Distr.
GENERAL
CCPR/C/SR.1768
2 de agosto de 1999
ESPAÑOL
Original: FRANCÉS
COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS
66 º periodo de sesiones
ACTA RESUMIDA DE LA 1768 ª SESIÓN
celebrada en el Palacio de las Naciones, Ginebra,
el miércoles 21 de julio de 1999, a las 10.00 horas
Presidenta : Sra. MEDINA QUIROGA
SUMARIO
EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 40 DEL PACTO ( continuación )
Cuarto informe periódico de Rumania ( continuación )
CUESTIONES DE ORGANIZACIÓN Y OTROS ASUNTOS ( continuación )
La presente acta podrá ser objeto de correcciones.
Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Dichas correcciones deberán presentarse en forma de memorando y, además, incorporarse en un ejemplar del acta. Las correcciones deberán enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, Oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.
Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del actual período de sesiones del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después de la clausura del período de sesiones.
GE.99-43096 (EXT)
Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas .
EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 40 DEL PACTO (tema 4 del programa) ( continuación )
Cuarto informe periódico de Rumania (CCPR/C/95/Add.7; HRI/Corr.1/Add.13/Rev.1; CCPR/C/66/Q/ROM/1/Rev.1)
1. Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Rumania toman asiento como participantes a la mesa del Comité .
2. La PRESIDENTA invita a la delegación de Rumania a responder a las preguntas que quedaron pendientes en la sesión anterior.
3. El Sr. MOLDOVAN (Rumania) hace algunas aclaraciones sobre la cuestión de la restitución a la Iglesia Católica griega de sus propiedades. Así, la religión católica griega estuvo prohibida en Rumania entre 1948 y 1989 y, durante ese período, la mayoría de quienes la practicaban, amenazados de cárcel, se convirtieron a la religión ortodoxa, lo que explica que las iglesias católicas griegas se convirtieran en iglesias ortodoxas. Cuando los católicos griegos pudieron volver a practicar su religión legalmente, pidieron al Estado que les devolviera sus lugares de culto. Sin embargo, como el Estado no los había confiscado, no hizo más que remitirlos a las autoridades de la iglesia ortodoxa, que también se inhibieron de zanjar la cuestión. En efecto, en su opinión las negociaciones debían celebrarse a nivel de las comunidades locales. En consecuencia, el problema no es nada sencillo. No obstante, en una ley aprobada recientemente se prevé que en las comunidades en las que existan dos o más iglesias, si una de ellas fue originalmente católica griega y no se está usando, deberá ser restituida a la iglesia católica griega. Esta solución tiene el mérito de calmar los ánimos pero es insuficiente, razón por la cual el Estado ayuda actualmente a la iglesia católica griega a construir nuevos edificios.
4. En cuanto a las tierras, las iglesias, las viviendas y los bienes en general que fueron confiscados o nacionalizados durante el régimen comunista, el Estado se ha comprometido a restituirlos íntegramente. En términos de lugares de culto, la iglesia ortodoxa, por ser la principal confesión de Rumania, es efectivamente la que más tuvo que perder durante el régimen comunista.
5. Por lo que toca a los testigos de Jehová, el Sr. Moldovan dice que ese grupo religioso no goza de muy buena imagen ante la población, en especial porque sus miembros rechazan ciertos tratamientos médicos, como las trasfusiones sanguíneas. Sin embargo, gozan de reconocimiento absolutamente legal en el país y pueden difundir libremente sus publicaciones. Asimismo, el mediador mantiene relaciones correctas y periódicas con su representante.
6. En cuanto al servicio nacional sustitutivo, el Sr. Moldovan considera que no está en condiciones de determinar si el artículo 12 de la Ley No. 46/1996, por el que se instituye un servicio militar de 12 meses y un servicio nacional sustitutivo de 24 meses, crea una mera diferencia de trato o una discriminación. Puede indicar en cambio las razones que han dado lugar a esta elección: en primer lugar, el esfuerzo realizado no es el mismo según que los llamados cumplan un servicio militar u otra forma de servicio nacional, y, en segundo lugar, como el país tiene necesidad de soldados, no sería razonable alentar a una parte considerable de la población a abstenerse del servicio militar. Hay que añadir que el concepto de servicio nacional sustitutivo es nuevo en Rumania y que sus modalidades son susceptibles de revisión en el futuro en función de las reacciones de la población y de las necesidades del ejército. Cabe pensar asimismo que en un futuro, Rumania se orientará hacia una profesionalización de su ejército y atribuirá menos importancia al servicio militar obligatorio.
7. Finalmente, en relación con la cuestión de educación religiosa, el Sr. Moldovan señala que en virtud de la Ley No. 84/1995, la educación religiosa es obligatoria en la enseñanza primaria y facultativa en la enseñanza secundaria y superior. El alumno, con el consentimiento de sus padres o del tutor legal, elige la religión que desea estudiar. El principal problema que se plantea es el de la escasez de profesores idóneos para impartir esta educación. Por ejemplo, sólo en la ciudad de Bucarest, faltan más de 800 profesores, y esta situación se refleja negativamente en la calidad del enseñanza, aún cuando ésta esté mejorando paulatinamente.
8. El Sr. ATTILA (Rumania) dice que el derecho al aprendizaje de la lengua materna y a la educación en esa lengua es un principio constitucional. Este principio se ha reafirmado en la nueva ley sobre la educación, en la que se consagra el derecho de toda persona a seguir cursos en su idioma materno y a estudiar su idioma materno tanto en la enseñanza primaria como en la secundaria, profesional o superior. Así, se han creado secciones específicas en los establecimientos donde hay alumnos que soliciten ese enseñanza.
9. En relación con la creación de una universidad estatal en la que se dicten los cursos en húngaro, el Sr. Attila indica que nada en la nueva ley de educación prohíbe la creación de tal establecimiento, pero que es difícil llevarlo a la práctica. En un primer momento la comunidad húngara aceptó la solución transitoria de crear una universidad multicultural. Después, en 1998, el Gobierno decidió crear una universidad bilingüe en la que se dictaran cursos en húngaro y alemán. Tres partidos de la oposición hostiles a este proyecto entablaron acción judicial. El Gobierno ganó uno de los tres procesos incoados; en los otros dos están pendientes sendas apelaciones.
10. La enseñanza en idioma romaní plantea problemas especiales, porque hasta hace algunos años solamente, el romaní era un idioma exclusivamente oral. Sin embargo, se ha elaborado un alfabeto, un vocabulario y una gramática comunes a los diferentes dialectos del idioma y, gracias a los esfuerzos conjuntos del Ministerio de Educación, del Departamento para la Protección de las Minorías Nacionales, de diferentes organizaciones no gubernamentales, de organizaciones romaníes y de órganos internacionales , se ha podido crear en ciertas escuelas primarias clases en las que se imparte una enseñanza en idioma romaní y clases de estudio del idioma romaní. Al proceso todavía le falta mucho camino que recorrer. En particular, todavía hace falta contratar a personal docente de lengua romaní para todas las materias.
11. En cuanto a los bienes que pertenecieron a ciertas minorías, el Sr. Attila dice que actualmente se está debatiendo en el Parlamento un proyecto de ley general sobre la restitución. En espera de su aprobación, prevista para el otoño de 1999, ya se ha decidido la restitución de más de 60 edificios pertenecientes a iglesias comunitarias o minoritarias. La mayoría de ellos han sido entregados ya a sus antiguos propietarios. Para los particulares, que no pueden recurrir al Departamento para la Protección de la Minorías Nacionales, por cuanto éste sólo se ocupa de las propiedades pertenecientes a organizaciones, religiosas o de otra índole, existe siempre la posibilidad de intentar una acción judicial. Por su parte, el Departamento para la Protección de las Minorías Nacionales ha entablado varias acciones por discriminación racial e incitación al odio racial. Actualmente se están investigando varios casos de propaganda racista, de artículos racistas publicados en periódicos y de discriminación en el empleo, y se está juzgando un caso de incitación al odio racial.
12. Por último, respondiendo a una pregunta del Sr. Klein, el Sr. Attila dice que en la ley se prevé la posibilidad de que las organizaciones de grupos minoritarios obtengan una subvención, con cargo al presupuesto del Estado, para financiar parte de sus actividades. La ley no precisa cómo debe financiarse el resto de sus actividades. Además, muchas organizaciones reciben otros fondos públicos, en añadidura a los procedentes del presupuesto del Estado.
13. El Sr. DIACONESCU (Rumania), abordando la cuestión de los archivos de los antiguos servicios de seguridad, dice que el Parlamento acaba de adoptar una ley que entrará en vigor sin duda en el otoño de 1999, en la que se prevé el derecho de todo ciudadano a tener libre acceso, por una parte, a los archivos que le incumban y, por otra parte, a los archivos correspondientes a todo candidato a un cargo importante en una estructura administrativa o política.
14. La PRESIDENTA agradece a la delegación de Rumania la información abundante y detallada que ha proporcionado, que refleja los progresos logrados en materia de la promoción y protección de los derechos humanos. A este respecto, hay que destacar la revisión de la legislación para armonizarla con el Pacto y la creación del Departamento para la Protección de las Minorías Nacionales. También se han logrado adelantos en materia de la administración de la justicia, como lo demuestra la aplicación del principio de la inamovilidad de los jueces.
15. El Comité es consciente de la inmensidad de la tarea de las autoridades rumanas, que entraña en particular la modificación de comportamientos arraigados durante varios decenios. No obstante, subsisten algunos motivos de preocupación. El más importante es tal vez la situación de los niños en Rumania, y en especial la de los niños de la calle y los niños abandonados. El Estado Parte no debe escatimar esfuerzo alguno para brindarles la protección a que tienen derecho y deberá velar en particular por el debido registro de su identidad. Además, no ha desaparecido completamente la discriminación contra varias categorías de la población -la minoría romaní y las mujeres, por ejemplo- y el Estado Parte debe redoblar sus esfuerzos en esta esfera.
16. El Comité ha destacado que en virtud del artículo 49 de la Constitución de Rumania se puede limitar el ejercicio de ciertos derechos o de ciertas libertades por motivos muy ajenos a los previstos en el Pacto. Además, no parece que existan restricciones precisas que limiten la proclamación del estado de urgencia, y los decretos pertinentes pueden entrañar violaciones de los derechos humanos. Así, es importante que las autoridades rumanas adopten cuanto antes la ley orgánica pertinente que está actualmente en estudio.
17. Los vínculos entre el poder ejecutivo y el poder judicial son otro motivo de preocupación. Se ha dicho que el Ministro de Justicia se encarga de garantizar una interpretación única de la ley y su aplicación en todo el territorio nacional, lo que es a todas luces contrario al Pacto. Además, el tenor del párrafo 139 del informe no deja de ser inquietante porque revela la autoridad ejercida por el Ministro sobre la magistratura. También quedan pendientes de aclaración otros aspectos de la administración de la justicia, en particular las cuestiones relativas a los jueces en período de prueba, a las competencias del ministerio público y de las jurisdicciones militares. Conviene citar además otros temas de preocupación como las lagunas en la reglamentación sobre el uso de las armas de fuego, la cuestión de la violencia en el seno de familia y su prevención y las disposiciones del párrafo 4 del artículo 31 de la Constitución relativas al derecho a la información. Por último, es importante recordar que no sólo el Gobierno, sino también el Estado Parte, a saber, el conjunto de sus órganos, incluido el Parlamento, debe cumplir con los compromisos contraídos al ratificar el Pacto.
18. La Presidenta espera que entre la fecha actual y el examen del siguiente informe periódico de Rumania las autoridades de este país no cejen en sus esfuerzos por mejorar la administración de la justicia y la protección de los derechos humanos en general, y les desea mucho éxito en este empeño.
19. El Sr. DIACONESCU (Rumania) se felicita del diálogo sostenido con el Comité, cuyas observaciones y sugerencias constituyen orientaciones preciosas para las autoridades rumanas, en particular en lo que respecta al establecimiento de normas claras y precisas que rijan los diferentes aspectos de la vida civil y política. Huelga decir que el proceso de promoción y protección de los derechos humanos en Rumania no ha concluido, pero está bien encaminado, y las autoridades están firmemente decididas a zanjar en el más breve plazo varias cuestiones delicadas que no se ha podido abordar durante el examen del informe. El Sr. Diaconescu menciona a este propósito la cuestión de la escasez de medios financieros, los problemas de seguridad que afectan actualmente a toda la región, así como la cuestión de la protección de los rumanos residentes en el extranjero, en relación con las cuales las autoridades rumanas podrían solicitar el asesoramiento del Comité en el futuro.
20. La PRESIDENTA anuncia que el Comité ha concluido el examen del cuarto informe periódico de Rumania.
21. La delegación de Rumania se retira .
Se suspende la sesión a las 10.55 horas y se reanuda a las 11.20 horas .
CUESTIONES DE ORGANIZACIÓN Y OTROS ASUNTOS (tema 2 del programa) ( continuación )
Informe de la Presidenta sobre la undécima reunión de Presidentes de órganos creados en virtud de tratados (31 de mayo a 4 de junio de 1999)
22. La PRESIDENTA , presentando el proyecto de informe de la undécima reunión de los presidentes de órganos creados en virtud de tratados (documento sin signatura, en inglés solamente), que ha sido distribuido a los miembros del Comité, indica que esta reunión ha sido un poco especial por la participación de los relatores especiales de los diferentes órganos y porque los presidentes de esos órganos han podido asimismo sostener un prolongado intercambio de opiniones con los representantes de los Estados Partes. Estos últimos han expresado el deseo de que los seis órganos creados en virtud de tratados coordinen mejor sus trabajos y se esfuercen por encontrar soluciones que les faciliten la tarea de presentación de los informes periódicos. Por su parte, los presidentes han expuesto las dificultades comunes a todos los órganos creados en virtud de tratados, atribuibles en particular a la insuficiencia de los recursos asignados a las diferentes secretarías. Algunos presidentes han pedido a los representantes de los Estados Partes que velen por una representación equilibrada de las regiones y de los sexos en el momento de elegir a los miembros de esos órganos.
23. El Sr. Ramcharan, Alto Comisionado Adjunto para los Derechos Humanos, ha expuesto diversas consideraciones, que se recogen en los párrafos 16 y 17 del proyecto de informe. Puede destacarse en particular que la Oficina del Alto Comisionado desea iniciar una campaña de recaudación de fondos para todos los órganos creados en virtud de tratados entre los Estados Partes, las sociedades y empresas y otras instituciones capaces de colaborar, y espera encontrar financiamiento para el plan de acción de los tres Comités de que se trata, a saber, el Comité contra la Tortura, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial y el Comité de Derechos Humanos. La Presidenta pregunta por qué en esta iniciativa sólo se tiene en cuenta a los tres Comités mencionados, cuando la idea original era llevar a cabo una acción más global en favor de todos los órganos creados en virtud de tratados. Todavía no ha recibido una respuesta a su pregunta.
24. Se ha dicho que la Alta Comisionada preveía actualmente los medios para constituir, en el seno de sus servicios, un equipo que se encargaría del conjunto de los procedimientos relativos a las comunicaciones que incumben a los órganos creados en virtud de tratados pertinentes. Además, el Sr. Ramcharan ha propuesto la publicación de un manual, destinado a los Estados Partes, que contendría lo esencial de la jurisprudencia de los diferentes órganos creados en virtud de tratados, así como algunos otros documentos de interés para todos los Estados Partes (decisiones relativas a comunicaciones, observaciones generales o recomendaciones, observaciones finales a raíz del examen del informe de un Estado Parte, etc.).
25. La Sra. Anderson, Presidenta del 55º período de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos ha indicado que la Comisión organizaba "diálogos especiales" sobre ciertas cuestiones, y ha sugerido que, en la perspectiva de una cooperación más grande entre los diferentes Comités, la Comisión consulte en adelante a los demás órganos creados en virtud de tratados para determinar los temas de dichos diálogos. Algunos presidentes han pedido que se otorgue a los representantes de sus órganos un estatuto oficial que les permita asistir a los períodos de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos. La Presidenta del Comité de Derechos Humanos es de la opinión de que los órganos creados en virtud de tratados no deben estar necesariamente representados por sus presidentes en esas sesiones y que, llegado el caso, éstos deberían delegar la participación en otro miembro. Se ha planteado la misma cuestión en relación con la participación en los períodos de sesiones de órganos como el Consejo Económico y Social o la Asamblea General de las Naciones Unidas, en los que algunos presidentes deseaban participar oficialmente.
26. Después de la reunión con los representantes de los Estados Partes, los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados recomendaron la creación de un grupo de trabajo que reuniera a miembros de cada uno de los órganos y que se encargaría de considerar la posibilidad de establecer directivas comunes para la presentación de los informes por los Estados Partes. También se ha evocado otra idea, a saber, que los Comités se inviten mutuamente a asistir a sus períodos de sesiones, en particular cuando las cuestiones examinadas con arreglo a determinado tema del programa, por ejemplo, el relativo a las observaciones generales, toquen aspectos de interés común. Por otra parte, la Sra. Bonoan-Dandan, Presidenta del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ha sugerido que sería conveniente disponer de un manual de interpretación de los diferentes instrumentos, que podrían preparar los miembros de la comunidad universitaria.
27. Otro tema fue objeto de un prolongado debate, a saber, el del tenor de una carta dirigida por el Sr. Ramcharan a la undécima reunión de los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados, que la Presidenta hizo distribuir a todos los miembros del Comité. De la lectura de esa carta parece desprenderse que la Oficina del Alto Comisionado prevé la posibilidad, para las Naciones Unidas en general y los órganos creados en virtud de tratados en particular, de comprometer directamente la responsabilidad de las sociedades y empresas respecto de la protección de los derechos humanos. Como esta cuestión no ha sido objeto de debate previo en el seno del Comité de Derechos Humanos, la Presidenta ha dado a conocer su opinión personal, a saber, que sería totalmente inapropiado que los órganos creados en virtud de tratados trataran directamente con las sociedades y que, conforme a su mandato, debían seguir dirigiéndose a los Estados Partes, para pedirles que velaran por el pleno respeto de los derechos humanos, y que también los respetaran dichas sociedades. La Presidenta desearía que los miembros del Comité se expresaran a este respecto.
28. En la undécima reunión se examinó también una carta dirigida por ciertas organizaciones no gubernamentales que deseaban poder exponer ante los órganos creados en virtud de tratados los problemas con que tropezaban los defensores de los derechos humanos en el cumplimiento de su misión. La Presidenta hizo distribuir asimismo una copia de dicha carta a los miembros del Comité.
29. También se ha tratado la cuestión de la cooperación entre los órganos creados en virtud de tratados y los relatores especiales para el examen de los informes de los Estados Partes. Sería conveniente disponer del informe preparado por un relator especial antes del examen del informe de un Estado Parte para conocer mejor la situación de los derechos humanos en ese Estado. Algunos relatores especiales también han expresado su deseo de sostener ocasionalmente intercambios oficiosos con los órganos creados en virtud de tratados, durante los cuales podrían comunicar información útil para el examen de los informes de los Estados Partes.
30. Por último, antes de la undécima reunión, tuvo lugar un cursillo para los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados y los relatores especiales sobre la cuestión de la integración de los problemas relacionados con el género en un sistema de protección de los derechos humanos.
31. El Sr. LALLAH. comparte plenamente las reservas de la Sra. Medina Quiroga en relación con la sugerencia de la Oficina del Alto Comisionado de establecer contactos directos con las sociedades o empresas. Por otra parte, recuerda que en su declaración de introducción al inaugurarse el período de sesiones, el Alto Comisionado Adjunto para los Derechos Humanos dijo en términos diplomáticos que la cuestión de los derechos humanos era de gran importancia para la Organización pero que, lamentablemente, ésta carecía de los medios financieros para ocuparse de ella. El discurso de los Estados Partes suele ser el mismo: se declaran totalmente dispuestos a mejorar la situación de los derechos humanos, pero achacan las dificultades con que tropiezan a la falta de medios. Habría que evitar que los Estados Partes invoquen este argumento. Así, antes que dirigirse directamente a las sociedades y empresas para encontrar soluciones a este problema, las Naciones Unidas deberían más bien establecer vínculos con instituciones financieras como el Banco Mundial, el Banco Asiático de Desarrollo, el Banco Africano de Desarrollo u otras instituciones que defienden los intereses del sector privado y de sociedades con las que se ha sugerido que el Comité debería establecer contactos. Su importancia es tanto mayor ahora que la privatización es la palabra clave, que entraña una transferencia de poder de los gobiernos a instituciones privadas que no tienen que dar cuenta al público de sus actos. Podría tal vez encontrarse los medios para que estas instituciones, indiferentes en general al problema del respeto de los derechos humanos, tengan en cuenta esta dimensión en sus relaciones con los gobiernos, y tengan presente las obligaciones contraídas por los Estados Partes con los que tratan.
32. La PRESIDENTA dice que tal vez no se ha interpretado correctamente sus palabras. La cuestión de una campaña entre las sociedades y organismos privados para encontrar recursos complementarios es una cosa, y otra cosa es la cuestión de la atribución, por parte de los órganos creados en virtud de tratados, de responsabilidad a dichas sociedades en relación con la protección de los derechos humanos, y concretamente pedía la opinión de los miembros del Comité a este último respecto.
33. La Sra. CHANET desearía ante todo saber en qué marco se inscribe el cursillo sobre la integración de los problemas relacionados con el género en el sistema de protección de los derechos humanos, que tuvo lugar antes de la reunión de los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados, y a qué resultados condujo. En cuanto a la reunión propiamente dicha, le preocupa cada vez más la forma en que ha evolucionado. Organizada originalmente para ofrecer a los órganos creados en virtud de tratados la posibilidad de proceder a un intercambio de opiniones para hacer más eficaces sus actividades, se ha transformado gradualmente en un gigantesco foro, cuyo programa es preparado por la Alta Comisionada para los Derechos Humanos sin la más mínima consulta con los órganos interesados, en el que participan representantes de una amplia gama de órganos y de organismos intergubernamentales y de organizaciones no gubernamentales, y donde suelen olvidarse las preocupaciones de los órganos creados en virtud de tratados. Luego están las interrogantes que suscita el estudio de la Sra. Bayefski, cuyos objetivos siguen siendo dudosos, y el proyecto de documento sobre la iniciación de los nuevos miembros de los órganos creados en virtud de tratados concebido como si éstos no tuviesen noción alguna de derecho, cuando el objetivo no es más que informarles acerca del apoyo que puede aportar la secretaría a los diferentes órganos. Sin embargo, no sólo hay aspectos negativos. Los objetivos del Plan de Acción mencionado en el párrafo 66 parecen más claros en la versión revisada de dicho documento que en el proyecto inicial presentado en Nueva York, aunque aún hay que esforzarse para eliminar ambigüedades. Por otra parte, hay que celebrar la recomendación de que los órganos creados en virtud de tratados presenten directamente sus informes a la Asamblea General, como lo hace, por ejemplo, la Comisión de Derecho Internacional.
34. La Sra. GAITÁN DE POMBO considera que la reunión de los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados ha sido realmente útil no solamente por los contactos fructíferos que han podido tener los presidentes sino también por la presencia de otros órganos, de organizaciones no gubernamentales y representantes de Estados Miembros, no obstante el riesgo de dilución señalado por la Sra. Chanet. Por otra parte, considera que es importante establecer un diálogo permanente con los relatores especiales. De hecho, ha podido darse cuenta de que en su propio país, Colombia, que ha recibido a casi todos los relatores especiales, la falta de coordinación entrañaba con frecuencia una pérdida de tiempo y de dinero que iba en contra de la propia eficacia de la misión. Con frecuencia las recomendaciones de los diferentes órganos creados en virtud de tratados y de los relatores especiales se repetían inútilmente o eran francamente contradictorias. En esta óptica podría ser sumamente útil un mecanismo permanente de coordinación.
35. Es digna de apoyo la propuesta del Sr. Lallah de establecer vínculos con las instituciones financieras internacionales. En cambio, como lo ha observado la Presidenta, quienes están sujetos al derecho internacional son los Estados, y en ellos recae la responsabilidad de las violaciones que pudieran cometer las sociedades privadas que funcionan en su territorio.
36. Sería conveniente disponer de más detalles sobre el estudio de la Sra. Bayefski. Sería interesante saber en particular qué reacciones suscitó en la reunión y a qué propuestas dio lugar. Por último, habida cuenta de la importante tarea cumplida y de sus funciones en calidad de órgano "semi jurisdiccional", el Comité reúne todas las condiciones necesarias para que su informe anual sea dirigido directamente a la Asamblea General de las Naciones Unidas, y debería apoyarse la propuesta hecha en ese sentido en el informe de la reunión.
37. La Sra. EVATT está totalmente de acuerdo con la Sra. Chanet y afirma como ella que los órganos creados en virtud de tratados ya no ejercen control alguno sobre la reunión de sus presidentes. Ello se explica en parte por el hecho de que no han reflexionado sobre los medios de aprovechar mejor esas reuniones y porque no siempre se ocupan del seguimiento necesario, y con frecuencia no se molestan en expresar su opinión sobre las diferentes cuestiones inscritas en el programa de la reunión.
38. En el párrafo 17 del informe se hace referencia a la constitución de un equipo central que se encargaría de prestar los servicios necesarios a los órganos creados en virtud de tratados en el marco del procedimiento de examen de las comunicaciones. A este respecto, sería bueno que el Comité examinara la cuestión de determinar cuáles serán las incidencias de esta medida sobre sus trabajos. Por otra parte, la recomendación que figura en el párrafo 51 del informe, de que se dé a esos órganos la posibilidad de hacerse representar durante el examen de su informe anual por la Asamblea General, es positiva y habría que apoyarla. Además, respecto de la recomendación que figura en el párrafo 55 del informe de la reunión, huelga decir que el Comité no sólo tiene la posibilidad sino también el deber de atribuir atención especial a la situación de las personas infectadas por el VIH o afectadas por el SIDA durante el examen de los informes de los Estados Partes. Como en la mayoría de los casos se trata de problemas de información, el Grupo de Trabajo del Comité ha pedido a la OMS que señale a la atención del Comité los casos que a su juicio sería importante abordar con las delegaciones de los países interesados. Tal vez así se consiga eliminar las deficiencias actuales.
39. En opinión de la Sra. Evatt, la recomendación que figura en el párrafo 61 es muy acertada, puesto que el Comité coopera ya con los procedimientos especiales, cuya aportación habría que apoyar en el marco del proceso de elaboración de las preguntas formuladas por escrito a los Estados Partes. Por otra parte, las medidas recomendadas en el párrafo 65 deberían contribuir a aliviar la carga que representa para los Estados Partes la elaboración de informes sobre la aplicación de seis instrumentos cuyas disposiciones suelen coincidir. A este propósito sería conveniente que una o dos sesiones de la próxima reunión que celebren los presidentes de órganos creados en virtud de tratados se consagren al examen de los temas comunes a los diferentes instrumentos, para poder determinar el carácter de los cambios que podrían introducirse. Los indicadores de que se trata en el párrafo 68 del informe también deberían ser objeto de consultas porque los miembros de los diferentes órganos podrían tal vez aportar una contribución en esta esfera. Por último, por lo que toca a la cuestión de la responsabilidad de las empresas privadas, podría alentarse a los Estados a que elaboren normas para hacer frente a las violaciones perpetradas por ciertas empresas multinacionales. Como estas empresas funcionan en varios países, el Comité podría proponer la idea de una acción conjunta por parte de los Estados interesados.
40. El Sr. KLEIN dice que la propuesta de conferir a un representante de los órganos creados en virtud de tratados un estatuto oficial en el seno de la Comisión de Derechos Humanos debe abordarse con circunspección. En efecto, estos órganos, integrados por expertos independientes e imparciales, son completamente diferentes de la Comisión , que cumple una función política. A este respecto es sorprendente que los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados hayan podido dar su visto bueno a semejante propuesta, sin que se haya sometido siquiera a debate. En consecuencia, sería conveniente que el Comité estudiase más la cuestión.
41. El Sr. SCHEININ comparte plenamente la opinión del Sr. Klein y piensa que el Comité sólo cumplirá convenientemente sus funciones si se mantiene independiente de los órganos políticos. Por otra parte, no ve el interés de reuniones separadas de los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados con representantes de los Estados Partes. Además, la idea de que esos presidentes hayan podido apoyar, como se sugiere en el párrafo 50, la incorporación en los informes anuales de esos órganos de reflexiones de los Estados Partes sobre las observaciones finales es cuando menos inquietante. Ello podría dar pie a toda índole de negociaciones. Las observaciones finales marcan la conclusión del procedimiento examen de los informes de los Estados Partes y la mejor manera de que den curso a esas observaciones es que los Estados comiencen a preparar la presentación del informe siguiente. En el párrafo 38 del informe de la reunión se señala a la atención el argumento de los Estados Partes según el cual la obligación de presentar informes es un obstáculo importante para la ratificación de los instrumentos internacionales. La aceptación de este argumento equivale a aceptar la idea de que la ratificación no debería entrañar ningún compromiso, lo cual es absurdo. La presentación de informes constituye una obligación que es parte integrante del proceso de aplicación del instrumento ratificado.
42. En relación con la cuestión de la responsabilidad de las empresas privadas en caso de violación de los derechos humanos, hay que recordar que el Comité ha tenido muchas veces la ocasión de examinar las consecuencias nefastas de las actividades de las empresas multinacionales sobre los derechos de las personas, pero lo ha hecho desde el punto de vista de la responsabilidad de los Estados de que dependen esas empresas. La mayoría de los casos examinados en este contexto tenían que ver con la violación de los derechos de ciertos pueblos autóctonos y minorías por concesiones otorgadas por los poderes públicos a empresas privadas. En su respuesta a la carta del Sr. Ramcharan, el Comité debería analizar los diferentes casos en los que ha determinado la responsabilidad de un Estado Parte por las actividades de una empresa privada. Asimismo, en las decisiones que adopte sobre este tipo de cuestiones en el marco del proceso de examen de las comunicaciones, el Comité debería indicar claramente el nombre y la función de la empresa de que se trate y la razón por la cual considera al Estado Parte responsable de las violaciones cometidas por aquélla. Por otra parte, no incumbe al Comité escuchar las opiniones de las empresas privadas. Le basta pedir a los Estados interesados que las tengan en cuenta en su respuesta a las comunicaciones.
43. Sin entrar en los detalles del Plan de Acción a que se hace referencia en el párrafo 66, el Sr. Scheinin pone de relieve otro malentendido. En su opinión, habría que indicar claramente que el Comité proporciona directivas a los Estados, pero que en ningún caso podría proporcionarles asistencia técnica en el marco de la elaboración de sus informes. De hecho, el Comité no puede ser al mismo tiempo juez y parte.
44. El Sr. AMOR considera anormal, por su parte, que hasta 1993, los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados, los relatores especiales y, en general, todas las personas interesadas en la defensa de los derechos humanos, no hayan tenido ningún tipo de contacto y no hayan intercambiado entre ellos información que les permitiera ejercer mejor las funciones que se les han confiado. A este respecto, la reunión de los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados es útil y necesaria para la búsqueda de soluciones comunes a problemas que algunas veces parecen reducirse a una mera escasez de medios, pero que en realidad son fundamentales para el buen funcionamiento de los trabajos de los órganos y mecanismos de que se trata. En efecto, el respeto de los derechos humanos plantea en general cada vez más problemas, en circunstancias en que se dispone de cada vez menos medios físicos, humanos y financieros para solucionarlos. Por ello deben abordarse colectivamente todas estas dificultades para que los miembros de los órganos creados en virtud de tratados y los relatores especiales, en particular, puedan ejercer sus actividades en condiciones aceptables.
45. En opinión del Sr. Amor, tampoco es normal que se instaure poco a poco una lógica de uniformización, de burocratización y de control superior, que a su juicio mal podría servir a la causa de los derechos humanos. Los miembros de los órganos creados en virtud de tratados y todos los relatores especiales deben poder ejercer sus funciones con toda independencia, tanto respecto de los propios Estados como de los órganos de los que han recibido sus mandatos. A este respecto, aún cuando existan disposiciones comunes en los instrumentos internacionales sobre la creación de los diversos órganos, como por ejemplo entre el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, un enfoque diferente podría ser fuente de diversidad y riqueza, y conviene que cada uno haga gala de creatividad y de imaginación para contribuir así al progreso en la esfera de los derechos humanos. A este respecto, si bien la coordinación es necesaria, la uniformización -acompañada de la parálisis de los medios- que parece ser la tendencia actual, puede suponer un grave peligro para el libre arbitrio de cada uno en el ejercicio de las funciones que se les han confiado. Por último, respecto de la cuestión concreta de la posible presencia de un representante del Comité en la Comisión de Derechos Humanos, el Sr. Amor comparte la opinión del Sr. Klein: está bien que el Comité se informe, pero no debe implicarse en cuestiones que no son necesariamente de su incumbencia y que algunas veces podrían ser únicamente políticas.
46. Lord COLVILLE piensa que como, según parece, las reuniones con los Estados Partes van a continuar, el Comité debería sacar mejor partido de ellas. A este respecto, sugiere que en el programa de estas reuniones se incluya un tema relativo al seguimiento dado a las conclusiones del Comité adoptadas en virtud del Protocolo facultativo. Así, el Comité podría pedir a los Estados Partes de que se trate que expusieran con precisión las medidas que han adoptado para aplicar sus conclusiones, y los Estados Partes que no respeten plenamente sus compromisos en este esfera podrían inspirarse en el ejemplo dado por otros Estados Partes más escrupulosos en la materia. Lord Colville espera que el Comité acoja favorablemente esta sugerencia.
47. El Sr. ZAKHIA comparte plenamente las opiniones del Sr. Lallah, que ha evocado los elementos más importantes para el futuro de los trabajos del Comité y la situación de los derechos humanos en el mundo. De hecho, con el fenómeno de la mundialización, los Estados pierden cada vez más poderes, mientras que los organismos financieros, cada vez más poderosos, les van imponiendo restricciones en materia de gastos, esencialmente en las esferas económica y social. Así, algunos países se encuentran en una situación muy tensa, transformándose en Estados cada vez más policiales, militarizados y fundamentalistas. En estas condiciones, si se sigue haciendo a los Estados Partes recomendaciones en materia de derechos humanos que éstos no están en condiciones de aplicar, el Comité se transformará en una entidad meramente académica. El problema es grave y lo será cada vez más. A este respecto, tomando el ejemplo del Banco Mundial, que ha exigido concretamente que se realicen estudios de las repercusiones sobre el medio ambiente antes de otorgar ayuda a tal o cual país, los órganos de protección de los derechos humanos, en particular el Comité, podrían asimismo prever un medio de influir sobre los organismos financieros para que sostengan su acción. En opinión del Sr. Zakhia, es indispensable una medida en este sentido porque en lo sucesivo existe el peligro de que una minoría de países ricos disponga de los medios para hacer respetar los derechos humanos mientras que la gran mayoría de los países pobres, que son los que más ayuda necesitan, se vea imposibilitada de aplicar concretamente los derechos humanos.
48. El Sr. POCAR dice que una de las dificultades que ha podido trabar los trabajos de los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados en su undécima reunión podría atribuirse al hecho de que el programa de la reunión no fue preparado por los propios presidentes, sino por la secretaría, lo que debería evitarse en el futuro. Además, comparte las preocupaciones expresadas por el Sr. Amor en relación con el peligro de una institucionalización excesiva y considera también que habría que coordinar las actividades de los diversos órganos, conservando al mismo tiempo la independencia de cada uno. Por otra parte, no considera necesario que se celebran reuniones con los Estados Partes en el marco de la reuniones de los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados y espera que se abandone rápidamente esta práctica.
49. En cuanto al proyecto del informe propiamente dicho, el Sr. Pocar, refiriéndose al párrafo 49, donde dice que los presidentes han invitado a los Estados Partes a apoyar sus trabajos, en particular decidiendo la asignación de recursos suficientes en el marco de la Quinta Comisión, dice que se trata de un tipo de decisión que no depende en absoluto del mandato de los órganos creados en virtud de tratados. En efecto, por lo que se refiere al Comité, en el artículo 36 del Pacto se prevé que el Secretario General les proporcionará el personal y los servicios necesarios y, en su caso, corresponde al propio Secretario General dirigirse a la Quinta Comisión para todo lo relativo al financiamiento. Asimismo, el Sr. Pocar no considera apropiado indicar, como se dice en el párrafo 50, que los Estados Partes pueden formular comentarios sobre las observaciones finales adoptadas a raíz del examen de sus informes periódicos. A este respecto, la obligación de los Estados Partes consiste en dar curso a esas observaciones y no en comentarlas. Por otra parte, parece que en el informe se insiste más en la forma en que los órganos creados en virtud de tratados pueden contribuir a los trabajos del sistema de las Naciones Unidas, más bien que a la inversa, lo cual es lamentable. Así, el capítulo IV está consagrado a la cooperación de esos órganos con los departamentos, las instituciones especializadas, los fondos, programas y mecanismos de las Naciones Unidas, sin mencionarse en absoluto el apoyo que el propio sistema de las Naciones Unidas podría aportar a esos órganos. Además, refiriéndose a la última frase del párrafo 26, el Sr. Pocar dice que no entiende cómo el principal encargado de las sesiones del Comité podría seleccionar oficialmente las partes de las observaciones finales del Comité que serían especialmente "interesantes para la prensa", lo que parece totalmente contrario a los principios seguidos por el Comité. Por último, refiriéndose al párrafo 45 del proyecto de informe, se pregunta qué hay que entender por "órganos de supervisión" en relación con el Comité, porque si bien éste debe presentar efectivamente un informe a la Asamblea General, ésta no es un órgano de supervisión de aquél.
50. El Sr. LALLAH refiriéndose al párrafo 51 del proyecto de informe relativo a la presencia de los presidentes o representantes de los órganos creados en virtud de tratados en las sesiones de la Asamblea General en las que se examinan los informes anuales de esos órganos, dice que se trata de una cuestión que ha sido examinada en los dos o tres años siguientes a la creación del Comité, pero que todas las propuestas en ese sentido han sido rechazadas, precisamente porque el Comité no quería dar la impresión de que debía responder ante la Asamblea General de sus propios trabajos, que realiza de manera independiente. Con todo, siempre es posible echarse atrás de la decisión adoptada a la sazón. Sin embargo, para el Sr. Lallah, es difícil concebir que el presidente o un representante del Comité tenga que responder ante la Asamblea General de las críticas que se hayan formulado, por ejemplo, respecto de alguna de sus observaciones generales relativas a determinado artículo del Pacto.
51. El Sr. ANDO comparte las opiniones expresadas por el Sr. Pocar y el Sr. Lallah. Respecto de los recursos financieros de que puede disponer el Comité, recuerda que, por su intermedio, el Comité recurrió hace algunos años al financiamiento de una empresa privada japonesa para publicar las actas resumidas de sus períodos de sesiones, que no se han vuelto a distribuir como documentos oficiales desde hace más de diez años. Ahora bien, considerando que normalmente es obligación de las Naciones Unidas publicar los documentos de todos los órganos creados en virtud de tratados, habría que volver a examinar esta importante cuestión.
52. La PRESIDENTA señala que toda la primera parte del proyecto de informe consiste en un acta de los debates celebrados durante la reunión de los presidentes y que las expresiones allí empleadas no significan necesariamente que haya habido un consenso entre todos los participantes. En todo caso, el proyecto de informe ha sido objeto de muchas observaciones y el Comité las examinará en una próxima sesión. Por último, respondiendo a la pregunta de la Sra. Chanet, la Presidenta indica que el cursillo sobre la integración de los problemas relacionados con el género en el sistema de protección de los derechos humanos en el que ha participado ha sido ocasión para un intercambio útil de información y sugerencias entre los relatores especiales y los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados pertinentes, pero que ha sido de carácter relativamente oficioso y no ha conducido a ninguna decisión o compromiso concretos por parte de los participantes.