El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió en su 76º período de sesiones (A/65/18, párr. 85) que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista siguiente no es exhaustiva. Durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

1.La Convención en el derecho interno; marco institucional y normativo parasu aplicación (arts. 2, 5 y 6)

a)Información detallada, con inclusión de ejemplos concretos, sobre la aplicación de la Ley de Prevención y Protección contra la Discriminación, en particular casos de discriminación examinados por los tribunales (CERD/C/MKD/CO/7, párr. 19; CERD/C/MKD/8-10, párrs. 8 a 10);

b)Información sobre los resultados obtenidos por la Estrategia Nacional sobre la Igualdad y la no Discriminación para 2012-2015 (CERD/C/MKD/8-10, párr. 15) y ejemplos de su aplicación, sobre todo en lo que respecta al origen étnico y al género;

c)Información sobre las medidas adoptadas para eliminar los casos de comportamiento indebido por parte de la policía y de malos tratos hacia las minorías étnicas, incluidos los romaníes, así como entre personas de origen macedonio y de origen albanés, cuando uno de esos grupos sea minoría en una zona determinada; información sobre las medidas adoptadas para garantizar la independencia de la Sección de Control Interno, actualmente adscrita al Ministerio del Interior (CERD/C/MKD/8-10, párrs. 38 a 45);

d)Información actualizada sobre las denuncias de discriminación recibidas y tramitadas por el Tribunal Constitucional, el Comité para la Prevención y Protección contra la Discriminación y la Oficina del Defensor del Pueblo; información detallada sobre los esfuerzos para aumentar la eficiencia y la independencia del Comité (CERD/C/MKD/8-10, párrs. 31 a 35).

2.Discriminación contra las minorías nacionales, étnicas y religiosas (arts. 2 a 7)

a)Alegaciones de discriminación étnica y atribución de estereotipos en el discurso público por parte de políticos y medios de comunicación (entre otros), especialmente entre personas de origen macedonio y de origen albanés; falta de aplicación de las disposiciones jurídicas que prohíben y castigan los delitos de incitación al odio a través de los medios de comunicación (CERD/C/MKD/CO/7, párr. 9; CERD/C/MKD/8-10, párr. 123);

b)Esfuerzos para reducir las disparidades étnicas en el acceso a la educación, la vivienda, la salud y el empleo;

c)Doble discriminación que sufren las mujeres pertenecientes a minorías étnicas, en particular las mujeres albanesas y romaníes; supuesta prevalencia de los matrimonios precoces de las niñas romaníes;

d)Información sobre la aplicación del Acuerdo Marco de Ohrid en lo que respecta al reconocimiento de los grupos minoritarios, en particular las minorías menos numerosas, y a su representación en los organismos públicos;

e)Información actualizada sobre los progresos realizados para proporcionar servicios de traducción e interpretación jurídica apropiados a las minorías que no son ni macedonias ni albanesas, con objeto de facilitar su acceso al sistema de justicia; información actualizada sobre las medidas adoptadas para aplicar sistemáticamente la legislación que regula el uso de los idiomas “no mayoritarios” en procedimientos civiles, penales y administrativos (CERD/C/MKD/CO/7, párr. 13; CERD/MKD/8-10, párrs. 140 y 141);

f)Denuncias de discriminación y violencia contra las minorías religiosas, así como incidentes de daños a lugares de culto de minorías religiosas (A/HRC/13/40/Add. 2, párrs. 22 y 42 a 46);

g)Carencia de documentos personales, como tarjetas de identidad y certificados de nacimiento, por parte de algunos miembros de grupos minoritarios, y las consiguientes repercusiones en el disfrute de sus derechos sociales, económicos y culturales;

h)Información actualizada sobre la aplicación del derecho constitucional a la educación en la lengua materna en el caso de las personas pertenecientes a varias comunidades étnicas (CERD/C/MKD/8-10, párr. 103);

i)Elevada tasa de abandono escolar de los niños de las comunidades albanesa y turca (CERD/C/MKD/CO/7, párr. 17).

3.Situación de los no ciudadanos, en particular los migrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo (arts. 5 y 6)

a)Detención administrativa de los solicitantes de asilo y los migrantes en situación irregular —incluidos, al parecer, niños— en el centro de acogida para extranjeros de Gazi Baba, donde, según se informa, las condiciones de reclusión equivalen a un trato inhumano y degradante (CAT/C/MKD/CO/3, párr. 17); acceso a los servicios sociales, incluida la educación, por los migrantes en situación irregular (CERD/MKD/8-10, párr. 93);

b)Alegaciones de que se deniegan o revocan las solicitudes de los refugiados y los solicitantes de asilo aduciendo que constituyen una “amenaza para la seguridad nacional” sin que el solicitante pueda impugnar esas decisiones; alegaciones de que se llevan a cabo expulsiones sin realizar una evaluación adecuada del riesgo de la devolución (CAT/C/MKD/CO/3, párr. 17);

c)Más información sobre las enmiendas introducidas en la Ley de Asilo y Protección Temporal (CERD/C/MKD/CO/7, párr. 11; CERD/C/MKD/8-10, párrs. 129 a 133); información actualizada sobre el número de denegaciones de solicitudes de asilo (CERD/C/MKD/CO/7, párr. 11) y sobre las salvaguardias para evitar la devolución;

d)Información sobre la aplicación de la decisión del Tribunal Constitucional de 15 de julio de 2014 que declaraba inconstitucionales algunas enmiendas a la Ley de Documentos de Viaje de los Ciudadanos de la República de Macedonia; información sobre cualquier caso en que se haya denegado la expedición de un pasaporte.

4.Situación de la comunidad romaní (arts. 2 a 7)

a)Información adicional sobre las medidas adoptadas para mejorar el acceso de los romaníes a la educación, el empleo, la vivienda y la atención de la salud; información actualizada sobre la aplicación de la Estrategia Nacional para los Romaníes y sobre la participación del Estado parte en la iniciativa regional Decenio de Integración de los Romaníes 2005-2015; información actualizada sobre los esfuerzos realizados para implicar a las comunidades romaníes en la elaboración y aplicación de políticas y programas que las afecten (CERD/C/MKD/CO/7, párrs. 7 y 16; CERD/C/MKD/8-10, párrs. 20 y 21);

b)Información sobre las salvaguardias existentes para asegurar que la aplicación de la Ley de Legalización de Construcciones Ilegales y de la planificación urbanística local, sobre todo en los asentamientos informales de Kumanovo, Prilep, Bitola y Skopje, no dejará sin hogar a sus habitantes, mayoritariamente romaníes;

c)Elevada tasa de abandono escolar y bajo nivel de asistencia de los niños de las comunidades romaníes (CERD/C/MKD/CO/7, párr. 18; CERD/C/MKD/8-10, párrs. 176 a 181 y 189 a 208); excesiva representación de niños romaníes en establecimientos educativos para alumnos con discapacidad mental;

d)Alegaciones de estereotipos étnicos en los libros de texto escolares, en particular en lo que respecta a los romaníes.