19° período de sesiones

Acta resumida de la 391ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el martes 30 de junio de 1998, a las 10.30 horas

President a :Sra. Khan

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados Partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes combinados segundo y tercero de Panamá

Se declara abierta la sesión a las 10.45 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados Partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes combinados segundo y tercero de Panamá (CEDAW/C/PAN/2-3 )

Por invitación de la Presidenta, la Sra. Calderón toma asiento como participante a la Mesa del Comité.

La Sra. Calderón (Panamá), después de examinar los acontecimientos que desembocaron en la formulación del Plan de Acción Mujer y Desarrollo, 1994-2000, dice que en noviembre de 1993, todos los candidatos presidenciales firmaron públicamente compromisos según los cuales, de ser elegidos, se ocuparían de la aplicación del Plan y crearían los órganos gubernamentales necesarios con ese fin. En la actualidad, hay 13 mecanismos gubernamentales que se ocupan de la mujer.

En 1996, Panamá firmó con la Unión Europea un acuerdo sobre la promoción de la igualdad de oportunidades en el país. El objetivo es apoyar la aplicación del Plan de Acción Mujer y Desarrollo, formular y aplicar políticas para la igualdad de oportunidades, e integrar una perspectiva de género en todas las políticas públicas. En virtud del acuerdo, la Unión Europea proporcionaría 9,8 millones de ecus, la contribución nacional sería de 7 millones, para un programa que tiene seis proyectos, a saber: el género en las políticas públicas, la educación no sexista, la metodología de género, el empoderamiento y la participación ciudadana, la acción contra la violencia, y la sensibilización y comunicación social.

En la actualidad, la situación parece ser prometedora: existe voluntad política y hay un reconocimiento general de la necesidad de mejorar la condición de la mujer, en algunos aspectos; no obstante, también hay obstáculos como las tradiciones y la escasez de recursos financieros.

En octubre de 1996, la Dirección Nacional de la Mujer presentó su primer informe sobre la condición y situación de las mujeres en Panamá; la conclusión general es que la situación de la mujer panameña es desigual y contradictoria; a pesar de los altos niveles de educación y de la amplia participación social y política, la mujer de Panamá no ocupa puestos de poder en ninguna esfera. Además, a pesar de los esfuerzos para introducir leyes de promoción y respeto de los derechos de la mujer, aún existen disposiciones explícitas e implícitas que impiden la aplicación del principio constitucional de que no debe haber discriminación basada en el sexo.

En virtud de la Ley No. 22 de 14 de julio de 1997, se reformó el código electoral y se adoptaron otras disposiciones, en particular se dispuso que debía haber un 30% de mujeres candidatas aspirantes a cargos dentro del partido o a postulaciones a cargos de elección popular. La Ley fue el resultado de esfuerzos desplegados por el Foro de Mujeres de Partidos Políticos.

El primer informe nacional sobre la violencia contra la mujer será presentado a la brevedad al Relator Especial del tema de la violencia contra la mujer de la Comisión de Derechos Humanos. Además de documentar el fenómeno de la violencia contra la mujer, en el informe se procura, entre otras cosas, promover con criterio coordinado por parte de los órganos gubernamentales y la población en general y formular una política nacional para la eliminación de la violencia doméstica. En diferentes partes de Panamá se celebraron seminarios que contaron con la participación de la sociedad civil en general, miembros de organizaciones de mujeres, y representantes de las autoridades judiciales, la policía y administrativas.

El Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia otorga prioridad a la acción institucional para prestar asistencia a los grupos de población vulnerables. Se intensificó la labor con las mujeres rurales mediante la promoción de programas para fortalecer las redes agrícolas y empresariales. Hasta ahora, se celebraron seis foros para la mujer rural en las diferentes provincias a fin de determinar sus necesidades y formular planes de acción. Finalizó el proceso de demarcación de las comunidades indígenas y la asignación de territorios a esos pueblos; en la actualidad el Gobierno de Panamá se encuentra en la etapa de estructurar las autoridades administrativas para promover el desarrollo de esas comunidades.

Con respecto a la cuestión que figura en el informe del grupo de trabajo previo al período de sesiones (CEDAW/C/1998/II/CRP.1/Add.3), la oradora señala que no hay leyes en Panamá que definan la discriminación contra la mujer, a excepción del artículo 19 de la Constitución. Si bien Panamá se ha comprometido a potenciar el papel de la mujer en la sociedad, a mejorar sus condiciones de vida y a eliminar todos los obstáculos que dificultan su participación en todas las esferas de la vida, factores culturales, políticos y sociales combinados impiden el goce por parte de la mujer de sus derechos protegidos por la Constitución.

Artículo 2

Se han realizado numerosos estudios sobre los efectos de los códigos, las leyes y los decretos que contienen disposiciones discriminatorias contra la mujer. Se decidió que las disposiciones de algunos de los códigos se referían principalmente a la función de la mujer como madre, que existe una firme tendencia para limitar el acceso de la mujer a la propiedad, la tierra y el crédito y que los prejuicios y los patrones socioculturales continúan dificultando el adelanto de la mujer en el ámbito público y privado a pesar de la existencia de un importante cuerpo de leyes que sancionan la discriminación. La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucionales algunos artículos del Código de la Familia, Código de Comercio y Código Administrativo porque eran lesivos de los derechos de las mujeres. El recientemente establecido Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia reconoce la urgente necesidad de que se apruebe una ley sobre la igualdad y espera presentar un proyecto de ley sobre el tema a la Asamblea Legislativa en el futuro próximo.

La difusión de la Convención es una de las acciones más importantes emprendidas por la Dirección Nacional de la Mujer y el Consejo Nacional de la Mujer; también se han realizado amplias actividades de capacitación para los funcionarios públicos. La Convención se difundió también mediante folletos y panfletos distribuidos en todos los órganos estatales y la sociedad civil en general. Se propuso que se preparara un folleto sobre los mecanismos internacionales y nacionales para la protección de los derechos humanos en el contexto del cincuentenario de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Se rechazó un proyecto de ley sobre la prevención, el castigo y la erradicación del hostigamiento sexual en segundo debate por parte de la Asamblea Legislativa durante el período 1995-1996. Los legisladores, la mayoría de ellos hombres, no consideraron el hostigamiento sexual como una conducta sancionable. Además, el proyecto fue promovido por un grupo de mujeres pequeño y, por consiguiente, el proyecto fue politizado. Se presentará nuevamente a la Asamblea Legislativa a través de la Dirección Nacional de la Mujer y del Consejo Nacional de la Mujer del Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia y se procurará movilizar el apoyo de la sociedad civil.

El decreto ejecutivo No. 23, de 10 de febrero de 1998, desarrolla la Ley No. 5, de 26 de octubre de 1977, por la cual se aprueba la Convención de 1951 y el Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados y se dictan nuevas disposiciones en materia de protección temporal por razones humanitarias. El decreto ejecutivo se aplica específicamente a hombres y mujeres refugiados. El refugiado se define como toda persona que, debido a fundados temores de persecución individualizada por las autoridades de su país de origen o de residencia habitual, no puede regresar a ese país. Un pedido de protección puede incluir cónyuges o compañeros de vida del solicitante, incluido un compañero del mismo sexo. La Oficina Nacional para el Cuidado de los Refugiados (ONPAR) proporciona orientación psicológica a los solicitantes y, en casos de abuso sexual o violencia, garantiza atención médica y psicológica y servicios jurídicos especializados.

Panamá hizo importantes progresos en la adopción de leyes de interés especial para la mujer. Además de las enumeradas en virtud del artículo 2, parte II del informe (CEDAW/C/PAN/2-3), desde 1995 está en vigor un cuerpo de leyes para fortalecer las existentes en diversas esferas, incluida la violencia doméstica, la protección de madres lactantes, la mujer en la vida política y las refugiadas.

Artículo 3

El proyecto titulado “Promoción de la igualdad de oportunidades en Panamá” es parte del acuerdo concertado entre Panamá y la Unión Europea para mejorar la aplicación del Plan de Acción Mujer y Desarrollo en las esferas de la salud, la educación y la violencia doméstica. Los Ministerios de Salud y Educación, la Universidad de Panamá y el Instituto Nacional de Formación Profesional, todos ellos, tienen programas de capacitación e información para el personal en los sectores de la salud y las instituciones de enseñanza diseñados para mejorar el apoyo a las víctimas de la violencia doméstica. La infraestructura básica para la creación de registros estadísticos y médicos, y las comunicaciones cuenta con el apoyo de diversos organismos, incluida la Organización Panamericana de la Salud.

Lamentablemente, no se ha hecho una evaluación de los efectos de los programas y proyectos aplicados por los mecanismos nacionales. No obstante, se prevé realizar ese tipo de evaluación como parte del acuerdo de cooperación entre el Gobierno y la Unión Europea.

El proyecto de financiación en pequeña escala dio muy buenos resultados. Unas 35 mujeres beneficiadas anualmente por el proyecto aún trabajan en sus pequeñas empresas. También hay proyectos para proporcionar crédito y asesoramiento sobre la gestión de la pequeña empresa a las mujeres de las zonas rurales con poca educación y sin un ingreso fijo.

El Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia, de creación reciente, se ocupa de todas las cuestiones concernientes al adelanto de la mujer. Con respecto a la coordinación entre el Consejo Nacional de la Mujer y la Dirección Nacional de la Mujer, la oradora señala que el Gobierno, debido al compromiso contraído con las metas de la Plataforma de Acción de Beijing, está obligado a establecer mecanismos de seguimiento. Las actividades esbozadas en el Plan de Acción Mujer y Desarrollo se asemejan a las de la Plataforma de Acción de Beijing.

Gracias a la creación del Consejo Nacional de la Mujer y la Dirección Nacional de la Mujer se lograron importantes adelantos en la elaboración de políticas públicas relacionadas directamente con las cuestiones de género. Se crearon oficinas, programas y proyectos en 14 entidades públicas para introducir el criterio de género en todos los niveles y velar por que en las políticas públicas se tuviera plenamente en cuenta la igualdad.

Artículo 4

La creación del Consejo Nacional de la Mujer, y la Dirección Nacional de la Mujer, el establecimiento del Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia, y la firma del acuerdo con la Unión Europea tuvieron como objetivo promover la igualdad entre el hombre y la mujer.

En respuesta a la pregunta sobre acción afirmativa, la oradora señala que el objetivo general del proyecto de empoderamiento y la participación contemplado en el acuerdo sobre la promoción de la igualdad de oportunidades tiene como objetivo promover la participación de la mujer en las organizaciones mixtas o de mujeres, aumentar su capacidad de liderazgo, promover el respeto a las aspiraciones y las contribuciones de la mujer trabajadora en las zonas urbanas, y a las posibilidades de los indígenas y la mujer rural.

El acuerdo con la Unión Europea se negoció porque, a comienzos del decenio de 1990, un grupo representativo de mujeres, reconociendo la necesidad de aunar esfuerzos con el Gobierno y otros grupos de mujeres a fin de aplicar políticas sociales sobre la mujer, logró promover el primer Pacto político de reconciliación consensuado entre los diversos grupos étnicos, sociales, culturales, políticos y religiosos, lo que desembocó en el establecimiento del Foro Mujer y Desarrollo. Se invitó a la Unión Europea a sumarse al proceso de desarrollo del Foro.

En virtud del artículo 68 de la Constitución, las mujeres trabajadoras no podrán ser separadas de su empleo por estado grávido y gozarán de descanso forzoso seis semanas antes del parto, y las ocho semanas siguientes. Al regresar al trabajo no podrán ser despedidas por el término de un año. No obstante, la Corte Suprema de Justicia decidió que esos derechos no se aplican a las trabajadoras con contrato por tiempo definido.

Artículo 5

Desde la aprobación de la Ley No. 27, sobre violencia doméstica y abuso de menores, el Gobierno inició una campaña en los medios de difusión en cooperación con organizaciones no gubernamentales para aumentar la concienciación respecto de esos delitos y alentar a las víctimas a informar sobre ellos. El año pasado, se informó acerca de 5.484 casos en las zonas urbanas; los casos en las zonas rurales aumentan también pero no se dispone de estadísticas fidedignas.

Se está procurando aumentar la concienciación de los maestros y su información sobre el abuso de menores, y se ha creado un procedimiento para asegurar una investigación automática de todos los informes sobre maltrato. Las campañas publicitarias se centran en los derechos del niño a fin de aumentar la concienciación de los padres acerca de las consecuencias del abuso de menores. Se establecieron tres fiscalías de familia para las zonas de mayor índice de violencia doméstica que son las de mayor concentración de familias pobres. Entre enero de 1996 y diciembre de 1997, hubo 1.291 casos denunciados de violencia doméstica y maltrato de menores, de los cuales 1.000 se relacionaban con mujeres y niñas. No obstante, hasta la fecha hubo sólo 28 casos sancionados por esos delitos. Se ha creado un Centro de Denuncias de la Policía Técnica Judicial para cooperar con las fiscalías de familia cuando se reciben las denuncias. Todas las personas que tengan conocimientos de un caso de maltrato infantil están obligadas a informar al respecto, y se realizó una campaña de sensibilización del problema en las esferas de la salud, la educación y, en particular, la administración de la justicia, incluidos programas de capacitación para magistrados y policías.

Con respecto a las medidas adoptadas para aplicar la recomendación 19 del Comité sobre la violencia contra la mujer, existe una Red Nacional contra la Violencia hacia la Mujer y la Familia en la que participan representantes de la sociedad civil y del Gobierno en un esfuerzo de cooperación para establecer mecanismos y estrategias para la prevención y erradicación de la violencia contra la mujer. La Dirección Nacional de la Mujer ayudó a patrocinar una campaña titulada “Una vida sin violencia es nuestro derecho” en el marco de conmemoración de los cinco años de la Declaración de Viena, y, en la actualidad, el Gobierno aplica un programa para proporcionar refugio a las víctimas de la violencia doméstica y a sus hijos, que será financiado por el Gobierno y dirigido por organizaciones no gubernamentales. Un informe nacional sobre la violencia contra la mujer, que coordina la Dirección Nacional de la Mujer, permitirá articular una política nacional de prevención de la violencia contra la mujer.

Con respecto a la difusión de información sobre los patrones socioculturales de conducta del hombre y la mujer, se hizo una campaña multimedia de sensibilización de tres años a fin de cambiar las actitudes sobre las cuestiones de género, eliminar la discriminación y el sexismo en los medios de difusión, aumentar la sensibilización respecto de la discriminación por razones de género existente y la necesidad de encontrar una solución para ella, alentar las actitudes no sexistas en los jóvenes y promover la actividad social y política entre las mujeres rurales y urbanas.

Un proyecto sobre sensibilización social y comunicación incluye medidas para promover los valores democráticos e incorporar una perspectiva de género en la capacitación de los periodistas, de los cuales el 40% son mujeres. En la actualidad, se está examinando una propuesta para que los medios de difusión fijen sus normas en las esferas del sexismo y la violencia.

El Ministerio de Educación promovió el desarrollo de programas experimentales sobre la educación sexual y comenzó a aplicarlos en las escuelas. Hasta la fecha, la Iglesia no ha hecho objeciones a esos programas.

Artículo 6

La venta de servicios sexuales por una tercera persona se castiga con penas de entre dos y cuatro años de cárcel (tres a seis años si la víctima es una niña menor de 12 años o un niño menor de 14, o si incluye coerción o intimidación y es cometido por un pariente o guardián de la víctima). Además, se sanciona con uno a dos años de prisión al que se haga mantener explotando las ganancias sexuales de otra persona. El tráfico de mujeres y niñas a los fines de la prostitución se castiga con dos a cuatro años de prisión (dos a seis años si concurren algunas de las circunstancias antes señaladas). En los últimos dos años han aumentado los esfuerzos para reforzar las disposiciones. Panamá participó en el Congreso mundial contra la explotación sexual comercial de los niños, celebrado en Estocolmo en agosto de 1996.

Con respecto al artículo 7, aunque la mujer panameña está bien educada, es víctima de discriminación respecto de los salarios y tiene pocos puestos de alto nivel en el sector público y privado. Las mujeres fueron las primeras en padecer las perturbaciones sociales de 1980-1990, como lo demuestra la disminución del número de mujeres ministras y viceministras del 16,6% en 1980 al 8,3% en la actualidad. No obstante, se espera que estas cifras aumenten en el futuro próximo.

El 48% de los miembros de los 11 partidos políticos de Panamá son mujeres. En el decreto No. 2 de 13 de enero de 1998, se incluyeron recomendaciones para aplicar la reforma del código electoral (Ley No. 22 de 14 de julio de 1997), y se dispuso que los partidos políticos debían tener el 30% de mujeres en sus listas de candidatos para las elecciones a cargos públicos. Algunos partidos enmendaron sus estatutos para cumplir con esa exigencia, y se ofrece capacitación a las mujeres miembros de los partidos para prepararlas para la candidatura. En la actualidad hay dos comités gubernamentales que están presididos por mujeres.

Artículo 8

No se dispone de estadísticas sobre el porcentaje de mujeres en el servicio exterior ni los cargos ocupados por esas mujeres, pero hubo una mejora significativa al respecto. El Gobierno espera proporcionar información adicional al Comité con posterioridad.

Artículo 10

La baja asistencia escolar de las niñas entre 15 y 19 años en las zonas rurales se debe en parte a los estereotipos culturales que prevalecen particularmente en las comunidades indígenas. Se espera que las niñas cuiden a sus hermanos menores y contraigan matrimonio muy jóvenes. Además, muchas niñas se mudan a las ciudades y comienzan a trabajar realizando quehaceres domésticos cuando finalizan el sexto grado para mejorar sus condiciones de vida y las de sus familias. En 1997, se establecieron programas para alentar a las madres adolescentes a permanecer en la escuela y para proporcionar becas a las mujeres de las zonas rurales y las indígenas.

En 1995, 12.382 alumnos se registraron en programas de alfabetización y educación para adultos. El número de mujeres que se matricula en esos programas es superior en un 8% al de los hombres, y el 80% de los que finalizan esos programas son mujeres. El 35,9% y el 53,2% de indígenas hombres y mujeres, respectivamente, son analfabetos. El programa de alfabetización del Ministerio de Educación se centra en las mujeres y las niñas de las zonas rurales y las indígenas, y se ofrecen cursos de alfabetización en español y bilingües para las mujeres miembros de los tres grupos indígenas más grandes. El Pacto para la Niñez, en cooperación con la sociedad civil, patrocina programas para eliminar el analfabetismo de las niñas de la zona rural, y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) patrocina un programa de alfabetización dirigido a los niños indígenas que incorpora una perspectiva de género.

Los libros de texto se examinan todos los años de conformidad con la ley orgánica de educación aprobada en 1995, que incluye la disposición obligatoria de eliminar expresiones sexistas de los libros de texto. Además, desde 1993 existe una dependencia de coordinación en el Ministerio de Educación encargada del tratamiento de las cuestiones de género en los programas de estudio. En el programa de cooperación titulado “Promoción de la Igualdad de Oportunidades en Panamá”, un subcomponente especial se ocupa de la reforma de los programas de estudio respecto de la perspectiva de género.

Un nuevo mecanismo gubernamental, la Dirección Nacional de la Mujer en el Instituto de Capacitación de Recursos Humanos, se ocupa de la capacitación profesional para las mujeres, especialmente los temas técnicos, y el Instituto Nacional para la Ciencia y la Tecnología creó una Comisión para la Mujer que alienta a las mujeres a realizar trabajos científicos y técnicos, y obtiene la financiación para que lo hagan.

Artículo 11

Los salarios de la mujer trabajadora ascienden a sólo el 80% de los salarios que cobran los hombres. Para cambiar esa situación hay que modificar las actitudes, y hacer que las propias mujeres tomen conciencia de las desigualdades de sus sueldos. Los sindicatos participan en el proceso de concienciación, y procuran velar por que los trabajadores exijan que se respeten sus derechos constitucionales de tratamiento no discriminatorio.

Con respecto al sistema de seguridad social, las adolescentes embarazadas no reciben seguridad social, lo que es claramente discriminatorio; no obstante, reciben atención sanitaria pública. Las amas de casa reciben seguridad social si sus esposos la reciben, pero existe preocupación acerca de las bajas tasas de seguridad social entre las mujeres mayores, cuya esperanza de vida es más elevada que la de los hombres; el 51% no tiene derecho a jubilación. En las zonas rurales, hay muchas familias sin protección de seguridad social.

El proyecto de ley No. 42, que en la actualidad examina la Dirección Nacional de la Mujer, proporcionará una clara definición del hostigamiento sexual en el lugar de trabajo y las instituciones educacionales, y un procedimiento confiable para informar acerca de esos casos en forma confidencial y para proteger a los testigos.

En 1992, la Dirección Nacional de la Mujer preparó un programa de capacitación sobre los derechos de la mujer en el trabajo, y desde entonces ha colaborado con los sindicatos y el Ministerio de Trabajo para aplicar los convenios pertinentes de la OIT y la Plataforma de Acción de Beijing. Su programa actual se centra en la elaboración de mecanismos efectivos para cuantificar y evaluar la información acerca de la mujer en el lugar de trabajo, y sobre la difusión de legislación nacional y de normas internacionales de trabajo ratificadas por Panamá, de manera que se intensifique la concienciación entre los funcionarios gubernamentales, las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones de trabajadores y las propias mujeres. Se celebraron dos seminarios de capacitación sobre las normas internacionales de trabajo que afectan a la mujer: uno para funcionarios del Ministerio de Trabajo, y el otro para funcionarios de los sindicatos. Se está preparando un tercer seminario para los dirigentes empresariales. El criterio general es alentar al diálogo que propicie la elaboración de una política de derechos igualitarios en el lugar de trabajo. El Plan de Acción Mujer y Desarrollo también contempla la igualdad de oportunidades.

Artículo 12

El número de adolescentes embarazadas aumenta especialmente entre las niñas menores de 19 años. Se está tratando el problema en el sector público mediante un programa de salud para la mujer, y en un departamento de servicios sanitarios dentro de la Dirección Nacional de la Mujer, que tiene secciones especiales para las niñas y las adolescentes. Se están preparando programas escolares acerca del embarazo y las cuestiones conexas, con la ayuda del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA). Los programas a nivel municipal también se centran en grupos particulares de población. El problema también es abordado por algunas organizaciones no gubernamentales, incluida la Asociación Panameña de Planificación Familiar, que se ocupa de establecer centros sanitarios para las adolescentes con el apoyo del UNFPA. En una nueva ley se establece que es ilegal sacar a una adolescente embarazada del sistema educativo; actualmente se permite a esas niñas completar su educación.

La mujer indígena tiene tres hijos por término medio, lo que indica que se utilizan medidas de planificación de la familia; no obstante, en el censo de 1990 se puede observar un aumento en los nacimientos entre las mujeres indígenas mayores de 15 años. Las tasas de mortalidad derivadas de la maternidad varían de una provincia a otra provincia, pero son más elevadas entre la población indígena. El Ministerio de Salud procura reducir la mortalidad centrándose en esas esferas y hace especial hincapié en la atención prenatal y la capacitación. En la actualidad se procura que existan tratamientos hospitalarios y que se establezcan centros sanitarios que estén más cerca de las casas de las mujeres. En las zonas rurales la población está dispersa, lo que hace más difícil que se proporcionen servicios. No se dispone de datos sobre las tasas de mortalidad de los niños y las niñas.

Hay un programa en marcha de información y capacitación relacionado con la salud de la mujer indígena en las zonas rurales. Los curanderos tradicionales trabajan junto con las autoridades médicas, y esa cooperación produce excelentes resultados. El Banco Interamericano de Desarrollo presta asistencia para proyectos destinados a la mujer indígena.

Artículo 14

Los objetivos establecidos en los programas de la Dirección Nacional de la Mujer conceden prioridad a las necesidades de las mujeres indígenas y de las zonas rurales. Se celebran reuniones con la mujer rural para dar publicidad a sus derechos, y con otros grupos como las mujeres y las pequeñas empresas. En 1997, una reunión de Jefes de Estado y de Gobierno de los países miembros de la Organización de los Estados Americanos procuró analizar la situación de la mujer rural e identificar sus problemas particulares. Un nuevo criterio consiste en celebrar foros de la mujer rural durante dos días y con la participación de 150 a 200 mujeres en las discusiones acerca de sus derechos y los obstáculos que han de superarse a fin de lograrlos. Todos esos esfuerzos están encaminados a alentar la participación de los grupos de mujeres y abrir nuevas posibilidades; la agricultura no es la única esfera de trabajo al alcance de la mujer en las zonas rurales, ya que algunas mujeres tienen mucha capacitación en artesanías y pueden crear oportunidades de pequeñas empresas para sí mismas.

Con respecto a si la mujer rural está representada en los órganos de adopción de decisiones a todos los niveles en sus comunidades, la oradora señala que la única información que tiene se refiere a las mujeres indígenas, que están adquiriendo representación rápidamente. Existe un grupo de coordinación multiétnico de mujeres indígenas que celebra congresos periódicos. Se eligió a una mujer indígena para ejercer la presidencia de una de las asambleas provinciales, y muchas mujeres indígenas participan en la comunidad a nivel local. No se dispone de cifras con respecto a la representación de la mujer a nivel local; no obstante, las mujeres tienen una participación activa en los comités de salud locales. Además, hay una mujer indígena en la asamblea legislativa nacional.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.