Naciones Unidas

A/HRC/RES/45/4

Asamblea General

Distr. general

12 de octubre de 2020

Español

Original: inglés

Consejo de Derechos Humanos

45º período de sesiones

14 de septiembre a 7 de octubre de 2020

Tema 3 de la agenda

Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo

Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 6 de octubre de 2020

45/4.Mandato del Experto Independiente sobre la promociónde un orden internacional democrático y equitativo

El Consejo de Derechos Humanos,

Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,

Recordando todas las resoluciones anteriores de la Asamblea General, la Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo,

Recordando también las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1, sobre la construcción institucional del Consejo, y 5/2, sobre el Código de Conducta para los Titulares de Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y destacando que los titulares de mandatos deberán desempeñar sus funciones de conformidad con esas resoluciones y sus anexos,

Reafirmando que toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos puedan hacerse plenamente efectivos,

Reafirmando también la resolución expresada en el Preámbulo de la Carta de preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra, crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto de las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional, promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, practicar la tolerancia y convivir en paz como buenos vecinos y emplear un mecanismo internacional para promover el progreso económico y social de todos los pueblos,

Reiterando la importancia de trabajar con urgencia por el establecimiento de un orden económico internacional basado en la equidad, la igualdad soberana, la interdependencia, el interés común y la cooperación de todos los Estados, cualesquiera sean sus sistemas económicos y sociales, que permita corregir las desigualdades y reparar las injusticias actuales, eliminar las disparidades crecientes entre los países desarrollados y los países en desarrollo y garantizar a las generaciones presentes y futuras la paz y la justicia y un desarrollo económico y social que se acelere a un ritmo sostenido,

Expresando su preocupación por los efectos adversos de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), incluidas sus repercusiones negativas en la economía y la sociedad, y poniendo de relieve la importancia de que exista un orden internacional democrático y equitativo para afrontar con eficacia los actuales retos y crisis mundiales, agravados por la pandemia de COVID-19,

Resuelto a tomar todas las medidas que estén a su alcance para lograr un orden internacional democrático y equitativo,

1.Reafirma que toda persona tiene derecho a un orden internacional democrático y equitativo, y que un orden internacional democrático y equitativo fomenta la plena efectividad de todos los derechos humanos de todas las personas, incluido el derecho al desarrollo;

2.Toma nota del informe del Experto Independiente sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo;

3.Decide renovar el mandato del Experto Independiente sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo por un período de tres años, con arreglo a lo dispuesto por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 18/6;

4.Exhorta a todos los Gobiernos a que cooperen con el Experto Independiente, lo ayuden a cumplir su mandato y le faciliten toda la información necesaria que les pida, a fin de que pueda ejercer adecuadamente las funciones del mandato;

5.Solicita a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que siga proporcionando todos los recursos humanos y financieros necesarios para el cumplimiento efectivo del mandato del Experto Independiente;

6.Invita al Experto Independiente a que siga cooperando estrechamente con medios académicos, grupos de reflexión e institutos de investigación, como el Centro del Sur, y con otras partes interesadas de todas las regiones;

7.Solicita a los órganos de tratados de derechos humanos, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, los mecanismos especiales del Consejo de Derechos Humanos y el Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos que presten la debida atención, en el marco de sus respectivos mandatos, a la presente resolución y contribuyan a su aplicación;

8.Exhorta a la Oficina del Alto Comisionado a que siga ocupándose de la cuestión de la promoción de un orden internacional democrático y equitativo;

9.Solicita al Experto Independiente que informe periódicamente al Consejo de Derechos Humanos y a la Asamblea General de conformidad con sus respectivos programas de trabajo;

10.Invita al Experto Independiente a que, en su próximo informe al Consejo de Derechos Humanos, preste especial atención a las repercusiones negativas de la pandemia de COVID-19 a nivel internacional en las cuestiones pertinentes relacionadas con su mandato;

11.Decide seguir examinando esta cuestión en relación con el mismo tema de la agenda de conformidad con su programa de trabajo.

36ª sesión 6 de octubre de 2020

[Aprobada en votación registrada por 22 votos contra 15 y 10 abstenciones. El resultado de la votación fue el siguiente:

Votos a favor :

Angola, Argentina, Bahamas, Bahrain, Bangladesh, Burkina Faso, Camerún, Eritrea, Fiji, Filipinas, India, Indonesia, Mauritania, Namibia, Nepal, Nigeria, Pakistán, Qatar, Senegal, Sudán, Togo y Venezuela (República Bolivariana de).

Votos en contra :

Alemania, Australia, Austria, Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Eslovaquia, España, Islas Marshall, Italia, Japón, Países Bajos, Polonia, República de Corea y Ucrania.

Abstenciones :

Afganistán, Armenia, Brasil, Chile, Libia, México, Perú, República Democrática del Congo, Somalia y Uruguay.]