I.Introducción
1.En su 64º período de sesiones, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer examinará los informes nacionales de Albania, Francia, Malí, Myanmar, Filipinas, Trinidad y Tabago, Turquía y el Uruguay.
2.En su condición de organismo especializado del sistema de las Naciones Unidas, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) contribuye a la consolidación de la paz, la mitigación de la pobreza, el desarrollo sostenible y el diálogo intercultural mediante sus actividades en las esferas de la educación, la ciencia, la cultura, la comunicación y la información. Según la Estrategia a Medio Plazo de la UNESCO para el período 2014-2021, la igualdad de género es una de sus prioridades mundiales. Esa prioridad se persigue mediante un enfoque doble que abarca: a) la programación específicamente relacionada con el género, y b) la incorporación de una perspectiva de género en todos sus ámbitos de competencia.
3.La UNESCO tiene un papel y una responsabilidad importantes dentro del sistema de las Naciones Unidas para la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. El artículo 10 de la Convención establece que los Estados partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación. El derecho a la educación es un elemento central de la misión de la UNESCO y forma parte integrante de su mandato constitucional.
4.Los esfuerzos realizados por la UNESCO para promover el empoderamiento de la mujer, los derechos de la mujer y la igualdad de género están inspirados en su Estrategia a Medio Plazo para 2014-2021, su plan de acción sobre la igualdad de género para 2014-2021 —que abarca a toda la organización y apoya y orienta la aplicación de su prioridad mundial de “igualdad de género”—, la Convención, la Plataforma de Acción de Beijing y sus documentos presupuestarios y programáticos bienales y cuatrienales, así como en las resoluciones y los instrumentos internacionales y regionales pertinentes para sus esferas de acción.
5.El compromiso de la UNESCO con el logro de la prioridad de la igualdad de género cuenta con el apoyo de la División de Igualdad entre Hombres y Mujeres de la Oficina de la Directora General. Como centro de coordinación de la UNESCO para la igualdad de género, la División brinda orientación normativa y formula recomendaciones al personal directivo superior y los sectores programáticos para que incorporen las consideraciones de igualdad de género en las políticas, las estrategias y los programas de la UNESCO; lleva a cabo actividades de creación de capacidad; hace un seguimiento de la paridad de género y el equilibrio entre el trabajo y la vida personal en la secretaría; y promueve y establece asociaciones con otros órganos de las Naciones Unidas, órganos regionales, organizaciones intergubernamentales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones privadas y asociados del sector privado que apoyan las iniciativas de igualdad de género y empoderamiento de la mujer.
II.Medidas adoptadas para aplicar las disposiciones de la Convención en los países que se examinarán en el 64º período de sesiones
Albania
6.Albania ha sido parte en la Convención de la UNESCO relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza (1960) desde el 21 de noviembre de 1963. El país no presentó ningún informe con ocasión de la séptima consulta sobre las medidas adoptadas por los Estados miembros para la aplicación de la Convención o de la recomendación de la UNESCO en la materia.
7.En el artículo 18 de la Constitución, se establece que todas las personas son iguales ante la ley. Nadie podrá ser discriminado injustamente por motivos de género, raza, religión, origen étnico, idioma, creencias políticas, religiosas o filosóficas, situación económica, educación, condición social o ascendencia. Nadie podrá ser objeto de discriminación por los motivos mencionados en el párrafo 2 del artículo 18 si no existen fundamentos jurídicos razonables y objetivos.
8.Según el artículo 57 de la Constitución, toda persona tiene derecho a la educación.
9.En el artículo 24 de la Ley sobre la igualdad de género en la sociedad núm. 9970, de 24 de julio de 2008, se establece que la discriminación basada en el género en las instituciones educativas públicas y privadas en todos los niveles debe ser prohibida. En el artículo 25, se estipula que los libros de texto, los programas y otros materiales educativos en todos los niveles de enseñanza deberán ayudar a promover y crear una mentalidad favorable a la igualdad y prevenir la discriminación por razón de género, los estereotipos negativos, los prejuicios u otras prácticas que violen los principios de la igualdad de género.
10.En Albania, el Gobierno y el Parlamento son los encargados de definir la política educativa. El Ministerio de Educación y Ciencia y las autoridades municipales o locales se aseguran de que se cumplan determinados requisitos en el ámbito de la educación. La educación obligatoria se extiende durante nueve años, de los seis a los 14 años de edad. En todos los niveles, desde la enseñanza primaria a los estudios postsecundarios, el año escolar comienza en septiembre y finaliza en junio.
11.Las actividades de la UNESCO relacionadas con el género en Albania se centran en mejorar el papel y la contribución de la mujer en la ciencia y los medios de comunicación. En el marco de un proyecto sobre género y ciencia, dos científicas albanesas, miembros de la Red de Mujeres y Ciencia de Albania, participaron en la Cumbre de Estambul sobre las perspectivas de la mujer en el contexto de la agenda de las Naciones Unidas para el desarrollo después de 2015, celebrada en Estambul (Turquía) los días 31 de mayo y 1 de junio de 2014. También como parte del proyecto, la Red de Mujeres y Ciencia de Albania organizó una reunión en Tirana el 24 de junio de 2014, donde se proporcionó información sobre las recomendaciones y se ofreció un panorama general de la Cumbre. En el marco de un proyecto sobre género y medios de comunicación, los principales medios de comunicación de Albania participaron en la aplicación de los indicadores de género de la UNESCO para los medios de comunicación y asistieron a un taller organizado por dicha organización en Viena, los días 25 y 26 de noviembre de 2014.
12.En el marco de un proyecto de seguimiento de las actividades en materia de género en Albania, se han llevado a cabo dos actividades. En primer lugar, como parte de un proyecto sobre género y ciencia, se presta apoyo a la Red de Mujeres y Ciencia de Albania para ayudar a desarrollar su capacidad y sostenibilidad. Se ha creado un sitio web específico para la Red, que contribuirá a promover su misión y actividades. Con el fin de aprovechar los conocimientos científicos de las integrantes de la Red, se ha concebido una iniciativa de mentoría u observación de trabajo para jóvenes (muchachas y muchachos de 18 a 25 años de edad) que podría propiciar posibles oportunidades de empleo o de carrera. Ello entrañaría la implantación de un programa nacional de becas de viaje (de uno a tres meses de duración) o de un subsidio por costo de la vida para jóvenes interesados en pasantías relacionadas con la ciencia. En segundo lugar, en el marco de un proyecto sobre género y medios de comunicación, se han desarrollado actividades encaminadas a lograr que los jóvenes amplíen sus conocimientos de la dimensión de género en las esferas de la ciencia, al tiempo que los medios de comunicación contribuirán a reforzar la opinión pública en el futuro y a divulgar los principios de las Naciones Unidas y sus diversos convenios relacionados con las cuestiones de género. Como complemento de los resultados alcanzados en 2015, se han traducido al albanés los indicadores de género de la UNESCO para los medios de comunicación y ya están listos para su distribución y promoción ulterior. La difusión de los indicadores de la UNESCO ha sido objeto de seguimiento en colaboración con las facultades de periodismo de las universidades de Albania, como primera etapa para la institucionalización de los indicadores en los programas de estudio.
13.Un proyecto sobre el fortalecimiento de la representación y la imagen de la mujer en los medios de comunicación de Albania tiene como objetivo general desarrollar la capacidad de los medios de comunicación de ese país para producir contenidos de calidad, equilibrados desde el punto de vista del género y sensibles a las cuestiones de género. Los objetivos específicos del proyecto son analizar los principales problemas y tendencias de la representación de la mujer en los medios de comunicación en Albania, utilizando para ello indicadores de género específicos para los medios de comunicación, y dotar de conocimientos y competencias a 80 periodistas y 20 mujeres representantes de organizaciones no gubernamentales para que trabajen de consuno con vistas a crear mayor conciencia sobre las cuestiones de género y la justa representación de la mujer en los medios de comunicación. Los grupos destinatarios del proyecto son los periodistas (mujeres y hombres) y las representantes de organizaciones no gubernamentales de mujeres. También está dirigido a representantes de las estructuras gubernamentales que se ocupan de la cuestión de la mujer y que trabajan en pro de la igualdad de género. Por último, el público en general, en especial las mujeres, serán los beneficiarios finales, pues se procurará mejorar la proporción de mujeres en los medios de comunicación.
Francia
14.Francia es parte en la Convención de la UNESCO relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza desde el 11 de septiembre de 1961. El país presentó un informe el 26 de febrero de 2007 con ocasión de la séptima consulta sobre las medidas adoptadas por los Estados miembros para la aplicación de la Convención y la recomendación en la materia.
15.En su informe, Francia menciona una serie de recientes medidas jurídicas e institucionales encaminadas a luchar contra el racismo, el antisemitismo y la xenofobia en las escuelas e instituciones educativas y presenta ejemplos concretos de iniciativas prometedoras en esas esferas emprendidas por autoridades educativas locales y asociaciones de voluntarios. Francia también informa de varios ejemplos de iniciativas llevadas adelante por empleadores principales para llegar a los jóvenes de entornos socialmente desfavorecidos.
16.En Francia, que es un Estado laico según su Constitución, la educación religiosa no forma parte del plan de estudios de las escuelas públicas y las manifestaciones ostensibles de la afiliación religiosa de los alumnos, ya sea en su vestimenta o en otros símbolos, están prohibidas (Ley de 15 de marzo de 2004). Ahora bien, Francia tiene un gran número de escuelas privadas de carácter religioso que reciben fondos públicos por estar concertadas con el Estado, básicamente en las mismas condiciones que las escuelas públicas, siempre y cuando respeten las mismas normas de enseñanza que se aplican a estas últimas, como se exige en el artículo 2 de la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza y de la recomendación en la materia.
17.En Francia, se inscribe a los niños inmigrantes recién llegados en los cursos ordinarios de las escuelas, según su edad, pero se los reúne durante cierto tiempo cada día, en función de sus necesidades, en una clase especial para aprender el francés. Los docentes que se ocupan de esas clases han recibido una formación especial a tal efecto.
18.Francia observa que la cuestión de los buenos resultados educativos es un problema por resolver para los encargados de la formulación de políticas, en particular en lo que respecta a cómo definirlos, habida cuenta de la tendencia de la sociedad a hacer hincapié en el rendimiento académico. Francia indica que la dificultad es, hasta cierto punto, inherente al sistema educativo, que, aunque aparentemente trata a todos los alumnos por igual, funciona como un mecanismo de selección que tiende a favorecer los logros académicos sobre otras competencias, dejando así de lado a los alumnos que “fracasan”, y que a menudo proceden de entornos sociales desfavorecidos.
19.El sistema escolar francés se basa en principios generales inspirados en la Revolución de 1789, que se han agregado a un conjunto de textos legislativos con los que han ido tomando forma desde el siglo XIX hasta el día de hoy. En el preámbulo la Constitución de 27 de octubre de 1946, se establece que la nación garantiza la igualdad de acceso para los niños y los adultos a la educación, la formación profesional y la cultura. El sistema educativo francés dispone la enseñanza obligatoria y gratuita para los niños de seis a 16 años de edad y el derecho a la educación, a partir de los tres años de edad. Su objetivo es servir al público y para ello se adapta a los nuevos métodos educativos, la tecnología moderna y las expectativas de los usuarios y su gestión se optimiza gracias a la descentralización del poder. Es también un sistema sumamente diverso. En Francia, la escolarización obligatoria se extiende durante 11 años, de los seis a los 16 años de edad. Sin embargo, con una declaración previa, las familias pueden impartir enseñanza a sus hijos en el hogar. En todos los niveles, desde la enseñanza primaria a los estudios postsecundarios, el año escolar comienza en septiembre y finaliza en junio.
20.Todos los programas educativos en Francia están regulados por el Ministerio de Educación Nacional. Los maestros de las escuelas públicas de primaria y secundaria son todos funcionarios del Estado. Los profesores e investigadores de las universidades también son empleados del Estado.
Malí
21.Malí ha sido parte en la Convención de la UNESCO relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza desde el 7 de diciembre de 2007. El país también presentó un informe el 5 de septiembre de 2006 con ocasión de la séptima consulta sobre las medidas adoptadas por los Estados miembros para la aplicación de la Convención y la recomendación en la materia.
22.En su informe, Malí afirma que el Gabinete decidió en diciembre de 2005 que el país se adhiriera a la Convención, pero que el Parlamento aún no la ha ratificado. Malí destaca en su informe las medidas adoptadas para crear una mayor conciencia y las actividades realizadas o apoyadas por la Comisión Nacional para la UNESCO de Malí para promover la no discriminación y la igualdad de oportunidades educativas.
23.De conformidad con el artículo 2 de la Constitución, todos los malienses nacen y viven libres y son iguales en derechos y deberes. Cualquier discriminación basada en el origen social, el color, el idioma, la raza, el sexo, la religión o la opinión política está prohibida.
24.Conforme a lo dispuesto en el artículo 18, todo ciudadano tiene derecho a la educación. En Malí, la educación obligatoria se extiende durante nueve años, de los seis a los 15 años de edad. En todos los niveles, desde la enseñanza primaria a los estudios postsecundarios, el año escolar comienza en octubre y finaliza en junio. El Ministerio de Educación es responsable de la administración de todo el sistema y de la aplicación de la política del Gobierno. La enseñanza se imparte en francés.
25.En 2015, la UNESCO, la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres, el Fondo de Población de las Naciones Unidas y el Banco Mundial pusieron en marcha un programa para el empoderamiento de las adolescentes y las jóvenes a través de la educación. El programa está dirigido a 20 países, entre ellos, Malí. Las cuatro principales esferas de interés son: la mejora de la calidad y la pertinencia de la educación; la sensibilización en todos los niveles para crear un entorno propicio a la igualdad de género; el fortalecimiento de los vínculos entre los sectores de la salud y la educación; y el perfeccionamiento de la base de datos estadísticos sobre género y educación.
26.Un proyecto que aborda la lucha contra la pobreza extrema en Malí mediante políticas dirigidas a jóvenes de ambos sexos se centra en la aplicación de la Estrategia Operacional de la UNESCO sobre la Juventud (2014-2021) en el contexto nacional. Su objetivo es apoyar al Ministerio de Juventud y Deportes en la elaboración de una política nacional de la juventud. A la luz de la crisis política y económica del país, es necesario establecer una nueva forma de ver el papel de los jóvenes en los planes nacionales de desarrollo. El proyecto se propone lo siguiente: promover la participación de los jóvenes en el desarrollo sostenible de Malí; garantizar una educación de calidad; promover el desarrollo sociocultural; acelerar la promoción económica; y mejorar sus condiciones de vida.
27.El objetivo general de un proyecto para revisar el módulo de formación de docentes sobre la educación sexual es desarrollar la capacidad de los profesores en esa esfera de educación mediante su participación en la revisión del módulo con miras a mejorar sus conocimientos y competencias en relación con las enfermedades de transmisión sexual y el VIH/SIDA e integrar esos conocimientos en el programa de educación sexual.
28.El objetivo general de un proyecto de apoyo a niños y madres jóvenes que fueron víctimas de violencia durante la ocupación del norte de Malí por grupos armados es desarrollar la capacidad de resiliencia y recuperación de las víctimas de violencia sexual mediante la organización de actividades culturales, deportivas y artísticas, así como mediante el fortalecimiento de la capacidad de los educadores y las asociaciones que ayudan a esos niños y madres jóvenes.
Myanmar
29.La República de la Unión de Myanmar no es parte en la Convención de la UNESCO relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza. El país no presentó ningún informe con ocasión de la séptima consulta sobre las medidas adoptadas por los Estados miembros para la aplicación de la Convención y la recomendación en la materia.
30.Según el artículo 21 a) de la Constitución, todos los ciudadanos gozan del derecho a la igualdad, el derecho a la libertad y el derecho a la justicia, tal y como en ella se consagran. En el artículo 350, se establece que las mujeres tendrán los mismos derechos y el mismo salario que los hombres por un trabajo similar. Según el artículo 348, la Unión no discriminará a ningún ciudadano de Myanmar por motivos de raza, nacimiento, religión, cargo oficial, situación, cultura, sexo o patrimonio. En el artículo 352, se establece que la Unión, al nombrar o asignar funciones al personal de la administración pública, no discriminará positiva o negativamente, por motivos de raza, nacimiento, religión o sexo, a ningún ciudadano de Myanmar que reúna las calificaciones requeridas. Sin embargo, nada de lo estipulado en este artículo de la Constitución será óbice para que se designe a hombres para los puestos que sean adecuados solo para hombres. En el artículo 368, se dispone que la Unión honrará y prestará asistencia a los ciudadanos que se destaquen en el ámbito de la educación, independientemente de su raza, religión o sexo, en función de sus calificaciones.
31.En Myanmar, la educación obligatoria se extiende durante cinco años, de los cinco a los nueve años de edad. En todos los niveles, desde la enseñanza primaria a los estudios postsecundarios, el año escolar comienza en junio y finaliza en marzo. El funcionamiento del sistema educativo está a cargo del Ministerio de Educación. La enseñanza secundaria de primer ciclo y la enseñanza secundaria superior dependen del Departamento de Educación Básica. Las universidades y los institutos profesionales son administrados por los departamentos de enseñanza superior. El sistema de enseñanza se basa en el sistema británico, debido a la presencia británica de casi un siglo en Myanmar. Casi todas las escuelas son públicas, pero recientemente se ha registrado un aumento de las escuelas de financiación privada, que se especializan en el idioma inglés.
32.El objetivo de un proyecto de la UNESCO sobre programas de aprendizaje alternativos, flexibles y que tienen en cuenta las cuestiones de género, implantado en la República Democrática Popular Lao y en Myanmar, es desarrollar programas de aprendizaje flexibles y sensibles a las cuestiones de género y alentar especialmente a las niñas, las jóvenes y las mujeres a completar su enseñanza básica. Una de las actividades del proyecto es un taller de orientación estructurado en torno a: métodos pedagógicos centrados en el alumno; la medición y evaluación de los resultados del aprendizaje; la supervisión y el seguimiento de la enseñanza y el aprendizaje; la acreditación y transferencia de créditos; y la elaboración y aplicación de un plan de estudios escolar. Otra de las actividades ha sido la puesta a prueba de libros de texto, que permitió constatar, por ejemplo, que el sistema de información sobre la gestión educativa debía mejorarse a fin de vigilar mejor el número de abandonos escolares en la enseñanza media y que la calidad del profesorado debía ser considerada como una esfera prioritaria.
33.Un proyecto de la UNESCO sobre el empoderamiento de las mujeres y las niñas a través de la tecnología móvil en Myanmar ofrece a las comunidades, las escuelas y las niñas de entornos de pocos recursos, en los que suele haber una alta concentración de niñas marginadas, la oportunidad de avanzar hacia una educación del siglo XXI. Esa visión se basa en la idea de que, mediante la facilitación del acceso a Internet en las escuelas a través de redes móviles, soluciones de tecnología de la información y las comunicaciones seguras y de fácil utilización, y programas amplios de formación de docentes, se crearán oportunidades de mejorar los resultados del aprendizaje. El proyecto abarca tres programas, a saber, un programa de desarrollo profesional de los docentes, un programa de enseñanza del inglés y un programa de preparación para la vida.
34.El objetivo de un proyecto sobre programas de aprendizaje alternativos, flexibles y que tienen en cuenta las cuestiones de género, implantado en la República Democrática Popular Lao y en Myanmar, es desarrollar programas de aprendizaje flexibles y sensibles a las cuestiones de género y alentar a las niñas, las jóvenes y las mujeres para que completen su enseñanza básica. El proyecto tiene importantes repercusiones para la consecución de los objetivos de la iniciativa Educación para Todos, establecidos en el Marco de Acción de Dakar. En particular, tiene por objeto: contribuir a que las necesidades de aprendizaje de todos los jóvenes y adultos se satisfagan mediante un acceso equitativo a un aprendizaje adecuado y a programas de preparación para la vida; alcanzar la igualdad entre los géneros en la educación para 2015, poniendo especial cuidado en que las niñas tengan pleno acceso y en igualdad de condiciones a una educación básica de buena calidad y puedan aprovecharla plenamente; y eliminar las disparidades entre los géneros en la enseñanza primaria y secundaria.
Filipinas
35.Filipinas ha sido parte en la Convención de la UNESCO relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza desde el 19 de noviembre de 1964. El país no presentó ningún informe con ocasión de la séptima consulta sobre las medidas adoptadas por los Estados miembros para la aplicación de la Convención y de la recomendación en la materia.
36.En el párrafo 14 del artículo II de la Constitución, el Estado reconoce el papel de la mujer en la construcción nacional y garantiza la igualdad fundamental ante la ley de la mujer y el hombre. Según el párrafo 1 del artículo XIII de la Constitución, el Congreso dará máxima prioridad a la promulgación de medidas para proteger y fortalecer el derecho de todas las personas a la dignidad humana, reducir las desigualdades sociales, económicas y políticas, y eliminar las desigualdades culturales mediante la distribución equitativa de la riqueza y el poder político para el bien común. Se establece que el Estado protegerá a la mujer trabajadora brindándole condiciones de trabajo seguras y saludables, que tengan en cuenta sus funciones como madres, y las facilidades y oportunidades necesarias para mejorar su bienestar y permitirles alcanzar su pleno potencial al servicio de la nación.
37.En el artículo XIV, párrafo 1, se estipula que el Estado deberá proteger y promover el derecho de todos los ciudadanos a una educación de calidad en todos los niveles y tomar las medidas apropiadas para que esa educación esté al alcance de todos. En Filipinas, la educación obligatoria dura 13 años, de los cinco a 17 años de edad. En todos los niveles, desde la enseñanza primaria a los estudios postsecundarios, el año escolar comienza en junio y finaliza en marzo. El sistema educativo está inspirado en el de los Estados Unidos de América y el inglés es el principal medio de instrucción. La administración y la supervisión del sistema escolar son responsabilidad del Departamento de Educación, que tiene una oficina en cada una de las 13 regiones del país. El Departamento está organizado en dos componentes principales: la Oficina Central, que está a cargo de administrar la enseñanza básica a nivel nacional, y las oficinas sobre el terreno, que se encargan de coordinar la aplicación local y regional del mandato del Departamento.
38.En una iniciativa conjunta de la UNESCO y el Marco Unificado de Presupuesto, Resultados y Rendición de Cuentas del Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA, se está ejecutando un proyecto amplio de educación sexual que aborda temas como el VIH, las drogas y las prácticas sexuales de riesgo y está dirigido a jóvenes en lugares de reclusión o no escolarizados en Indonesia y Filipinas. Su objetivo es adaptar las directrices internacionales sobre educación sexual como prioridad en la aplicación de la educación preventiva sobre el VIH en un contexto local, para lo cual se elaboran manuales complementarios para facilitadores a fin de que impartan capacitación sobre educación sexual integral a jóvenes sin escolarizar y jóvenes en lugares de reclusión.
Trinidad y Tabago
39.Trinidad y Tabago no es parte en la Convención de la UNESCO relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza. El país no presentó ningún informe con ocasión de la séptima consulta sobre las medidas adoptadas por los Estados miembros para la aplicación de la Convención y de la recomendación en la materia.
40.En virtud del artículo 4 de la Constitución, en Trinidad y Tabago se han respetado y se siguen respetando, sin discriminación por motivos de raza, origen, color, religión o sexo, los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluidos el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley y a la protección de la ley, y el derecho a recibir un trato igual de cualquier autoridad pública en el ejercicio de sus funciones.
41.En Trinidad y Tabago, la educación obligatoria se extiende durante seis años, de los seis a los 11 años de edad. En todos los niveles, desde la enseñanza primaria a los estudios postsecundarios, el año escolar comienza en septiembre y finaliza en julio. El sistema educativo de Trinidad y Tabago es un reflejo del sistema de educación británico. El Consejo de Ministros determina las políticas y las inversiones estratégicas. El Ministerio de Educación administra indirectamente las escuelas públicas de primaria y secundaria. Las escuelas confesionales y las que reciben asistencia del gobierno son administradas generalmente por juntas escolares especiales, pero son supervisadas por el Ministerio. Las instituciones de estudios postsecundarios y terciarios son supervisadas por separado.
42.Un proyecto de la UNESCO sobre el estudio de la disparidad de género en la detección y el apoyo de los alumnos con necesidades educativas especiales tiene por objeto ayudar a los docentes y formadores de docentes a tener más confianza y habilidad en su propia práctica, alentándolos a utilizar los recursos de las personas que los rodean, incluidos sus alumnos, a fin de estimular su reflexión en torno a las dificultades que se plantean en sus aulas.
Turquía
43.Turquía no es parte en la Convención de la UNESCO relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza. El país presentó un informe el 26 de diciembre de 2006 con ocasión de la séptima consulta sobre las medidas adoptadas por los Estados miembros para la aplicación de la Convención y la recomendación en la materia. En el informe se menciona, entre otras cosas, que la enseñanza técnica y profesional se considera parte del sistema nacional de educación y se estructura de la forma consignada en la Ley Básica de Educación Nacional.
44.Según el artículo 10 de la Constitución, todas las personas son iguales ante la ley, sin distinción alguna por motivos de idioma, raza, color, sexo, opinión política, convicción filosófica, religión, secta o cualquier otra consideración. Los hombres y las mujeres tienen los mismos derechos. El Estado tiene la obligación de velar por que esa igualdad se haga realidad en la práctica. Las medidas adoptadas con tal fin no se interpretarán como contrarias al principio de la igualdad. De conformidad con el artículo 41, la familia es el fundamento de la sociedad turca y está basada en la igualdad entre los cónyuges.
45.Según el artículo 42, la enseñanza primaria es obligatoria para todos los ciudadanos de ambos sexos y es gratuita en las escuelas públicas. En Turquía, la educación obligatoria se extiende durante 12 años, de los seis a los 17 años de edad. En todos los niveles, desde la enseñanza primaria a los estudios postsecundarios, el año escolar comienza en septiembre y finaliza en junio. Salvo en las instituciones extranjeras y en aquellas que tienen una autorización especial, debe enseñarse el turco como lengua materna. Turquía tiene una estructura de gobernanza muy centralizada en la que la política educativa está dirigida por el Ministerio de Educación Nacional y, en el nivel terciario, por el Consejo de Enseñanza Superior. La educación se financia con fondos públicos, pero las escuelas pueden recibir contribuciones de los padres a través de las asociaciones que establezcan con estos.
Uruguay
46.El Uruguay ha sido parte en la Convención de la UNESCO relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza desde el 3 de mayo de 2004. El país no presentó ningún informe con ocasión de la séptima consulta sobre las medidas adoptadas por los Estados miembros para la aplicación de la Convención y la recomendación en la materia.
47.La Constitución establece, en su artículo 8, que todas las personas son iguales ante la ley, no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes.
48.En el Uruguay, la educación obligatoria se extiende durante 14 años, de los cuatro a los 17 años de edad. El sistema educativo uruguayo ha funcionado históricamente con un alto nivel de centralización funcional y territorial. Además, el sistema tiene un diseño institucional diferente al de las normas internacionales. Una institución independiente, la Administración Nacional de Educación Pública, y no del Ministerio de Educación y Cultura, es responsable de la formulación, la aplicación y la gestión de las políticas educativas en la educación obligatoria. Las responsabilidades del Ministerio se limitan a la regulación de la educación privada en los niveles preescolar y terciario, el establecimiento de directrices generales, la difusión de información estadística y la organización del sistema educativo.
49.Un proyecto de la UNESCO de tres años de duración, titulado “Uruguay unido para poner fin a la violencia hacia mujeres, niñas y adolescentes”, tiene por objeto mejorar la calidad de las políticas públicas y repercutir en la eficacia de su aplicación. El proyecto ha suministrado apoyo a periodistas de todo el Uruguay para que adquieran las competencias necesarias para mejorar la cobertura de la violencia por razón de género. Las herramientas elaboradas por el proyecto están a disposición de los periodistas del Uruguay y siguen utilizándose.
Anexo
Estadísticas de educación en cada uno de los países que presentan informes al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en su 64º período de sesiones: tasa bruta de matriculación de mujeres y hombres e índice de paridad entre los géneros
|
Tasa bruta de matriculación en la enseñanza primaria |
Tasa bruta de matriculación en la enseñanza primaria, índice de paridad entre los géneros |
Tasa bruta de matriculación en la enseñanza secundaria |
Tasa bruta de matriculación en la enseñanza secundaria, índice de paridad entre los géneros |
Tasa bruta de matriculación en la educación terciaria |
Tasa bruta de matriculación en la educación terciaria, índice de paridad entre los géneros |
|||||
|
País |
Año |
Mujeres |
Hombres |
Mujeres |
Hombres |
Mujeres |
Hombres |
|||
|
Albania |
2009 |
96,20 |
98,76 |
0,97 |
86,38 |
84,51 |
1,02 |
39,20 |
28,02 |
1,40 |
|
2010 |
97,70 |
100,24 |
0,97 |
87,97 |
88,82 |
0,99 |
52,38 |
37,50 |
1,40 |
|
|
2011 |
100,27 |
103,25 |
0,97 |
89,30 |
92,29 |
0,97 |
58,73 |
41,68 |
1,41 |
|
|
2012 |
103,17 |
106,27 |
0,97 |
90,56 |
94,78 |
0,96 |
68,86 |
49,36 |
1,40 |
|
|
2013 |
106,15 |
109,29 |
0,97 |
92,84 |
98,64 |
0,94 |
73,37 |
52,71 |
1,39 |
|
|
2014 |
111,17 |
113,70 |
0,98 |
92,61 |
100,03 |
0,93 |
73,83 |
52,43 |
1,41 |
|
|
2015 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
Francia |
2009 |
108,42 |
109,70 |
0,99 |
111,22 |
111,14 |
1,00 |
61,73 |
48,38 |
1,28 |
|
2010 |
107,61 |
108,88 |
0,99 |
111,66 |
111,00 |
1,01 |
63,94 |
50,55 |
1,26 |
|
|
2011 |
107,53 |
107,90 |
1,00 |
111,47 |
110,99 |
1,00 |
64,84 |
51,46 |
1,26 |
|
|
2012 |
106,19 |
106,26 |
1,00 |
111,74 |
111,60 |
1,00 |
66,83 |
53,36 |
1,25 |
|
|
2013 |
105,36 |
105,91 |
0,99 |
111,34 |
110,56 |
1,01 |
68,69 |
55,77 |
1,23 |
|
|
2014 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
2015 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
Malí |
2009 |
75,66 |
88,43 |
0,86 |
28,92 |
43,15 |
0,67 |
3,47 |
8,14 |
0,43 |
|
2010 |
77,07 |
88,75 |
0,87 |
31,88 |
45,36 |
0,70 |
3,56 |
8,41 |
0,42 |
|
|
2011 |
78,55 |
89,15 |
0,88 |
33,78 |
47,28 |
0,71 |
4,03 |
8,55 |
0,47 |
|
|
2012 |
75,84 |
85,66 |
0,89 |
– |
– |
– |
4,07 |
9,55 |
0,43 |
|
|
2013 |
– |
– |
– |
36,60 |
45,78 |
0,80 |
– |
– |
– |
|
|
2014 |
72,98 |
81,23 |
0,90 |
37,37 |
49,39 |
0,76 |
– |
– |
– |
|
|
2015 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
Myanmar |
2009 |
96,28 |
97,80 |
0,98 |
48,35 |
47,58 |
1,02 |
– |
– |
– |
|
2010 |
96,32 |
97,12 |
0,99 |
49,32 |
46,97 |
1,05 |
– |
– |
– |
|
|
2011 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
16,25 |
12,09 |
1,34 |
|
|
2012 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
14,91 |
12,14 |
1,23 |
|
|
2013 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
2014 |
98,29 |
101,01 |
0,97 |
51,95 |
50,65 |
1,03 |
– |
– |
– |
|
|
2015 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
Filipinas |
2009 |
108,64 |
109,09 |
1,00 |
87,63 |
81,02 |
1,08 |
31,82 |
25,71 |
1,24 |
|
2010 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
33,14 |
26,49 |
1,25 |
|
|
2011 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
34,25 |
27,69 |
1,24 |
|
|
2012 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
34,55 |
28,16 |
1,23 |
|
|
2013 |
116,86 |
116,78 |
1,00 |
92,68 |
84,39 |
1,10 |
37,56 |
29,81 |
1,26 |
|
|
2014 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
40,27 |
31,42 |
1,28 |
|
|
2015 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
Trinidad y Tabago |
2009 a |
104,50 a |
108,51 a |
0,96 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
2010 |
104,31 |
107,96 |
0,97 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
2011 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
2012 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
2013 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
2014 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
2015 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
Turquía |
2009 |
99,42 |
101,36 |
0,98 |
76,14 |
83,52 |
0,91 |
40,64 |
51,69 |
0,79 |
|
2010 |
100,81 |
102,26 |
0,99 |
80,46 |
87,84 |
0,92 |
50,20 |
61,69 |
0,81 |
|
|
2011 |
100,72 |
101,71 |
0,99 |
84,47 |
92,02 |
0,92 |
55,42 |
65,92 |
0,84 |
|
|
2012 |
97,88 |
99,31 |
0,99 |
82,81 |
87,32 |
0,95 |
63,70 |
74,78 |
0,85 |
|
|
2013 |
106,51 |
107,20 |
0,99 |
112,74 |
116,44 |
0,97 |
72,90 |
84,91 |
0,86 |
|
|
2014 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
2015 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
Uruguay |
2009 |
111,36 |
115,30 |
0,97 |
95,80 |
84,56 |
1,13 |
80,61 |
46,44 |
1,74 |
|
2010 |
110,19 |
113,88 |
0,97 |
96,20 |
84,61 |
1,14 |
80,32 |
46,53 |
1,73 |
|
|
2011 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
2012 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
2013 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
2014 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
|
|
2015 |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
– |
Nota: El guion indica que no se dispone de datos.
aSobre la base de estimaciones nacionales.