Resumen

El Secretario General tiene el honor de transmitir a la Asamblea General el informe de los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos sobre su 26ª reunión, celebrada en Ginebra del 23 al 27 de junio de 2014, de conformidad con lo dispuesto en la resolución 57/202 de la Asamblea.

Informe de los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos sobre su 26ª reunión

Resumen

En su resolución 57/202, la Asamblea General solicitó al Secretario General que le presentara los informes de los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos sobre sus reuniones periódicas. En el presente documento figura el informe sobre la 26ª reunión de los Presidentes de los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados de derechos humanos, que se celebró en Ginebra del 23 al 27 de junio de 2014. La reunión de los Presidentes, convocada anualmente de conformidad con la resolución 49/178 de la Asamblea, examinó la aplicación de la resolución 68/268 de la Asamblea sobre el fortalecimiento y la mejora del funcionamiento eficaz del sistema de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, así como el seguimiento de las recomendaciones de la 25ª reunión de los Presidentes. Las decisiones y recomendaciones de los Presidentes figuran en la sección VII del presente informe.

Índice

Página

Introducción

4

Organización de la reunión

4

Seguimiento de la resolución 68/268 de la Asamblea General sobre el fortalecimiento y la mejora del funcionamiento eficaz del sistema de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y de las decisiones adoptadas en la 25ª reunión de los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados relativas a la armonización de los métodos de trabajo

7

Procedimiento simplificado de presentación de informes

9

Diálogo constructivo

12

Observaciones finales

14

Consultas oficiosas con los Estados partes

15

Consultas oficiosas con organizaciones de la sociedad civil y el Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos

16

Otros asuntos

18

Represalias contra particulares y grupos que colaboran o tratan de colaborar con los órganos creados en virtud de tratados

18

Reunión con la Subdivisión del Examen Periódico Universal de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

18

Conclusiones, decisiones y recomendaciones

19

Anexos

I.Nota orientativa para los Estados Partes sobre el diálogo constructivo con los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos

26

II.Marco de las observaciones finales

30

I.Introducción

La 26ª reunión de los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos se celebró en Ginebra del 23 al 27 de junio de 2014. Las reuniones se convocan anualmente de conformidad con la resolución 49/178 de la Asamblea General.

II.Organización de la reunión

A la reunión asistieron los Presidentes de los siguientes órganos: Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (José Francisco Cali Tzay); Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Zdzislaw Kedzia); Comité de Derechos Humanos (Sir Nigel Rodley); Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Nicole Ameline); Comité de los Derechos del Niño (Kirsten Sandberg); Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (Francisco Carrión Mena); Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Malcolm Evans); Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (María Soledad Cisternas Reyes); y Comité contra la Desaparición Forzada (Emmanuel Decaux). El Comité contra la Tortura estuvo representado por su Vicepresidenta (Felice Gaer).

El Director de la División de Tratados de Derechos Humanos de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Ibrahim Salama, declaró abierta la sesión y dio la bienvenida a los Presidentes. A continuación, el Sr. Salama procedió a la elección de la Mesa e hizo referencia a la lista facilitada por la secretaría de anteriores Presidentes y Vicepresidentes de las reuniones anuales. Sobre la base del principio de rotación, el Presidente del Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, Malcolm Evans, fue elegido Presidente-Relator de la 26ª reunión y el Presidente del Comité contra la Desaparición Forzada, Emmanuel Decaux, fue elegido Vicepresidente por aclamación.

El Presidente de la 26ª reunión informó a los participantes de que lamentablemente la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos no podía dirigirse a los Presidentes en persona. No obstante, invitó a los participantes a que escucharan el mensaje que les había enviado la Alta Comisionada por vídeo.

En su mensaje en vídeo, la Alta Comisionada felicitó a los Presidentes por dar notoriedad a los órganos creados en virtud de tratados como un sistema durante el proceso intergubernamental de fortalecimiento de esos órganos. Además, acogió con satisfacción la alianza natural entre los órganos creados en virtud de tratados y su Oficina, ya que juntos habían conseguido lo que muchos consideraban imposible, a saber, el fortalecimiento con éxito de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos por primera vez en 40 años, en beneficio de los titulares de los derechos, y señaló que el reforzamiento de esos órganos constituía un logro fundamental de su mandato. Asimismo, la Alta Comisionada destacó que los órganos creados en virtud de tratados y la Oficina eran agentes diferentes e independientes. La Asamblea General así lo había puesto de manifiesto en su resolución 68/268 confiriendo ciertas responsabilidades a los órganos creados en virtud de tratados y otras a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. La Alta Comisionada también destacó que los órganos creados en virtud de tratados y la Oficina tenían los mismos intereses, pero distintas funciones que desempeñar y que cada uno de ellos debía ser juzgado por separado en el informe bienal del Secretario General a la Asamblea. Por lo tanto, la Alta Comisionada alentó a los Presidentes a que siguieran ejerciendo su papel de liderazgo y llegaran a conclusiones sobre el tema de la armonización de los métodos de trabajo en el programa de la 26ª reunión, para su aplicación por todos los órganos creados en virtud de tratados, salvo que posteriormente algún comité se desvinculara de los resultados.

En la declaración completa que se distribuyó, la Alta Comisionada añadió que durante su mandato se había entablado una relación muy constructiva entre los miembros de los órganos creados en virtud de tratados y los miembros de su Oficina, puesto que habían trabajado de consuno para promover el objetivo de los derechos humanos para todos. La Alta Comisionada exhortó a los Presidentes a que se mantuvieran vigilantes y atentos a la necesidad de proseguir con esta firme y constructiva colaboración a pesar de ciertos incidentes aislados en que el personal de la Oficina no había sido tratado con dignidad y respeto.

El Presidente expresó su agradecimiento a la Alta Comisionada por haber sido una firme defensora de la labor de los órganos creados en virtud de tratados en sus dos mandatos consecutivos. A continuación, el Presidente expresó su reconocimiento a Claudio Grossman, Presidente saliente de la 25ª reunión de los Presidentes, por su excelente liderazgo y compromiso y por el mensaje electrónico que había enviado a los participantes en la 26ª reunión.

En su mensaje, el Sr. Grossman puso de relieve que la 26ª reunión de los Presidentes tenía una especial relevancia por tres motivos. En primer lugar, marcaba la clausura de un año en el que, por primera vez, el sistema de los órganos creados en virtud de tratados se había perfilado como un agente de la escena internacional. En segundo lugar, la reunión pondría a prueba la capacidad de los Presidentes para mantener su sentido de unidad. En tercer lugar, la reunión mediría el grado en que cada uno de los Presidentes era capaz de ejercer su liderazgo frente a sus propios comités. El Sr. Grossman recordó que, en su 25ª reunión, los Presidentes habían elaborado cinco principios que habían influido en el proceso de fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados y sus resultados de manera concreta. Además, destacó que los Presidentes, mediante la elaboración de una posición común en Washington D.C., en enero de 2014, inmediatamente antes de la última ronda de negociaciones intergubernamentales, habían ejercido una influencia positiva y con autoridad en el proceso de fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados. En su mensaje, el Sr. Grossman exhortó a sus colegas a que mantuvieran la visibilidad y siguieran llenando el espacio que habían conquistado para los órganos creados en virtud de tratados a pesar de las múltiples dificultades. También añadió que correspondía ahora a los Presidentes aprovechar el impulso que se había creado para armonizar los métodos de trabajo de los órganos creados en virtud de tratados, no solo porque ese era el mandato de la reunión anual de los Presidentes, sino porque ello aumentaría la accesibilidad, la capacidad de respuesta, la previsibilidad y la protección de los derechos humanos para todos, sin discriminación.

El Presidente de la 26ª reunión presentó el programa provisional y las anotaciones correspondientes (HRI/MC/2014/1) y el programa de trabajo preliminar. Además, el Presidente recordó que el mandato de la reunión anual de los Presidentes era simplificar, racionalizar y armonizar los métodos de trabajo y los reglamentos de los órganos creados en virtud de tratados. En su 25ª reunión, los Presidentes habían decidido incorporar al programa de la 26ª reunión de los Presidentes la posible armonización de la metodología para el diálogo constructivo con los Estados partes y la posibilidad de un formato común para las observaciones finales. La Asamblea General, en su resolución 68/268, también había alentado a los órganos creados en virtud de tratados a que colaboraran para adoptar una metodología armonizada que promoviera su diálogo constructivo (párr. 5) y a que formularan observaciones finales breves, pertinentes y concretas (párr. 6). En el párrafo 1 de esa resolución, la Asamblea alentó también a los órganos creados en virtud de tratados a que ofrecieran a los Estados partes el procedimiento simplificado de presentación de informes. Puesto que el procedimiento simplificado de presentación de informes estaba intrínsecamente vinculado con el diálogo constructivo y las observaciones finales, también figuraba en el programa de la 26ª reunión.

El Presidente informó a la reunión de que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos había elaborado tres notas para preparar los debates (HRI/MC/2014/2, HRI/MC/2014/3 y HRI/MC/2014/4). Esas notas se han difundido entre todos los miembros de los órganos creados en virtud de tratados 12 semanas antes de la reunión anual a fin de que todos los Presidentes pudieran celebrar consultas en el seno de las reuniones de sus respectivos comités durante este período. El Presidente señaló que este enfoque debía ayudar a los Presidentes a llegar a un resultado significativo en su 26ª sesión.

Los Presidentes expresaron su interés en examinar el problema de las represalias contra las personas que cooperan con los órganos creados en virtud de tratados y la visibilidad del sistema de los órganos creados en virtud de tratados, así como en dar seguimiento a la declaración conjunta aprobada por los Presidentes en su 25ª reunión sobre la agenda para el desarrollo después de 2015 (A/68/334, anexo) en relación con el tema 8 (otros asuntos) y a continuación aprobaron el programa de la 26ª reunión.

Los Presidentes procedieron seguidamente a debatir la periodicidad y el calendario de la reunión anual de los Presidentes. Se propuso que se organizara otra reunión más de los Presidentes entre sus reuniones 26ª y 27ª. Además, los Presidentes debatieron la posibilidad de celebrar una reunión adicional en la que participaran miembros de los órganos creados en virtud de tratados. Los Presidentes también examinaron las ventajas y desventajas de que los órganos creados en virtud de tratados presentaran conjuntamente sus informes anuales a la Tercera Comisión de la Asamblea General.

También se solicitó a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que estudiara la posibilidad de que la reunión de los Presidentes se celebrara al mismo tiempo que la reunión anual de los titulares de mandatos de los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos.

El Presidente informó a los participantes de que el Presidente del Comité Internacional de la Cruz Roja había expresado su interés en reunirse con los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados en un futuro próximo, iniciativa que tuvo una acogida muy favorable por parte de todos los Presidentes.

III.Seguimiento de la resolución 68/268 de la Asamblea General sobre el fortalecimiento y la mejora del funcionamiento eficaz del sistema de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y de las decisiones adoptadas en la 25ª reunión de los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados relativas a la armonización de los métodos de trabajo

Los Presidentes expresaron unánimemente su satisfacción por la aprobación de la resolución 68/268 de la Asamblea General sobre el fortalecimiento y la mejora del funcionamiento eficaz del sistema de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos. La mayoría de los Presidentes también expresaron su determinación de aplicar esa resolución.

Cada uno de los Presidentes ofreció una sinopsis de los debates sobre el tema mantenidos en el seno de sus comités respectivos. Los comités que habían celebrado períodos de sesiones entre abril y junio de 2014 habían debatido la cuestión durante su período de sesiones. Otros comités habían intercambiado opiniones por correo electrónico. Un tercer grupo de comités todavía no había tenido la oportunidad de examinar la resolución 68/268 de la Asamblea General.

La Presidenta del Comité de los Derechos del Niño informó a los participantes de que los debates mantenidos en el seno del Comité con respecto a la armonización de los métodos de trabajo relativos al diálogo constructivo entre el Comité y los Estados partes y las observaciones finales habían sido enormemente positivos y, asimismo, se había señalado la dificultad de formular observaciones finales breves, pertinentes y concretas dado el carácter amplio y exhaustivo de la Convención sobre los Derechos del Niño. En relación con el procedimiento simplificado de presentación de informes, la Presidenta preguntó acerca de la disponibilidad de la capacidad del personal de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos para apoyar este nuevo procedimiento y, al mismo tiempo, reducir el retraso acumulado con respecto a la presentación de los informes de los Estados partes con arreglo al procedimiento estándar.

El Presidente del Comité contra la Desaparición Forzada subrayó que la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadasno requería informes periódicos, aunque sí preveía la posibilidad, con arreglo al artículo 29 4), de que el Comité solicitara a los Estados partes información complementaria sobre la aplicación de la Convención. El Presidente también destacó que el reducido número de miembros del Comité podía impedir que este aplicara métodos de trabajo que fueran utilizados por comités de mayor tamaño.

El Presidente del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares informó a los demás participantes de la necesidad de aumentar el número de ratificaciones de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares y exhortó a todos los comités a que tomaran en cuenta las disposiciones de la Convención y la labor del Comité al cumplir sus respectivos mandatos.

El Presidente del Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes acogió con satisfacción la resolución de la Asamblea General y, en particular, los recursos adicionales otorgados a la secretaría del Subcomité y el paquete de medidas encaminadas a fomentar la capacidad contemplados en la resolución. Ambos elementos aumentarían la capacidad del Subcomité para cumplir su mandato a fin de aumentar y mejorar la capacidad de los mecanismos nacionales de prevención.

La Presidenta del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, al tiempo que puso de relieve la importancia de lograr un equilibrio entre la unidad y la especificidad, destacó el impulso y la oportunidad que ofrecía la resolución sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados y recalcó la importancia de que se movilizara todo el sistema de órganos creados en virtud de tratados para aplicar rápidamente la resolución. Además, la Presidenta exhortó a todos los órganos creados en virtud de tratados a que siguieran simplificando sus métodos de trabajo a fin de facilitar el cumplimiento por los Estados partes de la obligación de presentar informes. También puso de relieve la necesidad de que los órganos creados en virtud de tratados se complementaran entre sí y aumentara la cooperación con otros mecanismos de derechos humanos.

La Vicepresidenta del Comité Contra la Tortura informó a los participantes de que este Comité tenía previsto revisar sus métodos de trabajo en noviembre de 2014. Esa revisión permitiría al Comité adoptar una posición fundamentada sobre los métodos de trabajo en el programa de la 26ª reunión de los Presidentes y evaluar la utilización que estaba haciendo del procedimiento simplificado de presentación de informes (al que el Comité se refería como “lista de cuestiones previa a la presentación de informes”) tanto en términos cuantitativos como cualitativos.

El Presidente del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales expresó la respuesta positiva del Comité ante la resolución. Además, el Presidente compartió la opinión del Comité según la cual la creación de un sistema coherente de órganos creados en virtud de tratados llevaría el tiempo que se necesitara para elaborar una visión común para el sistema. También puso de relieve la importancia de debatir previamente los temas del programa de las reuniones de los Presidentes en el ámbito de los comités.

La Presidenta del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad observó con satisfacción que los principios y opiniones fundamentales de los órganos creados en virtud de tratados hubieran quedado reflejados en la resolución 68/268 de la Asamblea General y comunicó a la reunión que informaría al Comité sobre los debates mantenidos en la 26ª reunión de los Presidentes cuando se celebrara su siguiente período de sesiones en septiembre de 2014. La Presidenta también sugirió que, además de ocuparse de la coherencia entre los procedimientos de los comités, la reunión de los Presidentes debía tratar la coherencia sustantiva y jurisprudencial.

El Presidente del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial informó de que el Comité todavía no había examinado los temas del programa de la 26ª reunión de los Presidentes y que lo haría en su próximo período de sesiones en agosto de 2014.

El Presidente del Comité de Derechos Humanos mencionó que el Comité tenía una opinión favorable de la resolución de la Asamblea General, en particular sobre los recursos asignados para hacer frente al retraso acumulado respecto de los informes y las comunicaciones de los Estados partes. También informó a la reunión de que el Comité todavía no había tenido la oportunidad de examinar los temas del programa de la 26ª reunión, pero que lo haría en su próximo período de sesiones.

En el debate que siguió, los participantes solicitaron que se los informara acerca del calendario de reuniones de los órganos creados en virtud de tratados para 2015, así como de los recursos disponibles en virtud de la resolución 68/268 de la Asamblea General para prestar apoyo a la labor de esos órganos.

A.Procedimiento simplificado de presentación de informes

Los días 23 y 24 de junio de 2014, los Presidentes examinaron el procedimiento simplificado de presentación de informes. El Presidente señaló a la atención de los participantes la nota de la secretaría sobre el procedimiento simplificado de presentación de informes (HRI/MC/2014/4). En ese documento de antecedentes se describían las prácticas seguidas actualmente por los órganos creados en virtud de tratados que habían adoptado un procedimiento simplificado de presentación de informes y examinó los parámetros para armonizar y generalizar ese procedimiento. El Presidente puso de manifiesto la relación entre el procedimiento simplificado de presentación de informes y las observaciones finales para prestar mayor atención al examen realizado por los Estados partes. El Presidente también solicitó a los participantes que tuvieran en cuenta el límite de palabras en la documentación de los Estados partes introducido en el párrafo 16 de la resolución 68/268 y tomó nota de las reiteradas solicitudes en los párrafos 1 y 16 de la resolución para limitar el número de preguntas formuladas en la lista de cuestiones previa a la presentación de informes. A continuación, el Presidente invitó a los Presidentes de los comités que utilizaban el procedimiento simplificado de presentación de informes a que compartieran sus experiencias.

La Vicepresidenta del Comité Contra la Tortura informó a la reunión de que este Comité había aprobado el procedimiento simplificado de presentación de informes por la necesidad que sentía de hacer frente al hecho de que varios Estados partes no respondieran a la lista de cuestiones estándar dentro de plazo, así como por razones prácticas relacionadas con la traducción de los documentos. Aunque el Comité estaba considerando la posibilidad de aplicar el procedimiento simplificado de presentación para los informes iniciales que tuvieran mucho retraso, además de los informes periódicos, todavía no lo había hecho con el fin de proporcionar a los Estados partes la oportunidad de que le presentaran un informe inicial amplio siguiendo el procedimiento estándar. La mayoría de los Estados partes en la Comité contra la Tortura había respondido positivamente al procedimiento simplificado de presentación de informes. No obstante, se subrayó la necesidad de que el personal de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos prestara un gran apoyo en la preparación de la lista de cuestiones en relación con el procedimiento simplificado de presentación de informes. La representante del Comité Contra la Tortura también resaltó lo difícil que resultaba recibir respuestas oportunas de los Estados partes a las listas de cuestiones previas a la presentación de informes y pidió que se estableciera un enfoque común y coherente para resolver este problema. Puesto que las listas de cuestiones previas a la presentación de informes enviadas por el Comité Contra la Tortura a los Estados partes constaban de entre 35 y 45 preguntas, el Comité no consideraba viable limitar el número de preguntas a 25, como se sugería en la nota de antecedentes sobre el procedimiento simplificado de presentación de informes y en el informe de la Alta Comisionada sobre el fortalecimiento del sistema de órganos creados en virtud de tratados (A/66/860). Si bien recomendó a todos los órganos creados en virtud de tratados que consideraran la posibilidad de adoptar el procedimiento, la representante del Comité Contra la Tortura resaltó la necesidad de una evaluación cualitativa detallada del procedimiento simplificado de presentación de informes e indicó que el Comité llevaría a cabo esa evaluación, como se había solicitado en una reunión previa de los Presidentes.

El Presidente del Comité de Derechos Humanos informó a la reunión de que este Comité había ofrecido el procedimiento simplificado de presentación de informes desde 2009 a los Estados partes con informes que tuvieran un retraso significativo. Además, el Presidente destacó que era necesario elaborar un calendario claro para asegurar la previsibilidad de los plazos de entrega de las respuestas a las listas de cuestiones previas a la presentación de informes y la fecha del examen de los informes de los Estados partes conforme al procedimiento simplificado de presentación. Sigue siendo necesario contar con directrices sobre cada tratado específico mientras se presenten informes siguiendo el procedimiento estándar. El Comité de Derechos Humanos no estaba considerando la posibilidad de aplicar el procedimiento simplificado de presentación a los informes iniciales. El Presidente del Comité de Derechos Humanos también informó a la reunión de que el Comité podría hacer suya la propuesta de un límite máximo de 25 preguntas si se consultaba a sus miembros y estos daban su consentimiento. También informó a la reunión de que el Comité de Derechos Humanos tenía la intención de revisar la utilización del procedimiento simplificado de presentación de informes en 2015.

El Presidente del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares informó a la reunión de que el Comité había registrado importantes mejoras en la eficiencia como resultado de la utilización del procedimiento simplificado de presentación de informes. Los informes de los Estados partes presentados de conformidad con el procedimiento simplificado eran más específicos y concisos puesto que respondían a las preguntas formuladas por el Comité. Además, el Presidente puso de relieve que el apoyo del personal de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos era fundamental para el eficaz funcionamiento del procedimiento simplificado de presentación de informes.

La Presidenta del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad informó a la reunión de que los informes de los Estados partes que por entonces estaban siendo examinados por el Comité eran informes iniciales presentados con arreglo al procedimiento estándar. Por consiguiente, el Comité todavía no tenía ninguna experiencia con respecto a la aplicación del procedimiento simplificado de presentación de informes. No obstante, el Comité venía alentando a los Estados partes a que presentaran informes periódicos de conformidad con el procedimiento simplificado.

En el debate que siguió, se señaló que no existía un procedimiento simplificado estándar de presentación de informes, sino una variedad de prácticas que dependía de la forma en que lo aplicaban los comités concretos. Los Presidentes indicaron que podía resultar útil elaborar un marco y un calendario comunes para el procedimiento que pudieran ser utilizados por todos los órganos creados en virtud de tratados.

Los Presidentes recalcaron la importancia de la contribución de las entidades de las Naciones Unidas, las organizaciones de la sociedad civil y las instituciones nacionales de derechos humanos en la preparación de la lista de cuestiones conforme al procedimiento simplificado de presentación de informes y pusieron de relieve la necesidad de asegurar la participación efectiva de esos agentes en el proceso.

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos respondió a las preguntas formuladas por los Presidentes en relación con las consecuencias prácticas del procedimiento simplificado de presentación de informes para la programación de los exámenes, la carga de trabajo que ello suponía, la disponibilidad de apoyo al personal y la determinación de la secuencia de las distintas fases del procedimiento simplificado de presentación de informes. Se resaltó que los órganos creados en virtud de tratados no tenían que aplazar su oferta de puesta a disposición del procedimiento simplificado de presentación de informes hasta que se eliminara el retraso acumulado.

En general, los Presidentes acogieron con beneplácito el uso del procedimiento simplificado para la obligación de presentación de informes periódicos. La mayoría de los Presidentes opinaba que lo ideal era que los informes iniciales de los Estados partes se presentaran conforme al procedimiento estándar, aunque excepcionalmente el procedimiento podría ser útil como una opción para los Estados partes que tenían pendientes informes iniciales desde hacía mucho tiempo.

Las Presidentas del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y del Comité de los Derechos del Niño informaron a la reunión de que sus Comités veían con buenos ojos el procedimiento simplificado de presentación de informes y era probable que lo pusieran a disposición de los Estados partes dentro de un plazo razonable. El Presidente del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales informó a la reunión de que este Comité tenía previsto poner el procedimiento a disposición de un número limitado de Estados partes con carácter experimental.

Si bien señaló que la lista de cuestiones previa a la presentación de informes debía ser concisa y específica, los Presidentes en general opinaban que no era práctico establecer un límite al número de preguntas formuladas y que la cifra de 25 podía servir como orientación y no como norma. En respuesta a esto, el Presidente de la reunión sugirió que los Comités se guiaran por una evaluación objetiva de cuántas preguntas podía responder un Estado parte teniendo en cuenta el nuevo límite de palabras establecido en el párrafo 16 de la resolución 68/268 de la Asamblea General.

Los Presidentes de los comités que ya estaban utilizando el procedimiento simplificado de presentación de informes comunicaron a la reunión que no existían directrices independientes para los Estados que presentaban informes de conformidad con ese procedimiento y que se aconsejaba a los Estados partes que tomaran en consideración las directrices específicas para cada tratado que se aplicaban al procedimiento estándar de presentación de informes. Los Presidentes manifestaron la opinión de que algunos comités tal vez desearan revisar sus directrices para la presentación de informes teniendo en cuenta el procedimiento simplificado y el nuevo límite de palabras para los informes de los Estados partes.

Los Presidentes examinaron el proyecto de formato común de la lista de cuestiones conforme al procedimiento simplificado de presentación de informes que figuraba en el anexo III de la nota de la secretaría (HRI/MC/2014/4). Si bien señalaron la utilidad de un formato común para las listas de cuestiones previas a la presentación de informes, los Presidentes destacaron que el formato solo debía servir de orientación para su examen por los órganos creados en virtud de tratados y que esos órganos concretos debían seguir siendo flexibles para estructurar las listas de cuestiones de conformidad con sus necesidades y la situación en el Estado parte objeto de examen.

B.Diálogo constructivo

Los días 24 y 25 de junio de 2014, los Presidentes examinaron la posibilidad de armonizar la metodología para el diálogo constructivo de los órganos creados en virtud de tratados con los Estados partes. El Presidente señaló a la atención de los participantes la nota de la secretaría sobre el diálogo constructivo entre los órganos creados en virtud de tratados y los Estados partes (HRI/MC/2014/3). Además, señaló que en la 25ª reunión de los Presidentes se había decidido examinar los temas relativos a las directrices por escrito, los equipos de tareas sobre los países, la agrupación de preguntas por temas, la asignación equitativa de tiempo entre los miembros de los órganos creados en virtud de tratados y el Estado parte y la atención que se prestaba a las anteriores observaciones finales durante el diálogo constructivo. En la nota de antecedentes se presentaron un análisis comparativo de las prácticas existentes y una propuesta de directrices comunes sobre el diálogo constructivo. Durante los debates, los Presidentes convinieron en que la expresión “diálogo constructivo” se aplicara únicamente al diálogo verbal, cara a cara, entre la delegación del Estado parte y el comité.

Los Presidentes expresaron su apoyo a los objetivos que figuraban en el párrafo 5 de la resolución 68/268 de la Asamblea General, a saber, hacer que el diálogo fuera más eficaz, aprovechando al máximo el tiempo disponible y permitiendo un diálogo más interactivo y productivo con los Estados partes, y también recalcaron la necesidad de que hubiera flexibilidad para que cada comité diera forma al diálogo en función de sus características específicas.

Los Presidentes recordaron que durante el diálogo correspondía al Presidente del órgano creado en virtud de un tratado garantizar una gestión del tiempo eficaz. Esto incluiría guiar, según sea necesario, la duración de las intervenciones de los delegados de los Estados partes, así como de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados. También convinieron en que, en la medida de lo posible y con el debido respeto a la facultad discrecional de los Presidentes en este ámbito, los órganos creados en virtud de tratados, en principio, llevarían a cabo su diálogo cara a cara con los Estados partes en dos reuniones de tres horas de duración y durante dos días laborables consecutivos. También se facilitaría a los Estados partes una indicación del tiempo disponible para las declaraciones de apertura y clausura.

Además de los puntos de acuerdo anteriormente indicados, los Presidentes resaltaron la posición de sus respectivos comités en lo que respecta al uso de equipos de tareas sobre los países y la estructuración del diálogo constructivo en grupos temáticos. Los Presidentes del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, del Comité contra la Tortura, del Comité de los Derechos del Niño y del Comité de Derechos Humanos manifestaron la opinión de que la utilización de los equipos en los países (equipos de miembros de los órganos creados en virtud de tratados, conocidos también como equipos de tareas sobre los países), que estaban coordinados por uno o más relatores para los países, habían mejorado la calidad del diálogo. El Presidente del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales informó a la reunión de que este Comité había introducido recientemente el sistema de los relatores para los países con carácter experimental y que sería prematuro que el Comité introdujera un sistema de equipos en los países en ese momento. Los Presidentes del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial y del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, que por entonces no utilizaban equipos en los países, afirmaron que cualquier cambio en la metodología que estaban aplicando requeriría un examen y una deliberación meticulosos en el seno de sus Comités. Los Presidentes del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y del Comité contra la Desaparición Forzada, que por entonces no utilizaban equipos en los países, informaron a la reunión de que sus Comités veían con buenos ojos la posibilidad de introducirlos. El Presidente del Comité contra la Desaparición Forzada destacó que el tamaño del Comité podía ser una limitación y recalcó que la composición de los equipos en los países debía tener en cuenta no solo el equilibrio geográfico y entre los géneros, sino también los conocimientos de idiomas.

Los Presidentes del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, del Comité de los Derechos del Niño, del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y del Comité contra la Desaparición Forzada señalaron que sus Comités ya habían estructurado el diálogo constructivo con los Estados partes con arreglo a grupos temáticos. El Presidente del Comité de Derechos Humanos indicó que el Comité podría considerar esta posibilidad, siempre y cuando conservara la facultad discrecional de modificar el formato de los grupos temáticos en respuesta a la situación concreta de un Estado parte. El Presidente del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial indicó que por entonces el Comité no agrupaba las preguntas por temas en el diálogo. El Presidente del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares informó a la reunión de que este Comité estructuraba su diálogo constructivo siguiendo los artículos de la Convención y no estaba considerando efectuar cambios a ese respecto.

Los Presidentes reconocieron que la Asamblea General alentara en el párrafo 5 de su resolución 68/268 a los órganos creados en virtud de tratados a que elaboraran una metodología armonizada para el diálogo constructivo. Tras deliberar al respecto, los Presidentes invitaron a los órganos creados en virtud de tratados a examinar la nota orientativa para los Estados partes sobre el diálogo constructivo con los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, que figura en el anexo I del presente informe, con vistas a ponerlo a disposición de los Estados partes.

C.Observaciones finales

El 26 de junio de 2014, los Presidentes examinaron la nota de la secretaría sobre las observaciones finales (HRI/MC/2014/2), incluida la propuesta de un proyecto de formato armonizado para las observaciones finales que figuran en el anexo de la nota.

Los Presidentes acogieron con beneplácito el llamamiento para que se formularan observaciones finales breves, pertinentes y concretas que figuran en el párrafo 6 de la resolución 68/268 de la Asamblea General. No obstante, algunos Presidentes destacaron que las observaciones finales debían respetar las características específicas de los respectivos comités.

Se debatió si las cuestiones planteadas en las observaciones finales debían ser examinadas durante el diálogo y hubo algunos Presidentes que se mostraron a favor de este enfoque, mientras que otros indicaron que las respuestas a la lista de cuestiones también podían servir de base para las preocupaciones que figuraban en las observaciones finales, aun cuando no se plantearan durante el diálogo. Los Presidentes también intercambiaron opiniones sobre la medida en que debía tenerse en cuenta la aplicación por el Estado parte de las observaciones finales anteriores al redactar las observaciones finales.

Los Presidentes convinieron en que se debía alentar a sus respectivos órganos creados en virtud de tratados a que formularan recomendaciones que ofrecieran una orientación concreta y viable a los Estados partes sobre las medidas para cumplir las obligaciones contraídas conforme a los tratados, incluidos los objetivos respecto del cumplimiento de los plazos y otras prioridades, cuando procediera. Los Presidentes consideraron que la inclusión de indicadores para medir la aplicación del Estado parte de la disposición convencional concreta en las observaciones finales planteaba cuestiones que requerían mayor reflexión.

Los Presidentes también convinieron en que las observaciones finales debían señalar los artículos pertinentes del tratado y que podía ser positivo el uso de subepígrafes en las observaciones finales. Asimismo, los Presidentes convinieron en que, en la medida de lo posible, se debía alentar a los comités a limitar el uso de los párrafos estándar en pro de la eficiencia del procedimiento o cuando, en casos concretos, fuera conveniente a fin de garantizar la coherencia de la jurisprudencia y la igualdad de trato de los Estados partes.

Los Presidentes consideraron que sería inútil imponer un límite máximo de 3.300 palabras en las observaciones finales sobre los informes periódicos. Los Presidentes también examinaron la sugerencia de que se diera prioridad a las recomendaciones teniendo en cuenta la capacidad de los Estados partes para aplicar medidas de manera significativa dentro de un ciclo de presentación de informes determinado y la necesidad de equilibrar las prioridades inmediatas y a más largo plazo, tanto en lo que respecta a la urgencia como a la viabilidad de la aplicación. Si bien algunos comités daban prioridad de facto a las recomendaciones en el marco de su procedimiento de seguimiento, la mayoría de los comités consideraban que intentar dar prioridad a las recomendaciones de esta manera podía resultar complejo y contraproducente.

Por otro lado, si bien los Presidentes convinieron en que las recomendaciones de otros órganos y mecanismos creados en virtud de tratados de derechos humanos debían examinarse durante el examen del Estado parte, con vistas a fortalecer la complementariedad de los mecanismos de derechos humanos, algunos Presidentes también consideraron que las remisiones sistemáticas de las recomendaciones pertinentes de otros mecanismos y órganos creados en virtud de tratados en las observaciones finales planteaban problemas de orden práctico.

Los Presidentes reconocieron que la Asamblea General alentara en el párrafo 6 de su resolución 68/268 a los órganos creados en virtud de tratados a que elaboraran unas directrices comunes para la elaboración de observaciones finales. Tras el debate, los Presidentes invitaron a los órganos creados en virtud de tratados a que examinaran el marco para la formulación de observaciones finales, que figura en el anexo II del presente informe. Los Presidentes recalcaron que los órganos creados en virtud de tratados debían conservar la facultad discrecional de adaptar el marco a fin de que reflejara las características específicas de cada tratado.

IV.Consultas oficiosas con los Estados partes

El 25 de junio de 2014, los Presidentes celebraron consultas oficiosas con los Estados partes acerca de la resolución 68/268 de la Asamblea General sobre el fortalecimiento y la mejora del funcionamiento eficaz del sistema de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos.

El Presidente de la 26ª reunión de los Presidentes acogió con beneplácito la oportunidad de una colaboración renovada con los Estados partes y expresó su apoyo a la aplicación por los Estados partes de la resolución de la Asamblea General sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados. Además, el Presidente celebró las oportunidades que surgieron a raíz de la aprobación de la resolución, en particular el tiempo de reunión adicional necesario para reducir el retraso acumulado en el examen de los informes de los Estados partes y las comunicaciones individuales.

Los demás Presidentes presentaron las opiniones de sus comités respectivos sobre la resolución, recalcaron la independencia y la imparcialidad de sus miembros y señalaron los aspectos específicos de sus respectivos convenios y convenciones. En general, expresaron su disposición a armonizar los diferentes métodos de trabajo sobre la base de las buenas prácticas y a hacer más eficientes sus procedimientos, teniendo en cuenta el carácter específico de cada tratado. En concreto, los Presidentes consideraban que la resolución era un instrumento para simplificar la labor de los Estados partes cuando redactaban los informes y acogieron con beneplácito el conjunto de medidas de asistencia técnica y fomento de la capacidad aprobado por la Asamblea General. Se señalaron como objetivos comunes una mayor visibilidad, el fortalecimiento de la aplicación de los convenios y convenciones y el aumento de la capacidad de los sistemas nacionales de protección nacional.

Los Estados partes consideraron que la aprobación de la resolución 68/268 de la Asamblea General constituía un hito. La pronta aplicación de sus disposiciones se consideraba esencial para lograr el fortalecimiento de la protección de los derechos humanos sobre el terreno. Los Estados partes exhortaron a los órganos creados en virtud de tratados a que redujeran rápidamente el retraso acumulado, armonizaran sus métodos de trabajo, en particular la generalización del procedimiento simplificado de presentación de informes, y usaran la tecnología moderna, como la transmisión por Internet y las videoconferencias. Varios Estados partes también exhortaron a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a que prestara asistencia a los Estados en el cumplimiento de su obligación de presentar informes mediante actividades de fomento de la capacidad.

Varios Estados partes destacaron las distintas funciones de los órganos creados en virtud de tratados, los Estados partes y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos con respecto a la resolución y expresaron la necesidad de que todos los agentes cumplieran las expectativas que en ella se establecían con carácter prioritario.

El 27 de junio de 2014, los Presidentes celebraron consultas oficiosas por videoconferencia, facilitada por la Oficina del Alto Comisionado en Nueva York, con los delegados de los Estados sin representación permanente en Ginebra. Las delegaciones participantes acogieron con beneplácito la oportunidad de colaborar con los Presidentes y resaltaron los beneficios que suponían para los Estados sin representación permanente en Ginebra el hecho de poder interactuar con los órganos creados en virtud de tratados en Nueva York.

Los delegados preguntaron acerca de las medidas adoptadas por los órganos creados en virtud de tratados para formular observaciones finales más pertinentes y celebrar un diálogo más equilibrado. Además, los delegados solicitaron que todos los órganos creados en virtud de tratados pusieran a disposición el procedimiento simplificado para facilitar la presentación de informes por los Estados pequeños que se enfrenaban a limitaciones de la capacidad. También se planteó la cuestión de la aplicación de las directrices de Addis Abeba (A/67/222, anexo I) y su posible revisión en el futuro.

V.Consultas oficiosas con organizaciones de la sociedad civil y el Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos

El 26 de mayo de 2014, los Presidentes celebraron consultas oficiosas con organizaciones de la sociedad civil y el Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos. En una declaración conjunta, 18 organizaciones de la sociedad civil acogieron con beneplácito los resultados del proceso de fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados. Además, reconocieron el importante papel desempeñado por los miembros de los órganos creados en virtud de tratados en el proceso y resaltaron varias esferas prioritarias para su examen por los Presidentes.

Los representantes de la sociedad civil subrayaron además la importancia de la armonización de los métodos de trabajo a fin de facilitar la participación de las organizaciones de la sociedad civil con los órganos creados en virtud de tratados. También manifestaron preocupación por el hecho de que algunas de las recomendaciones formuladas en anteriores reuniones de los Presidentes todavía no se hubieran puesto en práctica y expresaron la esperanza de que la aprobación de la resolución de la Asamblea General diera un nuevo impulso a la adopción de medidas. Los representantes de la sociedad civil exhortaron a todos los órganos creados en virtud de tratados a que velaran por que el procedimiento simplificado de presentación de informes estuviera disponible, al mismo tiempo que se definía claramente la forma en que las organizaciones no gubernamentales podían contribuir a este proceso. Los participantes de la sociedad civil en la reunión también destacaron la importancia de que todos los órganos creados en virtud de tratados celebraran reuniones privadas con las organizaciones de la sociedad civil. Además, solicitaron que los órganos creados en virtud de tratados estudiaran la posibilidad de reunirse en grupos paralelos y los alentaron a que elaboraran nuevos métodos de trabajo que permitieran optimizar su tiempo de reunión, teniendo en cuenta el aumento considerable del volumen de trabajo de los órganos creados en virtud de tratados previsto para los próximos años.

Algunos representantes de la sociedad civil expresaron preocupación por lo que percibían como una falta de voluntad política de algunos Estados partes de cumplir su obligación de presentar informes. En este contexto, instaron a los órganos creados en virtud de tratados a que examinaran la situación de los Estados partes que no hubieran presentado un informe, en particular en los casos de graves violaciones de los derechos humanos.

Los representantes de la sociedad civil también acogieron con satisfacción la firme condena formulada en el párrafo 8 de la resolución 68/268 de la Asamblea General de todos los actos de intimidación y las represalias contra las personas y los grupos que contribuían a la labor de los órganos creados en virtud de tratados y alentaron a los Presidentes a que adoptaran medidas eficaces a ese respecto.

También se alentó encarecidamente a los órganos creados en virtud de tratados a que hicieran suyas las directrices de Addis Abeba y adoptaran medidas para velar por que todos los miembros se adhirieran a ellas.

Los representantes de la sociedad civil presentaron sugerencias en relación con la accesibilidad a las actividades de los órganos creados en virtud de tratados y la participación en condiciones de igualdad en esas actividades por parte de las personas con discapacidad. Si bien la grabación en vídeo y la transmisión por Internet de diálogos interactivos de forma sistemática permitían que todas las partes interesadas nacionales pudieran hacer un seguimiento de la labor de los órganos creados en virtud de tratados y participar en ella, solo el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad proporcionaba medidas de accesibilidad como los subtítulos y la interpretación en lengua de señas. También se alentó a los órganos creados en virtud de tratados a que evaluaran la accesibilidad de su información y sus comunicaciones, prestando especial atención al formato de los archivos publicados en los sitios web, y a que generalizaran la política de respeto al medio ambiente, que ya aplicaba el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en virtud de la cual se utilizaban documentos electrónicos en lugar de copias impresas.

Los Presidentes recibieron con agrado la valiosa contribución de las organizaciones de la sociedad civil a la labor de los órganos creados en virtud de tratados, mediante presentaciones, aportaciones, audiencias o informes. Asimismo, exhortaron a las organizaciones de la sociedad civil a que continuaran participando en los exámenes de los Estados, así como en la aplicación de las recomendaciones formuladas por los órganos creados en virtud de tratados.

VI.Otros asuntos

A.Represalias contra particulares y grupos que colaboran o tratan de colaborar con los órganos creados en virtud de tratados

El 27 de junio, los Presidentes se reunieron con una representante de la Subdivisión de Procedimientos Especiales de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Mara Bustelo. La Sra. Bustelo mencionó que los procedimientos especiales se habían beneficiado en gran medida de la labor de los órganos creados en virtud de tratados, en particular de sus visitas a los países, y afirmó que esperaba que ambos mecanismos se reforzaran entre sí mediante una labor más sistemática de remisiones entre ellos.

A petición de los Presidentes, la Sra. Bustelo informó a la reunión de las medidas adoptadas por los procedimientos especiales para hacer frente a las represalias contra los particulares y los grupos y personas que cooperan con los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas. Entre esas medidas figuraban la elaboración de un protocolo para la tramitación de casos individuales de represalias, la función del Relator Especial sobre la Situación de los Defensores de los Derechos Humanos como coordinador de los casos de represalias y la capacitación de los nuevos titulares de mandatos acerca de cómo prevenir las represalias cuando se efectúan comunicaciones y se llevan a cabo visitas a los países.

Destacando la importancia de un enfoque a nivel de todo el sistema en todos los mecanismos de derechos humanos para hacer frente a las represalias, los Presidentes expresaron su interés en elaborar una política común de todos los órganos creados en virtud de tratados frente a las represalias y decidieron que el asunto constituyera un tema permanente del programa de la reunión anual de los Presidentes. También recomendaron que todos los órganos creados en virtud de tratados que todavía no lo hubieran hecho establecieran un coordinador sobre las represalias y decidieron examinar y aprobar una política conjunta sobre las represalias en la 27ª reunión de los Presidentes en 2015.

B.Reunión con la Subdivisión del Examen Periódico Universal de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

El 25 de junio de 2014, los Presidentes se reunieron con la Jefa de la Subdivisión del Examen Periódico Universal de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Shahrzad Tadjbakhsh, que resaltó que la labor de los órganos creados en virtud de tratados y el examen periódico universal tenían carácter complementario, señaló que las observaciones finales de los órganos creados en virtud de tratados constituían un elemento significativo de los debates y las recomendaciones del examen periódico universal y puso de relieve las numerosas recomendaciones que el examen periódico universal había formulado a los Estados para que ratificaran los tratados de derechos humanos. Además, la Sra. Tadjbakhsh informó a los Presidentes del enfoque integrado de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos para que todos los mecanismos de derechos humanos (el examen periódico universal, los órganos creados en virtud de tratados y los procedimientos especiales), así como la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, realizaran un seguimiento de las recomendaciones.

Los Presidentes expresaron preocupación por los casos en que las recomendaciones del examen periódico universal procedentes de las observaciones finales de los órganos creados en virtud de tratados fueron rechazadas por los Estados. La Sra. Tadjbakhsh aclaró que el examen periódico universal no permitía a los Estados rechazar recomendaciones, pero ofrecía la posibilidad de que los Estados tomaran nota de las recomendaciones que consideraban que no podían aplicarse dentro de un determinado ciclo del examen periódico universal. La Presidenta del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad tomó nota de la necesidad de mejorar la accesibilidad física de las personas con discapacidad a la labor del Consejo de Derechos Humanos.

VII.Conclusiones, decisiones y recomendaciones

En su 26ª reunión, los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos adoptaron las decisiones y aprobaron las conclusiones y recomendaciones que figuran a continuación.

I.La función de los Presidentes para lograr los objetivos de la resolución 68/268 de la Asamblea General sobre el fortalecimiento y la mejora del funcionamiento eficaz del sistema de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos

Los Presidentes expresaron la determinación de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos de seguir desarrollando su labor como un sistema prosiguiendo con el examen de las buenas prácticas relativas a la aplicación del reglamento y los métodos de trabajo en sus continuos esfuerzos por fortalecer y mejorar el funcionamiento eficaz de los órganos creados en virtud de tratados.

En este contexto, los Presidentes acogieron con beneplácito el hecho de que la Asamblea General alentara a los órganos creados en virtud de tratados a que siguieran reforzando el papel de los Presidentes en las cuestiones de procedimiento, especialmente en la formulación de conclusiones sobre cuestiones relativas a los métodos de trabajo, la extensión de las buenas prácticas y metodologías entre todos los órganos creados en virtud de tratados, el logro de la coherencia entre estos órganos y la normalización de los métodos de trabajo.

Los Presidentes reafirmaron sus funciones previamente reconocidas de facilitar la representación y coordinar las actividades comunes, lo que incluye aspectos como el examen y la aprobación de declaraciones conjuntas, respetando simultáneamente la autonomía y la especificidad de cada órgano creado en virtud de un tratado. Los Presidentes también reiteraron la decisión tomada en anteriores reuniones de los Presidentes en el sentido de que debían adoptar medidas sobre los métodos de trabajo y las cuestiones de procedimiento que eran comunes a todo el sistema de órganos creados en virtud de tratados y se habían debatido previamente dentro de cada comité y de que todos los órganos creados en virtud de tratados debían aplicar esas medidas, salvo que posteriormente algún comité se desvinculase de ellas.

II.Armonización de los métodos de trabajo de los órganos creados en virtud de tratados

Los Presidentes examinaron la cuestión de los métodos de trabajo que figuraba en el programa de la 26ª reunión con vistas a detectar las buenas prácticas y aprobaron la siguiente declaración.

Los Presidentes acogen con beneplácito los resultados de la labor de la Asamblea General para fortalecer y mejorar el funcionamiento eficaz del sistema de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, que culminó con la aprobación de la resolución 68/268 de la Asamblea.

Los Presidentes reconocen y reiteran que el éxito del proceso de fortalecimiento depende de la colaboración constructiva entre todas las partes interesadas, que han de trabajar para alcanzar ese objetivo común. En este sentido, los Presidentes se han comprometido a examinar a fondo el contenido de la resolución, junto con sus respectivos comités y en su seno. Al hacerlo, los Presidentes apoyan un enfoque que da prioridad, en primer lugar, a la realización de uno de los principales propósitos de la resolución, a saber, promover el reforzamiento del cumplimiento por los Estados de sus compromisos en materia de derechos humanos.

Ese objetivo no puede lograrse sin la pronta y plena asignación de tiempo de reunión adicional a los órganos creados en virtud de tratados, junto con el aumento del nivel de dotación de personal y de apoyo de conformidad con lo indicado por la Asamblea General en su resolución 68/268. La eliminación del actual retraso acumulado de informes y comunicaciones individuales que deben llevar a cabo los órganos creados en virtud de tratados, junto con sus demás funciones importantes, es un aspecto esencial de la participación de los Estados partes de manera más eficaz, así como una contribución más efectiva a la protección de los derechos humanos.

Los Presidentes consideran que, de conformidad con lo dispuesto en la resolución 68/268 de la Asamblea General, todas las economías generadas a raíz de la aplicación de la resolución y la financiación adicional deben ponerse a disposición del sistema de órganos creados en virtud de tratados para complementar los recursos presupuestarios y extrapresupuestarios existentes. Por tanto, los Presidentes quisieran solicitar aclaraciones sobre las disposiciones futuras con respecto al tiempo de reuniones y el apoyo al personal y recibir un plan de acción que ponga de manifiesto cómo se hará frente a la acumulación de trabajo en los plazos previstos.

Los Presidentes consideran necesario someter a examen de sus comités una serie de propuestas de armonización que, una vez que hayan tenido la oportunidad de reflexionar sobre ellos, se presentarán a la 27ª reunión de los Presidentes. Los Presidentes también reconocen su responsabilidad de proseguir con los esfuerzos encaminados a armonizar los métodos de trabajo de los órganos creados en virtud de tratados.

Los Presidentes observan con reconocimiento la documentación (HRI/MC/2014/2, HRI/MC/2014/3 y HRI/MC/2014/4) preparada para prestarles asistencia en sus reflexiones sobre la forma en que pueden lograr el fortalecimiento del sistema de los órganos creados en virtud de tratados, recomendado por la Asamblea General en su resolución 68/268, así como las observaciones formuladas durante las consultas celebradas con las partes interesadas en su 26ª reunión anual.

Los órganos creados en virtud de tratados tal vez deseen inspirarse en las recomendaciones de otros órganos y mecanismos creados en virtud de tratados de derechos humanos en la elaboración de la lista de cuestiones previa a la presentación de informes, en el diálogo, y, cuando proceda, en las observaciones finales, a fin de mejorar la coherencia y la complementariedad de los mecanismos de derechos humanos.

A.Procedimiento simplificado de presentación de informes

Los Presidentes señalan a la atención de los comités el llamamiento hecho por la Asamblea General en su resolución 68/268, párrafo 1, para que se ponga a disposición de los Estados un procedimiento simplificado de presentación de informes.

Los Presidentes también reconocen que a partir del 1 de enero de 2015 los informes periódicos estarán sometidos al límite de palabras indicado en el párrafo 16 de la resolución 68/268 de la Asamblea General. En respuesta a esta nueva situación, los Presidentes apoyan la opinión de que los comités que examinan informes periódicos deberían considerar la posibilidad de que ese procedimiento esté disponible después del 1 de enero de 2015.

Asimismo, los Presidentes apoyan la opinión de que los comités tal vez deseen considerar la posibilidad de poner a disposición un proceso simplificado para el examen de los informes iniciales en los casos concretos en los que crean que esto mejoraría el diálogo constructivo.

Los Presidentes consideran que en ese proceso simplificado deberían participar los comités resaltando las cuestiones o temas que crean que más facilitarían que el Estado que presenta el informe se centre en su informe escrito, sin perjuicio de la posibilidad de otras cuestiones de importancia planteadas en un momento posterior del proceso por el Estado o el órgano creado en virtud de un tratado.

Para ayudarlos en esta tarea, los Presidentes señalarían a la atención de los órganos creados en virtud de tratados los ejemplos proporcionados por la práctica del Comité contra la Tortura y del Comité de Derechos Humanos, considerando que esos ejemplos incluyen elementos que podrían ser útiles para elaborar directrices para la presentación de informes respecto de cada país en concreto.

Los Presidentes alientan a los órganos creados en virtud de tratados que se hayan beneficiado del procedimiento simplificado de presentación de informes a que evalúen sus ventajas y sus dificultades con el fin de que todos los Comités puedan reproducir las mejores prácticas a este respecto.

Además, los Presidentes reconocen que los Estados pueden optar por no aprovechar un proceso simplificado, pero tal vez deseen seguir presentando informes con arreglo a las directrices formuladas al respecto por cada órgano creado en virtud de un tratado. Los Presidentes consideran que cada órgano creado en virtud de un tratado debería considerar la posibilidad de revisar sus directrices para la presentación de informes en vigor a fin de asegurar que los Estados partes puedan presentar informes que se ajusten a esas directrices y respeten el límite de palabras establecido en el párrafo 16 de la resolución 68/268 de la Asamblea General.

Los comités tal vez deseen examinar la necesidad de establecer una secuencia de las etapas del procedimiento de presentación de informes, incluida la aprobación de la lista de cuestiones, a fin de facilitar el examen oportuno y productivo de los informes de los Estados partes.

B.Diálogo constructivo

Los Presidentes comparten los objetivos establecidos en el párrafo 5 de la resolución 68/268 de la Asamblea General, entre los que se incluyen lograr un diálogo más eficaz, aprovechar al máximo el tiempo disponible y facilitar un diálogo más interactivo y productivo con los Estados partes. Los Presidentes subrayan la necesidad de que cada uno de los órganos creados en virtud de tratados tenga flexibilidad en la realización del diálogo de conformidad con las características específicas de cada convenio o convención.

Recordando que el Presidente de cada comité se encarga de velar por que el diálogo se lleve a cabo de manera constructiva, eficaz y eficiente, los Presidentes invitan a sus comités a que examinen lo indicado a continuación como elementos de ese enfoque.

Que el diálogo se desarrolle normalmente en dos períodos de sesiones con una duración máxima de tres horas y, en la medida de lo posible, se lleve a cabo en dos días laborables consecutivos. Excepcionalmente se podrá convocar un período de sesiones adicional de hasta tres horas más cuando el comité lo considere apropiado y factible.

Que a los Estados partes se les suministre información sobre la estructura del diálogo y una indicación del límite de tiempo para su declaración de apertura (de 15 a 30 minutos) y para sus observaciones finales (hasta 10 minutos) a fin de ahorrar tiempo para el intercambio directo entre la delegación del Estado parte y los miembros del comité.

Que se haya demostrado que el uso de los equipos en los países, coordinados por uno o más miembros del comité, sirve como medio para mejorar la calidad y la cobertura del diálogo en esos comités que han adoptado este enfoque.

Que se respeten los límites de tiempo, cuando sea necesario, en las intervenciones tanto de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados como de los Estados partes siguiendo las orientaciones del Presidente.

Que el diálogo relativo a los informes periódicos se centre en las cuestiones o las prioridades temáticas señaladas por los órganos creados en virtud de tratados. Esas cuestiones prioritarias pueden incluir observaciones finales anteriores, asuntos señalados en la lista de cuestiones, así como las posibles novedades en el Estado parte que se hayan señalado a la atención del comité.

Que como ayuda y asistencia a los Estados partes, se ponga a su disposición una nota orientativa sobre el diálogo constructivo, un borrador de la cual figura en el anexo I del presente informe.

C.Observaciones finales

Los Presidentes apoyan el llamamiento hecho por la Asamblea General en su resolución 68/268, párrafo 6, para que las observaciones finales sean breves, pertinentes y concretas, teniendo en cuenta las características específicas de los comités respectivos y sus mandatos.

Los Presidentes también consideran que sería útil que las cuestiones planteadas en las observaciones finales hayan sido objeto de debate durante el diálogo y creen que esta debería ser la práctica seguida normalmente.

Los Presidentes alientan a los órganos creados en virtud de tratados a que formulen recomendaciones que ofrezcan una orientación concreta y viable sobre las medidas para cumplir las obligaciones contraídas conforme a los tratados, incluidos los objetivos respecto del cumplimiento de los plazos y otras prioridades, cuando proceda. En este contexto, los Presidentes invitan a los órganos creados en virtud de tratados a que señalen los artículos pertinentes del tratado en cuestión en sus observaciones finales y a que formulen orientaciones sobre los cambios legislativos o estructurales que pueda requerir el Estado parte. Cuando sirven para aclarar, los Presidentes celebran el uso normalizado de subepígrafes en las observaciones finales.

Se alienta a los órganos creados en virtud de tratados a que utilicen párrafos estándar solo cuando resulte conveniente de cara al procedimiento o cuando, en casos concretos, sea deseable a fin de garantizar la coherencia de la jurisprudencia o la igualdad de trato de los Estados partes. Se alienta a los órganos creados en virtud de tratados a que se abstengan de incluir en sus observaciones finales párrafos estándar de carácter rutinario, a menos que sea necesario.

Inspirados por el párrafo 6 de la resolución 68/268, los Presidentes hacen suyo el marco para formular observaciones finales que figura en el anexo II del presente informe, lo cual debe entenderse a la luz de la necesidad de que cada uno de los órganos creados en virtud de tratados utilice el marco de manera flexible a fin de que sus observaciones finales respeten y reflejen las características específicas de cada convenio o convención y de cada órgano.

III.Represalias

Los Presidentes condenan enérgicamente los actos de intimidación y las represalias contra las personas que están tratando de colaborar con los órganos creados en virtud de tratados.

Los Presidentes también acogen con beneplácito la firme condena por parte de la Asamblea General, que figura en el párrafo 8 de su resolución 68/268, de todo acto de intimidación o represalia contra personas y grupos por su contribución a la labor de los órganos creados en virtud de tratados y apoyan el llamamiento de la Asamblea para que los Estados adopten todas las medidas necesarias para prevenir y eliminar esas violaciones de los derechos humanos.

Los Presidentes invitan a todos los órganos creados en virtud de tratados que todavía no lo hayan hecho a que establezcan un relator para las represalias que adopte las medidas que sean necesarias para impedir los actos de intimidación o represalias, ofrecer protección frente a ellos, investigarlos y pedir cuentas por ellos.

Además, los Presidentes deciden incluir las represalias como un tema permanente del programa de la reunión anual de los Presidentes y colaborar con otros órganos que se ocupan de proteger a los defensores de los derechos humanos y a otros titulares de derechos frente a las represalias.

Con vistas a elaborar un enfoque a nivel de todo el sistema respecto de las represalias, los Presidentes deciden también desarrollar y adoptar una política conjunta de los órganos creados en virtud de tratados contra las represalias en su 27ª reunión. Esta política debería formar parte de un enfoque más general de las represalias aplicado por los mecanismos de derechos humanos pertinentes de las Naciones Unidas.

IV.Demoras e incumplimiento en materia de presentación de informes por los Estados partes

Los Presidentes reafirman la decisión adoptada en la 25ª reunión de los Presidentes de incluir la demora y el incumplimiento en materia de presentación de informes por los Estados partes como tema permanente del programa de la reunión anual de los Presidentes e incorporar la situación a ese respecto al informe sobre la reunión anual. Los Presidentes celebran la aplicación de la recomendación formulada en su 25ª reunión en el sentido de que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos incluya en su sitio web información sobre el cumplimiento oportuno, la demora y el incumplimiento en la presentación de informes por los Estados partes. Además, recomendaron que esa página web se mantuviera y se actualizara permanentemente.

V.Reuniones anuales de los Presidentes de órganos creados en virtud de tratados

Los Presidentes recomiendan que se vuelva a examinar el calendario de su reunión anual para velar por que se celebre en el momento más adecuado del ciclo anual de trabajo del sistema de órganos creados en virtud de tratados y de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Además, los Presidentes recomiendan que se convoque todos los años una segunda reunión adicional en que participen miembros de los órganos creados en virtud de tratados.

VI.Programa de la 27ª reunión de los Presidentes

En su 26ª reunión, los Presidentes decidieron que la 27ª reunión anual tuviera, entre otros, los siguientes temas en su programa:

a)Seguimiento de los temas sustantivos examinados en su 26ª reunión anual relativa a la armonización de los métodos de trabajo;

b)Una política común del sistema de órganos creados en virtud de tratados sobre la intimidación y las represalias;

c)La posible armonización del proceso de consulta para la elaboración de observaciones generales;

d)Demoras e incumplimiento en materia de presentación de informes por los Estados partes, cuyo examen se aplazó en la 26ª reunión anual;

e)Examen de la evolución de la situación en lo que respecta a la declaración conjunta de los Presidentes sobre la agenda para el desarrollo después de 2015, aprobada en la 25ª reunión anual;

f)Asistencia en la esfera del fomento de la capacidad y cooperación técnica, a la luz de la resolución 68/268 de la Asamblea General.

VII.Lugar de celebración de la reunión anual de los Presidentes

Ginebra ha sido el lugar tradicional de celebración de la reunión anual de los Presidentes. En 2010, los Presidentes decidieron que su reunión también se celebrara en las regiones. En este contexto, se han celebrado reuniones en Bruselas (2010) y Addis Abeba (2012). En 2013, la reunión de los Presidentes se celebró en Nueva York para permitir la participación de los Presidentes en el proceso intergubernamental sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados.

A fin de mantener el diálogo con los Estados y otras partes interesadas en Nueva York, los Presidentes recomiendan que su reunión anual se celebre en Nueva York en los años en que se presente a la Asamblea General el informe bienal del Secretario General sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados.

Los Presidentes recomiendan además que la reunión se celebre de forma alterna en Ginebra, Nueva York y las regiones. A este respecto, los Presidentes recomiendan que la 27ª reunión se celebre en Nueva York en una fecha por confirmar, con sujeción a los recursos disponibles.

VIII.Presidente-Relator y Vicepresidente-Relator de la 27ª reunión

Los Presidentes deciden que, de conformidad con el principio de la rotación y la inclusión de nuevos comités en la lista, el Presidente-Relator de la 27ª reunión de los Presidentes, en 2015, será el Presidente del Comité contra la Desaparición Forzada y el Vicepresidente-Relator será el Presidente del Comité de Derechos Humanos.

Anexo I

Nota orientativa para los Estados partes sobre el diálogo constructivo con los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos

Los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos consideran los informes de los Estados partes examinándolos mediante un proceso que incluye un diálogo constructivo con representantes del Estado parte de que se trate. Ese diálogo ayuda a los órganos creados en virtud de tratados a comprender y examinar la situación de los derechos humanos en el Estado parte en lo que se refiere al tratado correspondiente. Además, sirve de base para las observaciones finales de los órganos creados en virtud de tratados. El diálogo constructivo constituye una oportunidad para que los Estados partes reciban el asesoramiento de expertos sobre el cumplimiento de sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos, que les ayuda en la aplicación de los tratados en el plano nacional.

Composición de las delegaciones de los Estados partes para entablar un diálogo constructivo

Los órganos creados en virtud de tratados alientan a las delegaciones de los Estados partes para el diálogo constructivo a que estén encabezadas por una personalidad de alto nivel del Estado responsable de la aplicación del tratado respectivo. Los órganos creados en virtud de tratados también alientan a los Estados partes a que incluyan en sus delegaciones, en la medida de lo posible, a representantes que posean los conocimientos especializados pertinentes de las principales autoridades ejecutivas y otras autoridades encargadas de la aplicación del tratado en cuestión, teniendo debidamente en cuenta los conocimientos técnicos y el equilibrio entre los géneros. Los Estados partes tal vez deseen también considerar la posibilidad de incluir en sus delegaciones a representantes de otras instituciones o entidades pertinentes.

Los informes de los Estados partes son examinados por los órganos creados en virtud de tratados en el orden determinado por el órgano en cuestión, que suele ser el orden de presentación. Una vez que se ha fijado la fecha para el examen del informe de un Estado parte, se envía una invitación a las autoridades competentes por lo menos seis meses antes de la reunión propuesta. La fecha de la sesión durante la que se celebre el diálogo constructivo solo podrá modificarse en las circunstancias excepcionales que determine el comité.

Relatores para los países y equipos en los países de los órganos creados en virtud de tratados

Los órganos creados en virtud de tratados podrán designar miembros para que actúen como relatores para los países, que pueden cumplir la función de coordinadores a fin de introducir y coordinar el diálogo oral constructivo con las delegaciones de los Estados partes. Los órganos creados en virtud de tratados también pueden decidir encargar a un grupo más amplio de miembros que cumplan esa función. En la composición de esos grupos se debería tener en cuenta, entre otras cosas, los conocimientos especializados, el idioma y el equilibrio geográfico y de género.

Los relatores para los países (o su equivalente en los grupos establecidos a tal efecto) normalmente asumirán la responsabilidad primordial de preparar el diálogo oral constructivo con un Estado parte. Esto incluye la consulta y la coordinación previas por lo que se refiere a las esferas o las cuestiones prioritarias que deben tenerse en cuenta, con vistas a alentar a los miembros del comité a que eviten las repeticiones y las lagunas en la cobertura que ofrezcan. Cualquier miembro de los órganos creados en virtud de tratados podrá formular preguntas complementarias, según se requiera.

De conformidad con las directrices sobre la independencia y la imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos (las “directrices de Addis Abeba”) (anexo I del documento A/67/222 y Corr.1) y las normas de los órganos creados en virtud de tratados, los miembros de los órganos creados en virtud de tratados que sean nacionales del Estado parte objeto de examen no participan en todo el proceso, en particular el diálogo constructivo y la aprobación de las observaciones finales.

Función de los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados durante el diálogo constructivo

Los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados se encargan de velar por que el diálogo con el Estado parte se lleve a cabo de manera interactiva, eficaz, eficiente y respetuosa.

Formato del diálogo constructivo

El diálogo constructivo con los Estados partes se desarrollará normalmente en dos períodos de sesiones con una duración máxima de tres horas y habitualmente se llevará a cabo en dos días laborables consecutivos. Excepcionalmente se podrá convocar un período de sesiones adicional de hasta tres horas más cuando el comité lo considere apropiado y factible.

Tema principal del diálogo

Durante el diálogo relativo a un informe inicial, los órganos creados en virtud de tratados tratan de abarcar la mayor parte o la totalidad de las disposiciones del tratado, así como las prioridades temáticas o las dificultades que ha detectado el comité. El diálogo relativo a los informes periódicos se centra en las cuestiones o las prioridades temáticas señaladas por los órganos creados en virtud de tratados. Esas cuestiones prioritarias pueden incluir observaciones finales anteriores, dificultades señaladas en la lista de cuestiones y posibles novedades en el Estado parte que se hayan señalado a la atención del comité.

Distribución del diálogo por temas

Las preguntas formuladas por los miembros de los órganos creados en virtud de tratados pueden agruparse por artículos, temas o subtemas, reflejando las disposiciones sustantivas del tratado respectivo. Tras recibir las respuestas del Estado parte, se celebran nuevas rondas de diálogo hasta que se hayan cubierto todos los grupos temáticos, teniendo presente la necesidad de dar un plazo razonable para que el Estado parte responda a las preguntas formuladas por los miembros del órgano creado en virtud de un tratado. Los miembros de los órganos creados en virtud de tratados pueden formular preguntas de seguimiento a las respuestas del Estado parte.

Asignación de tiempo

Los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados se encargan de que se lleve a cabo el procedimiento de forma oportuna, en particular velando por el respeto de los plazos que se hayan fijado. Se suministrará información a los Estados partes sobre la estructura del diálogo, así como una indicación del límite de tiempo para su declaración de apertura (de 15 a 30 minutos) y para sus observaciones finales (hasta 10 minutos) a fin de ahorrar tiempo para el intercambio directo entre la delegación del Estado parte y los miembros del comité.

Idiomas utilizados durante el diálogo constructivo

De conformidad con el párrafo 30 de la resolución 68/268 de la Asamblea General sobre el fortalecimiento y la mejora del funcionamiento eficaz del sistema de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, estos órganos utilizarán tres idiomas oficiales de trabajo, a los que, con carácter excepcional, podrá agregarse un cuarto idioma oficial para facilitar la comunicación entre sus miembros, según determine el comité interesado y sin perjuicio del derecho de cada Estado parte a comunicarse, tanto oralmente como por escrito, con los órganos creados en virtud de tratados en cualquiera de los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas.

En caso de que la delegación de un Estado parte deseara aportar sus propios intérpretes para traducir a un idioma distinto de los idiomas oficiales, debería señalarse dicho extremo a la atención de la secretaría por lo menos cuatro semanas antes del inicio del diálogo constructivo.

Carácter público de las reuniones

El diálogo constructivo con los órganos creados en virtud de tratados tiene lugar en sesiones públicas. Las Naciones Unidas deben proporcionar resúmenes de las reuniones, preparados por el Departamento de Información Pública o la secretaría, y actas resumidas en uno de los idiomas de trabajo de los órganos creados en virtud de tratados.

Los observadores, como representantes de las Naciones Unidas y de la sociedad civil, los integrantes del mundo académico y otras personas, podrán asistir a las sesiones públicas, siempre y cuando los participantes hayan recibido una acreditación por anticipado. No es necesario que los observadores estén acreditados ante el Consejo Económico y Social para poder asistir a las reuniones públicas de los órganos creados en virtud de tratados o facilitarles información.

Se permite la transmisión por Internet, la grabación en audio y la filmación de las sesiones públicas siempre que se haya autorizado y ello no interfiera con el diálogo. En el sitio web de la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra (www.unog.ch) puede encontrarse más información sobre la política en materia de medios de comunicación y la acreditación de las Naciones Unidas.

Se debe aplicar el principio de accesibilidad y de adaptaciones razonables en el contexto del diálogo constructivo, de conformidad con la resolución 68/268, párrafo 29. Esto requiere la adopción de diversas medidas, tales como, entre otras, el acceso al espacio físico, a la información, a la comunicación y a la interpretación del lenguaje de señas.

Documentación de antecedentes

La documentación de antecedentes relativa a los exámenes de los Estados partes realizados por los órganos creados en virtud de tratados se puede consultar en el sitio web de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (www.ohchr.org). No se distribuyen copias en la sala de reuniones.

Acreditación

Se solicita a los Estados partes que presenten una lista de los miembros de su delegación en una nota verbal dirigida a la secretaría del respectivo órgano creado en virtud de un tratado a más tardar dos semanas antes del comienzo del período de sesiones, de modo que se pueda preparar la expedición de los pases para entrar en los locales de las Naciones Unidas. Los miembros con discapacidad de las delegaciones puedan señalar sus necesidades de alojamiento, como se explica en una nota orientativa (disponible en http://goo.gl/g6f6Gh). A reserva de la confirmación por las respectivas secretarías de los órganos creados en virtud de tratados, por lo general, los pases de acceso podrán recogerse el viernes anterior al comienzo del período de sesiones del órgano en cuestión creado en virtud de un tratado en los mostradores de seguridad del Palacio Wilson o en la puerta de Pregny del Palacio de las Naciones.

Reuniones técnicas de información de las secretarías de los órganos creados en virtud de tratados

Las secretarías de los órganos creados en virtud de tratados llevan a cabo reuniones de información técnica para los Estados partes antes de cada uno de sus períodos de sesiones a fin de proporcionar toda la información adicional que puedan necesitar los Estados partes con anterioridad al inicio del diálogo constructivo.

Anexo II

Marco de las observaciones finales

A.Introducción

En la introducción se deben describir las etapas de las deliberaciones del comité respecto del informe del Estado parte, incluidas las fechas de la presentación de informes, los documentos conexos, las reuniones, la aprobación de las observaciones finales y la composición de las delegaciones.

También se debe incluir una reflexión sobre la naturaleza del proceso de presentación de informes en su conjunto y todas las demás cuestiones introductorias.

B.Aspectos positivos

Esta sección ofrece la oportunidad de reconocer las medidas positivas pertinentes, entre otras, las mejoras legislativas, administrativas, programáticas o institucionales y la ratificación de los instrumentos internacionales que el Estado parte haya llevado a cabo durante el período sobre el que se informa.

También se podrían señalar en esta sección los progresos realizados en la aplicación de las recomendaciones anteriores formuladas por el comité.

C.Principales motivos de preocupación y recomendaciones

Al comienzo de esta sección, el comité podría referirse a los obstáculos estructurales u otros factores que influyen en la aplicación de la convención, si fuera apropiado.

Esta sección se podría organizar en función de los grupos temáticos que pueden tener en cuenta las medidas adoptadas en relación con las anteriores observaciones finales y tomar en consideración las cuestiones intersectoriales, con sujeción a las necesidades del comité.

Los motivos de preocupación y las recomendaciones podrían agruparse en artículos, temas, epígrafes o subepígrafes.

Es preferible que las cuestiones planteadas en las observaciones finales se hayan examinado durante el diálogo.

Las cuestiones que preocupan deberían señalarse de manera sucinta e ir seguidas de recomendaciones que figuren en negrita.

Las recomendaciones deberían evitar repeticiones innecesarias de información que ya figure en la explicación del motivo de preocupación.

La cuestión que preocupa o la recomendación podrían referirse a recomendaciones anteriores del comité, cuando proceda (por ejemplo, cuando la anterior recomendación se haya cumplido solo parcialmente o no se haya aplicado en absoluto).

Las recomendaciones deberían formularse de manera que proporcionen una orientación concreta y viable y pueden indicar plazos para la aplicación de las medidas.

Pueden identificarse específicamente recomendaciones que requieran una atención prioritaria, debido a la gravedad de los problemas de derechos humanos a que se refieran.

Se alienta a los comités a que tengan en cuenta las recomendaciones pertinentes formuladas por el sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas.

D.Aplicación de las recomendaciones, difusión y seguimiento

En esta sección, el comité se ocupa de la necesidad de velar por que el Estado parte adopte todas las medidas necesarias para asegurarse de que se apliquen plenamente las presentes recomendaciones, entre otras cosas, transmitiéndolas en un formato accesible a todas las autoridades e instituciones competentes y a otros interesados pertinentes.

El comité también podría solicitar al Estado parte que recabe la participación de organismos internacionales, instituciones nacionales de derechos humanos y agentes de la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, en la aplicación de las observaciones finales cuando parezca apropiado hacerlo.

El comité también podrá señalar recomendaciones que tengan que ser objeto de procedimientos de seguimiento concretos e indicar en qué consisten.

Además, el comité puede solicitar que el Estado parte informe sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones en el contexto de cualquier procedimiento de seguimiento que exista.

Asimismo, el comité debería establecer el plazo para la presentación del siguiente informe.

El comité también podrá formular observaciones sobre las medidas para la difusión de las observaciones finales.