71 er período de sesiones
11 a 29 de enero de 2016
Tema 4 del programa provisional
Examen de los informes de los Estados partes
Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos tercero y cuarto combinados de Omán
Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada (en un máximo de 10.700 palabras), de ser posible antes del15 de octubre de 2015.
En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.
Parte I
En esta sección se pide al Estado parte que presente sus respuestas a las siguientes preguntas.
1.Sírvanse informar en qué fase se encuentra la promulgación de la Ley del Niño. Asimismo, proporcionen información actualizada sobre la situación y la aplicación de la Estrategia Nacional para la Infancia para el período 2013-2020, así como información sobre las asignaciones presupuestarias destinadas a la aplicación efectiva de la Convención en el Estado parte.
2.Tengan a bien informar más detalladamente al Comité sobre el mandato de la Comisión Nacional de Asuntos de la Familia y su interacción con la Comisión de Seguimiento, que se ha reforzado para incluir todos los órganos gubernamentales competentes y cuyo mandato se ha redefinido. Sírvanse también proporcionar información sobre la dotación de personal y los recursos asignados a la Comisión Nacional de Asuntos de la Familia y el Comité de Seguimiento a fin de garantizar el desempeño eficaz de sus respectivos mandatos.
3.Si bien el Comité toma nota de la gran cantidad de datos sobre la infancia recopilados en una base de datos de indicadores sociales por el Ministerio de Desarrollo Social, indiquen si los datos reunidos se refieren a todos los aspectos contemplados en la Convención y aclaren si esos datos están desglosados, según lo recomendado anteriormente por el Comité (CRC/C/OMN/CO/2, párr. 19). Además, informen por favor sobre el estado de la Encuesta a Base de Indicadores Múltiples, que se prevé que aumentará la disponibilidad de datos sobre la situación de las niñas en el Estado parte.
4.Sírvanse proporcionar más información sobre el comité de derechos humanos establecido en 2008, incluidos los recursos humanos y financieros de que dispone, e indicar si los niños pueden presentar denuncias sin el consentimiento de su tutor, y el número y los tipos de casos recibidos, y faciliten ejemplos concretos de las actividades de sensibilización y los programas de capacitación llevados a cabo.
5.Tengan a bien proporcionar información sobre las medidas y los programas relacionados con la Convención y emprendidos por el Estado parte para garantizar el goce en igualdad de condiciones de los derechos enunciados en la Convención por todos los niños del Estado parte, en particular en lo que respecta a los niños nacidos fuera del matrimonio, los niños con discapacidad, los niños migrantes y los niños pertenecientes a minorías. Indiquen también qué medidas se han adoptado para que los trabajadores migrantes en el Estado parte puedan inscribir los nacimientos de sus hijos y recibir certificados de nacimiento, y sus hijos puedan acceder a los servicios de salud y a la educación. Asimismo, proporcionen más información sobre las medidas adoptadas para combatir la persistencia de los estereotipos de género y las actitudes que impiden a las niñas disfrutar plenamente de todos los derechos humanos.
6.Sírvanse indicar si se han adoptado o previsto medidas para modificar la legislación con el fin de que los niños puedan adquirir la nacionalidad del Estado parte de sus padres y madres en igualdad de condiciones, y puedan acceder a los servicios de salud y a la educación sin discriminación.
7.Por favor informen de qué medidas ha adoptado el Estado parte para prohibir los castigos corporales en todos los lugares y organizar programas de sensibilización y educación para promover formas positivas, no violentas y participativas de criar y disciplinar a los niños.
8.Sírvanse proporcionar información sobre las investigaciones realizadas de casos de maltrato de niños, como quemaduras intencionales, abusos sexuales, altas hospitalarias contra la indicación médica y otras formas de maltrato, sobre las que el Ministerio de Salud lleva recopilando información desde 2007. Asimismo, faciliten información sobre los resultados del estudio de evaluación de la situación relativa a los malos tratos y la negligencia en el Estado parte, y amplíen la información sobre la aplicación del plan de acción a que se hace referencia en el párrafo 118 del informe del Estado parte (CRC/C/OMN/3-4). Informen además sobre la evaluación exhaustiva de la situación de la protección de los niños y el plan de acción trienal a que se hace referencia en el informe del Estado parte.
9.Sírvanse proporcionar información sobre el Departamento de Protección de la Familia, entre otras cosas sobre la asignación presupuestaria, la dotación de personal y los servicios.
10.Por favor, faciliten información sobre las medidas adoptadas, incluidas las leyes y las políticas, para luchar específicamente contra las prácticas nocivas, como el matrimonio infantil, la mutilación genital femenina y los delitos cometidos en nombre del "honor", así como la violencia doméstica y la violación conyugal. Asimismo, informen sobre la situación actual de la ley con respecto a la imposición de penas a los miembros de la familia que matan a sus parientes mujeres, en particular sobre las circunstancias atenuantes.
11.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas que el Estado parte ha adoptado a fin de dar apoyo a los padres para que cumplan sus responsabilidades de criar a los hijos, incluido el tipo de asistencia proporcionado por el Ministerio de Desarrollo Social.
12.Proporcionen por favor más información sobre los niños privados de un entorno familiar, en particular acerca de la kafala, así como sobre el número de instituciones de atención infantil y el número de niños que residen en ellas, junto con información actualizada sobre sus edades. Faciliten también información actualizada sobre el número de niños separados de sus padres biológicos por conductas consideradas "inmorales", tales como el embarazo fuera del matrimonio, y sobre el número de niños en hogares de acogida y en el Centro de Atención a la Infancia. Proporcionen además información sobre el número de centros de acogida residenciales y cuántos son de gestión privada, e indiquen si el Estado parte concede licencias a estos centros y lleva a cabo inspecciones periódicas en ellos. Asimismo, informen sobre la forma en que la hadana (guarda) se aplica en el Estado parte, con respecto tanto a los niños como a las niñas y a los derechos de los padres.
13.Sírvanse indicar si el Estado parte ha analizado las consecuencias para los lactantes y los niños abandonados que no reciben un nombre tribal, en lo que respecta a la discriminación y la integración en la sociedad como adultos independientes que buscan empleo y contraer matrimonio. Aclaren si dar a luz fuera del matrimonio es un delito en el Estado parte y si el Estado parte tiene previsto despenalizar el acto de dar a luz fuera del matrimonio, situación que induce a las madres a abandonar a sus bebés. Informen también sobre la situación de los niños que necesitan ser acogidos y no son musulmanes y sobre el régimen de adopción de niños no musulmanes.
14.Sírvanse dar información sobre los derechos de las madres y los padres tanto en la legislación como en la práctica con respecto a la igualdad en la custodia y tutela de los hijos. Asimismo, proporcionen información tanto sobre la legislación como sobre la práctica en lo que se refiere a la pensión por alimentos pagada por los padres a hijos e hijas, y a la herencia de los niños y las niñas.
15.Sírvanse facilitar información sobre la aplicación de la Ley de Atención y Rehabilitación de las Personas con Discapacidad y la situación de la Estrategia Nacional sobre las Personas con Discapacidad, entre otras cosas sobre las medidas adoptadas para aumentar el número de niños con discapacidad en la enseñanza general, garantizar la accesibilidad de las escuelas y otras instalaciones para los niños con discapacidad y luchar contra la percepción negativa de la discapacidad por parte de la población. Asimismo, indiquen si el Estado parte ha realizado un estudio sobre la relación entre la prevalencia de las malformaciones congénitas y los matrimonios consanguíneos.
16.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar el acceso a los servicios de salud de todos los niños del Estado parte, especialmente de las niñas, los niños pertenecientes a minorías, los niños de pueblos nómadas, los niños de zonas rurales, los niños en situación de pobreza y los hijos de los trabajadores migrantes. Asimismo, proporcionen información sobre los programas de sensibilización y educación para informar a los padres y los niños sobre las infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH/SIDA, así como sobre las medidas de prevención y los tratamientos.
17.Tengan a bien informar más detalladamente sobre las medidas adoptadas para luchar contra el trabajo infantil, incluidas las penas previstas en la ley, y promover iniciativas de concienciación sobre el valor de la educación y los derechos del niño a ese respecto. Informen también sobre las medidas que se han adoptado para lograr que se respeten la edad mínima de empleo y las horas de trabajo permitidas, incluidas las inspecciones, especialmente en los sectores de la agricultura, la pesca y los negocios familiares.
18.Sírvanse facilitar información actualizada sobre el sistema de justicia de menores, entre otras cosas, sobre el estado del proyecto de Ley del Niño y la posibilidad de elevar la mayoría de edad penal para armonizarla con las normas internacionalmente aceptadas. Amplíen la información sobre las "medidas de cuidado y atención" que se aplican a los niños de entre 9 y 16 años que han cometido un delito leve o grave conforme a la Ley de Responsabilidad Penal del Menor. Asimismo, tengan a bien proporcionar información sobre las medidas que se han adoptado para que los jóvenes en conflicto con la ley se recluyan separados de los presos adultos. Proporcionen además información actualizada sobre las funciones del Centro de Orientación de Menores, el Departamento de Supervisión de Menores y el Centro Correccional de Menores, y sobre los programas para garantizar la rehabilitación y la reintegración.
19.Con respecto a la recomendación del Comité acerca del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados (véase CRC/C/OPAC/OMN/CO/1), sírvanse comunicar qué medidas se han adoptado para revisar el Código Penal para que incluya una disposición que tipifique expresamente como delito las violaciones de las disposiciones del Protocolo Facultativo relativas al reclutamiento y la participación de niños en las hostilidades, e incorpore una definición de "participación directa en las hostilidades". Proporcionen también información sobre las medidas adoptadas para establecer un mecanismo de identificación de los niños migrantes y solicitantes de asilo que puedan haber sido reclutados o utilizados en hostilidades, especialmente los niños procedentes del Yemen.
20.Con respecto a la recomendación del Comité acerca del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (véase CRC/C/OPSC/OMN/CO/1), sírvanse proporcionar información detallada sobre los procedimientos adaptados a las necesidades de los niños y al género que se utilizan durante la administración de justicia, la asistencia prestada a las víctimas, las medidas para evitar la revictimización de los niños, el tipo de cuidados prestados, y los programas de integración. Asimismo, aclaren la función del Departamento de Asuntos de Menores con respecto a los niños víctimas.
Parte II
En esta sección, se invita al Estado parte a actualizar brevemente (en tres páginas como máximo) la información proporcionada en su informe en relación con:
a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;
b)Las nuevas instituciones y sus mandatos o reformas institucionales;
c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;
d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.
Parte III
Datos, estadísticas y demás información de que se disponga
1.Sírvanse proporcionar información presupuestaria consolidada correspondiente a los tres últimos años sobre las partidas presupuestarias destinadas a los niños y los sectores sociales, indicando el porcentaje de cada partida presupuestaria con respecto al presupuesto nacional total y el producto nacional bruto, así como la asignación geográfica.
2.Sírvanse proporcionar los datos estadísticos actualizados de que se disponga, desglosados por edad, sexo, ubicación geográfica y situación socioeconómica, correspondientes a los tres últimos años, sobre el número de:
a)Niños que sufrieron lesiones y fallecieron como consecuencia de accidentes de tráfico;
b)Matrimonios infantiles;
c)Casos de maltrato y negligencia de niños en la familia, hogares de acogida, y en otros tipos de instituciones públicas y privadas, como los hogares infantiles, las escuelas, los centros de internamiento de menores y las prisiones;
d)Casos de maltrato y negligencia de niños denunciados en las comisarías, los hospitales, las escuelas y las oficinas de asuntos familiares de cada provincia, y leyes y políticas en vigor para garantizar que se cumple la obligación de denunciar los presuntos casos de maltrato y negligencia de niños;
e)Investigaciones de casos de violencia sexual y violación, y los resultados de los juicios, incluida información sobre las penas impuestas a los autores de tales actos y las reparaciones e indemnizaciones ofrecidas a las víctimas;
f)Niños clasificados como malnutridos y ferropénicos, y niños menores de 5 años que tienen un peso inferior al normal y un retraso en el desarrollo físico;
g)Niños con VIH/SIDA;
h)Niños que trabajan en la economía formal e informal, incluidos los niños utilizados como jinetes en las carreras de camellos y las niñas explotadas como empleadas domésticas;
i)Niños migrantes no acompañados e hijos de los trabajadores migrantes en el Estado parte, incluido el número de recluidos en centros para inmigrantes;
j)Niños condenados por delitos y en prisión y/o centros de internamiento de menores.
3.Sírvanse facilitar datos, desglosados por edad, sexo, condición socioeconómica, origen étnico y ubicación geográfica, correspondientes a los tres últimos años, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar y separados de sus padres, indicando el número de:
a)Niños separados de sus padres;
b)Niños colocados en instituciones;
c)Niños confiados a familias de acogida;
d)Niños adoptados en el país (incluidos los niños no musulmanes) y en el extranjero.
4.Sírvanse facilitar datos, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad y ubicación geográfica, correspondientes a los tres últimos años, sobre el número de niños con discapacidad que:
a)Viven con sus familias;
b)Están internados en instituciones;
c)Asisten a escuelas primarias ordinarias;
d)Asisten a escuelas secundarias ordinarias;
e)Asisten a escuelas especiales;
f)No están escolarizados;
g)Han sido abandonados por su familia.
5.Sírvanse proporcionar datos, desglosados, entre otras cosas, por edad, sexo, condición socioeconómica, ubicación geográfica y origen étnico, en particular en lo que respecta a los niños pertenecientes a minorías, los niños de zonas rurales, los niños de pueblos nómadas, los niños en situación de pobreza y los hijos de los trabajadores migrantes, sobre:
a)Las tasas de matriculación y finalización de los estudios, en porcentajes, de los grupos de edad correspondientes a la enseñanza preescolar, primaria y secundaria;
b)El número y el porcentaje de niños que abandonan los estudios o repiten curso;
c)Las escuelas de formación profesional y los programas alternativos para los niños que han abandonado la escuela;
d)El número de alumnos por profesor.
6.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.
7.Además, el Estado parte puede citar cuestiones que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.