Naciones Unidas

CRC/C/UZB/Q/5

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

8 de marzo de 2021

Español

Original: inglés

Español, francés, inglés y ruso únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Lista de cuestiones relativa al quinto informe periódico de Uzbekistán *

1.Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada (en un máximo de 10.700 palabras), de ser posible antes del 15 de febrero de 2022. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

2.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas o previstas para:

a)Garantizar la protección de los derechos del niño en el contexto de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) y mitigar los efectos adversos de esta;

b)Velar por que los tribunales puedan invocar directamente la Convención o la citen en sus sentencias;

c)Elaborar una estrategia y un plan de acción nacional multisectoriales para hacer efectivos los derechos del niño y asignar los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para su implementación;

d)Establecer un organismo a nivel interministerial que se encargue de coordinar todas las actividades relacionadas con la aplicación de la Convención o encomendar dicha labor a uno de sus organismos públicos ya existentes;

e)Facilitar el proceso legislativo para establecer el cargo de Defensor de los Derechos del Niño;

f)Reforzar la aplicación de las leyes y los mecanismos de vigilancia de la corrupción a todos los niveles y en todos los sectores, y castigar a los culpables de delitos de corrupción con sanciones proporcionales.

3.Se ruega expliquen qué medidas se han adoptado para:

a)Elaborar un sistema de vigilancia y evaluación con un enfoque basado en los derechos del niño para evaluar y someter a seguimiento el impacto de la asignación de recursos sobre los derechos del niño, entre otros contextos a nivel de los órganos de administración autónoma (majallia);

b)Mejorar el acceso y la calidad de los datos relativos a todos los niños en el Estado parte, en relación con todas las esferas de la Convención, incluidos la violencia contra los niños, la salud mental, los niños en situación de calle y los niños pertenecientes a grupos minoritarios;

c)Mejorar la participación de la sociedad civil en la planificación, aplicación, supervisión y evaluación de las leyes, políticas, planes y programas relacionados con los derechos del niño.

4.Se ruega expliquen qué medidas se han adoptado para:

a)Elaborar procedimientos y criterios para velar por que el principio del interés superior del niño se integre adecuadamente y se aplique de forma coherente en todos los procedimientos administrativos y judiciales que afecten a los niños;

b)Garantizar el derecho de todos los niños, incluidos los menores de 10 años, a ser escuchados en los procedimientos judiciales y administrativos que les afecten, especialmente en los procedimientos civiles y en los relacionados con modalidades alternativas de cuidado;

c)Velar por que los niños, incluidos los niños pequeños, puedan ejercer plenamente el derecho a ser escuchados en el contexto de la elaboración de políticas y de los cambios institucionales con el fin de aumentar la participación de los jóvenes, definidos como personas de entre 14 y 30 años.

5.Sírvanse formular aclaraciones sobre:

a)La manera en que la Ley de Protección del Niño contra la Información Perjudicial para su Salud y Desarrollo, de 2017, no restringe indebidamente el derecho de los niños a la libertad de expresión y al acceso a la información;

b)Los progresos realizados en lo que respecta a la provisión de acceso a Internet de banda ancha en todos los centros educativos y a la ejecución de los planes destinados a aumentar la conectividad de todos los niños, en particular de los que viven en zonas apartadas y de los que se crían en familias desfavorecidas.

6.Se ruega describan qué medidas se han adoptado para:

a)Mejorar la recopilación de datos precisos sobre la prevalencia y los tipos de violencia contra los niños;

b)Reforzar los marcos legislativos e institucionales para combatir la violencia contra los niños y elaborar programas de parentalidad positiva;

c)Establecer mecanismos seguros y eficaces de denuncia de cualquier forma de tortura o violencia contra los niños por parte de los agentes del orden, y velar por que esas denuncias se investiguen de forma efectiva;

d)Garantizar la disponibilidad y accesibilidad de servicios para los niños víctimas de la violencia, y habilitar una línea telefónica de ayuda.

7.Sírvanse facilitar al Comité información actualizada sobre:

a)Los progresos realizados en lo que respecta a la ejecución del plan de acción de 2019 para la desinstitucionalización de los niños y a la creación de servicios para evitar que se separe a los niños de sus padres y para fomentar su reintegración familiar, así como para aumentar el apoyo a las familias sustitutivas;

b)Los planes de designar un organismo gubernamental encargado de dirigir y coordinar el proceso de desinstitucionalización;

c)Las medidas adoptadas para evitar el internamiento de niños menores de 3 años en instituciones.

8.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas que se hayan adoptado para:

a)Introducir el modelo de la discapacidad basado en los derechos humanos;

b)Desinstitucionalizar a los niños con discapacidad;

c)Garantizar el acceso de los niños con discapacidad, incluidos los que viven en zonas apartadas, a una educación inclusiva, a atención médica, a servicios de rehabilitación y a ajustes razonables en todas las esferas de la vida.

9.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas que se hayan adoptado para:

a)Velar por que se asignen unos recursos humanos, técnicos y financieros adecuados a todos los centros sanitarios del Estado para asegurar la disponibilidad de los medicamentos, los servicios y los artículos de higiene necesarios, entre otras cosas;

b)Garantizar la disponibilidad de servicios y programas de salud mental para niños y velar por que se forme a personal cualificado, incluidos psiquiatras infantiles, psicólogos, trabajadores sociales especializados en salud mental y demás personal especializado, y por que todas las regiones cuenten con dicho personal;

c)Seguir impartiendo programas de educación sobre salud sexual y reproductiva.

10.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para integrar las vulnerabilidades y necesidades especiales y las opiniones de los niños en las políticas o programas en los que se traten cuestiones relacionadas con el cambio climático y la gestión del riesgo de desastres, y para que los niños cobren mayor conciencia del cambio climático y de los desastres naturales y estén mejor preparados para hacerles frente.

11.Se ruega describan qué medidas se han adoptado para:

a)Aumentar el acceso equitativo a los servicios de educación preescolar;

b)Eliminar las disparidades de rendimiento en la educación primaria y secundaria asociadas a las diferencias en cuanto al nivel socioeconómico, la residencia en zonas urbanas o rurales o el género;

c)Garantizar la continuidad de la educación durante los confinamientos decretados en el contexto de la pandemia de COVID-19, y evitar que se exacerben las disparidades existentes;

d)Mejorar la calidad general de la educación y participar en evaluaciones a gran escala, como el Programa para la Evaluación Internacional de Alumnos y el Estudio Internacional de Tendencias en Matemáticas y Ciencias.

12.Sírvanse proporcionar información sobre la manera en que se ha aplicado el Decreto Presidencial de 29 de mayo de 2017 en relación con el acceso al territorio y a los procedimientos de asilo en el caso de los niños que necesitan protección internacional. Se ruega indiquen qué medidas se han adoptado para facilitar el acceso de los niños solicitantes de asilo y refugiados a la educación, la atención sanitaria y los servicios sociales.

13.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas que se hayan adoptado para:

a)Establecer un sistema oficial de justicia juvenil o asegurarse de que en el sistema de justicia únicamente aquellos profesionales que estén especializados en el ámbito de la niñez puedan trabajar con niños;

b)Velar por que los niños no estén recluidos junto con adultos y por que estén privados de libertad durante el menor tiempo posible, incluso en los contextos de la detención policial y la prisión preventiva;

c)Fomentar el recurso a alternativas a la privación de libertad, incluidas medidas de justicia restaurativa;

d)Restringir el uso de la reclusión en régimen de aislamiento en el caso de los niños.

14.Con respecto a las recomendaciones anteriores del Comité en relación con el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (CRC/C/OPSC/UZB/CO/1), sírvanse especificar si se han incorporado plenamente en la legislación nacional las disposiciones del Protocolo Facultativo. Se ruega expliquen si se ha establecido la jurisdicción extraterritorial sobre todos los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo.

15.Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación de las recomendaciones anteriores del Comité en relación con el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados (CRC/C/OPAC/UZB/CO/1) y sobre las medidas que se hayan adoptado para establecer la jurisdicción extraterritorial sobre los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo.

Parte II

16.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones y sus mandatos o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información

17.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

18.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:

a)Los niños víctimas de descuido, malos tratos, violencia y abusos, incluida la violencia sexual, así como el número de denuncias, investigaciones, enjuiciamientos y condenas;

b)El consumo de drogas, alcohol y tabaco entre los niños;

c)Los niños en situación de calle;

d)Los niños que trabajan en los sectores formal e informal de la economía;

e)Los niños a los que se les imparte la enseñanza en los idiomas de las minorías nacionales;

f)Los casos de malos tratos y violencia contra los niños, incluidos la violencia doméstica, los castigos corporales y los abusos sexuales; las investigaciones realizadas; y el resultado de los juicios, incluidas las condenas impuestas a los autores y la reparación concedida a las víctimas;

g)La cobertura de inmunización.

19.Sírvanse aportar los datos de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, indicando el número de niños:

a)Separados de sus padres;

b)Internados en instituciones, desglosados por la duración del internamiento;

c)Confiados a familias de acogida.

20.Sírvanse aportar los datos de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Viven o han vivido con su familia;

b)Viven o han vivido en instituciones residenciales;

c)Asisten o han asistido a escuelas ordinarias;

d)Asisten o han asistido a clases o escuelas especiales;

e)Están cursando o han cursado formación profesional o educación terciaria;

f)No están o no han estado escolarizados.

21.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre los niños en conflicto con la ley que:

a)Han sido investigados;

b)Han sido detenidos;

c)Han sido derivados a programas de medidas extrajudiciales;

d)Han sido sometidos a prisión preventiva;

e)Están cumpliendo una pena de privación de libertad y por qué delitos, incluyendo la duración de la pena.

22.Se ruega faciliten información sobre la manera en que se incorpora un enfoque basado en los derechos del niño a la planificación, la aplicación y la supervisión de las medidas para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible, entre otras cosas en lo que respecta a la participación de los niños y la recopilación de datos, y de qué forma promueven esas medidas la efectividad de los derechos del niño reconocidos en la Convención y en sus Protocolos Facultativos.

23.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.

24.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.