NACIONES

UNIDAS

CERD

Convención internacional

sobre la Eliminación

de todas las Formas

de Discriminación Racial

Distr.general

CERD/C/SR.173214 de marzo de 2006

ESPAÑOLOriginal: FRANCÉS

COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN RACIAL

68º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 1732a SESIÓN

celebrada en el Palacio Wilson, Ginebra,el martes 21 de febrero de 2006 a las 10.00 horas

Presidente: Sr. de GOUTTES

SUMARIO

EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN (continuación)

Informes periódicos 12º a 15º de México (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 10.10 horas.

EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN (tema 6 del programa) (continuación)

Informes periódicos 12º a 15º de México (CERD/C/473/Add.1; documento sin signatura distribuido en la sala de reuniones en español solamente por la delegación de México) (continuación)

1. Por invitación del Presidente, la delegación de México vuelve a tomar asiento como participant e a la mesa del Comité.

2.El Sr. TANG exhorta a México a redoblar los esfuerzos para garantizar el derecho a la autodeterminación de los pueblos indígenas y llama la atención de la delegación, a ese respecto, sobre la recomendación general núm. 21 del Comité concerniente al derecho a la autodeterminación. Tras haber recordado que las minorías deben participar en los asuntos públicos a todos los niveles, el experto pregunta cómo se nombra a los responsables de las autoridades locales y en qué medida las poblaciones locales, en particular las indígenas, tienen voz y voto en ese ámbito. El orador desea saber en concreto el porcentaje de puestos ocupados por indígenas en las autoridades locales. Por otra parte, el Sr. Tang menciona las fuentes de información según las cuales los conflictos agrarios especialmente graves se producen en las regiones indígenas y solicita más información sobre la resolución de los conflictos sobre la tierra y las medidas adoptadas por el Gobierno Federal para solucionar este problema.

3.El PRESIDENTE, expresándose a título personal, solicita más información sobre las medidas especiales adoptadas por el Estado parte a favor de los indígenas en el marco de los procedimientos judiciales, concretamente para facilitarles acceso a la justicia y ayuda jurisdiccional, y sobre la posible existencia de sanciones adaptadas a los indígenas. En ese sentido, el Presidente señala a la atención de la delegación la recomendación general núm. 31 del Comité sobre la discriminación racial en la administración y el funcionamiento del sistema de justicia penal.

4.La Sra. GALLART NOCETTI (México) dice que sería demasiado largo exponer los motivos por los que 9 Estados de los 19 que conforman México rechazaron en 2001 el texto que reforma la Constitución en lo que se refiere al ámbito de los derechos y la cultura de los pueblos indígenas. La delegación mexicana facilitará a los miembros del Comité el Libro Blanco de la Reforma Judicial de 2001que presenta en detalle las enmiendas aprobadas, la posición del Gobierno Federal y las reservas expresadas por las diferentes entidades que se oponen a las reformas. Después del censo realizado en 2000, México está compuesto por 62 pueblos indígenas, que representan aproximadamente a 13 millones de personas. A efectos del censo, los poderes públicos han utilizado sobre todo el criterio de la lengua para determinar si una persona pertenece o no a un grupo indígena, aunque también existen otros criterios, como la cultura. El artículo 2 de la Constitución reconoce expresamente la diversidad cultural y étnica de México. El español y las lenguas indígenas son consideradas como lenguas nacionales y tienen el mismo valor en todo el territorio. El Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, creado a petición de los pueblos indígenas y compuesto principalmente por estos, se esfuerza en promover el uso de las lenguas vernáculas y defender en particular las 20 lenguas en vías de extinción.

5.El Gobierno Federal despliega considerables esfuerzos para prestar ayuda a los pueblos indígenas, concretamente para mejorar y desarrollar las infraestructuras (electrificación, construcción de carreteras y viviendas) en las regiones habitadas predominantemente por indígenas. Igualmente se han adoptado medidas en el ámbito de la salud con vistas a desarrollar los centros de atención de la salud primaria y promover los recursos para la medicina tradicional. La delegación de México reconoce que la esterilización forzosa existe, aunque no como una práctica sistemática que se ejerce en los centros de salud pública.

6.En la esfera de la educación, el Estado ha puesto en marcha 6.248 proyectos en 24 entidadesfederativas con el objeto de alentar a los indígenas a inscribirse en la universidad. También existe un cierto número de hogares donde los niños que viven en regiones aisladas reciben alimentos, alojamiento y cuidados y, de ese modo, pueden continuar yendo al colegio. Estos hogares, que en gran parte están financiados por el sector privado, también conceden programas de becas para los niños. También se han puesto en marcha programas para fortalecer las capacidades de las comunidades indígenas, en concreto en el ámbito de la formación profesional.

7.La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas ha encargado una treintena de estudios con el objetivo de promover los derechos sociales y culturales de estas comunidades y ha emprendido un estudio sobre la discriminación respecto a las mujeres indígenas.

8.Un reducido número de Estados reconocen los mecanismos tradicionales de solución de conflictos entre indígenas e intentan reconciliar estos mecanismos con el sistema judicial federal.El juez auxiliar tiene competencias en todas las cuestiones relacionadas con los indígenas pertenecientes a su jurisdicción y está reconocido oficialmente como parte del poder judicial local. Es preciso señalar que no existe ninguna función de este tipo en el plano federal.

9.Los indígenas disponen de su propio sistema de consultas. A ese respecto, los problemas de acceso a la justicia se explican principalmente por el hecho de que los indígenas a veces ignoran sus derechos fundamentales en materia de acceso a la justicia y no dominan siempre el español, la única lengua utilizada en las instancias judiciales.

10.La oradora indica, además, que el Gobierno de México ha adoptado medidas en materia de educación e información a favor de las poblaciones indígenas, y más concretamente a favor delas mujeres, con el fin de que este grupo de población disfrute de una verdadera igualdad de oportunidades.Se ha creado un programa de becas escolares destinado específicamente a mujeres jóvenes indígenas con objeto de permitirles continuar su escolarización, y también se han realizado programas de formación y de acceso a la educación para las mujeres que viven en medios rurales.

11.La representante reconoce que las mujeres indígenas experimentan más problemas que otras personas en lo que respecta al acceso a la atención primaria de la salud, debido principalmente al hecho de que éstas no hablan el idioma nacional. Para resolver este problema, el Gobierno ha decidido formar a comadronas y enfermeras que hablen las lenguas indígenas. Se han llevado a cabo numerosas campañas de sensibilización a cargo de profesionales de la salud, así como campañas radiofónicas de información sobre salud reproductiva a lo largo de todo el país y en las lenguas indígenas. Las redes locales informan, además, a las mujeres sobre métodos de planificación familiar y salud reproductiva.

12.La oradora indica, por otra parte, que el personal judicial se ha beneficiado de numerosos programas de sensibilización acerca de la diversidad cultural, aunque todavía se no conoce el impacto de los mismos. Después de varios años, se han redoblado los esfuerzos para mejorar la formación lingüística de los abogados y para dotarles los medios necesarios para defender a las poblaciones indígenas. Actualmente 17 abogados que hablan las lenguas indígenas trabajan en las instancias judiciales regionales. No obstante, el Gobierno reconoce que queda mucho por hacer en ese ámbito.

13.El Sr. PILLAI acoge con satisfacción las respuestas tan pormenorizadas ofrecidas por la delegación de México pero solicita una aclaración sobre la esterilización forzosa de mujeres indígenas. De hecho, aunque la delegación afirma que México no aplica ninguna política de esterilización forzosa, sería muy interesante saber si los responsables de la administración de la salud han cometido tales actos. Asimismo, el Sr. Pillai pide a la delegación que explique en qué circunstancias la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas se ha ocupado de este asunto.

14.El Sr. BOYD también desea saber si los actos de esterilización forzosa se han llevado a cabo sin autorización oficial y si los responsables administrativos de México han estado implicados en dichos actos.

15.El Sr. YUTZIS considera que, si bien resulta muy difícil en la teoría y en la práctica afirmar que un Estado practica un racismo institucionalizado, nadie puede negar la existencia de elementos residuales de racismo o discriminación. Así pues lo que importa es saber en qué medida el Estado de México controla la práctica de la esterilización forzosa de mujeres indígenas que, aunque no se deriva de una política oficial del Estado, a pesar de todo, es muy real.

16.La Sra. JANUARY-BARDILL considera interesante el hecho de que México se considere a sí mismo un país tanto de origen como de destino de migrantes económicos, ya que esto supone que la sociedad mexicana se encuentra en proceso permanente de mutación y que los elementos que la componen son muy cambiantes. Por consiguiente, desea conocer las medidas adoptadas por el Gobierno de México para corregir algunos desequilibrios y para proteger a las comunidades que son más susceptibles de sufrir discriminación debido a la gran movilidad de sus miembros. La oradora estima, además, insuficiente la información facilitada por el Estado parte sobre la situación de las personas de origen africano y, más concretamente, acerca de las repercusiones de la discriminación que sufren esas personas en el ámbito de la educación y de la vivienda sobre su nivel de pobreza.

17.La Sra. DAH está convencida de que el Gobierno de México tiene la firme voluntad de conseguir la integración de las poblaciones indígenas en la vida política, social y cultural del país, aunque desea saber si se ejerce algún control sobre los medios de comunicación mexicanos, privados o públicos, que emiten programas que contienen expresiones o personajes racistas.

18.La Sra. GALLART NOCETTI (México) indica que la delegación de México no está en condiciones de proporcionar al Comité estadísticas sobre la representación de los miembros de las poblaciones indígenas en las instituciones públicas locales. Afirma que México no aplica ninguna política de esterilización forzosa; de hecho, el Gobierno está seriamente preocupado por estas prácticas que ha señalado la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. De hecho se han presentado numerosas denuncias por parte de mujeres indígenas víctimas de actosde esterilización forzosa, tanto permanente o como temporal, que se han efectuado sin su consentimiento. Estas denuncias fueron investigadas y los culpables fueron sancionados. El Gobierno de México reconoce que estas prácticas perduran y que se debe luchar firmemente contra éstas. Posteriormente se facilitará al Comité información más detallada sobre esta cuestión.

19.En lo que respecta a la discriminación racial ejercida por los medios de comunicación, la oradora señala que la mayor parte de los medios de comunicación mexicanos está en manos del capital privado y reconoce que estos medios emiten con frecuencia expresiones racistas u ofensivas relativas a los miembros de las poblaciones indígenas. La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en la actualidad está llevando a cabo un examen en profundidad de la situación y pronto presentará un informe al Gobierno con propuestas sobre diversas medidas adecuadas para solucionar este problema.

20.La Sra. MORALES (México) afirma que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) estudia tres propuestas presentadas por la asociación mexicana de descendientes de africanos, México Negro, referentes a la elaboración de políticas públicas con vistas a mejorar la situación de esta población, a saber, incluir a los descendientes de africanos como un grupo específico en el próximo censo de población nacional, previsto para 2010; acelerar el proceso de reconocimiento de los descendientes de africanos como grupo étnico específico a nivel federal y en los Estados donde estos representan una proporción importante de la población; crear los mecanismos adecuados de evaluación de la situación real de los descendientes de africanos.

21.La representante de México indica que la Comisión Ciudadana de Estudios contra la Discriminación no es un foro permanente y, además, ya no existe. No obstante, ésta ha producido dos resultados importantes, por un lado, la obra titulada La discriminación en México: por una nueva cultura de la igualdad, querepresenta el primer estudio sistemático de las prácticas de discriminación y exclusión social en México y, por otro, un proyecto de ley sobre la prevención y la eliminación de la discriminación, cuya ley fue promulgada en junio de 2003.El CONAPRED fue creado en virtud del artículo 16 de dicha ley para garantizar la coordinación general de la política del Estado de México en materia de lucha contra la discriminación y para promover la igualdad de oportunidades y de trato. Una de sus actividades es la de supervisar el comportamiento de los medios de información con el fin de impedir las prácticas discriminatorias.

22.La oradora explica que existen tres diferencias fundamentales entre el CONAPRED y la Comisión Nacional de Derechos Humanos. El Consejo Nacional está habilitado para conocer las denuncias procedentes de ciudadanos u organizaciones respecto de los presuntos actos o comportamientos discriminatorios por parte de agentes del Estado o de particulares. La Comisión sólo tiene competencias en los casos de violaciones de los derechos humanos cometidas por funcionarios del Estado Federal. El Consejo Nacional puede influir en el contenido de las políticas públicas y los programas del Estado Federal o de cualquier otro organismo público, solicitando que se adopten medidas a favor de determinadas personas o determinados grupos. La Comisión no tiene esa facultad, solamente puede formular recomendaciones sobre casos concretos de violaciones de los derechos humanos. Por último, el Consejo puede elaborar estudios sobre las leyes y la regulación en vigor dentro del ámbito de la lucha contra la discriminación y, llegado el caso, proponer enmiendas. Las actividades de estos dos organismos, que constituyen un marco de cooperación institucional permanente y sistemática, son por tanto complementarias.

23.Los grupos sociales vulnerables no se definen según criterios arbitrarios sino en función de criterios concretos previstos en la Constitución y el conjunto de leyes relativas a la lucha contra la discriminación, especialmente la ley sobre la prevención y la eliminación de la discriminación que se aprobó en 2003. Las denuncias recibidas por el CONAPRED tras su creación conciernen principalmente a la discriminación relacionada con el origen étnico, la edad y la orientación sexual. Los ámbitos en los que se intensifica dicha discriminación son en el trabajo y en la familia. Hasta ahora no se han registrado denuncias por casos de discriminación racial en la función pública. En cuanto a las cuestiones de discriminación, el CONAPRED puede, en caso de que se rechacen las medidas de conciliación, transmitir la denuncia a los tribunales. En lo que respecta a la discriminación en el ámbito de la educación, el CONAPRED ha alcanzado acuerdos con las instituciones del Estado de Oaxaca para luchar contra el analfabetismo. La oradora alienta la adopción de programas escolares bilingües en el Estado de Hidalgo y otras partes del país donde habitan comunidades indígenas importantes.

24.El Sr. ABOUL‑NASR se sorprende ante la ausencia de miembros procedentes de minorías en el seno de la delegación de México.

25.La Sra. GONZÁLEZ (México) dice que la delegación de México está compuesta por los representantes del Gobierno mexicano más competentes para tratar los temas abordados, conforme a los deseos expresados por el Consejo en su invitación. Toma nota de la observación del Sr. Aboul-Nasr, que será tenida en cuenta en el futuro a la hora de decidir la composición de las delegaciones de México.

26.El Sr. LINDGREN ALVES tiene entendido, por su parte, que la primera oradora de la delegación de México es descendiente de una minoría. También señala que, en comparación con el “viejo mundo”, el problema de la pertenencia étnica se plantea de forma diferente en los países del continente americano; en lugar de pertenecer a tal o cual minoría, todos están más o menos mezclados. Sin duda alguna ése es el caso de los miembros de la delegación de México.

27.El Sr. HERSHBERGER REYES (México) manifiesta que la situación descrita en el párrafo 112 del informe, donde se indica que “en algunas partes las comunidades indígenas no poseen seguridad jurídica en cuanto a la tenencia de la tierra”, puede dar la impresión, tal y como han apuntado algunos expertos, de inseguridad generalizada entre estas comunidades indígenas en cuanto al régimen de tenencia de la tierra. Ahora bien, si existen tales circunstancias, son más bien la excepción y no la regla. En lo que respecta a la regularización de los títulos de la propiedad, el Sr. Hershberger Reyes especifica que los títulos de las poblaciones indígenas sobre las comunidades territoriales que se remontan a títulos de la corona española (llamadas “comunidades de derecho”) fueron regularizados en 1992 por decisión presidencial. Al hacerlo, el Estado no ha entregado las tierras a esas comunidades indígenas sino que simplemente ha reconocido sus derechos respecto a las tierras que siempre han ocupado. Los títulos sobre las comunidades territoriales que jamás han sido objeto de un título de propiedad de la corona española, o “comunidades de hecho”, pudieron ser regularizados a partir de 1942 mediante un proceso de reconocimiento y atribución, por medio de una decisión que hasta 1992 dependía del Presidente de la República y después de los tribunales agrarios.

28.Sobre el problema de la seguridad jurídica y la cuestión de saber si la nueva ley territorial no fomenta la privatización de las tierras, el orador precisa que los campesinos y las poblaciones indígenas ejercen derechos sobre el 52 % del territorio mexicano y, por ello, deciden ellos mismos libremente, en el marco de las asambleas de comunidades agrícolas o de los ejidos(tierras comunales), la función, el uso y el usufructo de sus tierras. Las parcelas de terreno atribuidas en el marco de la nueva ley permanecen bajo el régimen de propiedad colectiva y no pueden venderse. Éstas pueden disociarse de dicho régimen en tres casos: en virtud de una decisión de expropiación dictada por el interés general, una decisión de rescindir el régimen colectivo por iniciativa de la asamblea local o una concesión a una sociedad comercial, que no constituya una venta.

29.El Sr. Hershberger Reyes indica que el Gobierno de México ha logrado regular 10 de los 14 conflictos agrarios más graves que había catalogados y que los 4 casos restantes deberán solucionarse en 2006. Estos conflictos conciernen a todas las comunidades indígenas. También se han identificado 207 situaciones que corren el riesgo de agravarse; en 2005 se solucionaron 130 y para 2006 debería encontrarse una solución para el resto. En todos los casos se ha solucionado el conflicto mediante conciliación y en beneficio de las poblaciones indígenas, de conformidad con el Convenio nº 107 de la OIT sobre las poblaciones aborígenes y tribales, sustituido después de 1989 por el Convenio nº 169 sobre los pueblos indígenas y tribales.

30.La Sra. GONZÁLEZ (México) dice que la población mexicana no es mayoritariamente indígena, sino que los indígenas son mayoritarios en un determinado número de Estados.

31.El Sr. SHAHI pregunta cuál es el porcentaje de indígenas entre los mexicanos que emigran cada año hacia los Estados Unidos de América.

32.El Sr. EWOMSAN desea saber si las personas de ascendencia africana tienen acceso a la tenencia de la tierra.

33.El Sr. GÓMEZ LECUONA (México) dice que después de la firma entre México y los Estados Unidos de América, en febrero de 2005, de un Memorándum de Entendimiento sobre la repatriación segura, ordenada, digna y humana de nacionales mexicanos, el número de repatriaciones aumentó el 5,3 % con respecto a 2004. Además, para garantizar al mismo tiempo la dignidad y la seguridad de los migrantes, el Memorándum firmado entre el Ministerio del Interior y la Organización Internacional para las Migraciones prevé potenciar más los recursos para los procedimientos de repatriación voluntaria en perjuicio de los procedimientos de expulsión. En materia de expulsión, el orador indica que en México prefieren utilizar el término de “migrante en situación irregular” o “indocumentado” (migrante sin papeles) en lugar de “migrante ilegal”, porque tiende a compararse la persona en cuestión con un delincuente. Por otra parte, México ha propuesto a Guatemala cooperar más estrechamente para luchar contra la trata y el tráfico de seres humanos en su frontera común y actualmente está en espera de una respuesta por parte de las autoridades guatemaltecas. También se ha firmado el Plan de acción para cooperar en el ámbito de las migraciones y la protección consular con El Salvador y Honduras respectivamente, que prevé capacitar al personal para detectar documentos de identidad falsificados.

34.A raíz de las denuncias de migrantes que alegaban haber sufrido malos tratos y dada la magnitud del fenómeno migratorio, las estaciones migratorias (centros de acogida de migrantes) han sido objeto de inspecciones en cuanto a la higiene, la capacidad de acogida y los servicios que ofrecen a estas personas. En ese sentido, el representante de México invita a los miembros del Comité a remitirse a los párrafos 91 a 97 del documento que contiene las respuestas por escrito de México a la lista de cuestiones, distribuido en la sala de reuniones en español solamente, en el que se ofrece información adicional. Dicho documento también contiene información complementaria sobre los programas de regularización de migrantes procedentes de Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Colombia y los Estados Unidos de América, así como sobre el programa para ofrecer la calidad de no inmigrado a trabajadores agrícolas guatemaltecas que regresan a las comunidades agrícolas de Chiapas (párrafos 116 a 125). En los párrafos 103 a 113 del documento también se puede hallar información sobre la situación jurídica y los contratos de trabajo de los trabajadores agrícolas migrantes, tanto hombres como mujeres, procedentes de las comunidades indígenas guatemaltecas.

35.La Sra. GONZÁLEZ (México) afirma que el Convenio nº 169 de la OIT sobre los pueblos indígenas y tribales en los países independientes goza del mismo nivel que otros acuerdos y tratados internacionales firmados por el Presidente y ratificados por el Senado.

36.Dice que el párrafo 30 del informe objeto de examen está mal formulado. Se entiende que México aspira a que los derechos humanos sean plenamente respetados en su territorio –y “no parcialmente”–, como ahí se ha indicado por error.

37.Con respecto a las denuncias presentadas por las comunidades indígenas ante la OIT relativas a la vulneración de las disposiciones del Convenio nº 169 de la OIT en el marco del proceso de reforma de la Constitución, la oradora afirma que el Gobierno ha respondido a todas las cuestiones que le han planteado y ahora corresponde a la OIT pronunciarse sobre la cuestión.

38.Indica que una serie de reformas que afectan a los derechos humanos están a punto de ser aprobadas por el Congreso, aunque el proceso se ha retrasado debido al hecho de que el país se encuentra en plena campaña electoral. Sin embargo, deben ratificarse con carácter inmediato las reformas consensuadas tras la celebración de las elecciones presidenciales previstas para julio de 2006.

39.Para finalizar, la Sra. González invita al Sr. Asatashvili, representante de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, a presentar las competencias atribuidas a la Comisión.

40.El Sr. ASATASHVILI (Comisión Nacional de Derechos Humanos) manifiesta que la Comisión es un organismo público independiente en cuanto a la administración y el presupuesto, y tiene personalidad jurídica y recursos propios. En cuanto a su competencia, la Comisión no puede examinar las denuncias relativas a una decisión de las autoridades electorales, a saber, el Instituto Federal Electoral y el Tribunal electoral del poder judicial de la Federación, tampoco una decisión judicial, ni las denuncias relativas a un conflicto laboral o que requieren una interpretación de la Constitución.

41.La Sra. GONZÁLEZ (México) dice que el diálogo entre el Gobierno y el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) está estancado, pero no se puede hablar de ruptura.

42.Los sucesivos gobiernos constituidos después de la Revolución cada vez se interesan más por la cuestión indígena, incluyendo la creación del Instituto Nacional Indigenista. El 15 de agosto de 2002 se incluyó en la Constitución el nuevo artículo 2, que ofrece una definición clara de los pueblos y comunidades indígenas y reconoce a estos grupos como un componente esencial de la población del país.

43.El Sr. CALI TZAY (Relator para México) acoge con satisfacción la mentalidad abierta de la delegación, que ha permitido a los miembros del Comité entablar un diálogo sincero y constructivo con la misma. En cuanto a los métodos de planificación familiar similares a la esterilización forzosa, a los que se somete a los indígenas, el orador señala que, según fuentes confiables, la ausencia de denuncias de los miembros de las comunidades indígenas se debe principalmente al hecho de que tienen miedo a las represalias y especialmente a que se les niegue el acceso a la atención médica, lo que explicaría el considerable aumento de la tasa de morbilidad en los Estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca.

44.Al orador le preocupa el hecho de que México considere los pueblos indígenas como “vulnerables”, lo que podría reducirlos a la condición de “minoría” que no sería lo mismo que “pueblo indígena”.

45.El Relator tiene entendido que los focos rojos derivados de los conflictos agrarios más graves mencionados en el párrafo 120 del informe objeto de examen afectan principalmente a las regiones indígenas debido a que las autoridades descuidaron anteriormente su resolución, precisamente porque afectaban a los indígenas.

46.El PRESIDENTE declara que el Comité concluye así el examen del decimoquinto informe periódico de México.

47. La delegación de México se retira.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.

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