Naciones Unidas

A/HRC/RES/45/27

Asamblea General

Distr. general

13 de octubre de 2020

Español

Original: inglés

Consejo de Derechos Humanos

45º período de sesiones

14 de septiembre a 7 de octubre de 2020

Tema 10 de la agenda

Asistencia técnica y fomento de la capacidad

Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 6 de octubre de 2020

45/27.Asistencia a Somalia en materia de derechos humanos

El Consejo de Derechos Humanos,

Guiado por la Carta de las Naciones Unidas,

Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos,

Reconociendo que la paz y la seguridad, el desarrollo y los derechos humanos son los pilares del sistema de las Naciones Unidas,

Reafirmando su respeto por la soberanía, la integridad territorial, la independencia política y la unidad de Somalia,

Reafirmando también sus resoluciones anteriores sobre Somalia,

Recordando sus resoluciones 5/1 y 5/2, de 18 de junio de 2007,

Reconociendo que la responsabilidad primordial de promover y proteger los derechos humanos en Somalia corresponde al Gobierno Federal del país y que el refuerzo del marco jurídico, los sistemas de protección de los derechos humanos y la capacidad y legitimidad de las instituciones es fundamental para contribuir a la lucha contra la impunidad, mejorar la rendición de cuentas por las violaciones de los derechos humanos y fomentar la reconciliación,

Reconociendo también la necesidad de que todas las autoridades encargadas de la seguridad cumplan sus compromisos y obligaciones internacionales de derechos humanos y hagan frente a los abusos y el uso excesivo de la fuerza contra civiles,

Reconociendo además la importancia y eficacia de la asistencia internacional prestada a Somalia y la constante necesidad de aumentar la magnitud, coordinación, coherencia y calidad de todas las actividades de fomento de la capacidad y asistencia técnica a Somalia en materia de derechos humanos a nivel nacional y de los estados miembros federados, y, a ese respecto, acogiendo con beneplácito el Foro de Asociados para Somalia celebrado en Mogadiscio en octubre de 2019, en el que los interesados somalíes se comprometieron a aplicar el Marco para la Rendición Mutua de Cuentas de 2019 con el fin de acelerar las reformas relativas a los derechos humanos, así como las reformas relativas a la seguridad, las instituciones económicas y políticas y las elecciones,

Reafirmando la necesidad de seguir celebrando reuniones periódicas del Foro de Asociados para Somalia a fin de que todas las partes rindan cuentas de los progresos realizados y acuerden prioridades comunes para el futuro,

Reconociendo la dedicación permanente y esencial de la Misión de la Unión Africana en Somalia y la pérdida y el sacrificio del personal muerto en combate, y reconociendo también que la Misión está creando las condiciones para que Somalia establezca instituciones políticas y amplíe la autoridad del Estado, que son fundamentales para sentar las bases de un traspaso gradual de la responsabilidad en materia de seguridad a las fuerzas de seguridad somalíes,

Reconociendo también el papel que han desempeñado y seguirán desempeñando las mujeres en la movilización de la comunidad y la consolidación de la paz en la sociedad somalí, la necesidad de adoptar medidas especiales para erradicar la violencia de género y todas las demás formas de violencia en situaciones de conflicto armado y de poner fin a la impunidad y enjuiciar a los responsables de la violencia contra las mujeres y las niñas, y la importancia de promover su empoderamiento económico y su participación en los procesos de adopción de decisiones en los ámbitos político y público, incluidos el Parlamento y todos los niveles de gobierno, en consonancia con la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad, de 31 de octubre de 2000, sobre las mujeres, la paz y la seguridad,

Reconociendo además la mayor proactividad del Gobierno Federal de Somalia respecto al fortalecimiento de la promoción y protección de los derechos humanos a nivel federal y de los estados miembros federados por conducto de su Ministerio de la Mujer y el Desarrollo de los Derechos Humanos, en particular su labor de promoción y cumplimiento de los compromisos en materia de derechos humanos en Somalia y su participación en el sistema internacional de derechos humanos,

Reconociendo que la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) es un gran problema que viene a añadirse a las dificultades que ya representan los desastres naturales para el sistema de salud y la situación socioeconómica y humanitaria de Somalia, así como para la cohesión social debido al creciente estigma que sufren los afectados, y reconociendo también que los efectos secundarios de la pandemia han afectado de manera desproporcionada a las personas en situación vulnerable y a las mujeres y las niñas,

Observando el importante papel que desempeñan las mujeres en la respuesta inicial a la pandemia de COVID-19 y la importancia de su participación significativa en la recuperación y el socorro,

1.Acoge con beneplácito el compromiso del Gobierno Federal de Somalia de mejorar la situación de los derechos humanos en el país y, a ese respecto, acoge con beneplácito también:

a)La promulgación en febrero de 2020 de la Ley Electoral, que representa un gran avance, y la resolución de las principales cuestiones pendientes por el Parlamento Federal, en colaboración con la Comisión Electoral Nacional Independiente, entre ellas la definición de los distritos electorales y la asignación de los escaños que les corresponden, la aplicación de una cuota del 30 % de escaños para las mujeres, con la que Somalia se ha comprometido, y la representación de Benadir y Somalilandia;

b)El hecho de que el Gobierno Federal de Somalia, por conducto del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, reafirmara en septiembre de 2019 el compromiso de cumplir sus obligaciones internacionales de promover el respeto universal y la protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, incluida la libertad de asociación y los derechos sindicales, y, además, la voluntad del Ministerio de comprometerse y cooperar con la Organización Internacional del Trabajo para promover la justicia social y económica mediante la adhesión a las normas internacionales del trabajo;

c)La aplicación por parte de la Fiscalía General de un requerimiento del Tribunal Regional de Benadir, tras una petición presentada por la Unión Nacional de Periodistas Somalíes, mediante el nombramiento, el 8 de septiembre de 2020, de un fiscal especial, con el objetivo de investigar y enjuiciar a los responsables de los asesinatos de periodistas en Somalia como un paso en la dirección correcta para poner fin a la impunidad de los crímenes cometidos contra periodistas somalíes y hacer que los autores rindan cuentas;

d)La mejora progresiva de la situación de los derechos humanos en Somalia, en particular gracias a los progresos encaminados a alcanzar los ambiciosos objetivos fijados en la Nueva Asociación para Somalia y el Marco Nacional de Desarrollo con miras a promover la estabilidad y el desarrollo al tiempo que se respetan los derechos humanos, como indican los resultados de la labor en favor de los derechos humanos realizada por el Gobierno Federal de Somalia en el período comprendido entre 2017 y 2019, entre otros medios reforzando el estado de derecho, fomentando la inclusividad, en particular de las mujeres y las niñas, los jóvenes, las minorías y las personas con discapacidad, en la adopción de decisiones políticas, logrando un acuerdo constitucional que garantice las libertades de expresión y de asociación y combatiendo las amenazas a la seguridad de una manera que esté en consonancia con las obligaciones en materia de derechos humanos y brinde protección a los civiles;

e)Los avances en el remozado Plan de Transición con liderazgo somalí, que debería contribuir al establecimiento de unas instituciones de seguridad somalíes eficaces y al traspaso gradual de la responsabilidad en materia de seguridad de la Misión de la Unión Africana en Somalia a los propios somalíes, y apreciando, en particular, que en este enfoque se hace hincapié en el estado de derecho, la reconciliación, la justicia, el respeto de los derechos humanos y la protección de las mujeres y los niños, en particular las niñas;

f)El compromiso permanente del Gobierno Federal, los estados miembros federados y la Autoridad Regional de Benadir de mejorar la representación, la inclusión y la participación de las mujeres en la vida pública y política y, en particular, en los puestos de liderazgo;

g)La ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad por el Gobierno Federal en agosto de 2019 y la promulgación de una ley por la que se establece un organismo de la discapacidad, y su compromiso de afianzar los derechos de las personas con discapacidad en los ámbitos social, educativo, político y económico aprobando el primer proyecto de ley nacional de discapacidad en la historia de Somalia y otros instrumentos legislativos, mejorando la recopilación de datos sobre las personas con discapacidad y aprobando el establecimiento de un organismo nacional de la discapacidad;

h)La labor realizada por el Ministerio de la Mujer y el Desarrollo de los Derechos Humanos como principal órgano del Gobierno Federal encargado de promover los derechos humanos en Somalia, entre otras cosas mediante la aplicación del Programa Conjunto de Derechos Humanos de Somalia, el establecimiento del Equipo de Tareas Interministerial sobre Derechos Humanos, el fomento de la capacidad de los coordinadores interministeriales sobre derechos humanos, la presentación del informe del examen de mitad de período sobre la aplicación de las recomendaciones formuladas en el marco de su examen periódico universal y la presentación de informes en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes;

i)La cooperación constante con el Experto Independiente sobre la situación de los derechos humanos en Somalia, la cooperación con los representantes especiales del Secretario General, en particular la Representante Especial sobre la Violencia Sexual en los Conflictos y la Representante Especial para la Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados, y el compromiso de elaborar un nuevo plan de acción nacional para acabar con la violencia sexual en el conflicto, contraído por Somalia tras la visita de la Representante Especial encargada de ese asunto;

2.Acoge con beneplácito también la colaboración permanente del Gobierno Federal con el proceso del examen periódico universal y, a ese respecto, acoge con beneplácito además que haya aceptado las numerosas recomendaciones formuladas en el examen y lo alienta a aplicarlas;

3.Expresa preocupación por las denuncias de violaciones y conculcaciones de los derechos humanos en Somalia, en particular las cometidas por todos los agentes armados, recalca la necesidad de promover el respeto de los derechos humanos para todos y exigir responsabilidades a quienes cometan esas violaciones y conculcaciones y delitos conexos, en particular los cometidos contra mujeres y niños, especialmente niñas, como el reclutamiento y la utilización ilícitos de niños soldados y niños en el conflicto armado, los asesinatos y mutilaciones, las violaciones y otros actos de violencia sexual y de género, los matrimonios infantiles, precoces y forzados y todas las formas de mutilación genital femenina, y pone de relieve la importancia de que se reconozca a los niños soldados rescatados la condición de víctima y la necesidad de crear y poner en marcha programas de rehabilitación y reintegración;

4.Expresa preocupación también porque los desplazados internos, incluidos los que pueden encontrarse en una situación de vulnerabilidad, entre los que puede haber mujeres, niños, jóvenes, personas con discapacidad y personas pertenecientes a grupos minoritarios, son los que corren mayor riesgo de ser objeto de actos de violencia, abusos y vulneraciones;

5.Expresa preocupación además por las agresiones y el hostigamiento, especialmente mediante detenciones arbitrarias o reclusión prolongada, de que son objeto en Somalia los defensores de los derechos humanos y los medios de comunicación, incluidos los periodistas, y pone de relieve la necesidad de promover el respeto de la libertad de expresión y de opinión, así como de poner fin a la impunidad, exigiendo responsabilidades a quienes cometan esos delitos;

6.Expresa preocupación por el hecho de que los miembros de los clanes minoritarios, incluidas las mujeres y las niñas, sigan teniendo un acceso marginal a las oportunidades económicas y políticas y la adopción de decisiones en Somalia, y alienta al Gobierno Federal de Somalia a que intensifique sus esfuerzos por ampliar las oportunidades de participación en los asuntos públicos, reconociendo que las mujeres y las niñas pertenecientes a las minorías siguen siendo más vulnerables a la violencia sexual y por razón de género debido a la pobreza, la marginación y las actitudes discriminatorias;

7.Expresa preocupación también por el hecho de que la Cámara Baja del Parlamento no haya realizado una primera lectura del proyecto de ley sobre delitos sexuales aprobado por el Consejo de Ministros en mayo de 2018 y por su decisión de presentar en su lugar un proyecto de ley sobre “delitos relacionados con las relaciones sexuales” en agosto de 2020, que es incompatible con las obligaciones de Somalia en virtud del derecho internacional de los derechos humanos, y alienta a la Cámara Baja del Parlamento a que reconsidere su decisión y presente el proyecto de ley sobre delitos sexuales aprobado por el Consejo de Ministros en 2018;

8.Expresa preocupación además por la propuesta formulada en agosto de 2018 por la Cámara de Representantes de Somalilandia de sustituir la ley de 2018 sobre violación y delitos sexuales por un nuevo proyecto de ley sobre “violación, fornicación y delitos conexos”, que afectaría al tratamiento dado a delitos graves como la violación, las garantías procesales de los acusados de delitos sexuales y la protección de los derechos de las mujeres, los niños y las personas con discapacidad, y alienta a los legisladores de Somalilandia a que reconsideren su decisión sobre el nuevo proyecto de ley, observando que la ley de 2018 sobre violación y delitos sexuales está en consonancia con las normas internacionales de derechos humanos;

9.Expresa preocupación por la firma, en agosto de 2020, de la ley de medios de comunicación enmendada de 2016, que mantiene varias disposiciones incompatibles con las normas internacionales sobre la libertad de expresión, como las que prevén el encarcelamiento como castigo por delitos relacionados con los medios de comunicación, y alienta al Gobierno Federal de Somalia a que considere la posibilidad de derogar esas disposiciones;

10.Reconoce que la exposición y la sensibilidad de Somalia al cambio climático y la degradación ambiental son enormes y estructurales, y que esta vulnerabilidad es un factor que genera fragilidad, conflicto y necesidades humanitarias;

11.Reconoce también los esfuerzos de los Estados que acogen a refugiados somalíes, insta a todos los Estados de acogida a que cumplan las obligaciones que les impone el derecho internacional en relación con los refugiados, e insta a la comunidad internacional a que siga prestando apoyo financiero para que los Estados de acogida puedan atender a las necesidades humanitarias de los refugiados somalíes en la región, apoye la reintegración de los que regresen a Somalia cuando las condiciones sean adecuadas y preste asistencia a los desplazados internos en el país;

12.Reconoce además los esfuerzos de Somalia, a pesar de sus propias dificultades, por aceptar y no dar la espalda a los refugiados procedentes de otros países de la región;

13.Exhorta al Gobierno Federal de Somalia a que, con el apoyo de la comunidad internacional:

a)Siga avanzando con urgencia en la resolución de las cuestiones pendientes relativas a la Constitución y ultime el proceso de revisión constitucional de una manera inclusiva que promueva la consolidación de la paz y el estado de derecho, proteja las libertades de expresión y de asociación e incluya disposiciones específicas que hagan posible y favorezcan el adelanto de las mujeres, los niños, los jóvenes, las personas con discapacidad, las minorías y todos los miembros de grupos desfavorecidos en los ámbitos del acceso a la justicia, la educación, la salud, el agua, la seguridad y la recuperación económica, y en particular la representación en las elecciones que se celebrarán en 2020 y 2021 y el derecho a participar en ellas;

b)Acelere el establecimiento de una comisión nacional de derechos humanos de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), que cuente con recursos adecuados y se encargue de vigilar la ocurrencia de violaciones y abusos y asegurar la rendición de cuentas al respecto, y cuyos procesos de contratación garanticen la representación de las mujeres, los miembros de grupos marginados y las personas con discapacidad;

c)Acelere la solución política inclusiva impulsada por el Gobierno y alcance un acuerdo político entre el Gobierno Federal, todos los estados miembros federados y el Parlamento Federal a fin de cumplir los compromisos políticos y de seguridad compartidos mediante un diálogo inclusivo y periódico de alto nivel en todas las instancias;

d)Haga esfuerzos para celebrar elecciones de la manera convenida por todos los interesados, que sean libres, justas, oportunas, pacíficas, transparentes, creíbles e inclusivas, y que prevean una modalidad de voto directo que permita votar al mayor número posible de ciudadanos en 2020/21, de conformidad con la Constitución Federal Provisional de Somalia; a este respecto, el Consejo subraya la importancia de la cooperación y el consenso para seguir avanzando en relación con las principales prioridades nacionales, entre ellas la puesta en marcha de la estructura de seguridad nacional, el logro de un acuerdo sobre un sistema de justicia federado, la distribución del poder y los recursos, la revisión constitucional, el federalismo fiscal y la planificación y celebración de elecciones nacionales, prioridades todas ellas que requieren el logro de acuerdos políticos que puedan servir de base para promulgar legislación en el Parlamento Federal;

e)Prosiga su cooperación con el Representante Especial del Secretario General para Somalia;

f)Vele por que se incorporen a la Constitución disposiciones que garanticen la representación equitativa, así como la participación plena, efectiva y significativa y la inclusión de las mujeres y los miembros de clanes minoritarios, en particular en la administración pública y en cargos públicos y elegidos con funciones decisorias y de liderazgo, en el marco de la revisión constitucional y de otros procesos políticos y legislativos en curso;

g)Fomente el carácter inclusivo de las elecciones de 2020/21, en particular asegurando la participación y representación equitativas de las mujeres en la adopción de decisiones y en puestos de liderazgo, así como de los desplazados internos, los jóvenes, las personas con discapacidad, las minorías y todos los miembros de grupos desfavorecidos en todas las etapas del ciclo electoral, observando al tiempo que en las futuras elecciones el Gobierno Federal de Somalia debería asegurar la representación de todos los somalíes, de conformidad con el compromiso de larga data de celebrar elecciones con arreglo al principio de un voto por persona;

h)Cumpla su compromiso de reformar el sector de la seguridad, entre otras medidas garantizando la participación activa de las mujeres en la puesta en marcha de la estructura de seguridad nacional, a fin de asegurar que las instituciones y las fuerzas de seguridad somalíes cumplan el derecho nacional e internacional aplicable, así como el derecho internacional de los derechos humanos, también en lo referente a la protección de las personas contra la violencia sexual y de género, entre otras cosas, y a la prevención de las ejecuciones extrajudiciales, y reforzando la rendición de cuentas interna y externa de todas las instituciones y fuerzas de seguridad pertinentes;

i)Siga adoptando medidas para aplicar los planes de acción encaminados a prevenir el reclutamiento y la utilización ilícitos de niños en las fuerzas armadas de todo tipo, incluidas las fuerzas operativas a nivel nacional, federal y local y los grupos como Al‑Shabaab, y colabore con los organismos especializados, como el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, a fin de que los exniños soldados y los menores de 18 años utilizados en el conflicto armado sean tratados como víctimas y rehabilitados de conformidad con las normas internacionales;

j)Acelere la aplicación del comunicado conjunto y la aprobación y aplicación del nuevo plan de acción nacional contra la violencia sexual en los conflictos;

k)Continúe el proceso de elaboración de un plan de acción nacional para aplicar la agenda sobre las mujeres y la paz y la seguridad, incluida la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad y las resoluciones posteriores del Consejo sobre esa cuestión, observando que el Consejo de Ministros hizo suya una carta de la mujer somalí para fortalecer la participación de las mujeres en la consolidación de la paz y el progreso socioeconómico en el contexto de las actividades de estabilización y reconstrucción de Somalia;

l)Revise la ley de medios de comunicación enmendada que se firmó en agosto de 2020 y asegure su conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos;

m)Cumpla su compromiso de poner fin a la cultura imperante de impunidad, exija cuentas a quienes cometen violaciones y conculcaciones de los derechos humanos, velando por que estas se investiguen de forma rápida, independiente, imparcial, exhaustiva y eficaz, para lo cual deberá terminar con carácter urgente el establecimiento de una comisión nacional de derechos humanos independiente y dotada de recursos adecuados y reformar los mecanismos de justicia estatales y tradicionales de manera que se aumente la representación de las mujeres en el poder judicial, y mejore el acceso de las mujeres y los niños a la justicia;

n)Dé prioridad a la promulgación de instrumentos legislativos y lleve a cabo reformas que respeten, protejan y hagan realidad el pleno disfrute de todos los derechos humanos por las mujeres y las niñas, y haga posible que se combatan, prevengan y eliminen todas las formas de violencia y discriminación contra las mujeres y las niñas, entre otros medios adoptando un enfoque de tolerancia cero frente a la violencia sexual y de género, los matrimonios infantiles, precoces y forzados y todas las formas de mutilación genital femenina, y vele por que los responsables de actos de violencia sexual y de género, explotación y abusos rindan cuentas de ellos, independientemente de su condición o rango;

o)Siga reconociendo la importancia del diálogo inclusivo y de los procesos de reconciliación local para la estabilidad en Somalia, para lo cual exhorta al Gobierno Federal y a los estados miembros federados a que aumenten el liderazgo y la participación en la disminución de las tensiones y entablen un diálogo constructivo;

p)Aumente el apoyo y los recursos destinados a los ministerios e instituciones responsables de la administración de justicia y la protección de los derechos humanos, en particular el Ministerio de la Mujer y el Desarrollo de los Derechos Humanos a nivel federal y estatal, entre otras cosas, financiando íntegramente el Programa Conjunto de Derechos Humanos, que es un instrumento clave para cumplir los compromisos de Somalia en materia de derechos humanos, así como el poder judicial, la policía y los servicios penitenciarios;

q)Considere la posibilidad de adherirse a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, y de ratificarlas;

r)Cumpla los compromisos contraídos en la Cumbre Mundial sobre la Discapacidad, en particular promulgando una ley nacional de discapacidad de conformidad con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y en consulta con las organizaciones de personas con discapacidad, y finalizando el establecimiento de un organismo nacional de la discapacidad;

s)Aliente al Parlamento a llevar a cabo una primera lectura del proyecto de ley original sobre delitos sexuales aprobado por el Consejo de Ministros y vele por que la ley que se apruebe incluya las obligaciones y los compromisos internacionales en materia de protección de las mujeres y los niños, y en particular las niñas, y aplique esa y otras leyes necesarias para prevenir la violencia sexual y de género;

t)Armonice las políticas y marcos jurídicos a escala nacional y de los estados miembros federados con las obligaciones contraídas en materia de derechos humanos y los demás compromisos aplicables;

u)Trate a los excombatientes de conformidad con las obligaciones aplicables en virtud del derecho nacional e internacional, en particular el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario;

v)Aplique la Declaración sobre Soluciones Duraderas para los Refugiados Somalíes y la Reintegración de los Retornados en Somalia, aprobada en Nairobi el 25 de marzo de 2017;

w)Promueva el bienestar y la protección de todos los desplazados internos, entre otros aspectos en relación con la violencia sexual y de género y la explotación y los abusos cometidos por personal militar o civil estatal o internacional, facilite la reintegración o el regreso voluntarios de todos los desplazados internos, incluidos los más vulnerables, en condiciones seguras y dignas, se asegure de que haya un proceso plenamente consultivo y se apliquen las mejores prácticas para la reubicación, y prevea lugares que ofrezcan un acceso en condiciones de seguridad a alimentos indispensables y agua potable, alojamiento y vivienda básicos, vestimenta adecuada y servicios médicos y de saneamiento básicos;

x)Garantice el acceso oportuno, ininterrumpido, en condiciones de seguridad y sin trabas de las organizaciones humanitarias, reconozca la gran vulnerabilidad de los desplazados internos, facilite un acceso humanitario oportuno, ininterrumpido, en condiciones de seguridad y sin obstáculos a las personas necesitadas, dondequiera que se encuentren en Somalia, y proteja la neutralidad, imparcialidad e independencia de los agentes humanitarios contra toda injerencia política, económica y militar, sin perder de vista las necesidades de las personas pertenecientes a minorías étnicas que precisen asistencia humanitaria;

y)Considere principalmente como víctimas a los niños que han sido liberados o separados de otro modo de las fuerzas armadas y los grupos armados de conformidad con los Principios y Directrices sobre los Niños Asociados a Fuerzas o Grupos Armados, que han sido refrendados por el Gobierno Federal de Somalia, y deje de detener a todos los niños por motivos de seguridad nacional siempre que hacerlo constituya una violación del derecho internacional aplicable;

z)Aplique plenamente la Convención sobre los Derechos del Niño, los dos planes de acción firmados por el Gobierno Federal de Somalia en 2012 para poner fin y prevenir el reclutamiento y la utilización de niños soldados y la matanza y mutilación de niños, la orden de mando del Ejército Nacional Somalí sobre la protección de los derechos de los niños antes, durante y después de las operaciones, la hoja de ruta firmada en 2019 y los procedimientos operativos estándar sobre la entrega de niños;

aa)Fortalezca el marco jurídico y operacional para la protección de los niños en Somalia, en particular mediante la adhesión a los Protocolos Facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño y la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño;

14.Destaca la importancia de la labor conjunta de vigilancia y presentación de informes sobre la situación de los derechos humanos en Somalia que realizan los expertos nacionales e internacionales y el Gobierno Federal, y que quienes vigilan los derechos humanos pueden ser fundamentales para evaluar y asegurar el éxito de los proyectos de asistencia técnica, que, a su vez, deben redundar en beneficio de todos los somalíes;

15.Subraya la importancia de que la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en Somalia cumpla su mandato en todo el país y la necesidad de reforzar la sinergia con la labor de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos;

16.Encomia la labor del Experto Independiente sobre la situación de los derechos humanos en Somalia;

17.Decide renovar por un período de un año el mandato del Experto Independiente sobre la situación de los derechos humanos en Somalia, en relación con el tema 10 de la agenda, de evaluar y vigilar la situación de los derechos humanos en Somalia, así como informar al respecto, con miras a formular recomendaciones sobre asistencia técnica y fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos;

18.Reconoce los progresos que ha realizado Somalia y su cooperación con los órganos de las Naciones Unidas, la Oficina del Alto Comisionado y el mandato del Experto Independiente desde su creación en 1993, y reconoce también que la situación de los derechos humanos en Somalia determina el curso de acción más adecuado que ha de adoptar el Consejo y, a ese respecto, solicita a la Experta Independiente que, en cooperación con el Gobierno Federal de Somalia, proponga un plan de transición destinado a intensificar la colaboración temática con los procedimientos especiales y otros expertos, entre ellos la Oficina del Alto Comisionado, con medidas y puntos de referencia claros que sirvan de base para la adopción de medidas de seguimiento apropiadas por el Consejo de Derechos Humanos, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Experta Independiente y los compromisos contraídos por Somalia en materia de derechos humanos;

19.Solicita a la Experta Independiente que siga trabajando en estrecha colaboración con el Gobierno Federal y otras autoridades pertinentes a nivel nacional y subnacional, con todos los órganos de las Naciones Unidas, incluida la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en Somalia, con la Unión Africana, con la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo y con otras organizaciones internacionales competentes, la sociedad civil y todos los mecanismos de derechos humanos pertinentes, y que ayude a que Somalia cumpla:

a)Sus obligaciones nacionales e internacionales en materia de derechos humanos;

b)Las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos y otros instrumentos de derechos humanos, en particular las obligaciones conexas de presentación de informes periódicos;

c)Las recomendaciones aceptadas en el marco del examen periódico universal;

d)Otros compromisos, políticas y legislación en materia de derechos humanos para promover el empoderamiento de las mujeres, los jóvenes y los miembros de grupos marginados, como los clanes minoritarios, la libertad de expresión y de reunión, la protección de los medios de comunicación y la sociedad civil, incluidas las mujeres constructoras de la paz, el acceso de las mujeres y las minorías a la justicia y el fomento de la capacidad de los ministerios e instituciones responsables de la administración de justicia y la protección de los derechos humanos;

20.Solicita también a la Experta Independiente que presente un informe al Consejo de Derechos Humanos en su 48º período de sesiones y a la Asamblea General en su septuagésimo sexto período de sesiones;

21.Solicita a la Oficina del Alto Comisionado y a los demás organismos competentes de las Naciones Unidas que presten a la Experta Independiente toda la asistencia humana, técnica y financiera que necesite para desempeñar plenamente su mandato;

22.Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.

37ª sesión 6 de octubre de 2020

[Aprobada sin votación.]