Naciones Unidas

A/HRC/RES/35/35

Asamblea General

Distr. general

6 de julio de 2017

Español

Original: inglés

Consejo de Derechos Humanos

35º período de sesiones

6 a 23 de junio de 2017

Tema 4 de la agenda

Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanosel 23 de junio de 2017

35/35.Situación de los derechos humanos en Eritrea

El Consejo de Derechos Humanos,

Guiado por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, los pactos internacionales de derechos humanos y otros instrumentos internacionales pertinentes de derechos humanos,

Recordando la resolución 91 y las decisiones 250/2002 y 275/2003 de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos,

Recordando también sus resoluciones 5/1, sobre la construcción institucional del Consejo, y 5/2, sobre el Código de Conducta para los Titulares de Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, ambas de 18 de junio de 2007, y destacando que los titulares de mandatos deberán cumplir sus funciones de conformidad con esas resoluciones y sus anexos,

Recordando además sus resoluciones 20/20, de 6 de julio de 2012, 23/21, de 14 de junio de 2013, 26/24, de 27 de junio de 2014, 29/18, de 2 de julio de 2015, y 32/24, de 1 de julio de 2016,

Observando que Eritrea es parte en instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos, e instándola a cumplir con las obligaciones internacionales y los compromisos en materia de derechos humanos que de ellos se derivan,

Observando también la participación de Eritrea en el segundo ciclo del examen periódico universal y su aceptación de 92 recomendaciones, así como su programa emprendido con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo para poner en práctica tales recomendaciones, y exhortando al Gobierno de Eritrea a adoptar medidas concretas inmediatas para aplicar esas recomendaciones,

Acogiendo con beneplácito las medidas adoptadas por el Gobierno de Eritrea para proteger y promover los derechos económicos y sociales de su pueblo, en particular mediante la rápida consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y su determinación de alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible,

Acogiendo con beneplácito también la determinación del Gobierno de Eritrea de promover la igualdad de género, entre otras cosas mediante sus programas para poner fin a la mutilación genital femenina y su campaña para acabar con el matrimonio infantil, el matrimonio prematuro y el matrimonio forzado,

Lamentando la falta de cooperación del Gobierno de Eritrea con la comisión de investigación sobre los derechos humanos en Eritrea y la continua falta de colaboración con la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea, incluida la denegación del acceso al país,

Recordando los informes de la comisión de investigación, y expresando nuevamente su profunda preocupación por las conclusiones que figuran en ellos relativas a pasados y presentes abusos y violaciones de los derechos humanos, como la esclavización, la detención arbitraria, la desaparición forzada, la tortura y otros actos inhumanos, la persecución, la violación y el asesinato, y que hay motivos razonables para creer que desde 1991 se han venido cometiendo crímenes de lesa humanidad en Eritrea, y reiterando que todos los autores de esas violaciones y abusos deben rendir cuentas de sus actos,

Poniendo de relieve que todo ciudadano tiene derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos, y expresando gran preocupación por que en Eritrea no se hayan celebrado elecciones nacionales desde 1993 y la Constitución de 1997 nunca haya sido aplicada,

Observando con honda preocupación las conclusiones de la comisión de investigación acerca de delitos que constituyen abusos y violaciones de los derechos humanos, cometidos por funcionarios del Gobierno y miembros del partido en el poder, comandantes militares y miembros de la Oficina de Seguridad Nacional,

Observando con gran preocupación que el Gobierno de Eritrea sigue utilizando la detención y la privación de libertad arbitrarias, incluida la reclusión en régimen de incomunicación en condiciones extremadamente duras y que ponen en peligro la vida, contra las personas sospechosas de haber eludido el servicio nacional o que han intentado huir del país, o contra quienes no pueden presentar un documento de identidad, quienes ejercen el derecho a la libertad de religión, o a la libertad de opinión y de expresión, incluidos los considerados críticos del Gobierno, o quienes regresan al país después de haber huido del servicio nacional, así como contra las personas detenidas a raíz del intento de tomar el edificio del Ministerio de Información el 21 de enero de 2013,

Acogiendo con satisfacción la liberación por el Gobierno de Eritrea, tras la mediación del Gobierno de Qatar, de 4 prisioneros de guerra de Djibouti el 18 de marzo de 2016, y recordando que otros 13 prisioneros de guerra del mismo país continúan detenidos en Eritrea,

Expresando gran preocupación por el uso generalizado del reclutamiento indefinido en el servicio nacional/militar, que es un sistema que equivale a trabajo forzoso y que incluye una amplia gama de actividades económicas, y por el presunto alistamiento forzoso de niños en el servicio militar, y lamentando que el miedo y la experiencia de un servicio nacional prolongado provoquen que numerosos eritreos abandonen el país,

Profundamente preocupado por que la situación de los derechos humanos en Eritrea es un factor esencial para que un creciente número de eritreos abandonen el país, exponiéndose a menudo en su éxodo migratorio al peligro de ser secuestrados y sometidos a abominables malos tratos físicos y mentales y otros tipos de maltrato, incluidos los abusos a manos de contrabandistas y traficantes de personas, al tiempo que acoge con satisfacción la participación del Gobierno de Eritrea en foros multilaterales para examinar la forma de luchar contra la trata,

Observando con profunda preocupación las conclusiones de la comisión de investigación acerca de las persecuciones por razones religiosas y étnicas, en particular de miembros de confesiones religiosas no autorizadas,

1.Recuerda el informe de la comisión de investigación sobre los derechos humanos en Eritrea, destaca la importancia del trabajo que esta ha realizado y de la información que ha reunido en apoyo de una futura rendición de cuentas, y sigue instando al Gobierno de Eritrea a que adopte medidas inmediatas y concretas para poner en práctica sus recomendaciones;

2.Acoge con reconocimiento la labor de la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea, destaca su profunda preocupación por la persistencia de los graves abusos y violaciones que describe, y exhorta al Gobierno de Eritrea a que adopte medidas inmediatas y concretas para aplicar las recomendaciones;

3.Acoge con beneplácito la presentación de forma oral por la Relatora Especial de información actualizada al Consejo de Derechos Humanos en su 34º período de sesiones;

4.Condena en los términos más enérgicos las presuntas violaciones y abusos graves, sistemáticos y generalizados de los derechos humanos que han sido y siguen siendo cometidos por el Gobierno de Eritrea en un clima de impunidad generalizada;

5.Condena en particular la detención arbitraria, las desapariciones forzadas, la tortura, el asesinato, la violencia sexual, la discriminación por motivos de religión y origen étnico y las represalias por presuntos comportamientos de familiares, así como los abusos y violaciones de los derechos humanos en el contexto del servicio nacional indefinido, incluidos los relacionados con el trabajo forzoso, el reclutamiento forzoso de niños y la violencia sexual;

6.Expresa su profunda preocupación ante las graves restricciones impuestas al derecho a no ser molestado a causa de sus opiniones, a la libertad de expresión, incluida la libertad de buscar, recibir e impartir información, la libertad de circulación, la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión y la libertad de reunión pacífica y de asociación, así como ante la detención de periodistas, defensores de los derechos humanos, actores de la vida política y dirigentes y miembros de grupos religiosos en Eritrea;

7.Reitera que todos los responsables de abusos y violaciones de los derechos humanos pasados y presentes en Eritrea deben rendir cuentas de sus actos;

8.Reitera también sus llamamientos al Gobierno de Eritrea para que:

a)Ponga fin a la detención arbitraria de personas en Eritrea y al uso de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes;

b)Informe del paradero de todas las personas detenidas arbitrariamente, incluidos los miembros del grupo reformista G-15, periodistas, presos políticos y quienes fueron detenidos a raíz del intento de tomar el edificio del Ministerio de Información el 21 de enero de 2013 y las ponga en libertad o garantice que tengan un juicio imparcial y transparente sin más demoras indebidas en el que se respeten plenamente las garantías mínimas de un juicio imparcial;

c)Ponga fin al sistema de servicio nacional indefinido desmovilizando a los conscriptos del servicio nacional que hayan cumplido los 18 meses de servicio obligatorio, conforme a lo anunciado por el Gobierno de Eritrea, y eliminando efectivamente la práctica de someterlos a trabajo forzoso después de ese período, prevea la objeción de conciencia al servicio militar y ponga fin a la obligación de que todos los niños cursen su último año de escolarización en un campamento de adiestramiento militar;

d)Respete el derecho de todos a la libertad de expresión y a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión o de creencias, y el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación;

e)Asegure el acceso gratuito, justo y equitativo a un tribunal independiente e imparcial para poder impugnar la legalidad de cualquier detención, y mejore las condiciones penitenciarias, entre otras cosas prohibiendo el uso de celdas subterráneas y de contenedores de transporte para encerrar a los reclusos, poniendo fin a la utilización de centros secretos de detención y a la práctica de la detención en régimen de incomunicación, y permitiendo que los familiares, los abogados y los mecanismos de supervisión independientes tengan acceso de manera regular a los presos, y permita el acceso a la atención médica con rapidez y regularidad y sin trabas;

f)Ponga fin a la práctica de obligar a los ciudadanos a participar en la milicia;

g)Investigue prontamente todas las denuncias de ejecuciones extrajudiciales, tortura y otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes, violaciones y abusos sexuales en el contexto del servicio nacional, y lleve a los autores de esos actos ante la justicia;

h)Ponga fin a la práctica de disparar a matar o herir contra los ciudadanos eritreos que intentan cruzar la frontera para huir del país;

i)Siga reforzando la promoción y protección de los derechos de la mujer, entre otras cosas adoptando medidas adicionales para combatir las prácticas nocivas, como el matrimonio infantil, precoz y forzado y la mutilación genital femenina;

j)Adopte medidas concretas inmediatas para aplicar las recomendaciones formuladas durante su segundo examen periódico universal, informe sobre los progresos realizados y coopere plenamente con el Consejo de Derechos Humanos y durante el tercer ciclo del examen periódico universal;

k)Ponga fin a las políticas de “culpabilidad por asociación” dirigidas contra los familiares de quienes eluden el servicio nacional, tratan de huir de Eritrea o realizan cualesquiera otros actos presuntamente delictivos;

l)Garantice el derecho a fundar partidos políticos y afiliarse a ellos y el derecho y la posibilidad de todos los ciudadanos de participar en todos los niveles del proceso político y de votar y ser elegidos en elecciones democráticas libres, limpias y transparentes, garantizando la libre expresión de la voluntad de la población;

m)Intensifique aún más la cooperación con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, de conformidad con sus obligaciones internacionales;

n)Facilite el acceso sin restricciones al país a futuras misiones de la Oficina del Alto Comisionado, los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y todos los mecanismos del Consejo de Derechos Humanos, y coopere con todos los mecanismos internacionales y regionales de derechos humanos;

o)Proporcione a la Oficina del Alto Comisionado toda la información pertinente sobre la identidad, la seguridad, el bienestar y el paradero de todas las personas detenidas y las desaparecidas en combate, incluidos los miembros del G-15, los periodistas, los detenidos a raíz del intento de tomar el edificio del Ministerio de Información el 21 de enero de 2013 y los 13 combatientes de Djibouti que siguen detenidos;

p)Trabaje para finalizar y aplicar la Constitución de 1997, en consulta con todos los interesados pertinentes;

9.Alienta a los Estados en los que residen los testigos a que protejan a quienes han cooperado con la comisión de investigación y con la Relatora Especial, y en particular a que los protejan de las represalias;

10.Acoge con beneplácito los contactos preliminares de la Relatora Especial con la Unión Africana y toma nota de sus recomendaciones para el establecimiento de un mecanismo regional de rendición de cuentas, teniendo en cuenta la afirmación de la comisión de investigación de que, en las actuales circunstancias, no sería viable el establecimiento de un tribunal híbrido ni de una comisión de la verdad;

11.Insta a Eritrea a que facilite información sobre los restantes prisioneros de guerra de Djibouti desaparecidos desde los enfrentamientos que tuvieron lugar del 10 al 12 de junio de 2008, de manera que las partes interesadas puedan comprobar la presencia de los prisioneros de guerra de Djibouti y las condiciones en que se encuentran;

12.Decide prorrogar el mandato de la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea por un período de un año y solicita a la titular del mandato que mantenga según proceda el seguimiento de la aplicación de las recomendaciones de la comisión de investigación y de las recomendaciones que ella misma formuló en su informe sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea, que presente un informe escrito al Consejo de Derechos Humanos en su 38º período de sesiones, y que se dirija a la Asamblea General en su septuagésimo segundo período de sesiones y entable con ella un diálogo interactivo;

13.Decide también celebrar un diálogo interactivo de mayor calado sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea en su 37º período de sesiones, con la participación de la Relatora Especial, la Oficina del Alto Comisionado, la sociedad civil y otros interesados pertinentes;

14.Exhorta al Gobierno de Eritrea a que considere la posibilidad de establecer en Eritrea una presencia de la Oficina del Alto Comisionado con el mandato general de proteger, promover y vigilar los derechos humanos y que goce de un acceso sin trabas;

15.Exhorta también al Gobierno de Eritrea a que coopere plenamente con la Relatora Especial, conceda, tanto a ella como a su personal, acceso sin trabas para visitar el país, preste la debida atención a las recomendaciones formuladas en los informes de la Relatora Especial y le facilite la información necesaria para el cumplimiento de su mandato, y subraya la importancia de que todos los Estados brinden su apoyo a la Relatora Especial en el desempeño de su mandato;

16.Solicita a la Oficina del Alto Comisionado que siga intensificando sus esfuerzos por mejorar la situación de los derechos humanos en Eritrea y presente información oral actualizada al Consejo de Derechos Humanos en su 37º período de sesiones sobre los progresos realizados en la cooperación entre Eritrea y la Oficina, y sobre su repercusión en la situación de los derechos humanos en Eritrea;

17.Exhorta al Gobierno de Eritrea a que ponga fin de inmediato a la práctica de exigir que los eritreos en la diáspora firmen el formulario B4/4.2 (el denominado “formulario de arrepentimiento”) por el que aceptan su responsabilidad por cualquier delito que hubieran podido cometer antes de abandonar el país para tener derecho a los servicios consulares de las misiones diplomáticas de Eritrea;

18.Exhorta también al Gobierno de Eritrea a que ponga fin a la extorsión, las amenazas del uso de la violencia, el fraude y demás medios ilícitos utilizados para recaudar impuestos fuera de Eritrea de sus nacionales y otras personas de origen eritreo y se abstenga de recurrir a dichas prácticas;

19.Insta a la comunidad internacional a que intensifique los esfuerzos y la colaboración destinados a garantizar la protección de las personas que huyen de Eritrea, en particular los niños no acompañados;

20.Alienta a las empresas a que procedan con la debida diligencia en materia de derechos humanos para determinar, prevenir, mitigar y dar cuenta de la manera en que abordan su impacto en los derechos humanos, en particular con respecto a las denuncias de que se utilizan reclutas como mano de obra;

21.Alienta a los Estados Miembros a que dediquen mayor atención y, en lo posible, mayores recursos a mejorar la situación de los derechos humanos en Eritrea intensificando su colaboración con el Gobierno del país;

22.Solicita al Secretario General que proporcione a la Relatora Especial toda la información y los recursos necesarios para el desempeño de su mandato;

23.Solicita a la Asamblea General que presente el informe y las actualizaciones orales de la comisión de investigación a todos los órganos pertinentes de las Naciones Unidas para que los examinen y adopten las medidas apropiadas;

24.Reitera su decidido aliento a la Unión Africana para que haga un seguimiento del informe y las recomendaciones de la comisión de investigación y la información actualizada sobre los derechos humanos en Eritrea emprendiendo una investigación, con el apoyo de la comunidad internacional, con miras a examinar y llevar ante la justicia a los responsables de los abusos y violaciones de los derechos humanos identificados por la comisión de investigación, incluidos los que puedan constituir crímenes de lesa humanidad;

25.Decide seguir ocupándose de la cuestión.

38ª sesión 23 de junio de 2017

[Aprobada sin votación.]