55º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 1340ª SESIÓN

celebrada en el Palacio de las Naciones, Ginebra,

el jueves 5 de agosto de 1999, a las 15.00 horas

Presidente : Sr. ABOUL-NASR

más tarde : Sr. DIACONU

SUMARIO

CUESTIONES DE ORGANIZACIÓN Y OTROS ASUNTOS ( continuación )

TERCER DECENIO DE LA LUCHA CONTRA EL RACISMO Y LA DISCRIMINACIÓN RACIAL; CONFERENCIA MUNDIAL CONTRA EL RACISMO, LA DISCRIMINACIÓN RACIAL, LA XENOFOBIA Y LAS FORMAS CONEXAS DE INTOLERANCIA ( continuación )

EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN ( continuación )

- Decimotercero a decimoquinto informes periódicos de la República Islámica del Irán ( continuación )

- Informe inicial y segundo a quinto informes periódicos de Mauritania

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Dichas correcciones deberán presentarse en forma de memorando y, además, incorporarse en un ejemplar del acta. Las correcciones deberán enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento, a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, Oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del actual período de sesiones del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después de la clausura del período de sesiones.

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas .

CUESTIONES DE ORGANIZACIÓN Y OTROS ASUNTOS (tema 2 del programa) ( continuación )

1. El PRESIDENTE lamenta profundamente que la Secretaría no haya juzgado oportuno dar a los miembros del Comité las explicaciones solicitadas respecto de la nota que les envió acerca de la financiación de sus gastos de viaje.

2. El Sr. WOLFRUM subraya que un representante del Secretario General, concretamente la Sra.  Klein , solía asistir a buena parte de las sesiones del Comité. ¿Por qué no está presente la persona que probablemente se ha hecho cargo de las funciones de la Sra. Klein ? Se pregunta si en adelante el Comité ya no estará en contacto con la Secretaría.

3. El PRESIDENTE dice que ese es sólo uno de los aspectos del problema. En efecto, ningún funcionario de categoría superior de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos asistió a la inauguración del período de sesiones en curso del Comité, aunque la Alta Comisionada se encontraba en ese momento en la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos. También es de lamentar que casi se hayan impuesto al Comité el día y la hora de la reunión prevista entre los miembros del Comité y la Alta Comisionada.

TERCER DECENIO DE LA LUCHA CONTRA EL RACISMO Y LA DISCRIMINACIÓN RACIAL; CONFERENCIA MUNDIAL CONTRA EL RACISMO, LA DISCRIMINACIÓN RACIAL, LA XENOFOBIA Y LAS FORMAS CONEXAS DE INTOLERANCIA (tema 9 del programa) ( continuación )

4. El Sr. LECHUGA HEVIA desea hacer una aclaración en relación con lo dicho por el Sr.  Garvalov en una sesión anterior. Según éste, dos países participantes en las actividades del Grupo de Trabajo de composición abierta establecido por la Comisión de Derechos Humanos para preparar la Conferencia Mundial habrían expresado dudas acerca de la utilidad de la contribución del Comité a la organización de esa Conferencia. Se trataría de Cuba y Turquía.

5. Ahora bien, según la información proporcionada por la delegada de Cuba en el Grupo de Trabajo, se trata de un malentendido, pues no se formuló ninguna observación de ese tipo. Además, el Embajador de Cuba ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra confirmó que la posición de su país en la materia no ha variado y se declaró plenamente satisfecho de la función que podría cumplir el Comité en la preparación de la Conferencia Mundial.

6. El PRESIDENTE dice que, una vez aclarado ese punto, el Comité reanudará el examen de los informes de los Estados partes.

EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN (tema 4 del programa) ( continuación )

Decimotercero a decimoquinto informes periódicos de la República Islámica del Irán ( CERD/C /338/ Add .8; HRI/CORE /1/ Add .106) ( continuación )

7. El Sr. van BOVEN (Relator Especial para la República Islámica del Irán) dice que el animado diálogo entablado con la delegación del Irán demuestra el interés que tienen los miembros del Comité en ese país. Lamentablemente se formularon tantas preguntas que la delegación no tiene tiempo material de responder a todas ellas. Por ello, el Comité espera que las autoridades del Irán le transmitirán ulteriormente, como se han comprometido a hacerlo, la información y las aclaraciones que la delegación no ha podido proporcionar verbalmente.

8. El orador también formula una observación de carácter general. Los Estados partes tienden cada vez más a interpretar la Convención de forma restrictiva. A juicio de los miembros del Comité, es evidente que las cuestiones de etnia y de linaje entran en el ámbito del artículo 1 de la Convención. Ahora bien, con frecuencia, los Estados partes, equiparan la discriminación racial únicamente a problemas de raza y de color de la piel y afirman que ese fenómeno no se da en su país. Así pues, conviene recordar que la discriminación racial abarca la discriminación basada en motivos de origen nacional, entre otros.

9. Además, es preciso reconocer que no todos los expertos entienden de la misma manera la vinculación entre las cuestiones de raza y de religión. Para algunos se trata de dos cosas distintas; para otros, la separación no es tan clara. Esta cuestión de principio, que reviste gran importancia para la labor futura del Comité, merece ser examinada con detenimiento.

10. El PRESIDENTE dice que esa cuestión, así como las relativas a las reservas al artículo 5 y a las cláusulas facultativas, podrán examinarse durante el debate general.

11. El Sr. MEHRPOUR (República Islámica del Irán) celebra las excelentes preguntas formuladas por los expertos y lamenta que, por escasez de tiempo, su delegación no haya podido dar las aclaraciones solicitadas, en particular respecto de la Comisión Islámica de Derechos Humanos y la Junta de Seguimiento y Supervisión de la Aplicación de la Constitución.

12. El orador asegura al Comité que su país seguirá los consejos de los expertos y que el próximo informe periódico se presentará a tiempo y contendrá información más completa. Además, las autoridades del Irán están convencidas de que es preciso sensibilizar más a la opinión pública respecto de la importante cuestión de la discriminación racial.

13. El PRESIDENTE da las gracias a la delegación del Irán y celebra el espíritu de apertura y de diálogo que ha presidido el debate con los representantes de ese país. Declara que el Comité concluye así el examen de los informes periódicos decimotercero al decimoquinto de la República Islámica del Irán.

14. La delegación del Irán se retira .

Informe inicial y segundo a quinto informes periódicos de Mauritania ( CERD/C /330/ Add .1)

15. Por invitación del Presidente, el Sr. Ould Merzoug , el Sr. Sokhona , el Sr. Ould Mohamed Lemine , el Sr. Koita y el Sr. Ould Babana (Mauritania), toman asiento a la mesa del Comité .

16. El Sr. OULD MERZOUG (Mauritania), al presentar el informe de su país, explica ante todo que su país no ha podido presentar sus informes a tiempo a causa de las creación de nuevas instituciones, de las consiguientes transformaciones económicas y políticas y de ciertas deficiencias administrativas.

17. Mauritania participó activamente en la elaboración de las normas consagradas en la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial interviniendo en la redacción de algunos de sus artículos y proponiendo que se aprobaran en votación nominal. En la Constitución mauritana de 20 de julio de 1991, que consagró el Estado de derecho, se incorporan las disposiciones de la Convención, y los ciudadanos pueden invocar directamente ese instrumento ante las distintas jurisdicciones nacionales. En el artículo primero de la Constitución se garantiza a todos los ciudadanos la igualdad ante la ley sin distinción, entre otras cosas, de raza, y se prohíbe toda propaganda particularista de carácter racial y étnico. Además, en la ordenanza Nº 91024, de 25 de julio de 1991, se prohíbe a todo partido político identificarse con una raza, etnia, religión, tribu, sexo o hermandad y en la ordenanza Nº 91023, de la misma fecha, se prohíbe la publicación de todo escrito u obra de cualquier naturaleza que incite al odio o a los prejuicios étnicos y regionalistas.

18. Además de las garantías constitucionales de que dispone, Mauritania ha ratificado los principales instrumentos internacionales de derechos humanos, que, tras su ratificación, prevalecen sobre las leyes internas. También se ha reforzado y saneado el poder judicial para asegurar el respeto de todos esos textos.

19. En la esfera económica, inseparable de la de los derechos humanos, la lucha contra la pobreza es prioritaria para el Gobierno, que en 1998 creó un comisionado de derechos humanos, la lucha contra la pobreza y la inserción. Desde su creación, el Comisionado se ha ocupado de los problemas prioritarios de los sectores más pobres de la población (vivienda, transporte, crédito, desarrollo participativo, etc.). Paralelamente, en los últimos decenios, el Gobierno ha puesto en marcha importantes proyectos centrados en la alfabetización, la educación, la formación profesional, la salud, el bienestar social, la promoción de la mujer, la pesca artesanal y el desarrollo rural.

20. Gracias a su tasa de escolarización del 86%, Mauritania ocupa el primer lugar entre los países sahelianos en materia de educación. En abril último se reformó el sistema docente. Además de la enseñanza de los cuatro idiomas oficiales, a saber, el árabe, el pular , el soninké y el wolof , se decidió generalizar la enseñanza del francés y del inglés, idiomas de proyección mundial, reforzar la enseñanza de las ciencias y las técnicas, e introducir la instrucción cívica. También se estableció una secretaría de Estado para la lucha contra el analfabetismo y se han hecho especiales esfuerzos en la esfera de la formación técnica y profesional en beneficio de los sectores más necesitados.

21. Además, en 1983 se inició una reforma comunal a fin de promover la justicia social y mejorar las condiciones de acceso a la propiedad de bienes raíces. Así, se aprobó la ordenanza 83127 relativa a la reorganización del régimen de propiedad de la tierra y comunal como parte de la política general encaminada a mejorar la situación de los sectores sociales menos favorecidos y a eliminar las secuelas sicológicas, sociales, culturales y económicas resultantes de la servidumbre involuntaria y el régimen de aparcería subsistentes a pesar de la abolición de la esclavitud. La reforma del régimen de propiedad de la tierra, en el que se consagra el derecho a la propiedad privada conforme a las condiciones establecidas en el derecho islámico, se complementó aplicando en el último decenio una política de promoción del desarrollo agrícola para lograr la autosuficiencia alimentaria del país.

22. En la esfera sanitaria, la situación ha mejorado considerablemente gracias a la aplicación de una estrategia basada en un excelente régimen de recuperación de los gastos y cargos (elogiado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)), y también gracias a la descentralización y a la participación comunitaria.

23. En materia de promoción de la mujer se hace hincapié en la educación, el trabajo, la promoción social y la participación de la mujer en el ejercicio de responsabilidades públicas. En los estudios en que han participado organizaciones internacionales como el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (FNUAP) y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), se ha demostrado un aumento del porcentaje de niñas en el sistema educativo. El avance de la escolarización ha ido acompañado de un amplio movimiento de integración de la mujer en las estructuras públicas del país. Se estableció una secretaría de Estado para la condición femenina, que dirige una mujer.

24. Por último, el orador indica que las disposiciones de la Convención se reflejan en la mayoría de los textos legislativos, como la Constitución de 20 de julio de 1991, el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y el Código de Trabajo, y reafirma la determinación de las autoridades de Mauritania de asegurar la aplicación cabal de esas disposiciones de conformidad con los preceptos del Islam. El país ha optado por una amplia política de progreso social, económico y político que se centra en la enseñanza de los derechos humanos, así como en la información y la comunicación, por conducto de los medios de difusión y de las organizaciones de la sociedad civil. La reciente adhesión del Estado parte a los Pactos internacionales de derechos humanos y a la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes es el último paso que se ha dado en la consolidación del Estado de derecho; el Gobierno de Mauritania proseguirá el combate contra la ignorancia, la pobreza y la exclusión, que son los verdaderos obstáculos que impiden la desaparición de toda forma de prejuicio y la promoción de los derechos humanos.

25. El Sr. de GOUTTES (Relator Especial para el país) celebra la presencia de una delegación de alto nivel y el establecimiento de un diálogo con el Estado parte. Recuerda que Mauritania ratificó la Convención el 12 de junio de 1989 y que en esta ocasión presenta, en rigor, el informe inicial que abarca los cinco primeros informes, el primero de los cuales debería haberse presentado en 1990. El Gobierno de Mauritania explica esa demora por el proceso de normalización iniciado tras la promulgación de la Constitución de 20 de julio de 1991 y por el conjunto de medidas que ha habido que adoptar para restablecer las libertades fundamentales e instaurar de la democracia pluralista ( párrs . 3 y 4). Cabe tomar nota con satisfacción de que las autoridades de Mauritania están dispuestas a hacer todo lo posible para aplicar las disposiciones de la Convención y entablar un diálogo fecundo con el Comité ( párrs . 4 y 5). El examen de la situación en Mauritania interesa mucho al Comité porque el país, con una sociedad multiétnica y pluricultural , está situado en el punto en que se encuentran los espacios africano y árabe.

26. Los autores del informe procuraron seguir las directrices del Comité en materia de presentación y primero expusieron el panorama geográfico, social, económico, administrativo y político del país, describiendo primero el marco jurídico de protección de los derechos humanos y analizando a continuación la aplicación de los artículos 2 a 7 de la Convención. No obstante, sin duda por tratarse del informe inicial, el Gobierno ha tendido a desarrollar excesivamente la información de carácter general, sin centrar suficientemente su análisis en la lucha contra la discriminación racial y la aplicación de las disposiciones concretas de la Convención. Convendría que en su próximo informe periódico subsanase esas deficiencias.

27. En cuanto al fondo, y a pesar de las afirmaciones de que no hay discriminación racial en el país ( párr. 196), las autoridades reconocen que las relaciones sociales propias de las tradiciones tribales clásicas han generado a veces “ciertas manifestaciones anacrónicas” ( párr. 197). Esos vestigios de discriminación y, sobre todo, las medidas adoptadas para erradicarlos, son los que deberán describirse mejor en el próximo informe.

28. El orador dice que no abordará ciertas formas de violaciones graves de los derechos humanos señaladas por algunas organizaciones no gubernamentales de defensa de esos derechos, que no son de la competencia del Comité, pero considera que muchos de los datos generales proporcionados en la primera parte del informe podrían figurar en el documento básico común a todos los órganos creados en virtud de tratados de las Naciones Unidas que se ocupan de derechos humanos. Sin embargo, cabe observar que, en virtud del artículo 80 de la Constitución, la Convención se antepone a las leyes internas y los particulares pueden invocarla directamente ante los tribunales, aunque esa disposición aún no se ha hecho efectiva ( párrs . 85 y 86), y que en 1998 se estableció un comisionado encargado de los derechos humanos, de la lucha contra la pobreza y de la inserción ( párr. 3). El Comité desearía que la delegación explicara la función, la composición y las primeras tareas realizadas por el Comisionado, así como los vínculos de ese órgano con las autoridades judiciales y el Mediador de la República mencionado en los párrafos 77 a 80.

29. Al Comité también le interesa en particular los diversos datos sobre los contextos social y económico que se proporcionan en el informe, sobre todo el programa de lucha contra la pobreza ( párrs . 19 a 23), destinado a mejorar el acceso a los servicios sociales y a impulsar la participación de los sectores más pobres de la población, la lucha contra el analfabetismo ( párrs . 24 a 26), considerada con toda razón como una de las prioridades nacionales, la estrategia de seguridad alimentaria en favor de las capas sociales más desfavorecidas ( párrs . 27 a 31) coordinada por la Comisaría de Seguridad Alimentaria , la reforma comunal y agraria ( párrs . 32 a 38) y las medidas adoptadas en favor de la mujer ( párrs . 40 a 50). El Comité considera que toda esa información es satisfactoria.

30. En cambio, la información relativa a diversas cuestiones es insuficiente. En primer lugar, los datos sobre la estructura demográfica del país ( párrs . 12 a 18), a los que el Comité atribuye gran importancia, son muy sucintos, y no se indica en qué censo se basan. En particular, no se indican con claridad las tensiones étnicas y culturales ni los casos de discriminación en detrimento de ciertas minorías o grupos sociales que aún subsisten en el país. Según la Asociación Mauritana de Derechos Humanos, habría una verdadera exclusión de la población africana negra ( pular , soninké y wolof ), así como discriminación en contra de los grupos de población negros con frecuencia vinculados lingüísticamente a la comunidad árabe ( haratin y abid ), que a menudo todavía viven sometidos a la esclavitud. También se desprende del informe del Departamento de Estado de los Estados Unidos sobre derechos humanos correspondiente a 1998 que las tensiones y las prácticas discriminatorias obedecerían al abismo cultural y geográfico que separa a la población mora (nómada y arabófona ), a las comunidades peul del grupo halpulaar del norte y el centro y a los cultivadores sedentarios de grupos étnicos como los halpulaar ( tukular ), los soninké y los wolof del sur. Según el mismo informe, también habría una relación entre los conflictos étnicos y las divisiones políticas. Varios partidos políticos tendrían bases étnicas identificables, y algunos círculos islamistas integristas explotarían los problemas étnicos. Por ello, sería conveniente que la delegación de Mauritania diera aclaraciones sobre ese contexto etnocultural particularmente complejo, que tiene toda una serie de consecuencias socioeconómicas.

31. En segundo término, los indicadores socioeconómicos ( párr. 51) se limitan a un conjunto de cifras generales, sin datos que permitan identificar a los grupos étnicos o sociales más expuestos a la exclusión y a la discriminación racial o étnica. Habría que proporcionar información más precisa al respecto en el próximo informe.

32. En tercer lugar, en el informe no se dan suficientes detalles respecto de la subsistencia de ciertas formas tradicionales de esclavitud. Es cierto que en 1981 el Gobierno proclamó la abolición de la esclavitud, y el Comité sabe que no es fácil cambiar las mentalidades, las costumbres y las creencias. Con todo, varias organizaciones no gubernamentales y el Grupo de Trabajo sobre las Formas Contemporáneas de la Esclavitud de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos han denunciado que la población árabe berebere impone ciertas formas de esclavitud a la población africana negra. Por su parte, la Asociación Mauritana de Derechos Humanos ha denunciado la sumisión de las etnias haratin y abid a un régimen de esclavitud, situación que las autoridades persisten en negar. El Comité desea que la delegación aclare todos esos puntos e indique las medidas que se han adoptado para erradicar las formas de esclavitud denunciadas.

33. En cuarto lugar, en el informe tampoco se trata lo suficiente del problema del regreso de los mauritanos negros refugiados en el Senegal a raíz de los graves disturbios intercomunitarios de 1989. Si bien se han podido resolver ciertos aspectos del conflicto entre Mauritania y el Senegal, todavía hay que encontrar solución al regreso de miles de personas. El orador pide a la delegación que proporcione información más reciente al respecto y que explique cómo se ha resuelto la cuestión del regreso a Malí de muchos refugiados malienses asentados desde 1991 en campamentos situados en el este del país. Según la Oficina del Alto Comisionado para los Refugiados, casi todas esas personas ya habrían regresado a su país, pero algunas agencias internacionales de prensa como Reuters y la AFP han informado de que, a fines de junio de 1999 se produjeron violentos enfrentamientos entre mauritanos y malienses como consecuencia de problemas de abastecimiento de agua para el ganado. Sería interesante que la delegación proporcionara información complementaria sobre este particular.

34. Refiriéndose a la aplicación de las disposiciones de la Convención, el orador dice que para algunos los textos legislativos relativos a los artículos 2 y 4 de la Convención mencionados en el informe no conciernen directamente al Comité, ya que no tratan de la discriminación racial en particular, sino que son de carácter muy general. En cuanto a las leyes que interesan al Comité ( párrs . 89, 90, 96 y 107 a 109), no se da información sobre su aplicación concreta. Por lo demás, parece que esos textos no abarcan todas las disposiciones del artículo 4 de la Convención; tampoco se menciona, por ejemplo, la norma que dispone que se tipifique como delito la propaganda racial o la incitación al odio racial. El Comité recuerda que, de todas formas, un país debe disponer de una legislación antirracista, incluso si no se registran actos de racismo. Por lo tanto, el Comité pide a Mauritania que revise su legislación a fin de que concuerde con lo dispuesto en los artículos 2 y 4 de la Convención o que, si las disposiciones pertinentes ya existen o están por ser promulgadas, informe de ello al Comité.

35. En cuanto a la aplicación del artículo 5 de la Convención ( párrs . 110 a 152), la información proporcionada también es demasiado general, aunque hay que admitir que se describen con franqueza las difíciles circunstancias en que se encuentran algunos sectores desfavorecidos de la población. Al respecto, cabe celebrar la instauración de un plan de la salud y los asuntos sociales para los años 1998-2002, destinado a los sectores de la población considerados prioritarios, como las mujeres, los niños, los nómadas, los habitantes de zonas remotas, etc. ( párr. 122). Asimismo, cabe celebrar los esfuerzos que se han realizado para resolver los problemas en la esfera del hábitat urbano, agravados por la sedentarización masiva de la población nómada y, en particular, los programas de construcción de viviendas populares.

36. En cuanto al acceso a los empleos públicos, se ha señalado que habría discriminación contra ciertos grupos, como los “africanos negros”, los halpulaar del sur, los soninké y los wolof . El Comité desea que se aclare ese punto, así como la cuestión de la redistribución de las tierras, que parece ser la causa de las tensiones entre comunidades de distinto origen étnico, principalmente los halpulaar y los moros.

37. Las observaciones sobre el carácter excesivamente general de la información proporcionada también se aplican a la parte del informe que se refiere a la aplicación del artículo 6 de la Convención. Por ejemplo, si bien se hace referencia al Mediador de la República ( párrs . 163 y 164), no se precisa qué función cumple en la lucha contra la discriminación racial. Además, sería interesante contar con las estadísticas respecto del número de denuncias presentadas, los juicios entablados, las condenas pronunciadas y las indemnizaciones concedidas en relación con delitos de carácter racista. El orador espera que el próximo informe del Estado parte aporte datos más concretos sobre la aplicación efectiva del artículo 6.

38. Respecto del artículo 7, convendría que el Gobierno de Mauritania informara acerca de las disparidades que hay en las tasas de escolarización entre grupos étnicos o socioculturales. Además, en cuanto a la cuestión de los idiomas, según algunas fuentes, el Gobierno impondría o habría impuesto en las escuelas y en los lugares de trabajo una política de arabización, contra la que se habrían rebelado muchos grupos étnicos que no hablan árabe. ¿Cuál es la situación real? En el informe también se da información interesante sobre los medios de difusión, en particular la radio y la televisión. Por ejemplo, cabe destacar la creación en 1984 de una radio rural en cuyos programas participa la población ( párr. 192). No obstante, convendría que la delegación informara acerca de la distribución del tiempo de emisión en función de los distintos idiomas ( pulaar , soninké , wolof y hassaniya ), ya que según algunas fuentes habría una cierta discriminación en ese plano.

39. Recordando la recomendación general XIII (42) del Comité relativa a la formación de los encargados de hacer cumplir la ley, el orador desearía saber qué medidas ha adoptado el Estado parte en esa esfera, así como las destinadas a fomentar el espíritu de tolerancia y entendimiento entre los grupos raciales o étnicos. En el mismo orden de ideas, desearía saber qué medidas se propone adoptar el Gobierno para dar a conocer al público el informe inicial, así como las conclusiones, observaciones y recomendaciones del Comité. No conviene dejar esa labor de pedagogía social y de publicidad únicamente en manos de las organizaciones no gubernamentales. Por otra parte, el Gobierno podría aprovechar el diálogo con el Comité para intensificar la cooperación con las organizaciones no gubernamentales que se ocupan de la defensa de los derechos humanos.

40. Por último, el orador desearía conocer la posición del Gobierno de Mauritania respecto de la declaración facultativa prevista en el artículo 14 de la Convención, conforme a la cual el Estado parte reconoce la competencia del Comité para recibir y examinar comunicaciones o denuncias individuales. También desea saber si el Gobierno ha tomado disposiciones para aceptar oficialmente la enmienda al párrafo 6 del artículo 8 de la Convención respecto de la financiación del Comité, que fue aprobada por la Asamblea General.

41. El PRESIDENTE expresa su preocupación por que algunos relatores especiales insisten excesivamente en los aspectos negativos de los informes de los Estados partes. Considera que ello no refleja cabalmente la labor del Comité y podría prestarse a malentendidos.

42. El Sr. de GOUTTES (Relator Especial para Mauritania) puntualiza que no sólo ha hablado de los puntos negativos, ya que, al principio de cada parte de su intervención, ha enumerado los elementos positivos y ha hecho referencia a sus fuentes de información que, por lo demás, son variadas. A pesar de todo, recuerda que la función del Comité es señalar los aspectos que hay que mejorar.

43. El Sr. VALENCIA RODRÍGUEZ celebra que el Gobierno de Mauritania, al presentar su informe inicial, haya iniciado el diálogo con el Comité. La información de carácter general que contiene el informe al principio es muy útil y podrá servir para preparar un documento básico de consulta para todos los órganos creados en virtud de tratados.

44. En relación con la población, sería interesante que el Estado parte ampliara la información sobre el porcentaje de nómadas y de extranjeros que viven en Mauritania. Es positivo que los distintos grupos que componen la sociedad hayan coexistido durante siglos en armonía ( párr. 13). En el plano económico y teniendo en cuenta la difícil situación del país, conviene alentar al Gobierno en su lucha contra la pobreza. A ese respecto, el programa contra la pobreza para los años 1998-2000 ha comenzado a dar resultados, aunque la pobreza no ha disminuido de forma uniforme en todas las regiones. El Gobierno también debe seguir prestando particular atención a ciertos indicadores socioeconómicos, como las tasas de alfabetización y de mortalidad infantil, el PIB por habitante, etc.

45. Refiriéndose a la cuestión de las garantías constitucionales ( párr. 81 y siguientes), el orador observa que los derechos humanos fundamentales se consagran en el artículo 10 de la Constitución y desearía saber si los extranjeros también gozan de esas garantías constitucionales. Celebra además que los tratados internacionales a los que se ha adherido el Estado parte prevalezcan sobre las leyes internas y se pregunta si la Convención puede invocarse directamente ante los tribunales. Observa que no se ha presentado ninguna denuncia por discriminación racial y sugiere que tal vez convenga informar a los ciudadanos de los derechos que les corresponden en virtud de la Convención mediante una campaña de publicidad apropiada.

46. En cuanto a la aplicación del artículo 4 de la Convención, las disposiciones legislativas mencionadas en el informe satisfacen sólo una parte de las disposiciones de ese artículo, por lo que Mauritania debe revisar su legislación en la materia. Además, si bien la discriminación racial no constituye un fenómeno muy preocupante para el país, se debe recordar que, al adoptar disposiciones en esta esfera los Estados partes actúan a título preventivo.

47. Respecto de la aplicación del artículo 5 de la Convención, el orador observa en primer lugar que las garantías relativas a la libertad de expresión mencionadas en los párrafos 116 y 117 del informe sólo parecen aplicarse a los funcionarios. ¿Qué ocurre con los demás mauritanos? Además, si bien los esfuerzos realizados en materia de salud son dignos de elogio, convendría conocer los resultados logrados en esa esfera. Respecto de las familias monoparentales dirigidas por mujeres ( párr. 133), pregunta cuál es la situación de las mujeres pertenecientes a minorías étnicas. Por último, en materia de vivienda, convendría que el Gobierno prestara particular atención a los barrios urbanos periféricos, que son propicios a la segregación racial.

48. El orador dice que la información sobre la aplicación del artículo 6 de la Convención es amplia, pero no se refiere directamente a la Convención. Respecto de la aplicación del artículo 7 de la Convención, aplaude los esfuerzos realizados en las esferas de la educación y la enseñanza, en particular en favor de las niñas. No obstante, el Gobierno debería preocuparse más por las disparidades que existen entre las minorías étnicas y los demás grupos de la población. A pesar de ello, es un elemento positivo que se impartan clases en los idiomas de esas minorías. Por último, elogia las acciones emprendidas en el campo de la cultura y los medios de difusión.

49. El Sr. Diaconu ocupa la Presidencia .

50. La Sra. ZOU celebra que una delegación de muy alto nivel, cuya presencia demuestra la importancia que el Gobierno atribuye a la aplicación de la Convención, haya presentado, aunque con mucha demora, el informe inicial de Mauritania. El informe contiene información muy útil, pero de carácter un poco demasiado general, que da una idea insuficiente de la aplicación concreta de la Convención. Además, el documento que se examina no se ajusta por completo a las directrices relativas a la forma y el contenido de los informes que los Estados parte deben presentar al Comité en virtud del artículo 9 de la Convención. En particular, no se dan cifras sobre la composición étnica de la población, que el Comité necesita para evaluar la aplicación de la Convención en Mauritania. Por ello, la oradora desearía que, en su próximo informe periódico, el Gobierno indique los porcentajes correspondientes a las comunidades árabe y negra, que constituyen los núcleos principales de la población del país. La oradora ha leído con sorpresa ( párr. 13) que los diversos grupos de la población han vivido, durante siglos, “en armonía, unión y solidaridad”. ¿Cómo podría ser posible algo así, si se piensa en el pasado colonial de Mauritania y en la esclavitud que imperaba? Esas situaciones ya no existen pero han tenido que dejar secuelas profundas en la sociedad mauritana. Para resolver los problemas que existen, hay que evaluar correctamente la realidad.

51. En relación con la reforma comunal y agraria a que se ha referido el jefe de la delegación de Mauritania en su exposición oral, la oradora desearía saber si la propiedad de las tierras agrícolas provoca conflictos raciales. Por ejemplo, se pregunta si el hecho de que al iniciarse la reforma agraria se desposeyera de sus tierras a los terratenientes negros de las regiones limítrofes del Senegal ha hecho que empeoren las relaciones entre negros y árabes, y en caso afirmativo, qué medidas ha tomado el Gobierno para resolver ese problema.

52. El PRESIDENTE , hablando a título personal, considera que el Comité debería recibir con satisfacción el informe inicial de Mauritania, que contiene mucha información sobre las realidades geográficas, políticas, jurídicas y sociales del país. Si bien es cierto que habría sido más apropiado incluir algunos de esos datos en un documento básico, también lo es que aportan al Comité elementos interesantes sobre la situación de un país en desarrollo, cuyas preocupaciones fundamentales son la lucha contra la pobreza, la alfabetización, la seguridad alimentaria , la reforma agraria y la promoción de la mujer, y le proporcionan un buen marco para el examen de las cuestiones que plantea la aplicación de la Convención en el Estado parte.

53. El Presidente comprueba con satisfacción que en el artículo 1 de la Constitución se prohíbe toda forma de discriminación racial y se garantiza a todos los ciudadanos la igualdad ante la ley sin distinción por motivos de origen o de raza ( párr. 89). Desearía saber si formulados de ese modo, esos conceptos -el origen y la raza- abarcan respectivamente, el origen nacional y étnico, así como el concepto de raza en el sentido amplio previsto en la Convención. Además, celebra que la Convención se anteponga a las leyes internas, pese a lo cual es preciso asegurarse de que se dé amplia difusión a ese instrumento en el país.

54. Refiriéndose a la información sobre la aplicación del artículo 2 de la Convención proporcionada en el párrafo 95 del informe, el Presidente desearía que la delegación precisara si la nacionalidad en el sentido del artículo 1 del Código de Trabajo, designa la pertenencia étnica o la ciudadanía de una persona. En relación con la aplicación del artículo 4 de la Convención, observa con satisfacción que en el artículo 1 de la Constitución se castiga la propaganda racial o étnica ( párr.  106). Ahora bien, al parecer el artículo 6 de la ordenanza Nº 91024, en virtud del cual se prohíbe a los partidos políticos identificarse con una raza, una etnia, una región o una tribu ( párr.  107), no satisface los requisitos del artículo 4, cuyo objetivo no es prohibir una identificación racial, étnica, regional o tribal, sino proscribir todo partido que haga propaganda racial o incite al odio racial, tanto si el partido es monoétnico como si es pluriétnico . Convendría saber si otros textos legislativos contienen disposiciones que reflejen fielmente los objetivos del artículo 4.

55. Por otra parte, el Presidente considera alentadora la información proporcionada en el informe ( párrs . 177 a 180) sobre la utilización de los idiomas de algunas comunidades étnicas en las escuelas, en la radio y para actividades culturales. No obstante, desearía saber si es cierto, como anunció la Federación Internacional de Ligas de Derechos Humanos, que en virtud de la ley de educación de abril de 1999 se ha abolido el Instituto de Lenguas Nacionales.

56. El Sr. LECHUGA HEVIA estima que el informe inicial de Mauritania presenta muchos aspectos positivos, a pesar de ciertas lagunas que, espera, la delegación subsanará proporcionando al Comité información complementaria. El informe demuestra los considerables esfuerzos que realiza el Gobierno de Mauritania en esferas fundamentales como la educación, que absorbe una proporción excepcionalmente alta del presupuesto nacional, y la lucha contra la pobreza.

57. Mauritania debería reforzar las disposiciones de su legislación que prohíben la propaganda racial ( párr. 107) para facilitar la aplicación cabal del artículo 4 de la Convención. A ese respecto, le parecen acertadas las penas previstas en la ordenanza 91023, por la que se prohíbe la utilización de la prensa para suscitar el espíritu de exclusión, de discriminación y de intolerancia ( párr. 108). A su modo de ver, el informe inicial de Mauritania es un buen comienzo.

58. El Sr. SHERIFIS también encuentra puntos positivos en el informe, como la creación en 1998 del Comisionado encargado de los Derechos Humanos, de la Lucha contra la Pobreza y de la Inserción ( párr. 3), y la información conforme a la cual los instrumentos internacionales ratificados por Mauritania prevalecen, desde el momento mismo de su publicación, sobre las leyes internas y pueden ser invocados ante las jurisdicciones nacionales y las autoridades administrativas ( párr. 85). En relación con la aplicación del artículo 7, observa con satisfacción que el Gobierno adopta medidas para promover los derechos humanos ( párr. 166), pese a que podría hacer más para difundir ampliamente las metas y objetivos de la Convención, en especial, adoptando las medidas previstas en la recomendación general XVII (42) del Comité. También señala a la atención de la delegación de Mauritania la necesidad de incluir en su próximo informe cifras relativas a la composición étnica de la población. Por último, el orador celebra la calidad y la precisión del análisis de la situación del país que ha realizado el Sr. de Gouttes , Relator Especial para Mauritania.

59. El Sr. BANTON lamenta que el informe inicial de Mauritania contenga tan poca información sobre la esclavitud que, aunque legalmente abolida, persiste en la esfera doméstica, quizás porque quienes redactaron el informe se esforzaron por proporcionar información que habría sido más apropiado incluir en un documento básico o que interesaría más a otros órganos creados en virtud de tratados. A ese respecto, también lamenta que el texto de las directrices relativas a la forma y el contenido de los informes que los Estados partes deben presentar al Comité no se haya publicado en árabe. Tal vez convendría que los Estados partes interesados se ocuparan de esa cuestión.

60. El Sr. van BOVEN coincide totalmente con el análisis profundo y ponderado que ha presentado el Sr. de Gouttes en su informe sobre Mauritania. Al igual que la Sra. Zou , deplora la falta de información precisa sobre la composición demográfica de la población mauritana, aunque reconoce la complejidad de esa cuestión. Por lo demás, la Asociación Mauritana de Derechos Humanos le ha informado de que hay pocos negros en los órganos de dirección política, en el poder judicial y en el sistema educativo. De ser así, ¿qué medidas adopta el Gobierno de Mauritania para remediar ese desequilibrio y esa forma de desigualdad fundadas en el color o la pertenencia racial? Distintas fuentes independientes también afirman que en Mauritania subsiste la esclavitud de hecho, pese a que la práctica fue abolida oficialmente en 1981. ¿De qué forma combate el Gobierno esa práctica incompatible con el artículo 1 de la Convención y con el ejercicio de la mayoría de los derechos enunciados en el artículo 5 de ese instrumento? Finalmente, la conclusión del informe le ha dejado perplejo ¿Cómo debe entenderse la afirmación de que “las relaciones sociales, propias de las tradiciones tribales clásicas, han generado a veces ciertas manifestaciones anacrónicas” ( párr. 197)? ¿Qué quiere decir el Estado parte cuando afirma que esa situación, que “se debe esencialmente a consideraciones económicas o de legado histórico más bien que a una elección razonada de proyecto social”, “ha cambiado bajo el efecto del compromiso de los poderes públicos” ( párrs . 198 y 199)? Parece inconcebible que la acción del Gobierno haya tenido un efecto tan deplorable. Tal vez la delegación pueda aportar aclaraciones al respecto.

61. Para concluir, el orador desearía que la delegación informe al Comité sobre el Comisionado de Derechos Humanos, para la Lucha contra la Pobreza y la Inserción, creado en 1998 ( párr. 201).

62. El Sr. YUTZIS se suma a los comentarios positivos que han hecho el Sr. VALENCIA RODRÍGUEZ , el Sr. LECHUGA HEVIA y el Sr. SHERIFIS respecto del informe de Mauritania. Celebra asimismo el informe exhaustivo y equilibrado del Sr. de Gouttes sobre Mauritania. Agrega que interesaría al Comité saber a quiénes benefician de los programas de lucha contra la pobreza y de alfabetización que ha creado el Gobierno. ¿A qué grupos sociales o, en su caso, a qué regiones van dirigidos principalmente esos programas? Además, ¿qué grupos sociales controlan los principales medios de difusión, con el poder que eso supone?

63. Citando una noticia publicada el 2 de marzo de 1999 en el periódico suizo La Tribune de Genève , el orador desearía que el Gobierno de Mauritania aclarara en su próximo informe si es verdad que de las 22 comisarías del país, sólo una está dirigida por un negro. Con esa aclaración el Comité podría evaluar mejor la representación de la población negra en puestos de responsabilidad. Por último, desearía saber cómo se garantiza la independencia del poder judicial respecto del poder ejecutivo ( párr. 64), habida cuenta de que el Presidente de la República preside el Consejo Superior de la Magistratura ( párr. 65). ¿Cómo concilia Mauritania estas dos cosas, que en principio son contradictorias?

64. El PRESIDENTE dice que el Comité podrá seguir formulando preguntas a la delegación de Mauritania en la próxima sesión.

65. La delegación de Mauritania se retira .

Se levanta la sesión a las 18.10 horas .