Naciones Unidas

CRC/C/OPSC/USA/5

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

15 de octubre de 2024

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Informe que los Estados Unidos de América debían presentar en 2022 en virtud del artículo 12, párrafo 1, del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía * **

[Fecha de recepción: 23 de enero de 2022]

Lista de siglas

FBIBuró Federal de Investigaciones

ONGOrganización no gubernamental

ORROficina de Reasentamiento de Refugiados (Departamento de Salud y Servicios Humanos)

USAIDAgencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional

USCISServicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos

I.Introducción

1.Los Estados Unidos de América manifiestan su satisfacción por esta oportunidad de presentar al Comité de los Derechos del Niño (el Comité) su quinto informe periódico sobre las medidas adoptadas para cumplir sus obligaciones en virtud del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. El informe hace hincapié en la evolución de la situación desde la presentación de los informes tercero y cuarto de los Estados Unidos (CRC/C/OPSC/USA/3-4) en 2016 (en adelante, el informe de 2016). La selección y el orden del contenido del presente informe siguen en general la estructura de las observaciones finales (las observaciones) del Comité de 2 de junio de 2017, CRC/C/OPSC/USA/CO/3-4.

2.Este informe se basa en la experiencia de los Departamentos de Estado, Educación, Justicia, Salud y Servicios Humanos, Seguridad Nacional, Interior, Trabajo, y del Tesoro, así como de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos. Los Estados Unidos tienen la intención de celebrar una consulta con la sociedad civil a través de organizaciones no gubernamentales (ONG) antes de su presentación ante el Comité.

II.Información de seguimiento de las observaciones finales (CRC/C/OPSC/USA/CO/3-4)

A.Observaciones generales

3.Los Estados Unidos agradecen que el Comité haya acogido con satisfacción las medidas que han adoptado en el ámbito de la trata de niños, incluida la promulgación de leyes que ratifican y complementan la Ley de Protección de las Víctimas de la Trata, de 2000, y otras medidas, como la Ley de Reforma de las Medidas de Protección para las Víctimas de la Trata, de 2013, la Ley de Prevención de la Trata Sexual y de Fortalecimiento de las Familias, de 2014, la Ley de Justicia para las Víctimas de la Trata en mayo de 2015, la creación de la Oficina contra la Trata de Personas de la Administración para la Infancia y las Familias, dependiente del Departamento de Salud y Servicios Humanos, en 2015, la aprobación de la Estrategia Nacional para la Prevención y Prohibición de la Explotación Infantil en 2016, y la aprobación del Plan de Acción Estratégico Federal sobre los Servicios a las Víctimas de la Trata de Personas en los Estados Unidos para 2013-2017. Más recientemente, la Ley de Protección de las Víctimas de la Trata fue ratificada por el Congreso mediante cuatro proyectos de ley separados en 2018 y a principios de 2019. Los Estados Unidos han desarrollado y publicado un Plan de Acción Nacional para Combatir la Trata de Personas, que fue publicado por primera vez en octubre de 2020 y publicado nuevamente el 3 de diciembre de 2021, lo que refleja los compromisos del Gobierno con la equidad de género y la equidad racial mediante la adopción de medidas contra las injusticias sistémicas de que son objeto las comunidades, incluidas las poblaciones desatendidas. A través de estas leyes y estrategias, los Estados Unidos siguen haciendo cumplir de forma activa y enérgica las leyes contra todas las formas de la trata, incluida la trata de niños, y proporcionando apoyo y protección a las víctimas de la trata de personas.

4.En aras de la cooperación, los Estados Unidos facilitan toda la información posible en respuesta a las preguntas y observaciones del Comité, incluso en los casos en que las preguntas o la información facilitadas en respuesta no guardan relación directa con las obligaciones dimanantes del Protocolo.

B.Datos

Recopilación de datos

5.Como señalamos en nuestros informes periódicos tercero y cuarto, el establecimiento de un sistema unificado de recopilación de datos a nivel nacional entraña considerables dificultades para los Estados Unidos, ya que las autoridades federales, estatales, territoriales, tribales y locales tienen todas jurisdicción en este ámbito, y la reunión de datos corre a cargo de todas esas autoridades, algunas de las cuales utilizan sistemas de datos y definiciones de delitos diferentes. No obstante, en los últimos años, los Estados Unidos han seguido adoptando medidas con miras a establecer un sistema nacional de reunión de datos en algunos ámbitos. Estas incluyen la puesta en marcha del Sistema de Datos sobre Delitos Cometidos contra los Niños en Internet, por el Departamento de Justicia en diciembre de 2014, como parte del Programa del Equipo de Tareas sobre los Delitos contra la Infancia en Internet, una red nacional integrada por 61 equipos de tareas coordinados, que representan a más de 5.400 organismos policiales y fiscales federales, estatales y locales. El Sistema de Datos sobre Delitos Cometidos contra los Niños en Internet permite que los usuarios acreditados, cuando investiguen y emprendan acciones judiciales en relación con la explotación de niños, puedan aportar datos y acceder a ellos para utilizarlos en la resolución de conflictos de casos, y permite el análisis de datos en tiempo real, a través de varias plataformas, para facilitar la identificación de objetivos y ayudar a estimar la escala de los esfuerzos de aplicación de la ley necesarios para hacer frente a esos delitos. Desde 1998, los equipos de tareas del Programa del Equipo de Tareas sobre los Delitos contra la Infancia en Internet han examinado más de 1.114.000 denuncias de explotación infantil en Internet, lo que ha dado lugar a la detención de más de 108.300 sospechosos. En el ejercicio económico 2020, los programas del equipo de tareas llevaron a cabo más de 109.000 investigaciones y 85.600 exámenes forenses, que dieron lugar a la detención de más de 9.200 personas. El programa también impartió capacitación a más de 24.800 miembros del personal encargado de la aplicación de la ley, a más de 2.260 fiscales y a más de 7.600 profesionales de otro tipo que trabajan sobre el terreno. En el ejercicio económico 2020, los fondos para el programa ascendieron a 34,7 millones de dólares. En diciembre de 2020, la Oficina de Atención a las Víctimas de la Delincuencia del Departamento de Justicia publicó el Human Trafficking Action Research Toolkit (Conjunto de Herramientas para la Investigación sobre la Trata de Personas) a fin de proporcionar información, estrategias, herramientas y otros recursos para ayudar a las organizaciones y los programas a recopilar e interpretar datos con el fin de mejorar su labor. Para más datos del programa sobre detenciones, peticiones y juicios por delitos contra niños, véase el anexo 2. Además, en 2021, la Oficina de Atención a las Víctimas de la Delincuencia financió un proyecto de formación y asistencia técnica que ayudará a las fuerzas del orden a desarrollar planes de datos, recopilar y analizar datos, y apoyar la programación basada en datos para abordar mejor las iniciativas de lucha contra la trata (tanto de niños como de adultos).

6.La Ley de Prevención de la Trata Sexual y de Fortalecimiento de las Familias de 2014 establece que los organismos estatales de bienestar del niño deben informar anualmente al Secretario del Departamento de Salud y Servicios Humanos sobre el número total de niños y jóvenes que son víctimas de trata sexual, incluyendo determinados datos sobre la trata de niños tribales con fines de explotación sexual en el Sistema de Análisis y Notificación sobre la Colocación en Hogares de Acogida y Adopción; y requiere que los organismos de asistencia social comuniquen la información que reciban sobre niños desaparecidos y secuestrados al Centro Nacional para Menores Desaparecidos y Explotados y a las autoridades encargadas de aplicar la ley para su inclusión en la base de datos del Centro Nacional de Información sobre Delitos. El Child Maltreatment Report (Informe sobre el Maltrato Infantil) de 2019, https://www.acf.hhs.gov/sites/default/files/documents/cb/cm2019.pdf, ofrece información sobre los primeros datos recopilados sobre la trata sexual de niños por los organismos de bienestar del niño en virtud de la Ley de Justicia para las Víctimas de Trata de 2015; en el ejercicio económico 2019, 29 estados informaron de 877 víctimas únicas de trata sexual. El Departamento de Salud y Servicios Humanos también aplica el Proyecto de Recopilación de Datos sobre la Trata de Personas para reunir datos sobre las víctimas de la trata de personas, las necesidades de servicios y la identificación de factores de riesgo. El Departamento de Salud y Servicios Humanos puso en marcha el Sistema de Gestión de Casos Shepherd en 2019, proporcionando un proceso seguro y simplificado para solicitar asistencia para niños extranjeros que pudieran haber sido víctimas de trata y fomentando la transparencia en todo el proceso de elegibilidad del Departamento. En 2020, el Departamento de Salud y Servicios Humanos se asoció con USAID y el Centro Nacional de Investigación de la Opinión para examinar y validar los datos históricos de elegibilidad del Departamento (ejercicio económico 2001 a ejercicio económico 2019). En 2021, el Departamento de Salud y Servicios Humanos adjudicó un contrato para desarrollar el Sistema de Gestión de la Información contra la Trata de Personas, que mejorará la reunión y el análisis de datos de los beneficiarios de subvenciones y creará un sistema interoperable con el módulo de gestión de casos Shepherd.

7.La Administración para la Infancia y las Familias, Oficina de Servicios para la Familia y la Juventud, y la División de Jóvenes Fugitivos y de la Calle del Departamento de Salud y Servicios Humanos requieren que los programas para jóvenes fugitivos y de la calle recopilen información sobre la explotación laboral, la trata de personas con fines de explotación laboral y la trata sexual mediante el Sistema de Información sobre la Gestión de Jóvenes Fugitivos y de la Calle a fin de garantizar que los jóvenes víctimas de la trata sean identificados y remitidos a servicios especializados.

8.La Ley de Lucha contra la Trata de Personas de 2015 establece que el director de la Oficina de Estadísticas Judiciales del Departamento de Justicia debe elaborar un informe anual que incluya información sobre el número de detenciones por delitos de trata de personas por agentes de orden público estatales, el número de personas procesadas en los tribunales estatales por delitos de trata de personas, el número de personas condenadas en tribunales estatales por delitos de trata de personas y las penas impuestas a personas condenadas en tribunales estatales por los delitos mencionados. Como su primera recopilación de datos sobre las funciones de los fiscales generales de los estados en la lucha contra la trata de personas, la Oficina de Estadísticas Judiciales realizó una encuesta de fiscales generales de los estados de 2018. La encuesta recabó respuestas de 43 estados, el Distrito de Columbia, Samoa Americana, Guam y las Islas Marianas del Norte. De las 47 oficinas que respondieron, la policía local (26) o la policía estatal (22) fueron identificadas con más frecuencia como fuentes de remisión que cualquier otra fuente. De las 47 oficinas que respondieron, tres informaron haber resuelto al menos un caso de trata de personas con fines de explotación laboral en que el acusado fue declarado culpable, mientras que 16 informaron haber resuelto al menos un caso de trata sexual en el que el acusado fue declarado culpable. En cuanto a los recursos para investigar y procesar casos, 31 oficinas tenían acceso a analistas de delitos y 37 a peritos en materia de informática forense. De las 47 oficinas que respondieron, 44 indicaron que participaban en al menos un equipo de tareas federal, regional o estatal de lucha contra la trata de personas. Además, la mayoría de las fiscalías generales contaban con defensores de las víctimas (41) y proveedores de servicios a las víctimas (35) para apoyar a las víctimas, incluidas las víctimas de trata con fines de explotación sexual o laboral.

9.Se han introducido varios cambios adicionales para aumentar y mejorar la recopilación de datos sobre la trata de personas. En 2013, el Buró Federal de Investigaciones (FBI) estableció la Recopilación de Datos sobre la Trata de Personas como parte de su Programa Uniforme de Notificación de Delitos. Los programas estatales uniformes de notificación de delitos y los organismos locales encargados de hacer cumplir la ley que participan en la recopilación de estos datos informan del número de delitos imputados y de casos resueltos mediante detenciones por dos tipos de trata de personas: trata sexual y todas las formas de trata con fines de explotación laboral. Los datos recopilados por el FBI representan únicamente los delitos y detenciones relacionados con la trata de personas presentados por los estados y organismos con capacidad para registrarlos y notificarlos. En consecuencia, es probable que la información obtenida mediante la Recopilación de Datos sobre la Trata de Personas no represente toda la gama de delitos de trata de personas conocidos por las fuerzas del orden estatales y locales. En los últimos cinco años, la participación en la Recopilación de Datos sobre la Trata de Personas ha aumentado y el número de estados que presentan informes con organismos encargados de hacer cumplir la ley ha aumentado de 37 en 2015 a 45 en 2019. De 2015 a 2019, el número de detenciones por trabajo forzoso notificadas por los organismos participantes aumentó de 66 a 146. Las detenciones relacionadas con la trata sexual fluctuaron entre 2015 y 2017, alcanzando el punto máximo en 2016, pero se mantuvieron estables de 2017 a 2019. Los organismos participantes informaron de 562 detenciones por actos de comercio sexual en 2019. En enero de 2021, el programa de Recopilación de Datos sobre la Trata de Personas del FBI pasó de un sistema basado en resúmenes del número de delitos imputados a un sistema basado en incidentes, en el que los organismos comunican los datos sobre delitos, incluidos datos sobre delitos de trata de personas, al Sistema Nacional de Notificación de Incidentes del FBI. El nuevo sistema permite examinar más detalles sobre los incidentes de trata, incluido el número y las características demográficas de las víctimas, para determinar si se trata de un niño o un adulto, dónde y cuándo se produjeron los incidentes, si se utilizaron armas o se produjeron lesiones relacionadas con el delito o los delitos, e información sobre las personas detenidas en relación con la trata. Además, el Sistema Nacional de Notificación de Incidentes utiliza definiciones normalizadas para mantener datos uniformes y coherentes. Estas definiciones garantizan que el programa de Recopilación de Datos sobre la Trata de Personas del FBI tenga en cuenta y contabilice adecuadamente todos los delitos penales, con independencia de los diferentes títulos en virtud de las leyes estatales y locales o de los títulos y estatutos de los Estados Unidos.

10.La recopilación de casos penales en los tribunales estatales es una nueva iniciativa de la Oficina de Estadísticas Judiciales del Departamento de Justicia para reunir, de los registros electrónicos de los tribunales estatales, datos sobre el número y los atributos de los casos archivados en los tribunales de primera instancia de los estados. Esta iniciativa producirá estimaciones nacionales de la actividad en los tribunales estatales y ayudarán a comprender las características y resultados de los casos. En 2019, la Oficina de Estadísticas Judiciales también llevó a cabo el Censo de 2019 de organismos tribales encargados de hacer cumplir la ley, la primera recopilación de datos de la Oficina de Estadísticas Judiciales estuvo centrada exclusivamente en los organismos tribales encargados de hacer cumplir la ley, los organismos encargados de hacer cumplir la ley operados por el Departamento de Asuntos Indios de la Oficina de Servicios de Justicia, y los policías del Estado de Alaska que prestan servicios a los pueblos nativos de Alaska bajo su jurisdicción. Se preguntó a los organismos, entre otras cosas, si habían hecho alguna detención por trata de personas con fines de explotación sexual o explotación laboral durante el año anterior. La recopilación de datos finalizó el 31 de diciembre de 2019, con una tasa de respuesta del 92 %.

11.La Encuesta Nacional de Proveedores de Servicios a las Víctimas de 2019, aplicada por la Oficina de Estadísticas Judiciales a una muestra representativa a nivel nacional de proveedores de servicios a las víctimas del Censo Nacional de Proveedores de Servicios a las Víctimas de 2017, encuestó a alrededor de 7.200 organizaciones que prestaban servicios a víctimas de delitos o abusos como su función principal o que tenían personal o programas dedicados a atender a las víctimas. La Encuesta Nacional de Proveedores de Servicios a las Víctimas recopiló información detallada sobre los servicios prestados a las víctimas, incluida toda la gama de servicios que se prestaban a las víctimas, las características de las víctimas que recibían los servicios, si los servicios estaban relacionados con la trata de personas con fines de explotación sexual o laboral, las características del personal que prestaba servicios a las víctimas, y las deficiencias existentes en los servicios. La Oficina de Estadísticas Judiciales del Departamento de Justicia está preparando los datos recopilados por la Encuesta Nacional de Proveedores de Servicios a las Víctimas de 2019 para su publicación en 2022. La recopilación de estos datos es importante para describir los tipos y el nivel de apoyo de que disponen las víctimas de delitos, incluidos los servicios para las poblaciones de víctimas de difícil acceso.

12.Por último, el Programa Nacional de Información Penitenciaria de la Oficina de Estadísticas Judiciales del Departamento de Justicia, que recopila datos de los delincuentes sobre los ingresos en prisiones estatales y las excarcelaciones, ha actualizado sus códigos relacionados con la trata de personas para mejorar la medición del número de personas encarceladas en prisiones estatales por delitos de trata de personas. Además, la Iniciativa Nacional de Intercambio de Estadísticas sobre Delincuencia, una colaboración entre la Oficina de Estadísticas Judiciales y el FBI tiene por objetivo aumentar el número de organismos encargados de hacer cumplir la ley que comunican datos detallados sobre la delincuencia al Sistema Nacional de Notificación de Incidentes.

13.El informe anual más reciente del Fiscal General al Congreso sobre las actividades del Gobierno de los Estados Unidos para combatir la trata de personas (correspondiente al ejercicio económico 2018), que está a disposición del público, puede consultarse en https://www.justice.gov/humantrafficking/page/file/1276166/download. El informe de 2021 del Departamento de Estado sobre los esfuerzos del Gobierno de los Estados Unidos para combatir la trata de personas puede consultarse en https://www.state.gov/report/2021-trafficking-in-persons-report/.

C.Medidas generales de aplicación

Principios generales de la Convención

Legislación

14.Antes de hacerse parte en el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, los Estados Unidos examinaron cuidadosamente sus leyes y determinaron que eran suficientes para hacer posible la aplicación efectiva de sus obligaciones en virtud del Protocolo, tal y como se describen en las reservas y entendimientos de los Estados Unidos, que siguen en vigor, incluidos los delitos relativos a la venta de niños, que se definen en los artículos 2 y 3.

15.En lo que respecta a la armonización de la edad del niño entre la legislación federal, estatal y tribal, debido a nuestro sistema federal, el gobierno federal de los Estados Unidos no puede efectuar cambios directamente en las leyes penales estatales o tribales, pero puede fomentar y, en efecto, fomenta los esfuerzos de armonización. Las leyes federales y las correspondientes medidas de protección para las víctimas se extienden en general a los menores de 18 años. Véase, por ejemplo, título 18 del Código de los Estados Unidos, artículo 1591 (Trata de personas con fines de explotación sexual); título 18, artículos 2421 a 2423 y 2425 (Transporte, coacción e incitación, transporte de niños, y uso de instalaciones interestatales para transmitir información sobre un niño); título 18, artículos 2251 a 2260 (Pornografía infantil); título 18, artículo 3509 (Medidas especiales de protección a los niños); título 18, artículo 3771 (Derechos y medidas de protección de las víctimas de delitos federales); y regla federal sobre pruebas 412 (Medidas de protección para las víctimas de agresión sexual). Todos los estados han promulgado leyes contra la trata de personas, y muchas de ellas hacen extensiva la protección a los menores de 18 años. Las leyes estatales tipifican como delito la actividad de la trata de personas, proporcionan protección judicial a los supervivientes, establecen fuentes de financiación para iniciativas de lucha contra la trata, coordinan los esfuerzos de las partes interesadas, regulan las empresas para mitigar las consecuencias de la trata de personas y educan al público sobre cuestiones relacionadas con la trata de personas. De conformidad con la Conferencia Nacional de Asambleas Legislativas Estatales, en 2020, 36 estados contaban con oficinas de defensa de la infancia o defensores de la infancia. La Oficina de Atención a las Víctimas de la Delincuencia del Departamento de Justicia se ha asociado con la Conferencia Nacional de Asambleas Legislativas Estatales para elaborar una base de datos sobre disposiciones estatales promulgadas sobre la trata de personas. La Oficina de Atención a las Víctimas de la Delincuencia también financia una iniciativa estatal de demostración denominada “Vision 21: Linking Systems of Care for Children and Youth” (Visión 21: Vinculación de los sistemas de atención a la infancia y la juventud), que tiene por objeto garantizar que todos los niños incorporados a los sistemas pertinentes, como los de salud pública, educación y justicia, de cualquier nivel del Gobierno, sean evaluados para determinar si son víctimas (en particular, de explotación y trata), que se presten a los niños y sus familias servicios integrales y coordinados para atender a todas sus necesidades, y que se establezcan prácticas y políticas para mantener ese enfoque a largo plazo. La Oficina de Atención a las Víctimas de la Delincuencia también financia un programa centrado específicamente en la mejora de los resultados para los niños y jóvenes víctimas de la trata de personas mediante el apoyo a la coordinación a nivel de todo el estado y de jurisdicción tribal a fin de crear un cambio efectivo en todos los sistemas. La Oficina de la Infancia del Departamento de Salud y Servicios Humanos también financia el Programa de Mejora de los Tribunales de los Estados, que está a disposición de la más alta instancia de apelación de cada estado, Puerto Rico y el Distrito de Columbia. El Programa de Mejora de los Tribunales de los Estados tiene como finalidad: 1) promover la mejora continua de la calidad de los procesos judiciales y la representación letrada en las actuaciones de bienestar del niño a través del análisis continuo de datos, evaluación, intervenciones y formación, y 2) mejorar y ampliar la colaboración entre el poder judicial de los estados, la agencia del título IV-E/IV-B, y las autoridades tribales para mejorar los resultados en materia de bienestar infantil.

Política y estrategia integrales

16.Los Estados Unidos trabajan intensamente para prevenir todos los tipos de trata de niños, castigar a quienes incurren en este delito y ayudar y reintegrar en la comunidad a los niños víctimas de la trata. Dos estrategias nacionales relacionadas con la trata de niños guían actualmente la labor de los Estados Unidos: la Estrategia Nacional de Prevención e Interdicción de la Explotación del Niño, de 2016, del Departamento de Justicia, elaborada bajo los auspicios del Coordinador Nacional de Prevención e Interdicción de la Explotación del Niño del Departamento de Justicia, y la Estrategia Nacional de Lucha contra la Trata de Personas, de 2017, del Departamento de Justicia. Estas estrategias abarcan programas que abordan todas las formas de trata y explotación de niños y que son gestionados en todo el gobierno federal por el Departamento de Justicia, el Departamento de Salud y Servicios Humanos, el Departamento de Seguridad Nacional, el Departamento de Estado, el Departamento de Trabajo y otros organismos, en muchos casos en colaboración con los gobiernos estatales, locales, tribales y territoriales y los organismos encargados de hacer cumplir la ley asociados. Los Estados Unidos conceden prioridad no solo a la prevención y la prohibición, sino también a la recuperación y la reintegración de los niños víctimas de todas las formas de trata. La Estrategia Nacional de Prevención y Prohibición de la Explotación Infantil del Departamento de Justicia identifica formas innovadoras en que el gobierno federal y sus asociados pueden abordar la explotación infantil y la prestación de servicios a los afectados. Además, la Oficina de Atención a las Víctimas de la Delincuencia del Departamento de Justicia, que es el principal proveedor de fondos federales para los programas de lucha contra la trata, apoya numerosos programas centrados específicamente en los niños y jóvenes víctimas de la trata, incluidos programas centrados en servicios directos para niños víctimas de la trata con fines sexuales y laborales; la prevención de la trata de niñas; los cambios a nivel del sistema para mejorar los resultados para los niños y jóvenes víctimas de la trata sexual; y la mejora de las respuestas de los tribunales de menores y de familia a la trata de personas.

17.La labor de los Estados Unidos en materia de trata de niños con fines de explotación laboral, en particular, está centrada en la Dirección de Asuntos Laborales Internacionales y la División de Salarios y Horarios, dependientes del Departamento de Trabajo. La Oficina de Trabajo Infantil, Trabajo Forzoso y Trata de Personas de la Dirección de Asuntos Laborales Internacionales lidera la lucha para erradicar estos delitos y abusos laborales fuera de los Estados Unidos. La Oficina de Trabajo Infantil, Trabajo Forzoso y Trata de Personas combate el trabajo forzoso mediante el liderazgo mundial y una investigación en profundidad sobre el trabajo forzoso en más de 150 países de todo el mundo, incluida la elaboración de recomendaciones para cada país para apoyar el cumplimiento de las disposiciones laborales en los acuerdos comerciales y los programas de preferencias. La Oficina de Trabajo Infantil, Trabajo Forzoso y Trata de Personas también colabora con gobiernos extranjeros, organizaciones de la sociedad civil, empresas, consumidores y asociados interinstitucionales del Gobierno de los Estados Unidos, otros agentes de cambio y organizaciones sindicales para reforzar las leyes y su aplicación, las políticas y los programas sociales para poner fin al trabajo infantil, incluido el trabajo forzoso. Además, la Oficina de Trabajo Infantil, Trabajo Forzoso y Trata de Personas aplica herramientas de cumplimiento social para empresas y asociaciones profesionales, como la aplicación móvil Comply Chain, y la Better Trade Tool, un recurso de rendición de cuentas en línea para crear conciencia sobre los riesgos y garantizar que las mercancías producidas mediante el trabajo forzoso infantil no entren en las cadenas mundiales de suministro. En mayo de 2021, el Departamento de Trabajo colaboró con el Departamento de Estado, USAID y la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos para presentar el Compromiso de Acción de los Estados Unidos para el Año Internacional de las Naciones Unidas para la Eliminación del Trabajo Infantil. Mediante este Compromiso, el Departamento de Trabajo se comprometió a proporcionar 57 millones de dólares durante 2021 para acelerar la acción a nivel internacional con el fin de eliminar el trabajo infantil y el trabajo forzoso. Para llevar a cabo esta tarea, el Departamento de Trabajo colabora con el Departamento de Justicia, el Departamento de Seguridad Nacional, el Departamento de Salud y Servicios Humanos, el Departamento del Tesoro, la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos, el Departamento de Estado, USAID y muchos otros organismos gubernamentales, entidades no gubernamentales y gobiernos extranjeros. En el ámbito internacional, la estrategia de los Estados Unidos denominada “Accelerating Protection and Care for Children in Adversity” también sirve de guía para un enfoque pangubernamental de la inversión en el desarrollo, la atención, la dignidad y la seguridad de los niños más vulnerables del mundo y sus familias.

18.El Programa del Equipo de Tareas sobre Delitos contra los Niños en Internet, de la Oficina de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia, dependiente del Departamento de Justicia, ayuda a los organismos encargados de cumplir la ley estatales, locales y tribales a elaborar respuestas eficaces a la explotación sexual infantil facilitada por la tecnología y a los delitos contra los niños en Internet. En el Programa participa una red nacional de 61 equipos de tareas coordinados que representan a más de 5.400 organismos policiales y fiscales federales, estatales, locales y tribales dedicados a investigaciones proactivas y reactivas, investigaciones forenses y enjuiciamientos penales. El Programa Nacional de Formación y Asistencia Técnica sobre la Alerta AMBER de 2020 de la Oficina de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia es una alianza de las fuerzas del orden, las emisoras y los medios de comunicación, las agencias de transporte, los centros de emergencia, otros organismos de seguridad pública y organizaciones de protección de la infancia y profesionales dedicados a la recuperación de niños en peligro, desaparecidos y secuestrados. La Oficina de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia también apoya a organizaciones que prestan servicios de mentoría a niños y jóvenes víctimas de explotación sexual comercial y trata de personas con fines de explotación sexual a nivel nacional. Además, el Consejo Nacional de Jueces de Tribunales de Menores y de Familia ha creado un Instituto Judicial Nacional sobre Trata de Niños con Fines de Explotación Sexual a Nivel Nacional y un plan de estudios para ayudar a los funcionarios judiciales a comprender mejor la dinámica de la trata de niños con fines de explotación sexual a nivel nacional, las leyes aplicables y las consideraciones jurídicas, y cómo identificar a los niños en situación de riesgo. Con financiación del Departamento de Justicia, el National Resource Center and Clearinghouse, gestionado por el Centro Nacional para Menores Desaparecidos y Explotados, tiene por objeto ayudar a prevenir el secuestro y la explotación sexual de los niños y prestar asistencia técnica a las víctimas, sus familias y los profesionales que los atienden. El Centro Nacional para Menores Desaparecidos y Explotados gestiona una línea directa gratuita para menores desaparecidos, que funciona las 24 horas del día, y una CyberTipline, sistema nacional centralizado para denunciar la explotación de niños en Internet. De los más de 26.500 niños fugitivos en peligro de los que se informó al Centro Nacional para Menores Desaparecidos y Explotados en 2020, uno de cada seis era probablemente víctima de la trata de niños con fines de explotación sexual. La Oficina de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia, a través de su programa nacional de subdonaciones para 2021 de sus centros de promoción de la infancia, planea financiar la National Children’s Alliance para prestar apoyo a los centros de promoción de la infancia locales, las sedes estatales y los equipos multidisciplinarios que brindan una investigación coordinada y una respuesta integral al maltrato infantil, específicamente para prestar servicios y mejorar la respuesta a los niños que son víctimas de la pornografía infantil, incluidas las víctimas de la pornografía infantil que también son víctimas de la trata sexual comercial.

19.El Departamento de Salud y Servicios Humanos y otros programas federales, estatales, tribales y financiados por la comunidad también ofrecen servicios y asistencia a los niños víctimas de la trata. La Administración para la Infancia y las Familias, dependiente del Departamento de Salud y Servicios Humanos, utiliza un enfoque de los servicios a las víctimas que responde a las cuestiones de género y tiene en cuenta el trauma sufrido y se especializa en el trabajo con niños, y fue elaborado en colaboración con el National Center for Trauma-Informed Care. La Oficina de Servicios a la Familia y la Juventud de la Administración para la Infancia y las Familias ha desarrollado múltiples recursos técnicos para reforzar la capacidad de los programas financiados que atienden a jóvenes fugitivos y de la calle y a jóvenes en situación de riesgo. Entre ellos se incluyen recursos sobre la captación en línea de víctimas de la trata, la trata de personas con fines de explotación laboral entre los jóvenes fugitivos y de la calle, la respuesta que tiene en cuenta el trauma sufrido a los jóvenes víctimas de la trata sexual y la prevención de la trata entre los jóvenes fugitivos y de la calle. En el ejercicio económico 2021, la Oficina de Servicios a la Familia y la Juventud se asoció con Thorn, una organización nacional que trabaja para hacer frente a la explotación sexual de los niños y los jóvenes en línea, a fin de facilitar una capacitación centrada en los retos en línea que afectan a los jóvenes, como la sextorsión y el sexteo. El Departamento de Salud y Servicios Humanos incorpora contenidos sobre respuestas que tienen en cuenta el trauma sufrido por las víctimas en sus cursos de formación sobre la trata de personas “Stop, Observe, Ask y Respond” (SOAR) para proveedores de servicios humanos y de atención de la salud. En 2021, el Departamento de Salud y Servicios Humanos publicó las “Competencias básicas para la respuesta contra la trata en los sistemas de atención de la salud y salud conductual”, que incorpora respuestas que tienen en cuenta el trauma sufrido. La Ley de Protección de las Víctimas de la Trata de 2000 también autorizó al Departamento de Salud y Servicios Humanos para certificar a las víctimas extranjeras de formas graves de trata de personas, a fin de que pudieran acceder a las prestaciones y servicios financiados con fondos federales en la misma medida que los refugiados. Cada estado tiene un Coordinador Estatal de Refugiados o un Representante Regional que supervisa las prestaciones para las víctimas de la trata, así como para los refugiados y otros grupos de población. También prestan servicios los gobiernos estatales y las organizaciones no gubernamentales y de la comunidad.

Coordinación y evaluación

20.En nuestro sistema federal, numerosos actores de diversos niveles del Gobierno y de organizaciones no gubernamentales participan en la prevención y la prohibición de la trata y explotación de niños y en la restauración y reintegración de los niños víctimas. La función del Coordinador Nacional para la Prevención y Prohibición de la Explotación Infantil del Departamento de Justicia es establecer una política clara y directrices programáticas para el Departamento y coordinar la aplicación de esa política y las actividades con las partes interesadas pertinentes, incluidos el gobierno federal y otros niveles de gobierno, a saber, estatal, territorial y tribal, y organizaciones no gubernamentales que trabajan en ese ámbito. Más concretamente, para lograr los objetivos de política de mejorar la respuesta a la explotación de los niños, el Coordinador Nacional coopera y coordina con los encargados de hacer cumplir la ley (internacionales, federales, estatales, territoriales, locales y tribales), los fiscales (federales, estatales, territoriales, locales y tribales), los coordinadores de víctimas y testigos, las organizaciones no gubernamentales, las oficinas de libertad condicional, los centros de defensa del niño, las entidades del sector privado, las escuelas, los organismos de bienestar infantil, las instituciones académicas, las organizaciones religiosas, los hospitales y los proveedores de servicios jurídicos civiles. Los organismos gubernamentales de todos los niveles colaboran regularmente con las organizaciones no gubernamentales.

21.A pesar de los retos sin precedentes, los Estados Unidos adoptaron medidas enérgicas para asegurar la eficacia de sus esfuerzos de coordinación en este ámbito durante la pandemia de COVID-19. Basándose en las consultas realizadas con las autoridades locales y las ONG de todo el país, el Departamento de Justicia y el Departamento de Salud y Servicios Humanos publicaron guías de recursos detalladas para los beneficiarios sobre cómo operar, prestar servicios y gestionar las subvenciones durante la pandemia de COVID-19. Además, el Departamento de Justicia ofreció una mayor flexibilidad en sus requisitos de gestión de subvenciones para ayudar a los receptores de los fondos que se habían visto afectados por la pérdida de capacidad operativa y el aumento de los costos debido a la crisis de la COVID‑19. El Departamento de Trabajo publicó recomendaciones para que los gobiernos y otras partes interesadas protegieran a los niños con mayor riesgo de explotación laboral durante la pandemia. A través de sus programas sobre el terreno, el Departamento de Trabajo también llevó a cabo actividades específicas para concienciar sobre el peligro que suponía el virus y cómo podía estar aumentando la vulnerabilidad a las prácticas de explotación laboral. La Línea Directa Nacional contra la Trata de Personas, financiada por el Departamento de Salud y Servicios Humanos, pasó a funcionar totalmente a distancia sin interrupción de los servicios y halló soluciones creativas para las personas que se encontraban en zonas de confinación mediante alianzas con la comunidad empresarial para garantizar a las víctimas el acceso a alojamiento. El número de casos de trata denunciados a la Línea Directa aumentó en más del 40 % en el primer mes después de las órdenes de “refugio en el lugar” en 2020, comparando el tiempo posterior al “refugio en el lugar” con el anterior en 2019 y 2020. El Departamento de Justicia, el Departamento de Seguridad Nacional y el Departamento de Estado, junto con los demás países de la reunión ministerial de los cinco países —Australia, el Canadá, Nueva Zelandia y el Reino Unido— consultaron a importantes empresas tecnológicas sobre la creación de anuncios de servicio público para prevenir y responder a la explotación en línea, incluida la trata de niños con fines sexuales. El Departamento de Seguridad Nacional amplió sus mensajes de seguridad en Internet a los niños en respuesta al mayor uso de Internet por los tratantes para llegar a los niños. En el ejercicio económico 2021, la Oficina de Investigaciones de Seguridad Nacional, que depende del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas del Departamento de Seguridad Nacional, llevó a cabo presentaciones presenciales y virtuales de la campaña Project iGuardian, que estuvieron centradas en la educación y concienciación de niños, adolescentes y adultos sobre los peligros potenciales de los entornos en línea y cómo mantenerse seguros en línea, para más de 58.000 participantes. En el ejercicio económico 2020, la Oficina de Investigaciones de Seguridad Nacional se asoció con medios informativos para presentar campañas de divulgación específicas centradas en la protección de los niños frente a los depredadores en línea. Estas presentaciones se emitieron en vivo y se retransmitieron en línea y a través de plataformas de los medios sociales, llegando a decenas de miles de espectadores. La Campaña Azul del Departamento de Seguridad Nacional compró anuncios en los medios sociales y dirigió a los espectadores a los recursos de iGuardian a través de la página web de seguridad en línea de la Campaña Azul, que recibió más de 212.000 visitas a través de los anuncios que se publicaron entre el 15 de junio y el 5 de septiembre de 2020. Además, los entrevistadores forenses de niños y adolescentes del FBI desarrollaron e implementaron un proceso que permitía entrevistar a las víctimas de forma virtual, en caso necesario. Los entrevistadores forenses siguieron operando y realizando entrevistas presenciales y a distancia a víctimas y testigos durante la pandemia de COVID-19 con el uso de equipos de protección personal para evitar la exposición. Además, a principios de 2020, el Programa de Asistencia a las Víctimas de la Oficina de Investigaciones de Seguridad Nacional elaboró protocolos para entrevistas forenses a distancia que utilizarán los especialistas en entrevistas forenses para seguir realizando entrevistas durante la pandemia de COVID-19 con los protocolos de protección establecidos.

Difusión y concienciación

22.Las autoridades de los Estados Unidos trabajan activamente para dar a conocer el Protocolo Facultativo y sensibilizar a la opinión pública sobre la necesidad de prevenir y combatir los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo, en particular en lo que respecta a los niños en riesgo de convertirse en víctimas y a sus padres. En el informe del Fiscal General sobre la trata de personas (https://www.justice.gov/humantrafficking/reports-and-publications), así como en el presente informe, pueden encontrarse descripciones de las actividades de concienciación. Las disposiciones del Protocolo Facultativo también están a disposición del público en línea y en diferentes publicaciones. El sitio web del Departamento de Estado presenta una lista de 20 medidas que el público puede tomar para combatir la trata de personas, incluyendo, entre otras, una línea telefónica directa, una lista de artículos que pueden haber sido producidos mediante trabajo infantil o trabajo forzoso, protocolos para las escuelas, una descripción de cómo reconocer las tácticas de captación, y consejos para que los proveedores de servicios de atención de la salud reconozcan los indicadores de la trata de personas. Para crear mayor conciencia, las fiscalías de los Estados Unidos colaboraron con entidades del sector privado, tales como hoteles y líneas aéreas, y con grupos comunitarios, organizaciones profesionales, grupos de defensa de las víctimas, organizaciones académicas, profesionales de la medicina y oficinas de asistencia jurídica. En abril de 2021, el Tesoro, en coordinación con el Departamento de Justicia y el Departamento de Seguridad Nacional, organizó un curso de formación para el sector de los casinos y juegos de azar sobre la identificación de la trata de personas y el blanqueo de dinero conexo.

23.El Departamento de Seguridad Nacional creó el Centro para Contrarrestar la Trata de Personas el 20 de octubre de 2020 para impulsar las operaciones policiales de lucha contra la trata de personas, proteger a las víctimas y mejorar los esfuerzos de prevención alineando las capacidades y la experiencia del Departamento. El Departamento de Seguridad Nacional celebró el primer aniversario del Centro para Contrarrestar la Trata de Personas el 20 de octubre de 2021 con la puesta en marcha de un nuevo sitio web público en www.dhs.gov/CCHT y el anuncio de una serie de nuevas iniciativas para combatir la trata de personas. Además, la Campaña Azul del Departamento de Seguridad Nacional sigue siendo muy eficaz para educar al público, a las fuerzas del orden, las comunidades vulnerables y los asociados del sector sobre cómo reconocer los indicadores de la trata de personas y responder a posibles casos. A este respecto, el Comité Consultivo Nacional del Departamento de Salud y Servicios Humanos para la Prevención de la Trata de Niños y Jóvenes con Fines de Explotación Sexual de los Estados Unidos publicó su informe provisional en el ejercicio económico 2020. El informe contiene recomendaciones y recursos de apoyo que los estados pueden consultar en su labor destinada a mejorar la respuesta a la trata sexual de niños y jóvenes en sus respectivas jurisdicciones. El Comité también publicó una encuesta de autoevaluación a nivel de estados en el ejercicio económico 2021 a fin de evaluar las estrategias para responder a los niños y jóvenes que han sufrido trata sexual y elaborar recomendaciones para los estados. En el ejercicio económico 2020, el Departamento de Salud y Servicios Humanos también creó las Becas de Demostración Educativa para la Prevención de la Trata de Personas, con las que se financiaron ocho organismos educativos locales para desarrollar y ejecutar programas de prevención de la trata de personas, impartiendo formación basada en habilidades a los docentes y los alumnos y elaborando un protocolo de seguridad escolar contra la trata de personas. En el ejercicio económico 2021, el Departamento de Salud y Servicios Humanos adjudicó un contrato para elaborar nuevos materiales para la campaña “Look Beneath the Surface” de actividades de concienciación pública, educación y divulgación. Por último, en el sistema educativo de los Estados Unidos, los planes de estudios se elaboran a nivel local y de los estados. No obstante, el gobierno federal se esfuerza por facilitar información que ayude a las escuelas a estar alertas ante la trata de niños y poner a su disposición los recursos necesarios para impartir enseñanza sobre la trata y tomar medidas adecuadas para hacerle frente cuando se produzca.

24.Por su cuenta y en colaboración con otros organismos, el Departamento de Educación ha participado en numerosas iniciativas para crear mayor conciencia sobre la lucha contra la trata de personas, incluida la colaboración con asociados a nivel federal, estatal y local, la organización de seminarios web informativos y el uso de los medios sociales para comunicar y difundir mensajes y recursos contra la trata. En el ejercicio económico 2020, el Departamento de Educación organizó una serie de webinarios sobre la prevención y protección de los alumnos frente a la trata de personas. Los webinarios proporcionaron a los administradores educativos, docentes y personal especializado de apoyo a la enseñanza información sobre cómo identificar y ayudar a los alumnos afectados por la trata de personas. También compartieron estrategias para prevenir la trata de personas y la explotación laboral de los niños habida cuenta del aumento del uso de Internet entre los jóvenes debido a la COVID-19. En 2022, el Departamento de Educación planea producir y publicar una serie de webinarios para el desarrollo del personal sobre la trata de personas que incluirá tres sesiones informativas pregrabadas accesibles en emisión en directo para los educadores que trabajan en la lucha contra la trata en sus centros escolares o distritos. En las sesiones también se proporcionarán enlaces a recursos e información adicionales. En 2022, el Departamento de Educación también prevé elaborar un recurso de comunicación de fácil uso para que las escuelas y los distritos puedan apoyar sus actividades de prevención e intervención contra la trata, que estará disponible en varios formatos para ofrecer la máxima flexibilidad, desarrollar otra serie de webinarios informativos sobre la trata de personas y actualizar su página web sobre la trata.

25.En 2021, el Departamento de Educación publicó la segunda edición de “Human Trafficking in America’s Schools” (Trata de seres humanos en las escuelas de los Estados Unidos), una guía para educadores destinada a concienciar sobre la actual prevalencia de la trata de niños y las formas que esta adopta, y a explicar lo que pueden hacer las escuelas para prevenir, responder y ayudar a los alumnos a recuperarse de la trata de personas. La guía presenta estudios recientes sobre estrategias para la prevención y la protección frente a la trata de personas y se centra en los grupos de población vulnerables y la reintegración de los supervivientes de la trata. Publicada originalmente en 2015, la guía incluye información para el personal docente sobre los factores de riesgo y la captación y sobre cómo detectar la trata, qué hacer si se sospecha que se ha producido un caso de trata de personas, y otros recursos. Además, un informe titulado “Addressing the Growing Problem of Domestic Sex Trafficking in Minors through Positive Behavioral Interventions and Supports” (Abordar el creciente problema de la trata sexual de niños a nivel nacional mediante intervenciones y medidas de apoyo conductuales positivas), publicado en 2021, describe de qué manera las intervenciones y medidas de apoyo conductuales positivas pueden servir como estrategia para prestar apoyo a los supervivientes de la trata. El Departamento de Educación también mantiene una página web dedicada a proporcionar recursos federales útiles para los administradores educativos, los docentes, el personal especializado de apoyo a la enseñanza, los padres, los cuidadores y los alumnos para combatir la trata.

Formación

26.En lo que respecta a la recomendación del Comité de que se evalúe la eficacia y el impacto de la formación, la Ley de Rendimiento y Resultados del Gobierno de 1993 exige a los organismos federales que fijen objetivos, midan los resultados e informen de sus avances en la consecución de los objetivos del programa sobre la base de los cambios porcentuales previstos. Los organismos federales encargados de combatir la trata de personas, incluida la trata de niños, evalúan periódicamente la eficacia y el impacto de su labor. Aunque en este informe no sería posible enumerar los proyectos de evaluación de todos los organismos, a modo de ejemplo, la Administración para la Infancia y las Familias del Departamento de Salud y Servicios Humanos publicó un estudio en el que se examinaba la relación entre los episodios de fugas de hogares de acogida y trata de personas en 2020, https://www.acf.hhs.gov/opre/report/examining-link-foster-care-runaway-episodes-and-human-trafficking; una evaluación del programa de víctimas de trata a nivel nacional en 2021, https://www.acf.hhs.gov/opre/report/evaluation-domestic-victims-human-trafficking-program-final-report; y un examen amplio de los estudios de prevalencia que podrían aplicarse en los Estados Unidos en 2021, https://www.acf.hhs.gov/opre/report/human-trafficking-policy-and-research-analysis-project-comprehensive-review-prior. La Oficina contra la Trata de Personas de la Administración para la Infancia y las Familias, dependiente del Departamento de Salud y Servicios Humanos, informa anualmente al Congreso sobre un conjunto selecto de indicadores de rendimiento del programa, incluidos los siguientes:

Certificación de que se cumplen las condiciones exigidas: número de víctimas certificadas cada año mediante cartas de certificación del Departamento de Salud y Servicios Humanos (véase el anexo 3);

Prestación de servicios a víctimas extranjeras: número de víctimas extranjeras atendidas por toda la red de beneficiarios;

Prestación de servicios a víctimas nacionales: número de víctimas nacionales atendidas por toda la red de beneficiarios;

Identificación de víctimas: número de víctimas posibles víctimas de la trata detectadas por la Línea Directa Nacional contra la Trata de Personas;

Participación de supervivientes: número de comunicaciones recibidas de víctimas y supervivientes de la trata;

Impacto de la formación: porcentaje de personas formadas que tienen un nivel de confianza alto o muy alto en su capacidad para detectar y responder a la trata de personas tras recibir la formación SOAR to Health and Wellness a través del Centro Nacional de Formación y Asistencia Técnica sobre la Trata de Personas; y

La Oficina contra la Trata de Personas también informa sobre el número total de personas que reciben formación a través del Centro Nacional de Formación y Asistencia Técnica sobre la Trata de Personas y sobre el número total de comunicaciones recibidas por la línea directa.

27.Todos los organismos federales que participan en la lucha contra la trata de personas y muchos estados y ciudades realizan un trabajo de evaluación similar para los programas que administran.

Asignación de recursos

28.En todos los niveles de gobierno —federal, estatal, territorial, tribal y local— de los Estados Unidos, las asignaciones presupuestarias para los programas de lucha contra la trata de niños con fines de explotación sexual, laboral y otros fines son públicas. Como ya se ha señalado, los organismos gubernamentales evalúan la eficacia de sus programas y las asignaciones presupuestarias que se les asignan. Los funcionarios de todos los niveles en los Estados Unidos conceden prioridad a los asuntos que se abordan en el Protocolo Facultativo y siguen trabajando para hallar las maneras más eficaces de abordarlos. El informe anual más reciente del Fiscal General al Congreso sobre las actividades del Gobierno de los Estados Unidos para combatir la trata de personas (correspondiente al ejercicio económico 2018), que está disponible al público en www.justice.gov/humantrafficking/page/file/1276166/download, incluye información sobre la financiación federal de los programas de lucha contra la trata de personas.

III.Prevención de la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (art. 9, párrs. 1 y 2)

Medidas adoptadas para prevenir los delitos prohibidos en virtud del Protocolo Facultativo

29.Los Estados Unidos adoptan un enfoque amplio para prevenir los delitos prohibidos en virtud del Protocolo, que incluye tres niveles: prevención primaria, secundaria y terciaria. La prevención primaria ayuda a frenar la violencia antes de que se produzca. Las estrategias de prevención primaria incluyen establecer y reforzar relaciones sanas, reducir los riesgos en el entorno de la persona, aumentar los amortiguadores de la violencia, y orientar la educación de niños, adolescentes y adultos mediante campañas de formación y concienciación social. La prevención secundaria proporciona una respuesta inmediata a la violencia en el momento en que se produce. Estos servicios incluyen las primeras respuestas, como los servicios básicos y la atención médica y de urgencias para hacer frente a las consecuencias a corto plazo. Las actividades de prevención terciaria incluyen respuestas a largo plazo que se producen tras la violencia, como el alojamiento a largo plazo, la formación laboral, la asistencia terapéutica y otros servicios de apoyo destinados a evitar la revictimización y proporcionar acceso a derechos y servicios, si procede, a través del Programa de Notificación a las Víctimas del Departamento de Justicia, https://www.justice.gov/criminal-vns.

30.Un enfoque de prevención proactiva requiere la participación de múltiples organismos gubernamentales responsables de proteger a las personas de todas las formas de violencia y de ayudar a quienes la han sufrido. Este enfoque brinda a los organismos la oportunidad de asociarse con proveedores basados en la comunidad para evolucionar, adaptarse y responder a las necesidades de los niños, los jóvenes y las familias de sus comunidades antes de que alcancen un nivel crítico de riesgo o peligro. La prevención de la violencia requiere actuar en múltiples niveles al mismo tiempo, centrándose en la persona (incluyendo factores como la edad, la educación, los ingresos, el abuso de sustancias y el historial de comportamiento), las relaciones personales (por ejemplo, la familia, los amigos, los compañeros de trabajo), la comunidad (por ejemplo, las escuelas, los lugares de trabajo, los vecindarios) y los factores sociales (por ejemplo, las normas sociales y culturales generales, los factores de salud, económicos y las políticas educativas y sociales). Trabajando juntos, los organismos y los proveedores comunitarios pueden cambiar las actitudes y percepciones y modificar el entorno de los servicios para que las personas y las familias reciban el apoyo que necesitan antes de que pueda producirse la trata de personas. La Administración para la Infancia y las Familias, dependiente del Departamento de Salud y Servicios Humanos, se ha comprometido a trabajar con interesados federales y de otro tipo para establecer y aplicar un plan de acción nacional de prevención de la trata de personas como parte del Plan de Acción Nacional para Combatir la Trata de Personas.

31.En lo que respecta a los programas escolares, como ya se ha señalado, en los Estados Unidos los planes de estudios se elaboran a nivel estatal y local. Sin embargo, como recurso, el Departamento de Educación ha publicado un Marco sobre la Trata de Personas para la Programación de la Enseñanza en las Escuelas. Además, varios distritos escolares han elaborado planes de estudios sobre la trata de personas como recurso para alumnos de varios cursos, y el Centro Nacional de Formación en Justicia Penal y otras organizaciones no gubernamentales también han publicado planes de estudios sobre la trata de personas como recurso para los alumnos de distintos cursos.

32.Los Estados Unidos son conscientes de que los niños en situaciones vulnerables, como aquellos que viven en la pobreza; los niños no acompañados que no tienen una situación migratoria legal; los miembros de minorías raciales o étnicas; los jóvenes fugitivos y de la calle; los niños indígenas americanos y nativos de Alaska; las personas con discapacidad; las personas LGBTQ+; los niños en los sistemas de bienestar infantil y justicia juvenil, incluida la colocación en hogares de guarda; y otros pueden tener más probabilidades de convertirse en víctimas de los delitos prohibidos por el Protocolo Facultativo. Los funcionarios de todos los niveles, así como las organizaciones no gubernamentales que trabajan con esos niños, tratan de garantizar que estén debidamente informados y protegidos de esos daños. En el ejercicio económico 2020, el Departamento de Salud y Servicios Humanos, a través del Centro Nacional de Formación y Asistencia Técnica sobre la Trata de Personas, convocó a un grupo de líderes indígenas con experiencia profesional y de vida de la Academia de Liderazgo sobre la Trata de Personas para formular recomendaciones sobre cómo utilizar la cultura como factor de protección para prevenir la trata entre todos los jóvenes indígenas. El marco del Departamento de Salud y Servicios Humanos sobre Personas Indígenas Desaparecidas y Asesinadas también incluye los esfuerzos que se llevan a cabo en la intersección de la trata de personas y las personas indígenas desaparecidas o asesinadas, https://www.acf.hhs.gov/ana/mmna-framework.

33.Los contactos regulares con los dirigentes de los supervivientes de la trata de personas constituyen una característica importante de la respuesta del Gobierno de los Estados Unidos frente a ese fenómeno. El Consejo Consultivo de los Estados Unidos sobre la Trata de Personas (el Consejo), creado en virtud de la Ley de Justicia para las Víctimas de la Trata, constituye una plataforma oficial que permite a los supervivientes de la trata de personas ofrecer asesoramiento y formular recomendaciones sobre las políticas federales de lucha contra la trata al Equipo de Tareas Interinstitucional de la Presidencia Encargado de Vigilar y Combatir la Trata de Personas. Cada uno de los miembros es un superviviente de la trata y juntos representan una amplia gama de antecedentes y experiencias, incluidos supervivientes de la trata sexual de niños, así como personas que prestan servicios a niños que han sufrido o que corren el riesgo de ser víctimas de la trata. El Consejo es nombrado por el presidente para un mandato de dos años. Desde su creación, el Consejo ha elaborado cinco informes anuales (disponibles en: https://www.state.gov/u-s-advisory-council-on-human-trafficking/) y ha colaborado con el Gobierno de los Estados Unidos en la aplicación de sus recomendaciones para mejorar las políticas y programas federales de lucha contra la trata. A través de sus recomendaciones a lo largo de los años, el Consejo ha alentado a los organismos federales de los Estados Unidos a facilitar el aumento de las oportunidades de formación por parte de los supervivientes para los profesionales de servicios directos sobre la identificación, prevención y respuesta a la trata entre grupos desatendidos de niños y jóvenes, así como para animar al Departamento de Educación y a las escuelas a asociarse con defensores que sean dirigentes de los supervivientes y puedan ayudar a los jóvenes que han sido víctimas de la trata a orientarse en los diversos sistemas de atención. También ha abordado la prevención de la trata sexual de niños pidiendo la elaboración de herramientas de seguridad y prevención en línea dirigidas a personas en riesgo de ser víctimas de la trata en línea, a personas que explotan a otras a través de la trata en línea y a posibles compradores en línea de sexo comercial de víctimas de la trata de personas. Además, recomienda abordar las lagunas y los problemas relacionados con la intersección entre pornografía, trata de personas y explotación sexual de niños.

Explotación económica de los niños

34.Los Estados Unidos trabajan activamente para prohibir y prevenir el tráfico de niños con fines de explotación laboral tanto dentro del país como en el resto del mundo. El Departamento de Trabajo desempeña un papel importante en la lucha contra la trata de personas mediante la aplicación de la legislación laboral federal en el ámbito civil, la investigación y la financiación de becas en el extranjero, y su experiencia en materia de empleo y capacitación.

35.Las disposiciones relativas al trabajo infantil de la Ley sobre Normas de Trabajo Justas están diseñadas para proteger las oportunidades educativas de los jóvenes y prohibir su empleo en trabajos perjudiciales para su salud y seguridad. Dicha Ley define y prohíbe el empleo del “trabajo infantil opresivo” en los Estados Unidos. Para el sector no agrícola, establece una edad mínima general de 16 años para el empleo en ocupaciones no peligrosas y una edad mínima de 18 años para el empleo en cualquier ocupación que el Secretario de Trabajo determine como peligrosa para la salud o el bienestar de los niños. Los niños menores de 14 y 15 años pueden ser empleados fuera del horario escolar en diversos trabajos no industriales y no peligrosos durante períodos de tiempo limitados y en condiciones específicas. Los niños menores de 14 años no pueden ser empleados en las ocupaciones no agrícolas contempladas en la mencionada Ley. Para el empleo en la agricultura, la Ley establece que los niños mayores de 16 años pueden trabajar en cualquier empleo agrícola en cualquier momento. Los niños menores de 14 y 15 años pueden trabajar fuera del horario escolar en empleos que no han sido declarados peligrosos por el Secretario de Trabajo. Los niños de 12 y 13 años pueden trabajar fuera del horario escolar en empleos no peligrosos en explotaciones agrícolas que también empleen a sus padres o con el consentimiento por escrito de los padres. Los niños menores de 12 años pueden trabajar fuera del horario escolar en trabajos no peligrosos con el consentimiento de los padres, pero solo en explotaciones agrícolas en que ninguno de los empleados esté sujeto a los requisitos de salario mínimo contemplados en la Ley. Los niños locales de 10 y 11 años pueden cosechar a mano cultivos de temporada corta fuera del horario escolar durante un máximo de ocho semanas entre el 1 de junio y el 15 de octubre si sus empleadores han obtenido exenciones especiales del Secretario de Trabajo. Por último, los niños pueden trabajar en cualquier momento en cualquier empleo en una explotación agrícola que sea de propiedad de sus padres o que esté gestionada por estos. La Ley prohíbe el envío interestatal de mercancías producidas en un establecimiento en el que se emplee trabajo infantil opresivo. Todos los estados tienen también leyes sobre el trabajo infantil, requisitos de escolarización obligatoria y otras leyes que rigen el empleo y las actividades de los niños. Ninguna ley estatal puede debilitar las protecciones que ofrece la Ley a los trabajadores. No obstante, las leyes estatales que ofrecen mayores protecciones a los trabajadores prevalecerán sobre las previstas en la Ley sobre Normas de Trabajo Justas.

36.La División de Salarios y Horarios, dependiente del Departamento de Trabajo, realiza enérgicas actividades de aplicación para promover el cumplimiento de la legislación sobre trabajo infantil en las industrias agrícolas y no agrícolas. Esas acciones de aplicación implican llevar a cabo iniciativas específicas, utilizar plenamente las herramientas de aplicación y cumplimiento, y realizar un mayor número de actividades educativas y de divulgación a nivel de la comunidad dirigidas a esos trabajadores. En todas las investigaciones en las que la División de Salarios y Horarios detecta infracciones de trabajo infantil, el organismo considera la posibilidad de imponer multas administrativas como medida disuasoria. La División aplica las disposiciones del Programa de Sanciones Reforzadas por Trabajo Infantil para hacer frente a las infracciones por trabajo infantil que causan lesiones graves o la muerte de un niño. Estas infracciones conllevan una multa administrativa máxima de 60.115 dólares. Además de una aplicación rigurosa, la División se centra en mejorar la aplicación de las leyes federales sobre trabajo infantil incrementando los esfuerzos de divulgación. La División mantiene un sitio web sólido dedicado a su campaña de larga data YouthRules; este sitio web ofrece una amplia gama de recursos educativos sobre la protección del trabajo infantil. La División también organiza actividades de divulgación para llegar a los jóvenes trabajadores, sus padres, sus educadores y sus empleadores.

37.En el ejercicio económico 2021, la División de Salarios y Horarios detectó infracciones de la legislación sobre el trabajo infantil en 747 casos concluidos. En esos casos, la División descubrió que 2.819 niños trabajaban en violación de la Ley sobre Normas de Trabajo Justas. Además, en 208 de estos casos se detectaron infracciones de las Órdenes de Ocupación Peligrosa, con un total de 545 niños empleados en violación de dichas órdenes. Las infracciones más comunes suelen estar relacionadas con el incumplimiento de las normas sobre horas de trabajo para los jóvenes de 14 y 15 años en industrias no agrícolas, y con el incumplimiento de las órdenes de ocupación peligrosa en industrias no agrícolas para los jóvenes de 16 y 17 años.

38.La División de Salarios y Horarios llevó a cabo varias iniciativas estatales o regionales en determinados sectores en los que son frecuentes las infracciones de la legislación sobre el trabajo infantil, como la construcción, las tiendas de comestibles y los restaurantes. Muchas de las actividades de divulgación asociadas a estas iniciativas incluyen un componente de trabajo infantil. La División hace cumplir las disposiciones sobre trabajo infantil para garantizar que los niños estén protegidos contra el empleo ilegal en ocupaciones peligrosas prohibidas y que los que cumplen los requisitos para trabajar tengan experiencias laborales en condiciones seguras y adecuadas. La División examina el trabajo infantil en todas sus investigaciones en virtud de la Ley sobre Normas de Trabajo Justas, incluso en el sector de la agricultura. En mayo de 2021, la División anunció que en su investigación sobre la caída mortal de un muchacho de 16 años cuando hacía obras en el tejado de un hotel se determinó que el empleador del adolescente, Stover and Sons Contractors, Inc., un contratista de construcción de Madison, Tennessee, violó dos órdenes de ocupación peligrosa de las disposiciones sobre trabajo infantil de la mencionada Ley. Las órdenes prohíben a los empleadores emplear a niños menores de 18 años para realizar actividades de techado u operar un aparato elevador accionado por motor o montarse en él. Una investigación posterior determinó que el empleador también había infringido la legislación sobre trabajo infantil al permitir que el muchacho trabajara más de 8 horas al día y más de 40 horas semanales cuando tenía 15 años. La División impuso a Stover and Sons una multa administrativa de 122.364 dólares con arreglo al Programa de Sanciones Reforzadas por Trabajo Infantil. El programa permite a la División imponer multas de hasta 59.413 dólares por cada infracción de la legislación sobre el trabajo infantil relacionada con la muerte o lesiones graves de un trabajador menor de 18 años en el caso de infracciones ocurridas el 15 de enero de 2021 o antes. Stover and Sons ha impugnado las multas.

39.En enero de 2021, la División de Salarios y Horarios anunció que su investigación sobre Sunscape LLC, un proveedor de materiales de jardinería con sede en Orlando, Florida, dio lugar a que el empleador pagara una multa administrativa de 15.804 dólares por infringir las disposiciones de la Ley sobre Normas de Trabajo Justas relativas al trabajo infantil. Los investigadores de la División determinaron que el empresario había infringido las disposiciones sobre el trabajo infantil al emplear a dos jóvenes de 17 años y a uno de 13 años para operar una horquilla elevadora, al emplear a un niño de 13 años que no tenía la edad legal para realizar trabajos no agrícolas, y al permitir que el niño trabajara antes de las 7 de la mañana, por más de 8 horas al día y más de 40 horas a la semana. En noviembre de 2020, la División anunció que, como resultado de su investigación sobre Sinkula Investments Ltd. Co., operador de 10 locales de franquicia de Wendy’s en el norte de Kentucky, el empleador pagó una multa administrativa de 16.160 dólares por infringir las disposiciones de la Ley sobre Normas de Trabajo Justas relativas al trabajo infantil. Los investigadores de la División determinaron que Sinkula había infringido las disposiciones sobre trabajo infantil al emplear a trabajadores de 14 y 15 años para operar equipos prohibidos por ley a trabajadores de esa edad. Las infracciones por trabajo infantil en ocupaciones peligrosas se debieron a que los niños empleaban cocinas de gas, ollas a presión y freidoras que no estaban equipadas con una función de elevación automática para bajar y subir las cestas y sacarlas de la grasa caliente.

40.A través de la aplicación administrativa de la Ley por parte de la División de Salarios y Horarios, el Departamento de Trabajo colabora con los organismos federales encargados de hacer cumplir la ley en la identificación y remisión de posibles casos de trata de personas y en el cálculo de los importes de restitución para las víctimas. La División también aborda estratégicamente las medidas de aplicación centrándose en los sectores en que los índices de infracción de la legislación laboral son elevados y los trabajadores vulnerables con salarios bajos suelen ser reacios a hacer valer sus derechos y alzar la voz. La Ley autoriza al Departamento de Trabajo para realizar inspecciones e investigaciones en los lugares de trabajo a fin de determinar la presencia de trabajo infantil opresivo y hacer cumplir las disposiciones sobre trabajo infantil. Las sanciones incluyen multas administrativas, prohibiciones de actividades empresariales y, en algunos casos, sanciones penales, incluidas penas de prisión.

41.El Departamento de Trabajo trabaja intensamente en la aplicación del Plan de Acción Estratégico Federal sobre los Servicios a las Víctimas de la Trata de Personas. En 2015, la División de Salarios y Horarios añadió tres delitos cualificados, a saber, la extorsión, el trabajo forzoso y el fraude en el tráfico de mano de obra extranjera, para los cuales completará certificaciones del estatus de no inmigrante U, si procede, cuando se detecten esos delitos en el curso de sus investigaciones en el lugar de trabajo. La División también ejerce una autoridad similar en la formulación de declaraciones del estatus de no inmigrante T para las víctimas de la trata de personas, si procede. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) administra el programa del estatus de no inmigrante T, al que pueden acogerse las víctimas de formas graves de trata de personas, y el programa del estatus de no inmigrante U, al que pueden acogerse las víctimas de actividades delictivas que cumplan los requisitos. El estatus de no inmigrante T (comúnmente conocido como visado T) es un beneficio de inmigración temporal que permite a determinadas víctimas de una forma grave de trata de personas permanecer en los Estados Unidos durante un máximo de cuatro años si han atendido todas las peticiones razonables de ayuda de los encargados de hacer cumplir la ley en la detección, investigación o persecución de actos de trata, o cumplen los requisitos para acogerse a una exención por edad o a una excepción por trauma, y reúnen otros requisitos. El estatus de no inmigrante U (comúnmente conocido como visado U) es un beneficio de inmigración temporal que permite a determinadas víctimas de actividades delictivas tipificadas permanecer en los Estados Unidos si han sido, son o pueden ser de ayuda a los encargados de hacer cumplir la ley en la detección, investigación o persecución de actividades delictivas tipificadas, y reúnen otros requisitos. Los no inmigrantes con visado U y T pueden solicitar el cambio de estatus a la residencia permanente legal en determinadas circunstancias y pueden presentar peticiones en nombre de determinados familiares que reúnan las condiciones exigidas. Para más datos sobre las solicitudes del estatus de no inmigrante T y U, véase el anexo 3.

42.El 20 de octubre de 2021, el USCIS publicó una guía completa sobre la resolución de solicitudes del estatus de no inmigrante T. Esta guía aclara las políticas del Departamento de Seguridad Nacional respecto de las víctimas de la trata, al tiempo que hace hincapié en el enfoque centrado en la víctima y elimina los obstáculos para las víctimas de la trata que no son ciudadanas y que desean obtener una autorización de inmigración. El USCIS también publicó la primera guía de recursos independiente “T Visa Law Enforcement Agency Resource Guide” para oficiales certificadores el 21 de octubre de 2021. En esta guía se hace hincapié en que cumplimentar el Formulario 914 Suplemento B es compatible con un enfoque centrado en la víctima. El 14 de junio de 2021, el USCIS implementó el proceso de determinación de buena fe del estatus de no inmigrante U. Este proceso proporciona a las víctimas no ciudadanas que viven en los Estados Unidos permiso de trabajo y acción diferida si tienen pendiente una petición de buena fe del estatus de no inmigrante U y merecen un ejercicio favorable de la discrecionalidad.

43.La División de Salarios y Horarios forma parte de una estrategia de todo el Gobierno para combatir la trata de personas en los Estados Unidos. La División, con el apoyo de su oficina de asuntos jurídicos, se encarga de hacer cumplir la legislación civil en los lugares de trabajo de los Estados Unidos. Los investigadores de la División visitan todos los días los lugares de trabajo en todo el país para entrevistar a los empleados y evaluar situaciones en las que los trabajadores pueden haber sido objeto de intimidación o amenazas o haber sido retenidos contra su voluntad. A menudo son las primeras autoridades gubernamentales que presencian prácticas de explotación laboral en el lugar de trabajo y, por ende, desempeñan un papel muy importante en el cumplimiento del compromiso de la División de detectar y combatir la trata de personas. La División participa en más de 120 equipos de tareas gubernamentales conjuntos en todo el país, que colaboran con organismos encargados de hacer cumplir la ley federales, estatales y locales para detectar y combatir la trata de personas. En los casos relacionados con la trata de personas con fines de explotación laboral, los investigadores de la División suelen aportar su experiencia en el análisis de registros de nóminas complicados y a menudo falsificados, y proporcionan conocimientos técnicos sobre el cálculo de salarios atrasados para garantizar que las víctimas de la trata reciban la cuantía íntegra de la restitución que les corresponde. En el ejercicio económico 2021, la División remitió nueve casos a los organismos encargados de hacer cumplir la ley o a los equipos de tareas federales, estatales y locales, así como dos casos de visado H (basados en el empleo) al inspector general del Departamento de Trabajo en relación con alegaciones de trata de personas. La División y la Oficina del Inspector General del Departamento de Trabajo trabajaron simultáneamente en una investigación. Además, cinco organismos encargados de la aplicación de la legislación penal remitieron casos al Departamento de Trabajo y un organismo penal solicitó la asistencia de la División.

44.La Dirección de Asuntos Laborales Internacionales del Departamento de Trabajo lleva a cabo y financia investigaciones rigurosas y utiliza los resultados como base para el diseño y la aplicación de políticas y programas pertinentes para abordar el problema del trabajo infantil a nivel mundial. Dichas investigaciones abarcan los medios de subsistencia de los trabajadores y la violación de sus derechos, incluida la prevalencia del trabajo infantil y la aparición del trabajo forzado en todo el mundo. La Dirección de Asuntos Laborales Internacionales también patrocina estudios cualitativos, encuestas cuantitativas, evaluaciones de impacto y otros productos de investigación para estudiar los medios de subsistencia de los trabajadores, la incidencia y las causas fundamentales del trabajo infantil y las violaciones de los derechos de los trabajadores, así como la eficacia de determinadas políticas e intervenciones. Estos estudios ayudan a la Dirección a examinar sus políticas e intervenciones, a comprender mejor por qué funcionan o no determinadas estrategias de los proyectos, a definir los enfoques políticos más eficaces, a proporcionar información para reforzar la aplicación de la ley, y a recopilar nuevos datos sobre los trabajadores y los niños trabajadores. La labor de la Oficina de Trabajo Infantil, Trabajo Forzoso y Trata de Personas de la Dirección de Asuntos Laborales Internacionales también incluye su propia investigación y la publicación de importantes informes sobre el trabajo infantil internacional, el trabajo forzoso y la trata de personas; la financiación y supervisión de proyectos para eliminar la explotación del trabajo infantil y el trabajo forzoso en todo el mundo; y la asistencia en el desarrollo y la aplicación de la política del Gobierno de los Estados Unidos en materia de trabajo infantil internacional y trabajo forzoso y otras cuestiones relacionadas con la trata de personas. El compromiso de la Dirección y sus iniciativas de cooperación técnica han marcado diferencias decisivas en las vidas de unos dos millones de niños y 185.000 familias a través de la educación y el apoyo a los medios de subsistencia, y han aumentado la capacidad de los gobiernos y otras partes interesadas para combatir el trabajo infantil y el trabajo forzoso. La Dirección elabora tres informes públicos sobre el trabajo infantil internacional y el trabajo forzoso: el informe anual “Findings on the Worst Forms of Child Labor” (Conclusiones sobre las peores formas de trabajo infantil), el informe bianual “List of Goods Produced by Child Labor or Forced Labor” (Lista de mercancías producidas mediante trabajo infantil o trabajo forzoso), y la publicación periódica “Products Produced by Forced or Indentured Child Labor” (Productos producidos por niños que realizan trabajos forzosos o en régimen de servidumbre). En conjunto, estos informes documentan la situación actual del trabajo infantil, el trabajo forzoso y el trabajo forzoso infantil en todo el mundo.

45.En diciembre de 2020, la Dirección de Asuntos Laborales Internacionales concedió 8 millones de dólares a dos proyectos de asistencia técnica para mejorar el rastreo descendente de productos fabricados mediante el trabajo infantil o trabajo forzoso. En enero de 2020, el Departamento de Seguridad Nacional también publicó su primera estrategia para combatir la trata de personas, la importación de mercancías producidas mediante el trabajo forzoso, y la explotación sexual de los niños. En octubre de 2019, la Oficina de Administración y Presupuesto de la Casa Blanca también finalizó unas directrices sobre las mejores prácticas y consideraciones de mitigación en materia de gestión de riesgos en la lucha contra la trata, que han aumentado la eficacia de las disposiciones de lucha contra la trata en las adquisiciones federales y ayuda a los contratistas a gestionar y reducir la carga asociada con el cumplimiento de esas responsabilidades.

46.En la vigésima edición de “Findings on the Worst Forms of Child Labor” (Conclusiones sobre las peores formas de trabajo infantil), publicada por el Departamento de Trabajo en septiembre de 2021, se evalúan las iniciativas de los gobiernos extranjeros y se formulan recomendaciones para combatir las peores formas de trabajo infantil, incluida la trata de niños, en 131 países y territorios. En septiembre de 2020, el Departamento de Trabajo publicó la novena edición de su “List of Goods Produced by Child Labor or Forced Labor” (Lista de mercancías producidas mediante trabajo infantil o trabajo forzoso), que mejora la rendición de cuentas de la cadena de suministro al proporcionar información sobre las mercancías fabricadas mediante trabajo forzoso y trabajo infantil por país de origen. En septiembre de 2020, el Departamento de Trabajo también publicó una versión actualizada de su aplicación móvil “Comply Chain: Business Tools for Labor Compliance in Global Supply Chains”. Esta aplicación incluye más de 50 ejemplos adicionales de asociaciones intersectoriales y organizaciones internacionales, entre otras cosas, sobre cómo detectar, remediar y prevenir el trabajo infantil y el trabajo forzoso mediante sistemas sólidos de cumplimiento social. También presenta los acontecimientos jurídicos más recientes en la lucha contra la trata e información para garantizar que las prácticas de contratación protejan a los trabajadores, animen y empoderen a los trabajadores para que denuncien la explotación, y refuercen la información pública sobre las iniciativas para implantar sistemas de cumplimiento social. En septiembre de 2021, el Departamento de Trabajo publicó una versión en malayo de Comply Chain para complementar las versiones de la aplicación en inglés, español y francés. También en septiembre de 2021, el Departamento de Trabajo presentó su nueva herramienta Better Trade Tool, un recurso de cumplimiento en línea que integra los informes existentes sobre trabajo infantil y trabajo forzoso con los datos comerciales sobre importaciones de los Estados Unidos para fomentar la transparencia de la cadena de suministro y el abastecimiento responsable. El Departamento de Trabajo también ha actualizado su aplicación móvil “Sweat & Toil: Child Labor, Forced Labor, and Human Trafficking Around the World”, para incluir las Conclusiones sobre las peores formas de trabajo infantil de 2021 y 2020 y las actualizaciones de la Lista de mercancías producidas mediante trabajo infantil o trabajo forzoso.

47.La Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos, dependiente de la Oficina Ejecutiva de la Presidencia, desarrolla y coordina la política de los Estados Unidos en materia de comercio internacional, productos básicos e inversión extranjera directa. La Oficina del Representante Comercial también supervisa y negocia acuerdos comerciales y administra programas de preferencia comercial, que incluyen las prioridades del Gobierno de los Estados Unidos para abordar el trabajo infantil y el trabajo forzoso, y promueve el comercio y el trabajo en todo el mundo mediante la creación de un consenso internacional sobre cuestiones como el trabajo forzoso en foros bilaterales, regionales y multilaterales. Los acuerdos comerciales en que son parte los Estados Unidos incluyen desde hace tiempo disposiciones que obligan a las partes a aprobar, mantener y aplicar disposiciones jurídicas sobre la eliminación del trabajo infantil y todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio. Además, el Tratado entre los Estados Unidos, México y el Canadá (T-MEC), que sustituyó al Tratado de Libre Comercio de América del Norte y entró en vigor el 1 de julio de 2020, incluye una disposición pionera que exige a esos tres países prohibir la importación de mercancías producidas total o parcialmente mediante trabajo forzoso, incluido el trabajo infantil forzoso. En virtud de la legislación por la que se aplica el Tratado entre los Estados Unidos, México y el Canadá, se estableció, mediante un decreto de mayo de 2020, un equipo de tareas para supervisar el cumplimiento de la prohibición de las importaciones producidas total o parcialmente mediante el trabajo de presos, el trabajo forzoso o el trabajo en régimen de servidumbre, incluido el trabajo infantil forzoso o en régimen de servidumbre, so pena de sanciones penales. En cooperación con la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos, el Departamento de Trabajo también trabaja para garantizar que los asociados comerciales de los Estados Unidos cumplan sus compromisos mediante el seguimiento y la aplicación de las disposiciones laborales de los acuerdos comerciales y los programas de preferencia comercial, incluidas las relativas al trabajo infantil y el trabajo forzoso. En 2019, por ejemplo, se dio por terminada la elegibilidad de Mauritania para obtener beneficios de preferencia comercial en virtud de la Ley sobre Crecimiento y Oportunidades para África después de que el presidente determinara que Mauritania no estaba haciendo progresos suficientes para establecer medidas de protección de los derechos de los trabajadores reconocidos internacionalmente. En concreto, Mauritania no había hecho suficientes progresos en la lucha contra el trabajo forzoso, en particular la esclavitud hereditaria.

48.En diciembre de 2019, el Departamento del Tesoro organizó su acto inaugural de la Asociación para Combatir los Abusos de los Derechos Humanos y la Corrupción, que reúne anualmente a más de 400 asociados de las ONG, la industria y el Gobierno para combatir los abusos de los derechos humanos, incluidos los relacionados con la trata de personas y la corrupción, mediante un mayor intercambio de información y coordinación sobre las redes de financiación ilícita y la corrupción. En enero de 2020, el Tesoro publicó una página web sobre el papel y las herramientas del Tesoro en la lucha contra la trata de personas, https://home.treasury.gov/news/featured-stories/combating-human-trafficking. En octubre y diciembre de 2019, la Red del Tesoro sobre la Represión de Delitos Financieros colaboró con la Oficina de Investigaciones de Seguridad Nacional, que depende del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas del Departamento de Seguridad Nacional, y el Departamento de Justicia para proporcionar apoyo analítico a cuatro investigaciones penales sobre redes de trata de personas. Además, la Red impartió formación a los coordinadores del Departamento de Justicia sobre la trata de personas y a los miembros del Grupo de Trabajo del Comité Consultivo del Fiscal General sobre Explotación Infantil y Trata de Personas acerca del trabajo reciente de la Red relativo a la trata de personas y las recomendaciones para utilizar los datos de la Ley de Secreto Bancario en las investigaciones sobre la trata de personas. En 2018, el Tesoro contribuyó al informe mundial del Grupo de Acción Financiera sobre el blanqueo de dinero y la trata de personas, aumentó la conciencia sobre esta cuestión y alentó a los gobiernos a adoptar las buenas prácticas que se exponen en el informe, https://www.fatf-gafi.org/media/fatf/content/images/Human-Trafficking-2018.pdf. La Red del Tesoro sobre la Represión de Delitos Financieros publicó dos avisos sobre la trata de personas para ayudar a las instituciones financieras a detectar los movimientos de fondos de los tratantes de personas y apoyar las investigaciones de los organismos de aplicación de la ley que utilizan la inteligencia financiera https://www.fincen.gov/sites/default/files/advisory/2020-10-15/Advisory%20Human%20Trafficking%20508%20FINAL_0.pdf. En 2018, la Red también actualizó su formulario de notificación de actividades sospechosas a fin de incluir una casilla de selección para que las instituciones financieras identificaran las posibles actividades sospechosas relacionadas con la trata de personas. Esta actualización del formulario ayuda al sector financiero a notificar de una forma más completa las actividades sospechosas que pudieran estar relacionadas con la trata de personas. La actualización también permite a las fuerzas del orden identificar más fácilmente a los posibles autores o facilitadores de la trata de personas.

49.Entre el 1 de octubre de 2019 y el 31 de julio de 2020, el Tesoro recibió 98.536 notificaciones de actividades sospechosas en que se alegaba la trata de personas. Las grandes instituciones de depósitos y las empresas de servicios monetarios siguieron siendo las principales entidades que presentan formularios de notificación de actividades sospechosas relacionadas con la trata de personas. En octubre de 2020, la Red emitió una advertencia complementaria sobre la trata de personas, que incluía información actualizada sobre investigaciones financieras, blanqueo de dinero, decomisos, estudios de casos internacionales y orientaciones relacionadas con la presentación de formularios de notificación de actividades sospechosas, https://www.fincen.gov/sites/default/files/advisory/2020-10-15/Advisory%20Human%20Trafficking%20508%20FINAL_0.pdf. Además, el 16 de septiembre de 2021, la Red publicó un aviso centrado específicamente en la explotación infantil, que incluía aspectos destacados de las tendencias financieras que las instituciones financieras debían conocer en relación con la explotación infantil en Internet. https://www.fincen.gov/sites/default/files/shared/FinCEN%20OCSE%20Notice%20508C.pdf. El 8 de noviembre de 2021, el Tesoro organizó una conferencia de medio día de duración para abordar la transparencia financiera en la trata de personas, incluida la trata de niños con fines de explotación sexual y trabajo forzoso, y la explotación infantil. En la conferencia también se examinaron la lucha contra el trabajo forzoso en las cadenas de suministro y las actividades de lucha contra la corrupción en los Estados Unidos, el Reino Unido, Francia y otros países. En octubre de 2020, el Departamento de Estado y el Tesoro, en nombre del Equipo de Tareas Interinstitucional de la Presidencia Encargado de Vigilar y Combatir la Trata de Personas, publicaron un análisis de las actividades para combatir el blanqueo de dinero del Gobierno de los Estados Unidos, las instituciones financieras estadounidenses y las instituciones financieras internacionales en relación con la trata de personas, así como recomendaciones para reforzar las medidas de dichas instituciones, https://www.state.gov/report-to-congress-on-an-analysis-of-anti-money-laundering-efforts-related-to-human-trafficking/.

50.En lo que respecta a la recomendación del Comité sobre el Convenio núm. 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo confirma que todos los miembros de esa organización, por el mero hecho de ser miembros de la organización, tienen la obligación de respetar, promover y hacer efectivos de buena fe los principios relativos a los derechos fundamentales que son objeto los ocho convenios fundamentales de la OIT, en particular en lo concerniente a la abolición efectiva del trabajo infantil. Si bien no han ratificado la mayoría de esos convenios, los Estados Unidos han demostrado, en sus informes de seguimiento en virtud de la Declaración, que los principios y derechos fundamentales de carácter laboral se respetan en el caso de los trabajadores estadounidenses.

51.En lo que respecta a los niños no acompañados que llegan al país con fines de explotación económica, la Oficina contra la Trata de Personas de la Administración para la Infancia y las Familias, dependiente del Departamento de Salud y Servicios Humanos, desarrolla y aplica estrategias, políticas y programas de lucha contra la trata para hacer frente a la explotación económica y laboral. La Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR) del Departamento de Salud y Servicios Humanos atiende a los niños no acompañados en dos programas distintos: el Programa de Menores Refugiados No Acompañados y el Programa de Menores No Acompañados. El Programa de Menores Refugiados No Acompañados atiende a algunos de los niños más vulnerables del mundo: los que huyen de la persecución, la violencia o los abusos y llegan a los Estados Unidos sin un progenitor u otro cuidador adecuado. Los niños entran en el Programa solicitándolo directamente a la ORR o por remisión a través del Programa o por el Departamento de Estado. El Programa de Menores No Acompañados asume la custodia de los niños no acompañados remitidos por el Departamento de Seguridad Nacional o por otro organismo federal después de que se haya determinado que el niño entró en el país sin un progenitor o tutor, carece de situación migratoria legal y es menor de 18 años. Una vez que entran en el Programa, los niños reciben servicios de gestión de casos (incluida la unificación familiar), vacunas y servicios médicos, dentales y de salud mental, así como servicios educativos y jurídicos mientras esperan la unificación con un patrocinador acreditado, normalmente uno de los padres o un pariente cercano en los Estados Unidos, a la espera de que concluyan sus trámites de inmigración o hasta su colocación en hogares de acogida del Programa de Menores Refugiados No Acompañados con asociados autorizados. Estos programas, que combinan la experiencia en el ámbito del bienestar infantil con los conocimientos en materia de reasentamiento de refugiados, están diseñados para atender a niños que han sido objeto de migración forzosa y han sufrido experiencias traumáticas.

52.Adopción. Los Estados Unidos siguen cumpliendo activamente sus obligaciones en virtud del Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional (Convenio de Adopción de La Haya) en lo que respecta a las adopciones internacionales. La Ley de Adopción Internacional de 2000 y su reglamento de ejecución exigen la acreditación y la supervisión de todos los proveedores de servicios de adopción que lleven a cabo actividades en los Estados Unidos en casos de adopción internacional, a menos que actúen bajo la supervisión y la responsabilidad de un proveedor acreditado de servicios de adopción o preparen un estudio sobre un hogar en calidad de proveedores no acreditados autorizados. La Ley de Adopción Internacional impone sanciones civiles y penales a toda persona que ofrezca, conceda, solicite o acepte un incentivo para influir en la decisión de una entidad de acreditación, la renuncia a la patria potestad o la decisión o medida que adopte una autoridad central, o que preste servicios de adopción sin acreditación o aprobación (salvo que actúe bajo supervisión o tenga una exención). La Ley de Acreditación Universal para la Adopción Internacional, que entró en vigor el 14 de julio de 2014, amplió las salvaguardias establecidas mediante la acreditación a los huérfanos que fuesen a ser adoptados procedentes de países que no son partes en el Convenio de Adopción de La Haya, a sus padres adoptivos y a sus padres biológicos. Esto garantiza que todos los proveedores de servicios de adopción se rigen por las mismas normas y principios federales en materia de vigilancia y supervisión, independientemente del país del que proceda el niño adoptado.

53.La normativa estadounidense de aplicación de la Ley de Adopción Internacional prohíbe la compra de niños. El título 22, parte 96, sección 36, del Código de Reglamentos Federales exige a las agencias y personas que prohíban a sus empleados y agentes dar dinero u otra contrapartida, directa o indirectamente, a los padres de un niño u otra persona o entidad como pago por un niño o como incentivo para su entrega. El título 22, parte 96, del Código también garantiza la acreditación y el seguimiento eficaz y sistemático de los particulares y las entidades que prestan servicios de adopción en las adopciones internacionales, garantiza que los procesos de adopción no den lugar a ganancias financieras y aplica de forma apropiada y eficaz el Convenio de Adopción de La Haya. El 20 de noviembre de 2020, el Departamento de Estado publicó el proyecto de modificaciones al título 22, parte 96, del Código. Las modificaciones propuestas están destinadas, en parte, a garantizar que las estructuras de los honorarios sean más razonables y comprensibles. Entre otros, exigen que los honorarios cobrados por el cuidado previo a la adopción se estructuren como una ayuda más amplia a la labor de bienestar infantil y se desvinculen del cuidado de un niño en particular, se cobren una sola vez, no sean irrazonables y se comuniquen a los futuros padres como parte de la información general sobre los honorarios. La normativa también prohíbe el pago de comisiones de incentivo o contingentes que creen un incentivo para captar niños para adopciones internacionales, exige una mayor transparencia en lo que respecta a los pagos, y también prevé un seguimiento posterior a la colocación y servicios posteriores a la adopción. La normativa del Departamento de Seguridad Nacional exige que se denieguen las peticiones de adopción internacional si existen pruebas de compra de niños o de pagos prohibidos por un niño, véanse título 8, partes 204.3(h)(14)(i) y 204.304(a) del Código. De conformidad con las leyes y reglamentos de los Estados Unidos, los organismos acreditados y las personas autorizadas en el marco de la Ley de Adopción Internacional deben velar por que las adopciones internacionales se lleven a cabo teniendo en cuenta el interés superior del niño.

54.Los Estados Unidos continúan su activa labor de divulgación para educar a los proveedores de servicios de adopción y a los futuros padres adoptivos, incluso mejorando los conocimientos sobre el proceso del Convenio de La Haya sobre la Adopción y su cumplimiento. Para garantizar el cumplimiento de los procedimientos legales de los países extranjeros relativos a la adopción internacional, el proceso de inmigración de los Estados Unidos exige que los futuros padres adoptivos presenten una orden de adopción válida de conformidad con las leyes locales. Los Estados Unidos también proporcionan amplia información a los futuros padres adoptivos y a los proveedores de servicios de adopción sobre el sistema de cada país extranjero y entabla conversaciones bilaterales con otros países para prevenir o abordar cualquier problema, como la transferencia no regulada de la custodia de los niños.

55.Como partes en el proceso de acreditación y autorización para prestar servicios de adopción en el marco de la adopción internacional, los proveedores de esos servicios en los Estados Unidos deben demostrar que proporcionan una formación y un asesoramiento adecuados a los padres adoptivos en preparación de la adopción a efectos de integrar a los niños en las familias y promover la permanencia de la colocación en las familias adoptivas. El reglamento que rige la acreditación exige que los proveedores de servicios de adopción que tramitan una adopción proporcionen a los futuros padres adoptivos al menos diez horas de preparación y capacitación, independientemente del estudio del hogar y del informe posterior. Este requisito incluye facilitar información sobre los antecedentes del niño y su entorno cultural, los riesgos detectados respecto de su salud y cualesquiera otros datos médicos, sociales, educativos y de otra índole que se conozcan sobre el niño (véase el título 22, parte 96.48). Las autoridades federales y estatales, así como las ONG y otros grupos privados también imparten formación a los trabajadores sociales y los encargados de tramitar los casos sobre las leyes, los reglamentos y los problemas que plantea la adopción.

56.Gestación por sustitución. Reconociendo que la gestación por sustitución es una cuestión compleja, señalamos respetuosamente que la gestación por sustitución, como práctica, no parece entrar dentro del ámbito de aplicación del Protocolo Facultativo. La gestación por sustitución, como práctica, no implica la venta de niños, tal como se define en el artículo 2, ni ninguno de los actos y actividades que los Estados partes están obligados a tipificar como delito en virtud del artículo 3. No existen leyes federales sobre los pagos a las madres sustitutas y en la actualidad no existen planes para formular leyes o reglamentos federales sobre la gestación por sustitución.

57.En los Estados Unidos, las cuestiones relativas a la filiación y la familia suelen tratarse a nivel estatal o tribal, y las leyes estatales sobre la gestación por sustitución varían considerablemente. Por ejemplo, la gestación por sustitución comercial es ilegal en algunos estados y está expresamente permitida y regulada en otros. La mayoría de los estados de los Estados Unidos tienen leyes que abordan de algún modo la gestación por sustitución, ya sea por ley o por jurisprudencia. Algunos estados tienen leyes que establecen que los contratos de gestación por sustitución no son válidos, mientras que otros establecen mecanismos específicos para aprobar contratos, fijan las condiciones de elegibilidad para las madres sustitutas y los futuros padres, u obligan a que todas las partes reciban orientación y asesoramiento jurídico por separado.

58.Explotación y abusos sexuales extraterritoriales de niños. La ley federal prohíbe que un ciudadano estadounidense o un residente de los Estados Unidos viaje o resida en un país extranjero y participe en “conductas sexuales ilícitas” con un niño, lo que incluye la explotación sexual comercial, la producción de pornografía infantil y el abuso sexual. En septiembre de 2019, en la primera decisión apelatoria en la que se examinó la cuestión, el Tribunal de Apelaciones del Circuito del Distrito de Columbia, en United States v. Park, 938 F.3d 354 (D.C. Cir. 2019), afirmó la constitucionalidad del estatuto que se aplica a los estadounidenses que residen en el extranjero. El Tribunal de Apelaciones del Sexto Circuito de los Estados Unidos está estudiando actualmente la misma cuestión. También es ilegal ayudar a sabiendas a organizar o ayudar a otra persona a viajar con esos fines. Los infractores condenados se enfrentan a multas y a penas de hasta 30 años de prisión.

59.La Ley de provisión de recursos, funcionarios y tecnologías para erradicar las ciberamenazas a nuestros niños (PROTECT Our Children) de 2008 exige que el Fiscal General elabore y aplique una Estrategia Nacional de Prevención e Interdicción de la Explotación de Niños (Estrategia Nacional). En el marco de la Estrategia Nacional más reciente, publicada en 2016, los Estados Unidos siguen trabajando enérgicamente para combatir la explotación y los abusos sexuales de niños en el ámbito extraterritorial, tanto dentro de los Estados Unidos como en el extranjero, incluidos los programas señalados en las observaciones finales del Comité, así como innovaciones programáticas más recientes diseñadas para hacer frente a los problemas recientes, como el cifrado, el uso de dispositivos móviles y la web oscura. Expertos de todo el gobierno federal trabajan activamente para poner fin a la explotación y los abusos sexuales de niños a nivel extraterritorial. Entre ellos figuran los expertos de los equipos de tareas dirigidos por el FBI contra la trata de personas y la explotación de niños, que colaboran con unos 400 organismos asociados a nivel estatal, local, tribal y federal encargados de la aplicación de la ley; la Innocent Images National Initiative del FBI; la Sección de Explotación del Niño y la Dependencia de Investigaciones de Alta Tecnología del Departamento de Justicia; la Operación Depredador del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas del Departamento de Seguridad Nacional y la Dependencia de Investigación sobre Explotación Infantil de su Centro de Delitos Cibernéticos; el Programa de Identificación de Víctimas de la Oficina de Investigaciones de Seguridad Nacional del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas; los inspectores del Servicio Postal; el programa de detención de prófugos del Servicio de Alguaciles de los Estados Unidos; y las fiscalías de los Estados Unidos que trabajan en el Safe Childhood Project. Los funcionarios federales encargados de hacer cumplir la ley también colaboran con sus homólogos internacionales a través de Interpol para poner fin a la explotación y los abusos sexuales de niños a nivel extraterritorial. Entre los futuros objetivos figuran las tecnologías emergentes, las organizaciones delictivas y los delincuentes especialmente buscados, la mejora de la colaboración internacional y la identificación de las víctimas. Además, la Estrategia Digital de USAID, publicada en 2020, contiene una línea de trabajo para proteger a los niños y jóvenes frente al daño digital. Esta línea de trabajo, que está en fase de desarrollo, se centrará en las intervenciones de prevención, en particular en poner fin a la explotación y al abuso sexuales de niños a nivel extraterritorial, https://www.usaid.gov/sites/default/files/documents/USAID_Digital_Strategy.pdf. Los Estados Unidos también están llevando a cabo intensas actividades de divulgación y concienciación, como la ampliación y actualización de las iniciativas de divulgación comunitarias sobre seguridad en Internet, el desarrollo de mensajes a nivel nacional, la mejora de las actividades educativas y de concienciación, la mejora de los conocimientos sobre los delitos de extorsión sexual, y la participación en actividades de formación de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y los fiscales.

60.En lo que respecta a la preocupación de que los infractores puedan eludir su responsabilidad por la explotación sexual de niños presentando como defensa “pruebas claras y convincentes” de que la persona con la que practicaron un acto sexual comercial había alcanzado la edad de 18 años, no tenemos conocimiento de ningún caso en que un argumento de ese tipo se haya planteado con éxito. Señalamos también que, para imponer la correspondiente condena en virtud de esa disposición penal, no se exige que el ciudadano estadounidense en cuestión resida en los Estados Unidos.

IV.Prohibición de la venta de niños, la utilización de niños en la pornografía y la prostitución infantil, y asuntos conexos (arts. 3, 4 (párrs. 2 y 3) y 5 a 7)

61.Leyes y normativas penales vigentes. Como ya se ha señalado, antes de pasar a ser parte en el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, los Estados Unidos examinaron detenidamente sus leyes y concluyeron que eran suficientes para poder cumplir debidamente sus obligaciones, como se señala en el instrumento de ratificación de los Estados Unidos. En las leyes federales (Código de los Estados Unidos) se define el acto de sexo comercial como “cualquier acto sexual en cuya virtud se proceda a la entrega o a la recepción de alguna cosa de valor por alguna persona” (título 18, artículo 1591 e) (3) y título 22, artículo 7102 (4), y, por lo tanto, no se requiere que exista una contraprestación en forma de dinero. Los Estados Unidos no tienen conocimiento de ninguna forma de “venta” de niños, tal como se describe en el artículo 3, párrafo 1, del Protocolo Facultativo, que no pueda perseguirse de conformidad con la legislación estadounidense. Además, los Estados Unidos señalan que el artículo 3, párrafo 2, del Protocolo Facultativo, relativo a los “casos de tentativa de cometer cualquiera de estos actos”, se aplica “con sujeción a los preceptos de la legislación de los Estados partes” y señalan asimismo que varias de las leyes mediante las cuales el Protocolo Facultativo se aplica en los Estados Unidos incluyen los casos de tentativa cuando se tipifican las actividades prohibidas; véanse, por ejemplo, título 18, artículo 1594 a) (tentativa de trata sexual), título 18, artículo 2241 (abuso sexual grave), título 18, artículo 2242 (abuso), título 18, artículo 2243 (abuso sexual de un niño o pupilo), título18, artículo 2251 e) (pena por tentativa de producción de pornografía infantil), título 18, artículo 2252 b) (pena por tentativa de realizar determinadas actividades con material relacionado con la explotación sexual de niños) y título 18, artículo 2423 e) (penalización de la tentativa de cometer determinados delitos de explotación sexual de niños).

62.La legislación estadounidense relativa a la pornografía infantil protege a los niños de forma coherente con los requisitos de libertad de expresión de la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. En New York v. Ferber, 958 U.S. 747 (1982), el Tribunal Supremo de los Estados Unidos reconoció una categoría de expresión que queda fuera del ámbito de aplicación de la Primera Enmienda: la representación visual de niños en películas o fotografías de diversas actividades o exposiciones de carácter sexual. Las representaciones de este tipo pueden prohibirse por razones de interés público para proteger el bienestar físico y psicológico de los niños cuya participación en la producción de esos materiales podría hacerles sufrir explotación y daños. El Tribunal Supremo consideró que el Gobierno podía ir más allá de una mera prohibición del uso de niños porque no es posible proteger adecuadamente a los niños sin prohibir la exposición y difusión de materiales y la publicidad sobre ellos. Sin embargo, dado que se trata de la expresión, el Gobierno debe definir cuidadosamente qué conducta se ha de prohibir y solo puede abarcar “las obras que representen visualmente conductas sexuales de niños menores de una edad determinada”. La legislación federal prohíbe la producción, distribución, recepción y posesión de toda imagen de pornografía infantil en que se utilice o que afecte a cualquier medio o servicio de comercio entre estados o con otros países, véanse título 18, artículo 2251; título 18, artículo 2252; título 18, artículo 2252A. Concretamente, en el título 18, artículo 2251 del Código de los Estados Unidos se establece que es ilegal persuadir, inducir, atraer o coaccionar a un niño para que participe en una conducta sexualmente explícita con el fin de producir representaciones visuales de dicha conducta. Cualquier persona que intente cometer o conspire para cometer un delito de pornografía infantil también está sujeta a persecución penal en virtud de la legislación federal. En cuanto a la preocupación del Comité, no tenemos conocimiento de que existan delitos relacionados con la pornografía infantil que no puedan perseguirse eficazmente con arreglo a la legislación estadounidense.

63.En los Estados Unidos, las personas condenadas por los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo están sujetas a penas apropiadas en virtud de las leyes federales y de los estados, y lo mismo ocurre con las personas condenadas por tentativa de cometer esos delitos. Toda violación de la ley federal sobre pornografía infantil es un delito grave y los autores condenados están sujetos a las sanciones legales correspondientes. Por ejemplo, un delincuente condenado por primera vez por producir pornografía infantil en virtud de lo dispuesto en el título 18, artículo 2251, del Código de los Estados Unidos, deberá pagar multas y cumplir una pena obligatoria mínima de 15 años de prisión a una pena máxima de 30 años de prisión. En virtud de lo dispuesto en el título 18, artículo 2252, un delincuente condenado por primera vez por transportar pornografía infantil por medio del comercio interestatal o internacional deberá pagar multas y cumplir una pena obligatoria mínima de cinco años de prisión a una pena máxima de 20 años de prisión. Los condenados pueden enfrentarse a penas más duras si han tenido condenas anteriores por delitos relacionados con la explotación sexual de niños o el abuso sexual de niños. En estas circunstancias, un infractor condenado podría recibir una pena de cadena perpetua. En consecuencia, no tenemos conocimiento de ninguna circunstancia en que las sanciones previstas en la legislación estadounidense para los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo no se consideren adecuadas o proporcionales a la gravedad del delito, de conformidad con el artículo 3 del Protocolo Facultativo.

64.Venta de órganos. La Ley Nacional de Trasplante de Órganos de 1984, en su versión modificada, estableció la prohibición penal del intercambio de órganos con fines de trasplante a cambio de una contraprestación económica. Dicha Ley autorizó al Secretario del Departamento de Salud y Servicios Humanos para conceder subvenciones a organizaciones de obtención de órganos, creó el Registro Científico de Receptores de Trasplantes y creó el Centro de Recursos y Servicios de Salud, la Red de Obtención y Trasplante de Órganos y asociaciones en el marco del Departamento de Salud y Servicios Humanos para administrar estas actividades. De conformidad con dicha Ley, por la violación de esta prohibición penal se impone una pena de hasta cinco años de prisión o una multa de hasta 50.000 dólares, o ambas. No obstante, la Ley permite los pagos razonables relacionados con la extracción, el transporte, la implantación, el procesamiento, la conservación, el control de calidad y el almacenamiento de un órgano humano. La Ley también permite el pago de los gastos de viaje, alojamiento y pérdida de salario de los donantes de órganos en vida. La Ley Uniforme de Donación Anatómica (Uniform Anatomical Gift Act), una ley modelo destinada a ser aprobada en las jurisdicciones estatales, también prohíbe la venta de órganos. Una norma del Departamento de Salud y Servicios Humanos de 2013 aclaró que las células madre sanguíneas entraban dentro de la definición de “órgano humano” con arreglo a la Ley Nacional de Trasplante de Órganos, de manera que se consideraba ilegal el trasplante de esas células sanguíneas por una contraprestación valorable en dinero. En 2011, el Departamento de Justicia, con arreglo a dicha Ley, emprendió por vez primera acciones judiciales en una causa por tráfico de órganos en la que el acusado se declaró culpable y fue condenado a dos años y medio de prisión por haber actuado como intermediario en tres trasplantes ilegales de riñón por encargo de clientes adultos de Nueva Jersey. No se tiene conocimiento de ningún informe sobre la venta de órganos de niños en los Estados Unidos.

65.En un anexo del segundo informe periódico de los Estados Unidos figura una lista de las leyes estatales relativas a la venta de órganos, preparada por la Asociación Nacional de Fiscales de Distrito. En el siguiente sitio web se puede encontrar información sobre las leyes, las políticas y la historia de la donación de órganos en los Estados Unidos: https://optn.transplant.hrsa.gov/about/history-nota/. Como se explica en el informe inicial de los Estados Unidos, específicamente en los párrafos 19 y 20, aunque las leyes estatales de los Estados Unidos no siempre tipifiquen como delito la venta de órganos en sí, las conductas prohibidas por el Protocolo Facultativo entrarían necesariamente en el ámbito de aplicación de una o más leyes penales estatales, como las leyes sobre agresión, lesiones, mutilación, maltrato infantil u homicidio doloso, en consonancia con las obligaciones contraídas por los Estados Unidos en virtud del Protocolo Facultativo. También observamos que algunas organizaciones no gubernamentales en los Estados Unidos, como la Organ Donation and Transplantation Alliance, hacen un seguimiento e informan sobre las leyes estatales relativas a la donación y el trasplante de órganos y otras cuestiones conexas.

66.Jurisdicción extraterritorial. Como se señaló en el informe anterior, no es obligatorio que un Estado parte haga efectiva su jurisdicción sobre sus nacionales en calidad de autores o víctimas fuera de su territorio en virtud del artículo 4, párrafo 2, del Protocolo Facultativo, y los Estados Unidos no lo hacen de forma sistemática. No obstante, como se señala en la sección V L) (Jurisdicción) del segundo informe periódico, además de los casos abarcados por la jurisdicción especial aérea o marítima y la jurisdicción territorial, la legislación de los Estados Unidos amplía su jurisdicción en virtud de ciertas disposiciones relacionadas con la aplicación del Protocolo Facultativo. A efectos de estas disposiciones, se considera niño a toda persona menor de 18 años.

67.Por ejemplo, la legislación federal establece la “jurisdicción extraterritorial” sobre determinados delitos sexuales contra niños. El título 18, artículo 2423 c), prohíbe a los ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales que viajen desde los Estados Unidos a un país extranjero o residan en un país extranjero y que, mientras estén allí, violen o molesten sexualmente a un niño, produzcan pornografía infantil o participen en un acto sexual comercial con un niño. En virtud de esta ley, los ciudadanos pueden ser castigados, incluso si la conducta en que hayan incurrido es legal en el país donde se produjo. Por ejemplo, si una persona viaja a un país que ha legalizado la prostitución y, durante su estancia en ese país, paga a un niño por mantener relaciones sexuales, esa persona puede ser procesada y condenada en virtud de la ley. La pena es de hasta 30 años de prisión.

68.El título 18, artículo 2423 b), tipifica como delito que un ciudadano o un residente permanente legal de los Estados Unidos viaje desde los Estados Unidos a un país extranjero con el propósito deliberado de incurrir en conductas sexuales ilegales con niños, tales como violación, abuso sexual o prostitución. La diferencia entre el artículo 2423 b) y el artículo 2423 c) es que el artículo 2423 b) exige la prueba de que el acusado tenía un propósito delictivo premeditado al momento de emprender el viaje. La pena por este delito también puede llegar hasta los 30 años de prisión. Por último, el artículo 2423 d) tipifica como delito lo que se conoce informalmente como “operador de turismo sexual infantil”. Esta ley tipifica como delito lucrarse facilitando el viaje de ciudadanos o residentes permanentes legales de los Estados Unidos, a sabiendas de que viajan con el propósito de mantener relaciones sexuales ilegales con niños. Por este delito se pueden imponer penas de hasta 30 años de prisión.

69.Algunas leyes sobre pornografía infantil también se aplican a conductas en el extranjero. Los artículos 2251 c) y 2260 a) del título 18 tipifican como delito la producción de pornografía infantil en países extranjeros en caso de que las imágenes de abusos a niños se importen a los Estados Unidos o de que se tenga la intención de hacerlo. De conformidad con estas disposiciones, a un infractor condenado por primera vez se le imponen penas de 15 años, como mínimo, hasta un máximo de 30 años de prisión. Por último, el título 18, artículo 1596, confiere jurisdicción extraterritorial sobre la trata de niños con fines sexuales o de cualquier persona mediante fuerza, fraude o coacción, así como sobre el trabajo forzoso y otros delitos relacionados con la trata. Esto significa que los fiscales federales pueden investigar y perseguir penalmente determinados ciudadanos extranjeros que cometan delitos de trata de niños con fines sexuales fuera de los Estados Unidos. El artículo 1596 también permite al gobierno federal investigar y perseguir penalmente a ciudadanos y residentes de los Estados Unidos que cometan delitos de trata de niños con fines de explotación sexual en países extranjeros.

70.Extradición. De conformidad con el artículo 5, párrafo 1, del Protocolo Facultativo, los Estados Unidos consideran que los delitos abarcados por el Protocolo Facultativo están incluidos entre los delitos que dan lugar a extradición en los tratados bilaterales de extradición concertados por los Estados Unidos con otros Estados partes en el Protocolo Facultativo, en particular los tratados que figuren en una lista anterior a la ratificación por los Estados Unidos en 2002 del Protocolo Facultativo y que no incluyan la relación de delitos consignada en el artículo 3, párrafo 1, del Protocolo Facultativo. Todos los tratados de extradición modernos en los que los Estados Unidos son parte incorporan el concepto de la doble incriminación y, como ya se ha señalado, la legislación de los Estados Unidos tipifica los delitos abarcados por el Protocolo Facultativo. Siempre que un Estado parte que solicite la extradición haya cumplido su obligación con arreglo al Protocolo Facultativo de tipificar los delitos indicados en el artículo 3, párrafo 1, se considerará en general que el requisito de la doble incriminación se ha cumplido a efectos de satisfacer una solicitud de extradición de ese Estado parte.

71.Los Estados Unidos persiguen activamente la extradición por los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo. Por ejemplo, han conseguido con éxito la extradición de ciudadanos extranjeros a los Estados Unidos para su persecución penal en conjunción con la Iniciativa Bilateral Estados Unidos-México para la Represión de la Trata de Personas, una iniciativa entre el Departamento de Justicia, el Organismo de investigaciones de Seguridad Nacional del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos, dependiente del Departamento de Seguridad Nacional, y los homólogos mexicanos encargados de la aplicación de la ley para reforzar los enjuiciamientos de alto impacto con arreglo al derecho tanto estadounidense como mexicano. Los esfuerzos realizados en el marco de esta iniciativa han dado lugar a enjuiciamientos tanto en México como en los Estados Unidos, incluidos los enjuiciamientos federales de más de 50 acusados en diversos casos en Nueva York, Georgia, Florida y Texas desde 2009, y numerosos enjuiciamientos federales y estatales en México contra tratantes sexuales asociados.

V.Protección de los derechos de los niños víctimas (arts. 8 y 9, párrs. 3 y 4)

72.Medidas adoptadas para proteger los derechos e intereses de los niños víctimas de delitos prohibidos en virtud del Protocolo Facultativo. Como se indica en el informe de 2016, los servicios a los niños víctimas se prestan a través de numerosos departamentos y organismos federales, incluidos el Departamento de Estado, el Departamento de Justicia, el Departamento de Seguridad Nacional, USAID y el Departamento de Salud y Servicios Humanos; las autoridades estatales, territoriales, locales y tribales, y la sociedad civil. Como se desprende de la actualización del Plan de Acción Nacional de Lucha contra la Trata de Personas, publicado en diciembre de 2021, el gobierno federal apoya una respuesta federal integrada a la trata de personas y destaca la importancia de invertir recursos en políticas y programas de lucha contra la trata.

73.En los Estados Unidos se han aplicado o se están poniendo en marcha numerosos programas para proteger los derechos e intereses de los niños víctimas de la trata. A continuación, destacamos algunos de ellos: el Departamento de Salud y Servicios Humanos presta servicios a niños víctimas de la trata a través del Programa de Asistencia a las Víctimas de la Trata, el Programa de Servicios y Divulgación para las Víctimas de la Trata de Personas dentro del País y las Becas de Demostración para Reforzar la Respuesta a las Víctimas de la Trata de Personas en las Comunidades Nativas. En 2021, la Oficina contra la Trata de Personas de la Administración para la Infancia y las Familias, dependiente del Departamento de Salud y Servicios Humanos, también publicó información sobre la prevención de la trata y la protección de niños no acompañados, https://www.acf.hhs.gov/otip/victim-assistance/child-eligibility-letters/resources, además de otros programas de asistencia integral a las víctimas, https://www.scf.hhs.gov/otip/victim-assistance.

74.En el ejercicio económico 2019, la Oficina de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia del Departamento de Justicia anunció un programa de servicios especializados y mentoría para niños y jóvenes víctimas de trata sexual y explotación sexual, destinado a apoyar los esfuerzos de las organizaciones para desarrollar o mejorar su capacidad de mentoría, facilitar las iniciativas de divulgación y aumentar la disponibilidad de servicios directos para niños y jóvenes víctimas de explotación sexual comercial y trata sexual dentro del país. En el marco de esta iniciativa, varias organizaciones experimentadas colaboran con el actual proveedor de formación y asistencia técnica de la Oficina de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia a fin de desarrollar o mejorar modelos de servicios de mentoría y la mentoría basada en las mejores prácticas para centrarse en las necesidades de los niños que corren el riesgo o son víctimas de explotación sexual comercial y de trata sexual dentro del país. Se concedieron nueve premios, por un total de más de 4 millones de dólares, a organizaciones no gubernamentales por su labor en este ámbito en el ejercicio económico 2019. La Youth Collaboratory elaboró un conjunto de herramientas para proveedores de servicios a jóvenes, y el National Council of Juvenile and Family Court Judges creó el National Judicial Institute on Domestic Child Sex Trafficking (Instituto Judicial Nacional sobre la Trata de Niños con Fines de Explotación Sexual).

75.La Oficina de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia también presta apoyo al Centro Nacional para Menores Desaparecidos y Explotados, cuyo Sistema de Alerta AMBER se utiliza actualmente en los 50 estados, el Distrito de Columbia, en las naciones tribales, Puerto Rico, las Islas Vírgenes de los Estados Unidos y otros 33 países. Además, con la aprobación en 2018 de la Ley Ashlynne Mike de Alerta AMBER en el País Indio, la Oficina de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia se ha comprometido a esforzarse por integrar a las comunidades tribales en los planes de comunicación de Alerta AMBER estatales o regionales, garantizando la más amplia cobertura posible en caso de que sea necesario activar una Alerta AMBER. Hasta noviembre de 2021, se habían recuperado con éxito 1.085 niños víctimas mediante la alerta AMBER. Los servicios especializados y de mentoría de la Oficina para los niños y jóvenes víctimas de la trata sexual y sus actividades de formación y asistencia técnica en materia de explotación sexual también prestaron apoyo a las comunidades y organizaciones locales para mejorar su capacidad de respuesta a las necesidades de los niños víctimas de explotación sexual.

76.En el ejercicio económico 2019, el Departamento de Justicia concedió fondos por valor de más de 100 millones de dólares para combatir la trata de personas. Estos fondos incluían 65 asignaciones por un total de 42,9 millones de dólares para prestar servicios directos a las víctimas de la trata y 6 millones de dólares para cuatro beneficiarios a fin de mejorar los resultados para los niños y jóvenes víctimas de la trata. Las iniciativas incluían 32 asignaciones para servicios especializados para niños víctimas de la trata (15,5 millones de dólares), cinco para mejorar los servicios a las víctimas (4,4 millones de dólares) y una para formación y asistencia técnica para mejorar los servicios a las víctimas de la trata con fines de explotación laboral (1 millón de dólares). El Departamento de Justicia también concedió 10 subvenciones por un total de 4,7 millones de dólares para prestar apoyo a los servicios especializados y de mentoría para niños y jóvenes víctimas de la trata sexual y la explotación sexual. Además de los equipos de tareas de lucha contra la trata del Modelo Colaborativo Mejorado, que recibieron fondos anteriormente, el Departamento de Justicia otorgó 21 millones de dólares, como parte de los fondos para el ejercicio económico 2019 destinados a la lucha contra la trata, a 15 equipos de tareas, incluyendo fondos para 13 organismos de aplicación de la ley estatales y locales y 12 proveedores de servicios a las víctimas que están aplicando un enfoque colaborativo para identificar y combatir todas las formas de trata de personas. En el ejercicio económico 2020, el Departamento de Justicia concedió más de 101 millones de dólares para el apoyo a las víctimas de la trata de personas. Además de la investigación, la formación y la asistencia técnica, y de los programas de servicios directos, que suelen incluir servicios para niños víctimas, la Oficina de Atención a las Víctimas de la Delincuencia del Departamento de Justicia concedió fondos por un total de más de 4,2 millones de dólares a cuatro beneficiarios para mejorar los enfoques coordinados y multidisciplinarios que se aplican en todo el estado a las poblaciones de riesgo y obtener mejores resultados para los niños y jóvenes que son víctimas de la trata de personas; un total de más de 1,8 millones de dólares a cuatro organizaciones, entre ellas un proveedor de formación y asistencia técnica, para apoyar servicios de prevención e intervención temprana, como mentoría y otros servicios de apoyo directo a niñas en riesgo de ser víctimas o que son víctimas de la trata sexual; más de 6,8 millones de dólares a cuatro beneficiarios para desarrollar, ampliar y reforzar los programas de asistencia a niños víctimas de la trata sexual; y un total de casi 2 millones de dólares a tres organizaciones para desarrollar, ampliar o reforzar programas de servicios para niños víctimas de la trata con fines de explotación laboral. La Oficina de Atención a las Víctimas de la Delincuencia también concedió más de 17,7 millones de dólares para 27 programas destinados a reforzar la eficacia de los equipos de tareas colaborativos y multidisciplinarios para combatir la trata de personas.

77.Como se ha señalado en el párrafo 19, el Departamento de Salud y Servicios Humanos apoya y promueve el uso de enfoques que tienen en cuenta el trauma sufrido en la prestación de servicios a niños víctimas de la trata, como se indica en el informe titulado “Trauma-informed Approaches: Federal Activities and Initiatives”, elaborado con el apoyo del National Center for Trauma-Informed Care de la Administración de Servicios en materia de Abuso de Sustancias y Salud Mental. En ese informe se describe el compromiso de los organismos federales con la aplicación de enfoques que respondan a las cuestiones de género y tengan en cuenta el trauma sufrido.

78.En el ejercicio económico 2019, los beneficiarios de los fondos del Departamento de Salud y Servicios Humanos para combatir la trata prestaron asistencia integral en gestión de casos a 2.398 víctimas de la trata y familiares que reunían los requisitos exigidos. El Departamento de Salud y Servicios Humanos expidió 311 cartas de certificación y 892 cartas de elegibilidad a adultos y niños víctimas de la trata, respectivamente, para que pudieran solicitar prestaciones y servicios en la misma medida que los refugiados. En el ejercicio económico 2020, el Departamento de Salud y Servicios Humanos y la Línea Directa Nacional contra la Trata de Personas intensificaron su colaboración con el Centro Nacional para Menores Desaparecidos y Explotados para reforzar los protocolos de localización, protección y atención a los niños. El Departamento de Salud y Servicios Humanos también integró la lucha contra la trata en los programas de bienestar infantil, jóvenes fugitivos y de la calle, niños no acompañados, violencia doméstica y comunidades nativas, así como en los programas de los centros de salud federales cualificados, mediante la formación, la asistencia técnica y la recopilación de datos. En asociación con el Departamento de Justicia, el Departamento de Salud y Servicios Humanos llevó a cabo una serie nacional de sesiones de escucha virtual de cuatro partes sobre la prevención y la respuesta a la trata de niños durante el Mes de la Prevención del Maltrato Infantil en abril de 2020. La serie incluyó debates sobre el impacto de la COVID-19 en los niños y jóvenes, así como sobre las iniciativas federales, estatales, locales y tribales para salvaguardar a las víctimas de la trata de niños. Además, en el ejercicio económico 2020, la Oficina de Servicios a la Familia y la Juventud del Departamento de Salud y Servicios Humanos publicó el informe temático “Human Trafficking Prevention: Strategies for Runaway and Homeless Youth Settings” (Prevención de la trata de personas: Estrategias para entornos de jóvenes fugitivos y de la calle). Este recurso ofrece enfoques prácticos para ayudar a las organizaciones a integrar la prevención de la trata en sus programas. La Oficina de Servicios a la Familia y la Juventud también publicó una hoja informativa sobre el impacto de la trata de personas en la salud de los adolescentes, así como la guía de recursos “Human Trafficking in Youth Serving Organizations” (La trata de personas en las organizaciones al servicio de los jóvenes). Debido al aumento de incidentes de trata con fines de explotación laboral entre jóvenes fugitivos y de la calle, la Oficina de Servicios a la Familia y la Juventud publicó una serie de actividades de formación y recursos para proporcionar a las organizaciones al servicio de los jóvenes información sobre cómo prevenir y responder a la explotación laboral y a la trata con fines de explotación laboral en el marco de sus programas.

79.El programa Childhood Smart del Servicio Secreto de los Estados Unidos del Departamento de Seguridad Nacional, cuyo objetivo es crear una mayor conciencia sobre la explotación sexual, incluida la trata de niños con fines de explotación sexual, y reducir la victimización de los niños, proporcionó recursos a 17.845 niños y padres en los Estados Unidos en el ejercicio económico 2020.

80.Según un informe de la Conferencia Nacional de Legisladores Estatales, hasta abril de 2017, 24 estados habían creado equipos de tareas, comités o puestos de dirección para mejorar la colaboración entre interesados para responder a la trata de personas; 20 estados y el Distrito de Columbia habían promulgado disposiciones sobre la inmunidad procesal para los jóvenes víctimas de trata; al menos 29 estados y el Distrito de Columbia ofrecieron a los jóvenes oportunidades para alejarse del sistema judicial y acceder a programas y servicios que atendieran sus necesidades básicas; todos los estados tenían sanciones para los tratantes; y al menos 44 habían aumentado las sanciones para los autores de estos delitos u otros delitos conexos contra los niños, https://www.ncsl.org/Portals/1/Documents/cj/SafeHarbor_v06.pdf. Varios gobiernos tribales también tienen iniciativas para combatir la trata de personas.

81.Cada año se proporcionan millones de dólares a una amplia variedad de organizaciones no gubernamentales para que lleven a cabo programas de prevención de la trata de niños y presten servicios a los niños víctimas. La labor de estas organizaciones no gubernamentales se supervisa y evalúa de acuerdo con los requisitos del proceso de contratación o concesión. Además, el propio proceso de seguimiento y evaluación también se estudia y se critica; véase, por ejemplo, un informe realizado para la Oficina de Programas de Justicia del Departamento de Justicia en 2014, https://www.ojp.gov/pdffiles1/nij/grants/248578.pdf. Asimismo, la Oficina sobre la Violencia contra la Mujer administra programas de subvenciones autorizados por la Ley sobre la Violencia contra la Mujer, en su versión modificada, que hacen posible conceder fondos para atender a las víctimas de violencia doméstica, agresión sexual, violencia en las citas de pareja y acoso criminal, que también son víctimas de formas graves de la trata de personas. Además, los programas de la Oficina sobre la Violencia contra la Mujer, a saber, el Programa de Gobiernos Tribales, el Programa de Subvenciones a Coaliciones Tribales contra la Agresión Sexual y la Violencia Doméstica y el Programa de Subvenciones Consolidadas para Atender a Niños y Jóvenes que Sufren Violencia Doméstica y Agresión Sexual e Implicar a Hombres y Niños como Aliados, proporcionan financiación para responder a víctimas cuya principal forma de victimización es la trata sexual y para apoyar las actividades de prevención, intervención y respuesta, incluidos los servicios para jóvenes fugitivos y de la calle que se identifican como LGBTQ, y para jóvenes víctimas de la trata sexual, así como servicios de apoyo culturalmente específicos para víctimas de la trata sexual de indígenas de los Estados Unidos y nativos de Alaska, y servicios de apoyo culturalmente específicos para indígenas de los Estados Unidos y nativos de Alaska que son víctimas de la trata sexual. La Oficina también financia proyectos de formación y asistencia técnica para mejorar la capacidad de los beneficiarios para hacer frente a la trata sexual. La Oficina ha financiado además la conferencia “Sovereign Responses to Sex Trafficking in Indian Country and Alaska” (Respuestas soberanas a la trata sexual en el país indio y Alaska), así como la Organización Internacional de Adolescentes, para proporcionar formación especializada y asistencia técnica a las organizaciones que atienden a jóvenes víctimas de la trata sexual, a jóvenes víctimas de la trata sexual internacional y de la explotación sexual por medios comerciales o la prostitución de supervivencia, incluidos los implicados en el sistema de justicia penal juvenil. En todos los casos, el gobierno federal trata de garantizar que la investigación y los programas que apoya se lleven a cabo con eficiencia y eficacia para cumplir sus objetivos declarados, tal y como exige la legislación federal. Además, para hacer frente a un grave problema que afecta a los indígenas de los Estados Unidos y nativos de Alaska desaparecidos y asesinados, en particular mujeres y niñas, el presidente Biden emitió el 15 de noviembre de 2021 un decreto sobre “Mejora de la Seguridad Pública y de la Justicia Penal para los Indígenas de los Estados Unidos y Respuesta a la Crisis de los Indígenas Desaparecidos o Asesinados”. Este decreto incluye una renovada atención a la lucha contra la trata de personas, la explotación y el abuso de niños indígenas de los Estados Unidos y nativos de Alaska. Además, el Departamento del Interior ha creado una dependencia especial para concentrar los recursos en los casos de personas desaparecidas activos y por resolver.

82.En lo que respecta a la representación legal de las víctimas de la pornografía infantil y a los incentivos para que dichas víctimas busquen apoyo, la Oficina de Atención a las Víctimas de la Delincuencia del Departamento de Justicia mejora la capacidad de asistencia a las víctimas de delitos y de liderazgo en el cambio de actitudes, políticas y prácticas para promover la justicia y la sanación de todas las víctimas de pornografía infantil. La Oficina administra el Fondo para las Víctimas de Delitos, creado mediante la Ley de Víctimas de Delitos de 1984, una importante fuente de financiación para los servicios a las víctimas en todos los Estados Unidos, incluidos los servicios en el ámbito de la victimización de los niños y la trata de personas. El Fondo presta apoyo a miles de programas al año, lo que representa millones de dólares invertidos en la indemnización y la asistencia a las víctimas en todos los Estados Unidos y sus territorios, así como proyectos de formación y demostración destinados a mejorar las competencias de los proveedores de servicios a las víctimas. La Oficina también administra dos importantes programas de subvenciones que prestan apoyo a los servicios directos a las víctimas de delitos en todos los estados, el Distrito de Columbia y cinco territorios, proporcionando fondos de colocación discrecional para atender las necesidades emergentes y subsanar las carencias de los servicios ya existentes. Además, la Oficina también financia el programa Tribal Victim Services Set-Aside, que se aplica a través de una fórmula administrativa no competitiva en todas las tribus reconocidas federalmente de los Estados Unidos que decidan participar. Este programa apoya los servicios culturalmente receptivos a las víctimas para atender las necesidades únicas de las comunidades de indígenas de los Estados Unidos y nativos de Alaska. La Oficina también gestiona un Centro de Formación y Asistencia Técnica que ofrece oportunidades de formación para proveedores y defensores a todos los niveles de los servicios a las víctimas. Además, proporciona formación y asistencia técnica a los profesionales, basada en pruebas y centrada específicamente en la capacitación y el desarrollo de los conocimientos especializados de las organizaciones y entidades que atienden y prestan servicios a los supervivientes de la trata de personas. Esta labor incluye proyectos de formación y asistencia técnica para ayudar a los tribunales a aplicar políticas de respuesta que tengan en cuenta el trauma sufrido a fin de identificar a los supervivientes de la trata que enfrentan cargos penales; responder a las necesidades de los supervivientes que se enfrentan a cargos con una gama de resultados en sus casos y una serie continua de remisiones a servicios sociales; y reducir el daño infligido a los supervivientes que enfrentan cargos penales en actuaciones judiciales. La Oficina también proporciona formación y asistencia técnica jurídica integral a fin de desarrollar la capacidad de los proveedores de servicios jurídicos y sociales para prestar servicios a las víctimas de la trata de personas y mejorar el acceso de las víctimas a toda la gama de recursos jurídicos de que disponen para aumentar su seguridad, bienestar financiero, independencia y autosuficiencia mediante el acceso a proveedores de servicios jurídicos capacitados.

83.En lo que respecta a la indemnización de los niños víctimas de explotación, el 7 de diciembre de 2018 se promulgó la Ley Amy, Vicky y Andy de Asistencia a las Víctimas de la Pornografía Infantil de 2018. Esta ley da a las víctimas de la pornografía infantil la opción de recibir una reparación solicitándola a un fondo, lo que evita la carga sustancial asociada a los múltiples procedimientos de restitución en los tribunales penales. Los trabajos para poner en marcha el fondo están en curso. El decomiso de activos es una herramienta fundamental para la recuperación de beneficios ilícitos derivados de delitos financieros como el fraude, la malversación y el robo, así como de delitos como la trata de personas y la explotación del niño. El Programa de Decomiso de Activos del Departamento de Justicia desempeña un papel fundamental en la desarticulación y el desmantelamiento de empresas ilegales, ya que privan a los delincuentes del producto de sus actividades ilícitas, disuaden la delincuencia y restituyen los bienes a las víctimas. La devolución a las víctimas de los fondos confiscados ha sido una parte esencial del Programa de Decomiso de Activos del Departamento de Justicia. En las Directrices del Fiscal General de 2018 sobre el Programa de Decomiso de Activos se establece que uno de los principales objetivos del programa de decomiso es “recuperar [] activos que puedan ser utilizados para compensar a las víctimas” y, “siempre que sea posible, los fiscales deben utilizar el decomiso de activos para recuperar activos y devolverlos a las víctimas de delitos...”. Desde 2000, el gobierno ha transferido a las víctimas más de 11.000 millones de dólares en fondos decomisados. La Sección de Blanqueo de Dinero y Recuperación de Activos del Departamento de Justicia utiliza los activos decomisados a los acusados para compensar a las víctimas, aplicando los fondos a las órdenes federales de restitución existentes y pagando directamente a las víctimas de los acusados.

84.Niños extranjeros no acompañados, solicitantes de asilo, refugiados y migrantes. Los Estados Unidos siguen impartiendo formación a los funcionarios de Aduanas y Protección de Fronteras para que identifiquen, detecten y protejan a los niños que son o pueden convertirse en víctimas de los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo. Además, como reconoce el Comité, los Estados Unidos también capacitan activamente a otras personas implicadas en el sector de los viajes internacionales a través de programas como la Iniciativa Blue Lightening para trabajadores de líneas aéreas. Hasta ahora, más de 20 líneas aéreas y 100.000 trabajadores del sector de la aviación han recibido formación para detectar casos de trata, incluida la trata de niños.

85.El programa de Menores Centroamericanos (CAM) se reanudó el 15 de marzo de 2021. Este programa se puso en marcha en 2014 para ofrecer a los niños vulnerables del norte de Centroamérica una alternativa segura a la peligrosa migración irregular, permitiendo a determinados padres que se encuentran legalmente en los Estados Unidos solicitar el acceso al Programa de Admisión de Refugiados de los Estados Unidos (USRAP) en nombre de sus hijos nacionales de El Salvador, Guatemala u Honduras para su posible reasentamiento en los Estados Unidos. El USCIS estudiaba caso por caso la posibilidad de conceder un permiso de inmigración temporal a los Estados Unidos a los niños que no reunían los requisitos para obtener la condición de refugiado. La reanudación del programa de Menores Centroamericanos consta de dos fases. La primera fase permitió reabrir las solicitudes que se cerraron sin recibir una entrevista de refugiado antes del 31 de enero de 2018, después de que se anunciara la finalización del programa en 2017. En esta fase fueron considerados aptos 3.126 casos que representaban a 3.828 personas. El 15 de junio de 2021, el Secretario de Estado Antony J. Blinken y el Secretario de Seguridad Nacional Alejandro N. Mayorkas anunciaron la segunda fase de la reapertura del programa, que amplió a un mayor número de personas la posibilidad de solicitar el acceso al USRAP. Como parte de la segunda fase, el derecho de petición se amplía ahora a tutores legales (además de los padres) que se encuentren en los Estados Unidos con arreglo a alguna de las categorías que se indican a continuación: residencia permanente legal; estatus de protección temporal; permiso de permanencia temporal; acción diferida; salida forzosa diferida; o suspensión temporal de la expulsión. Además, esta ampliación de la elegibilidad incluye ahora a determinados padres o tutores legales radicados en los Estados Unidos que tienen una solicitud de asilo pendiente o una petición pendiente de estatus de no inmigrante U presentada antes del 15 de mayo de 2021. Estos nuevos cambios ampliarán drásticamente el acceso al programa de Menores Centroamericanos, en particular para los guatemaltecos, que representaron solo el 2 % de los solicitantes del programa entre 2014 y 2017. Los Estados Unidos mantienen su firme compromiso de acoger a las personas en los Estados Unidos con humanidad y respeto, así como de ofrecer una alternativa legal y segura a la migración irregular.

86.De conformidad con la Ley de Reautorización de la Protección de Víctimas de la Trata de 2008, el Departamento de Salud y Servicios Humanos debe facilitar la representación legal de los niños no acompañados en la mayor medida posible y sin que entrañe gasto alguno para el Gobierno. La Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR) del Departamento de Salud y Servicios Humanos proporciona financiación para que un proveedor de servicios jurídicos organice presentaciones bajo el título “Conoce tus derechos” y cribados legales sobre las medidas de ayuda en materia de inmigración disponibles a todos los niños no acompañados que se encuentran bajo la custodia de la ORR. El cribado determina la posible elegibilidad del niño no acompañado para recibir ayuda en materia de inmigración. Los asociados proveedores de servicios jurídicos también proporcionan representación directa a algunos niños no acompañados que se encuentran bajo la custodia de la ORR mientras esperan reunirse con un patrocinador. También se ofrece representación directa a los niños no acompañados en los programas de cuidados a largo plazo de la ORR, a los niños no acompañados que solicitan la partida voluntaria, a los niños no acompañados que comparecen en actuaciones de expulsión mientras están bajo el cuidado de la ORR, a los niños no acompañados que no tienen opciones de unificación y, en algunos casos, a los niños después de que dejan de estar bajo la custodia de la ORR.

87.Los proveedores de servicios jurídicos de la ORR también ayudan a coordinar las remisiones a abogados ad honorem para que proporcionen cualquier otra representación legal. La guía de recursos jurídicos de la ORR incluye recursos para abogados que prestan servicios a título gratuito. La mayoría de los niños no acompañados son atendidos a través de una red de proveedores de cuidados autorizados por el estado y financiados por la ORR. Estos servicios incluyen notificaciones relativas al derecho del niño a solicitar asilo e información sobre el acceso a asesoramiento y otras formas de ayuda jurídica en materia de inmigración.

88.En general, los empleados, contratistas y voluntarios que tienen acceso a niños no acompañados deben pasar controles de antecedentes penales basados en las huellas dactilares del FBI. No obstante, como medida temporal para garantizar el alojamiento y la atención del increíble número de niños no acompañados que llegaron a los Estados Unidos a principios de 2021, el gobierno del presidente Biden anunció en marzo de 2021 que podría renunciar a algunos controles de antecedentes previos a la contratación de empleados, contratistas y voluntarios que puedan tener acceso directo a niños no acompañados en los centros de recepción de emergencia (que no pudieron completar los controles previos a la contratación) abiertos en los Estados Unidos. El Departamento de Salud y Servicios Humanos anunció que aplicaría a esos centros de recepción de emergencia las normas de atención utilizadas para los niños en entornos de respuesta de emergencia. Los empleados, contratistas y voluntarios que puedan tener acceso a niños no acompañados en estos centros siguen teniendo la obligación de pasar controles de antecedentes públicos. Además, el personal que presta atención directa en esos centros de recepción de emergencia trabaja bajo la supervisión directa de empleados federales o de otras personas que han pasado controles de antecedentes del FBI basados en huellas dactilares. Una vez que los empleados, contratistas y voluntarios pasan todos los controles de antecedentes exigidos, se les considera aptos para trabajar con niños sin supervisión.

89.Sistema de justicia penal y medidas administrativas de protección. Los Estados Unidos agradecen el interés del Comité por la formación que imparten a jueces y funcionarios judiciales a nivel estatal, territorial, tribal y federal para sensibilizarlos sobre las necesidades específicas de las víctimas de explotación infantil, y continúan trabajando activamente en este ámbito. La Oficina Ejecutiva de Examen de las Solicitudes de Inmigración del Departamento de Justicia también imparte formación sobre la trata de personas a los nuevos jueces de inmigración, así como formación periódica a otros funcionarios judiciales en materia de identificación y notificación de presuntas víctimas de la trata o presuntos tratantes. Además, la Oficina Ejecutiva de Examen de las Solicitudes de Inmigración puso en marcha en 2021 la Iniciativa de Defensa de la Infancia. La Iniciativa trabaja para proporcionar representación letrada a determinados niños no acompañados en actuaciones de inmigración en nueve tribunales de inmigración, y la Oficina Ejecutiva de Examen de las Solicitudes de Inmigración considera que dicha iniciativa la ayudará, en parte, a identificar a los niños que han sido víctimas de la trata o de abusos y a remitirlos a los servicios de apoyo correspondientes. En octubre de 2019, el Departamento de Justicia organizó un taller de tres días de duración para fiscales federales de la trata de personas, en el que supervivientes, fiscales y profesionales de asistencia a las víctimas impartieron capacitación sobre enfoques de aplicación de la ley centrados en las víctimas y que tienen en cuenta los traumas sufridos. En marzo de 2020 se llevó a cabo una actividad de capacitación similar centrada en la trata de niños con fines de explotación sexual.

90.El Instituto Judicial Nacional contra la Trata de Niños con Fines de Explotación Sexual, creado por el Consejo Nacional de Jueces de Tribunales de Menores y de Familia en colaboración con Rights4Girls y la Oficina de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia del Departamento de Justicia, también imparte formación de forma periódica en todos los Estados Unidos. El Instituto Judicial Nacional contra la Trata de Niños con Fines de Explotación Sexual utiliza un segmento especial titulado “Los jueces pueden”, que está centrado en aplicaciones prácticas del mundo real en esferas temáticas como el comportamiento de las víctimas y los autores, la dinámica de la trata, la cultura, la toma de decisiones judiciales y el panorama jurídico de la legislación sobre la trata. “Los jueces pueden” permite a los participantes dar un paso atrás después de cada segmento para estudiar la manera en que podrán introducir cambios inmediatos en su propia práctica judicial desde el momento en que regresen a sus salas. También ofrece respuestas a preguntas difíciles, como “cómo hablar con un niño que ha sufrido un trauma”.

91.La Oficina de la Infancia de la Administración para la Infancia y las Familias, dependiente del Departamento de Salud y Servicios Humanos, también ofrece formación y asistencia técnica de forma regular a los beneficiarios del Programa de Mejora de los Tribunales a través del Centro de Creación de Capacidad para los Tribunales, que proporciona asistencia sobre la aplicación de la Ley de Prevención de la Trata Sexual y de Fortalecimiento de las Familias de 2014 y puede incluir formación para funcionarios judiciales.

92.Con sujeción a las limitaciones constitucionales y cuando el tribunal lo considere apropiado, los niños víctimas y testigos pueden testificar ante los tribunales federales a través de circuitos cerrados de televisión, grabaciones de vídeo y otros medios para evitar la revictimización, véase, por ejemplo, el título 18, artículo 3509. Estos medios se fomentan y utilizan para evitar la revictimización de los niños víctimas de maltrato físico, abuso sexual o de explotación, incluidos los delitos de pornografía infantil y trata sexual de niños.

93.La Administración de Discapacidades de la Administración de la Vida en Comunidad del Departamento de Salud y Servicios Humanos financia una red nacional de programas que trabajan a nivel estatal y local y en los territorios para mejorar las oportunidades de las personas con discapacidad de acceder a unos servicios y un apoyo de calidad, lograr la autosuficiencia económica y experimentar la igualdad y la inclusión en todas las facetas de la vida en comunidad. Un ejemplo destacado es la financiación por la Administración de Discapacidad de 57 sistemas de protección y defensa y centenares de centros para la vida independiente. Los sistemas de protección y defensa se encargan de proteger y defender a las personas con discapacidad, especialmente contra los malos tratos y el descuido, y los centros para la vida independiente proporcionan herramientas, recursos y apoyo para integrar plenamente a las personas con discapacidad en sus comunidades con el fin de promover la igualdad de oportunidades, la libre determinación y el respeto. La Red Nacional por los Derechos de las Personas con Discapacidades es una organización de afiliados sin ánimo de lucro que ofrece formación y asistencia técnica a los sistemas de protección y defensa. En 2017, la Red Nacional por los Derechos de las Personas con Discapacidades y el Human Trafficking Pro-Bono Legal Center firmaron un memorando de entendimiento a fin de colaborar más estrechamente en la prevención de la trata de niños y adultos con discapacidad. Los sistemas de protección y defensa de California, Illinois, Idaho, Montana, Michigan, Nueva York y Wisconsin, así como los centros para la vida independiente de Vermont y Oregon y el University Center for Excellence in Developmental Disabilities de Illinois, son miembros del Grupo de Trabajo Nacional sobre la Trata de Personas.

VI.Asistencia y cooperación internacionales

94.Acuerdos multilaterales, bilaterales y regionales. Los Estados Unidos siguen intensificando la cooperación internacional mediante acuerdos multilaterales, regionales y bilaterales, incluso con los países vecinos, destinados a la prevención, la detección, la investigación, el procesamiento y el castigo de los responsables de la comisión de los delitos vistas a mejorar la prevención, detección, investigación, persecución penal y castigo de los responsables de los delitos contemplados en el Protocolo. Mediante la Iniciativa Bilateral Estados Unidos-México para la Represión de la Trata de Personas, en el ejercicio económico 2020, el Departamento de Justicia y el Departamento de Seguridad Nacional continuaron avanzando en las investigaciones y enjuiciamientos bilaterales de las empresas transnacionales de trata que operan a través de la frontera entre los Estados Unidos y México, y facilitando el intercambio de pistas, pruebas, análisis de inteligencia y orientación estratégica con respecto a todas las víctimas de la trata de personas, incluidos los niños. El Departamento de Justicia, en colaboración con el Departamento del Tesoro, ha intensificado su colaboración con las autoridades mexicanas encargadas de la lucha contra el blanqueo de dinero, con el fin de mejorar su capacidad para detectar y combatir la trata de personas y velar por que el producto de la trata se destine a la restitución a las víctimas. El Departamento de Justicia también apoyó la creación de 13 equipos de tareas a nivel de estado sobre la trata de personas en México. Como resultado de estos esfuerzos bilaterales de lucha contra la trata de personas, en 2019 el Departamento de Justicia logró las condenas de seis acusados por delitos de trata de personas con fines de explotación sexual. Asimismo, como parte de su iniciativa bilateral de lucha contra la corrupción con México, en febrero de 2020 la Tesorería y sus contrapartes del Gobierno de México crearon un grupo de trabajo centrado en la trata de personas y sus riesgos de financiación ilícita. Desde la creación del grupo de trabajo, los Estados Unidos y México se han empeñado en demostrar progresos significativos para hacer que los tratantes de personas rindan cuentas de sus actos y han intercambiado información de inteligencia financiera sobre los tratantes de personas que operan a través de la frontera entre los Estados Unidos y México.

95.La Oficina de Vigilancia y Lucha contra la Trata de Personas del Departamento de Estado firmó en abril de 2020 un Pacto de Asociación para la Protección de la Infancia con Mongolia. La alianza reforzará la capacidad del Gobierno de Mongolia para formar y poner en marcha un equipo de tareas multidisciplinario centrado en la trata de personas, procesar y condenar a los tratantes de niños, proporcionar a los niños víctimas una atención integral que tenga en cuenta el trauma sufrido y prevenir la trata de niños en Mongolia. Con el fin de garantizar la calidad de los enfoques que tienen en cuenta el trauma sufrido, están basados en la información proporcionada por los supervivientes y centrados en las víctimas, de los proyectos en el marco del Pacto de Asociación para la Protección de la Infancia con Mongolia, las propuestas fueron examinadas por consultores de la Red de Consultores Expertos en la Trata de Personas de la Oficina de Vigilancia y Lucha contra la Trata de Personas. Además, la Oficina identificó las principales lecciones de su primera alianza con Ghana, que finalizó en junio de 2020, incluida la forma en que la alianza mejoró la coordinación interinstitucional, la aplicación de la ley contra la trata de Ghana y la concienciación a nivel de la comunidad.

96.En el ejercicio económico 2020, USAID puso en marcha el proyecto Migración Segura en Asia Central. El objetivo del proyecto es reforzar la rendición de cuentas mutua de todos los interesados, incluidos los gobiernos, las ONG y el sector privado, para que sean más autosuficientes en sus actividades de prevención de la trata de personas, protección de los supervivientes de la trata y promoción de una migración segura. Uno de los componentes del proyecto se centra en el apoyo a los trabajadores migrantes que se enfrentan a una mayor vulnerabilidad como consecuencia de las restricciones a los viajes impuestas por la COVID‑19, lo que incluye el establecimiento de ayudas a los medios de subsistencia para grupos específicos de migrantes a fin de aliviar el impacto de la COVID-19, y la colaboración con el sector privado para poner en contacto a los migrantes con formas legítimas de empleo.

97.En el ejercicio económico 2020, USAID también puso en marcha un nuevo proyecto en Haití para fortalecer las entidades locales clave, como el Comité Nacional de Lucha contra la Trata de Personas y el Instituto de Bienestar Social, en sus esfuerzos por combatir la trata de niños a través de la desinstitucionalización de niños haitianos, concienciar al público sobre la trata de personas, y ayudar a desarrollar e implementar servicios centrados en las víctimas a nivel nacional y local. También en el ejercicio económico 2020, USAID aplicó en sus investigaciones un modelo de ecosistema que utiliza el análisis de señales débiles con análisis geoespacial e inteligencia artificial para identificar a los grupos de población más vulnerables a la trata de personas en Bangladesh, Filipinas y Laos.

98.En marzo de 2020, el Departamento de Justicia, el Departamento de Seguridad Nacional y las contrapartes gubernamentales de la Conferencia Ministerial de los Cinco Países (Australia, el Canadá, Nueva Zelandia y el Reino Unido) anunciaron los Principios Voluntarios para Contrarrestar la Explotación y los Abusos Sexuales de Niños en Internet. Elaborados en consulta con representantes de seis empresas tecnológicas líderes (Facebook, Google, Microsoft, Snap, Twitter y Roblox) y una serie de expertos del sector, la sociedad civil y las instituciones académicas, los 11 Principios Voluntarios describen las medidas que las empresas de tecnología pueden aplicar para proteger a los niños de los abusos sexuales en Internet, y sirven así de marco para guiar al sector digital en sus esfuerzos por combatir la proliferación de la explotación infantil en Internet.

99.En noviembre de 2019, la Oficina de Investigaciones de Seguridad Nacional, que depende del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas del Departamento de Seguridad Nacional, puso en marcha el Angel Watch Center para mejorar su capacidad de notificar a los países sobre posibles viajes de delincuentes pedófilos registrados. La Oficina de Seguridad Diplomática del Departamento de Seguridad se centra en las amenazas de emergencia que plantea la delincuencia organizada transnacional relacionada con la trata de personas y el fraude de visados y pasaportes, y proporciona semanalmente productos de inteligencia penal a agentes, analistas y asociados encargados de hacer cumplir la ley a nivel mundial.

VII.Ratificación del Protocolo Facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones

100.Como se señaló en sus informes periódicos tercero y cuarto, los Estados Unidos participaron en la negociación del Protocolo Facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones, pero actualmente no tienen previsto ratificarlo.

VIII.Aplicación y presentación de informes

101.Las recomendaciones del Comité están ampliamente disponibles en todo el país. Además, como se ha señalado anteriormente, los Estados Unidos tienen la intención de celebrar una consulta a la sociedad civil con las ONG antes de su presentación ante el Comité.