Naciones Unidas

E/C.12/2009/SR.37

Consejo Económico y Social

Distr. general

8 de julio de 2010

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

43º período de sesiones

Acta resumida de la 37ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el viernes 6 de noviembre de 2009, a las 10.00 horas

Presidente :Sr. Marchán Romero

Sumario

Examen de los informes:

a)Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidadcon los artículos 16 y 17 del Pacto (continuación)

Quinto informe periódico de Polonia

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes:

a)Examen de los informes presentados por los Estados partes deconformidad con los artículos 16 y 17 del Pacto (continuación)

Quinto informe periódico de Polonia (E/C.12/POL/5; E/C.12/POL/Q/5 y Add.1; E/C.12/1/Add.82; HRI/CORE/POL/2009)

1. Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de Polonia toman asiento como participantes en el debate del Comité.

2.El Sr. Mleczko (Polonia) dice que, en el período que abarca el quinto informe periódico (E/C.12/POL/5), Polonia se incorporó a la Unión Europea. Se ha celebrado recientemente el quinto aniversario de su adhesión a la Unión Europea, que ha repercutido positivamente en todos los aspectos de la vida polaca, especialmente en la observancia de los derechos económicos, sociales y culturales de sus ciudadanos.

3.Tras su toma de posesión en 2007, su Gobierno puso en marcha un programa basado en cuatro pilares. El primer pilar tiene por objeto fomentar la prosperidad acelerando el crecimiento del producto interno bruto (PIB) mediante el aumento del empleo, la estabilidad macroeconómica, la adopción del euro, la reducción del déficit presupuestario, el incremento de la productividad, el mejoramiento de las infraestructuras de transporte y la accesibilidad de Internet, el aumento de la inversión y la modernización de los sectores de la educación y la investigación de Polonia. El segundo pilar se centra en el desarrollo con el fin de impulsar la iniciativa empresarial, reducir los impuestos y liberar el potencial de crecimiento de las distintas regiones de Polonia. El tercer pilar está dedicado a la seguridad, la ayuda a los jóvenes para incorporarse al mercado laboral y el desarrollo de sistemas eficaces de seguridad social y atención de salud. También obedece al propósito de facilitar que Polonia logre una mayor seguridad energética, consiga una economía "verde" y establezca garantías eficaces contra las crisis y otras situaciones de emergencia. El cuarto pilar comprende iniciativas para fomentar la participación ciudadana en la vida pública y aumentar la confianza en las instituciones públicas, el papel de las organizaciones no gubernamentales (ONG) en la vida pública y la eficiencia del Estado.

4.En el sector social, el objetivo principal es mejorar la calidad de vida en Polonia mediante el aumento del empleo, especialmente entre las mujeres, las personas con hijos, los ancianos y las personas con discapacidad. Se ha adoptado un programa de medidas para estimular el empleo entre los mayores de 50 años.

5.En materia de política familiar, el Gobierno se propone mejorar la situación financiera de las familias y remediar la baja tasa de natalidad. Se introdujo la Ley de "medidas familiares" para facilitar el equilibrio entre la carrera profesional y la vida familiar. Entre las medidas figuran disposiciones para prolongar la duración legal de la licencia de maternidad; la prórroga discrecional de la licencia de maternidad a partirde 2010; la licencia de paternidad a partir de 2010; la opción de compaginar la licencia de maternidad adicional con el empleo; el aumento gradual de la base de cálculo de la cotización del seguro social para las personas en licencia de maternidad o paternidad; y la equiparación de los derechos de los padres adoptivos con los de los padres biológicos. La ley también modifica las normas aplicables a las empresas para que se presten servicios de cuidado de los hijos de los empleados, se ofrezca una amplia gama de servicios de guardería y las guarderías cumplan las normas mínimas de nueva implantación.

6.Se están introduciendo cambios importantes para mejorar el sistema de atención a los niños privados del cuidado de sus padres, como la oferta de hogares de guarda de tipo familiar, así como el cuidado de los niños en sus hogares y la contratación de más trabajadores sociales para aplicar medidas preventivas y trabajar con las familias que estén en situaciones de riesgo.

7.La lucha contra la violencia en la familia también es una prioridad del Gobierno: Polonia participa activamente en las campañas dirigidas por las Naciones Unidas y el Consejo de Europa contra la violencia hacia las mujeres y la violencia doméstica.

8.Por lo que respecta a la igualdad de trato y la no discriminación, se han incorporado leyes específicas, que tendrán como complemento un proyecto de ley de aplicación de la legislación comunitaria sobre la igualdad de trato en ámbitos como la educación, el empleo, la seguridad social, la atención de salud y el acceso a los servicios públicos. Además, el 6 de enero de 2005 se promulgó una ley de protección de las minorías nacionales y étnicas y los idiomas regionales.

9.Se ha reformado el sistema educativo para ajustar los planes de estudios a las necesidades del mercado laboral y garantizar la igualdad de acceso a la enseñanza. Los planes de estudios actuales se centran en el desarrollo de las competencias clave en idiomas extranjeros, ciencias, tecnología de la información, interacción social, artes creativas e iniciativa empresarial. Se presta especial atención a los niños de entornos desfavorecidos y a los niños con necesidades educativas especiales y con discapacidad. Además, se está ampliando la oferta de jardines de infancia, especialmente en las zonas rurales.

10.Con respecto a las reformas del sector de la salud, en abril de 2009 el Gobierno aprobó un programa trienal de apoyo a las autoridades locales para estabilizar el sistema de atención de salud y resolver el problema de la deuda crónica. Se está ofreciendo a los hospitales la posibilidad de ser privatizados a cambio del pago de sus deudas, lo que les permite ofrecer servicios médicos privados paralelamente a los servicios gratuitos de atención nacional de salud.

11.Aunque, contrariamente a la situación de muchos otros países, la economía de Polonia no ha caído en la recesión, su tasa de crecimiento del PIB ha disminuido a causa de la crisis económica mundial. Para hacer frente a la desaceleración económica, el Gobierno ha adoptado un plan con objeto de garantizar la estabilidad de las finanzas públicas, crear las condiciones para un mayor crecimiento económico fomentando el gasto de los consumidores y la inversión empresarial, mejorar la flexibilidad del mercado laboral y estimular la retención de la mano de obra. Se han introducido nuevos subsidios de empleo para evitar despidos masivos, de modo que las nuevas normas obligan a los empleadores a ofrecer asistencia a los trabajadores desempleados, además de las ayudas gubernamentales ya existentes, como la destinada al pago de hipotecas.

12.No obstante, la actual crisis mundial seguirá afectando a Polonia en 2010, por lo que es poco probable que aumente considerablemente el gasto social, con la consecuencia de que el disfrute de determinados derechos sociales podría verse reducido. Sin embargo, el Gobierno mantiene su compromiso de cumplir con las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 2 del Pacto y garantizar que el pueblo polaco goce progresivamente de la plena realización de sus derechos.

13.El Sr. Pillay pregunta qué medidas está tomando el Gobierno polaco para combatir la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género en el lugar de trabajo. Según algunas informaciones, el Defensor Público está haciendo muy poco para evitar ese tipo de discriminación, tanto es así que las ONG de Polonia se han negado a cooperar con el Defensor Público, y el Comité Europeo de Derechos Sociales también ha planteado la cuestión.

14.También pregunta al Estado parte qué está haciendo para resolver el persistente problema de la discriminación contra los romaníes. Hay escasas pruebas de que se hayan emprendido actuaciones para hacer frente al problema desde que, en sus observaciones finales de 2002 (E/C.12/1/Add.82), el Comité formuló la recomendación de que Polonia adoptara un programa integral para combatir las diversas formas de discriminación que sufre la comunidad romaní.

15.La Sra. Brás Gomes pide aclaraciones sobre la participación de las organizaciones de la sociedad civil en la aplicación de las observaciones finales del Comité. Le preocupa observar en las respuestas del Estado parte a la lista de cuestiones (E/C.12/POL/Q/5/Add.1, párr. 59) que las organizaciones de la sociedad civil no participaron en la preparación del quinto informe periódico, pese a lo que recomendó el Comité en 2002 en ese sentido. ¿Tiene intención el Estado parte de difundir ampliamente entre las organizaciones de la sociedad civil las próximas observaciones finales del Comité?

16.Con referencia a la no discriminación, pregunta si el Estado parte tiene la intención de prever en su legislación interna los motivos expresos de discriminación que se indican en la Observación general Nº 20 del Comité, de reciente publicación. Pide que se aclare la declaración del párrafo 79 de las respuestas del Estado parte a la lista de cuestiones en el sentido de que el Pacto no impone la obligación de prohibir la discriminación en todas las esferas de la vida. ¿Qué ámbitos de la vida quedan omitidos en el Pacto? Asimismo, solicita mayor información sobre la legislación de Polonia en aplicación de los reglamentos de la Unión Europea sobre la igualdad de trato. ¿Qué reglamentos de la Unión Europea sobre la igualdad de trato se están dejando de lado, y por qué?

17.Se suma a las observaciones del Sr. Pillay sobre la cuestión de la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género y pide más información sobre la situación del proyecto de ley del Estado parte al respecto y las medidas que se están adoptando para que se tengan en cuenta las preocupaciones que han expresado las organizaciones interesadas.

18.La Sra. Bonoan-Dandan dice que el jefe de la delegación ha mencionado en su declaración el programa del Gobierno en cuatro pilares, pero que aparentemente en el programa no se hace referencia a los derechos humanos, en particular los derechos económicos, sociales y culturales. También observa que las políticas del nuevo Gobierno parecen estar más centradas en los asuntos de la economía que en los derechos económicos. Le causó inquietud la opinión de la delegación de que resultaba necesario elegir entre opciones políticas en lo referente a la asignación de recursos y que eran inevitables los retrocesos en el goce de los derechos sociales. Desea saber el lugar que ocupan esos derechos en los cuatro pilares de la política del Gobierno y pregunta cómo tiene previsto el Gobierno potenciar el papel de las ONG en la vida pública. Por otro lado, pregunta cómo pretende el Estado parte promover el Pacto cuando el acceso público al informe parece ser difícil, y destaca que uno de los propósitos del proceso de presentación de informes es el de difundir ampliamente el Pacto a fin de generar un debate público.

19.Pide al Estado parte que aclare su respuesta respecto de las actividades de formación destinadas a funcionarios públicos sobre las disposiciones del Pacto y su aplicación, según la cual parece que los derechos humanos pueden quedar restringidos en determinadas circunstancias, y que indique de qué modo podrían concretarse esas restricciones. También pregunta con qué frecuencia ocurren los delitos motivados por prejuicios y qué formas adoptan, habida cuenta de que el Gobierno prepara un programa de formación profesional contra esos delitos. En sus respuestas, el Estado parte ha enumerado los cursos de formación a disposición de los jueces y los miembros del Colegio de Abogados. Sin embargo, convendría disponer de información más detallada sobre el contenido de los cursos, ya que parecen estar centrados en las leyes laborales y de seguridad social, que deben distinguirse de los derechos laborales y de seguridad social. Por último, pregunta qué resultados ha tenido el Programa Nacional contra la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, así como los problemas que se hayan planteado a ese respecto.

20.El Sr. Riedel dice que el tamaño de la delegación es signo evidente de que Polonia toma en serio las obligaciones dimanantes del Pacto.

21.Pasando a la cuestión planteada por el Sr. Pillay, recuerda al Estado parte que, cuando el Comité formuló la Observación general Nº 3, señaló que los elementos fundamentales del Pacto podrían aplicarse directamente y que, si no era así, el Estado parte estaría obligado a modificar la ley para asegurarse de que fueran directamente aplicables. El Estado parte parece ser de la opinión de que las disposiciones del Pacto no son de aplicación inmediata y no pueden ser invocadas directamente ante los tribunales cuando no exista una disposición constitucional o una ley específica, pese a que los Estados partes tienen la clara obligación en virtud del Pacto de garantizar que sus artículos tengan fuerza de ley.

22.Expresa la esperanza de que Polonia se encuentre entre los primeros Estados partes que ratifiquen el Protocolo Facultativo.

23.Todo indica que el Comisionado para la Protección de los Derechos Civiles (Defensor Público) es una institución digna de elogio. Sin embargo, el acceso al Defensor Público para abordar cuestiones delicadas, como los derechos de gays y lesbianas, que no parecen recibir suficiente atención pública, parece algo limitado. Sería de gran ayuda para el Comité saber cuántos de los 35.000 casos investigados por el Defensor Público guardan relación con los derechos económicos, sociales y culturales.

24.La Sra. Barahona Riera dice que, en sus anteriores observaciones finales sobre Polonia (E/C.12/1/Add.82), el Comité recomendó que se aprobara el proyecto de ley sobre la igualdad de género. Aunque el Estado parte hizo referencia en sus respuestas a una serie de medidas basadas en la normativa de la Unión Europea sobre igualdad de trato, convendría que se indicara claramente por qué el proyecto de ley de igualdad de género no se ha aprobado.

25.El jefe de la delegación ha indicado que se asignarían recursos para satisfacer las necesidades prioritarias a fin de combatir la crisis económica. El hecho de que no exista una ley de igualdad de derechos o no discriminación significa que, cuando se asignen esos recursos, no se dará prioridad a las mujeres en lo que respecta a la igualdad de oportunidades laborales. Por consiguiente, desea saber concretamente cómo prevé proteger el Estado parte la igualdad de derechos para la mujer en el contexto de la crisis.

26.Pide también al Estado parte que aclare las funciones del Plenipotenciario para la Igualdad de Trato. Al parecer, el Ministerio de Trabajo se ocupa de la mayoría de las cuestiones de igualdad de oportunidades y no discriminación que guarden relación con la familia. Observando que el Estado parte tiene un Comisionado para la Protección de los Derechos Civiles (Defensor Público), pregunta si existe alguna institución semejante para la protección de los derechos económicos, sociales y culturales. Dado que algunas ONG han indicado que la cuestión de la igualdad de trato estaría a cargo del Defensor Público, solicita más información sobre el mandato de la Defensoría Pública.

27.El Sr. Sadi dice que la delegación de Polonia es meritoria y está bien preparada para responder sobre cuestiones de salud, trabajo y seguridad social, aunque ese no es el caso en relación con otras cuestiones, como la vivienda y la educación. Pide a los ministerios competentes que reflexionen con franqueza sobre la medida en que toman como referente el Pacto en su labor desde un punto de vista práctico.

28.Con respecto a la aplicación jurídica del Pacto, señala que el Estado parte indicó en sus respuestas escritas que los tribunales estudiaban si las disposiciones de los acuerdos internacionales eran o no de aplicación inmediata al examinar un caso particular, siempre que el acuerdo internacional en cuestión hubiera sido invocado como base para la queja. Si ese es el caso en general, sería beneficioso para el Estado parte ratificar el Protocolo Facultativo, ya que así se facilitaría la aplicación del Pacto.

29.La lista de cursos y programas de formación de los jueces del Estado parte es impresionante. Convendría conocer la medida en que el Pacto figuró entre los temas de esas actividades, así como saber si las observaciones generales del Comité son pertinentes o no para la aplicación del Pacto en los tribunales y para la formación de los jueces y si el Defensor Público las tiene o no en cuenta.

30.Pide al Estado parte que aclare la distinción entre minorías nacionales y étnicas en la Ley de minorías nacionales y étnicas e idioma regional, así como los criterios empleados para el reconocimiento de las cuatro minorías étnicas y nueve minorías nacionales reconocidas en virtud de dicha ley.

31.El Sr. Tirado Mejía dice que en sus observaciones finales de 2002 el Comité acogió con satisfacción el establecimiento del Plenipotenciario para la Igualdad entre el Hombre y la Mujer. Solicita información más detallada sobre las funciones del Plenipotenciario y ejemplos tangibles de ámbitos en que se hayan hecho progresos, y pregunta si se han cumplido o no las expectativas. Pregunta también cómo trata el Estado las actitudes discriminatorias contra las mujeres y si existe un plan de acción nacional sobre la igualdad de oportunidades.

Se suspende la sesión a las 11.20 horas y se reanuda a las 11.35 horas.

32.La Sra. Maciejewska (Polonia) dice que los interlocutores sociales y las ONG no han participado en la elaboración del quinto informe periódico porque el Gobierno era el responsable de su preparación; es el mismo procedimiento que se siguió en el caso de otros informes, como los presentados en virtud de la Carta Social Europea. Sin embargo, el informe es un documento público y su proceso de preparación también fue público. Cualquier persona podía solicitar el informe y los documentos de antecedentes al Ministerio de Trabajo y Política Social conforme a la legislación sobre el acceso a la información pública. Teniendo en cuenta el alcance y el volumen del informe, su país decidió esperar a las solicitudes de acceso, pero no recibió solicitudes de ninguna organización. Desde mediados de 2010, el informe del Estado parte y las observaciones finales del Comité podrán consultarse en la página web del Ministerio, al igual que el último informe presentado en virtud de la Carta Social Europea.

33.La Constitución de Polonia prevé que los tratados internacionales que hayan sido ratificados y publicados en el Diario Oficial formen parte del ordenamiento jurídico interno y sean directamente aplicables, a menos que su aplicación requiera la aprobación de una ley, lo que pueden decidir los tribunales. Sin embargo, los ministerios son los principales responsables de estudiar y evaluar la mejor manera de aplicar un tratado determinado. Si consideran que un tratado no es directamente aplicable tienen la obligación de redactar una ley para aplicar sus disposiciones. Los tribunales también pueden estudiar la aplicabilidad directa del Pacto en casos particulares. Polonia hizo referencia a una decisión del Tribunal Supremo sobre la aplicación de las disposiciones del Pacto y la posibilidad de invocarlo como fuente de derecho subjetivo. Sin embargo, la jurisprudencia en ese sentido no es abundante, por lo que los tribunales nacionales prefieren basar sus decisiones en las disposiciones de la Constitución. El Comité está familiarizado con la jurisprudencia relativa a la Carta Social Europea. La jurisprudencia con respecto a la aplicación directa de la Constitución es más detallada. Así, los principios que rigen la aplicabilidad directa de la Constitución podrían hacerse extensivos a la aplicación de las disposiciones de los tratados internacionales, incluido el Pacto.

34.Por lo que se refiere a la ratificación del Protocolo Facultativo, en cuya negociación Polonia desempeñó un importante papel, la posición del Estado parte es que las comunicaciones presentadas a nivel internacional carecerían de fundamento debido al carácter específico de las obligaciones del Estado en virtud del Pacto. Como han señalado razonablemente varios Estados, las obligaciones internacionales con respecto a, por un lado, los derechos civiles y políticos y, por el otro, los derechos económicos, sociales y culturales son de naturaleza diferente. Las disposiciones de los tratados relativas a los derechos civiles y políticos pueden invocarse directamente ante los tribunales nacionales e internacionales, mientras que la mayoría de las disposiciones relativas a los derechos sociales son de carácter indicativo y programático y no ejercen un efecto directo en el ordenamiento jurídico interno. Ese aspecto de los derechos sociales, que está reflejado en el Pacto, significa que las disposiciones relativas a esos derechos no pueden invocarse en los tribunales. La jurisprudencia de otros países responde a un punto de vista semejante. Sin embargo, el hecho de que el efecto de las disposiciones del Pacto en la legislación sea poco evidente no significa que el Pacto no tenga ningún efecto jurídico, puesto que el Estado ha ejecutado las obligaciones dimanantes del Pacto en la medida de sus posibilidades económicas, y el Tribunal Constitucional invoca con frecuencia el Pacto, así como la Carta Social Europea.

35.Si bien reconoce que no está presente ningún representante del Ministerio de Infraestructura, señala que el resto de la delegación, que incluye un representante del Ministerio de Educación, está dispuesto a dar información en respuesta a todas las preguntas de los miembros del Comité.

36.El Sr. Ciechański (Polonia), respondiendo a las preguntas sobre el lugar reservado a los derechos económicos, sociales y culturales, especialmente los derechos sociales, en la política social del Gobierno, subraya que los derechos sociales en muchos ámbitos están garantizados por la Constitución. El nivel de concienciación sobre los derechos sociales es alto tanto en el Gobierno como en la población en general, y los sindicatos se ocupan activamente de vigilar el respeto de los derechos humanos en las políticas de Gobierno.

37.Sobre la cuestión de la ratificación de los instrumentos internacionales de derechos humanos, dice que la política de todos los gobiernos de Polonia desde 1989 ha sido la de examinar cuidadosamente cada instrumento para asegurarse de que el Estado parte estará en condiciones de aplicar plenamente todas sus disposiciones. No se trata de que el Gobierno no quiera incorporar determinados derechos en la política nacional, sino de que siempre se asegurará de poder cumplir con sus compromisos en lugar de adoptar el instrumento y luego hacer muy poco para ponerlo en práctica. Muchas veces se necesita una inversión financiera sustancial pero, aunque el Estado parte sea considerado rico en el contexto mundial, sigue siendo uno de los países más pobres de Europa. El Estado parte siempre toma en consideración las observaciones de los órganos internacionales de supervisión como el Comité de forma muy rigurosa; por ejemplo, siguiendo el consejo del Comité, Polonia modificó la Ley de la administración pública para permitir que los funcionarios ocuparan cargos en las organizaciones sindicales. En respuesta a la inquietud expresada por los miembros del Comité por el hecho de que gran parte de la declaración inicial del Estado parte haya estado dedicada a las políticas, explica que, precisamente porque es fundamental disponer de una base jurídica, programática y económica para garantizar un verdadero respeto de los derechos humanos en la práctica, la delegación se ha centrado en las medidas adoptadas para construir esa base, demostrando así que incluso en tiempos difíciles el Gobierno está haciendo todo lo posible por aplicar las disposiciones del Pacto, especialmente en relación con los derechos sociales.

38.En respuesta a una pregunta sobre la educación en derechos humanos, dice que las ONG participan activamente en la formulación y ejecución de las políticas sociales. En virtud de una ley sobre organizaciones benéficas se ofrece una amplia financiación a las ONG que deseen participar en la ejecución de las políticas sociales, y un consejo integrado por representantes del Gobierno y las ONG ayuda al Gobierno a formular políticas conjuntamente con las instancias que más tarde se encargarán de su aplicación práctica.

39.En respuesta a las preguntas sobre el funcionamiento del Comisionado para la Protección de los Derechos Civiles (Defensor Público), aunque puntualiza que él no está facultado para hablar en nombre del Defensor independiente, señala a la atención del Comité una declaración publicada recientemente en el sitio web oficial del Defensor Público en que éste pedía disculpas por unos comentarios suyos que parecían sugerir que despreciaba a las feministas, y subrayaba que no son reflejo de su actitud hacia las organizaciones de defensa de los derechos de la mujer, con las que mantiene una fructífera cooperación.

40.La Sra. Ksieniewicz (Polonia), en respuesta a las solicitudes de información adicional sobre los últimos resultados y efectos de las medidas adoptadas para abordar la cuestión de la desigualdad de derechos entre hombres y mujeres y las leyes de lucha contra la discriminación, y recordando que la Constitución contiene disposiciones sobre la igualdad de trato, dice que se ha modificado el Código de Trabajo en lo referente al acceso al empleo y la seguridad social y se ha agregado un capítulo por el que se prohíbe la discriminación. Se ha preparado un proyecto de ley de igualdad de oportunidades que incorpora las disposiciones de varias directivas de la Unión Europea y el Plan de trabajo para la igualdad entre las mujeres y los hombres para el período 2006-2010 de la Comisión Europea, que son vinculantes, con el objetivo de combatir la discriminación por cualquier motivo, incluido el género, la raza y la orientación sexual, y crear conciencia al respecto. Está en marcha un programa sobre la diversidad de género como un instrumento de cambio destinado a fomentar entre los funcionarios públicos la sensibilidad en materia de igualdad de género, y en virtud de otro programa un comité consultivo colaborará con el Ministerio de Trabajo y Política Social y formulará recomendaciones para aumentar el diálogo entre el Gobierno y las ONG en la promoción de la diversidad.

41.La Sra. Bolesta-Borkowska (Polonia) dice que el Código de Trabajo contiene un capítulo especial sobre los derechos de los trabajadores a ser tratados en pie de igualdad y recibir igual remuneración por igual trabajo y sobre la igualdad de oportunidades en el empleo entre hombres y mujeres. El Código contempla la prohibición de toda forma de discriminación por cualquier motivo; contiene una lista de posibles motivos, entre los que figuran los motivos de género, a título ilustrativo y no exclusivo. En 2008 se introdujeron en el Código varias enmiendas, por ejemplo disposiciones para prohibir que los empleados que hayan tomado medidas contra el acoso o la intimidación en el trabajo o para proteger los derechos de sus colegas deban afrontar consecuencias negativas.

42.La Sra. Glowacka-Mazur (Polonia) dice que en la Ley de minorías nacionales y étnicas e idioma regional se definen y diferencian claramente las minorías nacionales y las minorías étnicas, conforme a la práctica de las Naciones Unidas, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y el Consejo de Europa. Las minorías nacionales, que son nueve, están integradas por ciudadanos cuyos ancestros están vinculados a la mayoría nacional en términos de cultura, tradiciones, idioma y otros factores, y comprenden personas de origen checo, lituano, alemán, ruso, belaruso y ucraniano. Las minorías étnicas, por su parte, comprenden las comunidades cuya cultura difiere de la de la mayoría nacional y desean mantener esa cultura, como los pueblos gitano, tártaro y lemko. Por consiguiente, la diferencia entre minorías nacionales y minorías étnicas reside en sus raíces culturales.

43.En respuesta a una pregunta sobre la minoría romaní, y recordando que, de los 40 millones de personas de la población nacional, alrededor de 15.000 declararan ser romaníes, dice que el Gobierno ha puesto en marcha un programa para mejorar la situación de los romaníes en el período 2004-2013, en virtud del cual debe asignarse una partida del presupuesto anual del Estado a la integración de los romaníes. Se adoptan medidas en materia de educación y empleo: las oficinas locales de empleo se ocupan de impartir formación profesional y crear nuevos empleos para los romaníes, por ejemplo mediante subsidios para los puestos de trabajo. Todos los años se destinan 10 millones de zlotys al mejoramiento de las viviendas de los romaníes. Sobre la cuestión de la inscripción oficial en el censo, dice que anteriormente muchos romaníes vivían en zonas expuestas a inundaciones, pero que ese grave problema ya se ha solventado. Gracias a un plan del Ministerio de Educación, en el año en curso se han concedido becas a 60 alumnos romaníes destacados, cifra que va en aumento constante. A fin de fomentar que el pueblo romaní encuentre su lugar dentro de la estructura del empleo, el plenipotenciario de la voivodía en que viven la mayoría de los miembros de la minoría étnica romaní es una mujer de origen romaní. En el marco de un programa de asistencia escolar, personas de origen romaní visitan las escuelas para ayudar a los niños y los padres con los problemas que surjan, con objeto de mejorar la experiencia académica de los alumnos. El programa estimula a las comunidades romaníes para que envíen a sus hijos a la escuela, dado que demuestra las posibilidades de mejorar las futuras perspectivas económicas del niño gracias a la educación.

44.Entre 2004 y 2009 se realizó un programa destinado a combatir la discriminación y la xenofobia orientando la actitud de los niños a través de su educación e impartiendo formación a policías, guardias de fronteras, oficiales de prisiones y otros funcionarios. Los casos de delitos con un componente de odio racial se vigilan de forma permanente y, aunque no se ha logrado reunir estadísticas, se están adoptando todas las medidas posibles para resolver el problema. La ONG que ganó la licitación del Ministerio del Interior para proponer una metodología apropiada de recopilación de datos sobre esos delitos finalizará su labor antes de fines de 2009. La primera etapa de un programa puesto en marcha en colaboración con la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE para combatir los delitos basados en el odio racial, cuya finalización está prevista para el día en curso, ha comprendido actividades de formación destinadas a jefes de policía. Se tiene la intención de extender el programa por todo el país con el fin de capacitar a los agentes de policía y aumentar la conciencia dentro de las fuerzas policiales del problema de los delitos motivados por prejuicios.

45.La Sra. Milewska (Polonia) dice que, como resultado de las recientes modificaciones de la normativa docente, se han ampliado los programas de estudios para incluir información sobre las minorías nacionales y étnicas de Polonia, como su historia, cultura y tradiciones, así como sus derechos inherentes. A raíz de una ordenanza del Ministerio de Educación sobre los planes de estudios, los derechos humanos han pasado a formar parte de las clases de historia y sociedad de nivel elemental y de historia y educación cívica de nivel poselemental, con el objetivo de fomentar el respeto de las otras culturas y sus derechos humanos y prevenir la discriminación racial. Se ha contratado a consultores para que instruyan a los docentes sobre la difusión de información en materia derechos humanos y prevención de todas las formas de discriminación. Se han publicado varios libros para profesores y estudiantes sobre la enseñanza de los derechos humanos, entre los que cabe destacar la versión polaca de una publicación del Consejo de Europa que ofrece pautas teóricas y consejos prácticos.

46.La Sra. Górzyńska (Polonia) dice que se impartió formación a los jueces y fiscales sobre cuestiones de derechos humanos y que recientemente se designó a un fiscal especializado en casos de discriminación racial para que se incorporara a la Fiscalía Nacional. En el párrafo 42 de las respuestas escritas a la lista de cuestiones del Comité se enumeran los temas generales de la capacitación en derechos sociales y económicos impartida a los jueces y fiscales. La capacitación comprendió un análisis detallado de cuestiones tales como la definición de discriminación, los derechos de los trabajadores y los derechos relacionados con la lucha contra el acoso en el lugar de trabajo. En las sesiones de capacitación se pidió a los participantes que actuaran en juegos de rol sobre la discriminación en el lugar de trabajo, con el fin de concienciarlos de las dificultades que enfrentan las víctimas y prepararlos para tratar adecuadamente los casos de discriminación. En 2008 se celebraron varias de esas sesiones y en el futuro se celebrarán nuevas actividades de ese tipo.

47.El Presidente dice que el Comité no comparte la opinión de que la aplicabilidad del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales difiera de la del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Todas las disposiciones del primero son jurídicamente vinculantes, puesto que es un tratado internacional. Si bien el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales hace posible que la plena realización de los derechos económicos, sociales y culturales se vaya logrando paulatinamente, todos los derechos del Pacto están sujetos a un mínimo nivel inmediato de aplicación. El hecho de que el Protocolo Facultativo del Pacto, que permitirá a las víctimas de violaciones presentar denuncias al Comité, se haya aprobado recientemente por consenso demuestra la importancia que la comunidad internacional atribuye a las obligaciones de los Estados partes dimanantes del Pacto.

48.El Presidente invita a los miembros del Comité a formular preguntas relativas a la aplicación de los artículos 6 a 9 del Pacto.

49.El Sr. Sadi dice que, si bien el Estado parte está esforzándose por regularizar la situación de los trabajadores migratorios, parece que se hacen distinciones entre las diferentes categorías de estos trabajadores y aparentemente se otorga un trato preferente a los polacos que hayan vivido en la antigua Unión Soviética. Pregunta si Polonia está considerando la posibilidad de ratificar la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.

50.El Sr. Texier, observando que las tasas de desempleo en Polonia siguen siendo altas, pregunta qué medidas concretas se están adoptando para hacer frente a la situación de determinadas categorías de desempleados, como las mujeres, los jóvenes, las personas con discapacidad y los desempleados de larga duración. A pesar de las modificaciones de la legislación, las diferencias en los sueldos y las perspectivas profesionales para las mujeres y los hombres seguían siendo notables. Pregunta qué se está haciendo para corregir esos desequilibrios, y si la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor no sería más fácil de lograr si se incluyera entre las disposiciones del Código de Trabajo. Dado que los niveles de desempleo entre los romaníes siguen siendo especialmente elevados, pregunta cómo prevé el Estado parte rectificar esa situación. Es sabido que los horarios de trabajo en Polonia son muy largos, en algunos casos hasta 16 horas por día, lo que contraviene las normas de la Organización Internacional del Trabajo. Pregunta cuál es el número máximo de horas normales de trabajo por semana, y cómo se calculan y se pagan las horas extraordinarias. En el párrafo 20 de sus observaciones finales de 2002, el Comité expresó preocupación por el hecho de que el sueldo mínimo en Polonia no fuera suficiente para que un trabajador y su familia gozaran un nivel de vida digno. Pregunta si se han adoptado medidas para paliar ese problema. También pregunta si se dedican fondos suficientes a la inspección del trabajo. La Confederación Sindical Internacional (CSI) ha anunciado que en Polonia se han suspendido los convenios colectivos y que los empleadores se aprovechan de esa situación para renegociar nuevos acuerdos que son menos favorables para los trabajadores. Pregunta si eso es así realmente y, en caso afirmativo, qué medidas se están adoptando para proteger los derechos de los trabajadores. También pregunta si existe alguna jurisprudencia sobre el despido disciplinario de trabajadores por motivos de participación sindical. En relación con los casos de acoso a miembros de los sindicatos de que informó la CSI, pregunta si existe alguna jurisprudencia al respecto y si las sanciones aplicadas en esos casos han sido lo suficientemente graves para actuar como elemento disuasorio.

51.La Sra. Brás Gomes pregunta si el Estado parte tiene intención de actualizar la Ley de 1998 sobre el régimen de seguridad social para incluir motivos distintos del sexo, el estado civil y la situación familiar. También pregunta si el actual nivel de prestaciones de desempleo es suficiente para garantizar un nivel de vida razonable y si se otorgan mayores prestaciones a los desempleados de larga duración, ya que sus necesidades económicas tienden a aumentar cuanto más tiempo permanecen sin empleo. Habida cuenta de la discriminación en el acceso de los romaníes a la asistencia de bienestar social que denunció la European Roma Rights Centre, pregunta si se aplican medidas concretas para solventar ese problema en el contexto del Programa para la comunidad romaní en Polonia que se aprobó en 2003. También pregunta si se están adoptando medidas para garantizar la igualdad de las pensiones de jubilación para mujeres y hombres, dado que la edad de jubilación es de 60 años y 65 años para mujeres y hombres, respectivamente, lo que en efecto se traduce en pensiones más reducidas para las mujeres.

52.El Sr. Zhan Daode elogia los esfuerzos del Gobierno polaco por evitar un grave declive económico en Polonia en el contexto de la actual crisis financiera internacional. Si bien se mencionan en el informe las medidas adoptadas para paliar la lentitud del crecimiento del empleo, no se precisa si esas medidas han cumplido o no su propósito. Desea saber por qué se ha producido un aumento de la intervención policial en casos de violencia doméstica y qué medidas se están adoptando para eliminar la violencia doméstica.

53.El Sr. Abdel-Moneim pregunta si las mejoras del sistema fiscal que se mencionan en el párrafo 10 del informe del Estado parte son mejoras en favor de los empleadores o de los trabajadores y si la disminución de los costos laborales mencionada en el párrafo 11 se ha logrado sin perjuicio de las condiciones de trabajo y remuneración. Con el fin de mejorar la calidad de los recursos humanos, el Estado parte ha adoptado medidas para establecer un sistema educativo que se ajuste a las necesidades del mercado de trabajo. Desea saber si se está procurando garantizar que esas medidas no vayan en detrimento de la aplicación de los artículos 13 a 15 del Pacto. En el párrafo 12 del informe del Estado parte se señala que la política del Gobierno respecto del mercado laboral no ha logrado los resultados previstos porque se ha aplicado en condiciones económicas desfavorables. Pregunta si lo que ha causado los problemas han sido únicamente las condiciones económicas o tal vez ha habido también deficiencias en la formulación de la política, demasiado centrada en la oferta del mercado de trabajo.

Se levanta la sesión a las 13.05 horas.