Consejo de Derechos Humanos
23º período de sesiones
Tema 4 de la agenda
Situaciones de derechos humanos que requieren la atención del Consejo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos *
23/15.Situación de los derechos humanos en Belarús
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, las disposiciones de la Declaración Universal de Derechos Humanos, los pactos internacionales de derechos humanos y otros instrumentos pertinentes de derechos humanos,
Recordando todas las resoluciones aprobadas por la Comisión de Derechos Humanos, la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Belarús, incluidas las resoluciones del Consejo 17/24 y 20/13, de 17 de junio de 2011 y 5 de julio de 2012, respectivamente, y deplorando la respuesta insuficiente del Gobierno de Belarús a las peticiones formuladas por el Consejo en esas resoluciones, incluida la denegación de acceso al país al Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Belarús y a otros titulares de mandatos de los procedimientos especiales,
Recordando también las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1 y 5/2, de 18 de junio de 2007,
1.Acoge con beneplácito el informe del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Belarús;
2.Expresa su profunda preocupación por las persistentes violaciones de los derechos humanos en Belarús, que son de carácter estructural y endémico, y por las restricciones sistémicas y sistemáticas de los derechos humanos, en particular en el caso de la libertad de asociación, de reunión y de opinión y de expresión, así como de las debidas garantías procesales y el derecho a un juicio imparcial, y expresa especial preocupación por el empleo de la tortura y los malos tratos durante la privación de libertad; la falta de respuesta del Gobierno ante los casos de desaparición forzada de opositores políticos; las violaciones de los derechos laborales que equivalen a trabajo forzoso; las considerables lagunas en la legislación contra la discriminación; la impunidad de los autores de violaciones y abusos de los derechos humanos; el acoso a las organizaciones de la sociedad civil, los defensores de los derechos humanos, los periodistas y los opositores políticos; la presión ejercida sobre los abogados defensores; la falta de participación de los partidos políticos de la oposición en el Parlamento, y el hecho de que la mayoría de los observadores internacionales considerasen las elecciones parlamentarias que tuvieron lugar el 23 de septiembre de 2012 incompatibles con las normas básicas relativas a la celebración de elecciones competitivas, libres e imparciales;
3.Exhorta al Gobierno de Belarús a que lleve a cabo una revisión exhaustiva de la legislación, las políticas, las estrategias y las prácticas pertinentes para garantizar que las disposiciones estén definidas con claridad, se ajusten al derecho internacional de los derechos humanos y sus compromisos en materia de derechos humanos, y no se utilicen para impedir o restringir indebidamente el ejercicio de ningún derecho humano, en particular la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica, o la libertad de los medios de comunicación;
4.Observa la atención prestada por el Relator Especial a la cuestión de la pena de muerte en Belarús y toma nota del restablecimiento del grupo de trabajo parlamentario sobre la pena de muerte, y lo alienta a que agilice su labor;
5.Exhorta al Gobierno de Belarús a que emprenda una reforma integral del sector de la justicia y de los colegios de abogados, a fin de garantizar la independencia e imparcialidad del poder judicial, la presunción de inocencia, la imparcialidad de los juicios, el derecho a la revisión efectiva de las sentencias y condenas por un tribunal de rango superior establecido por la ley y a la representación letrada libremente elegida a lo largo de todo el proceso, así como la disponibilidad de información sobre la ejecución de todas las condenas;
6.Insta encarecidamente al Gobierno de Belarús a que libere inmediata e incondicionalmente a todos los presos políticos y los rehabilite, incluidos los que ya han sido puestos en libertad, a que aborde, mediante investigaciones exhaustivas, transparentes y creíbles, las denuncias de torturas y malos tratos a manos de funcionarios encargados del cumplimiento de la ley, y a que ponga fin de inmediato a las detenciones arbitrarias de defensores de los derechos humanos y opositores políticos, a la imposición arbitraria de prohibiciones de viajar y a otras políticas destinadas a intimidar a los representantes de la oposición política y los medios de comunicación, así como a los defensores de los derechos humanos y la sociedad civil;
7.Alienta al Gobierno de Belarús a que considere la posibilidad de agilizar la iniciativa de establecer una institución nacional de derechos humanos de conformidad con los Principios de París y a seguir avanzando en pro de la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio;
8.Decide prorrogar por un año el mandato del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Belarús, y le pide que presente un informe sobre la situación de los derechos humanos en ese país al Consejo de Derechos Humanos en su 26º período de sesiones y a la Asamblea General en su sexagésimo noveno período de sesiones;
9.Insta al Gobierno de Belarús a que coopere plenamente con el Relator Especial, en particular otorgándole acceso al país para que lo visite, así como la información necesaria para facilitar el cumplimiento de su mandato;
10.Solicita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que proporcione al Relator Especial la asistencia y los recursos necesarios para el cumplimiento de su mandato.
38ª sesión
13 de junio de 2013
[Aprobada en votación registrada de 26 votos contra 3 y 18 abstenciones. El resultado de la votación es el siguiente:
Votos a favor:
Alemania, Argentina, Austria, Benin, Botswana, Brasil, Burkina Faso, Chile, Congo, Costa Rica, España, Estados Unidos de América, Estonia, Gabón, Guatemala, Irlanda, Italia, Japón, Maldivas, Montenegro, Perú, Polonia, República Checa, República de Corea, Rumania, Suiza.
Votos en contra:
India, Kazajstán, Venezuela (República Bolivariana de).
Abstenciones:
Angola, Côte d'Ivoire, Ecuador, Emiratos Árabes Unidos, Etiopía, Filipinas, Indonesia, Kenya, Kuwait, Libia, Malasia, Mauritania, Pakistán, Qatar, República de Moldova, Sierra Leona, Tailandia, Uganda.]