Naciones Unidas

A/HRC/RES/52/20

Asamblea General

Distr. general

5 de abril de 2023

Español

Original: inglés

Consejo de Derechos Humanos

52º período de sesiones

27 de febrero a 4 de abril de 2023

Tema 3 de la agenda

Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo

Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanosel 3 de abril de 2023

52/20.Los derechos humanos de los migrantes: mandato de la Relatoría Especial sobre los derechos humanos de los migrantes

El Consejo de Derechos Humanos,

Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos, donde se proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en dicha Declaración, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, religión u origen nacional, entre otros,

Recordando toda la normativa internacional pertinente a los derechos humanos de los migrantes,

Recordando también las resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos 1999/44, de 27 de abril de 1999, 2002/62, de 25 de abril de 2002, y 2005/47, de 19 de abril de 2005, las resoluciones de la Asamblea General y del Consejo de Derechos Humanos sobre los derechos humanos de los migrantes y las resoluciones del Consejo 8/10, de 18 de junio de 2008, 17/12, de 17 de junio de 2011, 26/19, de 26 de junio de 2014, 34/21, de 24 de marzo de 2017, y 43/6, de 19 de junio de 2020, tituladas “Los derechos humanos de los migrantes: mandato del Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes”, así como la resolución 73/195 de la Asamblea, de 19 de diciembre de 2018,

Teniendo presente el párrafo 6 de la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo de 2006,

Recordando las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1, relativa a la construcción institucional del Consejo, y 5/2, relativa al Código de Conducta para los Titulares de Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y destacando que los titulares de mandatos han de desempeñar sus funciones de conformidad con esas resoluciones y sus anexos,

Resuelto a garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos los migrantes,

1.Decide prorrogar por un período de tres años, con efecto a partir del término de su 53er período de sesiones, el mandato de la Relatoría Especial sobre los derechos humanos de los migrantes, con las funciones siguientes:

a)Examinar los medios necesarios para superar los obstáculos a la protección plena y efectiva de los derechos humanos de los migrantes, reconociendo sus efectos desproporcionados sobre los migrantes en situaciones de vulnerabilidad, en particular las mujeres, los niños y los migrantes indocumentados o en situación irregular;

b)Solicitar y recibir información de todas las fuentes pertinentes, incluidos los propios migrantes, sobre las violaciones de los derechos humanos de estos y de sus familiares;

c)Formular recomendaciones apropiadas para impedir las violaciones de los derechos humanos de los migrantes y para remediarlas, dondequiera que se produzcan;

d)Promover la aplicación efectiva de la normativa internacional en la materia, incluido el principio de no discriminación;

e)Recomendar actividades y medidas aplicables a escala nacional, regional e internacional para acabar con las violaciones de los derechos humanos de los migrantes;

f)Tener en cuenta las perspectivas de género, edad y discapacidad al solicitar y analizar la información, y prestar especial atención a la incidencia de las formas múltiples e interseccionales de discriminación y la violencia contra las mujeres y niñas migrantes, los niños migrantes, las personas migrantes de edad, los migrantes con discapacidad y los migrantes indígenas;

g)Hacer especial hincapié en las recomendaciones sobre soluciones prácticas con respecto al ejercicio de los derechos pertinentes al mandato, en particular definiendo las mejores prácticas y las esferas y modalidades concretas de cooperación internacional;

h)Informar periódicamente al Consejo de Derechos Humanos, con arreglo a su programa de trabajo anual, y a la Asamblea General, teniendo en cuenta la utilidad de aprovechar al máximo las ventajas del proceso de presentación de informes;

2.Solicita a la Relatoría Especial que, en el desempeño del mandato, tome en consideración los instrumentos de derechos humanos pertinentes de las Naciones Unidas para promover y proteger los derechos humanos de los migrantes;

3.Solicita también a la Relatoría Especial que, en el desempeño del mandato, pida información relativa a las violaciones de los derechos humanos de los migrantes a Estados, órganos de tratados, organismos especializados y relatorías especiales sobre diversas cuestiones de derechos humanos, así como a organizaciones intergubernamentales, otras organizaciones competentes del sistema de las Naciones Unidas y organizaciones no gubernamentales, incluidas las organizaciones de migrantes, intercambie la información recibida y actúe de manera efectiva al respecto;

4.Solicita además a la Relatoría Especial que, como parte de sus actividades, continúe su programa de visitas, que contribuyen a la mejora de la protección de los derechos humanos de los migrantes y a la ejecución de forma amplia y plena de todos los aspectos del mandato;

5.Solicita a la Relatoría Especial que, en el desempeño del mandato, tenga en cuenta las iniciativas bilaterales, regionales e internacionales encaminadas a tratar cuestiones relacionadas con la protección efectiva de los derechos humanos de los migrantes, como, entre otras cosas, el retorno y la reintegración de los migrantes indocumentados o en situación irregular;

6.Alienta a los Estados a que consideren seriamente la posibilidad de invitar a quien ocupe la Relatoría Especial a visitar sus países a fin de que pueda cumplir eficazmente el mandato;

7.Alienta también a los Estados a que cooperen plenamente con la Relatoría Especial en el desempeño de las funciones y tareas que le han sido encomendadas, le proporcionen toda la información solicitada, consideren la posibilidad de aplicar las recomendaciones contenidas en sus informes y respondan sin demora a sus llamamientos urgentes;

8.Solicita a todos los mecanismos competentes que cooperen con la Relatoría Especial;

9.Solicita al Secretario General que otorgue a la Relatoría Especial toda la asistencia en materia de recursos humanos y financieros necesaria para el desempeño del mandato.

55ª sesión 3 de abril de 2023

[Aprobada sin votación.]