Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares 12º período de sesiones
Acta resumida (parcial)* de la 127ª sesiónCelebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el lunes 26 de abril de 2010, a las 10.00 horas
Presidente provisional:Sr. Ndiaye (Representante del Secretario General)Presidente:Sr. El Jamri
Sumario
Apertura del período de sesiones
Declaración solemne de los miembros recientemente elegidos prevista enel artículo 11 del reglamento provisional del Comité
Elección de la Mesa, de conformidad con los artículos 12 y 13 del reglamentoprovisional del Comité
Aprobación del programa
Cuestiones de organización y otros asuntos
Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo alartículo 73 de la Convención
Se declara abierta la sesión a las 10.10 horas.
Apertura del período de sesiones
1.El Presidente provisional declara abierto el 12º período de sesiones del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.
2.Dice que el Comité se reúne por primera vez con la participación de todos sus miembros, tras entrar en vigor en 2009, en el 41º Estado parte, la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. La expansión del Comité coincide con la celebración en 2010 del 20º aniversario de la adopción de la Convención, ocasión que se aprovechará para una mayor concienciación sobre los derechos de los migrantes y para alentar a más Estados a adherirse a la Convención.
3.La protección efectiva de los derechos humanos en el contexto de las migraciones es una de las prioridades estratégicas de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) para el bienio 2010-2011. El ACNUDH se centrará en particular en cuatro esferas críticas relacionadas con las migraciones, a saber: la discriminación, la xenofobia, el racismo y la intolerancia conexa contra los migrantes; los derechos económicos, sociales y culturales de los migrantes; los centros de detención de inmigrantes y la penalización de la migración irregular; y la repercusión de las crisis económica mundial sobre los derechos humanos de los migrantes. El ACNUDH también se propone realizar actividades de promoción y sensibilización en relación con las Convención.
4.Se ha organizado y planificado diversas iniciativas para 2010, con miras a la universalización de la Convención. Éstas incluyen la Campaña mundial para la ratificación de la Convención sobre los derechos de los migrantes, reuniones sobre cuestiones relacionadas con las migraciones organizadas por el ACNUDH, un coloquio jurídico celebrado en Bruselas sobre el marco de derechos humanos para la protección de los trabajadores domésticos migratorios y una conferencia en Lisboa sobre los derechos humanos y las migraciones. Durante el segundo semestre de 2010, el ACNUDH asumirá la presidencia del Grupo Mundial sobre Migración, antes de la celebración del Cuarto Foro Mundial sobre la Migración y el Desarrollo, que tendrá lugar en in México en noviembre.
5.La cuestión de los derechos humanos de los migrantes se ha planteado reiteradamente en el 13º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, así como en las recomendaciones formuladas en el contexto del proceso del examen periódico universal. El ACNUDH celebrará muy próximamente una reunión de un día de duración en relación con la aplicación de la resolución 12/6, del Consejo de Derechos Humanos, y en 2009 el Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes visitó dos países, a saber, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y el Senegal.
6.Refiriéndose a la cuestión del fortalecimiento del sistema de órganos creados en virtud de instrumentos internacionales, recuerda que en el 12º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, el Alto Comisionado alentó a los interesados a iniciar un proceso de reflexión sobre las maneras de mejorar la coherencia y la eficacia. En ese sentido, señala a la atención una reunión oficiosa de antiguos y actuales expertos de órganos de tratados organizada por la Universidad de Nottingham (Reino Unido) en noviembre de 2009, con miras a proponer un marco para el fortalecimiento del sistema.
Declaración solemne de los miembros recientemente elegidos previstaen el artículo 11 del reglamento provisional del Comité
7.El Presidente provisional acoge al Sr. Carrión-Mena, a la Sra. Dicko, al Sr. Ibarra González, a la Sra. Miller-Stennett, y al Sr. Tall como nuevos miembros del Comité y los invita a hacer la declaración solemne prevista en el artículo 11 del reglamento provisional del Comité.
8.El Sr. Carrión-Mena, la Sra. Dicko , el Sr. Ibarra González, la Sra. Miller-Stennett y el Sr. Tall hacen la declaración solemne prevista en el artículo 11 del reglamento provisional del Comité.
Elección de la Mesa, de conformidad con los artículos 12 y 13 del reglamento provisional del Comité
9.La Sra. Cubias Medina propone la candidatura del Sr. El Jamri al cargo de Presidente.
10.El Sr. Alba y la Sra. Konsimbo apoyan esa candidatura.
11.Por aclamación, el Sr. El Jamri queda elegido Presidente.
12. El Sr. El Jamri ocupa la Presidencia.
13.El Presidente expresa su reconocimiento por la labor del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos de dar prioridad a los derechos de los migrantes, y celebra las diversas iniciativas de promoción y sensibilización en relación con la Convención. Hasta ahora, sólo 43 Estados han ratificado la Convención. El bajo número de ratificaciones presenta un auténtico desafío para el Comité, y es importante que todos los Estados que todavía no lo hayan hecho se adhieran al instrumento.
14.También aprecia los esfuerzos de sensibilización sobre la cuestión de los migrantes que trabajan en el servicio doméstico, tema respecto del cual el Comité proyecta adoptar una observación general en su actual período de sesiones.
15.Hay más de 200 millones de migrantes internacionales, el 60% de ellos en los denominados países "desarrollados". Los migrantes indocumentados, y los trabajadores migrantes que se hallan en situación irregular representan de un 10% a un 15% del total. El fortalecimiento de los derechos de los migrantes es la mejor manera de luchar contra la migración ilícita, la trata de personas, y el tráfico ilícito de migrantes. Además, la investigación ha revelado que la protección de los trabajadores migrantes realza el efecto positivo de la migración sobre la productividad y el desarrollo nacionales. Todos los interesados saldrán ganando si se respetan los derechos de los migrantes, trátese de los países de acogida, de los países de origen, de los empleadores o de los propios migrantes.
16.El hecho de que se haya ampliado la composición del Comité es prueba de la vitalidad y fuerza de la Convención. Los nuevos miembros procedentes de Guatemala, Jamaica, Mali y el Senegal han traído consigo conocimientos y experiencia que ayudarán al Comité a hacer frente a sus diversos desafíos.
17.El Comité comparte la preocupación del Alto Comisionado sobre la necesidad de racionalizar el trabajo de los órganos de tratados, y está dispuesto a continuar sus debates sobre esas cuestiones, en particular sobre cómo evitar la duplicación del trabajo entre las reuniones entre Comités y las reuniones de los Presidentes de órganos de tratados.
18.Desea agradecer a los colaboradores del Comité, en particular a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y otros organismos de las Naciones Unidas y organizaciones no gubernamentales (ONG), por el papel que han desempeñado en la consecución de los objetivos de la Convención.
19.Dice que tiene entendido que el Comité desea reanudar los mandatos del Sr. Brillantes y del Sr. Taghizade como Vicepresidentes.
20. Así queda acordado.
21.El Sr. Alba propone la candidatura de la Sra. Cubias Medina al cargo de Vicepresidente.
22.El Sr. Sevim apoya esa candidatura.
23. Por aclamación, la Sra. Cubias Medina queda elegida Vicepresidenta.
24.El Sr. Sevim propone la candidatura del Sr. El-Borai al cargo de Relator.
25.La Sra. Cubias Medina apoya esa candidatura.
26. Por aclamación, el Sr. El-Borai queda elegido Relator.
Aprobación del programa (CMW/C/12/1)
27.El Presidente señala a la atención el programa de trabajo provisional para el 12º período de sesiones y dice que las tareas adicionales para el Comité no mencionadas serían la elaboración del programa para el 13º período de sesiones, el nombramiento de representantes para la próxima reunión entre Comités y el nombramiento de relatores para la Argentina, Chile, Guatemala y México. Entiende que el Comité desea aprobar el programa y el programa de trabajo provisional en esa inteligencia.
28. Así queda acordado.
Cuestiones de organización y otros asuntos
29.El Presidente invita a los miembros del Comité a informar sobre las reuniones a las que han asistido o las actividades realizadas desde el 11º período de sesiones en relación con la promoción de la Convención.
30.La Sra. Cubias Medina dice que hizo una exposición en el Congreso Centroamericano sobre infecciones de transmisión sexual, VIH y sida, celebrado en Costa Rica, en que se hizo hincapié en el tema de las poblaciones migrantes. En el Congreso, que atrajo a más de 5.000 participantes, se abordaron diversos temas relativos a la migración. Una inquietud importante expresada por las ONG fue el hecho de que, en muchos Estados, la legislación que rige el ingreso y la residencia discrimina contra las personas con VIH/SIDA. Sugiere que el Comité tenga presente ese aspecto de la legislación al examinar los informes de los Estados partes en el futuro.
31.El Sr. Brillantes dice que en materia de actividades de promoción, el Comité debe procurar estar a la altura de los loables esfuerzos del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, cuya oficina en el Canadá ha venido realizando actividades de cabildeo para mejorar las condiciones de los cuidadores extranjeros. Se han efectuado enmiendas apropiadas en la legislación para asegurar que sus gastos de contratación y de viaje no supongan una carga para ellos. También cabe señalar que a la luz del Segundo Foro Mundial sobre la Migración y el Desarrollo, celebrado en Manila, todos los candidatos en las elecciones presidenciales en Filipinas han incluido políticas de migración en sus programas electorales.
32.El Presidente dice que ha asistido al Tercer Foro Mundial sobre la Migración y el Desarrollo, celebrado en Atenas en noviembre de 2009, y que presentará sus conclusiones al Comité oportunamente.
33.Entre otras reuniones a las que ha asistido cabe mencionar el Foro Permanente de diálogo arabeafricano sobre democracia y derechos humanos, celebrado en El Cairo en diciembre de 2009, que se centró en la migración en las regiones árabe y africana, y una conferencia organizada por la Unión Interparlamentaria en París en diciembre de 2009 sobre la migración y la violencia contra la mujer.
34.Ha celebrado el Día Internacional del Migrante en Mauritania, donde hubo un programa de reuniones organizado por la OIT, y donde publicó una declaración conjunta con el Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes.
35.La conclusión obtenida de estas actividades es que la Convención está abierta a diferentes interpretaciones sobre una variedad de cuestiones clave relativas a la migración. El Comité podría tal vez considerar la posibilidad de redactar notas explicativas sobre el instrumento para la atención de los Estados. A ese respecto, presentará a los miembros una compilación de las razones aducidas por los Estados al Consejo de Derechos Humanos para no ratificar la Convención. Básicamente las razones son políticas, aunque muchos Estados afirman que los derechos de los migrantes ya están protegidos por su legislación actual.
36.Por último,dice que asistió al sexagésimo primerperíodo de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, donde hizo una declaración sobre la labor del Comité. También tuvo la oportunidad de reunirse con los gobernadores de varios Estados, incluidos el Gobernador de Florida, y una asociación local de trabajadores migratorios. Evidentemente, la situación de los trabajadores migratorios es muy difícil en los Estados Unidos, entre otras cosas porque, desde el 11 septiembre de 2001, se ha concedido más poderes a la policía de inmigración y a los jueces, y ahora se somete a los inmigrantes a la humillación de tener que llevar un grillete electrónico, normalmente reservado para los delincuentes.
37.El Sr. El-Borai pregunta cómo contribuirá el Comité a los debates que han de celebrarse durante la próxima Conferencia Internacional del Trabajo sobre un nuevo instrumento sobre los trabajadores domésticos.
38.El Presidente dice que el Comité analizará la cuestión en los próximos días, teniendo en cuenta las observaciones hechas durante el día de debate general que se observó durante el 11º período de sesiones.
39.El Sr. Carrión Mena dice que, en una conferencia organizada por la Organización Internacional para las Migraciones, instó a los Estados a que ratificaran la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares y que adoptaran una perspectiva de las migraciones basada en los derechos humanos. En una conferencia sobre las migraciones celebrada en el Ecuador en marzo de 2010, pidió a España, que actualmente ocupa la presidencia de la Unión Europea, que sentara un ejemplo ratificando la Convención. Los migrantes latinoamericanos con quienes se reunió en 2010 dijeron estar preocupados de que el actual Gobierno de los Estados Unidos de América no haya adoptado una decisión sobre la cuestión de la migración. La posición adoptada en abril de 2010 por el Estado de Arizona, que penaliza a los migrantes mexicanos que cruzan la frontera internacional, les preocupa sobremanera.
40.El Presidente señala a la atención del Comité el hecho de que, aunque el Gobierno de España haya manifestado que se abstiene por ahora de firmar la Convención, ha señalado que estará dispuesto a reconsiderar su posición más adelante.
41.El Sr. Ibarra González dice que según parece los Estados Unidos están cerrando sus fronteras a los trabajadores migratorios y a sus familiares. Pregunta si no ha llegado el momento de que el Comité formule una declaración pública sobre la cuestión de la reforma migratoria en los Estados Unidos.
Examen de los informes presentados por los Estados partes con arregloal artículo 73 de la Convención
Diálogo con instituciones nacionales para los derechos humanos y organizacionesno gubernamentales sobre el informe inicial de Argelia
42.La Sra. Zolkiewska (Amnistía Internacional) dice que Argelia se ha transformado en un importante país de tránsito para miles de extranjeros, en su mayoría procedentes de países del África subsahariana, en su intento de migrar hacia Europa. También ha aumentado la migración de ciudadanos argelinos. Se intercepta a centenares de migrantes argelinos y extranjeros y, en algunos casos algunos éstos perecen en el mar. Se informa de que miles de migrantes extranjeros en situación irregular son deportados de Argelia cada año.
43.Las autoridades argelinas han adoptado diversas medidas jurídicas para luchar contra el tráfico ilícito de migrantes y controlar la migración irregular. Sin embargo, según parece, algunas de las medidas no cumplen con las obligaciones internacionales de Argelia en materia de derechos humanos. Por ejemplo, la Ley Nº 08-11 establece un proceso de apelación contra las órdenes de expulsión dictadas por el Ministerio del Interior. Sin embargo, los walis (gobernadores) también están facultados para ordenar la deportación de los extranjeros que a su juicio han ingresado en Argelia o residen allí ilegalmente, y en esos casos, según parece, no existe el derecho de apelación. Por lo tanto, al parecer, la ley incrementa el peligro de una expulsión arbitraria y colectiva de los migrantes.
44.En la Ley Nº 08-11 también se prevé el establecimiento de centros de retención para migrantes en situación irregular, en espera de su deportación a sus países de origen o a los países vecinos desde los cuales se considera que ingresaron a Argelia. Sin embargo, no se fija límite alguno para el número de veces que un wali puede ampliar una orden de detención de 30 días.
45.En la Ley Nº 08-11 se prescriben penas severas para quienes se dedican al contrabando de personas o para toda persona que ayude a extranjeros a ingresar, permanecer o viajar ilegalmente en Argelia. Se contempla una pena de cárcel de hasta cinco años y una cuantiosa multa para las personas condenadas por haber facilitado o intentado facilitar directa o indirectamente el ingreso, el desplazamiento, la estancia o la salida ilícitos de migrantes. A Amnistía Internacional le preocupa que la aplicación de la ley aumente el número de casos de terceras partes penalizadas por ayudar a migrantes en situación irregular.
46.En agosto de 2008, se enmendó el Código Penal para que fuese un delito penal, sancionable hasta con seis meses de cárcel, salir de Argelia por lugares distintos de los pasos fronterizos reconocidos. El propósito es penalizar y desalentar el tráfico ilícito de migrantes, pero Amnistía Internacional cree que la enmienda es una medida de control de la inmigración desproporcionadamente severa que podría conducir a detenciones innecesarias y a una penalización de las migraciones.
47.Según parece, las autoridades argelinas deportan a miles de migrantes cada año, lo que en muchos casos parece equivaler a expulsiones colectivas, sin salvaguardias ni derecho de apelación adecuados. Algunos de los deportados son personas necesitadas de protección internacional, pero no obstante se les niega la oportunidad de impugnar su expulsión sobre la base de un examen de las circunstancias. Entre los deportados como migrantes en situación irregular se incluye a personas reconocidas como refugiados por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en Argelia.
48.Algunos migrantes deportados han sido abandonados en zonas desérticas, remotas e inhóspitas sin alimentos ni agua adecuados. La prensa y otras fuentes han denunciado casos de tortura y otros malos tratos a los migrantes en situación irregular por parte de la policía argelina, y según parece algunas mujeres han sido sometidas a abusos sexuales, incluida la violación. Hasta donde se sabe ninguna de las denuncias ha sido investigada.
49.Amnistía Internacional recomienda que se enmiende la Ley Nº 08-11 para garantizar el derecho a impugnar las órdenes de expulsión en procedimientos que cumplan con las normas internacionales. Además, la ley debe garantizar que no se penalice a ninguna persona encargada de proporcionar asistencia jurídica, médica y humanitaria o de otra índole a los migrantes en situación irregular.
50.Se dará siempre preferencia a las medidas no privativas de la libertad por encima de la detención de los migrantes en situación irregular, que ha de usarse únicamente como último recurso y por el tiempo más breve posible, y aún así únicamente cuando las autoridades puedan demostrar que es una medida necesaria y proporcional en cada caso. Amnistía Internacional también recomienda que se deroguen de inmediato las disposiciones por las que se penaliza la salida ilícita del territorio argelino. Debe ponerse fin a la expulsión arbitraria y colectiva de migrantes de conformidad con el principio de no devolución conforme al derecho internacional.
51.Por último, dice que deben realizarse investigaciones independientes e imparciales de las denuncias de tortura y malos tratos de los migrantes y que debe enjuiciarse a los responsables, de conformidad con las normas internacionales para un juicio equitativo.
52.El Sr. El-Borai solicita una aclaración adicional sobre las disposiciones de la Ley Nº 08-11.
53.El Sr. Sevim pregunta si Amnistía Internacional mantiene estadísticas sobre los migrantes documentados y no documentados deportados de Estados europeos a Argelia. Esos datos serían útiles para el Comité, en particular por cuanto Argelia ha firmado acuerdos de readmisión con cinco Estados europeos.
54.La Sra. Poussi Konsimbo pregunta si la información proporcionada por Amnistía Internacional ha sido tomada de documentos oficiales. ¿Ha intentado Amnistía Internacional examinar las cuestiones planteadas con las autoridades argelinas?
55.El Sr. Tall pide que se reparta a los miembros del Comité copias de la Ley Nº 08‑11. Solicita información adicional sobre las órdenes de expulsión dictadas por los walis y sobre casos de detención en campamentos de retención. Desea saber si ha habido casos de expulsión colectiva.
56.El Sr. Brillantes pregunta si se considera un delito intentar salir de Argelia ilegalmente, o si las personas tienen que haber salido de Argelia ilegalmente para ser enjuiciadas. De ser éste el caso, se pregunta si se les tiene que conducir de regreso a Argelia para comparecer ante las autoridades judiciales en el país.
57.La Sra. Zolkiewska (Amnistía Internacional) dice que Amnistía Internacional no posee estadísticas sobre el número de migrantes que han sido deportados, puesto que no puede patrullar todos los pasos fronterizos o las inmensas zonas desérticas que forman la frontera argelina.
58.Los walis están facultados para ordenar la deportación de personas residentes en Argelia cuya presencia se considera ilegal, o que hayan ingresado en el país sin la documentación adecuada. Sin proceso de apelación oficial, las personas pueden ser expulsadas con suma rapidez y sin garantías procesales.
59.Las personas sorprendidas abandonando Argelia ilegalmente son detenidas, acusadas y enjuiciadas. Se tiene información de personas acusadas de ese delito desde la promulgación de las enmiendas al Código Penal.
El debate abarcado por el acta concluye a las 12.10 horas.