Naciones Unidas

CRC/C/IDN/Q/5-6

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

17 de octubre de 2024

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicosquinto y sexto combinados de Indonesia *

1.Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada (en un máximo de 10.700 palabras) antes del 15 de febrero de 2025. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

2.Sírvanse explicar las medidas adoptadas o previstas para:

a)Incorporar las disposiciones de la Convención a la legislación nacional, incluidas las leyes provinciales y de distrito relativas a los derechos del niño;

b)Asegurar el fortalecimiento y la implementación del Sistema de Protección de la Infanciacomo programa integral de protección de los derechos del niño, de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo a Medio Plazo 2020-2024;

c)Garantizar la coordinación y la cooperación entre las instituciones gubernamentales para aplicar la Convención y sus Protocolos Facultativos a nivel nacional, regional y local, en particular reforzando el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer y Protección de la Infancia y los órganos encargados de la coordinación a nivel provincial y local, dotándolos de autoridad suficiente y de recursos humanos, técnicos y financieros específicos;

d)Destinar recursos presupuestarios suficientes y específicos para hacer efectivos los derechos del niño, en particular el derecho a la salud;

e)Implantar plenamente el perfil de la infancia indonesia como sistema integral de recopilación de datos en el que estos figuren desglosados por edad, sexo, discapacidad, nacionalidad, origen étnico y situación migratoria, así como por otras categorías, y que abarque todas las esferas de la Convención y sus Protocolos Facultativos;

f)Dotar a la Comisión de Protección de la Infancia de Indonesia de recursos humanos, técnicos y financieros suficientes para garantizar su autonomía funcional;

g)Establecer la responsabilidad jurídica de las empresas y sus filiales que operan en el territorio del Estado parte o están administradas desde él para que sus actividades se ajusten a la Convención y sus Protocolos Facultativos.

3.Se ruega informen acerca de los cambios introducidos en los artículos 408, 409 y 410 del Código Penal que pueden tipificar como delito la difusión de información sobre la salud sexual y reproductiva por cualquier persona que no sea un funcionario autorizado.

4.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para:

a)Aprobar una ley integral contra la discriminación que abarque todos los elementos consagrados en el artículo 2 de la Convención y que aborde todas las formas de discriminación, en particular contra las niñas, los niños con discapacidad, los solicitantes de asilo y refugiados, los pertenecientes a minorías étnicas y religiosas o comunidades indígenas y los niños y niñas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales;

b)Garantizar que las decisiones relativas a la adopción de niños y la custodia de los hijos no se tomen en función de su religión, sino basándose en su interés superior como consideración primordial;

c)Aplicar plenamente el artículo 24 de la Ley núm. 35/2014, que consagra el derecho de los niños a expresar sus opiniones, y todas las demás leyes que establecen el derecho del niño a ser escuchado.

5.Se ruega describan las medidas adoptadas para:

a)Velar por que todos los niños nacidos en el Estado parte sean inscritos y reciban una partida de nacimiento, con independencia de su nacionalidad, religión y situación al nacer;

b)Garantizar el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión de todos los niños, cualesquiera que sean sus creencias, y luchar contra la intolerancia por motivos de religión u otras creencias;

c)Aprobar reglamentos o políticas destinados a proteger los derechos y la privacidad de los niños en el entorno digital.

6.Sírvanse explicar las medidas adoptadas a fin de:

a)Garantizar el acceso de los niños a la justicia mediante investigaciones multidisciplinarias adaptadas a los niños y a las cuestiones de género que permitan evitar revictimizarlos y reforzar las terapias centradas en el trauma y otros servicios de apoyo para los niños víctimas de violencia, en particular de violencia sexual;

b)Combatir la explotación y los abusos sexuales de niños aplicando la legislación pertinente, velando por que no se estigmatice a los niños víctimas de esos actos y por que se denuncien e investiguen tales delitos y se castigue a los autores;

c)Prohibir el matrimonio de menores de 18 años, sin excepción ni “dispensa”, y prevenir el matrimonio infantil, especialmente entre las niñas que viven en zonas remotas y rurales;

d)Erradicar la práctica nociva de la mutilación genital femenina o la denominada “circuncisión femenina”.

7.Tengan a bien informar acerca de las medidas adoptadas o previstas para:

a)Poner en marcha el Programa de Desarrollo de la Calidad del Entorno Familiar, aprobar el proyecto de ley de atención a la infancia y elaborar cualquier otro programa en apoyo del derecho de los niños a un entorno familiar;

b)Reducir la tasa de institucionalización de niños, en particular de niños con discapacidad, promover su integración social y priorizar el acogimiento en un entorno familiar;

c)Asegurar el cumplimiento de las normas nacionales de atención del niño en las instituciones y las modalidades alternativas de cuidado y garantizar la supervisión independiente de esos entornos de atención a la infancia de forma periódica y sistemática;

d)Reforzar el apoyo destinado a que los niños que abandonan los regímenes de acogida puedan llevar una vida independiente, incluido el acceso a la vivienda.

8.Sírvanse explicar las medidas tomadas o previstas para adoptar un enfoque de la discapacidad basado en los derechos humanos y hacer frente al aumento de la institucionalización de niños con discapacidad desarrollando un modelo de apoyo familiar y comunitario para estos niños.

9.Tengan a bien informar acerca de las medidas adoptadas o previstas para:

a)Reducir la mortalidad neonatal y de menores de 5 años facilitando el acceso equitativo a la atención sanitaria durante el embarazo y el parto, incluido el acceso a la atención obstétrica de urgencia y la atención al recién nacido durante el período neonatal, especialmente en las zonas remotas y rurales;

b)Garantizar el acceso de los adolescentes a servicios e información en materia de salud reproductiva adecuados a su edad, incluidos servicios gratuitos de aborto seguro y de atención posterior al aborto, y el acceso gratuito a anticonceptivos, también en las zonas remotas y rurales;

c)Facilitar una educación integral en materia de salud y derechos sexuales y reproductivos, entre otras cosas proporcionando, como parte de los planes de estudios obligatorios y de la capacitación docente, información sobre planificación familiar y educación sobre igualdad de género, diversidad sexual y salud y derechos sexuales y reproductivos;

d)Atender los problemas de salud mental de los niños, en particular mediante servicios de salud mental terapéuticos y basados en la comunidad;

e)Luchar contra el uso indebido de sustancias y el consumo de productos de tabaco por parte de los niños y los adolescentes.

10.Sírvanse proporcionar al Comité información actualizada sobre las medidas adoptadas para establecer estrategias y programas de reducción de la pobreza a todos los niveles, en particular en las zonas remotas y rurales, para garantizar un acceso equitativo a los servicios básicos, como una nutrición adecuada, la vivienda, el agua y el saneamiento, así como a los servicios educativos, sociales y sanitarios, y para proporcionar asistencia material a las familias económicamente desfavorecidas.

11.Informen sobre las medidas adoptadas para velar por que las políticas y los programas nacionales en materia de protección ambiental y lucha contra el cambio climático tengan en cuenta las necesidades y las opiniones de los niños y para promover la concienciación y preparación de los niños respecto al cambio climático.

12.Se ruega describan las medidas adoptadas para:

a)Subsanar el descenso de los niveles de matriculación y asistencia escolar, debido a las elevadas tasas académicas y otros gastos, especialmente en las zonas remotas y rurales, y la falta de apoyo a las adolescentes embarazadas y a las madres adolescentes para que prosigan su educación;

b)Mejorar la calidad de la educación, también en las escuelas religiosas, perfeccionando la formación del profesorado y estableciendo requisitos estrictos de cualificación para los docentes.

13.Sírvanse facilitar al Comité información actualizada sobre las medidas que se hayan adoptado con miras a:

a)Garantizar que los niños solicitantes de asilo y refugiados dispongan de protección adecuada y de la necesaria asistencia, incluida asistencia jurídica, en todas las fases de los procedimientos de asilo y determinación de la condición de refugiado y que se designen tutores para los niños solicitantes de asilo o refugiados que no estén acompañados o hayan sido separados de su familia;

b)Erradicar los ataques violentos contra personas pertenecientes a minorías religiosas, incluidos los niños;

c)Mejorar la situación de los niños pertenecientes a comunidades indígenas, en particular los papúes, que se enfrentan a la pobreza, la militarización y la extracción de recursos naturales en sus tierras, así como a un acceso deficiente a la educación y la atención sanitaria;

d)Reducir la prevalencia del trabajo infantil en el Estado parte, especialmente en la minería, la pesca de altura, las obras de construcción y las canteras, así como en el trabajo doméstico;

e)Promulgar y aplicar leyes contra la trata de niños y reforzar el Grupo de Trabajo sobre la Trata de Personas.

14.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para aplicar las anteriores recomendaciones del Comité de que considere la posibilidad de aumentar la edad de responsabilidad penal de los 12 a los 14 años, garantice que la privación de libertad solo se utilice como medida de último recurso y durante el menor tiempo posible y promueva medidas alternativas a la privación de libertad.

Parte II

15.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones y sus mandatos o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información

16.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

17.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:

a)Los casos de malos tratos y violencia contra niños —incluidos casos de tortura, trato inhumano o degradante, todas las formas de castigo corporal, abusos sexuales dentro y fuera del hogar, violencia doméstica, acoso y violencia o abusos sexuales en línea—, así como sobre los enjuiciamientos y las penas impuestas en el Estado parte en esos casos;

b)Los casos de matrimonio infantil, incluidos los permitidos en virtud del procedimiento para la dispensa;

c)Los casos de embarazo en la adolescencia;

d)Los niños apátridas;

e)Los niños solicitantes de asilo, refugiados y migrantes;

f)Los niños que trabajan, también en el sector informal;

g)Los niños en situación de calle;

h)Los niños que viven en la pobreza;

i)Los niños víctimas de la trata de personas.

18.Sírvanse aportar datos actualizados relativos a los últimos tres años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, indicando el número de niños:

a)Separados de su familia, especificando la duración de la separación;

b)Internados en instituciones, incluyendo el número de instituciones y datos sobre el número de niños en cada institución;

c)Confiados a familias de acogida;

d)Disponibles para la adopción;

e)Adoptados en el país o mediante adopciones internacionales, si las hubiera, aportando datos sobre el país receptor.

19.Facilítense datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:

a)Viven con su familia;

b)Viven en instituciones;

c)Asisten a escuelas primarias ordinarias;

d)Asisten a escuelas secundarias ordinarias;

e)Asisten a escuelas especiales;

f)No están escolarizados;

g)Han sido abandonados por su familia.

20.Sírvanse proporcionar datos estadísticos actualizados, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico y nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre el número de niños sospechosos, acusados o declarados culpables de infringir la legislación penal, especificando si:

a)Han sido detenidos;

b)Han sido derivados a programas de medidas extrajudiciales;

c)Se encuentran en prisión preventiva;

d)Han sido condenados y están cumpliendo una pena de privación de libertad, indicando la duración de la pena.

21.Sírvanse proporcionar información sobre la manera en que se incorpora un enfoque basado en los derechos del niño a la planificación, la aplicación y la supervisión de las medidas para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular en lo que respecta a la participación de los niños y la recopilación de datos, y sobre la forma en que esas medidas promueven la realización de los derechos del niño en virtud de la Convención y sus Protocolos Facultativos.

22.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.

23.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.