informa del estado de los procedimientos (pre)penales, de las sentencias firmes y de cualquier puesta en libertad o fuga de sospechosos o acusados en prisión preventiva o régimen de detención.

La víctima que presente una denuncia penal recibirá un justificante de recepción de la denuncia.

Se ha ampliado de 8 a 30 días el plazo otorgado a la víctima para decidir sobre un procesamiento subsidiario (retomar un procesamiento desestimado por el fiscal), y la víctima es informada de la posibilidad de incoar o reanudar un procesamiento subsidiario:

También se ha ampliado de tres a seis meses el plazo para que la víctima presente una petición de enjuiciamiento (en aquellos casos en los que el delito se enjuicia de oficio, pero se sigue requiriendo la petición de la víctima).

Una víctima que presente una denuncia penal por un delito castigado con más de ocho años de prisión debe ser informada con antelación de los motivos de cualquier desestimación de su denuncia y tener la oportunidad de formular observaciones al respecto.

En el caso de los procedimientos de conciliación y de suspensión del proceso (resoluciones alternativas en los procedimientos previos al juicio), el fiscal del Estado tiene la obligación de informar debidamente a la víctima del objeto y las consecuencias del procedimiento y de sus derechos.

La normativa establece que el perito interrogue a la víctima únicamente cuando sea necesario y con la mínima incidencia en la integridad física y mental de la víctima.

Dos tribunales de primera instancia (el Tribunal de Distrito de Ljubljana y el Tribunal de Distrito de Maribor) han creado servicios de apoyo para ofrecer asesoramiento práctico a las víctimas de delitos y proponer al juez diversas medidas de protección (por ejemplo, citar por separado a la víctima y el autor o interrogar a la víctima por videoconferencia).

La evaluación personalizada de las amenazas se ha convertido en una práctica habitual. Normalmente, lleva a cabo esta evaluación, que puede complementar el fiscal (las enmiendas a la Ley de Procedimiento Penal también contemplan la posibilidad de una aportación complementaria del Servicio de Apoyo a las Víctimas, si está disponible en el correspondiente tribunal de distrito). En el marco de esta evaluación se pondera:

El grado de exposición de la víctima a la victimización secundaria y repetida, así como a actos de intimidación o represalia.

Sobre la base de esta evaluación, se toman decisiones relativas a la pertinencia y el alcance de las siguientes medidas de protección:

Grabación audiovisual (obligatoria cuando se escucha a testigos menores de 15 años que sean víctimas de delitos contra la integridad sexual, etc.).

Audiencia de la víctima con la asistencia de un experto o en salas especialmente adaptadas.

Protección del testigo (anonimato, etc.).

Uso de videoconferencia.

Exclusión del público de la audiencia principal.

En 2023, se perfeccionó y optimizó la herramienta de evaluación de amenazas (cuestionario) a partir de la experiencia práctica.

Se ha establecido una base legal para celebrar las audiencias en locales especialmente adaptados: salas seguras (de uso obligatorio, normalmente, cuando declaran menores de 15 años víctimas de delitos contra la integridad sexual, etc.):

Esta disposición también se aplica a las entrevistas que realiza el perito con la víctima.

Por regla general, la tarea de entrevistar a la víctima ante la policía y la Fiscalía del Estado recae en la misma persona, o en una persona del mismo sexo, dependiendo de la naturaleza del delito penal.

La edad mínima requerida para excluir al público de la declaración de un testigo se ha elevado de 14 a 18 años.

Se ha establecido la presunción de minoría de edad si la edad de la víctima resulta incierta y existen motivos para creer pueda ser menor de edad.

63.La enmienda a la Ley de Procedimiento Penal introdujo la posibilidad de ocultar la dirección de la víctima en el expediente del caso o en la audiencia (es decir, ocultar esta información a la persona acusada).

64.Se ha elaborado un folleto, en colaboración con varias ONG, en el que se detallan todos los derechos que la legislación vigente reconoce a las víctimas de delitos. La publicación está disponible en varios idiomas y se puede consultar en línea.

65.Cabe señalar que el Tribunal Constitucional ha reconocido a las víctimas de delitos el derecho a presentar recursos de amparo constitucional (es decir, el derecho a interponer recursos judiciales ante violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales). También les ha garantizado el derecho a apelar contra las sentencias, lo que refuerza su posición en el sistema jurídico. Según el Tribunal Constitucional, una sentencia penal no solo supone una decisión en relación con la acusación penal, sino que también atañe a los intereses de la víctima, incluidas las reclamaciones patrimoniales derivadas del delito cometido y el interés de la víctima en garantizar el debido respeto a su dignidad personal como víctima de un delito a lo largo de todo el proceso penal. Como consecuencia de ello, se ha enmendado la Ley de Procedimiento Penal.

66.También cabe señalar que un estudio científico independiente elaborado por el Instituto de Criminología ha concluido que las órdenes de alejamiento dictadas para mantener a los agresores a distancia de las víctimas son una medida eficaz en la legislación y la práctica eslovenas.

Información sobre el enjuiciamiento de los autores de delitos penalesde violencia doméstica

67.En lo que respecta al enjuiciamiento de delitos de violencia doméstica u otros delitos que son cometidos en el seno de la familia o de la pareja con un elemento de violencia, es esencial señalar que la Fiscalía del Estado se enfrenta con frecuencia a situaciones determinadas por la naturaleza de la relación entre el autor y la víctima. En la mayoría de los casos, el testimonio de la víctima constituye un medio de prueba importante. En razón de sus circunstancias personales, estas víctimas gozan del estatuto de testigos protegidos (artículo 236 de la Ley de Procesamiento Penal), lo que significa que no están obligadas a testificar en procedimientos penales. Las víctimas tienen derecho a decidir libremente, en función de su relación, si testifican contra el autor en el procedimiento, sin necesidad de justificar su decisión ante el tribunal. Si bien esta decisión recae únicamente en la víctima y escapa al control del fiscal, la voluntad de la víctima de participar es un factor decisivo para la eficacia y el éxito del enjuiciamiento. En los casos en que no hay pruebas materiales adicionales, no pueden establecerse motivos razonables de sospecha. En consecuencia, a pesar de las actividades ya emprendidas por las autoridades fiscales, el caso puede zanjarse con la retirada de los cargos o con una absolución, dependiendo de la fase del proceso penal.

68.En relación con los esfuerzos adicionales por alentar y apoyar a las víctimas a presentar denuncias, cabe señalar que cuando un caso es enjuiciado de oficio, el mismo fiscal ya tiene en cuenta el interés por encauzar un proceso satisfactorio, incluida la posición de la víctima, con vistas a obtener una pena adecuada para el autor del delito. Las víctimas pueden impugnar explícitamente una sentencia de desestimación o una sentencia condenatoria aduciendo cualquiera de los motivos previstos para presentar recursos de apelación. En el procedimiento de denuncia, las víctimas también pueden apelar contra la condena en la medida en que el tribunal haya tomado una decisión sobre su reclamación económica y los costos de los procedimientos. Sin embargo, si la fiscalía ha asumido el papel de la víctima en cuanto acusación, la víctima puede aducir cualesquiera de los motivos disponibles para impugnar la sentencia (párrafo 4 del artículo 376 de la Ley de Procesamiento Penal). Así pues, el marco normativo aplicable otorga a las víctimas una sólida legitimidad a la hora de defender sus intereses en el marco del procedimiento de denuncia. Si bien la Ley de Procesamiento Penal no exige la designación de un representante de la víctima (salvo en el caso de menores de edad víctimas de determinados delitos penales) con vistas al ejercicio de sus derechos en el marco de los procedimientos, la víctima tiene derecho a asistencia jurídica gratuita para recibir asesoramiento jurídico y ser representada durante los procedimientos, tal como se establece en la Ley de Asistencia Jurídica.

69.La Fiscalía del Estado también se propone impartir formación periódica sobre la violencia de género y la violencia doméstica, así como analizar las características y los retos que plantean estas cuestiones en los eventos de formación anuales para fiscales y asesores judiciales superiores. Durante las jornadas de formación de fiscales, celebradas en noviembre de 2023, se organizaron, por ejemplo, conferencias sobre la violencia contra las mujeres y los factores psicológicos que contribuyen a mantener a las víctimas dentro de relaciones abusivas. Por otra parte, la Fiscalía General del Estado ha creado un Grupo de Trabajo sobre delitos sexuales y trata de personas, compuesto por fiscales y asesores judiciales superiores de todas las fiscalías provinciales. El grupo aborda periódicamente cuestiones de actualidad, jurisprudencia y prácticas de enjuiciamiento relacionadas con estos delitos.

Información sobre la posibilidad de reclamar daños y perjuicios

70.Las víctimas de delitos violentos que hayan sufrido daños como consecuencia de estos últimos y no puedan obtener indemnización de los infractores tienen derecho a percibir una indemnización del Estado. Se priorizan, en particular, las reclamaciones de indemnización de los menores de edad, las víctimas de violencia doméstica y las personas con discapacidad, así como de las víctimas de infractores no identificados o no susceptibles de ser enjuiciados. En determinadas circunstancias, también pueden reclamar indemnizaciones los familiares de víctimas que hayan perdido la vida como consecuencia de la comisión de un delito. Con la entrada en vigor de la Ley de Enmienda de la Ley de Indemnización a las Víctimas de Delitos, el 27 de julio de 2023, quedó sin efecto el artículo 5 de la ley anterior. Quedaba así suprimida la condición formal en virtud de la cual solo podían optar a indemnización las víctimas de delitos que fueran nacionales de la República de Eslovenia o de otro Estado miembro de la UE. Esta enmienda amplía el derecho a indemnización, que ya no depende de la nacionalidad de la víctima.

D.Información de seguimiento relacionada con el párrafo 39 d)de las observaciones finales

71.Hay cuatro hospitales psiquiátricos en Eslovenia, además del Departamento de Psiquiatría, con su Unidad de Psiquiatría Forense en el Centro Médico Universitario de Maribor, y la Clínica Psiquiátrica Universitaria de Ljubljana. Por lo general, los equipos de atención médica de estas instituciones están formados por psiquiatras, enfermeros y profesionales sanitarios colegiados y asistentes, terapeutas ocupacionales cualificados, psicólogos clínicos y trabajadores sociales. Los pacientes que reciben tratamiento de salud mental en estas instalaciones tienen acceso a actividades al aire libre, terapia ocupacional, actividades sociales y programas de rehabilitación. Así, por ejemplo, todos los pacientes que reciben los tratamientos psiquiátricos más restrictivos en la Unidad de Psiquiatría Forense pueden hacer ejercicio físico al aire libre durante una hora al día y, con la aprobación del médico, utilizar el gimnasio una hora dos veces por semana. También participan en sesiones regulares de terapia ocupacional y otras actividades terapéuticas. El objetivo de estas actividades es la rehabilitación psicosocial, que favorece la reintegración del paciente en su entorno familiar tras el alta hospitalaria.

72.Antes de dar de alta a un paciente en un hospital psiquiátrico, se elabora un plan de tratamiento psiquiátrico comunitario personalizado para cada paciente que requiera apoyo.

73.El tratamiento psiquiátrico comunitario recae en equipos de hospitales psiquiátricos.

74.De acuerdo con la Resolución sobre el Programa Nacional de Salud Mental para el periodo 2018-2028, en 2019 se pudieron en funcionamiento centros de salud mental para adultos con equipos móviles en el marco de la atención primaria, que han brindado tratamiento a personas con problemas de salud mental en su entorno familiar.

75.Eslovenia ha aceptado la recomendación 39 d) del Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas y está aplicando activamente medidas para mejorar el acceso al aire libre, los programas de rehabilitación, las actividades sociales y otras actividades importantes de los hospitales psiquiátricos.

76.El objetivo es reducir al mínimo la duración de la hospitalización y devolver sin demora a las personas con problemas de salud mental a su entorno familiar. El principal obstáculo para aplicar estas mejoras es la falta de personal debidamente cualificado. Tanto los hospitales psiquiátricos como los centros de salud mental se enfrentan a problemas de escasez de personal. En vista de ello, Eslovenia ya ha empezado a aplicar diversas medidas, como formar a más especialistas de las profesiones sanitarias más demandadas, como psicólogos clínicos, logopedas clínicos y terapeutas ocupacionales.

E.Información de seguimiento relativa al párrafo 47de las observaciones finales

77.Eslovenia también informa sobre su aplicación del párrafo 47, señalando que las observaciones finales fueron traducidas al esloveno y publicadas en el portal Web del Gobierno. Las observaciones finales fueron presentadas al Gobierno de la República de Eslovenia, que emitió un comunicado de prensa al término de su reunión. Por otra parte, las observaciones finales fueron presentadas directamente al Ómbudsman y a las dos ONG que habían participado en la redacción del informe paralelo. Se informó al Centro de Servicios de Información, Cooperación y Desarrollo de las ONG, red coordinadora de las ONG eslovenas, y se publicó un enlace que remite a las observaciones finales en su sitio web.

78.La República de Eslovenia responderá a las demás recomendaciones de las observaciones finales en su próximo informe periódico relativo a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.