Naciones Unidas

CCPR/C/SR.2719

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

13 de octubre de 2011

Español

Original: francés

Comité de Derechos Humanos

99º período de sesiones

Acta resumida de la 2719ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el miércoles 14 de julio de 2010, a las 15.00 horas

Presidente:Sr. Iwasawa

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 40 del Pacto (continuación)

Tercer informe periódico de Israel (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidadcon el artículo 40 del Pacto (tema 6 del programa) (continuación)

Tercer informe periódico de Israel (CCPR/C/ISR/3, CCPR/C/ISR/Q/3 y CCPR/C/ISR/3/Add.1) (continuación )

1. Por invitación del Presidente, la delegación de Israel toma asiento a la Mesa del Comité.

2.El Presidente invita a la delegación de Israel a responder a las preguntas que han planteado verbalmente los miembros del Comité en la sesión anterior.

3.El Sr. Blass (Israel) dice, en relación con el respeto del derecho a la igualdad y las dificultades que plantea la ejecución de determinados fallos del Tribunal Supremo, que realmente en el pasado este Tribunal ha dictado tras varios años algunas sentencias cuya ejecución ha tardado también varios años en hacerse efectiva. Se trataba de asuntos especialmente complejos, que tenían repercusiones importantes e implicaban grandes sumas de dinero, y el Tribunal sabía que su decisión afectaría a muchas personas. En uno de esos asuntos, el Gobierno pidió que se fijara un plazo para hacer efectivo el fallo del Tribunal, el cual entendió las dificultades con las que se topaban las autoridades políticas y rechazó posteriormente una solicitud para dejar en suspenso la ejecución de una decisión judicial.

4.Respecto de la construcción de viviendas en la Ribera Occidental y del hecho de que una prohibición de construir afecte a los palestinos de más del 70% de la "zona C", la delegación de Israel no puede confirmar ni invalidar esa cifra. No obstante, el Sr. Blass especifica que la Ribera Occidental comprende dos partes: alrededor del 40% del territorio corresponde a las zonas A y B, que están administradas por la Autoridad Palestina, única responsable de las actividades de urbanismo y en las que los palestinos pueden construir de acuerdo con su legislación; el resto del territorio, es decir el 60% aproximadamente, constituye la zona C, donde se encuentran las colonias israelíes y algunas aldeas palestinas. También existen en la Ribera Occidental reservas naturales y zonas ocupadas por las fuerzas armadas para su entrenamiento, con gran número de espacios libres, que es fundamental mantener como tales con vistas al desarrollo futuro del territorio. Las dificultades que conlleva la construcción en la Ribera Occidental no se deben a la falta de espacio, ni siquiera en las zonas A y B; en cuanto a la zona C, está decidiéndose actualmente su futuro en el marco de las negociaciones entre el Gobierno de Israel y la Autoridad Palestina. Asimismo, hay que tener en cuenta que la zona C es una región muy compleja, en la que intervienen múltiples intereses.

5.En lo que concierne a las instrucciones de la Agencia de Seguridad de Israel y al hecho de que no se hagan públicas, el Sr. Blass dice que la mayor parte de ellas se clasifican como secretas, en particular las relativas a los interrogatorios, por la razón legítima de no contribuir a que las organizaciones terroristas se preparen para estos, lo que dificultaría el trabajo de quienes los llevan a cabo. Además, prácticamente ningún país hace públicas sus instrucciones relativas al interrogatorio de personas sospechosas de haber cometido actos terroristas.

6.La decisión de 2009 por la que se suprimirían los nombres árabes de las ciudades y las aldeas en los rótulos de la carreteras y se les sustituiría por los nombres hebreos no se ha aplicado todavía, ya que sigue sometida a examen. Desde hace varios años, la mayor parte de los rótulos de las carreteras están en hebreo, árabe e inglés, lo que satisface a todos; en cualquier caso, la cuestión de mantener la señalización de las carreteras en árabe reviste gran importancia.

7.En cuanto a los motivos que justifican el recurso al estado de necesidad y los límites del principio de necesidad, el Sr. Blass recuerda que el Tribunal Supremo estableció en 1999 que se podía invocar el estado de necesidad en caso de "atentado inminente" y que la necesidad inmediata (de proteger vidas humanas) se derivaba del carácter inminente del acto más que del tipo de peligro, de manera que el Tribunal concluyó que se cumplía el criterio de inminencia aunque la bomba estuviera concebida para explotar varios días, o incluso varias semanas, más tarde, a condición de que existiera un peligro cierto y no hubiera modos alternativos de impedir que se materializara. Así pues, el texto del fallo del Tribunal Supremo es muy claro en lo que respecta a los límites del principio de necesidad. Debe haber un grado concreto de inminencia en el peligro de explosión. Cuando las autoridades invocan el estado de necesidad, evidentemente deben tener en cuenta los derechos de los sospechosos interrogados, pero al mismo tiempo tienen la obligación de asegurar que se respete el derecho de la población inocente a la vida, por lo que hay que encontrar un equilibrio entre ambas consideraciones. La decisión del Tribunal Supremo de 1999 permitió además alcanzar un mayor equilibrio del que existía anteriormente y los funcionarios de la Agencia de Seguridad de Israel encargados de los interrogatorios siguen estrictamente las directrices que se establecieron en ella. El ejemplo del Comité de colonos que atacaban hogares palestinos sin que las fuerzas armadas israelíes intervinieran para poner fin a la agresión plantea cuestiones totalmente diferentes. En una situación de ese tipo, en la que los civiles agreden a otros civiles, las fuerzas armadas en la Ribera Occidental, y la policía en otros lugares, tienen el deber de intervenir para detener la agresión y proteger a las víctimas, lo que no tiene nada que ver con el estado de necesidad.

8.El Sr. Leshonoyaar (Israel) responderá a la cuestión del reconocimiento del derecho de los palestinos a la libre determinación. Israel ha declarado expresamente en múltiples ocasiones que apoyaba el derecho de los palestinos a la libre determinación. Los dirigentes de su país lo han afirmado y reafirmado repetidas veces y el estancamiento político en el que se encuentra actualmente Oriente Medio no se debe a que se niegue ese derecho a los palestinos. Las autoridades israelíes, al adoptar la "hoja de ruta", pusieron de manifiesto que, al igual que la comunidad internacional, apoyaban la idea de la creación de un Estado palestino junto a Israel. Israel y la comunidad internacional han dicho claramente que los palestinos debían ejercer sus responsabilidades nacionales, lo que supone cumplir tres obligaciones fundamentales: el reconocimiento de Israel, la renuncia al terror y la aceptación de los acuerdos suscritos anteriormente con Israel. Ello es un requisito imprescindible para que los palestinos ejerzan el derecho a la libre determinación. Desgraciadamente, con sus ataques terroristas y el lanzamiento despiadado de cohetes contra Israel, la Autoridad Palestina dirigida por Hamas pone en peligro el ejercicio del derecho nacional de su propio pueblo.

9.La Sra. Rubinstein (Israel), en respuesta a la pregunta sobre el mecanismo de investigación independiente encargado de discernir los hechos relativos al incidente de la flotilla, dice que Israel reconoce que todo Estado tiene la responsabilidad de investigar tales incidentes, utilizando ante todo sus mecanismos jurídicos internos, por lo que las autoridades han establecido ya una comisión de investigación independiente, presidida por el juez jubilado del Tribunal Supremo Yaakov Turkel. Los otros dos miembros de la comisión son Amos Horev, General jubilado y exdirector de Technion (el Instituto Israelí de Tecnología), y el eminente especialista en derecho internacional Shabtai Rosen; además, se ha designado a dos observadores internacionales, Lord William David Trimble, Premio Nóbel de la Paz, y el General Kenneth Watkin, ex juez-abogado general de las fuerzas armadas canadienses, para participar en las audiencias y los debates de la Comisión.

10.En cuanto al contenido de las Disposiciones legislativas Nos. 1649 y 1650, la Sra. Rubinstein indica que, para aplicar una recomendación del Tribunal Superior de Justicia, la Disposición Nº 1649 establece un nuevo comité de control, de manera que toda persona detenida a la espera de ser repatriada debe ser presentada ante ese comité en un plazo máximo de ocho días a contar desde la entrega de la orden (cuatro días si el interesado es menor de 18 años). El comité tiene amplias atribuciones, entre las que se cuentan la de anular una orden de repatriación y decidir la liberación de los detenidos. Asimismo, determina los derechos de las personas que comparecen ante él, en particular el derecho a estar representado por una persona de su elección y el de presentar sus observaciones por escrito. Si el comité decide no liberar al detenido, la disposición prevé que este comparezca de nuevo ante el comité en el plazo de 60 días (30 días si es menor de 18 años) para reexaminar su caso. La creación de este nuevo comité no restringe en absoluto el derecho de los particulares a recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia para pedir que se examine cualquier decisión que les afecte y ofrece un nivel de control suplementario y diferente, tal como recomendó el Tribunal Superior de Justicia. La Disposición legislativa Nº 1650 modifica lo establecido en la disposición inicial de 1969 y aclara la definición de infiltración ilegal, según la cual una persona que se encuentre en la región en posesión de un certificado o permiso válido no puede ser considerada residente ilegal. Además, suprime la restricción prevista en la disposición inicial, que limitaba la infiltración ilegal a la que se producía desde un determinado número de países. La disposición suaviza considerablemente las sanciones aplicables a los residentes ilegales, ya que la pena máxima se reduce de 15 a 7 años de prisión; también dispone que, antes de cursar una orden de repatriación, el interesado debe tener la posibilidad de presentar sus argumentos, que deben ponerse en conocimiento del mando militar. Dispone igualmente que se debe informar de sus derechos a la persona contra la que se cursa una orden de repatriación, a ser posible en una lengua que comprenda, en particular del derecho de informar a un amigo o un abogado. La disposición establece también que los infiltrados que no se encuentren privados de libertad y contra los que se haya dictado una medida de repatriación inmediata en virtud de la legislación anterior se beneficien de un plazo de 72 horas antes de que esta se lleve a cabo, excepto si son descubiertos inmediatamente después de la infiltración; en ese caso, pueden ser devueltos también de inmediato a su país de origen. El plazo de 72 horas, que puede prorrogarse a petición del interesado, se ha establecido para que este tenga la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Supremo, de manera que incluso las personas que no comparezcan ante el comité de control puedan solicitar que la autoridad judicial examine la decisión que les afecta. La disposición establece que los gastos de repatriación se pueden imputar a los residentes ilegales, pero solo hasta un máximo de 7.500 nuevos shekels. Cabe señalar asimismo que el comité establecido en virtud de la Disposición legislativa Nº 1649 puede renunciar a imputar estos gastos.

11.Las Disposiciones legislativas Nos. 1649 y 1650 se aplican a los residentes ilegales, definidos como toda persona que entra ilegalmente en la región o que permanece en ella sin un permiso válido, que es un permiso expedido por el mando militar o por una persona autorizada por este conforme a la legislación militar israelí, o por las autoridades israelíes en virtud de la ley relativa a la entrada en Israel. Se consideran también permisos válidos los documentos del registro del estado civil expedidos por la Autoridad Palestina en aplicación del Acuerdo Provisional Israelo-Palestino de 1995. En consecuencia, y contrariamente a ciertas informaciones erróneas, toda persona inscrita en el registro del estado civil de la Ribera Occidental conserva el estatuto de residente legal en la región. Las Disposiciones Nos. 1649 y 1650 no modifican la situación de los habitantes de Gaza en la Ribera Occidental. Como ocurría anteriormente, para desplazarse a la Ribera Occidental los habitantes de Gaza necesitan un permiso especial, condición que perdura y que seguirá aplicándose teniendo en cuenta los casos humanitarios. Cabe señalar que se han presentado recientemente ante el Tribunal Supremo distintas denuncias sobre varios aspectos del reglamento que se aplica del modo descrito. En la práctica, son pocos los residentes sin permiso que han recibido estos últimos años la orden de abandonar la Ribera Occidental y regresar a la Franja de Gaza (48 en 2008 y 32 en 2009), y las disposiciones legislativas no han modificado en absoluto la situación jurídica ni la política aplicada. En general, el número de residentes ilegales en la Ribera Occidental es muy reducido, debido especialmente a las medidas adoptadas por el Gobierno de Israel, a petición de la Autoridad Palestina, para regularizar la situación de los palestinos y los extranjeros en esa zona. En consecuencia, en los últimos años, y especialmente entre 2006 y 2008, se ha inscrito en el registro del estado civil en el marco de dicho proceso a unos 32.000 palestinos y extranjeros que residían ilegalmente en la Ribera Occidental.

12.Para concluir este tema, la Sra. Rubinstein señala que las mencionadas disposiciones legislativas perpetúan la situación jurídica vigente desde 1969 y establecen, al mismo tiempo, garantías suplementarias para los residentes ilegales. No afectan al derecho de los israelíes, incluidos los árabes israelíes, a trasladarse a la Ribera Occidental en virtud del permiso general actualmente en vigor ni al derecho que tienen los turistas de viajar a la región de conformidad con las disposiciones relativas a los visados de turismo que siguen siendo aplicables.

13.Para responder a la pregunta sobre la retirada del permiso de residencia a cuatro miembros de Hamas diputados en Jerusalén, la Sra. Rubinstein indica que, tras la elección de esas cuatro personas al Consejo Legislativo Palestino (una de ellas había sido nombrada además Ministra para los Asuntos de Jerusalén en el Gobierno de Hamas), el Ministro del Interior de Israel decidió que se autorizaría a los cuatro interesados a conservar sus permisos de residencia en Israel a condición de que dimitieran del Consejo Legislativo como representantes de Hamas, así como del Gobierno de esta organización, dado su carácter terrorista y su objetivo de destruir el Estado de Israel. Dichas personas decidieron seguir como representantes de Hamas. El 29 de mayo de 2006, el entonces Ministro del Interior, Sr. Ronnie Bar-On, anunció que tenía previsto cancelar sus permisos de residencia en virtud de la potestad que le concedía el artículo 11 a) de la Ley sobre la entrada en Israel, ya que los interesados ocupaban puestos de gran responsabilidad en las instituciones de Hamas. Transcurrido un mes, el 30 de junio de 2006, y después de que los cuatro interesados tuvieran la posibilidad de presentar sus argumentos y se negaran a dimitir de Hamas y abandonar las funciones que ejercían en la organización, el Ministro del Interior anunció su decisión de cancelar los permisos de residencia de dichas personas. Estas recurrieron la decisión ante el Tribunal Superior de Justicia y el 24 de noviembre de 2008, a través de sus representantes, dirigieron al Ministro del Interior una "solicitud de devolución del permiso de residencia", en la que, una vez más, no se comprometían efectivamente a abandonar su actividad en el seno de Hamas. El 25 de enero de 2009, el nuevo Ministro del Interior, Sr. Meir Sheetrit, comunicó a los representantes de los interesados que, tras examinar su petición, consideraba que su solicitud de devolución del permiso de residencia no procedía, ya que habían elegido continuar ejerciendo actividades en el seno de Hamas. A finales de mayo y primeros de junio de 2010, la policía confiscó las tarjetas de identidad de los solicitantes, quienes recibieron la orden de abandonar el Estado de Israel en un plazo de 30 días debido a que no poseían un permiso de residencia. Los interesados se dirigieron de nuevo al Tribunal Superior de Justicia y le solicitaron un mandamiento para impedir la revocación de su estatuto de residentes. En su respuesta al Tribunal Superior de Justicia, el Estado sostiene que la solicitud de medidas provisionales para impedir la revocación del estatuto de residente en Jerusalén de los interesados debía ser rechazada, a la espera de la decisión final sobre la solicitud de que no fueran anulados sus permisos de residencia en Israel. La cuestión se halla pendiente de resolución en el Tribunal Supremo. En consecuencia, como los interesados no habían abandonado el país, el Sr. Abu Teir fue detenido el 30 de junio de 2010 e inculpado el 1º de julio de 2010 de estancias ilegales en Israel. El ministerio público pidió que se le mantuviera privado de libertad hasta el fin del procedimiento. El 12 de julio de 2010, el Tribunal de Primera Instancia de Jerusalén celebró una vista para examinar la petición del ministerio público y hoy hará público el fallo.

14.En cuanto al fundamento jurídico de la anulación de los permisos de residencia de los interesados, la Sra. Rubinstein señala que el Ministro del Interior decidió hacer uso de la potestad que le confiere la ley y anular dichos permisos tras haber llegado a la conclusión de que los cargos y las actividades de los solicitantes, en su calidad de altos responsables de Hamas, no eran compatibles con el mantenimiento de su residencia en Israel. Los solicitantes han infringido gravemente su obligación de lealtad al Estado de Israel y, lo que es igualmente importante, a los ciudadanos y residentes del país. La Ley electoral palestina, conforme a la cual los solicitantes han sido elegidos en representación de Hamas, establece que un palestino elegido para un cargo no puede tener una "doble fidelidad" a la Autoridad Palestina y al Estado de Israel. El permiso de residencia otorga total libertad de circulación en Israel, así como el conjunto de derechos a la protección social en calidad de residente en el país, por lo que dicho permiso concedido a los solicitantes representa un riesgo para la seguridad del Estado y puede socavar la confianza de la población en las instituciones gubernamentales. La adopción de medidas provisionales en el marco del procedimiento de anulación de los permisos de residencia mermaría los intereses de seguridad del Estado, la tranquilidad de sus residentes y ciudadanos, y la confianza de la población en las autoridades estatales. El daño causado a los solicitantes no podría compararse con el perjuicio que sufrirían los ciudadanos de Israel. La Sra. Rubinstein concluye señalando a la atención de los presentes el hecho de que los solicitantes aún tienen la posibilidad de dirigirse a las autoridades competentes para recibir un permiso de entrada en Israel o un permiso de estancia temporal en el país, que les permitiría visitar a su familia. El Estado de Israel ha anunciado que no se opondría a una solicitud de los interesados para ser inscritos en el registro de la población palestina.

15.La Sra. Gorni (Israel), en respuesta a una pregunta relativa a los servicios de traducción e interpretación prestados en los tribunales militares de la Ribera Occidental, indica que en el pasado las actas de acusación dictadas en esas jurisdicciones se traducían habitualmente al árabe, pese a que la demanda al respecto era muy escasa, y que se aseguraban servicios de interpretación simultánea durante todo el procedimiento para que el acusado pudiera comprender íntegramente los debates.

16.La Sra. Tene-Gilad (Israel), en respuesta a una pregunta sobre los beduinos en Israel, dice que la actuación del Estado con respecto a esta población se realiza en consulta con sus representantes, que comunican a las autoridades sus ideas sobre la mejor planificación de cada ciudad y las características que debería tener según se destine a población urbana o agraria. Además de Rahat, existen actualmente siete ciudades beduinas en el Néguev. Si bien las ciudades existentes pueden responder a las necesidades de la población beduina, sujeta a expansión, el Gobierno ha decidido crear otras 11 nuevas destinadas a los beduinos, con lo que intenta satisfacer las aspiraciones de dicha población y tiene en cuenta sus necesidades particulares, en especial su deseo de instalarse siguiendo un esquema tribal. A raíz de las consultas, se decidió asignar parcelas de terreno agrícola a cada residente de las ciudades mencionadas. Israel no pretende en modo alguno modificar el carácter de la población beduina, pero los servicios de urbanismo tienen en cuenta los cambios que no han dejado de producirse en el transcurso de los años, especialmente en la percepción de las cosas que tiene la población local. Cabe señalar asimismo que las soluciones que se ofrecen en Israel en materia de alojamiento vienen determinadas también por el crecimiento de la población israelí, que hoy día supera ampliamente los 7 millones y por la superficie limitada de terreno disponible, factores que obligan a construir edificios altos, una necesidad que se plantea en todas las categorías de población.

17.En cuanto a la calidad del agua en la Ribera Occidental y la Franja de Gaza, la Organización Mundial de la Salud no ha planteado hasta ahora ningún problema al respecto ante las autoridades israelíes. Israel y la Ribera Occidental comparten las fuentes de agua y están sometidos a las mismas normas. Cualquier degradación que se produzca en la calidad del agua en el interior de la Ribera Occidental debe ser imputada a la Autoridad Palestina, única responsable de los sistemas de abastecimiento de agua en esa zona desde hace casi 15 años. La calidad del agua que se transfiere de Israel a la Ribera Occidental es la misma que la del agua que se consume en Israel, distribuida por acueductos comunes.

18.El Presidente agradece a la delegación de Israel sus respuestas y la invita a contestar a la segunda parte de la lista de cuestiones (preguntas Nº 18 a 30) (CCPR/C/ISR/Q/3).

19.El Sr. Blass (Israel), en respuesta a las preguntas relativas a los lugares sagrados musulmanes situados en Israel, dice que existen varias leyes para proteger los lugares sagrados contra la degradación material, en las que se dispone que, para llevar a cabo determinadas actuaciones en el interior o los alrededores de uno de estos lugares, se requiere el consentimiento y la opinión previos de los ministerios competentes. La Ley de 1965 sobre la urbanización y la construcción prevé la obligación de presentar a la opinión pública cada proyecto promovido por los servicios de urbanismo y de ofrecer la posibilidad de presentar alegaciones, y garantiza igualmente el derecho a ser escuchado, lo que significa, sobre todo, que es posible recurrir la realización de proyectos urbanísticos relativos a edificios y lugares religiosos. La Ley de 1967 sobre la protección de los lugares sagrados y la Ley sobre el urbanismo y la construcción no establecen ninguna distinción entre los lugares sagrados del judaísmo y los de otras religiones, ni tampoco entre los edificios utilizados para responder a las necesidades de la religión judía y los utilizados por otras religiones.

20.A la hora de llevar a efecto las medidas de intervención urbanística, se tiene en cuenta la necesidad de asignar terrenos para satisfacer las necesidades de la colectividad, incluidas las instituciones religiosas. A raíz de una solicitud presentada por la organización Adalah (Centro jurídico para los derechos de la minoría árabe en Israel) sobre la cuestión de las reglas aplicables a la protección de los lugares sagrados musulmanes en Israel, se creó un comité encargado de evaluar el estado de los lugares sagrados árabes y consolidar un programa para su gestión. Se elaboró un programa para gestionar de manera adecuada, desde los puntos de vista presupuestario y urbanístico, los lugares sagrados pertinentes y se asignó un presupuesto especial para la restauración de estos. En función de ello, se elaboró una lista de los trabajos a realizar para 2007, que se han ejecutado en su totalidad. A principios de 2008, el Estado se puso en contacto con los solicitantes para pedirles ayuda a fin de elaborar una nueva lista, pero hasta ahora se han negado a cooperar con las autoridades. En consecuencia, la nueva lista, que comprende 12 lugares que deben ser objeto de atención en 2008, se ha elaborado a partir de la que habían adjuntado a su solicitud. Posteriormente, el Tribunal Supremo decidió desestimar la solicitud. Cabe señalar también que se ha destinado un presupuesto anual de 2 millones de nuevos shekels (más de medio millón de dólares) a la protección de los lugares sagrados musulmanes. En la práctica, se garantiza escrupulosamente el acceso a los lugares sagrados y la libertad de culto de los creyentes de todas las confesiones, y el ejercicio de estos derechos no está limitado más que por algunas excepciones vinculadas a la necesidad de proteger la moralidad y el orden públicos. En lo que concierne a las actividades de determinados grupos religiosos en relación con los lugares sagrados de la ciudad vieja de Jerusalén (pregunta Nº 22), el Sr. Blass indica que el acceso al Monte del Templo está autorizado pero de forma limitada. Los judíos y otros visitantes que no sean musulmanes tienen autorizado el acceso a la zona reservada casi todos los días del año, solo por la mañana y al mediodía fuera de las horas en que se desarrolla la oración en las mezquitas. La política israelí relativa al Monte del Templo y a otros lugares sagrados del islam no ha variado estos últimos años y no autoriza que las personas que no sean musulmanas (las de confesión judía o cristiana) organicen ceremonias rituales de ningún tipo en dicho monte. Si hay indicios de que un grupo se dispone a organizar una ceremonia en ese lugar, los agentes del orden impiden que los interesados se acerquen al monte, asciendan a él y celebren dicha ceremonia religiosa. La policía cuenta con el apoyo de las autoridades judiciales y legislativas de Israel. El Tribunal Supremo, en su calidad de Tribunal Superior de Justicia, aceptó la posición del Estado y desestimó recientemente una solicitud para que se autorizara una ceremonia religiosa judía en el Monte del Templo, con lo que mantuvo el statu quo que existe en ese lugar. Por último, Israel respeta plenamente el derecho a la libertad de religión y de creencias de todas las personas en los lugares sagrados de la ciudad vieja de Jerusalén.

21.En relación con la pregunta Nº 23 de la lista de cuestiones a tratar, relativa a las medidas adoptadas tras el anuncio por el Estado parte de la aprobación de una disposición sobre la creación de un servicio civil alternativo para los objetores de conciencia al servicio militar, el Sr. Blass explica que, de conformidad con el artículo 36 de la Ley de 1986 sobre el servicio militar, el Ministro de Defensa tiene potestad para declarar exento del servicio en el ejército nacional a un hombre o una mujer por los motivos enumerados en la ley, o a retrasar su reclutamiento. En el artículo 39 de dicha ley, se prevén también otros motivos de exención. El Tribunal Superior de Justicia ha considerado que, cuando queda demostrada la objeción de conciencia, se debe aceptar la exención tanto para los hombres como para las mujeres y las Fuerzas de Defensa de Israel respetan esa decisión. Su país opina que la libertad de conciencia es un derecho fundamental, por lo que sus fuerzas armadas respetan las convicciones de los objetores de conciencia, a condición de tener la certeza de que sean auténticas. Una comisión militar especial examina las solicitudes de exención por este motivo. En 2004 el Tribunal Superior de Justicia pronunció un fallo en el que subrayó que había que establecer una diferencia ente los casos de objeción de conciencia y los de desobediencia civil. A diferencia de esta última, la objeción de conciencia viene dictada por razones personales particulares; no pretende cambiar la política del Estado. El objetor no desea influir en los demás ni convencerlos. Israel instituyó hace mucho tiempo el servicio civil nacional, gestionado por la administración del servicio civil, que permite a todos los ciudadanos y residentes de Israel que no están sujetos al servicio militar, como los judíos ultraortodoxos (hombres y mujeres), las mujeres judías ortodoxas y la mayoría de la población árabe (hombres y mujeres), cumplir un servicio civil, posibilidad que está abierta igualmente a los objetores de conciencia. El servicio civil nacional está dirigido a los que están exentos del servicio militar, a aquellos cuyo reclutamiento se ha pospuesto y a las personas que no pueden cumplir el servicio militar por otras razones. La resolución del Gobierno relativa al servicio civil nacional subraya el carácter voluntario de este, contribuye a reducir la desigualdad entre los que cumplen un servicio militar, o prestan cualquier otro servicio voluntario, y los que no lo hacen, y aumenta las posibilidades de quienes lo cumplen de integrarse en la vida civil. El presupuesto público anual total del servicio civil nacional asciende a unos 60 millones de dólares de los Estados Unidos (es decir, 230 millones de nuevos shekels).

22.Por lo que se refiere a la financiación de organizaciones no gubernamentales (ONG) con cargo a fondos extranjeros, cabe señalar que la sociedad israelí es abierta, dinámica y plural, y manifiesta sus opiniones y sus críticas al Gobierno. Este dialoga permanentemente con numerosas ONG y esta dinámica da lugar a veces a alianzas en favor de causas comunes, como la lucha contra la trata de seres humanos, la mejora de la situación de las personas con discapacidad o la protección de los derechos humanos en general. Se valora y alienta encarecidamente esta colaboración, pero Israel considera importante que, en el caso de organizaciones financiadas con cargo a fondos extranjeros que realizan una actividad política o pseudo política, se conozca su relación con los patrocinadores extranjeros, así como sus actividades, las sumas que reciben y los gastos que realizan.

23.En cuanto al "proyecto de ley sobre la lealtad" (pregunta Nº 25), en virtud del principio de la libertad de expresión respetado en Israel, toda opinión puede ser objeto de una iniciativa legislativa en la Knesset. El "proyecto de ley sobre la lealtad" ha sido iniciativa de un solo miembro de este órgano y fue objeto de importantes críticas, por lo que la Comisión de Asuntos Legislativos lo rechazó el 31 de mayo de 2009.

24.En lo referente a las declaraciones públicas hechas por varias personalidades israelíes respecto de los árabes (pregunta Nº 26), hay que tener en cuenta que esta incitación al racismo plantea la cuestión del equilibrio entre la protección del bienestar de la población y la libertad de expresión. Este equilibrio exige un examen riguroso de cada caso y la fiscalía general actúa respetando las disposiciones legislativas y la jurisprudencia del Tribunal Supremo. La cuestión se complica en mayor medida cuando están implicados miembros de la Knesset. El Tribunal Supremo ha mantenido que, debido a su inmunidad parlamentaria, dichos miembros deberían gozar de una protección más amplia en lo que concierne a la libertad de expresión, por lo que corren un riesgo menor de verse inculpados por su discurso. No obstante, se han realizado investigaciones, se han imputado cargos y se han dictado condenas.

25.Por lo que respecta a las medidas adoptadas para derogar la Ley sobre la nacionalidad y la entrada en Israel y la posibilidad de que los reclusos palestinos originarios de Gaza reciban visitas de sus familiares (pregunta Nº 27), este texto se promulgó porque había cada vez más palestinos de la Ribera Occidental y la Franja de Gaza que participaban en actividades de organizaciones terroristas. Se les habían entregado tarjetas de identidad israelíes en el marco de la reunificación familiar y podían, por lo tanto, desplazarse libremente entre la Ribera Occidental, la Franja de Gaza e Israel. A fin de evitar el peligro que podían representar antiguos residentes de esas zonas en el conflicto armado actual, el Gobierno decidió en mayo de 2002 suspender provisionalmente la concesión a estas personas de documentos de identidad israelíes por el procedimiento de reunificación familiar. Es realmente muy difícil tener información sobre los residentes de la Ribera Occidental o la Franja de Gaza. Como cualquier otro Estado, Israel tiene derecho a controlar la entrada a su territorio y, con más razón, en una situación de conflicto armado, cuando los que quieren entrar en el país pueden participar en actos violentos contra ciudadanos israelíes. El 31 de julio de 2003, la Knesset aprobó la Ley sobre la nacionalidad y la entrada en Israel, que limita la posibilidad de otorgar la nacionalidad a los residentes de la Ribera Occidental y la Franja de Gaza, incluso por reunificación familiar, y de concederles permisos de residencia en Israel. En 2005 y 2007 se introdujeron enmiendas a la ley para incrementar el apoyo humanitario y su campo de aplicación se amplió a los ciudadanos de Estados enemigos (República Islámica del Irán, República Árabe Siria, Líbano e Iraq). Una versión modificada de la ley se aplicó posteriormente hasta el 31 de julio de 2008 y se prorrogó dos veces, hasta el 31 de julio de 2010. La ley autoriza la entrada en Israel para recibir tratamiento médico, por razones de trabajo u otros motivos de carácter temporal durante un período total de seis meses como máximo. Asimismo, prevé diversas circunstancias de índole humanitaria e instaura una comisión constituida por especialistas en asuntos humanitarios, como se explica en las respuestas presentadas por escrito a la lista de cuestiones. El Tribunal Supremo examinó y confirmó la constitucionalidad de la ley, y estudia actualmente otras demandas de inconstitucionalidad sobre las que no se ha pronunciado todavía.

26.Desde agosto de 2005 el Ministerio del Interior ha autorizado la concesión de permisos de residencia en Israel a 4.118 palestinos (más de 1.000 personas al año) en respuesta a solicitudes de reunificación familiar y con sujeción a las excepciones previstas por ley. Asimismo, la Comisión de Asuntos Humanitarios ha recibido más de 600 solicitudes, de las que ha tramitado 282 y ha enviado 33 al Ministerio del Interior con recomendación favorable. En cuanto a las visitas de familias de la Franja de Gaza, el Estado de Israel reconoce la importancia de mantener las visitas familiares y ha actuado siempre en consecuencia.

27.El 19 de septiembre de 2007, la Comisión Ministerial de Asuntos de Seguridad decidió restringir la entrada de mercancías y combustible a la Franja de Gaja y limitar la circulación de personas. En diciembre de 2009, el Tribunal Superior de Justicia señaló que las autoridades habían aceptado la entrada a Israel de residentes de la Franja de Gaza para visitar a un pariente encarcelado en casos particulares y cuando no se pusiera en peligro la seguridad. A partir del 4 de junio de 2007, después de que Hamas se hiciera con el poder violentamente en la Franja de Gaza, esta zona se convirtió en "zona hostil" y el Estado empezó a aplicar una nueva política que prohibía la entrada en Israel de los residentes y visitantes de la Franja de Gaza. El Tribunal consideró que ningún residente extranjero tenía derecho absoluto a entrar en Israel y que el Estado, en virtud del principio de soberanía, tenía la libertad de decidir quién podía entrar en su territorio, sin que ese poder discrecional fuera absoluto; así pues, las autoridades debían procurar encontrar un equilibrio justo entre los diferentes elementos a tener en cuenta. Según el Tribunal, autorizar la entrada en Israel no es una necesidad humanitaria fundamental para los residentes de la Franja de Gaza, por lo que ha rechazado los argumentos de que la negativa a autorizar las visitas familiares constituía una violación del derecho internacional, ya que considera que ese derecho no puede impedir que un Estado soberano prohíba entrar en su territorio a extranjeros que pertenecen a una entidad hostil. No obstante, las restricciones deben aplicarse teniendo en cuenta los aspectos humanitarios de la situación.

28.En lo que concierne a la construcción de escuelas y nuevas aulas en Jerusalén Oriental (pregunta Nº 29), durante el año escolar 2009/10 asistieron 41.364 alumnos a las escuelas de Jerusalén Oriental, lo que representa un aumento del 40% en diez años. El municipio de Jerusalén, consciente de la escasez de aulas, no limita la construcción de escuelas en Jerusalén Oriental y ha alquilado tres nuevos edificios para instalar aulas escolares, que vienen a añadirse a los otros edificios que albergan a más de 1.500 alumnos. Está previsto construir próximamente 12 nuevas escuelas, con las que habrá 205 aulas adicionales en Jerusalén Oriental.

29.Por último, en lo que respecta a la cuestión de la representación de los árabes israelíes en la función pública (pregunta Nº 30), el Gobierno ha aprobado diversas resoluciones y ha pedido a distintos ministerios que elaboren un plan de trabajo quinquenal. Hasta finales de 2012 se concederá prioridad a la contratación y la promoción de funcionarios árabes israelíes. Un equipo interministerial hace un seguimiento del modo en que los ministerios aplican estas disposiciones y estudia las formas de superar los obstáculos que se oponen a la integración de los árabes israelíes en la función pública. La Comisión de la función pública se mantiene muy activa en lo referente a la promoción y la representación de las poblaciones árabe, drusa y circasiana en la función pública y, como en años precedentes, en 2009 adoptó importantes medidas a tal fin. En particular, publicó un informe sobre la integración de funcionarios árabes y organizó conferencias para informar a los árabes israelíes sobre la admisión en la función pública, así como reuniones y seminarios dirigidos a funcionarios sobre la necesidad de incorporar en esta a personas árabes; se asignaron empleos y puestos determinados a árabes israelíes; se hizo un llamamiento a las agencias de empleo privadas para encontrar a candidatos árabes cualificados, se revisaron los exámenes de aptitud para los árabes seleccionados o candidatos y se formó a un grupo de examinadores árabes que formarían parte de los comités de examen para acceder a la función pública. La proporción de funcionarios árabes, drusos y circasianos aumenta regularmente, era del 6,97% en 2009, en comparación con el 6,17% en 2007 y el 6,67% en 2008. De entre los nuevos funcionarios contratados en 2008, el 11,66% eran árabes, drusos o circasianos. Durante los diez últimos años ha aumentado considerablemente el número de árabes israelíes que trabajan en el sistema judicial: 1 de los 12 jueces del Tribunal Supremo es árabe cristiano; 5 de los 128 jueces de los tribunales de distrito son musulmanes, 2 son cristianos y 1 es de origen druso; 14 de los 381 jueces de los tribunales de primera instancia son cristianos, 10 son musulmanes y 5 son drusos; las jurisdicciones de trabajo cuentan con 1 juez cristiano y 1 juez druso. En total, hay en el sistema judicial 40 jueces pertenecientes a minorías.

30.La Comisión de la Función Pública también ha adoptado medidas para satisfacer las necesidades de los funcionarios que pertenecen a las minorías: a los musulmanes se les concede un día de vacaciones durante el ramadán y los cristianos pueden elegir el domingo como día de descanso semanal. Los miembros de la población árabe que trabajan en la función pública reciben una subvención del Estado para el alquiler si viven cerca de su lugar de trabajo o una ayuda para sufragar los gastos de transporte semanal.

31.El Presidente da las gracias a la delegación de Israel e invita a los miembros del Comité que lo deseen a plantear preguntas complementarias.

32.El Sr. Fathalla dice que la pregunta que planteó la víspera sobre el acceso de los palestinos al agua no se refería a la calidad de esta sino más bien a la cantidad. Había mencionado la cifra de 23 l por habitante y día, que era claramente insuficiente si se compara con los 100 l considerados necesarios para una vida sana por la Organización Mundial de la Salud.

33.En cuanto a la pregunta Nº 18, el Sr. Fathalla desea saber cuántos palestinos viven en la zona de separación y cuáles son las consecuencias de esta situación en el derecho a la libertad de circulación en la Ribera Occidental y en Jerusalén. Quizá la delegación pueda explicar cómo se justifica la confiscación de tierras palestinas en esa zona a la luz de las disposiciones del Pacto. ¿Cómo ha tratado la cuestión de la zona de separación el sistema judicial israelí?

34.Por lo que se refiere a la libertad de circulación entre Gaza, la Ribera Occidental y Jerusalén Oriental (pregunta Nº 19), el Sr. Fathalla pregunta cómo pueden considerarse conformes con el Pacto los Decretos militares Nos. 1649 y 1650 sobre los "infiltrados" y cómo garantiza el Estado que los palestinos no sean transferidos por la fuerza a los territorios ocupados. Por último, desearía saber qué mecanismos de seguridad ha establecido el aparato judicial para que no se malinterpreten dichos decretos militares.

35.El Sr. Thelin dice, en relación con la pregunta Nº 20, que el Comité ha tenido conocimiento de que en los asuntos relativos a la seguridad nacional o a la defensa del país, la relación de hechos establecida por el Estado se transmite solo al Tribunal. El acusado no la conoce y no se le informa tampoco de la jurisprudencia. Esta situación, de confirmarse, requiere ser comentada. Las fuentes de información indican también que hay una clara diferencia en el modo en que las autoridades tratan a los niños en conflicto con la ley dependiendo de si son israelíes o palestinos: la edad de responsabilidad penal difiere (16 y 18 años); si se trata de un israelí los padres pueden estar presentes y, durante la investigación, se graban los interrogatorios en audio y vídeo, lo que no ocurre con los niños palestinos, que son también objeto de discriminación en lo que respecta a la representación letrada. Se agradecerían aclaraciones al respecto.

36.En cuanto a la pregunta Nº 23, el Sr. Thelin desearía saber el número de personas que han solicitado ser declaradas objetores de conciencia, cuántas solicitudes han sido aceptadas y los criterios utilizados por las autoridades para aceptar o rechazar la objeción. Se ha hablado a este respecto de "prueba"; sería interesante saber a qué se refiere exactamente ese término. También desearía obtener aclaraciones sobre el servicio civil y pregunta si este se aplica realmente como servicio sustitutorio. Según las informaciones recibidas, las personas a las que no se otorga la condición de objetor de conciencia son llevados ante los tribunales y condenados a penas, incluido el encarcelamiento, en repetidas ocasiones, lo que se opone al principio non bis in idem y constituye un modo de presionar psicológicamente para forzar a otros a cambiar de opinión.

37.Al parecer, las exigencias y condiciones administrativas establecidas en el proyecto de ley de asociaciones (Enmienda – Excepciones relativas al registro y a las actividades de las asociaciones) pueden dar lugar, si se aprueba la ley, a un auténtico acoso y hacer muy difícil la vida de esas organizaciones. Se agradecerían comentarios sobre este punto.

38.Por lo que se refiere a la pregunta Nº 24, el Sr. Thelin desea que se aclare el trato diferente que se otorgaría a las ONG dependiendo de que fueran palestinas o israelíes. Asimismo, según las informaciones recibidas, se establecería un vínculo entre determinadas actividades de ONG y una disposición legislativa relativa a la participación en boicoteos, que constituyen una infracción.

39.En lo que concierne a la pregunta Nº 25, el Sr. Thelin, si bien conviene en que el derecho a presentar proyectos de ley es una manifestación del funcionamiento democrático dinámico, desearía saber qué habría pasado si ese proyecto de ley se hubiera aprobado: ¿podría reexaminarlo el Tribunal Supremo? Se pregunta si la acción parlamentaria puede ir en contra de la doctrina de este Tribunal. Agradecería comentarios a este respecto.

40.El Sr. Thelin da las gracias al Estado parte por haber informado sobre los casos de incitación al odio por parte de personalidades públicas ocurridos en 2008, en respuesta a la pregunta Nº 26, pero agradecería recibir datos complementarios relativos al período transcurrido desde entonces.

41.El Sr. Salvioli señala que, en un fallo de 17 de marzo de 2007, el Tribunal Supremo de Israel rechazó una solicitud formulada por el Centro jurídico para los derechos de la minoría árabe en Israel (Adalah) en la que se pedía la adopción de una normativa sobre la protección de los lugares sagrados musulmanes. A lo largo de los años se han producido numerosas profanaciones de dichos lugares y ninguno de los 135 lugares que el Estado parte ha reconocido recientemente como lugares sagrados es musulmán. Sería interesante saber qué tiene previsto hacer el Estado parte para garantizar que su política de protección de los lugares sagrados no se aplique de manera discriminatoria. En virtud del Pacto, el derecho a la libertad de religión no es susceptible de ninguna derogación. ¿Cómo vela el Estado parte por que los palestinos de la Ribera Occidental puedan acceder a los lugares sagrados musulmanes que se encuentran en Jerusalén? El Sr. Salvioli también desearía saber si se ha enjuiciado y condenado a personas por haber profanado lugares considerados sagrados por los musulmanes.

42.La Sra. Keller pregunta si el Estado parte tiene previsto autorizar el acceso a medios de comunicación (teléfono, Skype o cámara conectada a una red informática) de las personas detenidas en Israel que no pueden recibir visitas de su familia por vivir esta en la Franja de Gaza, a fin de permitir que mantengan el contacto con sus seres queridos. La Knesset está estudiando actualmente varios proyectos de ley llamados "leyes Shalit" que, según determinadas fuentes, dispondrían un endurecimiento de las condiciones de reclusión de los palestinos detenidos por infracciones vinculadas a la seguridad del Estado y los privaría de algunos derechos fundamentales para presionar a Hamas. ¿Puede la delegación aportar aclaraciones sobre esos proyectos de ley, su objetivo y su finalidad? Sería asimismo interesante saber si el Estado parte tiene previsto reanudar el programa de visitas que el Comité Internacional de la Cruz Roja había puesto en marcha para las familias de la Franja de Gaza y que fue interrumpido en 2007.

43.La Sra. Keller pregunta por qué las disposiciones que prevén la aplicación de medidas de protección en favor de los menores sospechosos de haber cometido una infracción, como las que figuran en la ley que rige los métodos a utilizar para el juicio y la condena de menores y el trato que se les otorga, se aplican únicamente a la policía y no a la Agencia de Seguridad de Israel, ni tampoco en el caso de menores detenidos en la Ribera Occidental en aplicación de ordenanzas militares. También desearía saber si el Estado parte tiene previsto revisar el método vigente para el interrogatorio de los menores sospechosos de atentar contra la seguridad, a fin de que estos puedan ser interrogados en presencia de un progenitor o de otro adulto, por ejemplo un abogado especialmente habilitado.

44.El Sr. O'Flaherty señala que el Estado parte no ha respondido a la pregunta del Comité relativa a los ataques perpetrados contra escuelas en los territorios palestinos ocupados. Pregunta si la delegación podría al menos aportar aclaraciones sobre dos ataques cometidos durante la operación "Plomo fundido": uno contra la escuela Balqis al-Yaman (Gaza) y el otro contra la escuela primaria Al-Fakhoura (Jabalia). En ambos casos los investigadores de las Naciones Unidas concluyeron que los ataques no estaban justificados por ninguna actividad militar en las proximidades. La delegación quizás desee formular observaciones sobre estas conclusiones.

45.Según las informaciones de las que dispone el Comité, se rechazó el 94% de las solicitudes de permiso de construcción en las comunidades palestinas del sector C presentadas entre enero de 2000 y septiembre de 2007. Durante el mismo período se emitieron 5.000 órdenes de demolición y se derribaron más de 1.600 edificios que pertenecían a palestinos. Esas cifras llevan a preguntarse si la política de planificación urbana y de construcción del Estado parte no amenaza con desencadenar una crisis humanitaria muy grave; sería interesante saber cómo pretende el Estado parte lograr lo primero evitando lo segundo.

46.El proyecto de ley de 2010 relativo a la financiación de las ONG parece restringir de manera muy preocupante la libertad de acción de dichas organizaciones y de los defensores de los derechos humanos. Por ejemplo, define como actividades políticas todo acto que tenga como objetivo cambiar la opinión pública, lo que constituye precisamente la esencia misma del trabajo realizado por la mayor parte de las organizaciones de la sociedad civil comprometidas con la defensa de los derechos humanos. ¿Se considerarán estas en adelante organizaciones políticas y deberán estar registradas como tales? Tal extremo es difícilmente imaginable en una democracia liberal. Asimismo, no se entiende por qué razón una ONG podría estar obligada a comunicar los números de los documentos de identidad y las direcciones de sus miembros, exponiéndolos así al riesgo de padecer acoso; sin embargo, es lo que exige el proyecto de ley. Sería útil que se aclararan en mayor medida esas disposiciones. El Sr. O'Flaherty desearía saber igualmente en qué etapa del procedimiento legislativo se encuentran el proyecto de ley sobre la jurisdicción universal y el relativo a la prohibición de los llamamientos al boicoteo del Estado de Israel.

47.Sorprende bastante que el examen de las solicitudes de exención del servicio militar debida a la objeción de conciencia se confíe a una comisión militar, en la medida en que las competencias requeridas para distinguir entre la desobediencia civil y la objeción verdaderamente motivada por consideraciones éticas y legítimas pertenecen más bien al ámbito civil. Según algunas fuentes, las personas que desean ser reconocidas como objetores de conciencia no tienen la posibilidad de hablar ante la comisión de examen y muy pocas solicitudes llegan en realidad a esa comisión. ¿Es cierto esto?

48.El Sr. Amor dice que ha tomado nota de la posición del Estado parte, que considera que el Pacto solo se aplica en territorio israelí y que en los territorios ocupados solo son aplicables el derecho de los conflictos armados y el derecho humanitario. En esas condiciones, se pregunta si el Pacto se aplica en las colonias de los territorios ocupados y, de ser así, si hay que deducir que la aplicación del Pacto está subordinada no a criterios de territorialidad sino a criterios personales.

49.La Sra. Majodina pide que se amplíe la información sobre la situación de los palestinos que viven en la "zona de separación" y que están, por lo tanto, separados de sus familias y no tienen acceso a servicios de sanidad y educación. Según la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios, se ha ampliado recientemente la zona de separación, lo que significa que va a aumentar el número de personas aisladas. La delegación quizás podría precisar las razones por las que el Estado parte se niega a autorizar que las familias de los habitantes de la zona de separación los visiten y si las mismas restricciones se aplican a las personas que visitan Israel.

50.La información de que dispone el Comité pone de manifiesto que ha aumentado la incidencia de actos violentos cometidos por colonos contra palestinos; el número de incidentes registrados en 2010 (114) se ha duplicado con respecto a 2004. Los palestinos están sometidos regularmente a la violencia, son más vulnerables por el hecho de estar aislados y son reacios a presentar una denuncia porque no confían en la policía. ¿Qué medidas tiene previsto adoptar el Estado parte para que esos actos violentos den lugar a investigaciones serias y sus autores sean enjuiciados?

51.El Presidente propone suspender la sesión unos minutos para que la delegación israelí pueda preparar sus respuestas a las preguntas adicionales que han planteado los miembros del Comité.

Se suspende la sesión a las 16.40 horas y se reanuda a las 16.55 horas.

52.El Sr. Blass (Israel) dice que el proyecto de ley sobre la financiación de las ONG, que está actualmente estudiando la Knesset, se hace eco de las inquietudes que algunas personas albergan en cuanto a la posible explotación de organizaciones de la sociedad civil por Estados extranjeros u organismos internacionales con fines políticos. Es cierto que el alcance de las restricciones propuestas es muy amplio, pero en la etapa actual se trata solo de un proyecto que es poco probable que sea aprobado tal cual. Si bien no se puede prever el resultado del examen de la Knesset, cabe pensar que las restricciones que se mantendrán al final tendrán como objetivo principal asegurar una mayor transparencia en la financiación de las ONG y no limitar su capacidad de acción.

53.En cuanto a las presiones destinadas a limitar las atribuciones del Tribunal Supremo, es cierto que existen pero el fenómeno no es nuevo. El Tribunal Supremo siempre se ha enfrentado a la hostilidad del Gobierno, de las fuerzas armadas y del Parlamento, pero desempeña su misión con valentía y constancia. Algunas personas cuestionan la facultad del Tribunal Supremo de derogar leyes, al no existir una ley que establezca expresamente su competencia al respecto, pero se está estudiando la formulación de un texto sobre este tema.

54.En lo que concierne a los proyectos de ley llamados "leyes Shalit", hay que entender el malestar que crea entre los israelíes el hecho de saber que un compatriota está detenido desde hace más de cuatro años no se sabe dónde ni en qué condiciones, cuando las personas recluidas en las prisiones israelíes gozan de condiciones que respetan sus derechos y la ley. Cabe precisar que las restricciones previstas en esos proyectos de ley no afectan a los derechos de los detenidos, sino únicamente a determinados privilegios. El procedimiento legislativo sigue su curso y no podemos predecir el resultado. No obstante, el Comité puede estar seguro de que se respetarán las normas del derecho internacional.

55.El proyecto de ley sobre la prohibición de los llamamientos al boicoteo de Israel acaba de ser examinado por la comisión competente, y el texto, presentado por un parlamentario a título individual, tiene por objeto sancionar a los israelíes que pidan boicotear al Estado de Israel. Se están estudiando varias cuestiones: si se puede legislar sobre esos comportamientos y cómo conciliar las exigencias relativas, por un lado, al respecto de la libertad de expresión y, por el otro, a la protección del Estado. En cualquier caso, se trata de un texto que, si se aprueba, tendrá un alcance muy limitado.

56.La Sra. Gorni (Israel) dice que en todos los procedimientos penales el acusado tiene acceso al expediente completo. La restricción que consiste en transmitir los elementos del expediente únicamente al juez solo se aplica a los procedimientos relativos a la detención administrativa y se debe a la necesidad de mantener la confidencialidad y de proteger a las fuentes. Hay que comprender que en este tipo de procedimiento la comunicación de las pruebas al acusado podría conllevar riesgos graves para las personas que han proporcionado la información, incluso poner en peligro su vida. No obstante, cabe subrayar que el acusado tiene la posibilidad de llevar su causa ante el tribunal militar, ante el tribunal de apelaciones militar para recurrir el fallo dictado en primera instancia y ante el Tribunal Supremo.

57.La delegación no conoce el número exacto de personas que están actualmente exentas del servicio militar pero se pueden comunicar esos datos posteriormente al Comité. En cuanto a la comisión de examen de las solicitudes de exención del servicio militar debida a la objeción de conciencia, figuran entre sus miembros un civil, miembro de la Academia, y un consejero jurídico de la Fiscalía General de las Fuerzas Armadas.

58.Es difícil saber lo que abarca exactamente la carga de la prueba en los asuntos de objeción de conciencia, pues lo que hay que determinar, además de la legitimidad de los motivos, es la sinceridad de quien los invoca. Es innegable que el servicio militar es una obligación y, en consecuencia, incumbe a la persona que solicita su exención la responsabilidad de demostrar que las razones en las que basa su negativa a prestar el servicio están incluidas en los motivos de exención contemplados por la ley. Desde el momento en que se reconoce a una persona la condición de objetor de conciencia, está exenta del servicio militar y puede efectuar un servicio civil alternativo. Las personas que ven rechazada su solicitud de exención siguen obligadas a cumplir el servicio e incurren en sanciones si no lo hacen. Toda persona que se declara objetor de conciencia puede ser escuchada por la comisión de examen y, si se rechaza su solicitud de exención, puede pedir que un oficial de reclutamiento de rango superior revise la decisión. Asimismo, puede presentar una demanda ante el Tribunal Supremo, lo que ha ocurrido en varias ocasiones, como indican los ejemplos aportados en las respuestas escritas.

59.A las personas que son detenidas en la Franja de Gaza por infracciones relacionadas con la seguridad no se les permite realizar llamadas telefónicas ni comunicarse por videoconferencia u otros medios análogos para evitar cualquier riesgo de que transmitan informaciones destinadas a cometer actos terroristas, como ha ocurrido en el pasado. Estas restricciones responden a objetivos de seguridad y se aplican sin excepciones, a menos que concurran circunstancias humanitarias particulares.

60.La Sra. Tene-Gilad (Israel) recuerda que la decisión de construir la barrera de seguridad que delimita la zona de separación se adoptó en respuesta al incremento de los ataques cometidos contra Israel desde septiembre de 2000. La zona de separación se ha declarado zona militar cerrada. Aparte de los residentes permanentes, que tienen un permiso, cualquier otra persona que desee entrar en la zona de separación debe obtener una autorización. La planificación y la construcción se realizan de forma que el logro de los objetivos de seguridad afecte lo menos posible a los derechos y las condiciones de vida de la población local. En el trazado del muro se ha intentado causar los mínimos daños posibles a las tierras y a la libertad de circulación de los habitantes, y se han acondicionado carreteras secundarias para permitir que los palestinos circulen libremente pese a los obstáculos creados por la barrera. Cabe añadir que el Tribunal Supremo ha estudiado en varias ocasiones los trabajos relativos a la barrera de seguridad y a la zona de separación y siempre ha apoyado las medidas adoptadas por el Estado. Se han interpuesto demandas para desviar el trazado del muro en varios lugares y se introducen paulatinamente los cambios necesarios.

61.Se han instalado puertas y pasos para que los agricultores palestinos puedan acceder a sus tierras y seguir cultivándolas si se encuentran del lado israelí del muro. Actualmente viven en la zona de separación 7.000 palestinos, número que debería aumentar a 8.000 cuando el muro esté terminado en Jerusalén. Desde que Hamas asumió el control de la Franja de Gaza, ese territorio se ha convertido en una entidad hostil, comparable a un Estado enemigo en guerra contra Israel y sus ciudadanos. En este contexto, el Gobierno israelí decidió el 19 de septiembre de 2007 imponer restricciones a la circulación de mercancías y personas hacia y desde Gaza. No obstante, cabe señalar que estas restricciones están bajo control jurídico y tienen en cuenta las necesidades humanitarias de la población de Gaza.

62.El sistema de justicia militar es totalmente independiente y sus jueces no están sometidos a ninguna autoridad que no sea la ley. Todas las sentencias dictadas por los tribunales militares se publican en Internet y los fallos del tribunal de apelaciones militar pueden recurrirse ante el Tribunal Supremo.

63.La sociedad civil israelí es muy activa y hay un gran número de ONG que trabajan en el ámbito de los derechos humanos. A estas se suman las ONG internacionales, de las que cientos de miembros están presentes por todo el país. Actualmente, solo en la Ribera Occidental están representadas 71 ONG, la inmensa mayoría de cuyos miembros están autorizados a entrar en Israel y circular por el país. En ocasiones, sin embargo, se niega la entrada al territorio a algunos de ellos cuando se ha demostrado que representan una amenaza para la seguridad del Estado. El Tribunal Supremo ha dictado varios fallos en relación con tales casos.

64.En un principio, la lista de los lugares sagrados declarados patrimonio arqueológico de Israel solo incluía lugares judíos, pero en 2007, a raíz de una solicitud del Centro jurídico para los derechos de la minoría árabe en Israel (Adalah), se elaboró otra lista en la que figuran lugares musulmanes y en todos ellos se han realizado trabajos de restauración. En 2008 el Gobierno pidió a la organización Adalah que contribuyera a elaborar una nueva lista, pero el Centro se negó y la lista quedó establecida sin su participación. Un departamento del Ministerio del Interior se encarga actualmente de la cuestión y se ha asignado a esta actividad un presupuesto anual de 2 millones de nuevos shekels (es decir, alrededor de 500.000 dólares de los Estados Unidos). Las autoridades israelíes tienen previsto seguir añadiendo lugares musulmanes a la lista.

65.Las denuncias de actos de violencia cometidos por colonos israelíes son objeto de investigación como cualquier otra denuncia de violencia. En 2008 la policía llevó a cabo 525 investigaciones por alteraciones del orden público en la Ribera Occidental, a raíz de las cuales se inculpó a 140 personas. En 2008 investigó 524 denuncias por los mismos motivos, de las que 256 habían sido presentadas por palestinos y 217 por las Fuerzas de Defensa de Israel (FDI), la policía de fronteras y la policía civil; se enjuició a 131 personas.

66.Se ha formulado una pregunta relativa a los procesos incoados desde 2008 por incitación al odio o a la violencia raciales. Pueden citarse varios casos de cierta importancia. Por ejemplo, en abril de 2008 varias personas fueron inculpadas por haber escrito un artículo con mensajes de incitación al odio en un periódico publicado por una de ellas. En otro caso, se enjuició a funcionarios estatales por discriminación y malos tratos motivados por el origen étnico.

67.En lo que concierne al trato otorgado a los menores infractores en la Ribera Occidental, cabe aclarar que, de conformidad con los principios del derecho internacional, el comandante de las FDI en la zona aplica las normas vigentes anteriormente en el territorio, es decir, las del derecho jordano. En esos casos, la legislación de Jordania establece en 9 años la edad de responsabilidad penal, pero la oradora señala que un niño menor de 12 años no puede ser considerado responsable desde el punto de vista penal si no se demuestra que era capaz de comprender la gravedad de sus actos en el momento en que los cometió. Así pues, la disposición militar vigente en la Ribera Occidental refuerza la protección de los niños, ya que establece en 12 años la edad de responsabilidad penal, como en el derecho israelí. Además, el comandante de las fuerzas armadas firmó el 29 de julio de 2009 una orden de carácter temporal por la que se creaba un tribunal militar para menores en la Ribera Occidental. Las enmiendas que entraron en vigor en septiembre de 2009 permitieron mejorar considerablemente la protección de los derechos de los menores, ya que instauraron garantías específicas y reforzaron la asistencia jurídica que se les presta. Las autoridades israelíes estudian actualmente la posibilidad de prorrogar la aplicación de las disposiciones provisionales que establecen la reclusión de menores en centros totalmente separados.

68.El Sr. Caspi (Israel) resume los resultados de la investigación realizada por las FDI sobre el incidente en el que, el 6 de enero de 2009, una escuela utilizada por el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (OOPS) fue alcanzada por disparos que iban dirigidos contra un objetivo próximo en el sector de Jabaliya, y explica que las FDI dispararon cuatro proyectiles de mortero de 120 mm en respuesta a un ataque de Hamas contra su posición con el mismo tipo de proyectiles, que había durado casi una hora. No dispararon hasta haber comprobado debidamente la localización de los tiradores, que se encontraban a apenas 80 m de la escuela, y haber definido un perímetro de seguridad. Ningún proyectil cayó en el centro escolar, pero algunos lo hicieron en la calle vecina y hubo fragmentos que incidieron en el perímetro del colegio, hiriendo a varias personas. Se alcanzó el objetivo militar, se detuvieron los disparos del enemigo y cinco combatientes de Hamas resultaron muertos. En esa operación, las FDI actuaron para defenderse de una amenaza concreta, directa e inmediata, tomando todas las precauciones necesarias para no afectar a la escuela.

69.La Sra. Rubinstein (Israel) dice que las Disposiciones militares Nos. 1649 y 1650 se aplican a los residentes ilegales, es decir, las personas que entran en la Ribera Occidental ilegalmente o que se encuentran allí sin poseer un permiso, los llamados "infiltrados". Esto afecta solamente a un número muy reducido de personas, debido sobre todo a la labor de las autoridades israelíes para regularizar la situación de los palestinos y los extranjeros en la Ribera Occidental, lo que ha dado lugar a la inscripción en el registro de población entre 2006 y 2008 de 32.000 personas que residían en esa zona. En 2009 solo un extranjero recibió una orden de expulsión en virtud de las disposiciones mencionadas. Actualmente hay ocho personas detenidas pendientes de una medida de expulsión, todos ellos sospechosos de participar en actividades terroristas.

70.El Presidente agradece a la delegación sus respuestas e invita a los miembros del Comité a plantear, si lo desean, una última serie de preguntas adicionales.

71.El Sr. O'Flaherty dice que la delegación no ha dado las explicaciones que había pedido sobre la situación en que se encuentra la Ley relativa a las asociaciones (Enmienda –Excepciones relativas al registro y a las actividades de las asociaciones) de 2010. Desearía saber también cuál es la posición de Israel respecto de las conclusiones de la Comisión de Investigación de las Naciones Unidas sobre el ataque a la escuela del OOPS.

72.El Sr. Salvioli dice que no ha escuchado ninguna respuesta a la pregunta sobre las condiciones en las que los palestinos de la Ribera Occidental pueden acceder a los lugares sagrados de Jerusalén y había preguntado también si ya se había juzgado y condenado a personas por haber profanado lugares musulmanes.

73.La Sra. Majodina sigue preguntándose por las razones por las que las autoridades no permiten a los familiares de las personas que viven en la zona de separación visitar a los miembros de su familia extensa en otros sectores y pregunta si esas restricciones se aplican del mismo modo a las personas que quieren visitar a colonos israelíes en la zona de separación. Además, desearía saber por qué los palestinos no pueden llevar productos como huevos a la zona de separación sin el consentimiento previo del Estado parte. Se plantea igualmente qué servicios de alojamiento existen en la zona de separación y hasta qué punto los palestinos tienen acceso a ellos.

74.El Sr. Yaar (Israel) dice que el Gobierno de Israel ha cooperado con la comisión creada por el Secretario General para investigar los incidentes en los que se han visto afectados el personal, las instalaciones y las operaciones de las Naciones Unidas en Gaza, cuya independencia e integridad reconoce y valora. Esto no significa necesariamente que esté de acuerdo con sus conclusiones pero, en cualquier caso, ha aceptado este mecanismo, si bien no se plantea en absoluto cooperar con las investigaciones solicitadas por el Consejo de Seguridad o la Asamblea General, cuyo carácter politizado e inevitablemente parcial es evidente.

75.El Sr. Blass (Israel) dice que las autoridades israelíes han tratado de que la zona de separación siga, en la medida de lo posible, la línea verde. No obstante, en algunos lugares ha sido imposible que ambas coincidan. Para determinadas reuniones y fiestas familiares puede autorizarse el paso, pero las restricciones son necesarias, así como la limitación del número de puertas, a falta de lo cual el muro perdería su utilidad y su sentido. La zona de separación no puede suprimirse, pero el Tribunal Supremo tiene en cuenta y examina todas las solicitudes relativas al trazado del muro.

76.La Sra. Tene-Gilad (Israel) dice que el proyecto de ley sobre las asociaciones, que es una iniciativa privada de un grupo de miembros de la Knesset, ha sido presentado muy recientemente y su examen se encuentra todavía en una fase preliminar. Por lo que respecta a la libertad de religión, subraya que Israel hace todo lo posible para permitir que cada persona practique libremente su religión. Las únicas restricciones se deben solo a imperativos de seguridad, bien por amenazas puntuales o bien en períodos especialmente delicados. Toda profanación de un lugar sagrado, independientemente de la religión de que se trate, está prohibida y severamente castigada por la ley.

77.El Sr. Yaar (Israel) agradece al Comité todas sus preguntas y observaciones, que serán debidamente transmitidas a los diferentes ministerios y órganos pertinentes. Israel, que concede gran importancia al presente diálogo, está seguro de que este proseguirá en beneficio de todos.

78.El Presidente agradece a la delegación israelí que haya aceptado una sesión adicional y se haya esforzado por responder a cada una de las numerosas preguntas del Comité. Se felicita por el diálogo que ha tenido lugar, si bien se mantienen ciertas opiniones divergentes, especialmente sobre la aplicabilidad del Pacto en los territorios ocupados.

79. La delegación de Israel se retira.

Se levanta la sesión a las 17.55 horas.