NACIONES UNIDAS

E

Consejo Económico y Social

Distr.

GENERAL

E/C.12/2008/SR.29

18 de enero de 2010

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

41 º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 29 ª SESIÓN

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,el martes 4 de noviembre de 2008, a las 10.00 horas.

Presidente: Sr. TEXIER

SUMARIO

Examen de los informes

a) Informes presentados por los Estados partes de conformidad con los artículos 16 y 17 del Pacto

Segundo, tercer o y cuarto informe s periódico s de Nicaragua

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento, a la Dependencia de Edición, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un único documento que se publicará poco después del período de sesiones.GE.08-44916 (EXT)Se declara abierta la sesión a las 10.10 horas.

EXAMEN DE LOS INFORMES

a ) INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO

SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO INFORMES PERIÓDICOS DE NICARAGUA (E/C.12/NIC/4; E/C.12/NIC/Q/4 y Add.1; HRI/CORE/NIC/2008)

Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de Nicaragua toman asiento a la mesa del Comité.

El Sr . ROBELO RAFFONE (Nicaragua), al presentar el segundo, tercero y cuarto informes periódicos combinados de Nicaragua (E/C.12/NIC/4), subraya el firme compromiso de su Gobierno con la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos los nicaragüenses, a la luz de sus obligaciones contraídas en los diferentes instrumentos internacionales de derechos humanos. Se ha creado la Unidad de Seguimiento a los Convenios Internacionales, dentro del Ministerio de Relaciones Exteriores, a fin de preparar los informes para los diferentes órganos de vigilancia de los tratados, así como un Comité Interinstitucional de Derechos Humanos conformado por instituciones públicas y por la sociedad civil. Mediante esos organismos, el Gobierno pretende dar un seguimiento permanente a las obligaciones contraídas en cada uno de los convenios internacionales y las recomendaciones que surjan de los respectivos comités.

El Gobierno tiene como propósito superar la pobreza y transformar a Nicaragua mediante la construcción de un modelo de desarrollo más justo y una estructura del poder más democrática. La profundidad de la pobreza extrema y la seriedad de la desnutrición crónica implican que la lucha contra la pobreza no se puede lograr dentro del modelo de desarrollo global actual en el que la mayor parte de los recursos del planeta se destina a una minoría de la población. La lucha contra la pobreza es uno de los pilares fundamentales de la política nacional, lo cual se refleja en programas como el de Hambre Cero, y actualmente se están celebrando consultas con distintos sectores sociales sobre el Plan de desarrollo humano 2008-2012.

En sus observaciones finales sobre el informe inicial de Nicaragua, aprobadas en 1993 (E/C.12/1993/14), el Comité expresó su preocupación por cuestiones relativas a la regularización de la tenencia de la tierra y los problemas de vivienda, en particular el incumplimiento de las Leyes 85 y 86 sobre propiedad y derecho a la vivienda. Desde entonces, el marco legal en materia de propiedad se ha ampliado con la aprobación de la Ley núm. 278 de 1997, como se describe en la sección del informe periódico dedicada a la reforma agraria. Organismos como el Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales (INETER) trabajan en colaboración para dar solución a los problemas de propiedad. Se han adoptado medidas para acelerar el proceso de examen de casos en el marco de las Leyes núms. 85 y 86, y la Intendencia de la Propiedad, órgano desconcentrado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, tiene la misión de tramitar y resolver las solicitudes de titulación urbana y rural de bienes del Estado. Con el espíritu de resolver las demandas sociales de la población, elevar los niveles de producción del sector rural y reducir la extrema pobreza, la Intendencia de la Propiedad, acorde con las nuevas políticas del Gobierno, está en proceso de redefinir estrategias institucionales en orden a abordar las necesidades de todos los demandantes, sobre todo del sector más vulnerable, que no han visto cubiertas sus necesidades a lo largo de los últimos 16 años de gobiernos neoliberales. Así, para el año 2008 se asignarán 30.812 lotes de terreno y se garantizarán plenamente los derechos de los nuevos propietarios. Destaca las medidas que se están adoptando, en particular la asignación de tierra a los pueblos indígenas. La Intendencia de la Propiedad ha conseguido dinamizar los procesos de regulación, y es de esperar que con un régimen más estable se puedan evitar ahora muchos problemas relativos a la propiedad, como la delimitación y otras controversias. En los últimos 20 meses se han entregado 20.000 títulos a los propietarios de terrenos y casas, con lo cual la Intendencia de la Propiedad ha adoptado e implementado las medidas necesarias para garantizar la seguridad de la propiedad. Se está impulsando una política de vivienda que contempla la aplicación de subsidios a las poblaciones de bajos ingresos para la construcción de sus viviendas y el acceso a créditos con bajas tasas de interés para poblaciones con ingresos medios. Mediante una serie de medidas se está garantizando el acceso a una vivienda adecuada; por ejemplo, un total de 9.337 familias con ingresos menores a 500 dólares EE.UU. se están beneficiando del Programa multifase de vivienda para poblaciones de bajos ingresos.

Recordando las preocupaciones expresadas por el Comité relativas a las consecuencias negativas de las medidas de ajuste estructural y la privatización de los bienes estatales sobre el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales de la población nicaragüense, y más concretamente el hecho de que las cifras oficiales indican un deterioro alarmante del nivel de vida y que el 70% de la población de Nicaragua vive por debajo del umbral de la pobreza, dice que, desafortunadamente, en algunos aspectos como la reducción de la pobreza, los avances no han sido muy alentadores. Las cifras que figuran en los párrafos 24 y 27 del informe periódico demuestran el fracaso del Plan nacional de desarrollo emprendido por los gobiernos anteriores neoliberales. El Gobierno actual se vio obligado a efectuar cambios sustantivos desde que asumió la administración del Estado en febrero de 2007, y el primer borrador del Plan nacional de desarrollo humano se publicó en abril de 2008. Ese Plan tiene por objeto rescatar los derechos económicos, sociales y culturales del pueblo de Nicaragua, superar la exclusión y liberar el potencial de desarrollo humano de los excluidos, eliminando en último término la pobreza y el hambre extremas. Destaca los valores básicos de ese nuevo modelo, como la solidaridad y la redistribución y sus principios fundamentales, como la seguridad y soberanía alimentaria, un mercado y un comercio justos y la protección del medio ambiente. En el marco del Plan, la seguridad y soberanía alimentaria se garantizará gracias a una serie de programas mediante el incremento de la producción y los bienes de importación, la creación de fuentes de empleo y la garantía de fuentes de financiación y precios justos. A pesar de que oficialmente ese plan se encuentra en fase de consultas, los programas ya están siendo ejecutados, tal como la merienda escolar.

Durante el período objeto de examen, el Estado parte ha realizado una serie de transformaciones legislativas e institucionales a fin de conseguir una verdadera democracia para todos los nicaragüenses. Los principios fundamentales de la Constitución, que proporcionan el marco legal general del sistema jurídico, coinciden con los principios establecidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos. La Constitución reconoce además de manera expresa el rango legal que se otorga al Pacto.

Con respecto a los derechos de la mujer, la Constitución, el Código del Trabajo y otras leyes garantizan el derecho a la igualdad absoluta entre el hombre y la mujer; por ejemplo, el Código del Trabajo establece expresamente las condiciones mínimas de los derechos de la mujer trabajadora. En los últimos años se han efectuado algunos avances, con la aprobación de varias leyes para reformar el Código Penal en ámbitos relacionados con los delitos sexuales y la violencia intrafamiliar. Esas leyes fueron derogadas con la entrada en vigor del nuevo Código Penal en julio de 2008, que dedica su capítulo segundo a los delitos contra la libertad y la integridad sexual. Señala a la atención la sección del informe periódico dedicada a la protección de la mujer, que contiene información acerca de otra legislación aprobada para promover los derechos de la mujer y eliminar la discriminación basada en el sexo.

En materia de derechos laborales, la Ley núm. 185 de 1996, del Código del Trabajo, protege los derechos de los trabajadores y establece las obligaciones de los empleadores. Otro avance es la promulgación de la Ley núm. 238 de 1996, de promoción, protección y defensa de los derechos humanos ante el VIH/SIDA, descrita en el párrafo 78 del informe periódico.

Con respecto a los derechos de las personas con discapacidad, se avanzó con la promulgación de las leyes núm. 98 de 1990, núm. 119 de 1990 y núm. 202 de 1995, mencionadas en los párrafos 83, 84 y 87 del informe periódico.

En cuanto a otros avances en el Estado parte con respecto a los derechos humanos, señala la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura u Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en agosto de 2008, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en marzo de 2007 y el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como la firma del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en octubre de 2008. Ha contribuido también al avance la nueva legislación nacional, por ejemplo la Ley de adopción, por la que se creó el Consejo Nacional de Adopción, el nuevo Código Penal de noviembre de 2007, modificado en junio de 2008 para garantizar los derechos de las personas contratadas para el servicio doméstico, en particular de los jóvenes, y la Ley de protección a refugiados de junio de 2008. En el Ministerio de Relaciones Exteriores se creó una Secretaría para Asuntos Indígenas con la función principal de coordinar todos los temas conexos contemplados en los acuerdos internacionales.

En conclusión, dice que los derechos económicos, sociales y culturales están consagrados en la Constitución, y su Gobierno se compromete a promover y defender esos derechos para el pueblo nicaragüense.

El PRESIDENTE invita a los miembros del Comité a formular preguntas relativas a los aspectos generales de la aplicación del Pacto y a los artículos 1º a 5. Señala a la delegación que, debido a la tardía presentación de las respuestas a la lista de cuestiones, solamente se ha distribuido la versión original en español y que desgraciadamente por ese motivo algunos miembros del Comité no han podido consultar las respuestas del Estado parte.

El Sr. RIEDEL, observando que el Estado parte ha sostenido que en el marco del artículo 46 de la Constitución se pueden invocar los derechos económicos, sociales y culturales directamente ante un tribunal, pide a la delegación que facilite ejemplos concretos de tales casos. También le sería útil al Comité conocer casos en los que las nuevas medidas legislativas adoptadas para combatir la discriminación se hayan utilizado en la práctica. Si bien acoge con satisfacción el establecimiento en abril de 2006 de una institución nacional de derechos humanos acorde con los Principios de París, pide a la delegación detalles sobre el funcionamiento de ese órgano.

El Sr. ATANGANA dice que el Comité ha recibido información en la que se señala que el poder judicial carece de independencia, está sujeto a presiones políticas y se ve afectado por la corrupción y la falta de formación. ¿Qué medidas se han adoptado para garantizar una independencia efectiva del poder judicial?

El Sr. PILLAY, observando que en la Constitución se reconocen, promueven y protegen de manera explícita los derechos económicos, sociales y culturales, pide a la delegación que cite la jurisprudencia pertinente. Aunque la Constitución establece que la justicia dimana del pueblo, el Comité tiene noticias de que la confianza pública en el sistema de justicia nicaragüense es particularmente escasa. ¿Se debe esto a la impresión de que el poder judicial está sujeto a presiones externas? Por último, pide a la delegación que responda a los informes según los cuales el Estado parte carece de voluntad política para promover los derechos económicos, sociales y culturales, como se demuestra por el bajo nivel de recursos destinados a combatir la pobreza y a proporcionar vivienda, atención médica y educación a la población.

El Sr. SADI dice que el hecho de que el Estado parte haya tardado 10 años en presentar su informe periódico refleja la escasa prioridad que concede al Pacto. Pregunta en qué medida han cooperado las organizaciones no gubernamentales en la elaboración del informe. El Estado parte debe facilitar información más sistemática sobre las medidas adoptadas para la aplicación de las principales recomendaciones del Comité y debe describir de qué manera está afectando la crisis financiera mundial actual a la capacidad del país para realizar los derechos económicos, sociales y culturales. Aunque el jefe de la delegación ha mencionado el nuevo modelo jurídico y de desarrollo adoptado por el Gobierno, el Comité desea saber cómo se relaciona ese modelo con los derechos contemplados en el Pacto. Por último, observando que según el Estado parte la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos ha recibido más de 500 denuncias, pide información sobre las medidas adoptadas en esos casos.

El Sr. TIRADO MEJ Í A expresa preocupación ante los informes que indican que el poder judicial carece de independencia y es objeto de manipulación, influencia política, corrupción y nepotismo. Con respecto a la discriminación, pregunta qué medidas ha adoptado el Estado parte para aumentar el nivel de vida de la población afrodescendiente e indígena, en particular la que vive en la costa atlántica. Según el informe de Amnistía Internacional para 2007, la legislación nicaragüense prohíbe los actos homosexuales, incluso entre adultos de mutuo acuerdo, y el Presidente ha declarado su intención de cesar a cualquier miembro de su Gobierno que sea homosexual. ¿Qué está haciendo el Gobierno para proteger a los homosexuales de dicha discriminación?

La Sra. BRAS GOMES pregunta si el Plan nacional de desarrollo humano descrito por el jefe de la delegación refleja un enfoque basado en los derechos, y en caso afirmativo de qué manera pone de relieve la no discriminación, la igualdad de género y la participación. Señalando que en el pasado, en el marco de diversos programas de ajuste estructural, se han desviado recursos de la aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales hacia otros fines, incluido el servicio de la deuda, pregunta cómo ha influido la adhesión de Nicaragua al Tratado de Libre Comercio entre la República Dominicana y Centroamérica en la capacidad del Gobierno para financiar las redes de seguridad social. ¿Qué medidas se han adoptado para combatir la discriminación, que según las noticias está bastante generalizada, por ejemplo contra las mujeres indígenas y afrodescendientes? La delegación también debería citar ejemplos de objetivos específicos adoptados para superar los estereotipos de género y facilitar la labor de los grupos de defensa de la mujer.

La Sra. WILSON dice que sería útil que la delegación explicara los procedimientos utilizados para otorgar los títulos de propiedad de las tierras a la población indígena de la costa atlántica. ¿Tiene acceso esa población al órgano administrativo específico encargado de las cuestiones relacionadas con las tierras? Con respecto al caso Awas-Tingni, relativo a los derechos de tala en las tierras indígenas, resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, expresa su preocupación porque se ha informado de que el Gobierno no aplica las decisiones de la Corte con rapidez. ¿Qué seguimiento se ha dado a la decisión? ¿Se siguen concediendo todavía esas licencias para permitir a empresas nicaragüenses o extranjeras explotar los recursos de las tierras que reclaman los pueblos indígenas? Aunque el jefe de la delegación ha mencionado en sus observaciones introductorias que recientemente se aprobó una Ley de protección a refugiados, pregunta si hay una oficina nacional que se ocupe de los asuntos de los refugiados y si hay leyes o normas específicas para la situación de los solicitantes de asilo.

La Sra. BONOAN-DANDAN expresa preocupación ante la elevada proporción del presupuesto nacional que, según se dice, se asigna al servicio de la deuda, y pregunta cuánto se gasta en el servicio de la deuda en comparación con los desembolsos destinados a servicios sociales. ¿Cuál es el gasto per cápita en servicios sociales? El Gobierno, en sus respuestas a la lista de cuestiones, ha citado varias leyes que han sido aprobadas para establecer conductos oficiales que permitan abordar las denuncias de los grupos indígenas. Pide a la delegación que describa qué procedimientos se utilizan para delimitar las tierras indígenas y cómo se aplica el derecho al libre consentimiento con conocimiento de causa en los casos en que se expidieron licencias de tala del Gobierno para tierras de las comunidades indígenas.

La Sra. BARAHONA RIERA pregunta si se consultó a las organizaciones de la sociedad civil, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos o el órgano nacional de derechos humanos durante la elaboración del informe periódico y en qué medida goza de independencia la Procuraduría. Pide a la delegación que informe al Comité sobre el funcionamiento de los procuradores de mujeres, niños y pueblos indígenas y que explique por qué Nicaragua no ha ratificado todavía la Convención núm. 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales de 1989. Por último, a la vista de la pesada carga de la deuda que afronta el país, desea saber qué recursos presupuestarios se dedican a la aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales, y en particular a los servicios de educación y salud, como parte del plan nacional de desarrollo.

El Sr. KOLOSOV, recordando que el Comité deberá comenzar a examinar pronto las comunicaciones individuales presentadas en el marco del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y, por consiguiente, tendrá que decidir sobre su admisibilidad, determinando si se han agotado todos los recursos internos, pide una aclaración sobre el sistema jurídico de Nicaragua en ese sentido, sobre todo dadas las dificultades destacadas por diversos miembros del Comité. Pregunta cómo se superarán las deficiencias del sistema.

El PRESIDENTE subraya la necesidad de que los países presenten las respuestas por escrito al Comité con tiempo suficiente para hacer la traducción.

Se suspende la sesión a las 11.30 horas y se reanuda a las 11.45 .

La Sra. MEDAL GARRIDO (Nicaragua) explica que Nicaragua no ha cumplido durante algún tiempo su obligación de presentar informes en el marco de diversos instrumentos internacionales debido a la lamentable falta de voluntad política de los gobiernos anteriores. El Gobierno actual ha concedido una prioridad elevada al cumplimiento de dichas obligaciones y, con la asistencia del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, estableció la Unidad de Seguimiento a los Convenios Internacionales. Posteriormente ha creado el Comité Interinstitucional de Derechos Humanos, que aglutina a diversos representantes de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, para garantizar las consultas con la sociedad civil. El Comité Interinstitucional preparó el documento básico y el informe periódico del país, que reflejan las opiniones de todos los sectores, no solo del Gobierno. El Gobierno seguirá consultando al Comité Interinstitucional durante la preparación de futuros informes, al que informará de las observaciones y recomendaciones formuladas por los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, y garantizará que Nicaragua no vuelva a atrasarse en sus obligaciones en materia de presentación de informes.

Con respecto a los derechos de los pueblos indígenas, señala que el artículo 27 de la Constitución de Nicaragua establece la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, sin discriminación basada entre otras cosas en la raza, el idioma o el origen. Desde 2007, el Gobierno ha estado trabajando para aumentar la representación de los pueblos indígenas en la administración pública y en las partes fundamentales del proceso de adopción de decisiones, con un cierto éxito. Se ha creado un Consejo para el Desarrollo de la Costa Atlántica, estableciendo mecanismos de coordinación y cooperación entre la Presidencia nacional, las dos regiones autónomas de la costa atlántica y los dirigentes de las comunidades indígenas de la costa del Caribe. También se ha preparado un plan especial de desarrollo para la costa del Caribe. El decreto núm. 19-2008, publicado recientemente, establece un programa de desarrollo especial dirigido a 48 comunidades indígenas cuya población asciende a más de 30.000 habitantes, y se sigue trabajando para fortalecer los órganos de la administración local.

En todos los programas de erradicación de la pobreza se concede especial importancia a la costa del Caribe, que por diversas razones sociales, económicas y geográficas tiene los niveles más altos de pobreza del país. En los programas de salud y educación se presta particular atención al carácter específico de la zona y de sus comunidades, por ejemplo mediante la promoción de la educación en los idiomas indígenas, a fin de conservar la diversidad étnica, cultural y lingüística. Además, se ha creado un departamento a nivel viceministerial para que se ocupe de los asuntos relativos a los pueblos indígenas, y en el marco del nuevo Código Penal la discriminación es un delito penal.

El censo más reciente de Nicaragua, realizado en 2005, permitió conocer el número de personas que se identifican como pertenecientes a grupos indígenas o étnicos, demostrando que esas poblaciones se encuentran en ambas costas del país, aunque por razones históricas las de la costa atlántica han retenido más características de su cultura original que las de la costa del Pacífico. No obstante, el Gobierno reconoce la existencia de todos esos grupos. El principal motivo del retraso de la aprobación de la nueva Ley general de pueblos indígenas del Pacífico, Centro y Norte es el proceso de consultas que sigue realizando la Comisión de Asuntos Étnicos con grupos indígenas de toda la costa del Pacífico. La Comisión está evaluando asimismo la situación jurídica de la propiedad de las comunidades indígenas en ciertas zonas, para asegurarse de que su patrimonio esté garantizado.

Con respecto a las alegaciones de que el Presidente de Nicaragua habla y se comporta de manera homofóbica, señala que no son motivo de preocupación para el actual Presidente. En virtud del nuevo Código Penal, los actos homosexuales ya no constituyen un delito penal.

Sobre la cuestión de la discriminación contra la mujer, señala a la atención las actividades de sensibilización y formación de las mujeres sobre la Constitución del país y las leyes para permitirles ejercer sus derechos, con el objetivo de conseguir una igualdad real y efectiva de derechos y oportunidades entre la mujer y el hombre. La pobreza en Nicaragua afecta de manera desproporcionada a los grupos vulnerables – niños, jóvenes y mujeres – a causa de la exclusión y de las violaciones de los derechos durante los gobiernos anteriores. El Gobierno actual valora la función de las mujeres como agentes de cambio y desea fomentar su participación en todos los ámbitos del desarrollo político, económico y social, incluso mediante la promoción de mujeres como dirigentes. En ese sentido destaca la importancia de la nueva Ley de igualdad de derechos y oportunidades (núm. 648).

La política de género está orientada a conseguir la igualdad entre las mujeres y los hombres como un derecho humano y se aplica en todos los órganos gubernamentales. Promueve la participación de la mujer en el proceso electoral, tanto en su condición de votante como de candidata, y el derecho a la salud y la educación sexual y reproductiva. Los programas de educación son particularmente importantes para garantizar que la mujer sea consciente de sus derechos legales y pueda ejercerlos. Todos los programas relativos al género están dirigidos principalmente a las mujeres rurales, y se llevan a cabo programas de divulgación rural para garantizar que quienes tienen más necesidad de educación, conocimientos y atención sanitaria participen en el proceso de desarrollo. La oradora describe diversos programas en ámbitos como la seguridad alimentaria y el microcrédito, que tienen por objeto facultar a las mujeres y dotarlas de conocimientos prácticos para gestionar sus propios recursos.

Únicamente por medio de esos programas, con un enfoque integral que incluye la salud y la educación, puede cambiar la posición de la mujer en la sociedad nicaragüense. Hay en curso actividades generalizadas de alfabetización para todos y se ha conseguido un importante éxito. Se está implantando un modelo de salud familiar y comunitaria, con médicos de Nicaragua y de países amigos como Cuba y Venezuela, que permite realizar visitas domiciliarias a las mujeres que no pueden acudir a los centros médicos para recibir tratamiento o atención preventiva. También se han vuelto a introducir las guarderías infantiles para facilitar la participación de la mujer en la economía estructurada, y los centros de maternidad proporcionan asistencia médica durante el embarazo y el parto. El Gobierno, en colaboración con organizaciones no gubernamentales e internacionales, está invirtiendo un volumen importante de recursos en medidas orientadas a prevenir la propagación del VIH/SIDA, sobre todo mediante la trasmisión de la madre al hijo, y para garantizar que las mujeres afectadas por el VIH no sufran discriminación, reciban medicamentos antirretrovíricos y puedan hacer una vida lo más normal posible.

La participación de la mujer en la vida pública ha registrado un aumento significativo. Se está preparando un proyecto de ley que busca alcanzar el objetivo del Gobierno del 50% de participación femenina en todos los órganos del Estado. Hay en curso una campaña masiva para dar publicidad al proyecto de ley y promover la participación de la mujer en la política y el proceso electoral, como elemento esencial de la democracia. También se están tomando medidas para facilitar el acceso de la mujer al sistema jurídico, el crédito, la atención sanitaria, la propiedad, la vivienda, la formación y otros ámbitos. Hay mujeres en puestos de alto nivel en la administración y el poder judicial, incluso como ministras en ciertos departamentos que tradicionalmente se ha considerado que estaban reservados a hombres, y están representadas en diverso grado en el Parlamento y en la administración local. La Región Autónoma del Atlántico Sur ha adoptado un programa de género y ha creado su propio departamento de género, mientras que el Gobierno nacional ha publicado un protocolo sobre violencia doméstica y agresión sexual y ha elevado el rango del Instituto Nicaragüense de la Mujer. El derecho de la mujer trabajadora al permiso de maternidad y a las pausas para el amamantamiento está consagrado en la legislación.

La Ley de organización judicial y la Ley de carrera judicial proporcionan garantías de independencia, imparcialidad y equidad del sistema de justicia, así como medidas disciplinarias y otras sanciones por irregularidades judiciales. En junio de 2008, la Corte Suprema de Justicia estableció también normas judiciales específicas y mecanismos transparentes que rigen todos los aspectos de la profesión jurídica. Todas las partes interesadas tienen acceso al mecanismo nacional encargado de la administración de justicia, incluidos la Comisión de Administración, la Comisión del Régimen Disciplinario y los inspectores judiciales disciplinarios. La Comisión del Régimen Disciplinario está facultada para investigar todos los casos de infracciones judiciales. Los esfuerzos del Gobierno para aumentar la transparencia en el sistema jurídico han dado como resultado una mejora de la idea que tiene el público del poder judicial.

Su Gobierno concede una gran importancia a la Convención núm. 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales y no tiene ningún problema con sus principios. La Constitución contiene disposiciones para promover los derechos de los pueblos indígenas semejantes a las establecidas en la Convención, especialmente con respecto a la contratación y las condiciones de empleo, la formación profesional, la artesanía y la industria rural y la seguridad social y la salud. En virtud de la Constitución, por ejemplo, los trabajadores tienen derecho a unas condiciones de empleo adecuadas y a igual remuneración por el mismo trabajo, sin ningún tipo de discriminación. Los derechos de los pueblos indígenas también están protegidos por otras leyes nacionales, en particular la Ley núm. 445 del régimen de propiedad comunal de los pueblos indígenas y comunidades étnicas de las regiones autónomas de la costa atlántica de Nicaragua y otros lugares. Su Gobierno ha ratificado la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo. Confía en que se adoptarán las medidas necesarias para ratificar la Convención núm. 169 de la OIT antes de la presentación de su próximo examen periódico.

La Sra. LOVO HERNÁNDEZ (Nicaragua), refiriéndose a la preocupación planteada acerca de la seguridad de la tenencia y los títulos de propiedad, dice que el Gobierno se ha esforzado por subsanar las irregularidades de las leyes sobre la propiedad debidas a gobiernos anteriores. Entre las medidas adoptadas para regular los derechos de propiedad y solucionar los conflictos sobre tierras está la aprobación de la Ley núm. 278 sobre propiedad reformada urbana y rural, de 1997. También se estableció un órgano de supervisión, la Comisión Nacional de Revisión de Confiscaciones, para examinar las reclamaciones de tierras y conceder una compensación por la pérdida de las propiedades confiscadas por el gobierno anterior. Su Gobierno trata de llevar adelante una política amplia para proporcionar una vivienda adecuada a diversos sectores de la población, que incluye proyectos de mejora de las viviendas y de construcción y préstamos hipotecarios con intereses bajos. Otras leyes sobre la protección y transmisión de tierras y propiedades figuran en las respuestas por escrito (E/C.12/NIC/Q/4/Add.1), con inclusión de legislación sobre la reforma agraria, contratos de venta o acuerdos de arriendo. Algunas instituciones nacionales, como la Oficina de Cuantificación de Indemnizaciones, están trabajando para solucionar los problemas relativos a los derechos de propiedad. Señala a la atención el cuadro que figura en las respuestas por escrito, con las actividades realizadas por el Gobierno entre 2006 y 2007 para promover la seguridad de la tenencia de la tierra. Solo en los 20 meses anteriores se expidieron a los propietarios de tierras y viviendas 20.000 títulos de propiedad.

Se están haciendo esfuerzos para delimitar las tierras indígenas y otorgar los títulos correspondientes. El Gobierno ha aprobado legislación que garantiza el derecho de los pueblos indígenas de la costa atlántica a administrar sus propias tierras, de conformidad con el dictamen de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la comunidad Awas Tingni. También están facilitando información a la Corte sobre las novedades en ese caso. El caso Awas Tingni se complicó por el hecho de que varias comunidades presentaron reclamaciones compitiendo por los recursos en cuestión. Sin embargo, se ha encontrado una solución amistosa con respecto a los derechos de pesca y el uso de las tierras ancestrales. Por consiguiente, espera que el caso se solucione completamente antes de diciembre.

Con respecto a la aplicabilidad del Pacto en el marco de la legislación nicaragüense, dice que los derechos establecidos en el Pacto se pueden invocar directamente ante los tribunales de Nicaragua en virtud del artículo 46 de la Constitución, que remite al Pacto y a otros instrumentos, por ejemplo la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Además, Nicaragua sigue incorporando otros instrumentos de derechos humanos a su sistema jurídico. Cita también la referencia que se hace en las respuestas por escrito a la disposición del nuevo Código Penal por la que se da a los miembros de los pueblos indígenas y las comunidades étnicas de la costa atlántica la posibilidad de ser juzgados mediante el derecho consuetudinario, en el caso de delitos que conllevan sanciones no superiores a los cinco años de reclusión.

Con arreglo a las reformas constitucionales de 1995, se ha establecido una institución nacional de derechos humanos independiente que funciona de conformidad con los Principios de París. Esa institución se encarga de la promoción y protección de los derechos humanos en el marco de la Constitución, las leyes ordinarias y los instrumentos internacionales y regionales de los que Nicaragua es parte y que abarca la protección de todos los derechos, incluidos los derechos económicos, sociales y culturales.

El Gobierno estableció un comité en 2004 y mantiene conversaciones con las instituciones del Estado y las organizaciones de la sociedad civil para contribuir a elaborar legislación sobre asuntos relativos al asilo. Goza también del respaldo de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. Los debates han dado como resultado una de las leyes de asilo más modernas del mundo, que incorpora los principales instrumentos internacionales pertinentes. Con respecto a los recursos internos para los solicitantes de asilo, los juzgados locales y de distrito celebran las audiencias iniciales. Los fallos de primera instancia se pueden impugnar ante los tribunales de apelación. Esas decisiones se pueden apelar después ante la Corte Suprema de Justicia, cuyo dictamen es definitivo.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.

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