Naciones Unidas

A/HRC/RES/44/1

Asamblea General

Distr. general

21 de julio de 2020

Español

Original: inglés

Consejo de Derechos Humanos

44º período de sesiones

30 de junio a 17 de julio de 2020

Tema 2 de la agenda

Informe anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos e informes de la Oficina del Alto Comisionado y del Secretario General

Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 16 de julio de 2020

44/1.Situación de los derechos humanos en Eritrea

El Consejo de Derechos Humanos ,

Guiado por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales pertinentes de derechos humanos,

Recordando la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo de 2006, las resoluciones 5/1 y 5/2 del Consejo de Derechos Humanos, de 18 de junio de 2007, la resolución 91 y las decisiones 250/2002, 275/2003 y 428/12 de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y todas las resoluciones anteriores del Consejo sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea,

Recordando también los importantes acontecimientos acaecidos a nivel regional en los últimos años y las posibilidades que entrañan para el desarrollo de los derechos humanos en Eritrea,

Acogiendo con beneplácito el compromiso del Gobierno de Eritrea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible y su participación en el tercer ciclo del examen periódico universal, el 28 de enero de 2019,y en el diálogo sobre derechos humanos con el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, el 14 de febrero de 2020,

Acogiendo con beneplácito también el informe de la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea y las conclusiones a las que llega,

1.Solicita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que presente al Consejo de Derechos Humanos, en su 46º período de sesiones, un informe oral actualizado sobre los progresos realizados en la cooperación entre Eritrea y la Oficina del Alto Comisionado, y sobre sus repercusiones en la situación de los derechos humanos en Eritrea;

2.Decide prorrogar el mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea por un nuevo período de un año, y seguir evaluando la situación de los derechos humanos e informando al respecto en relación con el informe de la Relatora Especial, y solicita a esta que presente, en el marco de un diálogo interactivo, un informe oral actualizado al Consejo de Derechos Humanos en su 46º período de sesiones, y que presente, en el marco de un diálogo interactivo, un informe sobre el cumplimiento del mandato al Consejo en su 47º período de sesiones y a la Asamblea General en su septuagésimo quinto período de sesiones;

3.Exhorta al Gobierno de Eritrea a cooperar plenamente con la Relatoría Especial, entre otras formas permitiendo al titular del mandato acceder al país y comprometiéndose a realizar progresos en relación con los parámetros de referencia propuestos;

4.Solicita al Secretario General que proporcione a la Relatoría Especial toda la información y los recursos necesarios para llevar a cabo su mandato;

5.Decide seguir ocupándose de la cuestión.

27ª sesión 16 de julio de 2020

[Aprobada en votación registrada por 24 votos contra 10 y 13 abstenciones. El resultado de la votación fue el siguiente:

Votos a favor :

Afganistán, Alemania, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Brasil, Bulgaria, Chequia, Chile, Dinamarca, Eslovaquia, España, Fiji, Islas Marshall, Italia, Japón, México, Países Bajos, Perú, Polonia, República de Corea, Ucrania y Uruguay.

Votos en contra :

Bahrein, Camerún, Eritrea, Filipinas, India, Libia, Pakistán, Somalia, Sudán y Venezuela (República Bolivariana de).

Abstenciones :

Angola, Bahamas, Bangladesh, Burkina Faso, Indonesia, Mauritania, Namibia, Nepal, Nigeria, Qatar, República Democrática del Congo, Senegal y Togo.]