Comité de Derechos Humanos
143 er período de sesiones
Ginebra, 3 a 28 de marzo de 2025
Tema 3 del programa provisional
Aprobación del programa
Programa provisional anotado *
Programa provisional
1.Declaración solemne de los miembros del Comité recientemente elegidos, de conformidad con el artículo 38 del Pacto.
2.Elección de la Presidencia y de los demás miembros de la Mesa del Comité.
3.Aprobación del programa.
4.Cuestiones de organización y otros asuntos, incluida la aprobación del informe del Grupo de Trabajo sobre las Comunicaciones Individuales.
5.Reunión con representantes de órganos y organismos especializados de las Naciones Unidas, instituciones nacionales de derechos humanos y organizaciones no gubernamentales.
6.Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto.
7.Examen de las comunicaciones presentadas en virtud del primer Protocolo Facultativo del Pacto.
8.Aprobación del informe anual a la Asamblea General.
Anotaciones
1.Declaración solemne de los miembros del Comité recientemente elegidos, de conformidad con el artículo 38 del Pacto
De conformidad con el artículo 38 del Pacto y el artículo 14 del reglamento, los miembros del Comité elegidos en las reuniones 40ª y 41ª de los Estados partes en el Pacto, celebradas el 29 de mayo de 2024 y el 21 de enero de 2025, respectivamente, harán la siguiente declaración solemne:
“Declaro solemnemente que desempeñaré mis funciones de miembro del Comité de Derechos Humanos con toda independencia, imparcialidad y conciencia.”
2.Elección de la Presidencia y de los demás miembros de la Mesa del Comité
De conformidad con el artículo 39, párrafo 1, del Pacto y el artículo 16 del reglamento, el Comité elegirá de entre sus miembros a cinco personas para que asuman, respectivamente, la Presidencia, tres Vicepresidencias y la Relatoría. De conformidad con el artículo 18 del reglamento, los miembros de la Mesa del Comité serán elegidos para un mandato de dos años. En virtud del artículo 60 del reglamento, las elecciones se efectuarán por votación secreta, a menos que el Comité decida otra cosa al respecto, cuando para un cargo dado haya solamente una candidatura.
3.Aprobación del programa
De conformidad con el artículo 8 del reglamento del Comité, el primer tema del programa provisional de todo período de sesiones será la aprobación del programa, excepto cuando en virtud del artículo 16 de dicho reglamento haya que elegir a los miembros de la Mesa. En relación con este tema, el Comité aprobará el programa del período de sesiones.
De conformidad con el artículo 6 del reglamento, el Secretario General ha preparado el presente programa provisional en consulta con la Presidencia del Comité. De conformidad con el artículo 9, durante el período de sesiones el Comité podrá revisar el programa y, si procede, añadir, aplazar o suprimir temas.
4.Cuestiones de organización y otros asuntos, incluida la aprobación del informe del Grupo de Trabajo sobre las Comunicaciones Individuales
El 143er período de sesiones del Comité se celebrará del 3 al 28 de marzo de 2025. La primera sesión tendrá lugar el lunes 3 de marzo a las 10.00 horas.
Con arreglo al artículo 35 del reglamento del Comité, sus sesiones serán públicas, a menos que decida otra cosa o que de las disposiciones pertinentes del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos o de sus Protocolos Facultativos se desprenda que las sesiones deben celebrarse en privado.
En relación con este tema, el Comité examinará diversos asuntos referentes a sus actividades.
5.Reunión con representantes de órganos y organismos especializados de las Naciones Unidas, instituciones nacionales de derechos humanos y organizaciones no gubernamentales
En cada período de sesiones, el Comité se reúne con representantes de órganos y organismos especializados de las Naciones Unidas, instituciones nacionales de derechos humanos y organizaciones no gubernamentales. Por consiguiente, se han programado las siguientes reuniones: el 3 de marzo, sobre Burkina Faso, Montenegro y Zimbabwe, con las organizaciones y los organismos especializados de las Naciones Unidas y las instituciones nacionales de derechos humanos de las 11.30 a las 13.00 horas, y con las organizaciones no gubernamentales de las 15.00 a las 18.00 horas; y el 10 de marzo, sobre Albania, Haití y Mongolia, con las organizaciones y los organismos especializados de las Naciones Unidas, las instituciones nacionales de derechos humanos y las organizaciones no gubernamentales de las 10.00 a las 13.00 horas.
6.Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto
Durante el 143er período de sesiones del Comité se examinarán los informes de Albania, Burkina Faso, Haití, Mongolia, Montenegro y Zimbabwe. A continuación figura un calendario provisional para el examen de los informes, preparado en consulta con el Comité.
Calendario para el examen de los informes presentados en virtud del artículo 40 del Pacto
|
Estado |
Informe |
Fecha |
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Montenegro |
Segundo informe periódico (CCPR/C/MNE/2) |
Martes 4 de marzo, tarde Miércoles 5 de marzo, mañana |
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Burkina Faso |
Segundo informe periódico (CCPR/C/BFA/2) |
Miércoles 5 de marzo, tarde Jueves 6 de marzo, mañana |
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Zimbabwe |
Segundo informe periódico (CCPR/C/ZWE/2) |
Jueves 6 de marzo, tarde Viernes 7 de marzo, mañana |
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Mongolia |
Séptimo informe periódico (CCPR/C/MNG/7) |
Lunes 10 de marzo, tarde Martes 11 de marzo, mañana |
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Albania |
Tercer informe periódico (CCPR/C/ALB/3) |
Martes 11 de marzo, tarde Miércoles 12 de marzo, mañana |
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Haití |
Segundo informe periódico (CCPR/C/HTI/2) |
Miércoles 12 de marzo, tarde Jueves 13 de marzo, mañana |
De conformidad con el artículo 68 del reglamento del Comité, los representantes de los Estados partes pueden asistir a las sesiones del Comité cuando se examinen sus informes. En consecuencia, el Secretario General ha informado a los Estados partes interesados de las fechas previstas para que el Comité examine sus respectivos informes en el 143er período de sesiones.
Los equipos de tareas para los informes de los países examinarán y aprobarán una lista de cuestiones para el Chad y listas de cuestiones previas a la presentación de informes para Antigua y Barbuda, Barbados, Jordania, Mauricio, Nueva Zelandia, la República Dominicana y Samoa.
7.Examen de las comunicaciones presentadas en virtud del primer Protocolo Facultativo del Pacto
Teniendo presentes las disposiciones del artículo 107 del reglamento del Comité, el Grupo de Trabajo sobre las Comunicaciones Individuales se reunirá del 24 al 28 de febrero de 2025, con anterioridad al 143er período de sesiones.
De conformidad con las disposiciones del capítulo XVIII de su reglamento, el Comité examinará las comunicaciones que se le hayan presentado o parezcan habérsele presentado de conformidad con el Protocolo Facultativo.
Al 10 de enero de 2025 el Comité tenía pendientes 978 comunicaciones.
De conformidad con el artículo 5, párrafo 3, del Protocolo Facultativo y con el artículo 110 del reglamento del Comité, el presente tema del programa se examinará en sesiones privadas.