Comité de los Derechos del Niño
101 er período de sesiones
Ginebra, 1 al 28 de septiembre de 2026
Tema 4 del programa provisional
Examen de los informes de los Estados Partes
Respuestas de Burkina Faso a la listade cuestiones relativa a sus informesperiódicos quinto y sexto combinados *
[Fecha de recepción: 9 de julio de 2026]
Primera parte
Respuestas a la lista de cuestiones (CRC/C/BFA/Q/5-6)
Respuesta al párrafo 2a)
1.En este momento, sigue en curso la revisión del Código de Protección de la Infancia. No obstante, la Ley núm. 015-2014/AN sobre la protección de los niños en conflicto con la ley o en situación de riesgo se aplica en caso necesario. Este marco se ajusta a la Convención sobre los Derechos del Niño, ya que incorpora numerosos principios de la Convención.
Respuesta al párrafo 2 b)
2.El Consejo Nacional de la Infancia no ha sido suprimido, pero sí su Secretaría Permanente, con el fin de racionalizar los recursos debido a la situación de seguridad. No obstante, todas sus atribuciones se han transferido a la Dirección General de Familia e Infancia, de conformidad con el artículo 69 del Decreto núm. 2024‑1601/PRES/PM/MAHSN, de 18 de diciembre de 2024, relativo a la organización del Ministerio de Acción Humanitaria y Solidaridad Nacional.
3.En lo que respecta a los recursos humanos y técnicos, todo el personal de la Dirección General, otras entidades del Ministerio y los demás ministerios implicados contribuyen a la consecución de los objetivos del Consejo.
4.En cuanto a los recursos financieros, el presupuesto del Estado ha experimentado un aumento significativo, al pasar de 2.317.461.000 en 2022 a 5.514.157.000 francos CFA en 2023, en el marco del programa Infancia y Familia. En 2026, la plantilla está compuesta por 92 personas, de las cuales 24 son mujeres.
Respuesta al párrafo 2 c)
5.Una vez concluida la aplicación de la Estrategia Nacional de Protección de la Infancia y su plan de acción, se está llevando a cabo una evaluación, a la que seguirá un nuevo marco de referencia que tendrá en cuenta tanto la protección de la familia como la de la infancia.
Respuesta al párrafo 3 a)
6.Burkina Faso aprobó el 24 de marzo de 2016 la Ley núm. 001-2016/AN por la que se creaba una Comisión Nacional de Derechos Humanos, modificada por la Ley núm. 002‑2021/AN, de 30 de marzo de 2021, que le confiere la condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, además de institución nacional independiente encargada de la promoción, protección y defensa de los derechos humanos. Este doble mandato se extiende igualmente a la protección de los derechos del niño.
7.Asimismo, la Comisión Nacional de Derechos Humanos es una autoridad pública independiente dotada de personalidad jurídica. Goza de autonomía administrativa y financiera. Cuenta con una sede y una dotación de 79 personas en 2025, frente a las 69 de 2024, de las cuales 25 son mujeres y 6 son personas con discapacidad.
8.La Comisión Nacional de Derechos Humanos cuenta con un presupuesto, asignado por el Estado, que pasó de 458.112.000 francos CFA en 2024 a 484.664.000 francos CFA en 2025.
9.Desde julio de 2025 se han puesto en marcha una serie de gestiones con el fin de que la institución obtenga la acreditación con categoría “A” ante la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos.
Respuesta al párrafo 3 b)
10.Desde 2019, Burkina Faso aplica una presupuestación sensible a las cuestiones género y a los derechos del niño. Este enfoque ha permitido reforzar la incorporación de los derechos del niño en los programas presupuestarios del Estado, cuya dotación pasó de 41.180 millones de francos CFA en 2019 a 89.400 millones en 2020 y, posteriormente, a 103.320 millones en 2021. La mayor parte de estas inversiones se destinó a los sectores de la educación, la salud y la protección social.
11.En el ámbito financiero, en 2025, la ejecución de las actividades del Ministerio de Familia y Solidaridad relacionadas con las cuestiones de género y los derechos del niño dio lugar a unos gastos totales de 15.491.926.000 francos CFA, frente a una previsión de 18.589.007.000 francos CFA, lo que representa una tasa de ejecución del 92,38 %.
12.En 2025, los gastos correspondientes a la presupuestación con perspectiva de género ascendieron a 11.693.271.000 francos CFA, frente a una previsión de 12.150.535.000 francos CFA, lo que corresponde a una tasa de ejecución del 96,24 %.
13.En lo que respecta a las cuestiones de género y los derechos del niño, las tasas de ejecución física fueron, respectivamente, del 67,21 % y del 105,57 % en 2025.
14.En cuanto a la cuestión de los derechos del niño, se registró una ejecución financiera de 3.798.655.000 francos CFA frente a una previsión de 6.438.472.000 francos CFA, lo que representa una tasa de ejecución del 92,53 %.
Respuesta al párrafo 3 c)
15.Burkina Faso ha reforzado su mecanismo de recopilación de datos sobre los derechos del niño mediante la consolidación de los sistemas sectoriales en ámbitos clave como la salud, la educación y la protección de la infancia. Se han logrado avances en la elaboración de datos desglosados por edad, sexo y zona geográfica, lo que permite un mejor seguimiento de la situación de los niños y de las políticas públicas.
16.No obstante, se está estableciendo un sistema permanente, integrado y plenamente armonizado que abarque el conjunto de los derechos consagrados en la Convención.
Respuesta al párrafo 3 d)
17.En Burkina Faso, la garantía del acceso de los niños a la justicia y a mecanismos de recurso se basa en la especialización de los actores y en el refuerzo de los mecanismos de protección, en particular mediante la creación de brigadas de protección de la infancia dentro de la policía, así como de servicios de acción social que facilitan la notificación de los casos, la derivación y la atención de los niños en situación de vulnerabilidad o en conflicto con la ley.
18.El marco legislativo, respaldado por la Ley núm. 015-2024 y los textos que regulan los tribunales de menores —como la Ley de organización judicial de Burkina Faso—, prevé procedimientos simplificados y medidas de derivación (medidas de seguridad) destinadas a anteponer el interés superior del niño y su educación a la sanción penal.
Respuesta al párrafo 3 e)
19.Burkina Faso hace hincapié en la celebración de reuniones de concertación entre los actores estatales, las organizaciones de la sociedad civil y el sistema de las Naciones Unidas para abordar las cuestiones relacionadas con la protección de la infancia. Al respecto, esos actores pudieron establecer, en septiembre de 2022, un Protocolo de Entendimiento relativo al Traslado y Cuidado de los Niños Encontrados durante la Ejecución de Operaciones de Seguridad en el Territorio.
20.Además de esta medida principal, se han adoptado otras medidas. Entre ellas figuran las siguientes:
a)La creación de espacios de diálogo periódico entre autoridades locales, las Fuerzas Armadas Nacionales y las Fuerzas de Seguridad Interior y los líderes comunitarios;
b)La aplicación de doctrinas de seguridad pública centradas en el contacto directo y la colaboración con los ciudadanos;
c)La integración de las organizaciones de la sociedad civil en las redes de recopilación y análisis de información sobre amenazas;
d)La financiación de iniciativas de estabilización económica impulsadas por las organizaciones de la sociedad civil para limitar el reclutamiento de jóvenes por los terroristas;
e)El establecimiento de un marco de concertación periódica entre las Fuerzas Armadas Nacionales y las Fuerzas de Seguridad Interior, las autoridades locales y las organizaciones de la sociedad civil para gestionar las alertas tempranas;
f)La sensibilización de la población sobre los derechos del niño y los mecanismos de alerta.
Respuesta al párrafo 3 f)
21.Burkina Faso ha adoptado un enfoque soberanista en lo que respecta a la financiación de su desarrollo, sin por ello rechazar la cooperación con sus asociados técnicos y financieros. Así, el Plan Nacional de Desarrollo 2026-2030 y el Documento de Programación Presupuestaria y Económica Plurianual 2026-2028 elevan explícitamente la soberanía y el liderazgo nacional a la categoría de principios rectores de la acción pública. El Estado debe seguir teniendo el control de las decisiones estratégicas, la dirección de las políticas públicas y la asignación de los recursos nacionales mediante la movilización de los recursos internos. A modo de ejemplo, véase la respuesta a la pregunta núm. 3 b).
Respuesta al párrafo 4 a)
22.El nuevo Código de la Persona y la Familia fue aprobado por la Asamblea Legislativa de Transición en virtud de la Ley núm. 012-2025/ALT, de 1 de septiembre de 2025, y promulgado por el Decreto núm. 2025-1232/PF, de 25 de septiembre de 2025.
23.En lo que respecta a la armonización de la edad mínima para contraer matrimonio, el artículo 221-1 de ese mismo Código establece que el matrimonio solo puede celebrarse entre un hombre y una mujer que hayan cumplido los 18 años, salvo dispensa judicial por motivos graves y en interés de los futuros cónyuges. Esta dispensa por edad no puede concederse a los menores de 16 años.
24.La mayoría de edad a efectos civiles se alcanza al cumplir los 18 años.
Respuesta al párrafo 4 b)
25.En Burkina Faso, se han adoptado medidas para combatir los matrimonios forzados de niños. De hecho, el artículo 531-4 del Código Penal permite sancionar los casos de matrimonio infantil. A modo de ejemplo, entre 2019 y 2022, 67 personas fueron juzgadas y condenadas por matrimonio infantil.
26.Asimismo, en lo que respecta a la atención a las víctimas de matrimonio infantil, existen centros de atención y familias de acogida para las víctimas de violencia de género destinados a ese fin.
27.Además, cabe mencionar el Programa Global contra el Matrimonio Infantil (2024‑2030) y el subproyecto SUKAABE REWBE del Programa SWEDD+ (2024-2028), cuya ejecución ha reforzado las medidas encaminadas a luchar contra el matrimonio infantil.
28.En materia de prevención, las campañas de sensibilización sobre los derechos del niño, entre ellas las relativas al matrimonio infantil, han llegado a 4.486.908 personas. Asimismo, gracias a los espacios seguros, se han reforzado las competencias para la vida de 59.826 adolescentes. Por otra parte, la creación de espacios seguros en los emplazamientos de los desplazados internos y en las aldeas de reasentamiento, así como la integración de los aspectos de seguridad y humanitarios en el programa de los espacios seguros, constituyen estrategias inclusivas y de mitigación.
29.Todos estos esfuerzos han dado lugar a una disminución de los matrimonios infantiles. De hecho, la Encuesta Demográfica y de Salud de 2010 indica que el 53 % de las mujeres de entre 20 y 24 años vivían en unión antes de cumplir los 18 años, frente al 38,2 % que, según la misma encuesta de 2021, se habían casado antes de esa edad.
Respuesta al párrafo 4 c)
30.En Burkina Faso, la no discriminación es el primer principio jurídico consagrado en la Constitución, que establece en su artículo 1 que todos los burkineses nacen libres e iguales en derechos. Todos tienen el mismo derecho a disfrutar de todos los derechos y libertades garantizados por la Constitución. Además, quedan prohibidas las discriminaciones de todo tipo, en particular por motivos de raza, etnia, región, color, sexo, idioma, religión, casta, opiniones políticas, posición económica y nacimiento. Por ello, el artículo 1 de la Constitución se ajusta al artículo 2 de la Convención.
Respuesta al párrafo 4 d)
31.El nuevo Código de la Persona y la Familia fija en 18 años la edad mínima para contraer matrimonio, tanto para hombres como para mujeres.
32.La aplicación de las estrategias nacionales de lucha contra el matrimonio infantil y la mutilación genital femenina permite reducir las prácticas discriminatorias contra las niñas, lo que favorece su empoderamiento socioeconómico.
33.En el ámbito penal, el Código Penal castiga con una pena de prisión de entre seis meses y tres años y una multa de entre 300.000 y 3.000.000 de francos CFA todo discurso o escrito público que justifique o pretenda justificar cualquier manifestación de discriminación, de odio, de intolerancia o de violencia, por cualquier motivo, contra una persona o un grupo de personas…
34.El acceso a los servicios de atención relacionada con el VIH sin discriminación ni estigmatización es un derecho reconocido a las personas que viven con el VIH y a los huérfanos y niños vulnerables en los instrumentos internacionales y la legislación nacional destinados a eliminar la discriminación y la estigmatización relacionadas con el VIH en los centros de salud y en la comunidad en general.
35.La ejecución del Marco Estratégico Nacional 2021-2025 ha permitido realizar un estudio sobre el índice de estigma, sensibilizar a las personas que viven con el VIH y formar a líderes de opinión, oficiales de la policía judicial y agentes dedicados a la lucha contra la estigmatización y la discriminación y a la promoción del respeto de los derechos.
Respuesta al párrafo 4 e)
36.Al aprobar el nuevo Código de la Persona y la Familia, Burkina Faso opta oficialmente por tipificar como delito las prácticas homosexuales estableciendo que la homosexualidad y las prácticas asimiladas están prohibidas. Se castiga con una pena de prisión de dos a cinco años y una multa de entre dos millones (2.000.000) a diez millones (10.000.000) de francos CFA a toda persona que cometa actos de homosexualidad o prácticas asimiladas, o cualquier comportamiento que pueda promover las prácticas homosexuales y asimiladas. En la legislación también se prevé que, en caso de reincidencia, las penas se duplicarán.
37.Cuando el acusado sea de otra nacionalidad, podrá decretarse, además, su expulsión del territorio nacional (artículo 210-3).
Respuesta al párrafo 5 a)
38.En Burkina Faso se respeta el principio del interés superior del niño mediante la aplicación de diversos marcos de referencia y el establecimiento de espacios de expresión para los niños.
39.Asimismo, nuestro país inició en 2025 la elaboración de procedimientos operativos estándar para determinar el interés superior del niño migrante.
40.Además, en 2021 se elaboró un manual práctico sobre disciplina positiva dirigido a los padres, que fomenta la participación de cada niño en su educación.
Respuesta al párrafo 5 b)
41.El Estado de Burkina Faso fomenta la participación de los niños en las instancias decisorias. Con ese fin, se creó el Parlamento de los Niños como órgano consultivo para prestar asistencia a las autoridades públicas y a cualquier otra organización en las cuestiones que afectan a los niños. No obstante, de conformidad con sus estatutos y reglamentos, el mandato de los órganos del Parlamento de los Niños constituidos en 2018 había llegado a su fin y su renovación debía tener lugar en junio de 2021. El Ministro de Familia y Solidaridad ha emitido una nota por la que se prorroga el mandato de los órganos del Parlamento, a la espera de su renovación. Esta alternativa permite identificar qué niños y niñas podrían participar en los principales encuentros sobre las cuestiones que les afectan.
42.Además, en el contexto actual de nuestro país, hasta la fecha no se ha denunciado ningún acto de represalia contra un niño por expresar su opinión.
Respuesta al párrafo 5 c)
43.Con el fin de reducir el número de niños víctimas de accidentes de tráfico, se ha adoptado una serie de medidas. Se trata, entre otras, de las siguientes:
a)El refuerzo de las medidas sancionadoras de infracciones de tráfico, lo que ha permitido reducir el número de accidentes;
b)La instalación de badenes o resaltos para obligar a los conductores a moderar la velocidad en las zonas frecuentadas principalmente por niños;
c)El despliegue de agentes de seguridad y de voluntarios auxiliares de seguridad en las inmediaciones de los centros escolares para facilitar el cruce de los niños;
d)La instalación de cámaras de vigilancia en determinados tramos de carretera;
e)La sensibilización sobre el respeto del código de circulación y el uso del casco;
f)La incorporación de la educación vial en los planes de estudios de educación preescolar, primaria y secundaria.
Respuesta al párrafo 5 d)
44.Mediante la aprobación de la Ley núm. 041-2023/ALT, de 21 de noviembre de 2021, el Gobierno ha reforzado la vigilancia del espacio digital, en particular a través del Consejo Superior de la Comunicación, con el fin de luchar contra la desinformación, ampliando su ámbito de competencia al contenido de las publicaciones de cualquier bloguero, activista o influencer que cuente con al menos 10.000 suscriptores en línea. Con este fin, el Consejo Superior de la Comunicación ha publicado un código de conducta y ha organizado una campaña itinerante de sensibilización sobre las noticias falsas, el discurso de odio y la violencia en las redes sociales, dirigida a los profesionales de los medios de comunicación y a la población en general. La campaña se llevó a cabo en todas las regiones del país. Esta medida jurídica refuerza la protección de los niños frente a los contenidos inapropiados.
45.Por otra parte, el Gobierno aprobó el 30 de julio de 2025 un proyecto de ley relativo al código de la prensa y la comunicación audiovisual. Este proyecto de ley, que se ha remitido a la Asamblea Legislativa de Transición, prevé una serie de reformas, a saber: la unificación de la legislación sobre los medios de comunicación, la incorporación de las tecnologías de la información y las comunicaciones, el refuerzo de la obligación de rendir cuentas de los medios de comunicación y la modernización del sector audiovisual. En particular, prevé una mejor regulación de los contenidos difundidos por los medios de comunicación con el fin de proteger al público vulnerable, especialmente a los niños, frente a contenidos que puedan perjudicar su desarrollo o bienestar.
Respuesta al párrafo 6 a)
46.En Burkina Faso, la inscripción de los nacimientos es gratuita. Esta medida tiene por objeto fomentar la inscripción de todos los niños dentro de los plazos legales y garantizar su derecho a una identidad jurídica. Con este fin, Burkina Faso ha modernizado el sistema de registro civil mediante la adquisición de equipos informáticos y vehículos para facilitar los desplazamientos de los equipos móviles, especialmente en las zonas rurales de difícil acceso, a fin de acercar los servicios a las poblaciones alejadas de las oficinas de registro civil. Además, se llevan a cabo periódicamente campañas nacionales de sensibilización para informar a las familias sobre la importancia de inscribir los nacimientos. El proceso de digitalización del registro de nacimientos está en marcha. Todas estas medidas han permitido mejorar la inscripción de nacimientos en Burkina Faso, cuya tasa se estima que superó el 85 % en 2015.
47.Burkina Faso ha creado la Comisión Nacional de Refugiados con el fin de garantizar la protección efectiva de los derechos de los solicitantes de asilo y los refugiados, facilitar el acceso al territorio a los solicitantes de asilo, registrar las solicitudes de asilo y expedir los documentos correspondientes, examinar las solicitudes de asilo y reconocer la condición de refugiado, garantizar la protección internacional de los refugiados y promover la búsqueda de soluciones duraderas en su beneficio. Con este fin, la Comisión Nacional de Refugiados se encarga del registro continuo de los refugiados y los solicitantes de asilo en Uagadugú y en sus delegaciones locales de Dori, Djibo, Ouahigouya y Bobo-Dioulasso. A lo largo del año 2025, expidió un total de 6.338 documentos de identidad, incluidos los expedidos a niños.
Respuesta al párrafo 6 b)
48.No se dispone de datos.
Respuesta al párrafo 6 c)
49.Entre 2021 y 2025, Burkina Faso ha logrado avances en la expedición de partidas de nacimiento a los niños en situación de vulnerabilidad gracias a las campañas extraordinarias de inscripción y a la modernización del registro civil.
50.En lo que respecta al ámbito de la educación, la falta de una partida de nacimiento ya no supone un obstáculo para la inscripción de un niño en la escuela. Muy a menudo, esta inscripción supone una oportunidad importante para obtener la resolución judicial necesaria para la inscripción extemporánea del nacimiento, mediante la organización de sesiones especiales de expedición de partidas de nacimiento en colaboración con los servicios competentes de las prefecturas y los ayuntamientos, con el fin de regularizar la situación de los alumnos que carecen de ese documento.
Respuesta al párrafo 6 d)
51.El Código de la Persona y la Familia entró en vigor el 25 de septiembre de 2025 en virtud del Decreto núm. 2025-1232/PF.
Respuesta al párrafo 7 a)
52.En el ámbito jurídico, cabe destacar la promulgación del Decreto núm. 2020‑0259/PRES/PM/MADTC/MSECU/MJ/MINEFID/MENAPLN, de 7 de abril de 2020, por el que se modifica el Decreto núm. 2016‑926/PRES/PM/MATDSI/MJDHPC/MINEFID/MENA, de 3 de octubre de 2016, de Protección del Ámbito Escolar. De conformidad con este decreto, quedan prohibidas las actividades que puedan perjudicar la salud o la integridad moral de los alumnos, o influir negativamente en su desarrollo psíquico, tanto dentro de los recintos escolares como en sus inmediaciones. Según este decreto, se consideran atentados contra la integridad moral a los alumnos las agresiones físicas contra un alumno y los insultos, entre otros actos. Asimismo, la Orden núm. 2018-317/MENA/SG, de 26 de septiembre de 2018, por la que se aprueba el reglamento interno de los centros de educación posprimaria y secundaria, prohíbe los juegos violentos, las peleas y los insultos en los centros educativos y en los entornos de aprendizaje. Asimismo, prohíbe introducir en los establecimientos armas como cuchillos, navajas, tirachinas, dardos y armas de fuego; juguetes peligrosos, como petardos; objetos de valor; grandes cantidades de dinero; e imágenes de carácter pornográfico, en cualquier soporte. También están prohibidos el acoso sexual, los tocamientos, las relaciones sexuales y cualquier acto constitutivo de violación.
53.Además, el Decreto núm. 2018-236/PM/MEBA/MESSRS/MASSN/MATM, de 8 de mayo de 2018, por el que se regula la educación primaria, prohíbe expresamente, en su artículo 66, los castigos corporales en la escuela.
54.Por otra parte, el artículo 533-14 del Código Penal castiga con una pena de prisión de entre cinco y diez años y una multa de entre 900.000 y 5.000.000 de francos CFA a toda persona que trabaje en la enseñanza o en cualquier otro sistema educativo por mantener relaciones sexuales con un alumno, aprendiz o becario menor de edad, sea cual sea su sexo. Si como consecuencia de esa relación sexual se produce el embarazo de la alumna, la aprendiz o la becaria, la pena de prisión será de siete a diez años y la multa, de 3.000.000 a 6.000.000 de francos CFA. Además, el tribunal competente podrá dictar una inhabilitación para ejercer la profesión de docente o de miembro del sistema educativo durante un período que no podrá exceder de cinco años. Además, el artículo 532-12 establece que se castigará con una pena de prisión de dos a seis meses y con una multa de 300.000 a 1.500.000 francos CFA a toda persona culpable de excluir del entorno familiar a una joven que esté embarazada o que se niegue a contraer un matrimonio forzado.
55.Otras medidas que se llevan a cabo son la sensibilización sobre los derechos del niño, la disciplina positiva y la prevención de las distintas formas de violencia en el ámbito escolar a través de las dependencias del Ministerio de Educación, los servicios de protección de la infancia y los asociados técnicos y financieros.
56.Además del marco jurídico y de los mecanismos de seguimiento, Burkina Faso está desarrollando enfoques educativos y psicosociales innovadores que constituyen alternativas a los castigos corporales y a todas las formas de violencia contra los niños.
Respuesta al párrafo 7 b)
57.Burkina Faso aplica un enfoque sistémico en materia de protección de la infancia y cuenta con redes de protección infantil a nivel nacional, regional, provincial, municipal y en las aldeas y los sectores. Además, existen centros de acogida temporal, centros de lucha contra la violencia de género, centros para madres e hijos y hogares para embarazadas, entre otros.
58.c) Para proteger mejor a los niños en este contexto de inseguridad, Burkina Faso ha firmado un protocolo de entendimiento con el sistema de las Naciones Unidas sobre el traslado y atención de los niños encontrados durante las operaciones de seguridad en el territorio.
59.Además del protocolo, Burkina Faso ha elaborado un manual para la atención y la reinserción de esos niños, dirigido a los trabajadores sociales y otros actores que intervienen en este ámbito.
60.Se están ejecutando otras medidas de protección de la infancia en el teatro de operaciones militares. Cabe mencionar las siguientes:
a)La sensibilización y la formación dirigidas a las Fuerzas Armadas Nacionales y las Fuerzas de Seguridad Interior acerca de los derechos de grupos específicos, en particular los derechos del niño, y de la atención que debe prestárseles;
b)La continuación de los esfuerzos para asegurar las zonas con graves problemas de seguridad;
c)La intervención para poner a salvo y evacuar a los niños de las zonas de operaciones;
d)La entrega de los niños encontrados durante la ejecución de operaciones de seguridad en el territorio a los organismos competentes del Ministerio de Familia y Solidaridad;
e)La contribución a la educación de los niños, permitiéndoles continuar su escolaridad, sensibilizándolos sobre el civismo y enseñándoles oficios.
Respuesta al párrafo 8 a)
61.Las principales dificultades en el seguimiento de los niños víctimas de malos tratos o negligencia son las siguientes:
a)El escaso número de denuncias de casos de violencia y malos tratos;
b)La insuficiente asignación de recursos financieros para la atención de los niños víctimas de violencia y malos tratos;
c)La escasa incorporación por parte de la población de los conceptos de educación parental y de parentalidad positiva;
d)La necesidad de reforzar la coordinación y la colaboración entre los distintos actores.
Respuesta al párrafo 8 b)
62.En Burkina Faso, la poligamia es una de las formas de matrimonio, por lo que no está prohibida. El artículo 210-5 del Código de la Persona y la Familia establece que el matrimonio se celebra en forma monógama o polígama.
63.Habida cuenta de las disposiciones del Código, la poligamia no puede considerarse una práctica discriminatoria.
Respuesta al párrafo 9 a)
64.En lo que respecta a la atención institucional de los niños privados del cuidado familiar, Burkina Faso cuenta con 84 centros de acogida para niños en situación de desamparo y 459 familias de acogida autorizadas.
65.Para evitar que los niños sean separados de sus familias por motivos de pobreza, se está adoptando una serie de medidas, a saber:
a)El fortalecimiento de la capacidad socioeconómica de las familias vulnerables mediante actividades generadoras de ingresos y formación profesional;
b)El respaldo a las redes de protección de la infancia para garantizar el seguimiento;
c)El pago de los gastos de escolaridad y de formación de los niños.
66.Además, se llevan a cabo campañas de sensibilización para lograr el apoyo de la población con el fin de aumentar el número de familias de acogida.
67.En cuanto a la calidad de la atención en los centros de acogida para niños en situación de desamparo, cabe destacar las siguientes medidas:
a)La organización del seguimiento y la supervisión de los centros de acogida para niños en situación de desamparo;
b)El fortalecimiento de las capacidades del personal de los centros de acogida para niños en situación de desamparo;
c)La subvención a los centros de acogida para niños en situación de desamparo destinada a la atención de los niños acogidos.
Respuesta al párrafo 9 b)
68.En Burkina Faso, el confiage es una práctica sociocultural que consiste en confiar la responsabilidad de la educación y el cuidado de un niño a un tercero, que puede ser un familiar cercano o una persona ajena a la familia. Sea cual sea la relación entre el tutor y el niño, los servicios de protección de la infancia ofrecen a todos los niños, sin discriminación alguna, las mismas garantías de protección de sus derechos, preservando así su interés superior. En caso de negligencia, malos tratos, sometimiento a trabajos peligrosos u otras formas de desatención, el niño podrá ser separado de su tutor y puesto al cuidado de una familia de acogida o de un centro de atención infantil.
Respuesta al párrafo 9 c)
69.En el marco de la reducción del riesgo de desastres, Burkina Faso aprobó, el 11 de agosto de 2025, la Estrategia Nacional de Reducción del Riesgo de Desastres (SN-RRC) para el período 2025-2029 y su Plan de Acción para el período 2025-2027. Uno de los efectos esperados de esta estrategia es promover un cambio de actitud de la población, especialmente de las mujeres y los niños, frente a los riesgos de desastre. Este efecto comprende una acción dirigida a los niños. Se trata de la acción 1.2.2.1, que consiste en integrar la reducción del riesgo de desastres en los planes de estudios.
Respuesta al párrafo 9 d)
70.Véase la respuesta al párrafo 9 c).
Respuesta al párrafo 9 e)
71.En el marco de la aplicación del Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2024-2028, los distintos actores llevan a cabo regularmente acciones para sensibilizar a los niños sobre el cambio climático. Se trata, en particular, de iniciativas de sensibilización sobre el cambio climático y la reforestación dirigidas a los niños, la puesta en marcha de proyectos de huertos escolares y la integración en los planes de estudios de conceptos relacionados con el medio ambiente, el clima y el entorno en el que viven.
Respuesta al párrafo 10 a)
72.El análisis de los efectos de las medidas relativas al acceso a la educación preescolar en Burkina Faso pone de manifiesto una dinámica de transformación estructural de gran envergadura, impulsada por la Estrategia Nacional de Desarrollo Acelerado de la Educación Preescolar 2021-2025 y por la Iniciativa Presidencial para una Educación de Calidad 2024‑2028.
73.Estas diferentes medidas han permitido duplicar el número de niños que reciben educación preescolar en varias regiones del país. Entre 2025 y 2026 se han abierto en todo el país 805 nuevos centros de educación preescolar y preprimaria, con lo que la tasa de escolarización en educación preescolar ha pasado del 6,9 % en 2023-2024 al 8,2 % en 2025‑2026.
74.En cuanto a la promoción de la educación inclusiva, ha contribuido a aumentar la tasa de escolarización de niños con discapacidad en el sistema educativo de Burkina Faso. La tasa bruta de matriculación a nivel nacional en educación preescolar es del 8,2 %, con paridad entre niñas y niños. En primaria, la tasa es del 78,7 %: un 78,5 % para las niñas y un 78,8 % para los niños en el curso 2024-2025.
75.Por otra parte, en las zonas con graves problemas de seguridad, el acceso a la educación preescolar y primaria se garantiza mediante la creación de espacios de aprendizaje de emergencia temporales (los bisongo anexos a los Espacios Adaptados a los Niños y los bisongo abiertos en los emplazamientos de las personas desplazadas internas) y la integración de la educación parental, que constituyen los principales mecanismos de resiliencia para mantener ese acceso.
Respuesta al párrafo 10 b)
76.En lo que respecta a las medidas adoptadas para mantener las tasas de matriculación y escolarización en todos los niveles y garantizar la seguridad en las escuelas habida cuenta de la inseguridad imperante, Burkina Faso ha actuado en una serie de frentes, entre los que se incluyen la diversificación y ampliación de la oferta educativa, la promoción de modalidades alternativas de educación preescolar (bisongo, centros de educación preescolar y preprimaria de 1 o 2 clases), el comedor escolar gestionado por la propia comunidad, la participación de las comunidades y la mejora del marco institucional y normativo.
77.En lo que respecta a la seguridad y la protección de los niños, cabe destacar, entre otras actuaciones, la mejora de la seguridad de las infraestructuras y el refuerzo de los mecanismos de respuesta de emergencia; el enfoque integrado del desarrollo de la primera infancia, articulado en torno a los ámbitos prioritarios, a saber, la salud y la nutrición, y la educación y la atención; el agua, la higiene y el saneamiento y el refuerzo del marco jurídico de protección.
78.Con el fin de reforzar la seguridad en el entorno de los colegios, el Gobierno aprobó en 2017 la Declaración sobre Escuelas Seguras y sus directrices, mejoró la protección de los centros escolares mediante la elaboración de planes de preparación y respuesta y creó comités de vigilancia.
Respuesta al párrafo 10 c)
79.Burkina Faso ha convertido la mejora de la educación básica en un pilar de sus políticas de desarrollo. Con el objetivo de hacer frente al reto de mejorar la calidad de la educación preescolar para 2030, el país se apoya en la Estrategia Nacional de Desarrollo Acelerado de la Educación Preescolar y en la Iniciativa Presidencial para una Educación de Calidad para Todos. Cabe destacar las siguientes medidas: las reformas institucionales emprendidas y los nuevos marcos de referencia; el refuerzo de la formación de los actores implicados; el aumento de la dotación de material lúdico y pedagógico y la dinamización de la gestión local.
80.Por otra parte, las medidas adoptadas para mejorar la calidad de la educación y erradicar el analfabetismo pasan por ampliar la oferta de educación no formal multiplicando este tipo de centros.
81.Además, con el fin de mejorar la calidad y la pertinencia de los contenidos educativos, se ha emprendido la elaboración y adaptación de contenidos de enseñanza y aprendizaje. Este enfoque tiene como objetivo la revisión de los planes de estudios de los Centros Permanentes de Alfabetización y Formación, los Centros de Educación Básica No Formal y los centros de la Estrategia de Escolarización Acelerada Pasarela y los centros de la Segunda Fórmula.
82.Asimismo, Burkina Faso hace hincapié en la transformación digital, en particular a través de la plataforma Faso e-Education, que pone a disposición de los alumnos los planes de estudios, los cursos y los recursos pedagógicos de educación infantil y primaria, así como los destinados a la alfabetización.
83.Otra iniciativa destinada a facilitar el aprendizaje consiste en la difusión, a través de Radiodiffusion Télévision Éducative, puesta en marcha en 2025, de cursos, programas de alfabetización y programas educativos en francés y en las lenguas nacionales.
Respuesta al párrafo 10 d)
84.Las medidas adoptadas por el Estado en materia de educación no formal tienen por objeto contribuir de manera tangible a reducir el número de niños sin escolarizar y el abandono escolar. La ampliación progresiva de la oferta de educación no formal, mediante la creación de un Centro de Educación Básica no Formal en cada circunscripción de educación básica y de un Centro de Formación Profesional no Formal en cada región, permite ampliar la cobertura geográfica de los establecimientos de enseñanza y acercar los servicios educativos a las poblaciones más alejadas del sistema formal.
Respuesta al párrafo 10 e)
85.Para promover el derecho a la educación de los niños con discapacidad, se han establecido medidas como la adaptación física de las infraestructuras escolares a las necesidades específicas de estos niños (rampas de acceso, aseos adaptados, adaptación de los materiales de enseñanza y aprendizaje, suministro de kits para la gestión de la higiene menstrual y estaciones de lavado de manos), la promoción del comedor escolar gestionado por la propia comunidad, la formación del personal docente en educación inclusiva, la introducción de módulos de formación en educación inclusiva en la formación inicial del profesorado y la dotación de material específico para los alumnos (como gafas, bastones, triciclos y tabletas braille). Por ello, estas medidas han contribuido en gran medida a que los padres tomen conciencia de la importancia de la escolarización de los niños con discapacidad y a aumentar considerablemente el número de niños con discapacidad escolarizados.
Respuesta al párrafo 11 a)
86.Con el fin de mejorar el acceso a la atención de la salud, el presupuesto destinado al sector sanitario aumenta de forma constante, a pesar de la situación de inseguridad. Ha pasado de 287.005 millones de francos CFA en 2020 a 371.279 millones en 2024, lo que representa una tasa de crecimiento global del 29,36 % y un incremento medio anual del 6,66 % durante ese mismo período.
Respuesta al párrafo 11 b)
87.Con el fin de mejorar la oferta de servicios de salud, el acceso a esos servicios y la calidad de la atención en beneficio de la población en general y de los niños en particular, la continuación de la construcción de infraestructuras sanitarias por parte del Gobierno ha permitido ampliar la oferta de servicios de salud. Así, entre 2018 y 2022 se construyeron y equiparon 206 nuevos centros de salud y protección social y un centro médico con unidad quirúrgica. Además, 34 centros de salud y protección social situados en cabeceras de municipios rurales se transformaron en centros médicos. Asimismo, el Gobierno puso en marcha un proyecto para construir y equipar 240 nuevos centros de salud y protección social, 13 centros de atención médica con unidad quirúrgica, 2 centros hospitalarios regionales, 2 centros hospitalarios universitarios y 2 centros especializados, en geriatría y oncología.
88.Por otra parte, la puesta en marcha, desde 2024, del seguro médico universal y la aplicación continua de la asistencia sanitaria gratuita para las mujeres y los niños menores de 5 años que viven en Burkina Faso han contribuido a mejorar la salud de las madres y los niños y a reducir la mortalidad materna e infantil.
89.Como parte de los esfuerzos por modernizar las estructuras de salud y mejorar la calidad de la atención y la oferta sanitaria, el Gobierno ha aprobado la Iniciativa Presidencial para la Salud. En el marco de la aplicación de esta iniciativa, se han puesto a disposición de los establecimientos de salud clínicas móviles y equipos para la cadena de frío con el fin de garantizar una atención sanitaria de calidad a la población.
Respuesta al párrafo 11 c)
90.Además de reforzar los servicios de salud en las zonas con graves problemas de seguridad, el Gobierno ha creado puestos de salud avanzados para adaptarse al contexto de inseguridad y acercar los servicios de salud a la población. En estos puestos de salud avanzados se atiende a los niños. Asimismo, se distribuyen regularmente ayudas alimentarias y nutricionales de emergencia entre los desplazados internos y las poblaciones de acogida.
91.Por otra parte, los programas de nutrición dirigidos a los niños y a las mujeres embarazadas o lactantes, que incluyen el suministro de alimentos enriquecidos y promueven actividades de sensibilización sobre buenas prácticas alimentarias y de higiene, son también medidas que lleva a cabo el Gobierno para hacer frente a la desnutrición.
Respuesta al párrafo 11 d)
92.Las acciones llevadas a cabo en el marco del Enfoque 3 Ceros (cero embarazos, cero matrimonios infantiles y cero violencia de género en el ámbito escolar) han permitido, mediante la educación para la vida familiar, sensibilizar a los alumnos y dotarlos de competencias para la vida a través de los clubes Deen Kan, con el fin de crear un entorno escolar seguro y protector, así como promover comportamientos y decisiones responsables. Se espera que, a largo plazo, estas medidas contribuyan a reducir el número de embarazos y de infecciones de transmisión sexual en el ámbito escolar.
Respuesta al párrafo 11 e)
93.En Burkina Faso, se puede autorizar la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación o incesto, siempre que la Fiscalía constate el sufrimiento de la embarazada. De este modo, de conformidad con el artículo 513-13, la interrupción voluntaria del embarazo puede realizarse en cualquier período de gestación si un médico certifica, tras los exámenes pertinentes, que la continuación del embarazo pone en peligro la salud de la mujer o que existe una alta probabilidad de que el feto padezca una enfermedad particularmente grave y reconocida como incurable en el momento del diagnóstico.
94.La mujer embarazada puede solicitar a un médico la interrupción del embarazo durante las primeras 14 semanas (artículo 513-14 del Código Penal).
Respuesta al párrafo 11 f)
95.Los niños tienen acceso a servicios de salud mental y apoyo psicosocial que se prestan en espacios fijos o móviles adaptados para ellos y en otros espacios seguros.
96.Las repercusiones de la crisis humanitaria en la salud mental de los niños se manifiestan en forma de trastornos postraumáticos, angustia psicosocial y secuelas de la malnutrición.
Respuesta al párrafo 11 g)
97.La incidencia de la drogadicción entre los jóvenes se observa en actos incívicos, un descenso del rendimiento académico y el desarrollo de comportamientos violentos.
98.En cuanto al estado de ejecución de la Estrategia Nacional, es el siguiente:
a)Aprobación oficial: El proyecto de la nueva Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas (2026-2030) fue examinado y aprobado en la 19ª Asamblea General Ordinaria del Comité Nacional de Lucha contra las Drogas, celebrada el 28 de noviembre de 2024;
b)Puesta en marcha operativa: el plan de acción ha entrado plenamente en vigor. Las reuniones de seguimiento continúan, como demuestra la celebración de la 21ª Asamblea General Ordinaria del Comité Nacional de Lucha contra las Drogas, a finales de mayo de 2026, para coordinar las intervenciones sobre el terreno;
c)La lucha contra la venta y el consumo de estupefacientes, así como contra el consumo de tabaco.
Respuesta al párrafo 11 h)
99.Cabe señalar que la Caja del Seguro Médico Universal se creó en virtud de la Ley núm. 060-2015/CNT, que consagra los principios de solidaridad nacional, equidad y mutualización de riesgos. Sin embargo, su puesta en funcionamiento es muy reciente. Tras la aprobación de los textos y las herramientas de gestión, su despliegue efectivo está en marcha desde 2024. Las afiliaciones comenzaron en 2024 con los funcionarios públicos y las personas sin recursos, y continúan.
100.Desde el 1 de febrero de 2026, se ha puesto en marcha la fase piloto de cobertura de la atención médica para los asegurados, en beneficio de los funcionarios públicos de las regiones de Kadiogo y Guiriko. Posteriormente se ampliará a los trabajadores del sector informal, la población rural y las personas en situación de vulnerabilidad.
Respuesta al párrafo 12 a)
101.A 31 de marzo de 2023, la Secretaría Permanente del Consejo Nacional de Socorro de Emergencia y Rehabilitación había registrado 1.206.607 niños desplazados internos, lo que representaba el 58,50 % del total de desplazados internos.
102.En enero de 2026, en Burkina Faso se registraron 43.402 refugiados y solicitantes de asilo. El número de niños representa el 52 %.
103.El Gobierno ha adoptado varias medidas para promover la inscripción de los nacimientos de los niños de las poblaciones de refugiados y solicitantes de asilo, como la sensibilización sobre la importancia de los documentos del registro civil y la celebración de audiencias itinerantes.
104.A lo largo del año 2025, se llevaron a cabo reuniones de sensibilización sobre la importancia de la documentación, en particular de los documentos del registro civil, en las localidades donde se han instalado los refugiados y los solicitantes de asilo.
105.Además, se expidieron 1.866 documentos del registro civil a niños refugiados, de los cuales 363 se tramitaron por vía ordinaria y 1.503 se emitieron durante las sesiones itinerantes celebradas entre noviembre y diciembre de 2025.
106.En lo que respecta a la educación y la salud de los hijos de los refugiados y los solicitantes de asilo, cabe destacar que tienen acceso a esos servicios en las mismas condiciones que los nacionales.
107.En cuanto a su privación de libertad, cabe señalar que la legislación de Burkina Faso relativa al estatuto de los refugiados no la prevé por su condición de refugiados o solicitantes de asilo. Se benefician de la protección de la Ley núm. 042-2008/AN, por la que se establece el estatuto de los refugiados, y de las garantías que se derivan de la Convención sobre los Derechos del Niño. No existe ninguna disposición específica que autorice la privación de libertad por el simple hecho de la situación migratoria.
Respuesta al párrafo 12 b)
108.La evaluación de la estrategia de lucha contra el trabajo infantil correspondiente al período 2019-2023 está en curso.
Respuesta al párrafo 12 c)
109.En 2024, había 2.243 niños y jóvenes en situación de calle; de ellos, 135 eran niñas.
110.Las medidas adoptadas para garantizar el respeto de los derechos de los niños en situación de calle son la reintegración familiar y la acogida en internados de educación especializada, centros de acogida para niños en situación de desamparo y familias de acogida. Estas medidas contribuyen a prevenir los riesgos de violencia contra los niños.
Respuesta al párrafo 13 a)
111.En lo que respecta al tratamiento de los niños vinculados a grupos terroristas, se ha establecido un mecanismo especial para su atención en el seno del órgano jurisdiccional especializado en la lucha contra el terrorismo. En la práctica, el país tiene un acuerdo con el sistema de las Naciones Unidas en virtud del cual estos niños son considerados víctimas del terrorismo y deben recibir protección, en lugar de ser sancionados con todo el rigor de la ley en materia de terrorismo.
112.Las medidas adoptadas para tratar a todos los niños en conflicto con la ley en el marco del sistema ordinario de justicia juvenil son, entre otras:
a)La participación de los miembros asesores de los tribunales en la adopción de decisiones relativas al niño;
b)La aplicación de medidas alternativas a la privación de libertad mediante el ingreso en centros de reinserción social o la incorporación a familias de acogida.
Respuesta al párrafo 13 b)
113.El marco jurídico permite medidas como la mediación penal o el ingreso en centros de reeducación, que constituyen medidas no privativas de libertad aplicables a los niños en conflicto con la ley.
Respuesta al párrafo 13 c)
114.Con el fin de mejorar las condiciones de privación de libertad, Burkina Faso ha aplicado, entre otras, las siguientes medidas:
a)La continuación del proceso de adecuación a las normas de los calabozos de las brigadas de la Gendarmería;
b)La aplicación de medidas alternativas a la detención policial en el caso de los niños. En su defecto y en el peor de los casos, deben respetarse las disposiciones legales aplicables a la privación de libertad de los niños;
c)La formación o el reciclaje profesional de los Oficiales de la Policía Judicial en materia de derechos de los niños autores de delitos.
Respuesta al párrafo 13 d)
115.En la práctica judicial, los niños pueden contar con abogados de oficio. Asimismo, el Gobierno ha creado un fondo de asistencia judicial para facilitar la rápida designación de un abogado a las personas más desfavorecidas, incluidos los niños. Además, existen estructuras de apoyo jurídico gratuito, como las clínicas jurídicas y los centros de atención en materia de derechos humanos, que facilitan la puesta a disposición de abogados para su defensa.
Respuesta al párrafo 13 e)
116.La protección de los niños víctimas y testigos de delitos se garantiza mediante lo siguiente:
a)Las campañas de sensibilización;
b)La formación de los actores humanitarios;
c)La ubicación de los niños no acompañados o separados de sus familias en familias de guarda o en centros de atención para niños en dificultades;
d)El ingreso en centros de rehabilitación y desradicalización de los niños encontrados durante las operaciones de seguridad realizadas en el territorio;
e)La atención a los niños desplazados internos en espacios adaptados a la infancia.
117.Por otra parte, si las circunstancias lo exigen, se deben priorizar las siguientes medidas:
a)Alejar inmediatamente al niño de la zona de peligro o del delincuente;
b)Ofrecer refugio seguro, alimentos y atención médica de urgencia;
c)Poner en marcha apoyo psicológico inmediato para limitar las secuelas traumáticas a largo plazo;
d)Grabar el testimonio una sola vez para evitar la revictimización;
e)Encargar las entrevistas a trabajadores sociales o juristas especializados en los derechos de la infancia;
f)Garantizar la confidencialidad de la identidad del niño para evitar represalias;
g)Buscar activamente a la familia si se trata de un niño separado o no acompañado;
h)Involucrar a los líderes comunitarios para que supervisen y protejan al niño en su vida cotidiana;
i)Formar a las familias de acogida;
j)Ubicar a los niños no acompañados o separados de sus familias en familias de guarda o en centros de atención para niños en dificultades;
Respuesta al párrafo 13 f)
118.Entre las medidas adoptadas para prevenir la delincuencia figuran las siguientes:
a)La organización de actividades de sensibilización destinadas a los niños, los padres y la comunidad;
b)La formación de los padres y de la comunidad sobre la parentalidad positiva;
c)El apoyo a las familias en situación de dificultad para restablecer la autoridad y el marco educativo;
d)La oferta de alternativas saludables a través del deporte, la cultura y el acceso a la formación profesional o al aprendizaje de un oficio;
e)La aplicación de medidas educativas y de inserción bajo la supervisión de instancias como la Protección Judicial de la Juventud;
f)La prioridad otorgada a los trabajos de interés general o a los cursos de educación para la ciudadanía con objeto de fomentar el sentido de responsabilidad del niño.
Respuesta al párrafo 14
119.Las medidas adoptadas para garantizar la protección de los niños, en particular de las niñas y de los niños y niñas desplazados internos, son, entre otras:
a)La atención a los niños desplazados internos en los espacios adaptados a la infancia;
b)La creación de escuelas provisionales en lugares de reasentamiento para atender a las poblaciones desplazadas.
Respuesta al párrafo 15 a)
120.Con el fin de garantizar la seguridad integral del territorio y la protección de la población y sus bienes frente a la amenaza terrorista, el Estado lleva a cabo operaciones de seguridad y defensa del territorio nacional para mejorar de forma continua la situación de los derechos humanos sobre el terreno, incluidos los derechos del niño. Asimismo, se han llevado a cabo acciones de formación y sensibilización dirigidas a las Fuerzas Armadas Nacionales y a las Fuerzas de Seguridad Interior. A modo de ejemplo, en 2024 se impartió formación sobre protección infantil a 110 miembros de las Fuerzas Armadas Nacionales y de las Fuerzas de Seguridad Interior, de los cuales 14 eran mujeres, y en 2025, a 126, de los cuales 15 eran mujeres.
121.En el marco de la integración de los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo, en 2023 se elaboraron y distribuyeron 1.250 ejemplares del Manual de Formación de los Voluntarios para la Defensa de la Patria sobre derechos humanos y derecho internacional humanitario. Asimismo, durante ese mismo periodo se elaboraron y difundieron 12.000 ejemplares de la guía ilustrada para uso de los Voluntarios para la Defensa de la Patria sobre la consideración de los derechos humanos, incluidos los derechos del niño.
Respuesta al párrafo 15 b)
122.Burkina Faso está aplicando, entre otras, las siguientes medidas:
a)El mantenimiento de las escuelas en funcionamiento para reducir la inactividad y el reclutamiento forzoso;
b)La formación de los niños en distintos oficios para fomentar su autonomía;
c)La sensibilización de los niños sobre el adoctrinamiento ideológico y la radicalización a través de charlas impartidas en escuelas y centros educativos;
d)La sensibilización de las familias y las comunidades para que acojan al niño víctima sin estigmatizarlo ni rechazarlo.
Respuesta al párrafo 15 c)
123.De acuerdo con lo establecido en el Protocolo, los niños encontrados durante la ejecución de operaciones de seguridad en el territorio son entregados a los servicios gubernamentales de protección para que reciban atención adecuada y se facilite su reinserción social.
Segunda parte
Respuesta al párrafo 16 a)
124.Burkina Faso ha reforzado la protección de los derechos del niño, en particular mediante la aprobación, el 25 de septiembre de 2025, de la Ley núm. 012-2025/ALT, de 1 de septiembre de 2025, por la que se aprueba el Código de la Persona y la Familia. Este código moderniza el derecho de familia e introduce avances importantes en materia de registro civil y derecho a la identidad.
125.Entre las principales innovaciones figuran la digitalización del sistema de registro civil, la introducción de un identificador personal único que facilita la inscripción de los nacimientos, el fortalecimiento del derecho a la nacionalidad y de las medidas de prevención de la apatridia, así como la armonización de la edad mínima legal para contraer matrimonio a los 18 años, tanto para las niñas como para los niños. El nuevo Código refuerza asimismo la protección jurídica del niño en el seno de la familia.
126.El Código de la Persona y la Familia también establece disposiciones destinadas a reforzar la prevención de la apatridia y el acceso a la nacionalidad.
127.En lo que respecta a la protección de los niños cuyos padres han fallecido a causa de atentados terroristas, se han aprobado los siguientes textos:
a)La Ley núm. 003-2022/ALT, de 10 de junio de 2022, relativa a la condición de pupilo de la nación y sus textos de aplicación;
b)El Decreto núm. 2023-1163 / PRES-TRANS / PM / MDAC / MATDS / MEFP / MJDHRI / MSAHRNGF por el que se establecen el procedimiento y las modalidades de protección y apoyo al pupilo de la nación, de 19 de septiembre de 2023;
c)La Orden Interministerial núm. 2023-000116/MSAHRNGF/MATDS/MEFP por la que se establecen las características y las condiciones de expedición de la tarjeta de pupilo de la nación, de 8 de noviembre de 2023;
d)La Orden Conjunta núm. 2023-000117/MSAHRNGF/MEFP por la que se establecen las modalidades de apoyo económico concedido al pupilo de la Nación, de 8 de noviembre de 2023;
e)La Ley núm. 013-2026/ALP por la que se aprueba el Código del Trabajo de Burkina Faso, de 6 de mayo de 2026;
f)La Orden núm. 2023-095/MFPTPS/SG/DGPS por la que se establece una excepción a la edad mínima de admisión al empleo y se fijan las condiciones y modalidades para la realización de trabajos ligeros, de 31 de agosto de 2023.
Respuesta al párrafo 16 b)
128.Desde 2021, Burkina Faso ha puesto en marcha un conjunto de reformas institucionales destinadas a mejorar la gobernanza pública y modernizar la administración. Se trata, entre otras, de las siguientes:
a)El refuerzo del mandato de la Comisión Nacional de Derechos Humanos mediante la Ley núm. 002-2021/AN, de 30 de marzo de 2021, que le confiere la condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura;
b)La creación del Consejo Nacional de Comunidades en virtud de la revisión constitucional de 23 de diciembre de 2023.
129.Por otra parte, el Gobierno ha intensificado la digitalización de los servicios públicos para mejorar su accesibilidad, transparencia y eficacia, especialmente en los ámbitos del registro civil y la protección social.
Respuesta al párrafo 16 c)
130.En 2026, el Gobierno aprobó su nuevo marco de referencia para el desarrollo, a saber, el Plan Nacional de Desarrollo 2026-2030, que concede gran importancia al desarrollo del capital humano, la protección social, la educación, la salud y la promoción de los derechos de los grupos vulnerables, en particular los niños. Su financiación, estimada en 36 billones de francos CFA, se basa principalmente en recursos nacionales —que representan dos tercios del total—, complementados mediante la movilización de fondos y el apoyo de los asociados.
131.En el sector de la salud, el Plan Nacional de Desarrollo Sanitario 2021-2030 y la Estrategia Nacional de Desarrollo Sanitario 2026-2030 tienen como objetivo mejorar el acceso a una atención médica de calidad, reforzar la salud de las madres y los niños y ampliar la cobertura sanitaria. Su financiación corre a cargo del Estado y de los asociados técnicos y financieros.
132.Ante la crisis de seguridad y humanitaria, se han puesto en marcha planes anuales de respuesta humanitaria para garantizar la protección de los desplazados internos, en particular de los niños, y asegurar su acceso a la educación, a los servicios de salud, a la asistencia nutricional y a los servicios de protección.
Respuesta al párrafo 16 d)
133.El 17 de octubre de 2024, la Asamblea Legislativa del Pueblo autorizó al Gobierno a ratificar el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los Derechos de las Personas con Discapacidad en África.
Tercera parte
Datos, estadísticas y demás información de que se disponga
Respuesta al párrafo 17
134.En lo que respecta al sector de la infancia, los recursos asignados al Programa de Infancia y Familia pasaron de 4.610.495.000 francos CFA en 2020 a 5.514.157.000 francos CFA en 2023. Con respecto a la lucha contra el trabajo infantil, el presupuesto pasó de 19.634.000 francos CFA a 29.287.000 francos CFA.
Respuesta al párrafo 18 a)
135.En el marco de la coordinación y la sinergia de las acciones, la Policía y la Gendarmería llevan a cabo actividades de prevención y protección de los niños, en particular de los que se desplazan; las patrullas disuasorias y los controles en las carreteras permitieron interceptar en 2021 a personas presuntamente víctimas de la trata, entre ellas 357 niños. Además, entre 2021 y 2022, se dictaron 142 resoluciones judiciales por delitos relacionados con el tráfico ilícito de niños, la venta de niños o la trata de personas y prácticas similares.
Respuesta al párrafo 18 b)
136.Los nueve casos de denuncias por sustracción de niños de los que tuvieron conocimiento los servicios de asistencia social desde 2022 hasta abril de 2026 se remitieron a los tribunales competentes.
Respuesta al párrafo 18 c)
137.Las estadísticas oficiales sobre las muertes relacionadas con accidentes, malos tratos o suicidio no se desglosan por grupos de edad ni por sexo.
Respuesta al párrafo 18 d)
138.Los datos estadísticos sobre los niños que viven con el VIH correspondientes a los últimos cinco años revelan las siguientes cifras:
a)2021: 11.000 niños;
b)2022: 10.000 niños;
c)2023: 9.500 niños;
d)2024: 8.400 niños;
e)2025: 7.500 niños.
Respuesta al párrafo 18 e)
139.Los servicios de acción social registraron 299 casos de matrimonios infantiles y embarazos precoces en 2022, 340 en 2023 y 413 en 2024.
Respuesta al párrafo 18 f)
140.Los servicios de acción social registraron 13 casos de mutilación genital femenina en 2022, 29 en 2023 y 22 en 2024.
Respuesta al párrafo 18 g)
141.No se dispone de datos sobre estos casos.
Respuesta al párrafo 18 h)
142.No se registró ningún caso de apatridia.
Respuesta al párrafo 18 i)
143.No se dispone de datos al respecto.
Respuesta al párrafo 18 j)
En el siguiente cuadro se ofrecen datos estadísticos sobre el trabajo infantil
|
Total de Burkina Faso (total) |
Población económicamente activa (EA) |
Trabajo peligroso |
|||||
|
Número |
Número |
Porcentaje total |
Número |
Porcentaje total |
Porcentaje EA |
Porcentaje Ab |
|
|
Nacional |
7 274 115 |
2 935 002 |
40,3 |
1 355 888 |
18,6 |
46,2 |
58,4 |
|
Sexo |
|||||||
|
Niños |
3 681 728 |
1 339 426 |
36,4 |
575 320 |
15,6 |
43 |
55,5 |
|
Niñas |
3 592 386 |
1 595 576 |
44,4 |
780 567 |
21,7 |
48,9 |
60,7 |
|
Grupo de edad |
|||||||
|
De 5 a 12 años |
4 880 052 |
1 616 025 |
33,1 |
693 384 |
14,2 |
42,9 |
42,9 |
|
De 13 a 15 años |
1 571 126 |
853 520 |
54,3 |
422 979 |
26,9 |
49,6 |
90,4 |
|
De 16 a 17 años |
822 938 |
465 457 |
56,6 |
239 525 |
29,1 |
51,5 |
100,0 |
|
Lugar de residencia |
|||||||
|
Uagadugú |
820 886 |
166 336 |
20,3 |
77 761 |
9,5 |
46,7 |
62 |
|
Otras ciudades |
1 095 249 |
289 925 |
26,5 |
132 824 |
12,1 |
45,8 |
64,1 |
|
Zonas rurales |
5 357 980 |
2 478 742 |
46,3 |
1 145 303 |
21,4 |
46,2 |
57,5 |
Respuesta al párrafo 18 k)
144.En 2024, la operación de retirada de personas que ejercían la mendicidad permitió registrar a 2.243 niños en situación de calle, de los cuales 135 eran niñas.
145.En 2025, las operaciones de retirada permitieron registrar un total de 153 niños trasladados de la calle a centros de educación especializada.
Respuesta al párrafo 18 l)
146.No se dispone de datos sobre pobreza.
Respuesta al párrafo 18 m)
147.No se dispone de datos estadísticos sobre casos de confiage.
Respuesta al párrafo 19 a)
148.En 2023, había registrados 4.884 niños privados del cuidado familiar, de los cuales 2.257 eran niñas.
149.En 2024, se registró un total de 6.122 niños privados del cuidado familiar, de los cuales 2.777 eran niñas.
Respuesta al párrafo 19 b)
150.No se dispone de datos al respecto.
Respuesta al párrafo 19 c)
151.Las estadísticas relativas a los niños en familias de acogida son las siguientes:
a)En 2023, se registraron 1.492 niños, de los cuales 785 eran niñas;
b)En 2024, se registraron 1.697 niños, de los cuales 889 eran niñas.
Respuesta al párrafo 19 d)
152.No se dispone de datos estadísticos sobre niños susceptibles de ser adoptados.
Respuesta al párrafo 19 e)
153.La situación de los niños adoptados es la siguiente.
Niños adoptados a nivel nacional
|
Año/Sex o |
2023 |
2024 |
2025 |
Total |
|
Niñas |
34 |
30 |
23 |
87 |
|
Niños |
17 |
31 |
27 |
75 |
|
Total |
51 |
61 |
50 |
162 |
Niños adoptados a nivel internacional
|
Año/Sex o |
2023 |
2024 |
2025 |
Total |
|
Niñas |
15 |
13 |
14 |
42 |
|
Niños |
14 |
16 |
17 |
47 |
|
Total |
29 |
39 |
31 |
89 |
Respuesta al párrafo 20 a)
154.No se dispone de datos relativos a los niños con discapacidad que viven con sus familias.
Respuesta al párrafo 20 b)
155.En cuanto a los niños con discapacidad que viven en instituciones, en 2023, en los Centros de Acogida para Niños en Situación de Desamparo había 31, de los cuales 14 eran niñas.
Respuesta al párrafo 20 c)
156.En lo que respecta a las guarderías, se calcula que el número de niños inscritos en estos centros asciende a 4.150.
Respuesta al párrafo 20 d)
157.En el curso 2022/23, había 7.123 alumnos con discapacidad en educación infantil, frente a los 7.081 del curso 2024/25. Entre los tipos de discapacidad registrados en educación preescolar, los alumnos con trastornos del lenguaje son los más numerosos (4.195), seguidos de los alumnos con discapacidad física o motora (1.211).
Respuesta al párrafo 20 e)
158.El número de alumnos con discapacidad en primaria ha pasado de 54.881 en el curso 2022/23 a 58.728 en el curso 2024/25. Este elevado número de alumnos con discapacidad en primaria pone de manifiesto los esfuerzos realizados para facilitar su acceso a la educación. Los tipos de discapacidad más frecuentes en primaria son los trastornos del lenguaje (54.917) y los trastornos visuales (34.803).
Respuesta al párrafo 20 f)
159.No se dispone de datos.
Respuesta al párrafo 20 g)
160.Que reciben apoyo personalizado: no se dispone de datos.
Respuesta al párrafo 20 h)
161.Asisten a una escuela de educación especial: no se dispone de datos.
Respuesta al párrafo 20 i)
162.Sin escolarizar: no se dispone de datos.
Respuesta al párrafo 20 j)
163.Que han sido abandonados por sus familias: no se dispone de datos.
Respuesta al párrafo 21 a)
164.En cuanto a los niños detenidos, en 2023, dos estuvieron involucrados en un caso de secuestro y retención ilegal y tres en un caso de hurto simple. En 2024, tres niños se vieron implicados en un caso de agresión a mano armada. En 2025, un niño se vio implicado en un caso de secuestro y retención ilegal y tres en un caso de hurto simple.
Respuesta al párrafo 21 b)
165.En lo que respecta a los niños que se benefician de programas de derivación fuera del sistema penal, no se dispone de datos oficiales.
Respuesta al párrafo 21 c)
166.En lo que respecta a los niños en prisión provisional, no se dispone de datos oficiales.
Respuesta al párrafo 21 d)
167.En el caso de los niños recluidos junto con adultos, siempre se adoptan medidas para garantizar su separación de estos.
Respuesta al párrafo 21 e)
168.En cuanto a los niños que habían sido condenados y cumplían su pena en prisión, en 2023 había 91, de los cuales 4 eran niñas. En 2024, eran 72, todos varones.
Respuesta al párrafo 22
169.Con el fin de integrar los derechos humanos en la gobernanza local, se organizan periódicamente sesiones de formación sobre el enfoque basado en los derechos humanos dirigidas a las autoridades administrativas locales y a los demás actores que intervienen en la protección de los derechos del niño. A modo de ejemplo, entre 2022 y 2025, se impartió formación sobre el enfoque basado en los derechos humanos a 122 personas, entre las que cabe destacar a presidentes de delegaciones especiales y secretarios generales de ayuntamientos. Estas sesiones permiten a los distintos actores tener en cuenta la participación de los niños en todas las decisiones que les afectan.
Respuesta al párrafo 23
170.Durante la presentación del informe se facilitarán otras actualizaciones, en su caso.
Respuesta al párrafo 24
171.Esferas que afectan a los niños y que se consideran prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención:
a)La elaboración de la nueva estrategia nacional de protección de la familia y la infancia;
b)La evaluación del plan de acción nacional PAN-TP 2023-2025 y la elaboración de un nuevo plan de acción;
c)La evaluación de la estrategia nacional SN/PFTE 2019-2023;
d)La elaboración de una nueva estrategia de lucha contra las peores formas de trabajo infantil;
e)La plena puesta en funcionamiento del sistema de vigilancia del trabajo infantil (KOLG-KAMBA).