Fuente: Defensor del Pueblo de Grecia (2022)
En los casos de discriminación de género por parte de agentes privados (proveedores de servicios o empresas), el Decreto Presidencial 80/2022 por el que se codifica la legislación sobre Derecho Individual del Trabajo prevé la protección judicial, los procedimientos administrativos (Inspección de Trabajo) y los procedimientos de mediación (Defensor del Pueblo). También establece la norma relativa a la inversión de la carga de la prueba en los casos de discriminación por motivos de género, aparte de las actuaciones penales. Las asociaciones, las organizaciones y los sindicatos también tienen derecho a actuar en nombre de las víctimas de discriminación. Además, la víctima puede optar por llegar a un acuerdo extrajudicial a través de su abogado.
Sanciones civiles, administrativas y penales en caso de discriminación:
a)La víctima puede solicitar una indemnización ante los tribunales civiles por violación de la dignidad, incluida la restitución de los daños morales;
b)La víctima puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo o ante el Defensor del Pueblo. La Inspección de Trabajo puede imponer multas administrativas o el cese temporal de la actividad;
c)La discriminación y las violaciones del principio de igualdad de trato se enjuician de oficio y las sanciones penales incluyen de seis meses a tres años de prisión y una multa de entre 1.000 y 5.000 euros.
Párrafo 5
En 2021, la Fiscalía del Tribunal Supremo, a raíz de una denuncia de agresión sexual presentada por una conocida medallista olímpica, emitió una circular dirigida a todas las fiscalías del Estado sobre la tramitación rápida y eficaz de estas denuncias, de oficio, por delitos contra la libertad sexual.
Las Leyes 4531/2018 y 4356/2015 amplían el término “familia” para que abarque a los miembros de una unión civil, mientras que la pareja permanente de una mujer o de un hombre y sus hijos comunes o los hijos de cada uno de ellos se encuentran protegidos por las leyes mencionadas sin que sea necesaria la convivencia. Las disposiciones de la Ley 4531/2018 se aplican no solo a los cónyuges divorciados, sino también a los miembros de una unión civil que se haya disuelto. Además, la Ley 4531/2018 complementa la Ley 3500/2006 sobre la violencia doméstica, por la que se definen las condiciones para iniciar el procedimiento de mediación, de modo que se produzcan las consecuencias legales necesarias cuando el autor de la violencia doméstica no cumpla con las disposiciones legislativas específicas.
Más concretamente, cuando se haya considerado necesaria la participación en un programa especial de terapia o asesoramiento en un organismo público y el autor no finalice —bajo su propia responsabilidad— el programa terapéutico, el fiscal interrumpirá el proceso de mediación y eliminará de forma retroactiva los resultados obtenidos hasta el momento. En consecuencia, se recupera el expediente de los archivos, y las actuaciones penales continúan conforme a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal. Con la disposición introducida recientemente se pretende garantizar que la persona responsable cumpla de forma real y efectiva con las exigencias de la mediación penal, en lugar de que participe en el procedimiento con fines preventivos o utilitarios.
Se ha modificado la Ley 3500/2006 en lo relativo a la prescripción de los delitos de violencia doméstica, para que la prescripción de estos delitos, cuando se dirijan contra menores, se suspenda hasta un año después de la mayoría de edad de la víctima, si se trata de un delito leve, y durante tres años después de la mayoría de edad de la víctima, si se trata de un delito grave. Por lo tanto, la Ley 3500/2006 se armoniza con el artículo 113 del Código Penal para salvaguardar mejor los derechos de las víctimas de violencia doméstica que sean menores de edad.
Además, la Ley 4531/2018 complementó la protección brindada a las víctimas al tipificar conductas que hasta ahora no se consideraban delitos (por ejemplo, el hostigamiento criminal, el acoso, el matrimonio forzado y la mutilación genital femenina), así como la indemnización a las víctimas (véase el párr. 4).
Los nacionales de terceros países que sean víctimas de violencia doméstica y denuncien ante las autoridades competentes un incidente de violencia doméstica se encuentran protegidos frente a la expulsión.
En cuanto a las medidas adoptadas por la Policía de Grecia para afrontar (y denunciar) la violencia de género, véase el párrafo 9.
Los datos estadísticos sobre la violencia doméstica (denuncias, enjuiciamientos y condenas) pueden consultarse en el anexo, cuadros 4 a 11. Respecto a las indemnizaciones, véase el apartado 37. En cuanto al número de víctimas de la violencia de género durante el período de 2020 a 2022, véanse los cuadros 5, 6 y 9 a 11. En 2020, el número de mujeres víctimas de delitos de violencia doméstica fue de 4.173.
Párrafo 6
En 1998 se creó la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Grecia como órgano consultivo independiente para el Estado griego y es la institución nacional destinada a proteger y promover los derechos humanos en el país. Su legislación fundacional (Ley 2667/1998) se modificó mediante la Ley 4780/2021, que confiere a la Comisión personalidad jurídica, independencia funcional y autonomía administrativa y financiera. La Comisión consta de cinco departamentos, está formada por 40 miembros y cuenta con la asistencia de cuatro asesores científicos y seis empleados administrativos. En los últimos años, su presupuesto ha aumentado considerablemente: en 2016 ascendía a 133.799 euros; en 2017, a 100.000 euros; en 2018, a 157.000 euros; en 2019, a 259.500 euros; en 2020, a 189.000 euros; y en 2021, a 294.000 euros.
El siguiente cuadro muestra el presupuesto asignado a la Secretaría General desde 2017. Se produjo una reducción importante entre 2019 y 2022 debido a la repercusión financiera de la pandemia de COVID‑19.
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Presupuesto (en euros) |
Personal |
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2022 |
1 700 000 |
44 |
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2021 |
1 780 500 |
47 |
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2020 |
2 014 000 |
41 |
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2019 |
2 430 000 |
40 |
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2018 |
2 346 000 |
36 |
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2017 |
2 331 000 |
36 |
Fuente: Ministerio de Hacienda, https://www.minfin.gr/web/guest/proupologismos
A continuación figura el presupuesto anual del Defensor del Pueblo de Grecia durante el período de 2016 a 2022:
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Presupuesto (en euros) |
Variación (en euros) |
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2022 |
7 226 000 |
+29 000 |
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2021 |
7 197 000 |
‑ 132 000 |
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2020 |
7 329 000 |
+751 000 |
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2019 |
6 578 000 |
+170 000 |
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2018 |
6 408 000 |
+155 000 |
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2017 |
6 253 000 |
+10 000 |
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2016 |
6 243 000 |
Fuente: Ministerio de Hacienda , https://www.minfin.gr/web/guest/proupologismos
En todas las medidas llevadas a cabo por la Secretaría General para aplicar la Convención, se tienen en cuenta la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y la Plataforma de Acción de Beijing. Véanse los párrafos 1 y 2.
Respecto a la incorporación de la perspectiva de género a nivel ministerial, se ha establecido un procedimiento de vigilancia de la aplicación del Plan de Acción para la Igualdad de Género, con la cooperación de todos los ministerios implicados y con la función supervisora de la Secretaría General de Coordinación del Gobierno.
En cuanto a la incorporación de la perspectiva de género en el ámbito local, la Ley 4604/2019 establece el marco normativo. A las responsabilidades de los municipios se añaden el diseño, la organización, la coordinación y la aplicación de programas de igualdad de género, con el fin de promover la igualdad de género e iniciativas que fomenten la igualdad de género dentro de sus límites administrativos, así como de aplicar la Carta Europea para la Igualdad de Género en la Vida Local, actualizada en diciembre de 2022. La Carta incluye una serie de compromisos que promueven la igualdad de género. En el contexto de las medidas de seguimiento que fomentan políticas de igualdad a nivel local, la Secretaría General ha venido realizando en los últimos cuatro años encuestas dirigidas a los municipios y las regiones.
La Secretaría General, a raíz de que se aprobara la Ley 4873/2021 encaminada a fortalecer las iniciativas de las organizaciones de la sociedad civil, mantiene un registro informal de las organizaciones y redes de mujeres especializadas en los derechos humanos y la violencia de género. Además, coopera con organizaciones no gubernamentales, tanto griegas como extranjeras, que se dedican a cuestiones de protección internacional, migración e integración social.
Párrafo 7
Grecia ha introducido la siguiente legislación para aumentar la participación de las mujeres en la toma de decisiones mediante cuotas como medida de acción afirmativa:
•La Ley 4706/2020 relativa a la gobernanza empresarial establece una cuota de género de al menos el 25 % en las juntas directivas de las empresas cotizadas. Para finales de 2022, todas las empresas de Grecia cumplirán esta cuota;
•La Ley 4276/2020, relativa a la composición de las juntas directivas de los clubes o las asociaciones deportivas, establece que el número de candidatos de cada género o sexo sea como mínimo igual a un tercio del número de puestos vacantes para elección, incluido el puesto de presidente o jefe de la junta directiva;
•La Ley 4604/2019 introduce una cuota del 40 % a favor de las mujeres para las listas de candidatos de cada circunscripción en las elecciones nacionales y europeas. Además, la ausencia de cuotas en la composición de los Consejos de la Administración Pública conlleva sanciones legales;
•En el caso de las elecciones locales y regionales, la Ley 4555/2018 establece una cuota de género del 40 % respecto al total de los candidatos aspirantes a consejeros regionales, municipales y comunitarios. La cuota respectiva que se aplicaba anteriormente era de un tercio;
•La Ley 4386/2016 establece una cuota de género de un tercio para los candidatos al Consejo Nacional de Investigación, Tecnología e Innovación, los Consejos Sectoriales de Investigación y los Consejos Regionales de Investigación, Tecnología e Innovación y la misma cuota para los miembros de los Consejos Científicos de los Centros e Institutos de Investigación. También se tienen en cuenta la excelencia científica y las cualificaciones.
Durante el período previo a las dos recientes elecciones nacionales, regionales y municipales (2015 y 2019), la Secretaría General puso en marcha campañas de concienciación para apoyar y empoderar a las mujeres candidatas. Entre 2016 y 2019, el Centro de Investigación para la Igualdad de Género organizó 17 seminarios de formación sobre género, política de la sociedad y comunicación política dirigidos a más de 350 mujeres, que eran candidatas o habían sido elegidas para ocupar cargos públicos.
En junio de 2021, el Servicio de Empleo modificó sus programas de empleo y emprendimiento con el fin de apoyar a las desempleadas que eran víctimas de la violencia de género. Para ello se han incrementado en un 40 % los puntos del programa de mejora para segundas oportunidades empresariales y se ha incluido a las desempleadas que son víctimas de la violencia de género en el programa de empleo destinado a grupos sociales vulnerables. El programa subvenciona el 90 % del costo total (salarial y no salarial) durante un período de entre 12 y 24 meses: hasta 800 euros al mes en el caso de los empleos a tiempo completo y 400 euros en el de los empleos a tiempo parcial. Las mujeres víctimas de violencia de género que finalicen las sesiones de apoyo al empleo en los centros de asesoramiento podrán participar en el programa. Entre los beneficiarios del programa están incluidas las víctimas de la trata y las personas transexuales.
De 2021 a 2022, el Servicio de Empleo puso en marcha determinados programas que aumentaron las subvenciones para los costos salariales de trabajadoras y la proporción de planes empresariales propuestos por mujeres que se aprobaban. Ejemplos representativos son el Programa de Subvenciones a Empresas para el empleo de personas mayores de 30 años y el Programa de Subvenciones a Iniciativas Empresariales para Jóvenes Emprendedores de 18 a 29 años, ambos con especial atención a las mujeres (iniciados en 2021). En 2022 se puso en funcionamiento un programa de empleo dirigido a 10.000 personas desempleadas que afrontaban obstáculos para integrarse o reintegrarse en el mercado laboral; entre las personas beneficiarias se encuentran mujeres víctimas de violencia de género y madres que se reincorporan al mercado laboral tras haber criado a sus hijos y que tienen al menos un hijo menor de 8 años y llevan seis meses sin empleo.
Véanse en el párrafo 2 las medidas para hacer frente a la pandemia.
Párrafo 8
Cambiar las normas sociales negativas y los estereotipos de género es una de las cinco prioridades principales de Grecia para acelerar los avances a favor de las mujeres y las niñas (informe del examen nacional de Beijing+25). Constituye un elemento transversal que se ha incorporado a los Planes de Acción para la Igualdad de Género más recientes (2016‑2020 y 2021‑2025).
El Plan de Acción Nacional contra el Racismo y la Intolerancia 2020‑2023 prevé iniciativas en todos los niveles educativos para combatir los estereotipos y campañas de sensibilización contra los estereotipos y la discriminación. Se reconoce a las personas LGBTIQ+ como uno de los grupos vulnerables a la discriminación. La Secretaría General contribuye a aplicar las campañas de sensibilización.
En el Plan de Acción Nacional sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad se contemplan medidas para combatir los estereotipos de género y el sexismo (apartado 30). En él se incluyen actividades para sensibilizar a los profesionales de los medios de información sobre la incorporación de la perspectiva de género y la lucha contra los estereotipos de género y el sexismo, con respecto a la imagen de la mujer en los medios de comunicación.
En 2021, en el informe del Comité establecido con el fin de elaborar la Estrategia Nacional para la Igualdad de las Personas LGBTIQ+ 2021‑2025, se señalaba la influencia de los estereotipos de género como causa de la discriminación que sufren las personas LGBTIQ+ en varios ámbitos. Tras una consulta pública, se aprobó la estrategia y ya se está aplicando.
La Ley 4779/2021 sobre los servicios de los medios de comunicación audiovisual prohíbe que estos introduzcan y promocionen la discriminación y la incitación a la violencia o el discurso de odio por motivos, entre otros, de identidad de género o características sexuales y orientación sexual.
La Ley 4604/2019 establece que los medios de comunicación y los anuncios publicitarios promoverán la igualdad de género sustantiva propugnando una imagen de las personas igualitaria y sin estereotipos de género. Asimismo, prevé medidas específicas sobre los códigos de conducta, el contenido de los programas y la difusión de mensajes orientados a eliminar el sexismo y los estereotipos en relación con el género, la identidad de género y la orientación sexual y a promover la igualdad de representación de las mujeres en todos los ámbitos. El Consejo Nacional de Radio y Televisión es la autoridad administrativa independiente que se encarga de la supervisión y la imposición de sanciones.
El Consejo Nacional de Radio y Televisión ha impuesto sanciones a cadenas de televisión y emisoras de radio que —con palabras, frases o imágenes— ofendían la dignidad de la mujer e introducían la discriminación de género mediante contenidos sexistas. El Consejo participa en foros internacionales sobre cuestiones de género. También participó en 2018 en un estudio coordinado por las autoridades reguladoras de España y Marruecos sobre la forma en que se presentan las cuestiones de violencia contra las mujeres en los medios de comunicación, especialmente en la televisión. Los resultados de este estudio dieron lugar a que en 2020 se formulara una comunicación conjunta en favor de aprobar recomendaciones sobre la cobertura mediática de la violencia de género en los programas informativos audiovisuales.
En 2016, la Secretaría General de Comunicación y Medios de Difusión y el Centro de Investigación para la Igualdad de Género firmaron un memorando de cooperación que incluye el intercambio de conocimientos especializados y la planificación de medidas concretas para promover la igualdad de género y eliminar los estereotipos de género en los medios de comunicación. Para ello, dicha Secretaría General y el Consejo Nacional de Radio y Televisión colaboraron con el Centro de Investigación para la Igualdad de Género en el proyecto “Prevenir y combatir el sexismo y la discriminación en materia de identidad de género y orientación sexual” (apartado 84). En 2017, la Secretaría General también contribuyó al estudio del Consejo de Europa sobre la cobertura mediática de las elecciones, en el que se prestó especial atención a la igualdad de género.
La Corporación Helénica de Radiodifusión, además de cumplir las disposiciones legislativas, trata de informar a la población sobre cuestiones de género, combatir el sexismo y promover imágenes positivas de la mujer a través de programas específicos.
Desde 2016 se aplica en los centros de enseñanza secundaria un programa de Semana Temática, cuyo objetivo es sensibilizar al alumnado mediante actividades interactivas. Un tema constante del programa es “Identidades de género”, una de cuyas secciones consiste en la “Deconstrucción de los estereotipos de género”. La Secretaría General figura entre los organismos a los que cada año invitan los centros escolares de todo el país para que organicen actividades educativas.
Desde el año escolar/académico 2015‑2016, la Secretaría General organiza, en cooperación con diversas instituciones (Ministerio de Educación y Asuntos Religiosos, Radiotelevisión Educativa y Medios Digitales, y Festival Internacional de Cine de Olimpia), unos Concursos Creativos Panhelénicos que van dirigidos a todos los niveles educativos. Estos concursos tratan sobre distintos aspectos de la creatividad (por ejemplo, elaboración de carteles, creación de material digital, escritura creativa y fotografía) y pretenden fomentar la expresión creativa de los jóvenes y aprovecharla como medio para deconstruir los estereotipos de género. Los trabajos realizados se difunden como material de sensibilización.
En 2017, el Centro de Investigación para la Igualdad de Género publicó “La flor de la igualdad”, iniciativa que presenta la Convención como un cuento de hadas para niños en edad preescolar. En 2019, colaboró con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y publicó el libro The World Anew como estímulo para el debate sobre la forma de prevenir y combatir la violencia de género.
Cada centro escolar puede colaborar con los agentes pertinentes para llevar a cabo diversas actividades de concienciación sobre cuestiones de discriminación de género (por ejemplo, las visitas del alumnado a la Secretaría General y la aplicación de un programa de sensibilización en cooperación con organizaciones no gubernamentales).
En el proyecto “Prevención y lucha contra el sexismo, y sobre la identidad de género y la discriminación”, llevado a cabo por el Centro de Investigación para la Igualdad de Género, se investigó la cuestión del sexismo y el género en la aplicación de intervenciones educativas en los organismos pertinentes para combatir la discriminación relacionada con la identidad de género y la orientación sexual.
El proyecto “Fomento de la capacidad de las mujeres candidatas y las partes interesadas de los medios de comunicación en los debates públicos en Grecia” tenía la finalidad de reforzar la capacidad de las mujeres griegas que se dedican a la política o se presentan como candidatas y también de las partes interesadas de medios de comunicación —periodistas, estudiantes de comunicación y blogueros— para reconocer, afrontar y prevenir la discriminación de género en los debates públicos. Se han llevado a cabo varias actividades de formación y empoderamiento en Atenas y Tesalónica (2019‑2020).
El hecho de que el Convenio de Estambul incluya la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado y los llamados delitos de honor garantiza que se apliquen sus disposiciones relativas a estas prácticas nocivas (la penalización de todos estos actos se introdujo modificando el artículo 323A del Código Penal de Grecia).
Según el Código Civil de Grecia, la edad mínima legal para contraer matrimonio es de 18 años (los tribunales pueden permitir que un menor contraiga matrimonio tras haber escuchado al menor en cuestión y a las personas que ejerzan su tutela, y solo por un motivo serio). No obstante, los matrimonios consuetudinarios/tradicionales durante la infancia o la adolescencia constituyen una costumbre entre la comunidad romaní (a título indicativo, los datos de investigación muestran que la edad media a la que las mujeres romaníes contraen matrimonio oscila entre los 16 y los 18 años).
El matrimonio precoz fue uno de los temas abordados por el proyecto “ROMplat 2019” (apartado 246). En Grecia, la organización de la sociedad civil Célula de Iniciativas Juveniles Alternativas aplicó el proyecto Red de Prevención del Matrimonio Precoz. En él se incluían actividades de sensibilización dirigidas a la infancia, los progenitores y la comunidad romaní, así como informes de análisis de la formación y material de capacitación.
Sobre la poligamia, véase el párrafo 22.
Con respecto a las políticas o medidas que han contribuido a mejorar la comprensión y el reparto de las responsabilidades domésticas y familiares entre mujeres y hombres y que promueven los conceptos de igualdad de género en consonancia con la Convención, véase el párrafo 15.
A fin de erradicar los estereotipos de género discriminatorios, la Secretaría General facilita sus orientaciones a las organizaciones de la sociedad civil y las entidades del sector privado que lo soliciten. Muestra de ello son las iniciativas de las organizaciones Mexoxo y Women on Top.
Además, la Biblioteca de Igualdad de Género organiza eventos y actividades para lograr una mayor sensibilización pública sobre la igualdad de género y prevenir la discriminación y los estereotipos de género, mediante la promoción de libros y programas educativos dirigidos a grupos escolares de todos los niveles.
Párrafo 9
La Ley 4531/2018 adaptó la legislación interna, en particular en el ámbito del derecho penal. La nueva legislación refuerza las disposiciones penales que castigan la mutilación genital femenina, tipifica como delito el hostigamiento criminal, afianza los derechos de las víctimas de la violencia doméstica y designa a la Secretaría General como órgano coordinador, de conformidad con el artículo 10. Se ha modificado el Código Penal para incluir penas más estrictas en los casos de delitos atroces, delitos sexuales, delitos contra menores y violencia de género, y para prever que se amplíe el período de libertad condicional en el caso de los autores de delitos graves y los condenados a cadena perpetua (Ley 4855/2021). También se introdujo en el Código Penal la pornografía por venganza como delito grave que puede ser castigado con penas de prisión de hasta ocho años (Ley 4947/2022).
Según lo dispuesto en la Ley 4604/2019, el Estado tiene la responsabilidad de financiar y gestionar los centros de asesoramiento en casos de violencia contra la mujer y los centros de acogida para víctimas de la violencia doméstica. Lo mismo ocurre con el teléfono de asistencia en la materia.
En cuanto al Convenio núm. 190 de la OIT, véase el apartado 23.
En 2021, el Fiscal General del Tribunal Supremo emitió una circular sobre delitos sexuales y otra sobre violencia doméstica, en las que pedía a los fiscales de los tribunales de primera instancia que se ocuparan de estos casos sin demora y protegieran a las víctimas y supervivientes con mayor eficacia, además de garantizar que los autores fueran llevados ante la justicia. La segunda circular se refiere, por primera vez, al término “feminicidio”, y establece, entre otras cosas, que se facilite el acceso de las víctimas al sistema de justicia penal, que se investiguen con prontitud los presuntos actos delictivos y que se asigne prioridad a su adjudicación, para evitar la prolongación del proceso.
En 2019 se crearon en todo el país los Servicios Policiales contra la Violencia Doméstica, con objeto de coordinar, vigilar y orientar los servicios regionales de la Policía de manera que estos afronten los casos de violencia de género con mayor eficacia y eficiencia. En total, se crearon 73 Servicios, uno de ellos dentro de la Jefatura de Policía de Grecia. Entre las competencias de estos Servicios figuran: a) dar seguimiento a los casos de violencia doméstica, b) prever medidas relacionadas con la prevención y la represión de los delitos de violencia doméstica, c) elaborar y desarrollar medidas con otros organismos competentes destinadas a la protección de las víctimas, d) recoger datos sobre los casos de violencia doméstica, e) implementar cursos o seminarios educativos en colaboración con otros órganos y organismos que también tienen competencias en la materia y f) aplicar medidas de sensibilización pública acerca de la violencia doméstica.
La Policía de Grecia emitió órdenes con directrices más específicas para tratar estos casos. Entre otras cosas, destacó la necesidad de informar a las víctimas sobre los servicios de apoyo disponibles, como alojamiento, apoyo psicosocial y asistencia jurídica.
Además, para ayudar a los agentes de policía en su trabajo, se distribuyeron a la Policía los datos de contacto de los centros que ofrecen asesoramiento e información sobre las medidas e iniciativas emprendidas por la Secretaría General y otras organizaciones.
Las instrucciones pertinentes se actualizaron y mejoraron durante la pandemia, período en el que aumentaron considerablemente los casos de violencia doméstica, como demuestra el número de incidentes notificados al teléfono de asistencia SOS 15900.
Dentro de las atribuciones que corresponden a la Oficina contra la Ciberdelincuencia, los mencionados Servicios Policiales contra la Violencia Doméstica tienen el mandato de detectar, investigar y perseguir los delitos penales cometidos en línea o a través de otros medios de comunicación electrónica y almacenamiento digital. La Oficina contra la Ciberdelincuencia recibe de forma ininterrumpida denuncias a través del correo electrónico, el portal de servicios electrónicos dirigido a la ciudadanía, las empresas y los organismos, los medios sociales y el teléfono de emergencias 11188 del centro de operaciones Ciberalerta. En caso de que los incidentes notificados no entren dentro de sus competencias, se transmiten de inmediato a la autoridad local competente.
La Policía de Grecia emite órdenes específicas sobre la forma de tratar a las víctimas de delitos sexuales. Estas órdenes ofrecen orientaciones útiles sobre lo siguiente: a) adoptar un enfoque centrado en la víctima, b) aplicar la perspectiva de género para evitar la victimización secundaria, c) informar de inmediato al fiscal local competente y d) proporcionar asistencia y protección, en cooperación con otros organismos y servicios que también tienen competencias en la materia.
Se imparte formación continua y actualizada al personal de la Policía de Grecia. En los planes de estudios de las Academias de Policía se incluyen cursos sobre los delitos de violencia sexual. Un objetivo clave es la formación eficaz del alumnado en estas cuestiones y la optimización de sus conocimientos especializados para investigar y resolver este tipo de casos, comprender plenamente el significado de un enfoque con perspectiva de género cuando atienden a las víctimas y promover la cooperación con otros organismos y servicios competentes que prestan asistencia y protección a las víctimas.
La violencia derivada del odio por razón de género se dirige a personas o grupos debido a su sexo biológico/anatómico o su género social. En la mayoría de los casos, las mujeres son víctimas del discurso de odio (discurso sexista) o de delitos de odio tanto en la vida real como en línea (acoso sexual, hostigamiento criminal, abuso sexual por medio de imágenes, etc.).
Desde 2019 se han tomado varias medidas para hacer frente a estos fenómenos y sus causas (erradicación de los estereotipos de género que provocan estas actitudes). Las medidas legislativas incluyen las Leyes 4531/2018, 4604/2019 y 4808/2021. Entre las políticas sobre la prevención del discurso de odio sexista figuran: aplicar el Programa Nacional para Prevenir y Combatir la Violencia contra las Mujeres, contribuir a elaborar la Recomendación del Consejo de Europa contra el sexismo, realizar una campaña en los medios de comunicación griegos (vídeo y anuncio de radio) y aplicar el Programa Nacional contra el Racismo y la Intolerancia, que incluye medidas centradas en las mujeres susceptibles de sufrir discriminación múltiple o intersectorial y sexismo (párr. 21).
El Ministerio de Justicia, junto con el Consejo Nacional contra el Racismo y la Intolerancia, ha elaborado recientemente una guía para las víctimas de delitos de odio que incluye el marco jurídico vigente sobre los derechos de las víctimas de delitos racistas, instrucciones sobre los trámites necesarios que deben realizar las víctimas de delitos racistas y una lista de los servicios que pueden ayudar a la víctima. Esta guía se ha traducido a nueve idiomas (albanés, árabe, farsi, francés, georgiano, inglés, pastún, ruso y urdu).
Según la Ley 4375/2016, el Servicio de Recepción e Identificación del Ministerio de Migración y Asilo es responsable del funcionamiento de los centros de recepción e identificación y se ocupa, entre otras cosas, de las familias, las mujeres refugiadas, las víctimas o posibles víctimas de violencia y sus hijos y de los grupos vulnerables en general y les proporciona alojamiento. En caso de que las autoridades competentes identifiquen a grupos de personas vulnerables, como los descritos anteriormente, se aplican los procedimientos necesarios para que esas personas sean trasladadas a instalaciones de alojamiento adecuadas. En los casos de violencia de género, también se colabora con la Secretaría General y se remite a las víctimas a sus servicios de apoyo.
Al aparecer el movimiento Me Too en Grecia, el Gobierno creó una plataforma electrónica especial, https://metoogreece.gr/, en la que se ofrece información y material de apoyo sobre la violencia, el acoso sexual y el abuso con el fin de proteger a toda la ciudadanía frente a la violencia doméstica, el acoso sexual y la violación. Esta plataforma es una iniciativa de la Secretaría General y su contenido incluye todos los principales teléfonos de asistencia inmediata en Grecia: 15900 y www.womensos.gr para los casos de violencia contra la mujer, 100 (Policía), 15512 (Inspección de Trabajo), 11188 (ciberdelincuencia) y 1056 (teléfono de asistencia para niños, adolescentes y progenitores).
El Consejo Nacional para la Igualdad de Género, creado en un principio por la Ley 4604/2019 y modificado por la Ley 4808/2021, incluye en su composición a dos representantes de organizaciones feministas o de mujeres que se van alternando en cada nueva composición del Consejo para representar a distintas organizaciones feministas o de mujeres. Se trata de un organismo de asesoramiento que supervisa las cuestiones de igualdad de género y los problemas específicos en relación con el género.
En noviembre de 2019, con el apoyo del Ministerio de Educación y Asuntos Religiosos, representantes de la Iglesia Ortodoxa de Grecia y la minoría musulmana de Tracia firmaron una declaración contra la violencia doméstica. A raíz de esta declaración, en 2021 se constituyó un grupo de trabajo conjunto con la participación de representantes de la Iglesia Ortodoxa de Grecia y la minoría musulmana de Tracia, incluidas dos mujeres de esta minoría, para tratar asuntos de índole familiar, social y religioso.
En cuanto a la protección de las víctimas de violencia de género en los centros de recepción, véase el párrafo 21 a).
Con respecto a la proporción de mujeres de entre 15 y 49 años que ha sufrido violencia de género, véanse los cuadros 9 y 11.
De marzo de 2011 a diciembre de 2022, alrededor de 47.000 mujeres recibieron apoyo de los centros de asesoramiento y los centros de acogida, y más de 74.500 personas solicitaron ayuda al teléfono de asistencia SOS. De enero a diciembre de 2022, el teléfono de asistencia SOS recibió 5.214 llamadas de mujeres víctimas de violencia y 2.094 llamadas de terceras personas. Al mismo tiempo, 5.578 mujeres —víctimas y personas de su entorno cercano— acudieron a los 44 centros de asesoramiento para pedir consejo y orientación a los psicólogos y trabajadores sociales especializados, mientras que los 19 centros de acogida atendieron a 244 mujeres con sus hijos.
El Plan de Acción Nacional 2021‑2025 da prioridad a prevenir y combatir la violencia de género e incluye medidas relativas a la aplicación del Convenio de Estambul. Conviene destacar las siguientes iniciativas:
•La creación del Instrumento de Evaluación del Riesgo para que todos los servicios de acogida de las mujeres víctimas de la violencia de género y la violencia doméstica lo apliquen y utilicen de forma transversal. Este instrumento se puso a prueba en 2022 y actualmente se está evaluando;
•En noviembre de 2022 se inició la aplicación Botón del Pánico, que permite que una mujer en situación de peligro pida ayuda pulsando un botón de su teléfono móvil para que la policía la pueda localizar y prestarle ayuda. Esta iniciativa ha sido fruto de una colaboración entre la Secretaría General, el Ministerio de Protección Ciudadana, el Ministerio de Gobernanza Digital y Vodafone Grecia. La aplicación se pondrá a prueba durante un año en Atenas y Tesalónica;
•En cooperación con la Secretaría General y el UNICEF en Grecia, se ha adaptado y traducido al griego la aplicación digital GBV Pocket Guide, cuyo objetivo es proporcionar apoyo e información a todos los profesionales o personas que puedan encontrarse con un caso de violencia de género;
•Se está aplicando un estudio iniciado en 2022 sobre el perfil de los autores de actos de violencia de género y la evaluación de los programas de tratamiento dirigidos a estos autores a fin de diseñar propuestas de mejora.
En virtud de la Ley 4443/2016, la figura de Defensor del Pueblo queda definida como Mecanismo Nacional para la Investigación de Incidentes Arbitrarios en los organismos encargados de hacer cumplir la ley y los centros de detención. El Defensor del Pueblo se encarga de recoger, registrar, evaluar e investigar, o remitir a examen disciplinario por parte de los servicios competentes, las reclamaciones relativas a las actuaciones u omisiones de la Policía (así como de la Guardia Costera de Grecia, el cuerpo de bomberos y el funcionariado de los centros de detención), durante el desempeño de sus funciones o el ejercicio abusivo de su cargo, y que tienen que ver con la discriminación por motivos de género, orientación sexual, identidad de género o características sexuales. Los casos se llevan ante el Defensor del Pueblo, bien tras la presentación de reclamaciones personales, bien por iniciativa propia o bien tras ser remitidos por el Ministro o Secretario General competente. Además, el Mecanismo Nacional se ocupa de los casos para los que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictado condenas contra Grecia.
También se dispone de un proceso disciplinario para examinar los casos en que se denuncia el uso excesivo de la fuerza contra mujeres por parte de la Policía.
Párrafo 10
La Secretaría General y el Centro Nacional de Solidaridad Social gestionan una red integrada de estructuras de apoyo en todo el país para prevenir y tratar todas las formas de violencia contra las mujeres. La Red de la Secretaría General consta de 64 estructuras: el teléfono de asistencia de 24 horas SOS 15900, 44 centros de asesoramiento y 19 centros de acogida, dotados de profesionales especializados.
El Centro Nacional de Solidaridad Social gestiona dos centros de apoyo social en Atenas y Tesalónica que prestan servicios de apoyo a personas y familias que se enfrentan a una crisis psicosocial, con especial atención a las víctimas de violencia, sobre todo de la violencia doméstica o la trata. Asimismo, gestiona dos centros de acogida, en Tesalónica y Ática. También se proporciona alojamiento de emergencia a corto plazo. En Ática hay dos centros sociales de acogida que ofrecen alojamiento temporal a personas adultas independientes, familias monoparentales o con dos progenitores, pacientes y sus acompañantes de zonas rurales. Los beneficiarios, en particular las mujeres, son personas que se enfrentan a un problema inmediato de alojamiento por falta de recursos económicos. El Centro Nacional gestiona el teléfono de asistencia social 197 y el teléfono nacional de protección de la infancia 1107. Además de las estructuras de apoyo estatales, también hay algunas gestionadas por organizaciones no gubernamentales (cinco centros de acogida y siete teléfonos de asistencia).
En la Red de la Secretaría General trabajan un total de 316 personas. En los centros de asesoramiento trabajan 174 personas (psicólogos, trabajadores sociales, asesores/sociólogos de primer contacto y asesores jurídicos (uno en cada centro)). En los centros de acogida trabajan 142 personas (psicólogos y psicólogos infantiles, trabajadores sociales, personal administrativo, guardias de seguridad y personal auxiliar). En virtud de la Ley 5043/2023, la financiación europea de la Red se prorroga hasta 2027, además de la financiación estatal griega. La Ley 4604/2019 obliga al Estado a financiar el funcionamiento de la Red (cuadros 12 y 13).
Gracias a esta financiación, se introducirán mejoras en la Red para que pueda prestar servicios de calidad a las mujeres beneficiarias y sus hijos, tanto modernizando los equipos tecnológicos como facilitando la prestación de servicios a distancia y también actualizando su base de datos, sus metodologías de consulta y sus instrumentos.
La Red ofrece asesoramiento psicosocial y laboral, asistencia jurídica y alojamiento cuando es necesario. Todos los servicios y el material informativo se ofrecen en inglés y otros idiomas para facilitar el acceso de mujeres de distintos orígenes étnicos. Además, los locales de la Red son accesibles para las personas con discapacidad. Es posible consultar los datos estadísticos sobre los casos tratados, ya que se publican periódicamente.
Una de nuestras prioridades principales es ir creando poco a poco un sistema unificado de recogida de datos sobre los incidentes de violencia de género. En este contexto, el Observatorio para la Igualdad de Género apoya la aplicación del Convenio de Estambul y se encarga de recopilar y analizar los datos sobre la violencia de género en Grecia.
Párrafo 11
En 2019, se puso en funcionamiento el Mecanismo Nacional de Remisión como sistema nacional oficial de identificación y remisión orientado a la cooperación interinstitucional en lo que respecta a identificar y apoyar en un primer nivel a las víctimas (y a las presuntas o potenciales víctimas) de la trata en Grecia. El Mecanismo está supervisado por la Oficina del Relator Nacional sobre la Lucha contra la Trata de Personas, en el Ministerio de Relaciones Exteriores, y gestionado por el Centro Nacional de Solidaridad Social.
El Relator Nacional y el Centro Nacional de Solidaridad Social cooperan estrechamente con la Secretaría General para impartir seminarios de formación al personal de los centros de acogida y asesoramiento que atienden a víctimas de la violencia de género con el propósito de mejorar la identificación de presuntas víctimas de la trata.
La Oficina del Relator Nacional elaboró un Plan de Acción Nacional contra la Trata de Personas para 2019‑2023, en el que se incluye una amplia gama de proyectos de formulación de políticas relativas al enjuiciamiento, la prevención, la protección y las alianzas para garantizar un enfoque centrado en las víctimas.
Combatir la trata es una prioridad fundamental del Programa de Políticas contra la Delincuencia 2020‑2024, elaborado por la Policía de Grecia al igual que el correspondiente al período anterior, 2015‑2019. Los objetivos para combatir con eficacia la trata incluyen un enfoque centrado en la víctima y con perspectiva de género, sensibilidad hacia las víctimas menores de edad y tolerancia cero hacia la trata, mientras que entre las medidas para lograr esos objetivos figuran: a) sensibilizar a los agentes de policía, en especial a los de servicios “de primera línea”, b) informar sobre la aplicación de la legislación pertinente, c) atender con sensibilidad a las víctimas de la trata pertenecientes a grupos vulnerables, como son las mujeres, los menores y las personas discapacitadas, d) crear redes con los órganos gubernamentales y no gubernamentales que corresponda y e) participar en programas de capacitación.
La trata con fines de explotación sexual sigue siendo la tipología predominante en Grecia. Según los datos del Mecanismo Nacional de Remisión y la Policía de Grecia, entre 2017 y 2020 se presentaron un total de 424 remisiones de presuntas víctimas de trata, que en su gran mayoría eran mujeres y niñas (236 víctimas, el 55,7 %). Se denunció explotación sexual con respecto a 317 víctimas (el 74,7 % del total de víctimas de la trata). Según los últimos datos disponibles del Mecanismo (primer semestre de 2022), se registró un total de 134 casos, de los cuales 113 (92 mujeres y 21 hombres) eran víctimas adultas y 21 (14 niñas y 7 niños) eran menores. De estos últimos, 9 eran menores no acompañados: 3 niños y 6 niñas. La mayoría de las víctimas eran mujeres (92) y niñas (14).
El Código Penal (en su versión modificada hasta la fecha) introdujo cambios que han reforzado considerablemente la legislación en el ámbito de la lucha contra la trata de personas. Se han añadido nuevas formas de explotación, como la esclavitud y prácticas similares y también la delincuencia forzada. El matrimonio forzado ya estaba reconocido como tipología específica de la trata, conforme a las disposiciones pertinentes del Convenio de Estambul. Los autores son castigados con una multa y penas de prisión de hasta 15 años. En caso de que las víctimas sean niños, pueden imponerse penas más severas. Se imponen penas más estrictas a aquellas personas que utilicen a víctimas de trata con conocimiento de causa (prisión de al menos tres años y una multa). Cuando el acto en cuestión provoca la muerte de una persona, se castiga con prisión permanente.
En un memorando de entendimiento firmado por la Oficina del Relator Nacional y el UNICEF en Grecia se presta especial atención a la protección de las jóvenes y las mujeres frente a la trata.
Un Grupo de Trabajo compuesto por juristas y profesionales de la justicia penal especializados en la trata, que opera en el Ministerio de Justicia con el apoyo del Relator Nacional y el Mecanismo Nacional de Remisión, da prioridad a que se adopte una perspectiva de género en todo el régimen de identificación y se proteja e integre a las presuntas víctimas de la trata.
Para actuar con eficacia al investigar y prestar asistencia en los casos de trata, la Policía de Grecia ha creado los siguientes departamentos y equipos: una Dirección especial de la Jefatura de Policía de Grecia, que se ocupa expresamente de las cuestiones de trata y orienta a los Servicios operativos regionales desde septiembre de 2020, y 12 Equipos de Lucha contra la Trata y dos Departamentos de Lucha contra la Trata, en las Direcciones Generales de Policía de Ática y Tesalónica, cuyo personal ha recibido formación especializada sobre la forma de dirigirse a las víctimas (potenciales) y la investigación de los casos de trata.
Los agentes de la Policía de Grecia reciben formación continua, con el fin último de seguir mejorando la cooperación con todos los organismos pertinentes y seguir creando un enfoque holístico de los casos en cuestión. La unidad temática sobre la trata de personas forma parte del plan de estudios de la Academia de Policía.
Los datos sobre la trata se presentan en los cuadros 14 a 17.
En cuanto al enjuiciamiento de los delitos de trata, el Fiscal General del Tribunal Supremo transmitió a todas las fiscalías las directrices y el memorando redactado por el Relator Nacional sobre la forma de abordar los casos de trata de personas. El Fiscal General pidió a los tribunales de primera instancia que informaran cada cuatro meses sobre el número de víctimas de trata que hayan reconocido oficialmente.
Los fiscales también han participado en varios seminarios de formación sobre asuntos relacionados con la trata. En el plan de estudios de la Escuela Nacional de la Magistratura se han incluido 12 y 24 horas adicionales de cursos para fiscales y jueces, respectivamente, sobre cuestiones de derecho penal, con especial atención a los delitos de trata.
Además de las estructuras estatales de apoyo a las víctimas de la trata, existen algunas ONG que llevan a cabo actividades de acogida, empoderamiento y orientación. Algunos ejemplos son: CSR Hellas (memorando de entendimiento con el Relator Nacional sobre la Lucha contra la Trata de Personas en 2014, participación y asistencia en el festival “Break the Chain” contra la trata de personas en 2015 y 2016) y PRAKSIS (cooperación bilateral con la ONG A21 contra la trata prestando apoyo de emergencia a supervivientes de la trata mediante un apartamento en Atenas; alojamiento protegido para niñas en situación de riesgo (2016‑2017), servicios de interpretación, evaluación de necesidades/riesgos e investigación (Atenas, Tesalónica, Samos, Quíos y Lesbos), acompañamiento de beneficiarios, intervención y trabajo en la calle/ unidades móviles (Atenas y Tesalónica), apoyo a la vivienda mediante programas específicos (Atenas), apoyo psicosocial y material, atención médica, asesoramiento jurídico, servicios de acompañamiento, y ayuda en el contexto de la búsqueda de empleo a través de programas especiales).
Párrafo 12
Dado que Grecia es uno de los puntos de entrada de las corrientes migratorias mixtas en Europa, es posible identificar a las víctimas potenciales de la trata entre los migrantes irregulares y los refugiados que entran en el país. Según los datos del Mecanismo Nacional de Remisión, las mujeres solicitantes de asilo representan la mayoría de las víctimas adultas de la trata, aunque principalmente en su país de origen o a lo largo de la ruta migratoria. De acuerdo con los procedimientos operativos estándar del Mecanismo Nacional de Remisión, se da protección a todas las personas identificadas como víctimas de la trata, sea cual sea su situación.
Gracias a la coordinación continua y eficaz de todos los asociados pertinentes, se han logrado avances considerables a la hora de identificar a víctimas potenciales de la trata de personas en los centros de recepción e identificación. Se aplican indicadores de la trata de personas cuando se evalúa de forma homogénea la vulnerabilidad de todas las personas registradas en los centros de recepción e identificación. El Mecanismo Nacional de Remisión, en cooperación con el Relator Nacional, la Organización Internacional para las Migraciones en Grecia y la Secretaría Especial para la Protección de Menores No Acompañados, desempeña un papel decisivo en la capacitación del personal de los centros de recepción e identificación. En cuanto a la integración, el Ministerio de Migración y Asilo tiene previsto, en cooperación con el Relator Nacional, aplicar un programa de integración del que se beneficiarán los migrantes y los solicitantes de asilo que residan en los centros de alojamiento de la península. El programa adopta un enfoque con perspectiva de género a fin de ofrecer alternativas a las mujeres y niñas y afrontar, entre otras cosas, los casos de “prostitución de supervivencia”.
En el Ministerio de Protección Ciudadana se ha creado un grupo de trabajo de expertos, con la participación del Relator Nacional, para abordar los retos relacionados con la prostitución. Este grupo de trabajo ha recibido el mandato de llevar a cabo un proceso de consulta en profundidad con todas las partes interesadas competentes y elaborar una propuesta legislativa sobre la modificación de la Ley 2734/1999 relativa a los trabajadores sexuales.
Los servicios de integración descritos por los procedimientos operativos estándar del Mecanismo Nacional de Remisión incluyen, entre otras cosas, ayuda para encontrar trabajo, clases de idiomas, formación profesional, matriculación escolar y programas de rehabilitación. Toda la asistencia se presta mediante servicios públicos o a través de ONG. En los memorandos de entendimiento firmados entre el Relator Nacional y las Prefecturas Regionales de Ática y Tesalia se prevén los servicios de formación profesional y apoyo al emprendimiento social para las víctimas de la trata.
Se han aplicado diversas medidas de prevención para resolver el problema que plantea la “demanda” de explotación de mujeres y niñas. En 2019, el Ministerio de Infraestructura y Transporte, en colaboración con el Relator Nacional y representantes de la sociedad civil, llevó a cabo una campaña de sensibilización a gran escala que consistía en proyectar mensajes contra la trata de personas en el metro y los autobuses públicos de Atenas durante un mes. Los festivales “Break the Chain” y “Raise your Voice” reunieron a la sociedad civil y el sector cultural en una alianza estratégica con la comunidad que lucha contra la trata de personas en Grecia. El Relator Nacional también coordina su labor con las campañas de sensibilización de la Secretaría General para combatir la trata y prevenir la violencia de género.
Además, se ha ampliado el proyecto de formación “Derechos humanos para principiantes”, dirigido al personal docente de los Estados miembros del Consejo de Europa, para que incluya temas relacionados con la trata de personas. En enero de 2020 tuvo lugar el primero de estos cursos de formación, en el que participaron unos 130 profesores de educación secundaria.
En noviembre de 2021, el Relator Nacional y el Centro de Acción Social e Innovación firmaron un memorando de entendimiento para promover y poner en práctica iniciativas de prevención y lucha contra la trata de personas y de sensibilización al respecto. Este memorando de entendimiento prevé la aplicación conjunta de una serie de iniciativas en ámbitos como la prevención, la detección a tiempo, la prestación de asistencia y protección a las víctimas de la trata, la justicia, el castigo de los autores y el refuerzo de la cooperación entre las partes interesadas.
Párrafo 13
En cuanto a las medidas temporales que aumentan la participación de las mujeres en la vida política y pública, véase el párrafo 7.
El Plan de Acción para la Igualdad de Género, tanto en su versión actual como en las anteriores, incluye, además de la labor legislativa, medidas generales para aumentar la participación de las mujeres en la vida política y pública, como por ejemplo, material electrónico de sensibilización y comunicaciones y consultas periódicas con las autoridades regionales y locales. El Centro de Investigación para la Igualdad de Género llevó a cabo campañas de concienciación para alentar a las mujeres a participar activamente como candidatas en las elecciones europeas, locales y regionales, así como una investigación titulada “El derecho a elegir y ser elegido: Estudiar y comunicar las percepciones sobre la participación y representación de las mujeres en la toma de decisiones políticas”.
Con respecto a la representación de las mujeres en el Parlamento y el Gobierno tras los dos últimos procesos electorales (2015 y 2019), véanse los cuadros 18 y 19.
En cuanto a la representación de las mujeres en los puestos decisorios del Ministerio de Relaciones Exteriores, de un total de 890 personas, 390 son mujeres (43,8 %) y 500 son hombres (56,2 %). Además, reconociendo la necesidad de que hombres y mujeres tengan la misma representación en los distintos órganos de las Naciones Unidas, Grecia promueve la presentación de candidaturas de mujeres. En este sentido, las cuatro personas candidatas que han sido elegidas para trabajar como expertas independientes en órganos de las Naciones Unidas son mujeres.
Según los datos del Ministerio del Interior, los puestos de alto nivel en las entidades de la administración pública están muy cerca de alcanzar el equilibrio de género (47,5 % de mujeres en altos cargos) (cuadro 21).
En enero de 2020, la Excma. Sra. Aikaterini Sakellaropoulou, primera mujer en ocupar el cargo de Presidenta del Consejo de Estado, máximo tribunal administrativo del país, y defensora de los derechos humanos, fue elegida primera Presidenta de la República Helénica con 261 votos (de un total de 300). Su Excelencia la Presidenta de la República Helénica es también miembro activo de la iniciativa del círculo de liderazgo de las Naciones Unidas.
El proyecto “Debate público sobre las cuestiones de género”, dirigido por la Secretaría General de 2019 a 2021, tenía la finalidad de abordar los obstáculos a los que se enfrentan los periodistas y las mujeres en el debate público. Un total de 120 partes interesadas del sector de los medios de comunicación recibieron formación para detectar, afrontar y prevenir el sexismo y la discriminación de género en los debates públicos mediante talleres dirigidos a periodistas, profesionales de los medios de difusión y estudiantes de las facultades de comunicación. Además, 100 mujeres políticas y candidatas pudieron mejorar sus competencias en los procesos electorales y para detectar y afrontar el sexismo y la discriminación de género en los debates públicos.
En referencia al apoyo a las mujeres romaníes para que participen activamente y en pie de igualdad en la vida pública y la adopción de decisiones, véase el apartado 246.
El Ministerio del Interior también ha tomado medidas con respecto a aplicar y seguir de cerca la participación de hombres y mujeres en los órganos colectivos de la administración. El Ministerio emite periódicamente circulares en las que recuerda que debe velarse por respetar el equilibrio entre los géneros de conformidad con el Código de la Función Pública, en particular en el contexto de la selección de las jefaturas de departamento. Las candidatas que, mientras ocupaban alguna jefatura de departamento, se hayan ausentado de sus funciones por licencias de maternidad o crianza de los hijos, deberán recibir los puntos correspondientes al tiempo de trabajo en un puesto de responsabilidad.
En los cuadros 18 a 20 figuran, desglosados por sexo, los datos estadísticos relativos a las regiones y los municipios de Grecia.
En cuanto a la formación sobre igualdad de género en el sector público impartida por el Centro Nacional para la Administración Pública y el Gobierno Local, véase el cuadro 21.
Párrafo 14
Mediante la Ley 4443/2016 se amplió la protección de las personas que sufren discriminación por motivos de orientación sexual, identidad de género o características sexuales en el ámbito de la educación. Por otra parte, la Ley 4604/2019 contempla la incorporación de la perspectiva de género en los planes de estudios y el material educativo, la orientación profesional y la formación docente. La Secretaría General ya ha estrechado su cooperación con el Instituto de Política Educativa en estos temas.
Según indican los datos estadísticos (cuadros 23 y 24), la brecha de género en la matriculación escolar y la finalización de los estudios se ha reducido en todos los niveles del sistema educativo griego. El alumnado femenino representa la mayoría de las personas tituladas en la educación general (el 53,2 % en 2020), pero no en la formación profesional (el 37,3 % en 2020). Las mujeres continúan sus estudios y consiguen una cualificación educativa más alta; de 2015 a 2020, la proporción de mujeres que completaron sus estudios en los niveles 4 y 7 de la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE) fue superior a la de los hombres. En lo que respecta a los estudios de doctorado, se observa una ligera tendencia al alza en la participación femenina, que alcanzó el 47,9 % en 2020, mientras que ese mismo año el porcentaje de mujeres tituladas fue del 51,5 %.
Sin embargo, persiste la segregación horizontal o por materias. Desde 2015, el número de mujeres que estudian ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas ha aumentado en todos los niveles, excepto en el nivel 3 de la CINE en la formación profesional. La proporción de mujeres que estudian o se licencian sigue en aumento. La diferencia porcentual entre alumnas y alumnos se reduce a medida que aumenta el nivel educativo; así pues, en 2018, las mujeres constituían el 30,7 %, el 40,5 % y el 61,5 % del alumnado en el campo de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas en los niveles de licenciatura, máster y doctorado, respectivamente. En ese mismo año, los porcentajes correspondientes de tituladas fueron del 39,1 %, el 44,2 % y el 40,4 %, lo que demuestra que la presencia femenina es dinámica, pero todavía no es igualitaria. Esta segregación parece acentuarse en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Los hombres, ya sean estudiantes o titulados, predominan tanto en el nivel 3 de la CINE en la formación profesional como en el nivel 4 de la CINE. La situación es diferente en la educación terciaria, donde la proporción de mujeres iguala la de estudiantes varones, y en el nivel de máster incluso la supera. No obstante, este esquema cambia entre los titulados, donde la proporción de mujeres entre 2015 y 2020 alcanzó el 37,2 %. Durante ese mismo período, se redujo el porcentaje de mujeres que finalizaban sus estudios en tecnologías de la información y las comunicaciones; las mayores diferencias se observan en los niveles 3 de la CINE en la formación profesional y 4 de la CINE (véanse los cuadros 25 a 30).
Atraer a más mujeres y niñas a las tecnologías de la información y las comunicaciones fue uno de los pilares del Plan de Acción 2015‑2017 titulado “Las mujeres y las niñas se digitalizan”, que se creó en 2014 con la participación de las partes interesadas de los sectores público y privado. En este contexto, se concedieron cinco becas para estudios de posgrado a mujeres. La Secretaría General respaldó las actividades de las organizaciones no gubernamentales en el ámbito del empoderamiento digital femenino. Véanse también los apartados 283 y 284.
La Secretaría General participó en el proyecto “R&I PEERS: Experiencias piloto para aumentar la igualdad de género en las organizaciones de investigación”, que pretendía eliminar las condiciones que obstaculizan la participación y el desarrollo profesional de las mujeres en la investigación y la innovación en la región mediterránea elaborando y aplicando planes de acción a favor de la igualdad en las organizaciones de investigación y las universidades. El proyecto se llevó a cabo en 2022.
La educación sexual abarca actividades educativas sobre comprensión y pensamiento crítico, así como actividades de competencias para la vida sobre cuestiones de género, derechos, salud mental y física, seguridad, protección, respeto por la dignidad sexual e igualdad, y se ha integrado en todos los niveles de la enseñanza obligatoria (4 a 15 años). Se incluyen temas relevantes en la Zona Flexible de Actividades Prácticas en la educación primaria, en la iniciativa Plataforma 21+: Laboratorios de Aptitudes para el Siglo XXI y en los Programas de Educación para la Salud. Los Laboratorios de Aptitudes son una iniciativa que sirve para diseñar y ejecutar actividades destinadas, entre otras cosas, a promover la igualdad de género y los derechos humanos aplicando métodos prácticos y participativos.
En marzo de 2021, el Instituto de Políticas Educativas (organismo científico que presta apoyo al Ministro de Educación, Investigación y Asuntos Religiosos) creó un grupo de trabajo especial cuyos objetivos incluyen la recopilación y evaluación de programas educativos junto con recomendaciones y otro material pertinente relativo a la educación sexual, la generalización del plan de estudios de los Laboratorios de Aptitudes en lo que respecta a la educación sexual y la formación especial de profesores de educación primaria y secundaria sobre estos temas.
La iniciativa para el desarrollo de la educación sexual en las escuelas, que puede consultarse en el sitio web del Instituto de Políticas Educativas, ofrece materiales de los programas educativos pertinentes y manuales o guías que ayudan a los profesionales, el profesorado y otros especialistas a reconocer los indicios de agresión sexual y hacer frente a este problema. En el sitio web del Instituto se puede encontrar más información sobre las formas de notificar los incidentes de este tipo a los órganos competentes, etc.
Entre septiembre de 2020 y febrero de 2021, 130 profesores de educación secundaria y 58 de educación primaria recibieron formación en programas relacionados con la educación sexual. Se presentaron 60 planes de acción que beneficiaron a entre 1.130 y 1.300 estudiantes de educación preescolar, primaria y secundaria.
Otra iniciativa en curso es la colaboración de la Secretaría General con el hospital regional general de maternidad Elena Venizelos y la Oficina de Educación Sanitaria para la Enseñanza Secundaria de Atenas, al objeto de llevar a cabo el programa “Sensibilización del alumnado de enseñanza secundaria sobre cuestiones de salud sexual y reproductiva” (véase el cuadro a continuación). Las actividades de sensibilización sobre las cuestiones de género se llevan a cabo en el marco de la Semana Temática (apartado 80) y también en programas especiales que se aplican en cooperación con las ONG correspondientes.
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Año escolar |
Número de estudiantes |
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2018–2019 |
1 850 |
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2019–2020 |
890 |
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2020–2021 |
50 |
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2021–2022 |
2 223 |
Fuente: Secretaría General (2023)
En virtud de la Ley 4589/2019 (actualizada mediante la Ley 4957/2022), se creó en cada universidad un comité de igualdad de género como órgano consultivo para la promoción de la igualdad en la vida académica. Todas las universidades e instituciones de investigación ya han creado comités de igualdad de género que se dedican, entre otras cosas, a elaborar planes de acción, organizar grupos de trabajo, llevar a cabo diversas actividades de sensibilización e intervenciones sobre cuestiones de género, prevención y lucha contra la violencia de género, etc. Estos comités han constituido, con carácter informal, la Red Panhelénica de Comités de Igualdad de Género, en colaboración con la Asociación Griega de Mujeres Universitarias.
En el aprendizaje permanente, las mujeres y los hombres han tenido durante los últimos cinco años una participación similar que oscila entre el 4 % y el 4,7 %, y las mujeres alcanzaron otro 0,5 % de ventaja en 2019, porcentaje que, en cambio, se invirtió en 2020. La promoción de la igualdad de género en el aprendizaje permanente ha formado parte de los Planes de Acción para la Igualdad de Género 2016‑2020 y 2021‑2025. Algunas ONG han aplicado programas de formación para las mujeres, sobre todo vinculados al objetivo de la integración profesional (cuadro 31).
Durante los últimos cinco años, el porcentaje de niñas con discapacidad o necesidades educativas especiales que asisten a escuelas de educación especial ha oscilado entre el 33 % y el 34 %, mientras que el porcentaje correspondiente de aquellas que asisten a escuelas de educación general ha oscilado entre el 30 % y el 31 %, lo cual se ajusta a la distribución por sexos del total de la población estudiantil con discapacidad o necesidades educativas especiales. En cuanto a los niveles educativos, las escuelas de educación preescolar general tienen el porcentaje más bajo de alumnas, mientras que en los institutos de formación profesional especial se ha registrado el porcentaje más alto de alumnas. En lo que respecta a la educación terciaria, en 2021 había 4.564 alumnas, el 44 % del total de la población estudiantil con discapacidad o necesidades educativas especiales, cifra que se eleva al 47,3 % si se incluye también a las alumnas con dificultades de aprendizaje.
En la Ley 4547/2018 se contempla que la comunidad educativa disponga de estructuras de apoyo orientadas a promover la educación inclusiva. El Instituto de Políticas Educativas viene ejecutando proyectos, tanto a escala nacional como europea, que contribuyen a potenciar la educación inclusiva. En 2020 se publicó un Plan de Acción Nacional para los Derechos de las Personas con Discapacidad. Dos de sus objetivos se refieren a las mujeres con discapacidad y a la educación y formación para todas las personas. En la misma línea, el Ministerio de Educación y Asuntos Religiosos ha elaborado un Plan de Acción Estratégico para que los estudiantes con discapacidad disfruten de igualdad de acceso a la educación, que consta de 13 objetivos y contiene disposiciones especiales para los estudiantes con discapacidad que puedan sufrir discriminación (se ha establecido un procedimiento de denuncia e investigación) (cuadro 32).
La Secretaría General de Asuntos Religiosos del Ministerio de Educación y Asuntos Religiosos es responsable de que las escuelas de educación religiosa, tanto eclesiásticas como islámicas, permitan el acceso de niños y niñas en igualdad de condiciones a sus centros, donde, además del programa de educación general, todo el alumnado asiste también a cursos de especialización religiosa. Ambos tipos de escuelas religiosas (10 escuelas eclesiásticas en diversas regiones de Grecia y 2 escuelas islámicas (madrasas) en las regiones de Komotini y Xanthi, en Tracia) pertenecen al sistema de educación secundaria (1er y 2º ciclo) y, una vez finalizados sus cursos, el alumnado puede acceder al sistema de educación terciaria.
Con el fin de promover la cultura religiosa y espiritual de la minoría musulmana de Tracia, se asignaron 240 puestos de profesores de religión islámica en las jurisdicciones de los muftíes de Tracia. Su salario lo costea exclusivamente el Ministerio de Educación y Asuntos Religiosos, y su tarea consiste en enseñar el Corán en las mezquitas de Tracia, así como en las escuelas públicas de educación primaria y secundaria de Tracia, a los estudiantes pertenecientes a la minoría musulmana que así lo deseen y estén exentos del curso de Educación Religiosa. Además, si lo desean y siempre que tengan la titulación necesaria, pueden impartir cursos de especialización religiosa y de lengua árabe en las madrasas de Tracia. Cabe señalar que hay mujeres entre el personal docente de religión islámica.
Párrafo 15
La brecha salarial entre hombres y mujeres ha disminuido dos puntos desde 2015 (12,5 %) hasta alcanzar el 10,4 % en 2021. En los Planes de Acción para la Igualdad de Género, tanto anteriores como actuales, se han incluido medidas para reducir esa brecha.
Grecia dispone de un marco legislativo claro (Ley 3896/2010 en su versión modificada) por el que se establece el principio de igualdad de trato para todas las personas en el empleo tanto del sector público como del privado.
La Ley 4604/2019 introdujo los conceptos de “incorporación de la perspectiva de género” y “presupuestación con perspectiva de género” y contiene artículos específicos sobre la elaboración de Planes de Igualdad por parte de las empresas, el diálogo social y la introducción de Etiquetas de Igualdad y Premios de Género para aquellas empresas que adopten políticas empresariales de igualdad de género (incluida la transparencia salarial).
En los últimos años, los Planes de Acción Nacionales para la Igualdad de Género han incluido medidas encaminadas a aumentar la participación de las mujeres en el mercado laboral y a promover la importancia de reducir la brecha salarial y de pensiones estableciendo un paquete de medidas independiente.
En el marco del proyecto PEGASUS para combatir la brecha de género que afecta a las pensiones en Grecia (2018‑2020), se examinó la cuestión de la brecha de género en las pensiones considerando múltiples aspectos y se formularon propuestas de políticas, las cuales se han incorporado al actual Plan de Acción para la Igualdad de Género. En el sitio web del proyecto se creó un instrumento para calcular las pensiones futuras.
En los cuadros 33 a 40 se presentan, en relación con las mujeres, datos estadísticos sobre la tasa de empleo, la tasa de desempleo, la tasa de actividad y el empleo a tiempo parcial, desglosados por grupos de edad y otros factores.
Entre las medidas adoptadas para reducir el desempleo femenino y favorecer la conciliación de la vida laboral y personal figuran las siguientes (véanse también los apartados 190 a 199 sobre el apoyo a las mujeres y los hombres con responsabilidades parentales):
•En los municipios, el Servicio de Empleo llevó a cabo programas de obras públicas y trabajo de valor social de ocho meses de duración a fin de aumentar la protección de la maternidad (licencias de maternidad especiales, licencias para visitas escolares, reducción de la jornada laboral, etc.), con inclusión del salario mínimo oficial y todas las cotizaciones a la seguridad social exigidas;
•A través de programas de empleo y emprendimiento, el Servicio de Empleo ofreció apoyo a las mujeres desempleadas que son víctimas de la violencia de género (apartado 68).
El Servicio de Empleo realizó programas especiales de empleo público de 12 o 9 meses de duración para hacer frente al desempleo y el subempleo, prestando especial atención a las personas que llevan mucho tiempo desempleadas, la juventud, las mujeres mayores y las madres con hijos menores (2017 y 2018).
Todos los años, desde 2008, hay programas para la conciliación de la vida laboral y personal que ofrecen servicios de guardería a las madres desempleadas, autónomas o empleadas en el sector privado que cumplan unos criterios de bajos ingresos (estos programas están cofinanciados por la UE y apoyan la atención en la primera infancia y las guarderías infantiles).
Por medio de un Programa de Apoyo Financiero para Familias con Niños en Edad Preescolar (Ley 4704/2012) se concede ayuda económica complementaria a las familias con niños en edad preescolar. Este programa incluye a las familias del funcionariado, incluido el de las entidades jurídicas públicas y los organismos de la administración local. También se aumentó el número de beneficiarios del sector privado. El programa está financiado por el Estado y lo ejecuta el Organismo Helénico de Desarrollo Local y Administración Local.
Se dispone de un marco jurídico que cubre las lagunas de regulación que existían previamente en cuanto a los derechos de gestación subrogada y adopción (licencias de maternidad, prestaciones y subsidios por maternidad y protección frente al despido) y que establece también el disfrute de la licencia parental por ambos progenitores (ya sean biológicos, adoptivos o de acogida) alternativamente y con independencia de su situación laboral (Leyes 4342/2015 y 4488/2017).
El proyecto SHARE (período 2020‑2022), cuyo objetivo era abordar los roles de género tradicionales con respecto a la familia y promover la conciliación de la vida laboral y la vida privada, hacía hincapié en los entornos de trabajo de las empresas mediante la creación de capacidad y la sensibilización sobre el papel de los hombres para lograr la conciliación de la vida laboral y personal.
Con la Ley 4722/2020, que se aprobó durante la pandemia, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales pretendía proteger a los grupos vulnerables (mediante el teletrabajo, el cambio de lugar de trabajo, etc.) y determinó que las mujeres embarazadas pertenecen a los grupos vulnerables.
La Ley 4808/2021, por la que se ratifica el Convenio núm. 190 de la OIT, modifica las disposiciones generales del Código Legislativo para la Salud y la Seguridad de los Trabajadores para que incluyan explícitamente la violencia y el acoso en el lugar de trabajo entre los riesgos profesionales que obligan al empleador a adoptar medidas.
En el segundo Boletín de Datos Estadísticos, titulado “Los indicadores de empleo y la población con discapacidad, parte A” y publicado en 2018, el Observatorio sobre Cuestiones de Discapacidad de la Confederación Nacional de Personas con Discapacidad hacía referencia a los datos sobre el acceso de las mujeres con discapacidad al mercado laboral. Según el Boletín, las mujeres con discapacidad se enfrentan a mayores obstáculos y dificultades para acceder al mercado laboral que los hombres con discapacidad, cuando la gravedad de su discapacidad supone una limitación importante para que puedan participar en el mercado laboral. El segundo Boletín de Datos Estadísticos sobre los indicadores de empleo y la población con discapacidad puede consultarse aquí.
La Confederación Nacional de Personas con Discapacidad ha elaborado y publicado una guía de iniciativa empresarial dirigida a los jóvenes y las mujeres con discapacidad, al objeto de proporcionarles información útil sobre los medios de apoyo y financiación existentes para el emprendimiento, los órganos que ofrecen asesoramiento, los programas empresariales, las fuentes de financiación y los trámites básicos que debe seguir una persona para crear su empresa. Esta guía puede consultarse en línea aquí (en griego).
Véase el párrafo 20 sobre los dos proyectos que la Confederación Nacional de Personas con Discapacidad está llevando a cabo en las zonas rurales de Grecia.
La repercusión del embarazo y la discriminación contra las madres y las mujeres embarazadas con respecto a la contratación, el ascenso profesional, las condiciones de empleo, la remuneración y las licencias son cuestiones que el Defensor del Pueblo de Grecia investiga cada año. El Defensor del Pueblo examina, en colaboración con la Inspección de Trabajo, un gran número de controversias laborales en relación con el incumplimiento de la legislación laboral, en particular con la protección del embarazo y la maternidad y respecto a la rescisión del contrato de trabajo o el retraso en los pagos. En muchos casos, las controversias se resolvieron amistosamente, mientras que en otros el Defensor del Pueblo propuso que la Inspección de Trabajo impusiera sanciones administrativas al empleador.
En el sector público, las reclamaciones pertinentes se referían a la pérdida de un puesto, la responsabilidad al reincorporarse tras el permiso de maternidad, la licencia de maternidad en general, denuncias por acoso sexual o por comportamiento sexista/acosador del jefe, o incluso el ejercicio de la violencia por parte de un compañero de trabajo varón. Entre las reclamaciones investigadas por el Defensor del Pueblo de Grecia, en virtud de su mandato especial como organismo de igualdad para promover la igualdad de trato y combatir la discriminación, figuraba la discriminación contra la mujer (véase también el apartado 49).
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales sigue aplicando un programa para la armonización de la vida familiar y profesional que facilita el acceso de los niños en edad preescolar y escolar a estructuras de protección infantil (como por ejemplo, guarderías, centros de día para lactantes y niños, y centros creativos). Con este programa se pretende, entre otras cosas, que las mujeres con bajos ingresos familiares tengan más oportunidades de empleo o puedan conservar el que ya tienen, así como prestarles apoyo para que accedan al trabajo en igualdad de condiciones. Además, se ofrece apoyo complementario a las familias monoparentales.
Otras medidas de apoyo a los progenitores son las prestaciones por hijos a cargo, por nacimiento de un hijo y para zonas montañosas y desfavorecidas que también incluyen a las familias monoparentales, en función de unos criterios específicos.
La prestación por hijos a cargo se introdujo mediante la Ley 4512/2018 (modificada por la Ley 4659/2020) y consiste en una prestación única que sustituye a varias prestaciones concedidas hasta entonces. Se concede a los progenitores o las personas que tienen la custodia de los hijos nacidos en Grecia, dado que viven de forma legal y permanente en el país. La cuantía de la prestación depende del número de hijos a cargo, los ingresos familiares equivalentes y la categoría de ingresos familiares equivalentes. La prestación por hijos a cargo se financia íntegramente mediante los presupuestos del Estado.
La prestación por nacimiento de un hijo se introdujo mediante la Ley 4659/2020. Se trata de una prestación de suma fija de 2.000 euros que se concede por cada hijo nacido en Grecia y se divide en dos plazos iguales de 1.000 euros: el primero se abona el primer mes tras el nacimiento del hijo y el segundo, a los cinco meses. Esta prestación se concede a todas las madres que residan de forma legal y permanente en Grecia, siempre que los ingresos familiares equivalentes sean inferiores a 40.000 euros al año. La prestación por nacimiento de un hijo se financia íntegramente mediante los presupuestos del Estado.
La prestación para zonas montañosas y desfavorecidas se introdujo mediante la Ley 3016/2002 para ayudar a las familias de bajos ingresos que viven en este tipo de zonas remotas. En concreto, el apoyo anual a los ingresos se concede a las familias, incluidas las monoparentales, cuyos miembros viven permanentemente en zonas montañosas y desfavorecidas, del siguiente modo: 600 euros, si los ingresos familiares anuales no superan la cantidad de 3.000 euros, y 300 euros al año, si los ingresos familiares anuales oscilan entre 3.000,01 y 4.700 euros.
En cuanto a las políticas de apoyo a la familia, el trabajo, la conciliación de la vida laboral y personal y el acceso a unos servicios de atención infantil de calidad, la Ley 4808/2021 introdujo, por primera vez, la licencia de paternidad y el marco jurídico de la licencia parental y otras facilidades para progenitores y cuidadores. Esta ley también protege frente al despido a los progenitores que disfruten de la licencia y las modalidades de trabajo flexible para la crianza de sus hijos. En concreto, la nueva ley establece lo siguiente: 1) los padres tienen derecho a una licencia de paternidad (14 días pagados) y están protegidos contra el despido durante seis meses a partir del nacimiento de su hijo, 2) ambos progenitores tienen derecho a una licencia parental de cuatro meses, 3) los progenitores con hijos de hasta 12 años tienen derecho a acuerdos de flexibilidad laboral (por ejemplo, teletrabajo, horario flexible o tiempo parcial), 4) los cuidadores tienen derecho a una licencia de 5 días para atender a un familiar que necesite cuidados, y 5) cada trabajador tiene derecho a ausentarse del trabajo (2 días al año) por asuntos familiares urgentes. Véase también el apartado 21 sobre la Ley 4997/2022.
El programa Niñeras del Barrio (promulgado por la Ley 4837/2021) se creó para apoyar a las madres trabajadoras en el cuidado de sus bebés, de edades comprendidas entre los 2 meses y los 2,5 años, y les facilita el acceso a cuidadoras acreditadas. El programa concede ayuda económica a las madres trabajadoras para cubrir un porcentaje del costo del cuidado de los hijos mediante un vale. Con este programa se pretende, por un lado, apoyar y facilitar que las madres y tutoras, tras tener un hijo, se reintegren plenamente en el mercado laboral y continúen su carrera profesional, y por otro, reducir el trabajo no declarado alentando a las mujeres desempleadas a que trabajen como cuidadoras, habiendo obtenido previamente una certificación.
En 2020, se redujo del 24 % al 13 % el impuesto sobre los artículos para niños menores de 1 año y se aumentó la cantidad exenta de impuestos por cada hijo.
El Sello de Igualdad de Género para empresas (implantado en fase piloto a través del proyecto SHARE) está en consonancia con la Ley 4604/2019, que prevé la elaboración de Planes de Igualdad (apartado 174). Esta iniciativa se ve reforzada por la Ley 4837/2021 de apoyo a la protección social, que prevé un Sello de la Diversidad para aquellas empresas públicas y privadas que apliquen políticas de igualdad de trato y contra la discriminación en el lugar de trabajo.
Mediante el programa de ayuda económica, se concede financiación a las grandes empresas para que creen servicios de atención a la infancia en sus instalaciones (previsto en la Ley 4921/2022) y también se ofrece un subsidio para quienes se dedican al cuidado infantil. Se puede asignar esta financiación a un máximo de 120 empresas de toda Grecia, incluidos los centros comerciales. El presupuesto del programa ronda los 16 millones de euros y comenzó en febrero de 2023.
El proyecto Conciencia de la Diversidad, orientado a integrar una cultura de apertura y adaptabilidad a la diversidad, alienta a las organizaciones a que contraten ejecutivos pertenecientes a grupos vulnerables y, de esta forma, promuevan una actitud extrovertida e innovadora en torno a la gobernanza y el espíritu empresarial. Tiene como objetivo impartir formación sobre cuestiones de diversidad a 1.600.000 empleados para finales de 2024, dando prioridad al personal que ocupe puestos administrativos y de dirección. El presupuesto ronda los 47 millones de euros.
También cabe mencionar la labor de las ONG en los programas de fomento del trabajo.
Párrafo 16
Mediante la Ley 4387/2016 relativa a la seguridad social, el Fondo Nacional de Seguridad Social (eEFKA) se convierte en el fondo único de seguro social en Grecia y unifica todos los fondos de seguridad social anteriores. Según esa misma ley, las pensiones de jubilación se conceden a través de un sistema público en el que la pensión se compone de la pensión nacional y una pensión contributiva vinculada a los ingresos. La pensión nacional se financia directamente con cargo a los presupuestos del Estado. La pensión contributiva depende de los años de seguro y de las cotizaciones abonadas desde el año 2002 hasta la solicitud de la pensión. Se calcula que la supresión del impuesto especial de contribución solidaria aplicable a todas las rentas (Ley 4972/2022) y la subida del 7,75 % de las pensiones a partir del 1 de enero de 2023 beneficiarán a un número considerable de pensionistas.
Conforme a lo dispuesto en la Ley 4336/2015, la edad de jubilación general es de 67 años tanto para los hombres como para las mujeres que tengan al menos 15 años de seguro (4.500 días de trabajo), mientras que las personas aseguradas durante 40 años pueden jubilarse a la edad de 62 años. Para obtener la pensión mínima de jubilación, es necesario haber cotizado al seguro durante 15 años. A los 62 años, tanto los hombres como las mujeres pueden percibir una pensión reducida a razón de 1/200 hasta alcanzar la edad requerida para la pensión completa (67 años). Una pensión por vejez reducida nunca puede convertirse en una pensión completa. Se prevén distintas condiciones (pensiones reducidas anticipadas) para las personas que trabajan en ocupaciones penosas o insalubres y los cuidadores de niños con discapacidad.
Las pensiones por discapacidad también se componen de una parte nacional y otra contributiva. La cuantía de la pensión nacional se fija en 384 euros al mes durante al menos 20 años de seguro. Pero esta cuantía se reduce aún más en función del grado de discapacidad (grave, parcial o normal). En cambio, la pensión contributiva depende de los años de seguro y de las cotizaciones abonadas desde el año 2002 hasta la solicitud de la pensión. La causa de la discapacidad determina el derecho a la pensión siempre que el grado de discapacidad sea superior al 67 % (por enfermedad común, accidente de trabajo, enfermedad profesional o accidente no laboral). Son los Comités de Salud del Centro de Certificación de la Discapacidad quienes se encargan de determinar el grado de discapacidad de una persona para que pueda percibir una pensión por discapacidad.
Con respecto a las medidas adoptadas para garantizar el acceso de los grupos marginados de mujeres al empleo formal, el Plan de Acción para la Igualdad de Género 2016‑2020 incluía medidas específicas sobre los grupos desfavorecidos de mujeres en materia de inclusión social y empleo. Igualmente, el Plan de Acción 2021‑2025 tiene en cuenta las necesidades de los grupos marginados de mujeres en relación con el empleo.
Párrafo 17
El Ministerio de Salud ha implementado durante los últimos cinco años las siguientes medidas dirigidas específicamente a mejorar la salud sexual, reproductiva y general de las mujeres: en el contexto de la Estrategia Nacional de Salud Pública, promulgada por la Ley 4675/2020, y en el ámbito de la prevención secundaria, el Programa Nacional de Tamizaje incluye iniciativas preventivas como, por ejemplo, las pruebas diagnósticas para la detección precoz del cáncer de cuello uterino y el cáncer de mama. La vacunación contra el papilomavirus humano se realiza de forma gratuita a través del Programa Nacional de Vacunación para niños y adolescentes. Para la detección precoz del cáncer de cuello uterino, se realizan pruebas de Papanicolau a todas las mujeres de forma anual y para la detección del papilomavirus humano de alto riesgo, pruebas de ADN cada cinco años desde los 21 años de edad hasta los 60. También se organizan pruebas de diagnóstico para las mujeres con la colaboración de algunas ONG. La Ley 5043/2023 (art. 96) extiende el derecho a un día de licencia retribuida para revisión ginecológica a las mujeres que trabajan en el sector privado.
En cuanto a las medidas y los programas de educación sexual, véase el párrafo 14.
La tasa de cesáreas realizadas en los hospitales públicos y privados de Grecia sigue siendo elevada, como se observa en el cuadro siguiente:
|
Hospital de maternidad |
2020 |
2021 |
2022 |
Total |
|
Público |
18 126 |
17 544 |
9 676 |
45 346 |
|
Privado |
24 353 |
27 466 |
24 490 |
76 309 |
|
Total |
42 479 |
45 010 |
34 166 |
121 655 |
Fuente: Ministerio de Salud
En 2021, el 52,7 % del total de partos en Grecia se realizó por cesárea, lo que significa que aproximadamente cinco de cada diez mujeres dan a luz mediante esta intervención. El Ministerio de Salud griego es consciente de la situación e intenta corregirla.
La Ley 4486/2017 sobre la reforma de la atención primaria de la salud contempla medidas a favor de la salud ginecológica y obstétrica y promueve la labor de las parteras mediante la creación de una red de parteras.
La Sociedad Helénica de Obstetricia y Ginecología publica periódicamente guías clínicas sobre cuestiones de salud obstétrica y ginecológica para mantener informados a los médicos y profesionales. La Directiva núm. 44 (marzo de 2021) incluye recomendaciones sobre la práctica de partos vaginales tras una cesárea. Más concretamente, se proponen unos criterios temporales con base empírica para el parto vaginal a fin de reducir la incidencia de la primera cesárea y se ofrecen recomendaciones detalladas para la preparación preoperatoria, los tiempos de operación y el manejo perioperatorio de las embarazadas. Además, dicha Sociedad se encarga de organizar seminarios y conferencias para la formación de médicos y el intercambio de buenas prácticas en materia de obstetricia y ginecología.
Algunas ONG también han llevado a cabo campañas de sensibilización para promover el parto natural.
Párrafo 18
El Código Penal introduce importantes modificaciones en el procedimiento de interrupción del embarazo, así como en lo relativo a los daños físicos que puedan sufrir el feto o el recién nacido y la mujer parturienta. La ley prolonga el límite de interrupción del embarazo por enfermedad grave del feto o la embarazada hasta después de la 24ª semana de gestación. La ampliación del límite legal para interrumpir el embarazo por enfermedad grave del feto o la embarazada más allá de la 24ª semana de gestación constituye un avance positivo, ya que en el tercer trimestre de embarazo puede aparecer un porcentaje pequeño pero significativo de anomalías fetales o complicaciones del embarazo. Por lo tanto, la nueva disposición refuerza el derecho humano de la mujer embarazada a decidir si interrumpe el embarazo, lo cual puede hacerse en condiciones de seguridad en una institución de enfermería autorizada. Estos son los datos sobre el número de abortos:
|
Hospital de maternidad |
2020 |
2021 |
2022 |
Total |
|
Público |
4 223 |
3 822 |
2 425 |
10 480 |
|
Privado |
11 923 |
12 380 |
11 829 |
36 132 |
|
Total |
16 156 |
16 202 |
14 254 |
46 612 |
Fuente: Ministerio de Salud
Entre los objetivos estratégicos del Ministerio de Salud para el período de 2021 a 2023 figura la mejora de la atención perinatal. Para garantizar la atención a la infancia y la autonomía de la mujer, el Ministerio ha emitido decisiones sobre las siguientes cuestiones: a) establecer el consentimiento por escrito de la madre para el suministro de leche materna al recién nacido en los hospitales y las maternidades, y b) fijar las condiciones de reconocimiento, los procedimientos de desarrollo, los criterios, los indicadores, el proceso de evaluación y la supervisión a los que deben someterse los hospitales amigos del niño. También ha publicado una circular en la que informa sobre las recomendaciones nutricionales relativas a las mujeres durante su edad reproductiva, el embarazo, la lactancia y la menopausia. Además, en los últimos años se han publicado varias decisiones ministeriales conjuntas, circulares y materiales informativos y educativos con el fin de aumentar las tasas de lactancia materna y mejorar la dieta nutricional ofrecida a los lactantes y los niños pequeños en las guarderías y los centros de enseñanza preescolar tanto públicos como privados. Algunas ONG también han llevado a cabo iniciativas de apoyo a las mujeres embarazadas.
La Ley 4554/2018 establece un proceso para la identificación de las madres que no puedan acreditar su identidad ni el registro de sus hijos, lo que permitirá que la mujer parturienta sea admitida en el hospital sin documentos de identidad, únicamente con los datos que ella misma declare.
Párrafo 19
En los últimos años, Grecia ha sufrido una grave crisis económica y migratoria o de refugiados, seguida de la pandemia de COVID‑19, lo cual agravó algunos efectos negativos en las mujeres. A fin de prestar asistencia a las mujeres que se han visto afectadas por las crisis de forma desproporcionada, los Planes de Acción para la Igualdad de Género han incluido desde 2016 medidas para paliar estos efectos. Además, se ha tenido debidamente en cuenta a las mujeres pertenecientes a grupos sociales vulnerables que se enfrentan a la discriminación múltiple (madres solas, mujeres refugiadas y solicitantes de asilo, mujeres mayores, mujeres con discapacidad, mujeres romaníes, etc.).
Con el propósito de mejorar el empoderamiento económico de las mujeres, los dos Planes de Acción para la Igualdad de Género que se han aplicado desde 2016 han incluido medidas de apoyo a las mujeres empresarias.
En Grecia, los microcréditos se introdujeron por primera vez en 2014 por medio de Action Finance Initiative, sociedad de derecho civil sin fines de lucro cuyo objetivo es financiar a las personas emprendedoras que no tienen acceso al crédito de los bancos convencionales. Action Finance Initiative ofrece acceso a microcréditos de hasta 12.500 euros con la ayuda de asociados bancarios. Durante el período de 2014 a 2021, se distribuyeron 543 microcréditos, la empleabilidad femenina (puestos de trabajo creados que están ocupados por mujeres) ronda el 55 %, y el 42 % de sus clientes son mujeres (emprendimiento femenino).
En el marco de un proyecto del Banco Europeo de Inversiones, los principales bancos griegos han concedido préstamos por valor de unos 550 millones de euros para nuevas inversiones empresariales, incluida la financiación específica para empresas de todo el país que contribuyan de forma activa al empleo juvenil y el empoderamiento de la mujer en el lugar de trabajo. Esta iniciativa de financiación representa la primera medida de apoyo específica del Banco Europeo de Inversiones para Grecia destinada a empresas que favorecen el emprendimiento y el liderazgo empresarial de las mujeres y contribuyen a que estas consigan un mayor empoderamiento profesional.
La Ley 4701/2020 relativa a la concesión de microcréditos introduce una nueva entidad no bancaria pero sujeta a regulación, las Instituciones de Microcrédito, y ofrece la posibilidad de obtener capital hasta un importe total de 25.000 euros. Los prestatarios admisibles pueden ser microentidades y particulares interesados en crear una microentidad que ejerzan una actividad empresarial privada o que pertenezcan a un grupo socialmente vulnerable.
El Instituto de la Confederación de Profesionales, Artesanos y Comerciantes de Grecia, tras haber integrado la perspectiva de género en todas sus medidas e iniciativas, sigue produciendo y publicando en su sitio web estudios y textos científicos relevantes sobre cuestiones de igualdad de género y la lucha contra la discriminación (por ejemplo, la lucha contra la brecha salarial entre hombres y mujeres, la brecha digital como factor de desigualdad de género, la conciliación de la vida laboral y personal y la situación de las mujeres empresarias y autónomas, etc.). También participa en la ejecución de proyectos similares firmando memorandos de cooperación con las partes interesadas pertinentes, como la Secretaría General en el marco del proyecto SHARE sobre la conciliación de la vida laboral y personal.
Algunas ONG también emprenden iniciativas de capacitación para las mujeres empresarias.
Las mujeres mayores constituyen uno de los grupos destinatarios de los Planes de Acción para la Igualdad de Género desde 2016. En Grecia, durante el período de 2013 a 2016, debido al impacto de género de la crisis económica, era de urgente necesidad incluir la igualdad de género de una manera más concreta y directa en todos los planes políticos y económicos del Gobierno con el fin de invertir los efectos negativos de la crisis, pero también de abrir nuevas perspectivas de desarrollo para el conjunto de la sociedad al mismo tiempo que se reducía la pobreza. En los datos registrados en 2020 sobre los niveles de pobreza que afectan a las mujeres, no hay diferencias significativas entre las mujeres y los hombres en activo (mujeres, 33,1 %; hombres, 30,7 %), mientras que en el caso de las personas mayores (65+), la diferencia es notable (mujeres, 22,9 %; hombres, 16,3 %). Los datos relativos al índice de personas en riesgo de pobreza de 2016 a 2021 figuran en el cuadro 41.
Muestra de la atención que presta la Secretaría General a las mujeres vulnerables fue la creación en 2017 del Departamento de Protección Social y Lucha contra la Discriminación Múltiple, que es una dependencia orgánica especial dentro de la Secretaría General. Este Departamento se encarga, entre otras cosas, de elaborar y promover medidas para abordar la discriminación de género a la que se enfrentan las personas pertenecientes a grupos sociales vulnerables (las familias monoparentales, las mujeres migrantes, refugiadas, romaníes o mayores, etc.) con vistas a su inclusión y la cohesión social.
Párrafo 20
En 2016, las mujeres representaban el 34,8 % de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, lo que indica una ligera tendencia al alza. En el mismo período, al parecer, eran propietarias del 66,3 % de todas las tierras registradas.
Ese mismo año, la Secretaría General y el Ministerio de Desarrollo Rural y Alimentación firmaron un protocolo de cooperación orientado a mejorar la situación de las mujeres en las zonas rurales. Como resultado, la Secretaría General se ha inscrito en la Red Rural Nacional y ha presentado propuestas concretas en favor de la mujer rural que se han incorporado a la ley de cooperativas agrarias aprobada. Se organizaron actividades publicitarias y una campaña de sensibilización sobre la situación de las mujeres rurales. En un estudio acerca de las agricultoras griegas, publicado en 2017, se indicaban las percepciones de género predominantes en relación con las agricultoras, se recogían los obstáculos y las dificultades que estas afrontan y se formulaban propuestas para aumentar la participación de la mujer en la economía rural.
La Ley 4763/2020 sobre las cooperativas agrícolas de mujeres ofrece la posibilidad de establecer medidas positivas para ellas (por ejemplo, información, creación de redes, promoción e intercambio de conocimientos especializados y buenas prácticas).
Respecto a la cuestión 20 b), véase la respuesta al párrafo 23.
Párrafo 21
La Ley 4443/2016 introduce el concepto de “discriminación múltiple” en el marco legislativo griego. El Plan de Acción para la Igualdad de Género 2016‑2020 dedicó su primer eje temático a la “Inclusión social e igualdad de trato de las mujeres que sufren discriminación múltiple”. En 2017 se creó, dentro de la Secretaría General, el Departamento de Protección Social y Lucha contra la Discriminación Múltiple. En este contexto, el grupo destinatario de las estructuras de la Red para mujeres víctimas de violencia se ha ampliado para incluir a las mujeres que se enfrentan a la discriminación múltiple y brindarles apoyo psicosocial y asesoramiento laboral y jurídico.
El empoderamiento de los grupos sociales vulnerables y su participación en la vida social, económica, política y cultural se encuentran entre los principales objetivos del Plan de Acción Nacional contra el Racismo y la Intolerancia 2020‑2023, mientras que los beneficiarios de la protección internacional, los migrantes, la comunidad romaní y las personas con discapacidad o enfermedades crónicas constituyen grupos destinatarios de medidas de apoyo específicas en todos sus ejes prioritarios. En enero de 2022, el Ministerio de Migración y Asilo también aprobó la Estrategia Nacional para la Inclusión, que incluye iniciativas sobre las mujeres y las personas con discapacidad.
Párrafo 21 a)
Con arreglo a la Ley 4939/2022 sobre la protección internacional y temporal (en sustitución de la Ley 4636/2019), el personal de los centros de recepción, cuando se encarga de tramitar los casos de las personas refugiadas y solicitantes de asilo, tiene en cuenta las cuestiones de género.
En cuanto a la protección de las mujeres migrantes en riesgo de convertirse en víctimas de la violencia, véase la respuesta al párrafo 9.
La Jefatura de Policía de Grecia respeta estrictamente el principio de no devolución; se han dado las órdenes e instrucciones oportunas a todos los servicios competentes de la Policía de Grecia para que respeten los derechos humanos y la dignidad de todas las personas migrantes que entren en el país. El Ministerio de Protección Ciudadana declara que ningún ciudadano extranjero que solicite protección internacional será repatriado hasta que se haya examinado su solicitud personal. Con el fin de garantizar plenamente el principio de no devolución, el personal experto de la Oficina del Defensor del Pueblo coopera con la Policía para llevar a cabo inspecciones externas de las operaciones de readmisión previstas conforme a la Declaración UE‑Turquía de marzo de 2016. En concreto, visitan los centros de detención previos a la expulsión, supervisan los expedientes de servicio, hablan con los extranjeros que regresan y vigilan todo el proceso con vistas a garantizar sus derechos hasta que sean devueltos a las autoridades turcas.
En lo referente a las medidas sobre la dimensión de género de la condición de refugiado, la Ley 4939/2022 establece el marco general. En ella se dispone que las mujeres solicitantes de asilo se alojarán separadas de los hombres, a menos que estos últimos sean miembros de la familia. Durante el embarazo y los tres meses posteriores al parto, las mujeres recibirán alojamiento en instalaciones adecuadas.
El Servicio de Recepción e Identificación coopera estrechamente con la Policía de Grecia, tanto a nivel central como regional, para evitar la detención de las mujeres solicitantes de asilo. En las instalaciones y estructuras de alojamiento del Servicio, se proporciona alojamiento a las mujeres cuando pueden aplicarse medidas no privativas de la libertad, al tiempo que se vigila la situación de las residentes vulnerables que no dispongan de la documentación legal necesaria pero para quienes se haya dictado una resolución que suspenda su expulsión.
En los centros de recepción se procura especialmente proteger y apoyar a las niñas no acompañadas, así como a las mujeres que encabezan familias monoparentales o las mujeres con algún tipo de vulnerabilidad. Las mujeres solas permanecen en zonas separadas y protegidas, dentro de los centros o las estructuras correspondientes. Todas las estructuras ofrecen zonas protegidas separadas para las actividades de recreo o apoyo de las mujeres (espacios seguros para mujeres y zonas para madres y bebés). También se presta especial atención al traslado de mujeres (sobre todo las vulnerables y las que han sufrido violencia de género) desde las islas hasta estructuras apropiadas en la península para ofrecerles unas condiciones de acogida adecuadas.
Las mujeres embarazadas, las víctimas de la trata de personas, las familias monoparentales con hijos menores, las personas que han sido objeto de tortura, violación u otras formas graves de violencia psicológica, física o sexual, como las víctimas de mutilación genital, se encuentran en la categoría de “vulnerables” y reciben acceso a medidas especiales de protección. El Servicio de Recepción e Identificación ha designado puntos focales que se ocupan de las vulnerabilidades y hacen un seguimiento de los casos de mujeres que requieren atención especial por sus características de vulnerabilidad.
Cuando se solicita protección internacional, el género se tiene en cuenta a lo largo de todo el procedimiento (por ejemplo, durante el examen médico, la remisión al lugar de alojamiento y la realización de la entrevista). La entrevista es privada y, cuando se trata de una mujer, la realiza una empleada, en presencia de una intérprete si así se solicita. En los casos de persecución por motivos de género, orientación sexual o identidad de género o edad, se dictará una resolución aparte para la persona afectada —y no una común para todos los miembros de una familia— con el fin de evitar que se revele la situación particular de la persona solicitante.
El personal de los centros de recepción e identificación y las estructuras de acogida provisional recibe formación específica sobre las cuestiones de igualdad de género y la violencia de género y coopera con diversas partes interesadas a nivel local para promover medidas en beneficio de las mujeres. Algunos ejemplos son: informar a los nacionales de terceros países sobre sus derechos, incluidas las cuestiones relacionadas con la violencia de género, ofrecer examen médico y apoyo psicosocial por parte de personal especializado, establecer grupos de empoderamiento y grupos de actividades para mujeres y realizar actividades de sensibilización con respecto a la igualdad de género, todo ello a disposición de todas las personas que residan en las instalaciones.
Las mujeres adultas pueden participar en programas de formación e integración para facilitar su acceso al mercado laboral, así como en los programas de aptitudes fundamentales que se organizan dentro de las estructuras de alojamiento y los centros de recepción. Ejemplos de ello son las iniciativas puestas en marcha en las estructuras de Volos y Koutsochero y la estructura de Pyrgos, donde se acoge principalmente a familias monoparentales.
Mediante el programa ESTIA de apoyo de emergencia a la integración y el alojamiento se proporcionaba alojamiento y asistencia en efectivo. El plan de alojamiento ofrecía viviendas en zonas urbanas, apoyo integral adaptado a las necesidades específicas de las personas y, al mismo tiempo, fomentaba la comunicación con las comunidades locales. Se beneficiaron del plan de alojamiento un total de 73.000 solicitantes de asilo, la mitad de ellos mujeres. En 2020, el componente de alojamiento del programa ESTIA se transfirió al Ministerio de Migración y Asilo, al igual que el plan de asistencia en efectivo.
Desde 2019, en colaboración con las autoridades griegas y las organizaciones de la sociedad civil, se viene implementando HELIOS, que es un proyecto de apoyo a la integración de los beneficiarios de protección internacional en Grecia con el que se pretende mejorar la situación de estas personas en el país. Este proyecto se centra en cinco esferas de integración e incluye cursos de integración, ayuda para el alojamiento, apoyo a la empleabilidad, seguimiento de la integración y sensibilización de las comunidades locales. Entre julio de 2019 y julio de 2020, en el proyecto HELIOS se inscribieron 12.519 personas beneficiarias, de las cuales el 45 % eran mujeres y el 55 %, hombres.
Las organizaciones de la sociedad civil desempeñan un papel importante en la gestión de las necesidades de los solicitantes de asilo o beneficiarios de protección internacional. Sus actuaciones se extienden a todos los sectores (vivienda, necesidades básicas, salud, educación, apoyo psicosocial, asistencia jurídica y empleo).
La Ley 4939/2022 establece el derecho y la obligación de las personas, tanto menores como adultas, a formar parte de la educación primaria y secundaria obligatoria. Se han creado Anexos Escolares de Recepción para la Educación de Refugiados en las escuelas públicas de educación primaria y secundaria de los distritos donde existen centros de recepción y alojamiento. El plan de estudios incluye cursos de lengua griega, matemáticas, lenguas extranjeras, informática, educación física y arte, además del apoyo de psicólogos. La educación preescolar se imparte dentro de los centros de alojamiento en instalaciones especializadas. Los niños refugiados que viven en programas de residencia en entornos urbanos han asistido con regularidad a las clases matinales de las escuelas locales, con el apoyo de las clases de recepción, que funcionan en las zonas de prioridad educativa.
Según la Ley 4638/2016, los migrantes y los solicitantes y beneficiarios de protección internacional tienen derecho a acceder de forma gratuita a los centros sanitarios públicos y a recibir atención médica y de enfermería. En particular, a los solicitantes de asilo se les facilita un número temporal de seguro y asistencia sanitaria para que puedan disfrutar de dichas prestaciones.
Párrafo 21 b)
La Secretaría General para la Integración Social de la Comunidad Romaní del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (creada en virtud de la Ley 4430/2016) se encargaba de formular directrices para cada ámbito de políticas relativo a la integración social de la población romaní. En 2019, sus competencias se traspasaron a la Secretaría General de Solidaridad Social y Lucha contra la Pobreza del mismo Ministerio.
Esta Secretaría, como punto de contacto nacional de la UE para las cuestiones relacionadas con los romaníes, ejecuta proyectos orientados a la integración de la población romaní: i) el proyecto Romplat 2019, que comenzó en julio de 2020 con una duración de 12 meses e incluyó cursos de formación en Atenas, Patras y Tesalónica con la participación de romaníes, el personal de las sucursales romaníes de los centros comunitarios y otras partes interesadas para abordar el abandono escolar, el matrimonio precoz, el empoderamiento y la motivación a favor de la participación igualitaria en la sociedad. ii) el proyecto Plataforma Romaní 2020, que consistía en la formación de 20 jóvenes científicos romaníes y la financiación de dos de ellos para realizar prácticas en la Secretaría General durante seis meses en el contexto del seguimiento, la planificación y la ejecución de las medidas que integran la nueva Estrategia Nacional para la Inclusión Social de la Población Romaní (2021‑2027). Este programa pretende garantizar el equilibrio de género con el fin de empoderar a los beneficiarios e implicarlos en la vida pública y la toma de decisiones. Por último, aumentar la participación política y pública de la comunidad romaní es el objetivo del proyecto Escuela Política Romaní, puesto en marcha por la Asociación de Mujeres Romaníes de Dendropotamos en septiembre de 2021.
La anterior Estrategia Nacional para la Inclusión Social de la Población Romaní 2011‑2020 y el Plan de Acción 2017‑2021 se basaban en cuatro pilares: la vivienda, la salud, el empleo y la educación (afrontar el abandono escolar prestando especial atención a las niñas romaníes, etc.). La nueva Estrategia Nacional para la Inclusión Social de la Población Romaní para el período 2021‑2030 incluye medidas encaminadas a luchar contra la discriminación, prevenir y combatir la pobreza y la exclusión social, empoderar a la comunidad romaní y aumentar su participación en la vida social, económica y política. En este contexto, se hace hincapié en los ámbitos de la vivienda, el empleo, la educación y la salud, teniendo en cuenta la dimensión de género de forma transversal.
Según los mapas trazados recientemente, 3.916 mujeres romaníes viven en asentamientos (el 57,7 % del total de la población romaní vive en asentamientos). En el Plan de Acción para la Inclusión Social de la Población Romaní 2017‑2021 se incluyeron varias medidas para promover la vivienda y las condiciones de vida de los romaníes: reubicarlos de manera provisional en instalaciones organizadas, mejorar sus condiciones de vida, sobre todo en materia de infraestructura higiénica, y las condiciones ambientales, desarrollar infraestructuras básicas (las medidas mencionadas se han concretado en la Ley 4483/2017) y establecer un subsidio de alquiler.
En 2020 se puso en marcha el programa Integración e Inclusión Social de la Población Romaní, una de cuyas medidas principales fue la reubicación de un asentamiento romaní específico. Este proyecto piloto de vivienda incluía medidas integradas de vivienda, educación, salud, empleo y empoderamiento. Entre los beneficiarios también figuran las mujeres romaníes. El proyecto incluye pequeñas subvenciones para el empoderamiento de los jóvenes y las mujeres romaníes.
La información sobre las cuestiones de género y los derechos humanos forma parte de la capacitación y educación de los agentes de policía. En el marco del programa JUSTROM, los agentes de policía han recibido formación sobre cuestiones relativas a la no discriminación, el género y la población romaní.
Párrafo 21 c)
La Ley 4488/2017 establece las disposiciones por las que se rige la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y designa al Ministro de Estado como órgano coordinador de su aplicación. La adopción del concepto de “discriminación múltiple” mediante la Ley 4443/2016 y la Ley 5023/2023 (apartado 28) ha mejorado el marco jurídico de protección de las mujeres con discapacidad.
El Plan de Acción Nacional para los Derechos de las Personas con Discapacidad, publicado en 2020, incluye medidas relacionadas con la integración horizontal de la dimensión de la discapacidad en todas las políticas. La mayoría de estas medidas están vinculadas al Plan de Acción para la Igualdad de Género 2021‑2025. En este sentido, en 2021 se firmó un protocolo de cooperación entre la Secretaría General y la Confederación Nacional de Personas con Discapacidad. En colaboración con el Centro de Investigación para la Igualdad de Género, se ha llevado a cabo una investigación sobre la situación de las mujeres con discapacidad y las necesidades de los progenitores y tutores de niños con discapacidad, especialmente desde la perspectiva de la conciliación de la vida laboral y personal.
En cuanto a la educación de las niñas y mujeres con discapacidad, véase el párrafo 14.
Según los datos de 2018, la tasa de empleo de las mujeres con discapacidad (26,7 %) es muy inferior a la de las mujeres sin discapacidad (50 %) y a la de los hombres con discapacidad (36,1 %), mientras que ocurre lo contrario con la tasa de desempleo (35,3 %, 26,3 % y 30,6 %, respectivamente). Las desigualdades convergentes quedan de manifiesto en la proporción de mujeres con discapacidad que forman parte de la población económicamente activa, la cual alcanza el 41,3 % del total de mujeres con discapacidad. Para fomentar la participación de las mujeres con discapacidad en el mercado laboral, estas pueden beneficiarse de las medidas dirigidas a las personas con discapacidad (por ejemplo, los planes de subsidios de empleo y las cuotas de contratación en el sector público).
De especial importancia es la cuestión de los refugiados o solicitantes de asilo con discapacidad y así se refleja en el Plan de Acción Nacional para los Derechos de las Personas con Discapacidad y en el protocolo de cooperación mencionado anteriormente. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el de Migración y Asilo han firmado un memorando de cooperación para aplicar un programa de empleo dirigido a las personas con discapacidad que sean beneficiarias de la protección internacional, tanto mujeres como hombres.
La Confederación Nacional de Personas con Discapacidad ha elaborado y publicado una guía de iniciativa empresarial dirigida a los jóvenes y las mujeres con discapacidad a fin de proporcionarles información útil sobre los medios de apoyo y financiación existentes para el emprendimiento, los órganos que ofrecen asesoramiento, los programas empresariales, las fuentes de financiación y los trámites básicos que debe seguir una persona para crear su empresa. Esta guía puede consultarse en línea aquí (en griego).
Las mujeres con discapacidad, al igual que todas las personas con discapacidad, tienen derecho a presentar una reclamación ante el Defensor del Pueblo y el Comité Especial para la Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad Psicosocial, cuando se enfrenten a obstáculos para acceder a la justicia.
Las mujeres con discapacidad también se encontraban entre las personas beneficiarias de la Red de Estructuras de la Secretaría General para combatir la violencia contra las mujeres en el período de programación de 2014 a 2020. Todas las estructuras deben ser accesibles para las personas con discapacidad. Durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 y el 22 de mayo de 2019, 172 mujeres con discapacidad recibieron apoyo de la Red (el 6,8 % del total de beneficiarias). Desde 2016, los Planes de Acción para la Igualdad de Género subrayan la importancia de combatir la violencia de género contra las mujeres con discapacidad mediante iniciativas de información y capacitación para las mujeres, la formación de profesionales y el refuerzo de los servicios prestados, mientras que el actual Plan de Acción prevé la modificación del marco jurídico y regulatorio sobre el aborto y la esterilización respecto a las mujeres con discapacidad que tengan representación judicial.
Las mujeres con discapacidad se enfrentan a un mayor riesgo de pobreza o exclusión social que los hombres con discapacidad y las mujeres sin discapacidad. Por lo tanto, pueden acogerse a todas las medidas de lucha contra la pobreza (por ejemplo, el ingreso mínimo garantizado y las prestaciones por discapacidad).
En 2019, una Decisión Ministerial Conjunta estableció el marco institucional para el funcionamiento de las viviendas protegidas que van destinadas a personas con discapacidad mayores de 18 años. Las viviendas protegidas contribuyen a la desinstitucionalización y fomentan la vida independiente de las mujeres y los hombres con discapacidad. En este sentido, mediante la Ley 4837/2021 se introdujo la figura del asistente personal para personas con discapacidad, medida que oficialmente empezará a aplicarse en fase piloto para 2.000 personas en abril de 2023.
Párrafo 22
La legislación griega y todos los programas relativos a los derechos de la mujer se aplican por igual y sin excepción en Tracia, donde reside la minoría musulmana. LaLey 4964/2022 sobre la mejora y modernización de la institución que representan las jurisdicciones de los muftíes en Tracia prevé una participación equilibrada de hombres y mujeres en el proceso de selección de los muftíes. Además, las tres jurisdicciones de los muftíes —en las ciudades de Xanthi, Komotini y Didimotiho—, con arreglo a dicha ley, ofrecen a los musulmanes griegos residentes en Tracia la posibilidad de regular, de forma voluntaria, sus asuntos familiares y sucesorios conforme a determinadas disposiciones de la ley islámica. Por lo tanto, las cuestiones del derecho de familia relativas a los miembros de la minoría musulmana de Tracia se rigen por las disposiciones del derecho civil común y solo excepcionalmente son competencia de los muftíes, siempre que ambas partes acuerden someter el caso a su jurisdicción.
Las cuestiones sucesorias también se rigen por las disposiciones del Código Civil, a menos que el testador redacte una declaración de últimas voluntades en la que exprese su deseo de someter su sucesión a la ley islámica.
Las sentencias de los muftíes no son ejecutables a menos que así lo declaren los tribunales civiles locales. Estos últimos examinarán, en primer lugar, si la sentencia es competencia de los muftíes y, en segundo lugar, si las disposiciones aplicadas contravienen la Constitución griega, en especial el artículo 4 2), y el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en su sentencia en el asunto Molla Sali c. Grecia, dictada el 19 de diciembre de 2018, consideró que la aplicación obligatoria de la ley islámica a las cuestiones mencionadas constituía una violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos y constató con satisfacción que el 15 de enero de 2018 había entrado en vigor la ley que suprimía la normativa especial por la que se imponía el recurso a la sharía para resolver los asuntos de derecho de familia en el seno de la minoría musulmana. El recurso a un muftí en cuestiones de matrimonio, divorcio o sucesión ahora solo es posible mediante el acuerdo de las partes interesadas.
El Decreto Presidencial 52/2019 establece todas las normas de procedimiento necesarias sobre: i) la vista del caso ante el muftí, ii) la emisión de las sentencias del muftí, iii) el procedimiento de presentar una demanda y notificar a la otra parte, iv) la representación legal y v) cuestiones operacionales relativas a la Dirección competente de las jurisdicciones de los muftíes. El mismo Decreto Presidencial armoniza las condiciones requeridas para contraer matrimonio ante el muftí con las disposiciones generales del Código Civil.
En Grecia no se practica la poligamia. Según el Código Civil, la existencia de un matrimonio válido impide que pueda celebrarse otro. En virtud del Código Penal, la bigamia se castiga como delito. Se han modificado los procedimientos pertinentes del derecho civil y penal para que también contemplen la unión de hecho introducida en la legislación griega en 2015. Las disposiciones mencionadas se aplican a todas las personas sometidas a la jurisdicción griega, sin excepción alguna. En cuanto a los nacionales de terceros países, si el reagrupante ya vive con una esposa en Grecia, no se permite su reagrupación familiar con otra esposa. No se permite la reagrupación familiar de los hijos menores del reagrupante procedentes de otra esposa, salvo en los casos en que se haya concedido al reagrupante la custodia legal.
La legislación griega (derecho de familia y sucesiones) reconoce tres formas de relación entre parejas: el matrimonio, solo entre personas de sexo opuesto; la unión registrada, entre personas de sexo opuesto o del mismo sexo; y la unión de hecho o convivencial, entre personas de sexo opuesto o del mismo sexo.
Las disposiciones relativas a los efectos jurídicos del matrimonio se aplican solo a las parejas registradas (Ley 3719/2008 sobre contratos de convivencia para parejas heterosexuales y Ley 4356/2015 sobre contratos de convivencia tanto para personas del mismo sexo como de sexo opuesto), mientras que la unión de hecho o convivencial no está sujeta hasta la fecha a ninguna disposición jurídica en particular.
La unión de hecho —convivencia fuera del matrimonio y la unión registrada— no está definida legalmente como forma de unión familiar en Grecia y no conlleva derechos de sucesión. Sin embargo, algunos derechos familiares se extienden también, ex lege, a las uniones de hecho. El Código Civil establece que las cuestiones relativas a los bienes adquiridos con posterioridad al inicio de la convivencia se tratan con arreglo a las disposiciones generales sobre el enriquecimiento injustificado (arts. 5 y 6 de la Ley 4356/2015).
El régimen económico matrimonial por defecto es la separación de bienes, mientras que los cónyuges pueden acordar por contrato la sociedad de gananciales. En caso de fallecimiento de uno de los cónyuges, la disolución de la comunión de bienes tiene lugar antes del procedimiento sucesorio. Las disposiciones que regulan el régimen matrimonial y las sucesiones también se aplican a las uniones registradas. Con arreglo al régimen matrimonial legal (por defecto), en caso de disolución (por divorcio o fallecimiento), anulación o separación de un matrimonio que haya durado más de tres años, si se ha producido un aumento de los bienes de uno de los cónyuges desde que se celebró el matrimonio, el otro cónyuge tiene derecho a reclamar el aumento que se deba a su contribución, siempre que haya contribuido a dicho aumento.
Mediante la Ley 4800/2021 sobre el derecho de familia, cuya última revisión sustantiva data de 1983, se reformaron las relaciones entre los progenitores y sus hijos una vez que finaliza la convivencia, se produce el divorcio, se anula el matrimonio o se disuelve el contrato de convivencia. La finalidad de esta ley es servir al interés superior del niño mediante la presencia activa de ambos progenitores en su crianza y el cumplimiento de las responsabilidades que les incumben respecto al niño. Las nuevas disposiciones se aplican tanto a los casos nuevos como a los pendientes sobre los que no se haya dictado una resolución judicial irrevocable.
Las disposiciones más innovadoras y decisivas de dicha ley se refieren a las siguientes cuestiones:
•La llamada “custodia compartida e igualitaria” tras un divorcio. El nuevo artículo 1510 del Código Civil establece que la responsabilidad parental se ejerce “conjuntamente y a partes iguales”, aunque uno de los progenitores siga siendo considerado el progenitor “residente” tras el divorcio, la separación o la disolución del acuerdo;
•El establecimiento de procedimientos alternativos para resolver desacuerdos familiares, como la selección de mediadores cualificados a partir de un registro especial de mediadores familiares;
•La introducción de formación especializada para jueces en los casos de desacuerdos familiares, a través de la Escuela Nacional de la Magistratura;
•La presunción de comunicación, por la que se asigna la tercera parte del tiempo total de contacto entre los progenitores y su hijo al progenitor con el que no resida el niño;
•Los criterios para determinar el mal ejercicio de la atención parental: i) el impago de la pensión alimenticia; ii) el incumplimiento de las resoluciones judiciales o los acuerdos entre progenitores divorciados; y iii) la ruptura de la relación del menor con uno de los progenitores.
Párrafo 23
En Grecia, la consulta pública sobre los proyectos legislativos, incluida la legislación sobre la adaptación al cambio climático, es obligatoria por ley y se realiza, entre otras formas y medios, a través del portal de gobierno abierto, http://opengov.gr. Además, en 2018 y 2019, se llevó a cabo la participación pública y de las partes interesadas para elaborar el Plan Nacional de Energía y Clima de Grecia, la Estrategia Nacional de Adaptación al Cambio Climático en 2019 y también los 13 Planes Regionales de Adaptación al Cambio Climático (actualmente en fase de finalización), en consonancia con las disposiciones de la Convención de Aarhus relativas a la gobernanza participativa. Cualquier persona u organización (incluidas las organizaciones de mujeres) puede participar libremente en los procesos de consulta pública mencionados.
El mismo proceso de consulta se siguió para la Ley 4936/2022, primera ley nacional sobre el clima. A tenor de esta ley se ha creado un Observatorio Nacional para la Adaptación al Cambio Climático con miras a facilitar el diálogo y el intercambio de información entre las autoridades públicas y las instituciones científicas y académicas.
Sin embargo, las políticas ambientales y climáticas todavía no se diseñan ni aplican adoptando una clara perspectiva de género.
En cuanto a la incorporación de la perspectiva de género en el medio ambiente, la Secretaría General está llevando a cabo, por primera vez en colaboración con la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), un estudio sobre el empoderamiento de las mujeres en la transición hacia el desarrollo ecológico y los empleos verdes en Grecia. Las políticas y estrategias nacionales sobre medio ambiente se examinan con perspectiva de género, al igual que las políticas nacionales de igualdad de género se estudian desde un punto de vista ambiental, lo que pone de relieve las deficiencias y aquellas posibles sinergias que podrían contribuir al empoderamiento económico de las mujeres en la economía ecológica y el liderazgo de las mujeres en los sectores ambientales. El informe final propone una serie de recomendaciones que favorecen la integración del nexo entre el género y el medio ambiente en las políticas nacionales de Grecia. Este estudio se presentó en 2022.
Párrafo 24
Durante los últimos años, el Gobierno de Grecia ha aprobado una serie de planes de acción y estrategias nacionales que integran el concepto de “no dejar a nadie atrás” en las políticas públicas y las medidas de reforma, concentrando sus esfuerzos en iniciativas concretas que ayudan a los grupos más vulnerables, como las personas con discapacidad, las mujeres y los niños, y promueven los derechos humanos, la igualdad de género y la inclusión social.
El proceso de coordinar y supervisar la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible se asigna (por la Ley 4622/2019 del Estado ejecutivo) al máximo nivel político, la Presidencia del Gobierno. De hecho, la Presidencia del Gobierno, a través de su organismo competente, la Secretaría General de Coordinación, se encarga de operar y gestionar un mecanismo robusto y completo de seguimiento y examen que mide los progresos alcanzados en el ejercicio efectivo del trabajo gubernamental y evalúa las políticas públicas estratégicas, en particular las que están vinculadas a los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
La Secretaría General de Coordinación se encarga de coordinar el ciclo de políticas públicas y ayuda a los ministerios a formular sus planes de acción anuales. Todo el proceso de seguimiento se lleva a cabo mediante un Sistema de Información de Gestión especial, denominado ΜΑΖΙ, en el que se almacenan todos los datos de la aplicación, en particular las partes responsables, los plazos, los resultados obtenidos y los hitos intermedios. La evaluación de las políticas públicas implica, entre otras cosas, fijar unos valores como meta para los indicadores clave del desempeño que miden el producto inmediato o el resultado a largo plazo de los objetivos de política que ha establecido el programa gubernamental.
Hasta ahora, Grecia ha presentado dos exámenes nacionales voluntarios sobre la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en 2018 y en 2022. El segundo engloba ocho prioridades nacionales generales que están vinculadas a los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Las ocho prioridades nacionales abordan los 17 Objetivos. La igualdad de género y la eliminación de la discriminación contra la mujer se integran en todas las prioridades nacionales. El grupo de trabajo sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible, creado en el seno de la Presidencia del Gobierno, cooperó estrechamente con la Autoridad Estadística Helénica, que ha establecido un conjunto de indicadores nacionales sobre los Objetivos con el fin de vigilar los avances cuantitativos realizados en la consecución de los 17 Objetivos a escala nacional. Estos indicadores nacionales están supeditados a unos exámenes periódicos, en función de las estadísticas y los datos oficiales que existan.
La perspectiva de género en la implementación de los Objetivos figura entre las medidas de la mayoría de las políticas gubernamentales y está garantizada por la aplicación transversal del Plan de Acción de Igualdad de Género 2021‑2025. El Plan consta de 67 medidas en total. Por primera vez se integran propuestas específicas con medidas concretas de 17 ministerios, al tiempo que se prevé un proceso estructurado de seguimiento de su aplicación a nivel central, local y regional mediante la adopción de un conjunto de indicadores mensurables. Para coordinar mejor su seguimiento, los ministerios han designado puntos de contacto, de modo que las medidas puedan llevarse a cabo conjuntamente y con el objetivo de la aplicación transversal del principio de igualdad de género en las políticas públicas. La Secretaría General mantiene reuniones periódicas con estos puntos de contacto con la intención de integrar la perspectiva de género en las políticas de otros ministerios.
Además, de conformidad con la Ley 4604/2019, el Consejo Nacional para la Igualdad de Género (párr. 6), en colaboración con la Secretaría General de Coordinación, supervisa los avances en la aplicación de las medidas del Plan de Acción para la Igualdad de Género, lo que garantiza la dimensión de la igualdad de género en todas las políticas de los ministerios.
Párrafo 25
En febrero de 2022, se inauguró el Laboratorio Griego de Innovación para las Mujeres (#GIL4W) como iniciativa del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. El objetivo del Laboratorio es contribuir a eliminar la brecha digital y crear una sociedad inclusiva en el ámbito electrónico de acuerdo con el modelo de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas. Se trata de una alianza entre ministerios, organismos, centros de investigación, instituciones académicas, cámaras y organizaciones del sector privado. Esta alianza aspira a convertirse en el principal ecosistema griego en adoptar un enfoque de la innovación y el emprendimiento que tenga en cuenta las cuestiones de género e integre el talento femenino en el plan de recuperación sostenible, ecológico y digital de la economía griega tras la COVID‑19.
La Secretaría General puso en marcha el Mapa Digital de la Igualdad de Género como instrumento digital que sirve de centro de información y comunicación sobre las medidas de los Comités Municipales, Regionales y Universitarios de Igualdad de Género.
Desde marzo de 2023, la Secretaría General ofrece un servicio de asistencia para contactar directamente con las autoridades regionales y municipales competentes en lo que respecta a las políticas de igualdad de género en este nivel de la administración.
Desde 2020, la Secretaría General publica informes anuales sobre la violencia contra la mujer; pueden consultarse en inglés los correspondientes a 2020, 2021 y 2022.
A pesar de las dificultades relacionadas con la COVID‑19 en 2020, la igualdad de género siguió siendo una esfera de interés para la Presidencia griega del Comité de Ministros del Consejo de Europa, que copatrocinó un seminario de alto nivel en línea titulado “Fomento de la igualdad de género: El papel y la situación de los mecanismos de igualdad de género en el contexto de la COVID‑19” (octubre de 2020). Este seminario proporcionó un foro de alto nivel para que los participantes debatieran la repercusión de la COVID‑19 en la igualdad de género y los derechos de la mujer.
La Ley 4622/2019 sobre “el Estado ejecutivo” incluye la igualdad de género entre los principios de buena legislación que garantizan la calidad de todo documento jurídico que contenga normas jurídicas generales.
Mediante la Ley 4359/2016 se ratificó la Carta Social Europea (revisada) del Consejo de Europa, uno de los instrumentos europeos más importantes para la protección de la igualdad de género en el ámbito de los derechos económicos y sociales.
Grecia fue uno de los países que apoyó a nivel político el teléfono de asistencia 116 016 de toda la UE dirigido a las víctimas de la violencia contra la mujer.
En el plan de estudios de la Escuela Nacional de la Magistratura se incluyen cursos de formación contra el racismo y la xenofobia y sobre el derecho penal especial que ponen de relieve los delitos relacionados con la trata de personas. Además, durante el período que abarca el informe, la Fiscalía del Tribunal Supremo ha organizado seminarios y conferencias de formación, y ha asistido a ellos, con vistas a la creación de capacidades en la lucha contra la trata de personas y en cuestiones de igualdad de género.
En la actualidad, el Ministerio de Justicia está preparando un proyecto de ley orientado a modificar la terminología de los códigos básicos de la legislación griega e introducir un lenguaje inclusivo en cuanto a la discapacidad.