26° período de sesiones

Acta resumida de la 539ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el miércoles 23 de enero de 2002, a las 10.30 horas

Presidenta:Sra. Abaka

más tarde:Sra. Manalo (Vicepresidenta)

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos inicial, segundo y tercero de la República de Estonia

Se declara abierta la sesión a las 10.50 h o ras.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continu a ción)

Informes periódicos inicial, segundo y tercero de la República de Estonia (CEDAW/C/EST/1-3)

Por invitación de la Presidenta, la delegación de Estonia toma asiento a la mesa del Comité.

La Sra. Kaljurand (Estonia), al presentar los exámenes periódicos combinados inicial, segundo y tercero (CEDAW/C/EST/1-3), dice que acoge complacida la oportunidad de iniciar un diálogo con el Comité y lamenta que, si bien Estonia se adhirió a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en septiembre de 1991, su delegación comparecía ante el Comité por primera vez. Recuerda que Estonia tiene una larga tradición de activismo en asuntos relativos a la mujer, a partir del decenio de 1880; en 1907 el Sindicato de Mujeres de Estonia promovió los derechos de la mujer, entre ellos igual paga por igual trabajo y, después de la independencia en 1918, la Constitución de 1920 garantizó a la mujer el derecho al voto.

Por razones históricas, esas actividades se habían detenido durante varios decenios a partir de 1940, pero a fines del decenio de 1980 las organizaciones dedicadas a la mujer una vez más volvieron a la actividad y muchas se restablecieron, entre ellas el Sindicato de Mujeres de Estonia. El activismo de la mujer siguió aumentando después del restablecimiento de la independencia en 1991 y, como seguimiento de la Cuarta Conferencia sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, se había establecido un comité interministerial para la promoción de la igualdad entre los géneros con miras a examinar las decisiones aprobadas en las conferencias de las Naciones Unidas en relación con los asuntos sociales. El comité había definido las prioridades en la esfera de la igualdad entre los géneros: desarrollo de estructuras nacionales para promover la igualdad entre los géneros, armonización de la legislación interna con las normas internacionales, reunión de estadísticas desglosadas por género y mejoramiento de la situación de la mujer en el mercado laboral y su función en la adopción de decisiones.

La cooperación internacional con el sistema de las Naciones Unidas, la Unión Europea, el Consejo de Europa y los países nórdicos y del Báltico en la esfera de los derechos humanos, concretamente en relación con los derechos de la mujer, es un factor importante en la labor de Estonia de promoción de la igualdad.

En septiembre de 1991 Estonia se adhirió a casi 30 de los convenios más importantes de las Naciones Unidas y, si bien la repentina ratificación de tantos instrumentos, junto con las reformas en gran escala a nivel interno, habían provocado una gran demora en el cumplimiento de la obligación de presentación de informes, el Gobierno de Estonia había presentado la mayoría de sus informes iniciales y actualmente estaba preparando los segundos informes periódicos de dos organismos creados en virtud de tratados. Estonia también ha ratificado varios convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), entre ellos el No. 100, relativo a la igualdad de remuneración para hombres y mujeres por trabajo de igual valor desempeñado.

Como posible miembro futuro de la Unión Europea, Estonia ha armonizado su legislación interna con las normas laborales de la Unión Europea. El Plan de Acción Nacional de Empleo de 2002, actualmente en ejecución, se fundamentó en las directrices de la Unión Europea sobre política laboral, incluso la incorporación de las cuestiones de género, un mayor empleo de la mujer, la reconciliación del trabajo con la vida familiar y el apoyo a las mujeres empresarias. Las medidas encaminadas a promover la igualdad entre mujeres y hombres han formado parte del plan de acción del Gobierno desde 1998 y su plan nacional para la integración con la Unión Europea contiene un capítulo sobre igualdad de paga, igual trato e igualdad de acceso y compartir las labores y obligaciones familiares. También se detallan medidas de capacitación de funcionarios públicos, aumento de la conciencia pública y creación de estructuras para poner en práctica la igualdad entre los géneros. Estonia también ha ratificado los instrumentos de derechos humanos pertinentes del Consejo de Europa y, como parte de sus actividades de cooperación con los países del Báltico, se ha ofrecido para organizar en la primavera de 2003 la Tercera Conferencia de Mujeres del Mar Báltico, que también servirá como seguimiento de las conferencias sobre la mujer y la democracia celebradas en Reykjavik en 1999 y en Vilna en 2001.

El artículo 12 de la Constitución destaca la igualdad de todos ante la ley y prohíbe la discriminación por cualquier fundamento, incluso el género, y en la legislación sobre los contratos de empleo, servicios públicos, vacaciones, impuestos sociales, beneficios familiares, jubilaciones, etc. se protegen los derechos de la mujer. En general, las leyes de Estonia están redactadas con un lenguaje neutral en relación con el género pero, hasta hace poco, no había una definición oficial de discriminación contra la mujer o de discriminación directa e indirecta. Sin embargo, la nueva ley de igualdad entre los géneros, preparada por el Ministerio de Asuntos Sociales en 2001, incluye definiciones sobre la igualdad entre los géneros, prohíbe la discriminación directa, incluye medidas para prevenir la discriminación indirecta y exige a las autoridades y empleadores que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres, con lo cual se establece un marco para la igualdad de derecho y de hecho. La ley también creó dos instituciones, un Consejo de igualdad entre los géneros y una Comisión de igualdad entre los géneros, a fin de velar por la aplicación eficaz de sus disposiciones. La ley de igualdad entre los géneros está actualmente a la espera de la primera lectura en el Parlamento.

La Oficina del Canciller Jurídico se encarga de velar por que los organismos del Estado respeten los derechos y las libertades constitucionales y por que la legislación nacional y local se adecue a la Constitución; los particulares tienen el derecho de apelar ante el Canciller Jurídico los casos de presunta violación de los derechos por los organismos del Estado. En consecuencia, el Canciller Jurídico desempeña una función similar a la del Ombudsman, aunque hasta la fecha no se han presentado peticiones directamente relacionadas con los derechos de la mujer. Los particulares también tienen el derecho constitucional de apelar ante los tribunales cuando consideren que se han violado sus derechos y libertades.

Después de la Conferencia de Beijing, se estableció una Oficina de Igualdad entre los Géneros en el Ministerio de Asuntos Sociales, a fin de coordinar la incorporación de las cuestiones de género en las políticas y los programas nacionales, realizar evaluaciones de las repercusiones de género en la legislación y preparar planes de acción nacionales relativos al género. Se han determinado y respaldado cuestiones relativas a la igualdad entre los géneros en los planes de acción nacionales sobre el empleo y en otros documentos estratégicos en el contexto de la planificación del desarrollo de los recursos humanos a largo plazo.

En el Plan de Acción sobre el Empleo 2001-2003 se dio prioridad a la promoción de la igualdad entre los géneros en la esfera del empleo, incluso la igualdad de oportunidades. A fin de prestar asistencia para elaborar una estrategia y métodos encaminados a lograr ese objetivo, los estudiosos, funcionarios, científicos y las organizaciones no gubernamentales han reunido mucha información y hecho muchos análisis. También se ha recibido asistencia del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), mediante sus informes sobre desarrollo humano y un informe sobre cuestiones de género titulado “Hacia una sociedad equilibrada, hombres y mujeres en Estonia”. Con el apoyo de los países nórdicos, se han organizado en cooperación con la Organización Internacional del Trabajo y el programa Phare de la Unión Europea programas de capacitación para funcionarios públicos y organizaciones no gubernamentales. También se han realizado amplias investigaciones sobre la situación económica y social de hombres y mujeres en ámbitos como mercado de trabajo, comparación de sueldos, condiciones de vida y violencia contra la mujer.

La creación de conciencia pública sobre las cuestiones relativas a la mujer ha sido una cuestión prioritaria y desde 1997 los funcionarios públicos, oficiales gubernamentales, autoridades locales y asociados sociales han recibido formación con miras a la creación de una red de especialistas capacitados en cuestiones de género a fin de mejorar la capacidad administrativa de incorporar las cuestiones de género. La labor del Gobierno se ha complementado con programas de cooperación internacional, como el proyecto del PNUD de promoción de la igualdad entre los géneros, que ha brindado capacitación en cuestiones de género a más de 1.000 personas, y el programa de la OIT “Más y mejores puestos para la mujer”, que ha capacitado a más de 400 funcionarios, asociados sociales y mujeres. Las organizaciones de Estonia dedicadas a la mujer, entre ellas las organizaciones para la mujer de las zonas rurales, han ejecutado varios proyectos conjuntos con contrapartes europeas e internacionales. Además, a fin de que la sociedad civil participe en las actividades de igualdad entre los géneros, el Gobierno ha elaborado y presentado al Parlamento un “Concepto marco de sociedad civil”.

Las 160 organizaciones que en Estonia se dedican a cuestiones relativas a la mujer están realizando actualmente un proceso de consolidación, según se demuestra mediante la creación de mesas redondas regionales y una organización de mujeres parlamentarias y, por primera vez, el Gobierno asignó recursos financieros para respaldar esas actividades y contactos en 2001. Las organizaciones no gubernamentales desempeñan una función cada vez más importante en la promoción de las cuestiones relativas a la mujer. Han desempeñado una función especialmente importante organizaciones como el Centro de Capacitación para la Sociedad Civil, el Centro de Capacitación para la Mujer y el Centro de Estudios y Recursos para la Mujer de Estonia, establecido en el decenio de 1990, y el Sindicato de Mujeres de las Zonas Rurales de Estonia.

Sin embargo, a pesar de los progresos logrados en los últimos años, la mujer todavía está subrepresentada a nivel de adopción de decisiones, especialmente en el mercado laboral. La función que desempeña la mujer en la sociedad se debate en los medios de difusión y tanto hombres como mujeres han expresado una voluntad cada vez mayor de votar por candidatas mujeres en las elecciones locales y parlamentarias y varios partidos políticos han incorporado a sus plataformas las cuestiones de género. La Constitución y las leyes electorales garantizan la igualdad para todos, incluso el derecho a ocupar cargos públicos en todos los niveles y, en las elecciones más recientes celebradas en 1999, se eligieron mujeres para ocupar el 18% de los escaños del Parlamento (13% en 1992 y 12% en 1995) y el 26% de los escaños en los concejos municipales. Mientras que en el Gobierno anterior sólo había dos ministras, en el Gobierno que se está formando actualmente habrá cinco: Relaciones Exteriores; Cultura; Asuntos Sociales; Educación y Ciencia; y Economía y Transporte. Por primera vez habrá ministras en ministerios que tradicionalmente no han estado encabezados por mujeres, como Relaciones Exteriores y Economía y Transporte. Además, la Confederación de Sindicatos de Estonia es presidida por una mujer.

En virtud de la Constitución, los nacionales de Estonia tienen el derecho de elegir libremente su esfera de actividad, profesión y lugar de trabajo y la Ley de Contrato de Trabajo garantiza la igualdad de todos los empleados, cualquiera sea su sexo. Entre 1990 y 2000 la participación de la mujer en la fuerza de trabajo disminuyó del 71% al 54%, mientras que al momento de la transición a la democracia, el desempleo había sido prácticamente desconocido en Estonia. En contraste, en 2000 la tasa de entrada al empleo de las mujeres era aproximadamente el 12% y la de los hombres el 14%. La voluntad de las mujeres de aceptar nuevos empleos a pesar de sueldos más bajos y de cambios más frecuentes entre empleos quizás explique parcialmente esa tendencia. Los sueldos medios de la mujer han seguido siendo aproximadamente inferiores en una cuarta parte al de los hombres y recientemente esa diferencia ha aumentado. Si bien las condiciones de los salarios y el sistema de sueldos todavía no han sido analizadas desde una perspectiva de género, la enmienda a la Ley de Sueldos garantiza igualdad de paga por igual trabajo o por trabajo de igual valor y prohibe la discriminación motivada por el sexo. En el caso de incumplimiento de dicha ley, los trabajadores tienen derecho a entablar una demanda de daños y perjuicios.

El mercado de trabajo de Estonia sigue muy segregado; el 54% de los hombres trabaja en los sectores primario y secundario y aproximadamente el 70% de las mujeres trabaja en el sector de los servicios. Muy pocas mujeres están en la cima de la pirámide del empleo. La reestructuración de la economía y la disminución de los puestos disponibles han sido acompañadas de un aumento de los empleos de tiempo parcial, en que las mujeres ocupan aproximadamente las dos terceras partes de los puestos.

Además, la alta tasa de desempleo ha hecho que muchas mujeres busquen empleo en el sector no estructurado, en donde los sueldos son muy bajos y no reciben beneficios de seguridad social. A fin de corregir esa situación el Gobierno ha adoptado medidas para personalizar los impuestos sociales y la Inspección del Trabajo, la Junta de Impuestos y las autoridades locales están estableciendo reglamentos conjuntos. El Ministerio de Asuntos Sociales ha traducido y publicado la obra de la OIT “ABC de los derechos de las trabajadoras y la igualdad de género”, con miras a aumentar la conciencia pública.

Se ha elaborado para 2002 un Plan de Acción Nacional sobre el Empleo, cuyo objetivo es aumentar los empleos, crear empresas y trabajo, alentar la flexibilidad en las empresas y los empleados y reforzar la igualdad de oportunidades. La Oficina de Igualdad del Ministerio de Asuntos Sociales coordina el programa de igualdad de oportunidades, en que se trata de poner en práctica el programa de la OIT conocido como “Más y mejores puestos para la mujer”. También dicta cursos sobre conocimientos jurídicos básicos, creación de confianza y establecimiento de asociaciones y redes. En 2001 asistieron a esos cursos unas 1.000 mujeres, la mayor parte de ellas de las zonas rurales.

En 2002 se iniciaron varios programas en pequeña escala de proyectos de promoción de empresas para las mujeres de las zonas rurales, financiados por fuentes extranjeras y se está tratando de integrar a las mujeres empresarias de Estonia en las redes empresariales regionales e internacionales. El Ministerio de Agricultura está ayudando a organizar a las mujeres empresarias y prevé establecer los cursos de capacitación y los sistemas de microcréditos necesarios.

La Ley de impuesto social, la Ley de seguro médico y la Ley de atención de la salud regulan el acceso a los servicios médicos. La salud de mujeres y niños ha mejorado de manera significativa, lo que en gran parte se puede atribuir a una mejor atención de la salud y de la autoatención durante el embarazo y a la mayor disponibilidad de información sobre salud reproductiva, particularmente para los jóvenes. En el programa de salud 2000-2009 se ha tratado de reducir la mortalidad prenatal e infantil y la mortalidad entre las madres, teniendo presente que la buena salud reproductiva constituye el fundamento de un parto saludable.

La Ley de interrupción del embarazo y de esterilización protege los derechos reproductivos de la mujer: se permite el aborto en las primeras 11 semanas después de la concepción. Aunque el número de abortos sigue siendo alto, en los últimos ocho años disminuyó de 70 a 37 por cada 1.000 mujeres en edad fecunda y ahora es menor que el número de nacimientos. Esa tendencia se ha visto influida por los programas de prácticas sexuales sin riesgo y de anticonceptivos gratuitos.

En Estonia hay unas 1.900 personas infectadas por el VIH, de las cuales siete tienen SIDA. En 2001 se registraron unos 1.460 nuevos casos, entre ellos 360 mujeres. El Centro de Prevención del SIDA en Estonia, una institución médica financiada por el Gobierno, ha preparado un centro nacional de prevención y educación. Además, para el período 2002-2006 el Gobierno ha iniciado un plan de prevención que incluye el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual.

Se han logrado progresos importantes en lo que respecta a los derechos y beneficios relacionados con la infancia. Todas las personas encargadas de la crianza de un niño de menos de 3 años de edad están aseguradas en virtud de la Ley de seguro médico y pueden recibir beneficios sociales, sean o no los padres naturales. En virtud de la Ley de vacaciones, que entró en vigor en enero de 2002, el padre de un recién nacido tiene derecho a 14 días de licencia durante el embarazo de la madre y la licencia de maternidad. A fin de aprovechar al máximo esas disposiciones, es necesario crear conciencia entre los padres y los empleadores. La Ley también establece días de licencia con goce de sueldo para los padres con hijos en edad escolar y el Comité gubernamental dedicado a las políticas de la infancia y la familia está tratando de crear un entorno propicio para la crianza de los hijos y distribuir de manera más equitativa las obligaciones familiares.

El Ministerio de Asuntos Sociales, en cooperación con el Instituto para una Sociedad Abierta en Estonia, realizó una encuesta sobre la violencia contra la mujer y sus resultados han dejado desactualizados los datos que se incluyen en el presente informe, que se había basado en estadísticas de la policía. Se ha creado una base de datos sobre la violencia, que está siendo utilizada por la policía, trabajadores sociales y médicos, especialistas en apoyo a las víctimas y representantes de organizaciones dedicadas a la mujer. Además, se ha iniciado un proyecto en gran escala para la formulación de un plan de cooperación entre la policía y los trabajadores sociales. La cobertura en la prensa escrita, la radio y la televisión ha desatado un debate público sobre la cuestión de la violencia contra la mujer y las organizaciones dedicadas a los derechos de la mujer han distribuido un manual para víctimas de violaciones. Además, se ha publicado un libro titulado V o ces silenciadas, que incluye entrevistas con víctimas, funcionarios y especialistas y artículos escritos por científicos.

El Gobierno está preparando un plan de acción para la prevención y la mitigación de la violencia contra la mujer, en que se actualizaría la legislación actual (y se penalizarían incluso los casos de menor cuantía de violencia en el hogar) y aumentaría la cooperación interinstitucional, al igual que la capacidad de los oficiales de policía, ya que se detallarían los derechos y las obligaciones en el trámite de dichos casos. Todavía más importante, se introduciría un criterio centrado en la víctima, con asistencia médica, jurídica y sicológica inmediata disponible para las víctimas de la violencia.

La delegación de Estonia distribuyó entre los miembros del Comité un folleto titulado Mujeres y hombres en Estonia, 2001. Es la primera obra de referencia que incluye datos estadísticos que tienen en cuenta las cuestiones de género.

Estonia ha logrado importantes progresos en el mejoramiento de su legislación y la creación de una mayor conciencia sobre la situación de la mujer en la sociedad. El Gobierno ha trabajado en colaboración estrecha con las organizaciones no gubernamentales, en particular mediante la creación de mesas redondas y centros de investigación dedicados a la mujer. La oradora garantiza al Comité el compromiso de su Gobierno de que la Convención se aplique a plenitud.

La Presidenta encomia a Estonia por su detallado y amplio informe, pero sin embargo observa que sólo respeta parcialmente las directrices del Comité en lo que respecta al contenido, la forma y oportunidad de presentación. Elogia a Estonia por haber ratificado la Convención poco después de la transición a la democracia en 1991 y por haber velado por la supremacía de los instrumentos internacionales sobre su legislación interna.

La Sra. Schöpp-Schilling dice que también alentaría a Estonia a presentar sus informes en el momento oportuno, pero reconoce que al haber ratificado muchas convenciones al mismo tiempo, el Gobierno pudo haberse visto sobrecargado en sus obligaciones de presentación de informes. Sería interesante saber cuáles fueron los problemas que impidieron presentar antes los informes. También desearía saber en qué medida se ha adoptado una perspectiva de género en otras actividades relacionadas con los derechos humanos y qué medidas se están adoptando para educar al público en lo que respecta a la Convención.

El Gobierno debería examinar sus categorías y definiciones estadísticas. Como ejemplo, menciona que en el debate sobre la violencia en el país se dice que hay más violencia entre los hombres que contra la mujer, pero más tarde se revela que las mujeres son renuentes a denunciar los casos de violencia contra ellas. El mejoramiento de las definiciones permite obtener resultados estadísticos más exactos.

La Sra. Saiga dice que le complace señalar la larga historia del movimiento feminista en Estonia, pero le preocupa que la gran demora en la publicación del informe quizás refleje un escaso nivel de conciencia en la sociedad sobre las cuestiones relativas a la mujer.

Artículo 1

El Sr. Melander dice que, como en el derecho interno no se incluye una descripción clara de la discriminación, la definición que figura en la Convención debería ser una parte explícita de la ley. Desea saber si la firma del Protocolo Adicional No. 12 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales significa que Estonia se ha adherido a ese instrumento.

Artículo 2

La Sra. Tavares da Silva acoge complacida la noticia de que el nuevo Gobierno ha incluido cinco ministras que ocupan carteras no tradicionales. El nuevo plan de acción contra la violencia también indica la voluntad de encarar ese problema. Desearía saber si es probable que en el futuro próximo el Parlamento apruebe el proyecto de ley sobre igualdad entre los géneros, que aparentemente es una ley marco.

La Sra. Schöpp-Schilling pregunta si el proyecto de ley sobre igualdad entre los géneros contiene sanciones para los infractores y si en los recursos incoados contra las violaciones se incluyen medidas temporales especiales, si se abarca tanto el sector público como al privado y si se está brindando capacitación a los juristas en relación con sus disposiciones. También desearía saber si el Gobierno prevé ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención y la enmienda a su artículo 20. En cuanto a la Ley de publicidad, pregunta si se han presentado denuncias sobre los estereotipos de género. También desearía saber si las normas procesales permiten al Ministerio de la Mujer examinar la dimensión de género de la legislación o programas generales preparados por otros ministerios.

La Sra. Manalo, Vicepresidenta, asume la Pres i dencia.

La Sra. Goonesekere dice que es crucial la promulgación de la Ley sobre igualdad entre los géneros, ya que en la Constitución no se incluye ninguna definición jurídica de discriminación. No es sorprendente que se hayan incoado pocos casos relativos a la discriminación, ya que siguen siendo poco claros los procedimientos aplicables al incumplimiento. Es necesario realizar una campaña masiva de concienciación a fin de dilucidar el efecto de la ley.

La definición del delito de violación que figura en el informe es excesivamente restrictiva y parece no existir el concepto de estupro determinado únicamente por la edad de la víctima.

El Sr. Melander observa que ha habido muy pocos casos en que se ha aplicado directamente la Convención, a pesar de su supremacía en relación con el derecho interno, y pregunta si ello se debe a la falta de capacitación de los miembros del poder judicial.

La Sra. Gabr dice que la aparente falta de conciencia y educación entre las mujeres en relación con sus derechos quizá se podría remediar mediante la cooperación con organizaciones no gubernamentales e internacionales.

Acoge complacida la creación de una estrategia nacional para luchar contra la violencia contra la mujer y se pregunta si hay en el Parlamento algún proyecto de ley que haga más estrictas las penas para dichos delitos o para acelerar la aplicación de las leyes relativas a la familia. Habida cuenta de que en Estonia la expectativa de vida de las mujeres es mayor, se debería examinar la posibilidad de establecer un plan de pensiones para las viudas. La mujer también necesita una mayor protección jurídica en los trámites de divorcio en lo que respecta a los alimentos y a la división de los bienes.

La Sra. Shin pregunta si hay en los tribunales casos en que se haya invocado directamente la Convención y si se está haciendo algo por aumentar entre los magistrados la conciencia en relación con la Convención. Quizá el Canciller Jurídico no ha recibido ninguna denuncia relativa a los derechos de las mujeres porque estas todavía no han tomado conciencia de sus derechos.

Artículo 3

La Sra. Schöpp-Schilling solicita más información sobre los mecanismos nacionales para el cumplimiento de los derechos de la mujer y para aumentar el presupuesto y la dotación de personal de la Oficina de Igualdad entre los Géneros. También desearía saber en qué medida el Centro de Investigación y Formación sobre la Mujer recibe financiación gubernamental.

La Presidenta, hablando a título personal, pregunta cuán eficaz ha sido la Oficina de Igualdad entre los Géneros en la supervisión de la aplicación de las leyes; desearía que se brindasen datos desglosados por sexo sobre los progresos alcanzados al respecto. Se pregunta por qué no hay programas sobre la incorporación de las cuestiones de género ni presupuestación por género. ¿Se ha elaborado un plan de acción nacional a fin de satisfacer las normas establecidas en la Convención?

La Sra. Shin pregunta cuáles son las facultades de la Oficina de Igualdad entre los Géneros y si se le ha establecido un nivel lo suficientemente alto como para satisfacer la recomendación que figura en la Plataforma de Acción de Beijing. También desea saber más detalles sobre el Comité Interministerial y si éste tiene influencia suficiente dentro de los ministerios y el Gobierno para velar por que se ejecuten los proyectos. Desearía saber qué prioridad se da en el plan nacional del Gobierno para la integración con la Unión Europea al capítulo relativo a la igualdad de trato para hombres y mujeres. También se debería incluir en las esferas prioritarias mencionadas a la violencia contra la mujer, que se podría convertir en un grave obstáculo para el desarrollo.

Artículo 4

La Sra. Schöpp-Schilling dice que si bien las medidas especiales temporales son muy importantes para superar el legado del pasado, muchas de las medidas mencionadas en el informe no recaen en esa categoría. Cita como ejemplo las metas numéricas en los sectores del empleo en los cuales la mujer está subrepresentada.

El Sr. Melander pregunta si hay planes de invocar el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención para establecer asistencia jurídica gratuita a fin de entablar ante los tribunales casos de discriminación.

La Sra. Shin dice que quizá el Gobierno no entienda claramente cuál es el propósito del párrafo 1 del artículo 4, que es acelerar la igualdad de hecho entre los géneros. Por ejemplo, el Comité Interministerial podría examinar metas y objetivos numéricos para la participación de la mujer y el disfrute de sus derechos. Espera que, cuando presente su próximo informe, el Gobierno ya haya establecido medidas temporales especiales más concretas.

Artículo 5

La Sra. Achmad observa que el informe de Estonia demuestra que los estereotipos de género persisten en todo el país. Es necesario que el Gobierno complemente las medidas ya establecidas con una estrategia amplia a largo plazo a fin de cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 5 de la Convención y velar por que las generaciones futuras no perpetúen actitudes anticuadas. Desearía saber qué principios precisos se han consagrado en el proyecto de ley sobre igualdad entre los géneros y si allí se incluyen una definición de discriminación y disposiciones jurídicas que establezcan recursos para los casos de discriminación.

Es necesario incorporar a los programas y las políticas nacionales las leyes ya promulgadas en Estonia, entre ellas los instrumentos internacionales de derechos humanos. Aunque el Gobierno es el principal responsable de la ejecución de esos programas y políticas, también debe participar la sociedad civil; los mecanismos institucionales existentes deberían mejorar la coordinación de las actividades en los planos local y nacional. El Gobierno también debe evaluar los progresos alcanzados y la oradora acoge complacida el plan del Gobierno de reunir estadísticas a los fines de realizar una evaluación cuantitativa. Sin embargo, también es importante la evaluación cualitativa y desearía saber si las universidades están realizando estudios sobre cuestiones de género. También pregunta si el Canciller Jurídico participa en el proceso de evaluación.

La oradora desearía saber si se está trabajando para integrar una perspectiva de género en los programas de estudio en todo el sistema educativo y pregunta qué proporción del presupuesto nacional se asigna a cuestiones relacionadas con el género.

La Sra. Tavares da Silva dice que en Estonia es particularmente importante luchar contra los estereotipos de género a fin de encarar la supervivencia de las funciones tradicionales. Es necesario abordar el problema en muchos frentes, entre ellos la educación familiar, el sistema educativo, la capacitación de los docentes y los medios de difusión.

La Sra. Myakayaka-Manzini observa que, a pesar de su gran nivel educativo, en muchos ámbitos de la vida de Estonia la mujer todavía desempeña una función subordinada. Pide a la delegación que describa las prácticas culturales, tradicionales y religiosas que afectan al adelanto de la mujer. También pregunta qué es lo que se está haciendo al respecto y si se han suprimido de los libros de texto escolares los estereotipos de género a fin de luchar contra los estereotipos de género en los medios de difusión. El principio de igualdad debería integrarse en las primeras etapas de la educación de niñas y niños, ya que es probable que queden enraizadas las actitudes aprendidas en los primeros años de la infancia.

La Sra. Schöpp-Schilling dice que le sorprenden los estudios que demuestran que las personas que han completado la educación superior y las de ingresos más altos tienen una actitud negativa en relación con la participación de la mujer en la política, ya que justamente son esos dos grupos demográficos los que normalmente respaldan la igualdad entre los géneros. Pide más información sobre las investigaciones y si se están aplicando medidas para cambiar las opiniones. También le preocupa observar que muchos padres divorciados o separados de sus esposas no contribuyen al mantenimiento de sus hijos. Desea saber si el Gobierno de Estonia prevé introducir medidas para que esos padres paguen sus deudas.

Artículo 6

El Sr. Melander, observando que hay un gran volumen de trata de mujeres de Estonia hacia los países escandinavos y que la policía de esos países coopera con la de Estonia para devolverlas a su país de origen, pregunta qué medidas se han establecido para protegerlas cuando regresan a Estonia y para velar por que no sean víctimas de trata en otras partes.

La Presidenta dice que sería interesante saber por qué en el informe no figuran datos sobre las medidas adoptadas por el Gobierno para luchar contra la trata de mujeres y niños en Estonia, particularmente la trata de muchachas. ¿Es Estonia un punto de destino, al igual que de tránsito, para la trata de mujeres?

Artículo 7

La Sra. Gaspard dice que acoge complacida las novedades positivas recientes sobre la situación de la mujer en Estonia y la inclusión de cinco mujeres en el nuevo Gobierno, dos de ellas en puestos normalmente ocupados por hombres: el Ministerio de Economía y el Ministerio de Relaciones Exteriores. La presencia de mujeres en los principales puestos de adopción de decisiones es un modo particularmente eficaz de luchar contra los estereotipos. Sin embargo, desearía saber si el Gobierno está aplicando o prevé aplicar programas de educación cívica en las escuelas a fin de estimular el interés de las mujeres jóvenes en la política. También desearía saber si los estudiantes participan en la administración de las escuelas, como ocurre en algunos países europeos en que los niños participan en los consejos locales, con un número igual de niñas y niños elegidos por los propios niños. Se trata de un medio eficaz para que las niñas aprendan a participar en la vida de la comunidad en igualdad de condiciones con los niños.

El número de mujeres miembros del Parlamento Nacional está aumentando, pero lentamente. Sin embargo, en un seminario celebrado en Estonia observó que un número mayor de mujeres estaba siendo elegido en los organismos locales, a pesar de que sigue habiendo muchos obstáculos para las mujeres que desean presentarse como candidatas en las elecciones. La oradora pide que se presenten estadísticas sobre el número de mujeres elegidas en los puestos ejecutivos de los consejos locales y para el cargo de alcalde. También desearía saber cuántas mujeres ocupan cargos en los consejos y comités consultivos designados para guiar al Gobierno en su labor.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.