Naciones Unidas

E/C.12/BEL/FCO/5

Consejo Económico y Social

Distr. general

20 de noviembre de 2023

Español

Original: francés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Información recibida de Bélgica relativa al seguimiento de las observaciones finales sobre su quinto informe periódico *

[Fecha de recepción: 4 de octubre de 2023]

1.En el contexto de las observaciones finales sobre el quinto informe periódico de Bélgica, el Comité solicitó al Estado parte que le facilitara información sobre el seguimiento dado a tres de sus recomendaciones.

2.Bélgica tiene el honor de compartir la información que figura a continuación.

Información de seguimiento sobre el párrafo 31 de las observaciones finales (E/C.12/BEL/CO/5)

3.Bélgica ratificó el Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos (núm. 189), de la Organización Internacional del Trabajo, mediante la Ley de 29 de enero de 2014. En la legislación belga no existe ninguna disposición jurídica que defina el trabajo doméstico. La única definición es la relativa al concepto de trabajador doméstico recogida en el artículo 5 de la Ley de Contratos de Trabajo, de 3 de julio de 1978, en el que se describe como la persona que, a cambio de una remuneración y bajo la autoridad de un empleador, se dedica principalmente a realizar tareas del hogar de carácter manual para atender las necesidades del hogar o la familia de su empleador. El título V de la Ley de 3 de julio de 1978 contiene disposiciones especiales relativas a los contratos de trabajo doméstico.

4.El ámbito de aplicación establecido por el Convenio núm. 189 es, por tanto, más amplio que el previsto en Bélgica para los contratos de trabajo doméstico. Conforme a la Ley de 3 de julio de 1978, entre los trabajadores domésticos no se incluye a los empleados domésticos que no realizan tareas del hogar de carácter manual, como los chóferes, las amas de llaves, los jardineros o las enfermeras. Además, en Bélgica, gran parte del trabajo doméstico se realiza por medio de “vales de servicios”, modalidad que tampoco está contemplada en la legislación nacional sobre los trabajadores domésticos. En 2004, el Parlamento belga estableció el sistema de vales de servicios para acabar con el trabajo en negro en la economía del hogar. En el marco de ese sistema, el empleador es una empresa autorizada y el cliente (o usuario), la familia que utiliza los servicios del empleado del hogar. Los clientes tienen que registrarse y solicitar vales de servicio, los cuales les permiten contratar tareas domésticas a una tarifa reducida. Los empleados del hogar que trabajan con arreglo al sistema de vales de servicios suscriben un contrato de trabajo por escrito con una empresa autorizada, por el que se les garantiza un salario mínimo y protección social. Este tipo de contratos de trabajo por medio de vales de servicios permiten contratar a trabajadores tanto belgas como extranjeros. Sin embargo, estos últimos deben contar con permisos de residencia y de trabajo en regla.

5.Existe un consenso general en cuanto a que el sistema de vales de servicio ha permitido regularizar gran parte de la economía relacionada con el trabajo doméstico. Este cambio ha propiciado un mayor control del cumplimiento de las condiciones laborales y el reconocimiento de derechos sociales a una categoría concreta del personal doméstico. Con todo, este sistema no abarca más que a una parte del conjunto del sector doméstico. Al margen de los trabajadores empleados con arreglo al régimen de vales de servicio, sigue habiendo trabajadores domésticos, trabajadores del hogar al servicio de personal diplomático y empleados domésticos a tiempo completo que en algunos casos viven en casa de su empleador, a los que no se aplica ese régimen.

6.El valor social y económico añadido que ofrece el sistema de vales de servicios ha sido ampliamente reconocido por numerosos estudios académicos, entre ellos los realizados por IDEA Consult e IMPact PHS. La Comisión Europea también ha citado en numerosas ocasiones el vale de servicio belga, como ejemplo de buenas prácticas.

7.En virtud de la normativa belga, todo trabajador que realice un trabajo al servicio de un hogar, que no se ajuste a la definición belga de trabajo doméstico, está vinculado por un contrato de trabajo como obrero manual o como empleado, según el caso, por lo que goza de la misma protección que los demás. Por otra parte, los trabajadores que encajan en la definición belga de trabajo doméstico están sujetos a un régimen especial de garantía salarial en caso de enfermedad, que es menos favorable que el régimen aplicable al resto de los trabajadores. Los trabajadores con contratos de trabajo doméstico también están excluidos de las disposiciones sobre la jornada laboral recogidas en la Ley del Trabajo de 16 de marzo de 1971. Sin embargo, el Convenio Colectivo de Trabajo de 3 de junio de 2004 acordado en la Comisión Paritaria de Administración de Fincas y Personal Doméstico (que pasó a ser obligatorio en virtud del Real Decreto de 23 de septiembre de 2005) estipula que este tipo de trabajadores no pueden trabajar más de 38 horas a la semana. Los trabajadores domésticos tienen asimismo derecho al descanso dominical. El Real Decreto de 3 de marzo de 1965 les autoriza a trabajar un domingo de cada cuatro, pero en ese caso deben disfrutar de un período de descanso compensatorio en los seis días siguientes.

8.Por lo demás, los trabajadores con contrato de trabajo doméstico están cubiertos, en las mismas condiciones que el resto de los empleados domésticos, por las disposiciones previstas en el derecho laboral y se les aplica la legislación general en materia de seguridad social, sin distinción alguna.

9.En lo que respecta al problema de la explotación de los trabajadores domésticos por diplomáticos con inmunidad de jurisdicción, Bélgica ha establecido un sistema especial de prevención. En virtud de las Convenciones de Viena, los agentes diplomáticos y los miembros de su familia gozan de plena inmunidad ante los tribunales penales, civiles y administrativos, lo que impide registrar su domicilio sin levantarles la inmunidad. Ello dificulta considerablemente la lucha contra los abusos y la explotación económica de los trabajadores domésticos por diplomáticos, como ha quedado patente en varios casos concretos. La legislación belga establece que los diplomáticos que deseen contratar personal doméstico deben solicitar autorización a la Dirección de Protocolo del Servicio Público Federal de Asuntos Exteriores, a través de su misión diplomática u oficina consular o de una organización internacional reconocida. La Dirección de Protocolo decide entonces si se puede contratar a la persona de que se trate. Según la normativa, el empleador debe asegurarse de que el trabajador reciba una copia del contrato en un idioma que entienda bien.

10.La Dirección de Protocolo también se encarga de tramitar las solicitudes de visado del personal doméstico. Una vez el trabajador haya llegado a Bélgica, el empleador deberá solicitar un documento de identidad especial para su personal doméstico. Este trámite también se realiza a través de la misión diplomática u oficina consular correspondiente o de una organización internacional reconocida, que deberán dirigirse a la Dirección de Protocolo con la documentación necesaria. En Bélgica, el permiso de residencia del personal doméstico diplomático depende de la duración de la estancia del empleador, de manera que al finalizar su contrato el trabajador debe abandonar el país, sin posibilidad de cambiar de empleador. No existe el permiso de residencia temporal. El personal doméstico diplomático que trabaje en Bélgica debe renovar y recoger personalmente su documento de identidad anualmente, en una cita en la que se le podrá entrevistar de forma individual sobre su situación laboral. La Dirección de Protocolo puede así hacer seguimiento de la situación y detectar cualquier indicio de explotación.

11.En caso de disputa en relación con el cumplimiento del contrato de trabajo, tanto el empleador como el trabajador pueden dirigirse a la Comisión de Buenos Oficios, creada en virtud de una circular ministerial de 23 de mayo de 2013 para atender al personal de las misiones diplomáticas. La Comisión está formada por representantes de la Dirección de Control de la Legislación Social del Servicio Público Federal de Empleo, de la Dirección de Protocolo del Servicio Público Federal de Asuntos Exteriores, de la Oficina Nacional de la Seguridad Social, de la Dirección de Relaciones Internacionales del Servicio Público Federal de Finanzas, del Servicio Público Federal de la Seguridad Social y de las organizaciones sindicales. Su principal objetivo es resolver los problemas que puedan surgir entre este tipo de personal y su empleador. Sin embargo, su papel se limita a prestar asesoramiento con miras a alcanzar un acuerdo amistoso en caso de conflicto. La Comisión también informa de sus obligaciones a las misiones diplomáticas y oficinas consulares.

12.El sistema belga de protección de las víctimas de la trata que trabajan al servicio del personal diplomático está considerado, en general, como un ejemplo de buenas prácticas (según el informe de 2020 de Myria, Centro Federal para la Migración, lo que no significa que no tenga deficiencias), pero no deja de ser un sistema meramente preventivo y de mediación, y resulta especialmente difícil llegar a una solución cuando el empleador se niega a cooperar. En efecto, en caso de falta de cooperación, solo se puede iniciar un procedimiento judicial y administrativo una vez finalizada la misión del diplomático en el país receptor.

Información de seguimiento sobre el párrafo 37 a) de las observaciones finales

13.El cuarto Plan Federal de Lucha contra la Pobreza y Reducción de las Desigualdades está centrado en combatir la pobreza infantil. Ese objetivo se destaca en el cuarto pilar del plan, que prevé implantar la Garantía Infantil Europea en Bélgica, en estrecha colaboración con las entidades federadas. En ese marco, el Gobierno federal ha financiado, por segundo año consecutivo, un proyecto de lucha contra la pobreza infantil en 16 centros públicos de intervención social, siguiendo las directrices marcadas por la Garantía Infantil Europea. En 2023, esos fondos ascienden a 1.025.171,78 euros.

14.El Plan de Erradicación de la Pobreza de Valonia prevé diversas medidas destinadas directamente a los niños. Con el Proyecto de Apoyo a las Familias Monoparentales se pretende proporcionar a esas familias información sobre sus derechos y un acompañamiento específico para reducir el riesgo de pobreza y exclusión social. El proyecto también tiene por objeto informarlas de las ayudas disponibles para reducir el número de personas que no se benefician de sus derechos, en particular en materia de formación, búsqueda de empleo, servicios de cuidado de niños, subsidios de vivienda, pensión alimenticia y prestaciones familiares. Por último, el proyecto prevé conceder una ayuda financiera a los solicitantes de empleo con apoyo y a las familias monoparentales, mediante la ampliación de la contribución del Servicio de Empleo y Formación Profesional de Valonia a los gastos de guardería y jardín de infancia.

15.El Proyecto de Distribución Gratuita de Comida Saludable en las Escuelas Primarias bajo Supervisión Diferenciada tiene por objeto organizar la elaboración y distribución gratuita de comida elaborada a base de frutas y verduras frescas (sopa, batidos, etc.) a escolares (de enseñanza infantil y primaria) de zonas económicamente desfavorecidas. Con esa medida se pretende hacer frente a la falta de diversidad alimentaria de los niños más pobres y luchar así contra la obesidad infantil y los problemas médicos que conlleva. Desde abril de 2021, se distribuye de forma gratuita comida saludable elaborada con productos locales en 23 escuelas valonas, y está previsto distribuir 400.000 comidas a lo largo de dos años. Al final de esta fase piloto, se llevará a cabo una evaluación para valorar si es posible generalizar esta iniciativa. Se trata de una iniciativa sostenible dado que las meriendas se elaboran con productos locales, lo que redunda en un aumento de los ingresos de los productores. Además, el Gobierno de Valonia ha seleccionado empresas de economía social y empresas con una política específica de reinserción socioprofesional para elaborar las comidas. Así pues, esta iniciativa no solo beneficia a los niños, sino que también repercute positivamente en los productores locales y en las empresas de economía social.

16.Se ha puesto en marcha una campaña informativa para que la población no deje de ejercer sus derechos en el contexto de la crisis sanitaria, pasando de un ordenamiento jurídico provisional a un sistema de derechos adquiridos. Se restablecerá asimismo la igualdad en el pago de subsidios a familias numerosas, personas que hayan perdido la capacidad de generar ingresos y personas con discapacidad. Por último, se realizará un análisis prospectivo sobre la pobreza infantil, considerando las ayudas familiares como una de sus variables.

17.El proyecto de creación de infraestructuras de acogida para la primera infancia prevé la apertura de 3.143 plazas de guardería subvencionadas, a las que se añadirán 1.960 plazas no subvencionadas, algunas de las cuales se sufragarán con cargo al Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia y otras, con cargo al presupuesto regional. Los operadores también tendrán que intervenir en parte. Esta iniciativa pretende dar respuesta a dos retos. Por un lado, reducir la enorme desigualdad que existe entre los municipios en cuanto a la oferta de guarderías subvencionadas para la primera infancia. Por otro, reducir las desigualdades entre segmentos de población. Para llevar a cabo esta iniciativa, se organizará una convocatoria, abierta a las autoridades públicas y las organizaciones sin fines de lucro.

18.El Plan de Acción de Lucha contra la Pobreza de Flandes (2020-2024) constituye la directriz de la lucha contra la pobreza en la comunidad y la Región de Flandes. Se revisó y actualizó en 2022 y se introdujeron medidas adicionales para adaptarlo a la inflación y el aumento de los costos energéticos. Además de actualizar el análisis medioambiental y las medidas en curso, se añadieron 17 nuevas acciones, procedentes de diferentes ámbitos políticos y que responden a diversos objetivos del Plan de Acción. La lucha contra la pobreza infantil es uno de los objetivos estratégicos del plan.

19.En este contexto, en 2022 el Gobierno de Flandes decidió redoblar sus esfuerzos para combatir la pobreza infantil. En 2023, se ha incrementado el presupuesto en otros 4 millones de euros y está previsto destinar 4 millones de euros más en 2024 para desarrollar y apoyar redes locales de organizaciones y voluntarios que puedan paliar de forma estructural y sostenible la pérdida de oportunidades que la pobreza supone para los niños y los jóvenes (y sus familias) en la escuela y su entorno. El Gobierno de Flandes también está preparando una iniciativa innovadora y de amplio alcance para apoyar a los futuros padres y madres y a las familias con hijos. Así pues, se financiarán cinco proyectos dirigidos a prestar un amplio apoyo a las futuras familias y a las familias jóvenes que viven en la pobreza. El objetivo es hacer efectivos sus derechos fundamentales para combatir la pobreza infantil estructural.

Información de seguimiento sobre el párrafo 37 b) de las observaciones finales

20.La elaboración del cuarto Plan Federal contó con la colaboración de la sociedad civil. En el marco de la Plataforma Belga contra la Pobreza y la Exclusión Social (que agrupa a los distintos actores de la sociedad civil encargados de analizar la evolución de la pobreza a escala federal y europea), se solicitaron contribuciones en relación con los objetivos estratégicos y las medidas adoptadas. La Red Belga de Lucha contra la Pobreza también desempeñó un papel importante. Se trata de una asociación en la que las personas en situación de pobreza pueden dar a conocer su opinión. Ha sido un socio clave en el proceso preparatorio, junto con las federaciones de centros públicos de acción social y el Servicio de Lucha contra la Pobreza. Estos organismos participaron en todas las fases del proceso de redacción. En febrero de 2023, la ministra encargada de la lucha contra la pobreza se reunió con 50 personas en situación de pobreza para presentarles el Plan Federal y escuchar sus testimonios.

21.El Plan de Lucha contra la Pobreza de Valonia está dirigido por un grupo de trabajo que colabora con el Gobierno en el seguimiento de la aplicación de las medidas previstas en el Plan. El grupo de trabajo se encarga de poner en contacto a los distintos actores concernidos (el Gabinete del Ministro-Presidente, las oficinas gubernamentales de la Región de Valonia, la Red Valona de Lucha contra la Pobreza, etc.). Está integrado, entre otros, por la Federación de Centros Públicos de Acción Social y la Red Valona de Lucha contra la Pobreza. Esta última es el organismo de referencia para las cuestiones relacionadas con la pobreza y la precariedad. Aporta su experiencia en la aplicación y el seguimiento de diferentes medidas del Plan y colabora de forma más estrecha en determinados asuntos. Dentro del grupo de trabajo, asesora sobre las medidas pertinentes que deben aplicarse para sacar de la pobreza al mayor número posible de personas afectadas y realiza análisis más prospectivos en relación con las medidas y políticas de lucha contra la pobreza.

22.La Red Valona de Lucha contra la Pobreza se apoya en especial en los especialistas experimentados, cuya función es contribuir a mejorar la acogida que se brinda a los ciudadanos y la información que se les facilita, en particular en el caso de las personas en situación de pobreza, así como ayudar a los usuarios a realizar trámites administrativos e identificar las necesidades de las personas en situación de pobreza a través de entrevistas, encuestas y la interlocución con las organizaciones sociales. También pretenden mejorar la calidad general y la accesibilidad del servicio, formulando propuestas para mejorar la comunicación, los procedimientos y las medidas, colaborar en el establecimiento de acuerdos de cooperación entre servicios y llamar la atención de los responsables políticos sobre los problemas estructurales, las lagunas legislativas y las necesidades no detectadas ni atendidas de las personas que viven en la pobreza.

23.La participación es un elemento fundamental del Decreto de Lucha contra la Pobreza en Flandes. Para lograr dicha participación, el decreto tiene previsto que se reconozca y subvencione a asociaciones que den voz a las personas en situación de pobreza. A principios de 2022, el número máximo de asociaciones que podían ser reconocidas pasó de 52 a 58. Ese mismo año se realizó una ronda para seleccionar a asociaciones candidatas. A 1 de enero de 2023, se había reconocido a 58 asociaciones en las que las personas en situación de pobreza tenían voz. La Red Valona de Lucha contra la Pobreza propicia los intercambios entre asociaciones y coordina el diálogo entre los responsables políticos y las personas en situación de pobreza.

Información de seguimiento sobre el párrafo 37 c) de las observaciones finales

24.A escala federal, a lo largo de esta legislatura, el ingreso mínimo social y las pensiones mínimas aumentarán un 10,75 %, sin indexar, al igual que el cheque bienestar, con el fin de acercarse lo más posible al umbral de pobreza europeo. Durante el proceso de preparación de esta medida, se llevó a cabo una evaluación de fondo y metodológica (sobre comunicación, sostenibilidad, género, seguimiento, etc.), con la ayuda de expertos de otros organismos federales.

Información de seguimiento sobre el párrafo 41 de las observaciones finales

25.El 20 de septiembre de 2022, la Región de Valonia aprobó un decreto por el que se ordenó la suspensión de la ejecución de las decisiones administrativas y judiciales de desahucio, de manera que, entre el 1 de noviembre de 2022 y el 15 de marzo de 2023, quedaron en suspenso todas esas decisiones. Únicamente se pueden ejecutar las decisiones adoptadas por motivos de seguridad pública, peligro inminente para la salud física y mental de los ocupantes o daños intencionados a la propiedad, tales como determinadas órdenes policiales dictadas con arreglo al artículo 135, párrafo 2, de la Nueva Ley Municipal o al Código de la Vivienda Sostenible de Valonia. La policía es la encargada de hacer valer la prohibición de llevar a cabo desahucios físicos del domicilio, por medio de la coacción o la fuerza, si fuera necesario.

26.La Región de Valonia también tiene previsto poner en marcha un proyecto para evitar que los conflictos entre propietarios e inquilinos puedan desembocar en situaciones extremas que deriven en desahucio. Esas situaciones pueden evitarse si se establece un diálogo entre las dos partes. Existen proyectos piloto que así lo demuestran, por ejemplo los comités mixtos de arrendamiento creados en varias grandes ciudades.

27.Así, entre 2023 y 2024 se pondrá en marcha en la Región de Valonia un proyecto piloto destinado a prevenir y reducir los conflictos entre arrendadores e inquilinos, en el que se estudiará la viabilidad de un mecanismo de conciliación entre ambas partes. Con esa medida se intentará reducir los conflictos entre inquilinos y arrendadores, fomentando el restablecimiento del diálogo antes de emprender acciones judiciales, tan pronto como se plantee un conflicto. La medida permitirá asimismo agilizar la resolución de las disputas relacionadas con el alquiler.

28.En la Región de Flandes, los desalojos solo se pueden ejecutar tras un procedimiento administrativo o civil. La vía administrativa forma parte del control de calidad de la vivienda. En aplicación del derecho fundamental a la vivienda, el Gobierno de Flandes fija los requisitos mínimos de seguridad, salubridad y calidad que toda vivienda debe cumplir en esa región. Esas normas se aplican mediante un sistema gradual, cuya primera etapa consiste en promover la reparación de las viviendas, entre otras cosas para evitar los desalojos. La “declaración de inhabitabilidad”, que puede dar lugar al desalojo del inquilino, solo es posible en los casos de mayor gravedad. Es decir, en viviendas con deficiencias graves que atenten contra la dignidad humana o supongan un peligro inmediato para la seguridad o la salud de sus ocupantes. Con esa puntualización, el Código de la Vivienda de Flandes se ajusta a las exigencias del Comité al respecto. Por otra parte, las autoridades locales están obligadas a adoptar las medidas necesarias para realojar a las personas que necesiten una vivienda (definidas como grupo destinatario de viviendas sociales), cuando se vean obligadas a abandonar su vivienda por encontrarse en una situación degradante o presentar riesgos graves para su salud y seguridad. La Región de Flandes ayuda a las autoridades locales a cumplir dicha obligación, ofreciéndoles la posibilidad de reclamar al propietario los gastos de realojo y facilitando su cobro por medio de formularios estandarizados. También subvenciona la oferta adicional de viviendas de emergencia por medio de convocatorias anuales de proyectos.

29.La gran mayoría de los desahucios que se producen tras un procedimiento civil afectan al sector del alquiler. Dicho procedimiento suele iniciarse por retrasos en el pago del alquiler, aunque en ocasiones también se incoa por causar daños a la propiedad o molestias. En la Región de Flandes, todo desahucio debe estar avalado por un juez, que puede valorar si la demanda del propietario está justificada por un interés legítimo y si la sanción de desahucio resulta proporcionada desde el punto de vista de ese interés. El juez tomará en consideración las consecuencias para el derecho a la vivienda del inquilino y las circunstancias de precariedad en que se encuentre, de modo que el desahucio constituya el último recurso. Además, la Ley de Vivienda de Flandes exige que el secretario judicial informe al centro público de intervención social local de cualquier demanda de desahucio, y este deberá prestar asistencia de la forma más adecuada. La asistencia puede adoptar distintas formas en función de las necesidades de la persona o personas afectadas, desde la mediación (de la deuda) o la asistencia jurídica (para evitar el desahucio) hasta la ayuda material o el acompañamiento en la búsqueda de otra vivienda. Desde 2020, la Región de Flandes cuenta con un Fondo de Lucha contra los Desahucios, para ayudar a cumplir esa obligación. Cuando un desahucio es inminente, el centro público de intervención social puede recurrir al fondo para abonar inmediatamente al propietario hasta la mitad de la deuda del alquiler. El objetivo es crear un espacio de mediación para encontrar soluciones que eviten el desahucio. Por otra parte, la Asociación de Ciudades y Municipios de Flandes recopila cada año datos sobre el número de demandas de desahucio presentadas ante los juzgados de paz.

30.A petición del Gobierno de Flandes, la Cámara Nacional de Agentes Judiciales también realiza entre sus miembros una encuesta periódica para conocer el número de órdenes de desahucio notificadas y el número de desalojos finalmente ejecutados.

31.El Código de la Vivienda de Flandes se fundamenta en el principio de que toda persona tiene derecho a una vivienda digna, independientemente del tipo de alojamiento que elija, lo que significa que la cobertura ofrecida es muy amplia. Por ejemplo, se aplican unas normas mínimas de calidad a todos los hogares de la Región de Flandes. Los bienes muebles, como las caravanas o las casas flotantes, también gozan de protección, al menos cuando el ocupante tenga intención de mantenerlos de forma permanente en el lugar en que se encuentren. Paralelamente, el Gobierno de Flandes tiene en cuenta las necesidades específicas de determinados grupos. Así, en los últimos años se han realizado grandes esfuerzos para crear zonas residenciales para las personas que viven en caravanas y las familias romaníes. Más concretamente, la Región de Flandes ha apostado por una política de incentivos, en colaboración con los promotores locales. Es innegable que las subvenciones disponibles son elevadas: se subvenciona al 100 % la compra y creación de nuevos emplazamientos y al 90 % la renovación de los ya existentes. Asimismo, cada año se asignan fondos suficientes a tal fin en el presupuesto (entre 2,2 y 4,3 millones de euros).

32.En la Región de Bruselas-Capital, en el caso de las viviendas alquiladas por empresas públicas de vivienda (social y de renta baja y media), el desahucio de los inquilinos se considera el último recurso y se regula mediante circulares que la Empresa de Vivienda de la Región de Bruselas-Capital viene publicando desde noviembre de 2000. La circular actualmente en vigor, de 28 de septiembre de 2018, hace hincapié en que los desahucios son un tema muy delicado, por lo que un servicio público de vivienda no puede actuar como un arrendador más y debe cumplir ante todo la misión social que le ha sido encomendada. Los principios recogidos en la circular se concertaron con los representantes de las empresas integrantes del comité restringido de concertación entre la Empresa de Vivienda y las empresas públicas de vivienda. Como se ha podido constatar, todos los actores son conscientes de la necesidad de reglamentar la práctica de los desahucios para evitar posibles abusos.

33.El consejo de administración de cada empresa pública de vivienda debe establecer un procedimiento de cobro de deudas y fijar un marco de actuación respecto de los inquilinos (cartas de recordatorio, mediación, planes de pago, remisión del caso al juez de paz, etc.). Toda decisión de ejecutar de forma efectiva el desahucio de un inquilino de una vivienda social, de renta baja o de renta media, sea cual sea la fecha y el motivo (morosidad u otro), deberá ir precedida de:

Un informe razonado y detallado de la empresa pública de vivienda, lo que significa que queda prohibido todo desahucio, si esta no puede demostrar que ha tratado de encontrar una solución amistosa y negociada con el inquilino, bien a través de sus propios servicios, bien por medio de otro organismo (centros públicos de intervención social, Centro de Mediación en Materia de Deudas, organizaciones sin fines de lucro, etc.).

Un dictamen del delegado social de la Empresa de Vivienda de la Región de Bruselas-Capital, relativo al cumplimiento del procedimiento establecido por el consejo de administración de la empresa pública de vivienda y de las directrices previstas en la circular relativa a los desahucios. El delegado social deberá presentar su dictamen en un plazo de ocho días laborables a partir de la fecha de solicitud.

34.En el caso de las viviendas alquiladas por empresas inmobiliarias, en la circular de 28 de septiembre de 2018 elaborada por la Empresa de Vivienda de la Región de Bruselas-Capital se establece un período invernal, que actualmente va del 1 de diciembre de cada año al 15 de marzo del año siguiente (está prevista la publicación en el Boletín Oficial de Bélgica de una ordenanza de 16 de junio de 2023, que entrará en vigor el 1 de septiembre de 2023, por la que se modificará el Código de la Vivienda de Bruselas. Las disposiciones de dicha ordenanza, que serán aplicables en particular a las viviendas sociales, de renta baja y de renta media alquiladas por las empresas públicas de vivienda, fijan el período invernal entre el 1 de noviembre y el 15 de marzo, lo que sustituye al período invernal previsto en la circular de la Empresa de Vivienda). Durante ese período, está prohibido desahuciar a un inquilino de una vivienda social, de renta baja o de renta media. Cuando ya no exista ninguna otra alternativa, el consejo de administración de la empresa pública de vivienda o el órgano en el que haya delegado al efecto deberá decidir caso por caso y de conformidad con los estatutos si el desahucio es procedente, previo informe elaborado por el delegado social, que deberá presentarse en un plazo de ocho días laborables a partir de la fecha de solicitud. El incumplimiento de ese procedimiento impedirá el desahucio de cualquier inquilino de una vivienda social, de renta baja o de renta media. No está autorizado recurrir a empresas privadas de cobro de deudas de inquilinos que aún habiten su vivienda social, de renta baja o de renta media. Las viviendas que vayan a ser rehabilitadas en el marco de un plan de inversión deberán presentar un plan de realojo de inquilinos a la Empresa de Vivienda de la Región de Bruselas-Capital para su aprobación.

35.El 16 de junio de 2023, el Parlamento de la Región de Bruselas-Capital aprobó una ordenanza por la que se incorporaron al Código de la Vivienda de Bruselas las normas de procedimiento aplicables a los desahucios judiciales. El texto fue remitido al Boletín Oficial de Bélgica para su publicación y entrará en vigor el 1 de septiembre de 2023. Su objetivo es evitar los desahucios siempre que sea posible, en particular reforzando los mecanismos de acompañamiento y la reorientación proactiva en cada fase del procedimiento que pueda dar lugar a la rescisión del contrato de arrendamiento y al desahucio del inquilino. Por ello, entre sus principales medidas figura la reorganización del procedimiento relativo a las disputas por alquiler, con el fin de hacer más eficaz la intervención del centro público de intervención social en las distintas fases del procedimiento y de dejar un plazo razonable antes de que el juez examine la demanda de desahucio. Ello redunda en interés tanto del inquilino como del arrendador, ya que el objetivo principal es que el primero pueda satisfacer los pagos en mora que justificaron la demanda de desahucio o, en caso de que ello no sea posible en un plazo razonable, pueda encontrar una alternativa habitacional permanente, con ayuda del centro público de intervención social si fuera necesario. Mediante las disposiciones de la nueva ordenanza se pretende asegurar que, cuando la decisión de desahucio sea inevitable, el inquilino pueda encontrar una alternativa habitacional con la ayuda del centro: una mejor comunicación de las decisiones adoptadas y en proceso de ejecución hace posible una intervención más eficaz.

36.El juez que reciba una demanda de desahucio deberá sopesar las consecuencias de la decisión respecto a la situación del inquilino en cuanto a la vivienda y asegurarse de que no resulten desproporcionadas. En ese sentido, se trata de evitar que se ordene la rescisión de un contrato de arrendamiento por retrasos en el pago del alquiler u otras irregularidades que no revistan entidad suficiente, o por deudas que puedan liquidarse en un plazo razonable.

37.El nuevo texto pretende garantizar que, en caso de dictarse una sentencia contradictoria o en defecto, no se pueda adoptar ninguna decisión sin antes valorar su proporcionalidad, y que tampoco se autorice ningún desahucio sin haber comprobado que la deuda no puede saldarse concediendo plazos de gracia razonables.

38.Durante el período del 1 de noviembre al 15 de marzo quedan suspendidos todos los desahucios. La prohibición de ejecutar desahucios en invierno, que tiene por objeto evitar situaciones inhumanas en los casos en que, pese a la intervención reforzada del centro público de intervención social desde el inicio del procedimiento, no se haya encontrado una alternativa habitacional, se aplica de pleno derecho, a menos que el título que debe ejecutarse disponga lo contrario, o que una resolución judicial adjunta a este autorice el desahucio a pesar de que sea invierno. Durante el período en que estén prohibidos los desahucios, el propietario recibirá una indemnización por ocupación.

39.En lo que respecta al registro y seguimiento sistemáticos, la nueva ordenanza establece que toda decisión o sentencia que autorice un desahucio deberá ser comunicada por la secretaría y el tribunal arbitral al Observatorio de la Vivienda perspective.brussels. A continuación, Bruxelles Logement se encargará de publicar en su sitio web los datos del seguimiento anual de los desahucios. La finalidad de ese seguimiento anual es informar a los responsables de las políticas de vivienda del problema de los desahucios, a fin de evitarlos y adaptar la política regional en la materia para garantizar el derecho a la vivienda a todas las personas.

40.En lo que respecta a las familias romaníes, en octubre de 2022 perspective.brussels puso en marcha un estudio de prospección inmobiliaria con el fin de elaborar una lista de terrenos en que se podría acoger a los nómadas, a ser posible de forma permanente. El gabinete de estudios IDEA Consult está a cargo de este proyecto. El estudio se basa en la actualización de los terrenos incluidos en el estudio realizado en 2020 por perspective.brussels, las reuniones mantenidas con los propietarios regionales, federales y municipales de los terrenos y una encuesta llevada a cabo en el mercado privado. El informe final se presentó a finales de diciembre de 2022. Actualmente se están evaluando los terrenos seleccionados junto con los actores locales.

41.En el marco de la Estrategia Nacional de Integración de los Romaníes elaborada por el Gobierno y presentada a la Comisión Europea en junio de 2022, está previsto que la Comisión Comunitaria Común y la Comisión Comunitaria Francesa preparen y elaboren, en colaboración con Unia, una estrategia y un plan de acción, consultando periódicamente a los asociados que trabajan sobre el terreno con las poblaciones romaníes. Para ello, el 21 de junio de 2022 se organizó una primera mesa redonda con los actores sobre el terreno y Unia. Tras dicho encuentro se elaboró un documento de trabajo a partir de las recomendaciones formuladas por esos actores. El objetivo a largo plazo del documento es elaborar una estrategia de inclusión de la población romaní en Bruselas.

42.Por otra parte, en el marco de aprobación del Plan de Bruselas de Lucha contra el Racismo (2022-2025), la acción núm. 13 tiene como objetivo crear grupos de trabajo para hacer efectivos los derechos fundamentales de las personas romaníes y nómadas en las políticas regionales.

43.A tal fin, se ha previsto una serie de acciones, como la creación de grupos de trabajo y el intercambio de información, el establecimiento de objetivos anuales para garantizar los derechos fundamentales de los romaníes y los nómadas, y la puesta en marcha de un mecanismo para verificar si se tienen en cuenta de forma sistemática sus derechos humanos, en particular en el marco de las medidas de la Estrategia Nacional para la Integración de los Romaníes.

44.Por último, en el Plan Sociosanitario Integrado 2022, aprobado por el órgano colegiado de la Comisión Comunitaria Común, se señala a los romaníes como colectivo vulnerable, con dificultades para acceder a derechos y servicios. En el eje 2 del plan se prevé prestar a esta cuestión una atención específica, en lo que respecta a la población romaní. Según se indica en el epígrafe “Acogida y alojamiento de grupos vulnerables” de la sección operativa del plan, están en marcha varias iniciativas de acompañamiento sociosanitario a la población romaní. En esa línea, la Comisión Comunitaria Común lleva años prestando apoyo financiero a la asociación sin fines de lucro Le Foyer para que pueda llevar a cabo su proyecto de mediación con los nómadas y las familias romaníes sin domicilio fijo de la Región de Bruselas-Capital.