Comité de los Derechos del Niño
Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos sexto y séptimo combinados del Pakistán *
1.Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada, en un máximo de 10.700 palabras, antes del 15 de febrero de 2025. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.
Parte I
2.Sírvanse explicar las medidas adoptadas o previstas para:
a)Subsanar las lagunas que aún existen en la legislación en relación con la edad legal para que las niñas puedan contraer matrimonio, la protección de la infancia y el registro civil, así como para aplicar en todo el territorio del Estado parte la legislación relativa a los derechos del niño, incluida la Ley sobre el Sistema de Justicia Juvenil, de 2018, la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos del Niño, de 2017, y la Ley Zainab de Alerta, Respuesta y Recuperación, de 2020;
b)Abordar las preocupaciones planteadas por el Comité en sus observaciones finales sobre el quinto informe periódico del Estado parte en relación con la aplicación de la sharia con arreglo al Reglamento Sharia Nizam-e-Adl, de 2009, en amplias zonas de Jaiber Pastunjuá, las Ordenanzas Zina y Hudud, así como la inquietud manifestada por el Comité respecto de la Ley por la que se modifica el Código Penal, de 2017, ya que todas esas leyes son contrarias a los principios y disposiciones de la Convención;
c)Velar por que haya una coordinación eficaz entre las actividades destinadas a hacer efectivos los derechos del niño, sin solapamientos indebidos de mandatos en los planos federal y local, especialmente entre el Ministerio de Derechos Humanos, la Comisión Nacional de los Derechos del Niño y las Unidades de Aplicación de Tratados, y dotar a estas entidades de autoridad suficiente y recursos apropiados para que puedan desempeñar sus funciones con eficacia;
d)Adoptar una estrategia integral sobre los derechos del niño y un plan de acción asociado que abarquen todas las esferas de la Convención y sus Protocolos Facultativos;
e)Realizar un examen detallado del presupuesto del Estado desde la perspectiva de los derechos del niño a nivel federal, provincial y territorial, así como para incrementar las asignaciones presupuestarias destinadas a los sectores sociales —en particular la educación, la salud y la protección social— y dirigidas específicamente a los niños en situación de marginación o desventaja a los que hace referencia el Comité en sus anteriores observaciones finales;
f)Asegurarse de que se recopilen y analicen de manera sistemática datos exhaustivos y fiables —desglosados por edad, sexo, ubicación geográfica, origen étnico y nacional, religión y nivel socioeconómico— sobre la efectividad de los derechos del niño, así como para hacer públicos esos datos;
g)Garantizar la independencia de la Comisión Nacional de los Derechos del Niño, entre otras cosas en lo que respecta a su financiación, su mandato y sus inmunidades, a fin de asegurar su plena conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París);
h)Elaborar y aplicar normativas que garanticen que el sector empresarial cumpla las normas internacionales y nacionales en materia de derechos humanos, trabajo y medio ambiente, entre otras, especialmente en lo relativo a los derechos del niño.
3.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para:
a)Erradicar la discriminación, las percepciones negativas y los estereotipos respecto al papel de las niñas y las mujeres en la sociedad, especialmente en los ámbitos de la educación y el matrimonio infantil;
b)Aprobar una ley integral contra la discriminación a nivel federal con miras a erradicar la discriminación contra los niños pertenecientes a minorías religiosas y étnicas, los niños con discapacidad, los niños en situación de calle, los niños que viven en la pobreza, los niños migrantes, solicitantes de asilo y refugiados, y los niños y niñas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales, entre otros;
c)Aplicar las leyes en las que se establece el concepto del interés superior del niño, entre ellas la Ley sobre el Sistema de Justicia Juvenil, de 2018, la Ley de Protección de la Infancia del Territorio de la Capital Islamabad, de 2018, y otras leyes a nivel provincial, y velar por que el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial se integre, y se interprete y aplique sistemáticamente, en todas las actuaciones y decisiones de índole legislativa, administrativa y judicial;
d)Prevenir la muerte de niños como resultado de las actividades de lucha contra el terrorismo y los actos de terrorismo y violencia, y mejorar la protección de las escuelas —entre otras formas aplicando el Marco de Seguridad Escolar del Pakistán— y otros lugares donde haya una elevada concentración de niños;
e)Aplicar la prohibición de la pena de muerte para los niños o las personas que hayan cometido un delito siendo menores de 18 años y reabrir las investigaciones de esos casos, con miras a poner en libertad al reo o conmutar su condena por una pena de prisión;
f)Aplicar una política de tolerancia cero frente a los “delitos de honor” cometidos por motivos de género, incluidos los asesinatos por honor, y velar por que se investiguen con celeridad y eficacia todos los casos de ese tipo;
g)Promover la participación genuina de todos los niños en la familia, la comunidad y la escuela e incluirlos en la toma de decisiones sobre cualquier cuestión que los afecte.
4.Sírvanse describir las medidas adoptadas para:
a)Hacer frente al número alarmantemente elevado de niños menores de 1 y 5 años no registrados y garantizar el registro universal de los nacimientos de todos los niños actualizando la legislación pertinente, facilitando el registro tardío de los nacimientos y eliminando las tasas de registro;
b)Proteger la libertad de religión de todos los niños, velar por que los niños puedan elegir su religión, derogar las leyes sobre la blasfemia y garantizar que los menores de 18 años estén exentos de responsabilidad penal por ese tipo de delitos;
c)Garantizar el derecho del niño a la libertad de expresión, incluida la libertad de recibir, buscar y difundir información.
5.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para:
a)Aplicar la legislación que prohíbe la explotación y los abusos sexuales de niños, adaptar las leyes de modo que contemplen los delitos sexuales contra los niños varones y poner en marcha un sistema adaptado a los niños para que se denuncien obligatoriamente los casos de explotación y abusos sexuales de niños, incluidos los cometidos en línea, se investiguen todas las denuncias y acusaciones al respecto y se castigue a los autores;
b)Aplicar la legislación que tipifica como delito todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, entre ellas la violencia doméstica, la violación conyugal y lo que se conoce como “delitos de honor”;
c)Adoptar una estrategia que permita prevenir y combatir todas las formas de violencia contra los niños, así como para fortalecer la infraestructura de protección de la infancia a nivel local con el fin de hacer frente a todas las formas de violencia contra los niños;
d)Modificar la legislación que legitima el castigo corporal por parte de padres, tutores y profesores —en particular el artículo 89 del Código Penal, la Ley sobre Niños Indigentes y Abandonados del Punyab, de 2004, y la Ley de Protección y Bienestar de la Infancia de Jaiber Pastunjuá, de 2010— y prohibir expresamente los castigos corporales en todos los entornos, tanto a nivel federal como local;
e)Modificar la legislación a nivel federal, provincial y territorial con miras a fijar la edad mínima para contraer matrimonio en 18 años tanto para los niños como para las niñas, y tratar de prevenir los matrimonios infantiles, el watta satta y otras prácticas nocivas para los niños, como las quemaduras, los ataques con ácido, las mutilaciones, la práctica de desnudarlos y el acoso sexual;
f)Aplicar la Ley sobre el Sistema de Justicia Juvenil, de 2018, en virtud de la cual los niños menores de 18 años están exentos de castigos por delitos hudud, e iniciar investigaciones independientes sobre todas las denuncias de tortura y malos tratos de niños, en particular los infligidos por las fuerzas del orden y los agentes de seguridad.
6.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas o previstas para:
a)Garantizar que la pobreza financiera y material nunca sea la única justificación para retirar a un niño del cuidado de los padres, y brindar a las familias que viven en la pobreza una mayor asistencia financiera y un mayor apoyo psicológico y social, así como orientación para ayudarlas a cumplir sus responsabilidades parentales;
b)Garantizar el derecho de los niños a crecer en un entorno familiar en el que los padres tengan los mismos derechos en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares, y, en particular, para modificar el Decreto sobre el Derecho de Familia Musulmán, de 1961, con miras a derogar todas las disposiciones que afecten negativamente a los niños;
c)Promover las modalidades alternativas de cuidado de tipo familiar y comunitario para los niños privados del cuidado de los padres, con vistas a reducir el recurso a la internación en instituciones, y establecer una normativa clara sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños, en la que figuren normas sobre la calidad de esos cuidados y sobre la realización de exámenes periódicos de las condiciones en que se prestan;
d)Prever el seguimiento de la situación de los niños bajo tutela.
7.Sírvanse explicar las medidas adoptadas o previstas para:
a)Aplicar la Ley de los Derechos de las Personas con Discapacidad en el Territorio de la Capital Islamabad, de 2020, y velar por que se garanticen en todo el territorio del Estado parte todos los derechos de los niños con discapacidad y el acceso de estos niños a todos los servicios;
b)Adoptar una estrategia nacional dedicada específicamente a los derechos de las personas con discapacidad, prestando especial atención a los niños, y combatir la estigmatización de los niños con discapacidad y los prejuicios que existen contra ellos promoviendo una imagen positiva de estos niños;
c)Organizar la reunión de datos sobre los niños con discapacidad y crear un sistema eficiente de diagnóstico de la discapacidad, intervención temprana y prevención, así como para poner en marcha políticas y programas adecuados para los niños con discapacidad.
8.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para:
a)Reforzar la aplicación del programa de salud maternoinfantil y reducir las tasas de mortalidad neonatal, de lactantes y de niños menores de 5 años en todo el Estado parte, entre otras formas mejorando la calidad de los servicios de atención prenatal y postnatal y el acceso a ellos, así como mejorando la calidad y el alcance de las intervenciones preventivas de atención primaria de salud;
b)Reforzar la cobertura vacunal contra enfermedades como la poliomielitis en todo el país, especialmente en algunas zonas de las provincias de Jaiber Pastunjuá, Baluchistán y Sind, y concienciar a las comunidades sobre la importancia de la vacunación;
c)Hacer frente a la malnutrición y el retraso del crecimiento, en especial entre los niños menores de 5 años, y mejorar el acceso de todos los niños del país a los servicios de agua y saneamiento;
d)Facilitar el acceso de todos los adolescentes, chicos y chicas, a servicios de salud mental y a servicios y educación en materia de salud sexual y reproductiva, así como a métodos anticonceptivos y servicios de aborto en condiciones de seguridad y asesoramiento en todo el territorio.
9.Sírvanse describir las medidas adoptadas para:
a)Garantizar un nivel de vida adecuado y sostenible a todos los niños que se encuentren en el territorio del Estado parte, prestando especial atención a los niños en situación de marginación o de desventaja extremas, y mejorar las prestaciones sociales y los regímenes de seguridad para las familias pobres con muchos hijos;
b)Mejorar la preparación para los desastres naturales, como las inundaciones, y adoptar medidas legislativas y administrativas que permitan hacer frente a los efectos adversos de la degradación ambiental y el cambio climático en el disfrute de los derechos del niño.
10.Sírvanse describir las medidas adoptadas para:
a)Aplicar las leyes nacionales y provinciales mencionadas por el Estado parte en su informe que tienen por objeto implantar la educación primaria universal, gratuita y obligatoria y garantizar el acceso de todos los niños que se encuentren en el territorio nacional, incluidos los niños solicitantes de asilo y refugiados, a la educación secundaria gratuita;
b)Hacer frente al número alarmantemente elevado y cada vez mayor de niños sin escolarizar en el país, y aumentar las tasas de matriculación y de retención escolar de los niños, especialmente de las niñas, luchando contra las prácticas socioculturales y otros obstáculos a la educación;
c)Velar por que todos los niños con discapacidad tengan acceso a una educación inclusiva mejorando las instalaciones y la accesibilidad de las escuelas;
d)Mejorar la infraestructura de las escuelas, en particular la de los centros afectados por desastres naturales o conflictos, dotarlas de servicios básicos, como agua potable, aseos y calefacción, e informar al Comité sobre los logros alcanzados gracias a las asignaciones de recursos en las distintas provincias mencionadas por el Estado parte en su informe;
e)Mejorar la calidad de la educación y ofrecer una formación de calidad e incentivos a los docentes, prestando especial atención a las zonas rurales, y garantizar la supervisión de los programas escolares y los métodos de enseñanza, también en las madrasas.
11.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para:
a)Aprobar una ley nacional sobre refugiados y establecer un sistema nacional de asilo con el objetivo de registrar y ofrecer soluciones a largo plazo a los niños refugiados, especialmente a los procedentes del Afganistán, y facilitarles el acceso a todos los servicios, incluidos los del sistema de protección social;
b)Respetar el principio de no devolución y detener la aplicación del Plan de Repatriación de Extranjeros Ilegales, que pone en grave peligro a los niños, especialmente a los niños afganos a los que se ha obligado a regresar al Afganistán y a los niños separados de sus familias;
c)Conceder la ciudadanía a los niños que de otro modo serían apátridas, en particular a los pertenecientes a las comunidades bengalí, bihari y rohinyá, y ofrecerles todos los servicios a los que pueden acceder los nacionales pakistaníes, incluidos los de salud, educación y protección social.
12.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas que se hayan adoptado con miras a:
a)Combatir la discriminación y los delitos de odio contra los niños pertenecientes a grupos étnicos y religiosos minoritarios, en particular los niños ahmadíes, y garantizar sus derechos económicos, sociales y culturales;
b)Aplicar las leyes federales y provinciales que prohíben el trabajo infantil, incluido el doméstico, y hacer frente a los altos índices de trabajo infantil en todo el país, especialmente entre los niños refugiados, entre otras formas mediante inspecciones laborales eficaces y otros mecanismos de aplicación;
c)Llevar a cabo una evaluación del fenómeno de los niños en situación de calle para elaborar y aplicar una estrategia integral que permita atajar sus causas profundas y evitar que los niños abandonen sus hogares y escuelas para vivir en la calle;
d)Aplicar el artículo 369 del Código Penal y la Ley de Prevención de la Trata de Personas, de 2018, con el objetivo de combatir la trata de niños;
e)Aprobar el proyecto de ley para tipificar como delito la desaparición forzada, velar por que no se someta a privación arbitraria de libertad a los menores de 18 años e investigar con prontitud y eficacia todos los casos de desaparición forzada de niños.
13.Sírvanse explicar las medidas adoptadas o previstas para:
a)Aplicar la Ley sobre el Sistema de Justicia Juvenil, de 2018, y velar por que los tribunales de menores tengan competencia exclusiva para juzgar todos los casos en los que se acuse a un niño de haber cometido un delito, incluidos los casos de delitos relacionados con la seguridad;
b)Aumentar la edad de responsabilidad penal como mínimo hasta los 14 años, en consonancia con la observación general núm. 24 (2019) del Comité;
c)Prohibir los tribunales informales, como las jirgas y los panchayats, y llevar a cabo investigaciones prontas y efectivas sobre las decisiones adoptadas por esos tribunales;
d)Aplicar, siempre que sea posible, medidas no privativas de la libertad, como la remisión, la libertad condicional, el asesoramiento, la mediación, los trabajos comunitarios o las condenas condicionales;
e)Evitar y prohibir que los grupos armados no estatales recluten a niños y los utilicen en campañas armadas y actividades terroristas, en particular en atentados suicidas con explosivos;
f)Prevenir los ataques contra las escuelas, especialmente las femeninas, y otros lugares donde haya una elevada concentración de niños.
Parte II
14.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día, en tres páginas como máximo, de la información proporcionada en su informe en relación con:
a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;
b)Las nuevas instituciones y sus mandatos o las reformas institucionales;
c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;
d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.
Parte III
Datos, estadísticas y demás información
15.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.
16.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:
a)Los casos en que se impuso y se aplicó la pena de muerte a personas que eran menores de 18 años en el momento de la presunta comisión del delito;
b)Los niños condenados a muerte;
c)Los casos de tortura, malos tratos y desaparición forzada de niños que han sido investigados y enjuiciados, así como las sanciones impuestas a los autores, incluidos los agentes del orden;
d)Los casos de malos tratos y violencia contra niños —incluidos los casos de castigo corporal en todas sus formas, violencia doméstica, agresiones y abusos sexuales, acoso sexual, violación conyugal y “delitos de honor”—, así como las investigaciones efectuadas, los enjuiciamientos realizados y las penas impuestas en el Estado parte en relación con esos casos;
e)Los casos de matrimonio infantil y los enjuiciamientos realizados y las penas impuestas en el Estado parte en esos casos;
f)Los niños que viven en la pobreza;
g)Los niños solicitantes de asilo, refugiados y migrantes;
h)Los niños en situación de calle;
i)Los casos de trabajo infantil.
17.Sírvanse aportar datos relativos a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico, origen nacional y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, indicando el número de niños:
a)Separados de sus familias, y especifiquen la duración de la separación;
b)Internados en instituciones, e incluyan el número de instituciones y datos sobre el número de niños en cada institución;
c)Confiados a familias de acogida;
d)Que viven con familiares.
18.Facilítense datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico, origen nacional y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:
a)Vivían o viven con su familia;
b)Vivían o viven en instituciones;
c)Asistían o asisten a guarderías;
d)Asistían o asisten a centros de enseñanza preescolar;
e)Asistían o asisten a escuelas primarias;
f)Asistían o asisten a escuelas secundarias;
g)Recibían o reciben apoyo individualizado;
h)Asistían o asisten a escuelas especiales;
i)No estaban o no están escolarizados;
j)Han sido abandonados por su familia.
19.Sírvanse proporcionar, si se dispone de ellos, datos estadísticos actualizados, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre el número de niños de quienes se alegue que han infringido las leyes penales, o a quienes se acuse o declare culpables de haber infringido esas leyes, y que:
a)Han sido detenidos;
b)Han sido derivados a programas de medidas extrajudiciales;
c)Han estado en prisión preventiva;
d)Han estado recluidos con adultos;
e)Han sido condenados y están cumpliendo una pena de privación de libertad, y aporten también datos desglosados por duración de la pena.
20.Sírvanse proporcionar, si se dispone de ellos, datos estadísticos actualizados, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre el número de niños solicitantes de asilo, refugiados y migrantes, incluidos los niños que llegan al Estado parte procedentes de zonas en las que se podría haber reclutado o utilizado a niños en hostilidades.
21.Sírvanse proporcionar información sobre la manera en que se incorpora un enfoque basado en los derechos del niño a la planificación, la aplicación y la supervisión de las medidas para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular en lo que respecta a la participación de los niños y la recopilación de datos, y sobre la forma en que esas medidas promueven la realización de los derechos del niño en virtud de la Convención.
22.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.
23.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.