Naciones Unidas

A/HRC/33/L.16

Asamblea General

Distr. limitada

28 de septiembre de 2016

Español

Original: inglés

Consejo de Derechos Humanos

33 er p eríodo de sesiones

Tema 10 de la agenda

Asistencia técnica y fomento de la capacidad

Bélgica, España*, Francia, Italia*, Luxemburgo* , Países Bajos, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Rumania*, Sudáfrica: proyectode resolución

33/...Asistencia técnica y fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos en la República Centroafricana

El Consejo de Derechos Humanos,

Guiado por los principios y objetivos de la Carta de las Naciones Unidas,

Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos,

Recordando la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y otros instrumentos internacionales y africanos de derechos humanos pertinentes,

Recordando también la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo de 2006, y las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1 y 5/2, de 18 de junio de 2007, 23/18, de 13 de junio de 2013, 24/34, de 27 de septiembre de 2013, S-20/1, de 20 de enero de 2014, 27/28, de 26 de septiembre de 2014, y 30/19, de 2 de octubre de 2015,

Recordando además las resoluciones del Consejo de Seguridad 2088 (2013), de 24 de enero de 2013, 2121 (2013), de 10 de octubre de 2013, 2127 (2013), de 5 de diciembre de 2013, 2134 (2014), de 28 de enero de 2014, 2149 (2014), de 10 de abril de 2014, 2217 (2015), de 28 de abril de 2015, 2281 (2016), de 26 de abril de 2016, y 2301 (2016), de 26 de julio de 2016,

Reafirmando que todos los Estados tienen la responsabilidad primordial de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales consagrados en la Carta, la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y los demás instrumentos internacionales y africanos de derechos humanos pertinentes en los que sean parte,

Recordando que las autoridades de la República Centroafricana tienen la responsabilidad primordial de proteger a toda la población del país contra el genocidio, los crímenes de guerra, la limpieza étnica y los crímenes de lesa humanidad,

Acogiendo con beneplácito la celebración de consultas populares y el Foro de Bangui sobre la Reconciliación Nacional, a los que siguieron la aprobación de un pacto republicano y de un acuerdo sobre desarme, desmovilización y reintegración firmado por los representantes de las principales partes en el conflicto en la República Centroafricana,

Acogiendo con beneplácito también la celebración pacífica de un referéndum constitucional el 13 de diciembre de 2015 y la celebración de elecciones legislativas y presidenciales en diciembre de 2015 y febrero y marzo de 2016, así como la investidura del Presidente Faustin-Archange Touadéra, el 30 de marzo de 2016,

Reafirmando su apego a la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial de la República Centroafricana,

Preocupado por la frágil situación existente en materia de seguridad en la República Centroafricana resultante del mantenimiento de la presencia de grupos armados, y condenando en particular los recientes actos de violencia y criminalidad que persisten en Bangui y los incidentes acaecidos en el interior del país, que han generado desplazamientos forzados,

Gravemente preocupado por la crítica situación humanitaria que sigue prevaleciendo, particularmente la difícil situación de los desplazados y los refugiados, preocupado por el flujo de refugiados y sus repercusiones en la situación existente en los países vecinos y otros países de la región, y preocupado igualmente por el riesgo de violencia sectaria,

Gravemente preocupado también por las violaciones de los derechos humanos cometidas contra la población civil, que incluyen casos de ejecución sumaria, ejecución extrajudicial, detención y encarcelamiento arbitrarios, desaparición forzada, reclutamiento y utilización de niños, violación y otras formas de violencia sexual, tortura, saqueo, destrucción ilícita de bienes y otros abusos y violaciones graves del derecho internacional de los derechos humanos,

Poniendo de relieve la necesidad de establecer programas de desarme, desmovilización, reintegración y repatriación genuinos, conforme a una estrategia integral de reforma del sector de la seguridad, y acogiendo con beneplácito la lograda realización de actividades preliminares en esta esfera, que han contribuido a reducir la presencia de los miembros de los grupos armados,

Observando que la comunidad internacional se ha movilizado para prestar asistencia humanitaria a la población de la República Centroafricana afectada por la crisis, y que, en ese contexto, se celebraron una conferencia de donantes en Addis Abeba el 1 de febrero de 2014, la conferencia de Bruselas el 26 de mayo de 2015 y varias reuniones de alto nivel sobre la acción humanitaria en la República Centroafricana,

Observando la próxima organización de una conferencia de donantes e inversores, a celebrarse en Bruselas el 17 de noviembre de 2016,

Recordando la necesidad de que las autoridades nacionales, la comunidad internacional y las entidades humanitarias presten apoyo para el regreso voluntario de los desplazados internos y los refugiados y se aseguren de que este regreso sea sostenible,

Acogiendo con beneplácito los esfuerzos de la Misión Internacional de Apoyo a la República Centroafricana dirigida por África, la Unión Africana, la misión de la Operación Sangarís llevada a cabo por Francia, la operación militar de la Unión Europea en la República Centroafricana, las misiones de formación militar operacionales y no operacionales de las fuerzas armadas centroafricanas de la Unión Europea y la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana,

Recordando que las fuerzas internacionales presentes en la República Centroafricana deben actuar, en el cumplimiento de su deber, respetando plenamente las disposiciones aplicables del derecho internacional humanitario, el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional de los refugiados, expresando su preocupación por las denuncias de abusos sexuales y otras violaciones de los derechos humanos que pueden haber cometido militares de las fuerzas internacionales en la República Centroafricana, y recordando que debe iniciarse una investigación exhaustiva de las denuncias y que los responsables de esos actos deben ser llevados ante la justicia, y acogiendo con beneplácito la determinación del Secretario General de aplicar estrictamente la política de tolerancia cero de las Naciones Unidas en materia de explotación y abuso sexual,

Destacando que es urgente e imperativo poner término a la impunidad en la República Centroafricana y llevar ante la justicia a los autores de vulneraciones y abusos de los derechos humanos y de violaciones del derecho internacional humanitario, y que es necesario fortalecer los mecanismos nacionales para garantizar que los autores rindan cuentas de sus actos, en particular el establecimiento efectivo y rápido del tribunal penal especial,

Poniendo de relieve la responsabilidad primordial de las autoridades nacionales de crear las condiciones necesarias para llevar a cabo investigaciones, sustanciar juicios y dictar sentencias con eficiencia e independencia,

Acogiendo con beneplácito la determinación de las autoridades de la República Centroafricana de restablecer el estado de derecho, poner fin a la impunidad y llevar ante la justicia a los autores de los crímenes previstos en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, en el que la República Centroafricana es parte, y tomando nota de la decisión de la Fiscal de la Corte de 7 de febrero de 2014 de iniciar un examen preliminar sobre la situación existente en la República Centroafricana, y de su decisión de 24 de septiembre de 2014 de poner en marcha una investigación, atendiendo a una solicitud de las autoridades de transición,

Acogiendo con beneplácito también la decisión de las autoridades centroafricanas de poner en funcionamiento un tribunal penal especial a más tardar en diciembre de 2016,

Recordando que la comisión internacional de investigación de las denuncias de violación del derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos y de violaciones de los derechos humanos en la República Centroafricana concluyó que las principales partes en el conflicto han cometido, desde enero de 2013, violaciones y abusos que pueden constituir crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad,

1.Condena enérgicamente los abusos y violaciones de los derechos humanos que siguen cometiendo todas las partes y destaca que los responsables de esas violaciones deberán rendir cuentas de sus actos y ser llevados ante la justicia;

2.Reitera su llamamiento para que se ponga fin inmediatamente a todos los abusos y violaciones de los derechos humanos y los actos ilegales de violencia cometidos por todas las partes, y su estricta adhesión a todos los derechos humanos y todas las libertades fundamentales y al restablecimiento del estado de derecho en el país;

3.Toma nota con aprecio del informe de la Experta Independiente sobre la situación de los derechos humanos en la República Centroafricana, y de las recomendaciones que contiene;

4.Insta a todas las partes intervinientes en la República Centroafricana a que protejan a todos los civiles, en particular a las mujeres y los niños, contra la violencia sexual y la violencia de género;

5.Acoge con beneplácito la renovación del mandato de la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana, y alienta a esta a aplicar resueltamente una estrategia proactiva y firme en materia de protección de los civiles, según lo establecido en su mandato;

6.Alienta a las autoridades centroafricanas a que, con el apoyo de la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana, participen resueltamente en el desarme, la desmovilización, la reintegración y la repatriación de los combatientes extranjeros, de acuerdo con una estrategia integral de reforma del sector de la seguridad, para poner rápidamente en funcionamiento las estructuras de cooperación que han establecido y formular propuestas para el desarme, la desmovilización, la reintegración y la repatriación, y solicita a los Estados Miembros y las organizaciones internacionales que suministren los fondos necesarios para el proceso de desarme, desmovilización, reintegración y repatriación, que es una contribución esencial a la seguridad de la población y la estabilización del país;

7.Insta a las autoridades centroafricanas a que, con el apoyo de la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana y la Misión de Formación Militar de la Unión Europea en la República Centroafricana, adopten y apliquen una política de seguridad nacional y una estrategia integral para la reforma del sector de la seguridad, que incluyan procedimientos de verificación previa en materia de derechos humanos por las fuerzas de defensa y de seguridad;

8.Acoge con beneplácito que el 5 de mayo de 2015 varios grupos armados se comprometieran a liberar a los niños alistados en sus filas y a poner fin al reclutamiento y la utilización de niños, así como a prevenir estos fenómenos, y, a este respecto, los exhorta a cumplir su compromiso;

9.Insta a todas las partes a proteger y considerar como víctimas a los niños que hayan sido liberados o apartados por otros medios de los grupos y fuerzas armados, y pone de relieve la necesidad de prestar particular atención a la protección, liberación y reintegración de todos los niños asociados a esos grupos y fuerzas;

10.Exhorta a las autoridades de la República Centroafricana a que hagan respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales de toda la población y a que tomen todas las medidas necesarias para poner fin a la impunidad de quienes cometen actos de violencia u otros abusos o violaciones de los derechos humanos, mediante, entre otras, el fortalecimiento del sistema judicial y de los mecanismos nacionales destinados a garantizar la rendición de cuentas;

11.Toma nota de la decisión de las autoridades centroafricanas de solicitar a la Fiscal de la Corte Penal Internacional que inicie una investigación de las denuncias de crímenes cometidos en la República Centroafricana que puedan ser de competencia de la Corte;

12.Acoge con beneplácito la labor realizada por las autoridades centroafricanas, que incluye la aprobación y promulgación de una ley por la que se crea en el sistema judicial nacional un tribunal penal especial con competencia para conocer de las violaciones graves de los derechos humanos y las violaciones del derecho internacional humanitario, e insta a las autoridades nacionales a tomar todas las medidas apropiadas para poner en vigor dicha ley, que incluyan la puesta en funcionamiento efectiva de ese tribunal y su capacidad operativa;

13.Solicita a las autoridades de la República Centroafricana que adopten inmediatamente medidas prioritarias concretas para fortalecer a la judicatura y combatir la impunidad a fin de contribuir a la estabilización y la reconciliación, en particular restableciendo la administración de justicia, el sistema de justicia penal y el sistema penitenciario en todo el país, garantizando que todos tengan acceso a una justicia equitativa e imparcial, y para poner en funcionamiento el tribunal penal especial lo antes posible;

14.También solicita a las autoridades de la República Centroafricana que prosigan sus esfuerzos destinados a restablecer la autoridad efectiva del Estado en todo el país, en particular reorganizando la administración pública en las provincias para garantizar una gobernanza estable, responsable, inclusiva y transparente;

15.Solicita a los Estados Miembros y a las organizaciones internacionales y regionales que presten urgentemente apoyo a las autoridades centroafricanas para que estas puedan introducir las reformas mencionadas y restablecer la autoridad del Estado en todo el territorio, y hace notar que la conferencia sobre promesas de contribuciones que se celebrará en Bruselas el 17 de noviembre de 2016 brindará la oportunidad de prestar ese apoyo;

16.Insta a las autoridades de la República Centroafricana a aplicar las recomendaciones formuladas en el Foro de Bangui sobre la Reconciliación Nacional, en particular respecto a la creación de una comisión de verdad, justicia, reparación y reconciliación, adoptando un enfoque inclusivo que permita lograr una reconciliación genuina y duradera;

17.Sigue profundamente preocupado por las condiciones en que se encuentran los desplazados y los refugiados, y alienta a la comunidad internacional a que preste apoyo a las autoridades nacionales y a los países de acogida para garantizar una protección y una asistencia apropiadas a las víctimas de la violencia, especialmente a las mujeres, los niños y las personas con discapacidad;

18.Exhorta a las autoridades de transición a continuar sus esfuerzos para proteger y promover el derecho a la libertad de circulación para todos, especialmente los desplazados, sin distinción, y a respetar su derecho a elegir su lugar de residencia, regresar a sus hogares o a buscar protección en otro lugar;

19.Invita a todas las partes interesadas y a la comunidad internacional a seguir movilizándose para atender las urgencias y prioridades indicadas por la República Centroafricana, en particular el apoyo financiero y técnico, y a sufragar el tratamiento de los trastornos psicotraumáticos de las personas afectadas por la crisis;

20.Solicita a todas las partes que faciliten el acceso de las poblaciones víctimas a la asistencia humanitaria y el de las entidades humanitarias a la totalidad del territorio nacional aumentando la seguridad en las carreteras;

21.Alienta a los Estados Miembros de las Naciones Unidas, en el marco de la cooperación internacional, a los organismos competentes de las Naciones Unidas, a las instituciones financieras internacionales y a las demás organizaciones internacionales competentes, así como a los donantes, a que presten a la República Centroafricana asistencia técnica y fomento de la capacidad con miras a promover el respeto de los derechos humanos y acometer la reforma de los sectores de la justicia y la seguridad;

22.Alienta a la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana a que, de conformidad con su mandato, publique informes sobre la situación de los derechos humanos en la República Centroafricana para que la comunidad internacional pueda seguir de cerca la situación;

23.Decide renovar por un año el mandato de la Experta Independiente, para que evalúe y observe la situación de los derechos humanos en la República Centroafricana e informe al respecto, con miras a formular recomendaciones relativas a la asistencia técnica y el fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos;

24.Solicita a todas las partes que cooperen plenamente con la Experta Independiente en el desempeño de su mandato;

25.Solicita a la Experta Independiente que colabore estrechamente con todos los organismos de las Naciones Unidas, la Unión Africana y la Comunidad Económica de los Estados de África Central, especialmente en dos consultas con ellos, así como con las demás organizaciones internacionales competentes, la sociedad civil y todos los mecanismos pertinentes de derechos humanos;

26.También solicita a la Experta Independiente que presente oralmente al Consejo de Derechos Humanos, en su 34º período de sesiones, información actualizada en relación con su informe sobre la asistencia técnica y el fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos en la República Centroafricana, y que presente además un informe escrito al Consejo en su 36º período de sesiones;

27.Solicita al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que siga suministrando a la Experta Independiente todos los recursos financieros y humanos necesarios para que pueda cumplir plenamente su mandato;

28.Decide seguir ocupándose de la cuestión.