Consejo de Derechos Humanos
57º período de sesiones
9 de septiembre a 11 de octubre de 2024
Tema 10 de la agenda
Asistencia técnica y fomento de la capacidad
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanosel 11 de octubre de 2024
57/35.Asistencia técnica y fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos en la República Centroafricana
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos,
Recordando la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y los demás instrumentos internacionales y africanos de protección de los derechos humanos,
Recordando también la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo de 2006, y las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos relativas a la asistencia técnica y el fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos en la República Centroafricana,
Recordando además las resoluciones del Consejo de Seguridad sobre la situación en la República Centroafricana,
Recordando el comunicado conjunto firmado el 1 de junio de 2019 por la Representante Especial del Secretario General sobre la Violencia Sexual en los Conflictos y el Gobierno de la República Centroafricana, de conformidad con la resolución 2106 (2013) del Consejo de Seguridad, de 24 de junio de 2013,
Reafirmando que todos los Estados tienen la responsabilidad primordial de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y los demás instrumentos internacionales y africanos de derechos humanos en que son partes,
Recordando que la República Centroafricana tiene la responsabilidad primordial de proteger a su población frente al genocidio, los crímenes de guerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad,
Recordando también la firma, hace cinco años, del Acuerdo Político para la Paz y la Reconciliación en la República Centroafricana, el 6 de febrero de 2019, así como la Hoja de Ruta Conjunta para la Paz en la República Centroafricana, aprobada el 16 de septiembre de 2021 en Luanda por la Conferencia Internacional sobre la Región de los Grandes Lagos,
Recordando además las conclusiones de las consultas populares y del Foro de Bangui sobre la Reconciliación Nacional, que se celebró en 2015 y fue seguido de la aprobación del Pacto Republicano para la Paz, la Reconciliación Nacional y la Reconstrucción de la República Centroafricana y la firma de un acuerdo sobre desarme, desmovilización y reintegración por los representantes de las principales partes en el conflicto, recordando asimismo las recomendaciones del Diálogo Republicano de marzo de 2022, y subrayando la necesidad de aplicar plena y efectivamente las recomendaciones y medidas que contienen,
Reafirmando su respaldo a la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial de la República Centroafricana,
Preocupado por la frágil situación en materia de seguridad en la República Centroafricana, que sigue siendo especialmente inestable, y condenando en particular las violaciones y conculcaciones de los derechos humanos y las vulneraciones del derecho internacional humanitario que siguen perpetrando las partes en el conflicto, a pesar de los esfuerzos realizados por el Gobierno para garantizar la seguridad en una parte considerable del territorio centroafricano, preocupado también por la persistencia de la inseguridad en determinados lugares a causa de la inaccesibilidad de ciertas localidades que carecen de infraestructuras viarias practicables, así como por la falta de equipamiento y medios de subsistencia y de locomoción adecuados para las fuerzas de defensa nacional y de seguridad interior desplegadas, la falta de cobertura de la red telefónica en las zonas rurales donde actúan grupos armados y otro personal de seguridad, y la presencia de artefactos explosivos, que obstaculizan la organización de misiones de protección y de operaciones de patrullaje de las Fuerzas Armadas de la República Centroafricana y de sus aliados y de la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana,
Condenando los ataques dirigidos contra el personal humanitario y médico, así como contra el material y las infraestructuras civiles y humanitarios, el cobro de impuestos a la ayuda humanitaria por los agentes armados, en un contexto en que el número de desplazados aumenta y el número de refugiados sigue siendo muy elevado, y el hecho de que la mitad de la población del país siga necesitando ayuda humanitaria para sobrevivir,
Recordando el objetivo de permitir el retorno voluntario seguro, digno y sostenible de los desplazados y los refugiados,
Acogiendo con beneplácito los esfuerzos realizados por las organizaciones subregionales en el proceso de mediación en curso, así como la asistencia humanitaria proporcionada por los Estados miembros de esas organizaciones a la población centroafricana,
Recordando los esfuerzos realizados por las misiones de formación militar no operacional y operacional para las Fuerzas Armadas de la República Centroafricana llevadas a cabo por la Unión Europea y la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana,
Recordando también que las fuerzas internacionales presentes en la República Centroafricana deben actuar, en el cumplimiento de sus funciones, dentro del pleno respeto de las disposiciones aplicables del derecho internacional, en particular del derecho internacional humanitario, y deben respetar los derechos humanos y el principio de no devolución, expresando preocupación por las denuncias de actos de violencia sexual y otras violaciones o abusos de los derechos humanos cometidos por las partes en el conflicto, y tomando nota con satisfacción del establecimiento, por el Gobierno de la República Centroafricana, de una comisión especial para enjuiciar a los autores de actos de esa naturaleza, así como de la elaboración, en mayo de 2024, de un manual de formación para los magistrados y funcionarios del sistema judicial sobre la violencia sexual y de género, que abre el camino a una reforma de las disposiciones jurídicas no adaptadas en el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal,
Acogiendo con beneplácito la estricta aplicación de la política de las Naciones Unidas de tolerancia cero frente a la explotación y los abusos sexuales en el país, y celebrando la aplicación del protocolo de intercambio de información y señalamiento de denuncias de explotación y abuso sexuales, firmado el 3 de septiembre de 2018,
Recordando que el memorando entre la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana y los países que aportan contingentes debe incluir el respeto de los derechos humanos, y recordando la importancia fundamental de llevar a cabo investigaciones y enjuiciamientos a nivel nacional cada vez que se repatríe a una unidad militar o a una unidad de policía constituida a raíz de denuncias de abusos y explotación contra determinados elementos del contingente,
Deplorando los numerosos casos de abusos y violencia sexuales cometidos contra civiles, incluso por los grupos armados y otro personal de seguridad, como se documenta en varios informes de las Naciones Unidas, y por algunos elementos de la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana, y recordando la decisión del Secretario General de repatriar a una unidad militar o a una unidad de policía constituida cuando existan pruebas de casos generalizados o sistemáticos de explotación y abusos sexuales por esa unidad,
Recordando que los países que aportan contingentes o fuerzas de policía tienen la responsabilidad primordial de investigar las denuncias de explotación y abusos sexuales y, en su caso, de velar por que los autores rindan cuentas en procedimientos judiciales,
Recordando también el informe de la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana, de julio de 2024, en el que se presenta un análisis de la privación de libertad en el país,
Subrayando los esfuerzos para combatir la impunidad, pero recordandoque sigue siendo urgente e imperativo poner fin a la impunidad en la República Centroafricana, enjuiciar a todos los autores de violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, independientemente de su posición social, económica o política, y rechazar toda amnistía general en favor de los autores de esas violaciones, y que es necesario reforzar los mecanismos judiciales nacionales e híbridos para que los autores rindan cuentas de sus actos,
Recordando que las autoridades nacionales tienen la responsabilidad primordial de crear las condiciones necesarias para que se lleven a cabo investigaciones diligentes, imparciales y transparentes, se incoen actuaciones penales, se dicten sentencias de manera eficaz e independiente y se proteja a las víctimas y las personas en situación de riesgo contra las represalias, y exhortando a los asociados internacionales, incluida la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana, en el marco de su mandato, a que apoyen a las autoridades de la República Centroafricana con ese objetivo,
Recordando también que la comisión internacional encargada de investigar las denuncias de vulneraciones del derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos y de abusos de estos derechos en la República Centroafricana concluyó que, desde enero de 2013, las principales partes en el conflicto habían cometido vulneraciones y abusos que podían constituir crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, y que el Consejo de Seguridad dispone de una lista de sanciones de personas y entidades que presuntamente han cometido crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad,
Subrayando la importancia de seguir investigando las denuncias de vulneraciones del derecho internacional humanitario y de vulneraciones y abusos del derecho internacional de los derechos humanos y de violaciones de estos derechos para completar los trabajos de la comisión internacional de investigación y el informe del proyecto Mapping, elaborado por la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos con el objetivo de documentar las vulneraciones graves del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la República Centroafricana entre enero de 2003 y diciembre de 2015,
Observando el establecimiento de una comisión de investigación judicial para investigar las denuncias de vulneraciones y abusos de los derechos humanos y de violaciones de estos derechos cometidos en la prefectura de Alto Bomú, en particular en Zemio, Mboki y Obo,
Observando también el papel fundamental que desempeñan la sociedad civil y las organizaciones de defensa de los derechos humanos en la promoción y protección de los derechos humanos, y subrayando la necesidad de que los Estados promuevan un entorno seguro y propicio para la sociedad civil y las organizaciones de defensa de los derechos humanos, en particular garantizando su protección,
Observando además la entrada en vigor de la nueva Constitución, el 30 de agosto de 2023, la organización del proceso de las elecciones locales y municipales anunciado para octubre de 2024 y el aplazamiento de esas elecciones para abril de 2025,
Reiterando la necesidad de crear, con el apoyo de los garantes y facilitadores del Acuerdo Político para la Paz y la Reconciliación en la República Centroafricana de 6 de febrero de 2019 y de los promotores de la Hoja de Ruta Conjunta de 16 de septiembre de 2021, así como de la comunidad internacional, las condiciones para celebrar unas elecciones locales y municipales verdaderamente inclusivas, transparentes y abiertas, en particular a las mujeres, los jóvenes y la sociedad civil, que deben desempeñar un papel en el debate público,
1.Condena enérgicamente todas las violaciones y conculcaciones de los derechos humanos y las vulneraciones del derecho internacional humanitario, como los asesinatos, los actos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes, la violencia relacionada con el conflicto y la violencia sexual y otras formas de violencia de género, los secuestros, la privación de libertad y las reclusiones y detenciones arbitrarias, la extorsión y el pillaje, el reclutamiento y la utilización de niños, la ocupación de escuelas y los ataques contra escuelas, heridos y enfermos, personal médico, instalaciones de atención de la salud y medios de transporte sanitarios, así como los obstáculos a la ayuda humanitaria, la destrucción ilegal de bienes y todas las vulneraciones cometidas contra la población civil y, en particular, contra grupos en situación de vulnerabilidad, especialmente las mujeres, los niños y los desplazados, y subraya que los autores de esas vulneraciones y conculcaciones deben responder de sus actos y ser llevados ante la justicia;
2.Condena enérgicamente también los ataques de los grupos armados dirigidos específicamente contra civiles, personal humanitario, personal médico, material humanitario y personal de las Naciones Unidas, y exhorta a los grupos armados a observar un alto el fuego inmediato, conforme al compromiso que asumieron en virtud del Acuerdo de Paz de 6 de febrero de 2019 y de la Hoja de Ruta Conjunta de 16 de septiembre de 2021, y a considerar su disolución como un objetivo a corto plazo;
3.Pide nuevamente que cesen de inmediato todas las violaciones y conculcaciones de los derechos humanos y las vulneraciones del derecho internacional humanitario cometidas por todas las partes, que se respeten estrictamente todos los derechos humanos y todas las libertades fundamentales, que las víctimas puedan acceder a la justicia y que se restablezca el estado de derecho en el país;
4.Expresa su profunda preocupación por la situación humanitaria agravada por el conflicto en el Sudán y las perturbaciones en el Chad, subraya que la falta de financiación y la inseguridad obstaculizan la distribución plena, segura y sin trabas de la ayuda humanitaria, pide a la comunidad internacional que apoye en mayor medida los esfuerzos humanitarios respaldando el plan de respuesta humanitaria y estabilización, exhorta a los organismos competentes a que lleven a cabo campañas de desminado humanitario en el noreste del país, y solicita a todas las partes que autoricen y faciliten el acceso rápido, pleno, seguro y sin trabas de la ayuda humanitaria y del personal humanitario a todo el territorio nacional, en particular reforzando la seguridad en las carreteras;
5.Insta al Gobierno de la República Centroafricana a que, con el apoyo de la comunidad internacional, cree las condiciones necesarias para el retorno seguro, digno y sostenible de los desplazados y refugiados que lo deseen, y lo alienta a adoptar medidas de protección y de restitución de las tierras y otros bienes pertenecientes a estas poblaciones vulnerables, así como políticas de apoyo para iniciar proyectos agrícolas y ganaderos o actividades comerciales, y a organizar campañas de reconciliación entre los habitantes;
6.Pide al Gobierno de la República Centroafricana, los dirigentes políticos y religiosos y las organizaciones de la sociedad civil que lleven a cabo una acción pública coordinada para combatir el discurso de odio y la incitación a la violencia en los medios de comunicación tradicionales o en las redes sociales, incluida la violencia por motivos étnicos o religiosos, y que adopten medidas para exigir responsabilidades a los autores de actos de violencia, incluidos los perpetrados por motivos étnicos y religiosos, y recuerda que las personas o entidades que cometan o apoyen actos que amenazan la paz, la estabilidad o la seguridad en la República Centroafricana, pongan en peligro o entorpezcan el proceso político de estabilización y reconciliación, perpetren ataques contra civiles o miembros de las fuerzas de mantenimiento de la paz, inciten a la violencia, incluida la violencia intercomunitaria, y al odio, en particular por motivos étnicos y religiosos, así como a la violencia de naturaleza sexual o sexista, preparen o cometan actos contrarios a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario, u ordenen la comisión de tales actos, recluten niños en el contexto de los conflictos armados o pongan obstáculos a la entrega o la distribución de la ayuda humanitaria o al acceso a ella se exponen a sanciones del Consejo de Seguridad;
7.Acoge con satisfacción el informe del Experto Independiente sobre la situación de los derechos humanos en la República Centroafricana y las recomendaciones que contiene;
8.Insta a las autoridades de la República Centroafricana y a la unidad mixta de intervención rápida y represión de la violencia sexual contra las mujeres y los niños a que, con el apoyo efectivo de los asociados técnicos y financieros, lleven a la práctica, lo antes posible, los compromisos asumidos en 2019 en el marco del comunicado firmado conjuntamente por las Naciones Unidas y el Gobierno de la República Centroafricana para luchar contra la violencia sexual en tiempos de conflicto, así como las recomendaciones pertinentes del Experto Independiente;
9.Exhorta a todas las partes en la República Centroafricana a proteger a todos los civiles contra la violencia sexual y de género, prestando especial atención a las mujeres y los niños;
10.Pide a las autoridades de la República Centroafricana que presten apoyo al Observatorio Nacional de la Paridad entre Hombres y Mujeres y consoliden la organización y el funcionamiento de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, el Consejo Superior de Comunicación, la Alta Autoridad para la Buena Gobernanza, el Consejo Económico, Social y Medioambiental y el Comité Nacional de Prevención y Represión del Crimen de Genocidio, los Crímenes de Guerra, los Crímenes de Lesa Humanidad y Todas las Formas de Discriminación, así como de las demás instituciones del Estado dedicadas a promover, proteger y hacer efectivos los derechos humanos, combatir la corrupción y promover la democracia y la buena gobernanza;
11.Insta a la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana a aplicar resueltamente, en apoyo de las autoridades de la República Centroafricana y de conformidad con su mandato, una estrategia proactiva y eficaz de protección de los civiles, y a prestar la asistencia necesaria para la continuación de la labor del Tribunal Penal Especial y la ejecución de sus decisiones, la reconstitución de la Comisión de la Verdad, la Justicia, la Reparación y la Reconciliación, y la continuación de las audiencias penales y de la labor de los tribunales de apelación y los tribunales militares, así como de los centros de privación de libertad;
12.Insta a las Naciones Unidas, a los países que aportan contingentes a la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana y a las fuerzas internacionales que operan bajo mandato del Consejo de Seguridad a que adopten las medidas necesarias para garantizar el pleno respeto de la política de las Naciones Unidas de tolerancia cero frente a la explotación y los abusos sexuales, y pide a los países que aportan contingentes y a las fuerzas internacionales que operan bajo mandato del Consejo de Seguridad que adopten las medidas necesarias para prevenir tales actos e impedir la impunidad de su personal, a fin de que se haga justicia a las víctimas, en particular llevando a cabo sin demora investigaciones en el ámbito nacional e incoando procedimientos judiciales contra los soldados que presuntamente hayan cometido abusos y violaciones, y que los resultados de los procedimientos se comuniquen debidamente a la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana en un plazo razonable;
13.Deplora que los grupos armados sigan utilizando a niños como combatientes, escudos humanos, trabajadores domésticos o esclavos sexuales, y que haya aumentado el número de secuestros de niños, exhorta encarecidamente a los grupos armados a que liberen a los niños enrolados en sus filas, pongan fin al reclutamiento y la utilización de niños, así como a los matrimonios precoces y forzados, e impidan tales prácticas, y les pide, a este respecto, que cumplan los compromisos que varios de ellos contrajeron en virtud del Acuerdo de Paz de 6 de febrero de 2019;
14.Pide a las autoridades de la República Centroafricana que, con el apoyo de la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana y el equipo de las Naciones Unidas en el país, reimpulsen el proceso de desarme, desmovilización, reintegración y repatriación, y solicita a los Estados Miembros y a las organizaciones internacionales que mantengan y refuercen su apoyo financiero para el proceso y para las iniciativas que promueven la paz, la seguridad, la reconciliación de la población y la estabilización del país, así como para la Comisión de la Verdad, la Justicia, la Reparación y la Reconciliación, cuyas disfunciones llevaron a que, mediante el decreto núm. 240.139 de 24 de mayo de 2024, se suspendiera el mandato de los comisarios y a que, en junio de 2024, se hiciera un nuevo llamamiento a presentar candidaturas, proceso que ya ha terminado y para el que sigue pendiente el decreto de ratificación del nombramiento de los nuevos comisarios;
15.Exhorta a las autoridades de la República Centroafricana a que, con el apoyo de los asociados internacionales, redoblen sus esfuerzos en el período previo a las elecciones para garantizar que estas respeten los principios de libertad, transparencia y democracia, y sean inclusivas y equilibradas en términos de participación de hombres y mujeres y de jóvenes, y alienta a los donantes a que presten apoyo logístico, financiero y de seguridad a las elecciones a fin de garantizar que estas respeten los principios de los derechos humanos y la democracia, en consonancia con los compromisos contraídos por el Estado en virtud de los instrumentos internacionales y regionales pertinentes;
16.Deplora que las vulneraciones graves de los derechos humanos cometidas contra los niños, incluidas las muertes, las violaciones y las mutilaciones, hayan aumentado en un 6 % en comparación con el período anterior, en particular en las prefecturas de Alto Bomú, Lim-Pendé y Uham-Fafa, y que la mayoría de estas vulneraciones graves hayan sido cometidas por los grupos armados;
17.Observa con satisfacción que el Gobierno, con el apoyo de la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana y del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, organizó, los días 4 y 5 de junio de 2024, un taller para validar el protocolo de entrega y protección de los niños vinculados a grupos armados, que debería permitir que esos niños fueran directamente entregados a los servicios de protección de la infancia del país y a sus asociados;
18.Insta al Gobierno de la República Centroafricana a que apruebe rápidamente un plan nacional de protección de la infancia y a que considere la posibilidad de ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones;
19.Acoge con satisfacción el decreto del Presidente de la República de 6 de mayo de 2024 por el que se crea un comité directivo dirigido por el Ministerio de Justicia para supervisar la aplicación de la política nacional de derechos humanos aprobada en 2023;
20.Alienta al Gobierno de la República Centroafricana a poner en marcha, con el apoyo de asociados técnicos y financieros, una estrategia nacional de formación técnica y agrícola y de formación profesional como palanca social del proceso de transición en beneficio de los jóvenes, también en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2024-2028;
21.Exhorta a todas las partes a proteger y a considerar como víctimas a los niños liberados o separados de las fuerzas y los grupos armados, y subraya la necesidad de proteger, liberar y reintegrar de manera sostenible a todos los niños vinculados a fuerzas y grupos armados y de poner en marcha programas de rehabilitación y reinserción que tengan en cuenta las necesidades específicas de las niñas, en particular de las que han sido víctimas de la violencia;
22.Sigue profundamente preocupado por la persistencia de actos de violencia sexual y de género relacionados con el conflicto en todo el país, especialmente frecuentes en las prefecturas de Bomú y de Uham-Pendé, que habrían sido perpetrados principalmente por la Coalición de Patriotas por el Cambio, incluidos el grupo Retorno, Reclamación y Rehabilitación y la Unidad por la Paz en la República Centroafricana, pero también por las fuerzas de defensa nacional, que presuntamente han cometidos actos de violencia sexual relacionados con el conflicto;
23.Insta a las autoridades nacionales, el Tribunal Penal Especial, los tribunales de apelación y sus audiencias penales, los tribunales militares y la unidad mixta de intervención rápida y represión de la violencia sexual contra las mujeres y los niños a que realicen un seguimiento sistemático de los casos de violencia sexual, para velar por que se enjuicie a los autores y se les impongan sanciones penales, y a que protejan y apoyen a las víctimas, recuerda a este respecto el mandato de la unidad mixta, y pide a las autoridades de la República Centroafricana que le proporcionen los recursos adecuados y los medios necesarios para su autonomía y funcionamiento y que garanticen, a través de los servicios competentes, la prestación de apoyo psicoterapéutico y socioeconómico a las víctimas;
24.Acoge con beneplácito la renovación, en virtud de la Ley núm. 23.001 de 9 de enero de 2023, del mandato del Tribunal Penal Especial por otros cinco años y su primera decisión, de 31 de octubre de 2022, en la causa Parquet spécial c. Adoum Issa Sallet alias Bozizé, Ousmane Yaouba et Tahir Mahamat, por la que condenó a los tres miembros del grupo armado Retorno, Reclamación y Rehabilitación a penas de prisión de entre 20 años y cadena perpetua por crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos en Kunyili y Lemuna, en la prefectura de Lim-Pendé, en mayo de 2019, así como la decisión de la Sala de Primera Instancia de 19 de junio de 2023 relativa a los intereses civiles, por la que concede a las 26 víctimas una indemnización de entre 200.000 y 1 millón de francos CFA en concepto de reparación por daños y perjuicios, e insta a las autoridades de la República Centroafricana, a los Estados vecinos, a la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana y a la comunidad internacional a que presten el apoyo necesario para la realización de las investigaciones, la obtención de acceso a los documentos pertinentes y la ejecución de las órdenes de detención;
25.Toma nota de que, el 16 de octubre de 2023, la Corte Penal Internacional retiró todos los cargos presentados contra Maxime Mokom, por considerar que ya no había perspectivas razonables de condena en el proceso a causa de un cambio en las circunstancias relativas a la disponibilidad de testigos, sostiene, no obstante, que las víctimas de los actos cometidos por el Sr. Mokom tienen derecho a reparación, observa que, el 21 de septiembre de 2023, el Tribunal de Apelación de Bangui condenó al Sr. Mokom y a otras personas a cadena perpetua por atentado contra la seguridad interna y por rebelión, y acoge con beneplácito la detención, el 18 de marzo de 2023, del “General” Hissein Damboucha, comandante del Frente Popular para el Renacimiento de la República Centroafricana, cuyo nombre figura en los informes del Grupo de Expertos sobre la República Centroafricana como autor de violaciones de derechos humanos y del derecho internacional humanitario, así como de conculcaciones de esos derechos;
26.Exhorta a los Estados vecinos de la República Centroafricana a cooperar en la lucha contra la inseguridad y contra la impunidad de los miembros de los grupos armados, en particular colaborando con los tribunales nacionales e internacionales y con la Comisión de la Verdad, la Justicia, la Reparación y la Reconciliación, y a trabajar de consuno en las cuestiones relativas a la gestión de las fronteras, la circulación de armas, los refugiados y la trashumancia;
27.Celebra los esfuerzos de las autoridades de la República Centroafricana que permitieron acelerar los procedimientos del Tribunal Penal Especial para juzgar las violaciones graves de los derechos humanos y las vulneraciones del derecho internacional humanitario, e insta al Gobierno de la República Centroafricana a que, con el apoyo de la comunidad internacional, siga cooperando con el Fiscal Especial del Tribunal para que todos los autores de crímenes internacionales, independientemente de su condición o afiliación, sean adecuadamente identificados, detenidos y enjuiciados a la mayor brevedad;
28.Acoge con beneplácito la detención, el 4 de septiembre de 2023, de Abdoulaye Hissène, líder rebelde de Frente Popular para el Renacimiento de la República Centroafricana, acusado por el Tribunal Penal Especial de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad;
29.Insta a las autoridades de la República Centroafricana a que refuercen los recursos financieros y humanos destinados a restablecer, ampliar y consolidar la autoridad efectiva del Estado en todo el país, reforzando la reinstauración de los servicios provinciales de administración pública, especialmente los servicios sociales básicos y los servicios relativos a la justicia penal y la administración penitenciaria, a fin de luchar contra la impunidad y garantizar una gobernanza estable, responsable, inclusiva y transparente a nivel nacional y local;
30.Exhorta a las autoridades de la República Centroafricana a que apliquen la estrategia nacional de protección de las víctimas y los testigos que intervienen en los procesos judiciales y a que establezcan programas adecuados para proporcionar a las víctimas de vulneraciones y a sus familiares reparaciones materiales y simbólicas, tanto individuales como colectivas, y alienta la creación de un fondo de reparación e indemnización para las víctimas con objeto de apoyar y complementar la labor del Tribunal Penal Especial, la Comisión de la Verdad, la Justicia, la Reparación y la Reconciliación y los tribunales nacionales en la lucha contra la impunidad;
31.Alienta a las autoridades a que completen la reforma del sector de la seguridad para constituir unas fuerzas de defensa nacional y de seguridad interior multiétnicas, profesionales, representativas y bien equipadas, con un mando eficaz y un mecanismo de rendición de cuentas de las fuerzas desplegadas, y recuerda que esas fuerzas deben respetar el principio de rendición de cuentas y el estado de derecho a fin de granjearse y conservar la confianza de las comunidades locales, en particular incorporando al proceso de contratación del personal las necesarias verificaciones de seguridad previas relativas a los antecedentes, especialmente en relación con el respeto de los derechos humanos;
32.Invita a la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana a seguir aplicando una política de diligencia debida en materia de derechos humanos a fin de garantizar la vigilancia y la rendición de cuentas en relación con la conducta de las fuerzas de seguridad nacionales, del personal militar y las demás fuerzas de seguridad, así como a seguir publicando informes sobre la situación de los derechos humanos en el país, a fin de que la comunidad internacional pueda vigilar la situación;
33.Subraya la necesidad de construir y rehabilitar infraestructuras sociales a fin de brindar un acceso efectivo a la atención de la salud, de garantizar el buen funcionamiento de las escuelas y los centros de formación profesional cuyas instalaciones han sido destruidas o dañadas por grupos armados o personal de seguridad durante el conflicto, de garantizar el acceso a los servicios de saneamiento y al agua potable en los lugares en que las instalaciones de almacenamiento, tratamiento y distribución se hayan deteriorado como consecuencia del conflicto, de reimpulsar las actividades agropastorales que se han visto afectadas por la inseguridad y los artefactos explosivos, de inscribir los nacimientos y los demás hechos pertinentes en el registro civil, de expedir documentos de identidad y de garantizar la prestación de servicios de justicia de proximidad en el contexto de un restablecimiento insuficiente de la autoridad del Estado, y pide a los asociados de la República Centroafricana que ayuden al país a afrontar estos desafíos;
34.Solicita a los Estados Miembros de las Naciones Unidas y a las organizaciones internacionales y regionales que presten apoyo urgentemente a las poblaciones locales para responder a la inseguridad alimentaria, que afecta a casi la mitad de la población, respaldando los esfuerzos de ayuda humanitaria y de estabilización y, a la vez, ampliando las competencias de la Comunidad Económica de los Estados de África Central en relación con los esfuerzos de paz y las cuestiones transfronterizas, en particular las relativas a la trashumancia, la circulación de armas y los refugiados;
35.Exhorta a las autoridades de la República Centroafricana a tomar precauciones con diligencia para evitar que las disfunciones que afectaban a la ya disuelta Comisión de la Verdad, la Justicia, la Reparación y la Reconciliación se reproduzcan en la nueva comisión que se está constituyendo, y a dotar a esta última de todos los medios necesarios para que pueda cumplir eficazmente su mandato, en particular en lo que respecta a la lucha contra la impunidad y a la promoción de la reparación y las garantías de no repetición, como complemento de la labor del Tribunal Penal Especial y los tribunales ordinarios, también en lo relativo a la duración de su mandato inicialmente previsto en la Ley de 7 de abril de 2020;
36.Exhorta también a las autoridades de la República Centroafricana a proseguir de manera inclusiva, con el apoyo de la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana, los demás asociados internacionales y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el refuerzo de la puesta en práctica efectiva de los mecanismos de justicia transicional;
37.Subraya la necesidad de asociar a todos los sectores de la sociedad civil centroafricana y favorecer la participación plena y efectiva de las víctimas, las mujeres y los jóvenes en el diálogo establecido entre las autoridades de la República Centroafricana y los grupos armados en el contexto de la Iniciativa Africana para la Paz y la Reconciliación en la República Centroafricana y su hoja de ruta, marco principal para el logro de una solución política nacional, así como la necesidad de coordinar el proceso de paz con la justicia transicional a fin de favorecer la reconciliación nacional;
38.Acoge con beneplácito los esfuerzos realizados por la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana para implicar al Parlamento en el programa de derechos humanos establecido a nivel nacional, que en 2023 se tradujeron en el establecimiento de una red de parlamentarios centroafricanos para los derechos humanos que participa en las iniciativas y consultas en materia de derechos humanos realizadas por el Gobierno, la institución nacional de derechos humanos y la sociedad civil, subraya la importancia de una mayor presencia de los representantes electos y de su participación en las cuestiones relativas a los derechos humanos, e insta a los donantes, incluidos los actores implicados en la promoción de las iniciativas parlamentarias, entre ellos la Unión Interparlamentaria, a que refuercen su apoyo a dicha participación;
39.Exhorta a las autoridades de la República Centroafricana a que den prioridad a la aplicación de las recomendaciones del Diálogo Republicano;
40.Sigue preocupado por el aumento del número de niños reclutados por los grupos armados y las milicias de autodefensa, pide que se creen y apliquen programas de reinserción socioeconómica y apoyo psicológico para los menores víctimas de las seis vulneraciones más graves que se cometen contra los niños en los conflictos armados, recomienda que se intensifiquen las actividades de sensibilización destinadas a mejorar la protección de los niños en los conflictos armados, teniendo en cuenta también las necesidades específicas de las niñas, pide a los grupos armados que pongan fin a esos graves abusos y vulneraciones, y exhorta a las autoridades de la República Centroafricana a que velen por la aplicación del Código de Protección de la Infancia;
41.Sigue profundamente preocupado por las condiciones en que se encuentran los desplazados y los refugiados, e insta a la comunidad internacional a que ayude a las autoridades nacionales y los países de acogida a brindar protección y asistencia apropiadas a las víctimas de la violencia, en particular a las mujeres, los niños y las personas con discapacidad;
42.Expresa su preocupación por las condiciones de reclusión y la aplicación de los procedimientos relativos a la privación de libertad, y exhorta al Gobierno a adoptar un enfoque sostenible consistente en equipar mejor sus lugares de privación de libertad, aumentar la profesionalidad de su personal, tanto judicial como penitenciario, y comprometerse a atender de manera global las recomendaciones y observaciones formuladas por los distintos mecanismos internacionales y nacionales, en particular en los informes publicados a tal efecto, entre otros por la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana;
43.Pide que las autoridades nacionales garanticen la protección y la promoción del derecho a la libertad de circulación de todas las personas, incluidos los desplazados internos y los refugiados, sin distinción alguna, y respeten su derecho a elegir su lugar de residencia, a regresar a sus hogares o a buscar protección en otros lugares;
44.Insta a los Estados Miembros de las Naciones Unidas, en el marco de la cooperación internacional, a los organismos competentes de las Naciones Unidas, a las instituciones financieras internacionales y a las demás organizaciones internacionales pertinentes, así como a los donantes, a que proporcionen a la República Centroafricana asistencia técnica y ayuda para el fomento de la capacidad, con el fin de promover el respeto de los derechos humanos y reformar los sectores de la justicia y la seguridad, y a que sigan movilizados para responder a las necesidades urgentes y las prioridades señaladas por la República Centroafricana;
45.Alienta a que se apliquen efectivamente el Plan Nacional de Desarrollo 2024‑2028 y la política nacional de derechos humanos y su plan de acción para el período 2023 a 2027, formulados por las autoridades de la República Centroafricana con el apoyo técnico y financiero de la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana y el equipo de las Naciones Unidas en el país, así como a que se apliquen las recomendaciones de los mecanismos de supervisión, para que la República Centroafricana pueda cumplir las obligaciones dimanantes de los instrumentos internacionales de derechos humanos que ha ratificado y del derecho internacional humanitario;
46.Decide prorrogar por un año el mandato del Experto Independiente sobre la situación de los derechos humanos en la República Centroafricana, que consiste en evaluar y hacer un seguimiento de la situación de esos derechos en el país e informar al respecto, con el fin de formular recomendaciones sobre la asistencia técnica y el fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos;
47.Acoge con beneplácito la participación, el 26 de enero de 2024, de la República Centroafricana en el cuarto ciclo del examen periódico universal, la apertura que mostró al aceptar 238 de las 244 recomendaciones formuladas, y los esfuerzos realizados por el Gobierno, con el apoyo de la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana, para preparar y redactar un plan de acción inclusivo, elaborado en consulta con las fuerzas vivas de la sociedad civil, las instituciones nacionales, el Parlamento y los principales ministerios, con miras a la aplicación de las recomendaciones del examen periódico universal;
48.Observa el llamamiento del Gobierno de la República Centroafricana para que se refuercen la asistencia técnica y el fomento de la capacidad con objeto de apoyar las prioridades establecidas por el Gobierno para aplicar las recomendaciones aceptadas en el marco del cuarto ciclo del examen periódico universal;
49.Solicita al Experto Independiente que preste especial atención a las violaciones y conculcaciones de los derechos humanos y las vulneraciones del derecho internacional humanitario presuntamente cometidas por todas las partes en el conflicto;
50.Solicita a todas las partes que colaboren plenamente con el Experto Independiente en el desempeño de su mandato;
51.Decide organizar, durante su 58º período de sesiones, un diálogo de alto nivel que le permitirá evaluar la evolución de la situación de los derechos humanos en el terreno, prestando particularmente atención a la descentralización y la gobernanza local en cuanto que herramientas para aplicar las recomendaciones relativas a los derechos humanos a nivel local, respuestas políticas y sociales al restablecimiento y la consolidación de la autoridad del Estado en todo el territorio centroafricano, e instrumentos para apoyar el proceso de paz y de reconciliación nacional;
52.Solicita al Experto Independiente que trabaje en estrecha colaboración con la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana y las entidades de las Naciones Unidas, particularmente en el ámbito de la justicia transicional;
53.Solicita también al Experto Independiente que colabore estrechamente con todas las entidades de las Naciones Unidas, la Unión Africana y la Comunidad Económica de los Estados de África Central, así como con las demás organizaciones internacionales que proceda, la sociedad civil centroafricana y todos los mecanismos de derechos humanos pertinentes;
54.Solicita además al Experto Independiente que colabore estrechamente con la Representante Especial del Secretario General sobre la Violencia Sexual en los Conflictos y la Representante Especial del Secretario General para la Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados;
55.Solicita al Experto Independiente que le presente una actualización oral de su informe sobre la asistencia técnica y el fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos en la República Centroafricana en su 59º período de sesiones, y que presente un informe por escrito en su 60º período de sesiones y en el octogésimo período de sesiones de la Asamblea General;
56.Solicita al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que siga proporcionando al Experto Independiente todos los recursos técnicos, financieros y humanos necesarios para que pueda cumplir plenamente su mandato, en particular en lo que respecta a la organización de programas de fomento de la capacidad destinados a las instituciones con el mandato de proteger los derechos humanos, combatir la impunidad y la corrupción y reforzar la gobernanza democrática en el país;
57.Decide seguir ocupándose de la cuestión.
49 ª sesión 11 de octubre de 2024
[Aprobada sin votación.]