28° período de sesiones

Acta resumida de la 605ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el viernes 24 de enero de 2003, a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Açar

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados Partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (continuación)

Informe inicial y segundo informe periódico combinados de Albania (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 10.10 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados Partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (continuación)

Informe inicial y segundo informe periódico combinados de Albania (continuación) (CEDAW/C/ALB/1-2)

Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Albania toman asientos como participantes en el debate de la mesa del Comité.

La Sra. Ruci (Albania) contesta a las preguntas planteadas por el Comité sobre el informe de Albania y, refiriéndose concretamente a las relacionadas con el artículo 1 de la Convención, dice que no se ha sometido ningún caso ante el Tribunal Constitucional en el que se invocara la Convención y que el Tribunal Constitucional no ha interpretado el principio de igualdad. El informe de Albania fue redactado por la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en colaboración con el Gobierno. Varias organizaciones no gubernamentales proporcionaron estadísticas y otros datos pero no participaron directamente en la redacción del documento, si bien algunos grupos fueron invitados a examinar el proyecto de informe antes de su presentación.

Entre los objetivos de la Comisión para la Igualdad de Oportunidades figura el establecimiento de una base de datos con información detallada sobre la mujer en los ámbitos económico, social, político y jurídico. Con la asistencia del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), mediante un proyecto realizado en cooperación con el Gobierno de Albania, se ha establecido un centro de información y documentación que se encargará de crear esa base de datos, en cooperación con el Instituto Albanés de Estadística (INSTAT). La base de datos incluye información sobre la población; el empleo, la salud, la educación, y el nivel de vida de la mujer, así como su participación en la toma de decisiones; y la violencia contra la mujer, la droga, la seguridad y la justicia social y la trata de personas. Aparte del INSTAT, cada ministerio tiene un Departamento de Estadística que proporcionó información para la preparación del informe. En los campos para los que no se disponía de estadísticas del Gobierno se utilizó el Informe del PNUD sobre el desarrollo humano en Albania correspondientes a 2000.

Con respecto al artículo 2 de la Convención, la oradora señala que la Constitución de Albania, en sus artículos 10, 17, 18, 20, 23, 24, 28, 44 y 46, contiene disposiciones contra la discriminación. Además, Albania ha ratificado casi todos los principales instrumentos de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos y lucha contra la discriminación y los ha incorporado al ordenamiento jurídico nacional.

Los medios de información, tanto las revistas y otras publicaciones específicas como los programas de televisión, desempeñan un papel importante de concienciación de la mujer sobre sus derechos reconocidos por la ley y la Convención. No obstante, es preciso señalar que en general la imagen que transmiten de la mujer es sensacionalista y no muy positiva.

Por ahora no existe ningún programa específico de fomento del empleo de la mujer, pero el Consejo de Ministros está elaborando varios de ellos, que deberán ejecutarse durante la segunda mitad de 2003. Varias organizaciones no gubernamentales han llevado a cabo programas en zonas rurales, incluidos programas de creación de empleo y de microcrédito para la mujer. En la administración pública hay 39 mujeres directoras en los ministerios, frente a 197 hombres, y 42 mujeres jefas de división, en comparación con 97 hombres. La Asociación de Mujeres profesionales y empresarias de Albania informó de que hay más de 10.000 propietarias de empresas; el 80% de empresas pequeñas, el 15% de medianas y el 4% de grandes. Como parte de sus esfuerzos por erradicar la pobreza, el Parlamento ha aprobado un programa de formación profesional para las mujeres en circunstancias difíciles, entre ellas las niñas y mujeres víctimas de la trata de personas, las divorciadas con problemas sociales y las madres de familias numerosas.

La Oficina del Defensor del Pueblo (ombudsman) se estableció en 1999 y entró en funcionamiento en junio de 2000, lo que podría explicar por qué no se le ha presentado todavía ninguna queja. La Oficina coopera con organizaciones no gubernamentales en actividades relacionadas con los derechos humanos, entre ellas un examen anual de la situación de los derechos humanos. Ha cooperado estrechamente con el Gobierno en diversos ámbitos, pero tanto sus operaciones como sus opiniones son independientes.

El presupuesto de la Comisión para la Igualdad de Oportunidades ha aumentado anualmente entre un 10% y un 20%, pero debido a las actuales restricciones presupuestarias, la Comisión se financia en un 45% mediante aportaciones de donantes extranjeros. La Comisión tiene una plantilla de 10 personas. Sus actividades también incluyen programas de educación y concienciación en materia de género para funcionarios de los gobiernos locales, que en muchos casos están avanzando en esas cuestiones a un ritmo más rápido que los del Gobierno central.

La Sra. Ruci (Albania) dice que los tribunales no han emitido ninguna interpretación del artículo 4 de la Convención. Antes de las elecciones generales celebradas en el país en 2001, el grupo encargado de examinar las cuestiones de género en la Comisión para la Democracia y los Derechos Humanos realizó una campaña en favor de la modificación de la Ley Electoral a fin de reservar cuotas para mujeres. El grupo encargado de examinar las cuestiones de género reunió 105.000 firmas a favor de su petición, pero el Parlamento no examinó ni tomó medidas en relación con la enmienda propuesta debido a la celebración de las elecciones. La coalición especial para la igualdad de género en la política propuso tres modificaciones de las leyes electorales nacionales: al menos el 30% de los candidatos que figuren en las listas de partidos de distritos uninominales deberían ser del sexo que esté infrarrepresentado en los órganos de adopción de decisiones; las listas proporcionales deberían incluir el mismo número de hombres que de mujeres; y la Comisión Electoral Central no debería aceptar las listas de los partidos que no se ajusten a esas normas. Pese a que la Ley Electoral no fue modificada antes de las elecciones, ahora es un buen momento para aprobar una enmienda de este tipo. A este respecto, se ha hecho una gran labor, en cooperación con el subcomité parlamentario sobre la mujer y los jóvenes y con las organizaciones no gubernamentales que tratan de impulsar la participación de la mujer en la política.

En cuanto a las preguntas del Comité relativas al articulo 5 de la Convención, la Sra. Ruci dice que, de conformidad con el articulo 224 del Código Civil, el jefe de familia es elegido por todos los miembros de la unidad familiar. En la mayoría de los casos, se trata del marido. Dado que la Constitución de Albania no contiene disposiciones al respecto, los miembros de la familia tienen libertad de elección. En vista de la importancia de las obligaciones derivadas de la Convención y de los objetivos de la Plataforma Nacional para el Adelanto de la Mujer, la Comisión para la Igualdad de Oportunidades se ha centrado en sensibilizar al público albanés, en particular a las mujeres, sobre los derechos de la mujer reconocidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos y en la Convención. Se han organizado sesiones de capacitación y seminarios semanales, a los que han asistido oficiales jurídicos, miembros de organizaciones no gubernamentales y funcionarios de los gobiernos locales, con miras a fomentar la concienciación de esos participantes respecto de los derechos humanos, la Convención, la Plataforma para el Adelanto de la Mujer y las diferencias entre los instrumentos nacionales e internacionales en lo que respecta a la cuestión de la mujer. En los medios de información existe una desigualdad salarial entre hombres y mujeres puesto que la mayoría de los periodistas en puestos importantes son hombres. No obstante, hay también muchas periodistas jóvenes, y varias mujeres ocupan actualmente puestos de directora adjunta o jefa de sección, lo que inspira confianza en que siga aumentado la participación de la mujer en puestos importantes de adopción de decisiones. Por otra parte, numerosas mujeres periodistas han estudiado en el extranjero y han regresado a Albania con experiencia internacional.

Se han llevado a cabo diversos programas para cambiar los estereotipos de género. Entre ellos figuran los programas de educación cívica y moral y de trabajo ejecutados en las escuelas; una serie de programas culturales, sociales y deportivos a nivel nacional y local; y varios programas de empleo, a nivel nacional y local. Las organizaciones no gubernamentales han desempeñado un papel muy importante de apoyo de ese proceso y, de hecho, han sido las primeras en lograr cambios en la forma en que la sociedad albanesa considera la cuestión de los derechos humanos en general. El Parlamento de Albania ha tratado de reducir al mínimo la influencia del derecho consuetudinario (K a nun), muy arraigado en las regiones septentrionales del país. Por otra parte, el artículo 83 modificado del Código Penal estipula actualmente que toda persona que amenace a otra con causarle daños físicos puede ser condenada a penas de hasta 3 años de cárcel.

Haciendo referencia a las preguntas planteadas por el Comité en relación con el artículo 6 de la Convención, la oradora señala que, en virtud de la sección VIII del Código Penal, las prostitutas están sujetas a multas o a penas de hasta tres años de cárcel. No obstante, la ley no prevé ningún castigo para los clientes. El Gobierno considera prioritaria la lucha contra la trata de personas y la policía estatal ha tomado varias medidas de vigilancia. Se han establecido unidades de lucha contra la trata de personas en los 12 distritos del país y se ha creado un centro internacional en la localidad costera de Valona, desde el cual se colabora con los países vecinos (incluidos Italia, Grecia y Alemania). Se han tomado numerosas otras medidas y se ha recibido asistencia de muchos países. Según un estudio realizado por el Ministerio del Orden Público en colaboración con los gobiernos locales, entre 1991 y 2002 5.190 mujeres fueron víctimas de la trata de personas en Albania. Esta cifra es muy inferior a las que suelen citar los medios de información, especialmente la prensa de Italia y Grecia. La actitud de Albania hacia las víctimas de la trata ha cambiado. El 80% de las mujeres afectadas en Albania salieron de sus países contra su voluntad, muchas de ellas por la mala situación de la economía. La Comisión para la Igualdad de Oportunidades, junto con una red de organizaciones no gubernamentales (especialmente de Valona y Fier) han recomendado que se modifique el Código Penal para añadir artículos sobre la protección de las víctimas de la trata de personas. Además, Albania ha ratificado el Protocolo relativo a la trata de personas de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

Según datos proporcionados por el Organismo de Salud Pública en 2002, en Albania hay entre 25.000 y 30.000 consumidores de drogas, de los cuales 5.000 son mujeres. Se estima que aproximadamente 10 mujeres están infectadas por el VIH. Por lo tanto, está claro que la infección por el VIH/SIDA es un fenómeno relativamente nuevo en el país, pero el Gobierno está tomando medidas para concienciar a las autoridades sanitarias y las organizaciones no gubernamentales que trabajan en el ámbito de la salud, así como a la población en general. Con respecto a la prostitución, la oradora dice que se presta muy poca asistencia a las mujeres y niñas dedicadas a esa actividad y que, por lo tanto, la Comisión para la Igualdad de Oportunidades se propone apoyar a las organizaciones no gubernamentales de mujeres, aumentar su número y potenciarlas mediante la capacitación, incluso en materia de preparación de programas y captación de donantes. Por esta vía se ha prestado capacitación en materia de empleo de la mujer, protección de los derechos de la mujer y de los niños, atención sanitaria y educación. En cuanto a la promoción de la participación de la mujer en el cuerpo diplomático, el derecho albanés no hace distinción entre los géneros y la participación de la mujer ha ido en aumento. Hay 40 mujeres en la plantilla del Ministerio de Relaciones Exteriores y 20 en las diversas embajadas de Albania (incluidas tres embajadoras). Además, 47 mujeres están empleadas en diversas organizaciones internacionales y unas 60 trabajan para las Naciones Unidas en Albania.

Los estudiantes (principalmente de las zonas rurales) que abandonan sus estudios lo hacen por motivos económicos, por factores relacionados con la mala infraestructura de carreteras del país y la falta de servicios de transporte público, o por motivos sociales o culturales. A fin de corregir esta situación, el Gobierno ha tomado medidas económicas para eliminar la pobreza como obstáculo para la educación; medidas culturales y pedagógicas para educar a los padres y alumnos sobre los beneficios de la asistencia a la escuela; medidas para facilitar el transporte a las escuelas; medidas para ejecutar programas de aprendizaje especial; medidas de refuerzo de la seguridad; imposición de multas a los padres que no permiten que sus hijos vayan a la escuela; y medidas para mejorar el proceso de enseñanza en las zonas rurales. Como consecuencia de todas estas medidas, la tasa de deserción escolar ha descendido del 6,4% en 1992, al 3,1% en 1997, y al 2% en 2002. En un esfuerzo por impedir el uso indebido de drogas en las escuelas, el Gobierno ha ejecutado programas en ámbitos como la higiene, la educación cívica y moral, la fisiología humana y la sociología. También lleva a cabo programas fuera de las escuelas en cooperación con expertos médicos y de la policía y con organizaciones de la sociedad civil, que comprenden seminarios, competiciones, carteles, campañas en los medios de información y la creación de centros de rehabilitación de toxicómanos. Se han logrado resultados positivos, en particular en los distritos de Tirana y Elbasan. Una vez más, es preciso subrayar que las organizaciones no gubernamentales han desempeñado un papel muy importante en todo el proceso.

Con respecto a la educación de las niñas musulmanas, la oradora señala que Albania nunca ha impedido que las niñas asistan a la escuela y nunca las ha obligado a llevar el tradicional pañuelo musulmán. En Albania, a diferencia de lo que ocurre en el mundo árabe, la religión musulmana se practica de una forma liberal y tolerante con el resto de las religiones del país. Existe una considerable libertad de religión y las niñas de familias musulmanas siempre se han sentido en igualdad de condiciones con las niñas de otras familias. Las escuelas públicas son laicas y el Gobierno está decidido a ejecutar la legislación por la que se prohíbe que los grupos conservadores y fundamentalistas intenten impedir que las niñas de familias musulmanas asistan a las escuelas públicas. Las escuelas religiosas del país (incluidas las musulmanas) son privadas y no ofrecen educación primaria obligatoria, sino únicamente educación superior. Se han puesto en marcha varios programas para atender a las necesidades de los niños de las familias más pobres. Con ello se pretende garantizar el derecho de los niños a la educación fomentando la participación de los padres, profesores, autoridades educativas y trabajadores sociales en actividades encaminadas a concienciar al público de los problemas que enfrentan esos niños y sus familias. Los programas también prestan asistencia financiera, comidas gratuitas, ropa, libros de texto y material escolar, y transporte.

En mayo de 1993 entró en vigor una ley que instituye la licencia de maternidad con sueldo para las mujeres. La licencia para atención de los hijos se puede conceder a hombres y mujeres en las mismas condiciones. Todas las madres que hayan cotizado por lo menos 12 meses a la seguridad social tienen derecho a 365 días de licencia. Las mujeres que trabajan en el sector privado y las trabajadoras agrícolas autónomas también tienen derecho a la licencia de maternidad con sueldo. Entre las prestaciones por maternidad o paternidad figuran también un subsidio, que se paga a la madre o al padre, pero que normalmente reclama la madre, por nacimiento de un hijo, y una licencia con sueldo para atender a un hijo enfermo, que pueden reclamar tanto la madre como el padre.

El principio de igual remuneración por igual trabajo se aplica tanto al sector privado como al público. La desigualdad salarial entre hombres y mujeres se explica por la preponderancia del hombre en los puestos de adopción de decisiones, que son mejor remunerados.

Tras la descolectivización de la agricultura, las cooperativas se han dividido en explotaciones agrícolas privadas y las personas que trabajan en ellas, ya sean hombres o mujeres, se consideran trabajadores autónomos. El trabajo sin sueldo que realizan las mujeres sigue siendo infravalorado tanto en las zonas urbanas como en las rurales.

Los niveles de sueldo en todos los sectores están regulados por el Parlamento, el Consejo de Ministros, los ministerios de gobierno y las autoridades locales, las empresas estatales y las personas físicas y jurídicas albanesas y extranjeras. Las mujeres constituyen una gran proporción de las personas que están buscando trabajo: el 48%. No obstante, las jóvenes se han adaptado particularmente bien a las nuevas demandas del mercado de trabajo y representan entre el 50% y el 70% de las personas que encuentran trabajo cada mes con la ayuda de los centros de empleo.

El 42% de la población de Albania es urbana y el 58% es rural. La situación económica de las mujeres rurales se ha visto afectada por la sustitución de 500 cooperativas agrarias por 450.000 explotaciones privadas de propiedad familiar. Las familias que labran su propia tierra se consideran autónomas y, en virtud del derecho albanés, las mujeres son copropietarias de las tierras de sus familias. En la práctica, la situación de las mujeres rurales ha empeorado debido al retroceso hacia unos puntos de vista conservadores acerca de su papel, y los hombres dominan la vida y el gobierno en las localidades rurales. La Comisión para la Igualdad de Oportunidades descubrió que el 10% de las mujeres rurales sólo han asistido a la escuela primaria, el 75,8% al primer ciclo de la escuela secundaria, y el 12,8% al segundo ciclo. En las zonas rurales, la educación no se considera importante para mejorar el nivel de vida, y el riesgo social a largo plazo del analfabetismo se pasa por alto en favor de los beneficios a corto plazo. La mayoría de las mujeres rurales trabajan en el hogar y en la agricultura y están excluidas de todas las profesiones, salvo la enseñanza y la enfermería. Pocas mujeres rurales administran empresas o piden créditos. Los servicios de atención sanitaria y planificación familiar para las mujeres rurales son deficientes, si bien el 72% de esas mujeres saben cómo evitar los embarazos no deseados.

Los hombres y mujeres son iguales ante los tribunales y otras instituciones judiciales. La Comisión para la Igualdad de Oportunidades ha organizado seminarios de información sobre los derechos humanos para mujeres de distintas procedencias. Según el Código Civil de Albania, los hombres y mujeres tienen los mismos derechos a la herencia. Los bienes inmuebles adquiridos antes del matrimonio permanecen a nombre del comprador y se puede otorgar a un cónyuge temporalmente el derecho a una parte de los bienes inmuebles adquiridos después del matrimonio. Se trata de una medida provisional hasta que se encuentre una alternativa. El Código Civil reconoce la copropiedad, pero es difícil demostrarla sin la correspondiente documentación. Al dividir una propiedad en caso de disputa, los tribunales suelen otorgar la vivienda al cónyuge más necesitado y una indemnización financiera al otro cónyuge.

El Código Penal albanés y el proyecto de código de familia no mencionan específicamente la violencia doméstica ni distinguen entre la violencia perpetrada dentro o fuera de la familia. La Comisión para la Igualdad de Oportunidades y la Red contra la Violencia defienden la aprobación de una ley contra la violencia doméstica.

La Sra. Khan pregunta si los hombres y mujeres realmente tienen el mismo derecho a la herencia y si se respeta el derecho consuetudinario musulmán al respecto.

La Sra. Schöpp-Schilling pregunta si hay un calendario para la introducción de una ley sobre la violencia doméstica y si se está colaborando con el Ministerio de Justicia al respecto. Desearía saber qué cobertura ofrece la seguridad social a las mujeres que trabajan en explotaciones agrícolas y empresas como trabajadoras autónomas. Le interesaría recibir información sobre la copropiedad de la mujer respecto de las explotaciones privadas desde descolectivización de la agricultura.

La Sra. Shin dice que la modificación del Código Penal para castigar más severamente a los que cometen un delito de trata de personas es una medida positiva, pero desearía saber si la prostitución se sigue tipificando como delito en el Código Penal. Si éste se centra sólo en las prostitutas, olvidando a sus clientes, contravendría los artículos 5 y 6 de la Convención. La tendencia en todo el mundo es a no castigar a las mujeres que se dedican a la prostitución o, por lo menos, a castigar también a sus clientes. Es preciso tratar de introducir una reforma legal y prestar mayor asistencia a las víctimas.

La Sra. Belmihoub-Zerdani protesta por la declaración que figura en la página 19 del texto en inglés de las respuestas a las preguntas del Comité, en el sentido de que en Albania la religión musulmana nunca ha impedido que las niñas asistan a la escuela ni les ha obligado a llevar pañuelos puesto que, a diferencia de lo que ocurre en el mundo árabe, en Albania el islam se practica de forma liberal y tolerante con otras religiones. En el mundo hay 350 millones de árabes y 1.300.000 musulmanes. Albania tiene 3.300.000 habitantes. La oradora pregunta cómo se puede justificar una declaración de este tipo y si la delegación de Albania sabe cómo coexiste el islam con otras religiones en otros países. En Argelia, por ejemplo, país de la oradora, hay pequeñas minorías cristianas y judías que practican su fe libremente y con total seguridad. Se observan las fiestas religiosas cristianas y la emisora de radio de lengua francesa retransmite la misa en esos días. La oradora no ha querido dejar de contestar a la declaración hecha por la delegación de Albania porque considera que con ella se da una imagen falsa y sin fundamento de los países árabes. Dice alegrarse de que las religiones coexistan pacíficamente en Albania, pero señala que también lo hacen en países árabes como el suyo. Las amenazas a la coexistencia pacífica en Argelia han sido obra de fundamentalistas que han socavado también los cimientos de varios otros Estados. La oradora se opone enérgicamente a que se incluya esa declaración en la versión definitiva de las respuestas del Gobierno de Albania.

Por otra parte, el Gobierno de Albania ha indicado quiénes tienen derecho a heredar en virtud del derecho civil albanés, pero la oradora desearía saber si la ley tiene en cuenta el derecho musulmán en materia de herencia o si lo rechaza completamente en favor de las normas laicas.

La Sra. Achmad dice que si se vuelve a presentar una petición de que se modifique la ley electoral para incluir cuotas de mujeres en las listas electorales presentadas por los partidos de distritos uninominales se debe omitir de ella la referencia a la mayor seriedad, honradez y dedicación a la protección del progreso humano de la mujer, puesto que esa frase calificadora es probablemente la razón por la que no se aprobó anteriormente la petición.

La Sra. Ruci (Albania) dice que, en principio, la ley garantiza los mismos derechos de herencia a los hombres y mujeres pero que, desafortunadamente, es cierto que en algunas zonas se aplica al derecho consuetudinario en perjuicio de la mujer. Cabe esperar que el proyecto de ley sobre la violencia doméstica pueda presentarse al Ministerio de Justicia a finales de 2003 para que pueda ser examinado por el Gobierno y el Parlamento. Las organizaciones no gubernamentales de defensa de la mujer están cooperando con expertos del Ministerio de Justicia para preparar el proyecto de ley y sólo podrán concluir sus actividades si obtienen la financiación necesaria.

Las mujeres que trabajan como autónomas en explotaciones agrícolas y empresas no tienen derecho al seguro social puesto que no cotizan al régimen de seguros sociales. No obstante, algunas de ellas trabajaron anteriormente en cooperativas estatales y, por lo tanto, tienen derecho a una pequeña pensión y, además, a recibir atención sanitaria gratuita. La oradora reconoce la necesidad de resolver el problema de los seguros sociales y las pensiones para las mujeres rurales y ancianas. No existen datos suficientes sobre la situación de la propiedad de la tierra desde la privatización. La ley permite que los hombres y mujeres se inscriban en el registro de la propiedad como copropietarios. No obstante, en regiones donde la mujer no conoce sus derechos, o donde la tierra se distribuyó según las costumbres tradicionales o los regímenes de propiedad vigentes antes de la segunda guerra mundial, la tierra a menudo se registró únicamente a nombre del hombre. En cuanto a la prostitución, que es ilegal, la oradora reconoce la necesidad de reformar la legislación para asegurar que se castigue también a los clientes de las prostitutas.

Con respecto a la desafortunada referencia a la religión musulmana en Albania en su respuesta oral, la oradora lamenta haber ofendido a cualquier miembro del Comité o grupo étnico o religioso. Subraya que la sociedad albanesa es una sociedad tolerante en la que las personas de todas las religiones se respetan. Durante el comunismo la religión se desalentó o prohibió, pero desde la caída de ese régimen ha habido un aumento de la práctica religiosa, si bien siempre en un ambiente de tolerancia. En la actualidad, aproximadamente el 55% de la población es musulmana, el 30% es ortodoxa y el 15% es católica. En relación con el derecho a la herencia, la oradora señala que se aplica el principio de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y no la práctica musulmana de otorgar el derecho a la herencia al hombre. Dice estar de acuerdo en que fue insensato y contraproducente sugerir que la mujer era más honrada, seria y dedicada a las cuestiones humanas y sociales en la petición de modificación de la Ley electoral.

La Sra. Belmihoub-Zerdani reitera su indignación por la referencia hecha en la respuesta oral, en la que se comparaba la religión musulmana en Albania con la que se practica en otros países musulmanes. Dicha referencia es despectiva e insultante para el mundo árabe y para el islam en general. La oradora exige que la delegación de Albania se retracte de sus palabras ofensivas.

La Sra. González Martínez, haciendo referencia a una cuestión de orden, dice que en sus exámenes de los informes periódicos de los Estados Partes, el Comité no tiene la costumbre de expresar opiniones sobre el lenguaje utilizado en los documentos presentados por las delegaciones y se limita a examinar esos informes estrictamente desde el punto de vista de los derechos humanos. Pide respetuosamente a su colega que no insista en su objeción.

La Sra. Belmihoub-Zerdani mantiene su objeción al lenguaje empleado en el documento que, dice, no es apropiado para un foro de derechos humanos de las Naciones Unidas. Reitera que la delegación de Albania debe retractarse del párrafo ofensivo.

La Presidenta dice que considera que la delegación de Albania ha respondido de forma adecuada y ha lamentado sinceramente cualquier malentendido. El texto de las respuestas de la delegación no es un documento oficial y se ha tomado conocimiento debidamente de la objeción de la experta.

La Presidenta agradece a la delegación sus respuestas detalladas y completas a las preguntas del Comité y dice que éste aprecia los esfuerzos del Estado Parte por aplicar la Convención durante su difícil período de transición. Toma nota de que los instrumentos internacionales son directamente aplicables en el ordenamiento jurídico nacional y presupone que éste es el caso también de la Convención. No obstante, dice que es esencial que la sociedad en general cobre conciencia de lo que disponen estos instrumentos. Insta sobre todo a los abogados y al poder judicial a que se familiaricen con ellos. Añade que la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención aseguraría un mayor progreso hacia el pleno ejercicio de los derechos de la mujer.

El Gobierno debe ser más activo en la aprobación de políticas y leyes para promover la participación de la mujer en la economía y la política. Si bien las organizaciones no gubernamentales han realizado una labor importante y positiva, es el Gobierno el responsable de elaborar legislación, material educativo, programas de capacitación y campañas en los medios de información para promover los derechos humanos. También es necesario adoptar medidas más enérgicas para luchar contra la violencia doméstica y cambiar las rígidas actitudes, especialmente arraigadas en el norte del país, que tienden, por ejemplo, a condenar a las mujeres que han sido víctimas de la trata de personas o de la prostitución. Además deben abordarse las causas más profundas de esos problemas, como la pobreza y los problemas derivados de la transformación social y económica de la sociedad. El Estado Parte deberá incluir más datos estadísticos en su próximo informe, que podría ser un informe combinado que le permita ponerse al día de sus obligaciones de información.

La Sra. Ruci (Albania) vuelve a pedir perdón por cualquier malentendido que su presentación haya causado y dice que intentará ser franca y clara en sus explicaciones. Dice haber tomado nota debidamente de las observaciones y las preguntas del Comité, y agradece a los miembros de éste su atención.

Se levanta la sesión a las 12.15 horas.