Naciones Unidas

A/HRC/RES/49/13

Asamblea General

Distr. general

12 de abril de 2022

Español

Original: inglés

Consejo de Derechos Humanos

49º período de sesiones

28 de febrero a 1 de abril de 2022

Tema 3 de la agenda

Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo

Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanosel 31 de marzo de 2022

49/13.Mandato del Relator Especial sobre el derecho a la alimentación

El Consejo de Derechos Humanos,

Recordando todas las resoluciones anteriores de la Asamblea General y del Consejo de Derechos Humanos sobre el derecho a la alimentación, así como todas las resoluciones aprobadas al respecto por la Comisión de Derechos Humanos,

Recordando también las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1, relativa a la construcción institucional del Consejo de Derechos Humanos, y 5/2, relativa al Código de Conducta para los Titulares de Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y destacando que todos los titulares de mandatos deberán desempeñar sus funciones de conformidad con esas resoluciones y sus anexos,

Recordando además todas las resoluciones anteriores del Consejo de Derechos Humanos relativas al mandato del Relator Especial sobre el derecho a la alimentación,

Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos, que dispone que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, así como toda las disposiciones pertinentes establecidas en otros compromisos y objetivos de desarrollo acordados internacionalmente, incluidos los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Reconociendo en ese contexto que la crisis de la enfermedad por coronavirus (COVID-19) está agravando la inseguridad alimentaria, entre otras razones por su impacto devastador en los medios de subsistencia de las personas, la agricultura y los sistemas alimentarios, las cadenas de valor, los precios de los alimentos, la nutrición y la seguridad alimentaria,

Reconociendo también que cabe prever que otras crisis mundiales interrelacionadas aumenten la inseguridad alimentaria, incluido el riesgo de que millones de personas caigan en la hambruna en muchas regiones del mundo, y reconociendo el importante papel de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura y el Programa Mundial de Alimentos, entre otros organismos, fondos y programas pertinentes de las Naciones Unidas relacionados con el desarrollo, a este respecto,

1.Toma nota con aprecio del informe del Relator Especial sobre el derecho a la alimentación acerca de los asuntos relacionados con su mandato;

2.Decide prorrogar el mandato del Relator Especial por un período de tres años para que su titular pueda proseguir su labor con arreglo al mandato establecido por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 6/2, de 27 de septiembre de 2007;

3.Solicita al Secretario General y a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que sigan proporcionando al Relator Especial todos los recursos humanos y financieros que necesite para desempeñar eficazmente su mandato;

4.Exhorta a todos los Gobiernos a que cooperen con el Relator Especial y le presten asistencia facilitándole toda la información necesaria que solicite, y a que consideren seriamente la posibilidad de responder favorablemente a las solicitudes que formule para visitar sus países, a fin de que pueda cumplir el mandato con mayor eficacia;

5.Invita a los Gobiernos, los organismos, fondos y programas pertinentes de las Naciones Unidas, los órganos creados en virtud de tratados, las entidades de la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, y el sector privado a que cooperen plenamente con el Relator Especial en el desempeño de su mandato, entre otros medios haciéndole llegar observaciones y sugerencias sobre distintas formas de hacer efectivo el derecho a la alimentación;

6.Solicita al Relator Especial que presente informes anuales sobre la ejecución del mandato al Consejo de Derechos Humanos y a la Asamblea General de conformidad con sus programas de trabajo respectivos;

7.Decide seguir examinando esta cuestión en relación con el mismo tema de la agenda de conformidad con su programa de trabajo.

55ª sesión 31 de marzo de 2022

[Aprobada sin votación.]